Debido a que se promulgo la Ley N°30078 y el Reglamento respectivo, para un mejor entendimiento del proceso que debe seguir todo empresario interesado en los Parques Industriales PITE puede informarse con esta publicación.
1. PASOS PARA CREAR UN PARQUE
INDUSTRIAL PITE
Ley N°30078 del 06-06-2013
Reglamento D.S. N°013-2015-PRODUCE
“Para ordenar el desarrollo productivo e industrial de nuestro país
requiere de dos etapas infalibles: (a) Disponer de un amparo legislativo,
visionario y concordante al Acuerdo Nacional donde se congregan todas
las fuerzas políticas y sociales que consensan políticas de Estado como
la competitividad y el desarrollo empresarial.
(b) El valor, la condición de Estadista y voluntad política del gobierno de
turno que al margen de la ideología partidaria que profese tenga la
suficiente visión para validar, promover y programar toda iniciativa
legislativa que dinamice el crecimiento empresarial en bienes y/o
servicios”.
Por: Romulo G. Tineira Agurto
Consultor Mype
http://microempresasperuanas.blogspot.com
2. FUNCIONES DE LOS 3 NIVELES DE GOBIERNO
(Título II)
Los gobiernos Regional y local de ámbito provincial evalúan y
aprueban las propuestas de desarrollo de un PITE en
concordancia a lo dispuesto por PRODUCE como ente rector.
Los gobiernos regionales deben incorporar en sus Planes de
Desarrollo Regional Concertado las actividades industriales y
zonas donde podrán desarrollarse en coordinación con los
gobiernos locales de ámbito provincial y distrital para que la
instalación del PITE pueda ser compatible, previendo la
zonificación y el saneamiento físico legal de acuerdo al
reglamento de la Ley PITE.
3. CARACTERÍSTICAS DE UN PARQUE
INDUSTRIAL TECNO-ECOLÓGICO- PITE
(Título III)
Un PITE tiene un enfoque ordenado tipo clúster de naturaleza tecno-
ecológica que proviene de la aplicación, desarrollo y transferencia
de tecnología vinculada a la cadena productiva o de servicios de las
empresas que la conforman.
Debe tener un Plan de Negocio que de sostenibilidad a la
administración PITE.
Todo PITE debe tener un centro de innovación y transferencia
tecnológica o debe suscribir convenios sea nacional o internacional.
Debe tener un reglamento interno de operación y conservación del
PITE.
Todo PITE debe tener un ratio de frontera o zona de
amortiguamiento externo para mitigar los impactos ambientales, allí
no puede realizarse actividad económica alguna y menos
construirse viviendas.
4. Debe tener un Plan de manejo de residuos industriales y del agua,
el uso eficiente de la energía y desarrollar una política de
responsabilidad social.
Debe utilizar sistemas de tratamientos y reciclaje para cada tipo de
contaminante típico o propio de un PITE.
Debe tener un Plan de manejo de residuos de la construcción,
según D.S. N° 003-2013-Vivienda.
5. TIPOS DE PROUESTAS PARA CREAR UN PITE
PROPUESTA PÚBLICA
Deberá ser presentada por el Estado a través de un Gobierno Regional
o Local de ámbito provincial.
Será aprobado en sesión de consejo bajo ordenanza o resolución, se
debe considerar la contratación de un equipo técnico.
Aprobarán el Plan de Desarrollo Concertado(PDC) y el Plan Operativo
Institucional(POIN) y se asignará un presupuesto sea al Gobierno
Regional o Local de ámbito provincial.
Deben elaborar el perfil del Proyecto de acuerdo al SNIP y Ley PITE.
Realizaran los convenios definitivos y queda sujeto a su construcción
y/o a la reversión sino cumpliesen con lo asignado.
Al empezar su operatividad deben aprobar su reglamento interno y la
administración correspondiente.
En la propuesta pública se conformara un Directorio que será
presidido por un representante del Consorcio PITE y un representante
Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.
6. PROPUESTA PRIVADA
Un Consorcio elabora y presenta el perfil de proyecto PITE al
Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.
Tiene carácter de peticiones de gracia, en concordancia con el art.
112 dela Ley del Procedimiento Administrativo General.
Se debe hacer una memoria descriptiva de la propuesta de desarrollo
del PITE, cuyo contenido mínimo se detalla en el Anexo II del
reglamento de la Ley en mención.
Se debe hacer un reglamento interno de operación y conservación
del PITE detallado en el Anexo III del reglamento de la Ley.
Deben conformar un comité de evaluación para estudiar el
expediente que será presidido por el Gerente de Desarrollo
Económico del Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.
El informe final técnico y legal de ser viable se aprobará o no en
sesión de consejo de manera oficial, dicho trámite no puede exceder
de 90 días calendarios.
El comité de evaluación y los funcionarios públicos aludidos deben
mantener el carácter de confidencialidad y reservado de las
propuestas que se presenten bajo responsabilidad hasta su
aprobación.
7. Los consorcios que integren el proyecto PITE deberán contar con
un 30% de empresas que tengan no menos de 5 años de haber sido
constituidas.
Deben considerar los deberes y derechos de las empresas
consorciadas.
Al ejecutar el proyecto se hace la inversión respectiva y se organiza
la gestión.
Nota aparte cabe mencionar que las Asociaciones Mype por ser
organizaciones no lucrativas de acuerdo a Ley no pueden presentar
un proyecto PITE, salvo que sus asociados se consorcien privada y
específicamente para este fin.
8. PASOS PARA EJECUTAR EL PROYECTO PITE
Se considera un plazo de 2 años para que inicie sus operaciones
productivas y se considera una prorroga de 12 meses por única vez,
de lo contrario será una causal de resolución del contrato y se podrá
seleccionar a otro consorcio.
La administración PITE en el caso de una propuesta privada se realiza
a través de un contrato de fideicomiso suscrito por el Consorcio con
una empresa Fiduciaria la que será supervisada por la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones.
Los lineamientos del Contrato de Fideicomiso se encuentra en el
Anexo V del reglamento de la Ley PITE.
La administración debe establecer metas e indicadores de gestión
donde se indicará el nivel de ocupación del PITE, la productividad
alcanzada, las tecnologías utilizadas, incluye la capacitación del
personal.
El directorio puede tener un Consejo Consultivo Especializado no
vinculante para absolver determinados temas.
La ejecución de los acuerdos del Directorio estará a cargo de un
Gerente de acuerdo al reglamento de la Ley PITE.
En la post inversión deben tener un Plan de Operación y
Mantenimiento de estándares de competitividad, etc.
9. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS PITE
Mantener la actividad productiva suscrita.
Realizar el pago de todos los servicios y obligaciones económicas
contraídas.
Cumplir con las obligaciones tributarias.
No pueden usar parcial o totalmente el lote para fines de casa
habitación, para subarrendar u otro fin distinto al arrendado.
Debe promover el fortalecimiento de capacidades, la innovación y
transferencia tecnológica.
Cumplir con todas las disposiciones contenidas en la Ley y su
reglamento.
DERECHOS DE LAS EMPRESAS PITE
Acceso a los servicios y áreas comunes del PITE.
Participar de los beneficios que generen los convenios técnicos,
científicos, económicos y productivos que concerte la administración.
Participar en los eventos de capacitación y otros programas de apoyo.
Los que indique su reglamento interno.