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CRITERIOS DE DECISIÓN PARA LAS RECOMENDACIONES
DE GUARDA Y CUSTODIA DE LOS NIÑOS
Mila Arch Marin, Adolfo Jarne Esparcia, Asunción Molina Bartumeus*
Dpto de Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos. Universidad de Barcelona.
*Presidenta de la sección de psicología jurídica del COPC.
Introducción
El auge que experimenta en nuestro país la participación de los psicólogos como pe-
ritos en los procedimientos judiciales, junto a el aumento constante de las tasas de separa-
ción y divorcio, han propiciado que la participación de los psicólogos forenses en
procedimientos de familia con objeto de ofrecer al tribunal una valoración técnica que ayude
a establecer el sistema de guarda y custodia de los hijos en casos de separación y divorcio,
constituya actualmente, una intervención cotidiana.
Una revisión de los criterios más aceptados por la comunidad científica, empieza por
la máxima del mejor interés del menor que actualmente sustenta tanto la totalidad de doctri-
nas jurídicas del mundo occidental, como la pauta de actuación profesional (Guidelines for
child custody evaluations in divorce proceedings, 1994). Este principio, que ha generado di-
ferentes intentos de operativización tanto desde el entorno jurídico como desde el de nuestra
disciplina (Uniform Marriage and Divorce Act ,1970; Michigan Custody Act, 1970; Sthal,,1994),
no obstante, mantiene cierta imprecisión. Autores como Grisso (1986) ha relacionado este
hecho con la falta de congruencia entre los criterios usados y los constructos psicológicos. La
cuestión significativa no seria la aceptación del mejor interés de menor como principio guía
(Guidelines for child custody evaluations in divorce proceedings, 1994) sino qué constituye
ese mejor interés.
A partir de esta principio, surgen una serie de criterios que podemos considerar como
más consolidados, así, el concepto de padre psicológico (Goldstein, Freud y Solnit, 1973) el
cuidador primario y las preferencias de los niños, son frecuentemente citados por los diferen-
tes autores. El acceso al otro progenitor, es considerado como factor clave en la valoración
de la custodia (Chasin y Grunebaum, 1981; Musetto, 1981; Maccoby y Mnookin, 1992). La
continuidad intra y extra familiar, se entiende significativa por su influencia en la previsión del
ajuste post-divorcio (Wallerstein y Kelly, 1980; Hetherington, 1989).
Asimismo, El estado emocional y ajuste psicológico de los progenitores, tradicional-
mente ha recibido un gran énfasis en las evaluaciones de custodia (Ramírez 2006); la edad de
los niños, que permite considerar algunos aspectos en relación al momento evolutivo Hodges
y Bloom, (1984, 1986); la conveniencia de no separar a los hermanos, efecto que se presume
en nuestra regulación jurídica (Art. 92, Código Civil); la infraestructura en sentido amplio (dis-
ponibilidad horaria de cada progenitor, diferencias entre domicilios, etc.), también se han de-
limitado como criterios a considerar en las evaluaciones de custodia.
Se han propuesto diferentes modelos para la evaluación de la custodia, sin embargo,
la investigación sobre las practicas reales de los profesionales y el uso de criterios de decisión,
es escasa, de hecho a nivel empírico únicamente contamos con la información proporcionada
por los dos estudios realizados en este sentido: el de Keilin y Bloom en 1986 y su replica y am-
pliación una década después por Ackerman y Ackerman en 1997. En nuestro país, la única
referencia disponible, aunque mas limitada que los anteriores, se encuentra en el trabajo des-
arrollado por Granados en 1990. Esta situación obliga a la extrapolación de datos del contexto
anglosajon, con los riesgos de sesgos que ello comporta.
El propósito de nuestra investigación es realizar un estudio piloto sobre la práctica
profesional en la evaluación de la custodia de los niños y los criterios de decisión que utilizan
los técnicos ante los tribunales de familia en sus recomendaciones sobre la guarda y custo-
dia de los menores.
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
105
En su calidad de estudio piloto, el objetivo básico es la obtención de datos que nos
permitan observar y, en su caso, ajustar el diseño definitivo de la investigación posterior. Con-
cretamente nos proponemos obtener datos indiciarios en relación a: el perfil demográfico de
los psicólogos forenses que realizan evaluaciones de custodia, el origen de la demanda de sus
servicios, la metodología de las evaluaciones de custodia realizadas por los psicólogos ex-
pertos en esta materia, sus opiniones y creencias en relación a los distintos tipos de custodia
y los criterios utilizados en la toma de decisión para la recomendación de una alternativa de
custodia. A fin de poder facilitar a los profesionales españoles unas directrices objetivas y
contextualizadas que les ayude en la realización de sus intervenciones.
Método
Sujetos
El universo de sujetos de interés para nuestro estudio piloto fue delimitado como: psi-
cólogos forenses ejercientes en Cataluña y expertos en evaluación de custodia.
Teniendo en cuenta que la cualidad “psicólogo forense” en España no se corresponde
en la actualidad con una titulación académica oficial ni con ninguna acreditación profesional,
la selección de sujetos para el estudio piloto se ha realizado considerando la lista de psicólo-
gos inscritos en el Turno de Intervención Profesional (TIP) del Colegio Oficial de Psicólogos de
Cataluña (COPC) por entender que, a priori, constituyen una muestra representativa del uni-
verso.
Se han establecido dos criterios de inclusión: a) Sujetos que forman parte del la lista
TIP del COPC del 2006 y que, por tanto, cumplen los requisitos establecidos por la entidad
para ser considerados como expertos. B) Que hayan realizado un mínimo de cuatro evalua-
ciones de custodia, criterio idéntico al utilizado por Keilin y Bloom(1986) en su estudio. Este
factor es importante ya que la lista no especifica el ámbito concreto de intervención de los pro-
fesionales y, en nuestro caso, era necesario establecer la experiencia en evaluaciones de cus-
todia.
La muestra quedó constituida por 11 psicólogos de Cataluña especialistas en psico-
logía forense de los que el 100% son mujeres. La edad media de los sujetos es de 39,91 años,
pero con una D.T. de 8’9, siendo el valor más frecuente (18,2%) los 50 años. El valor mínimo
es 29 años y el máximo 51 años.
Material e instrumentos
El instrumento utilizado consiste en un cuestionario que se ha elaborado a partir de los
items usados por Keilin y Bloom (1986) y Ackerman y Ackerman (1997), en sus respectivos es-
tudios. Se realizaron algunos ajustes a fin de adaptar el cuestionario al contexto español ac-
tual y se incluyeron algunos criterios que se han considerado en las evaluaciones de custodia
en la última década en nuestro país.
El cuestionario final consta de 95 Ítems que exploran las experiencias, actividades y
creencias de los profesionales en tres áreas definidas como: 1) Información demográfica y ex-
periencia /formación de los profesionales, 2) Evaluación de custodia y 3) Toma de decisión en
custodia exclusiva y custodia compartida.
Procedimiento
Se invitó a participar en la presente investigación a la totalidad de los psicólogos que
forman parte de la lista del TIP del COPC y cuyos datos de contacto son accesibles, remi-
tiéndoles por correo postal una carta en la que se les informaba del objetivo general de la in-
vestigación, señalando la privacidad y los aspectos éticos oportunos. Se adjuntaba el
cuestionario y un sobre franqueado para remitir nuevamente la respuesta. Se ha realizado un
único envío a la población.
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
106
Resultados
Características personales y profesionales de la muestra
La mayoría de los sujetos (63,6%) disponen de formación posterior a la licenciatura.
La media de años de ejercicio profesional como psicólogos se sitúa en 14,64 años, de los
cuales una media de 8 constituyen práctica en entorno forense. La orientación teórica de los
sujetos es diversa, siendo más frecuentes la cognitivo-conductual y la ecléctica (27,3% en
ambos casos), seguida por la psicoanalítica (18,2%).
Metodología de la evaluación de custodia
Origen de la demanda y preferencias: El origen de la demanda de intervención seña-
lada por los sujetos es mayoritariamente a solicitud de un único progenitor (77,55%), seguida
por intervenciones solicitadas por ambos progenitores (9,73%) y las resultantes de nombra-
mientos del tribunal a partir de la lista TIP (7,45%). Finalmente, en un 2,82% de los casos la
intervención se produce por designación del tribunal a partir de la propuesta de los abogados
y en un 1,82% por otras circunstancias. La preferencia por un tipo u otro de intervención, en
función del origen de la demanda, es mayoritariamente indiferente (63,6%).
Técnicas e instrumentos utilizados: Las técnicas de evaluación más utilizadas (100%
de los casos) son la revisión documental, la entrevista individual con cada progenitor, la en-
trevista individual con el menor, la aplicación de pruebas al niño y las coordinaciones con otros
profesionales. En gran medida (81,8%) también se utilizan la observación directa de la inter-
acción progenitor-hijo y la aplicación de pruebas a los adultos. Los instrumentos utilizados
mayoritariamente en relación a los menores son las técnicas proyectivas (81,8%). Asimismo,
destaca con un 45,5% respectivamente la aplicación de las pruebas psicométricas: TAMAI y
STAIC.
Respecto a los adultos, las pruebas más aplicadas (36,4%) son las técnicas proyecti-
vas de tipo grafico, seguidas por las psicométricas: 16PF-5 y MMPI-2 (27,3%) respectiva-
mente.
Opinión y valoración de alternativas de custodia: en cuanto a la opción de custodia
preferida por los sujetos, un 45,5 % optan por la custodia exclusiva (C.E.) con un amplio ré-
gimen de visitas que incluye varias tardes intersemanales pero sin pernocta, seguido con un
18’2% que señalan la misma opción pero incluyendo pernocta. La custodia compartida (C.C.)
con intercambios en días alternos y la C.C. con intercambios en semanas alternas son selec-
cionadas respectivamente por un 18’2% de los sujetos. La valoración del resultado de la C.C.
basada en la propia experiencia del sujeto es considerada por un 63,6% de la muestra como
moderadamente bueno.
Decisión y recomendación
Criterios utilizados para la recomendación de la custodia exclusiva: El resumen de los
resultados, se encuentran detallados en la tabla 1 que aparece a continuación, ordenados por
importancia que le otorgan los sujetos.
Los factores que son considerados por los sujetos como más importantes para reco-
mendar la C.E. son: un progenitor es un alcohólico activo (= 8,82), se ha alegado abuso se-
xual contra un progenitor (= 8,64), se ha hecho una alegación de maltrato físico contra un
progenitor (= 8,09), un progenitor tiende a aplicar castigo físico a los hijos/as (= 8) , un proge-
nitor amenaza con llevarse a los niños a otra localidad(= 7,45), un progenitor tiene antece-
dentes penales(= 7,45) y un progenitor es quien se ocupa activamente de la educación de los
hijos(= 7,36).
Los factores que se han considerado menos importantes son: un progenitor es 10
años mayor que el otro(=2,09), el progenitor es del mismo sexo que el hijo/a (= 3), un proge-
nitor ha establecido una relación de pareja con una persona del sexo opuesto mientras que el
otro progenitor vive solo/a (=3,18), el hecho de que el progenitor sea el padre(= 3,45) y el
hecho de que el progenitor sea la madre (= 3,55).
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
107
Tabla 1: Resumen de resultados Criterios de decisión
para la recomendación de la custodia exclusiva.
Criterio Puntuación % Asignación custodia
Media Desv. típ. Prog.A Prog. B Indist.
El progenitor B es un alcohólico activo 8,82 ,405 100
Se ha alegado abuso sexual contra el progenitor A 8,64 ,674 100
Se ha hecho una alegación de maltrato físico
contra el progenitor B 8,09 1,044 90,9 9,1
El progenitor A tiende a aplicar castigo físico
a los hijos/as 8,00 ,775 81,8 18,2
El progenitor A amenaza con llevarse a los niños
a otra localidad 7,45 ,934 9,1 54,5 36,4
El progenitor A tiene antecedentes penales 7,45 1,635 63,6 36,4
El progenitor A es quien se ocupa activamente
de la educación de los hijos/as 7,36 ,809 63,6 36,4
El progenitor B intenta alienar a su hijo/a 7,27 1,191 72,7 27,3
El progenitor B tiene historial de hospitalizaciones
psiquiátricas previas 7,27 1,489 72,7 27,3
El/la niño/a de 15 años prefiere vivir
con el progenitor A 7,09 1,375 90,9 9,1
El progenitor A muestra mucha cólera y amargura
acerca de la ruptura familiar 7,00 1,414 18,2 81,8
El progenitor B parece estar más estable
psicológicamente que el progenitor A 6,91 ,944 27,3 72,7
El progenitor A muestra mejores habilidades
parentales que el progenitor B 6,73 1,104 36,4 63,6
El niño/a parece tener un vínculo emocional
más intenso con el progenitor B 6,73 ,647 9,1 18,2 72,7
El progenitor B se muestra más tolerante respecto
al régimen de visitas con progenitor A 6,73 1,421 45,5 54,5
Antes del divorcio, el progenitor A tenía la
responsabilidad de los cuidados principales
de los niños 6,64 1,433 27,3 72,7
El progenitor A no ha sido cooperativo
con los mandatos judiciales previos 6,55 1,508 36,4 63,6
El progenitor B es significativamente menos
inteligente que el niño/a 6,45 1,293 63,6 36,4
El progenitor A es un/a alcohólico/a recuperado 6,45 1,368 18,2 81,8
El progenitor A obtiene resultados significativamente
peores que el progenitor B en el MMPI 6,36 1,027 45,5 54,5
El/la menor presenta una patología física grave
y altamente invalidante 6,36 2,335 100
El/la menor presenta una minusvalía psíquica 6,36 2,335 100
El/la menor presenta psicopatología activa
diagnosticada en el momento actual 6,36 2,335 100
El niño/a de 10 años prefiere vivir con el progenitor A 6,27 1,794 54,5 45,5
El progenitor A conoce mejor las necesidades
evolutivas futuras de los niños 6,18 1,662 9,1 90,9
El progenitor B está tomando medicación psiquiátrica 6,09 1,868 27,3 72,7
El progenitor A parece tener mucha más estabilidad
económica que el progenitor B 5,82 1,471 18,2 81,8
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
108
Criterio Puntuación % Asignación custodia
Media Desv. típ. Prog.A Prog. B Indist.
El progenitor B conoce la información escolar
relevante del niño/a 5,82 1,328 18,2 81,8
El progenitor B es más consciente
de las metas del desarrollo infantil 5,64 1,206 9,1 90,9
El progenitor A sigue viviendo en el domicilio familiar
mientras que el progenitor B se ha trasladado
a un barrio lejano de la escuela del niño/a 5,64 1,286 54,5 45,5
El/la niño/a de 5 años prefiere vivir con el progenitor B 5,64 1,748 27,3 72,7
Antes del divorcio, el progenitor B tenía la
responsabilidad principal de la disciplina del niño/a 5,55 1,440 9,1 90,9
El progenitor B tiene más disponible
a la familia extensa 5,45 1,753 18,2 81,8
Los horarios del progenitor A podrían requerir
de alguien para ayudarle en el cuidado
del niño/a. Los del progenitor B no 5,36 1,629 27,3 72,7
La nueva pareja del progenitor A tiene hijos/as
propios viviendo con él/ella 5,27 2,412 27,3 72,7
El progenitor B mantiene actualmente una relación
homosexual de pareja 4,82 1,537 18,2 81,8
El progenitor A es socialmente mucho más activo
que el progenitor B 4,55 1,695 9,1 90,9
El hecho de que el progenitor A sea la madre 3,55 2,544 9,1 90,9
El hecho de que el progenitor B sea el padre 3,45 2,464 100
El progenitor B ha establecido pareja con una
persona del sexo opuesto, mientras que el progenitor
A vive solo/a 3,18 2,316 100
El progenitor B es del mismo sexo que el hijo/a 3,00 2,236 100
El progenitor A es 10 años mayor que el progenitor B 2,09 1,300 100
Los items se miden en una escala de 9 puntos (1 = nada importante, 9 extremadamente importante).
La diferencia crítica entre medias es 1,534 (p< .05)
Como puede observarse en la tabla 1, la relación entre la importancia que los sujetos
otorgan al criterio y su decisión respecto a su recomendación concreta no parece que sea ro-
busta, apreciamos que la mayoría de respuestas (69,04%) seleccionan a la opción “indistin-
tamente”. No obstante, se aprecia que una tendencia a escoger mas esta opción a medida
que decrece la importancia otorgada al criterio.
Criterios utilizados en la toma de decisión entre custodia compartida vs custodia ex-
clusiva: El resumen de los resultados se encuentra detallado en la tabla 2 que aparece a con-
tinuación ordenados por importancia que le otorgan los sujetos. No encontramos diferencias
significativas entre las medias de los 14 criterios considerados más importantes en este pro-
ceso de toma de decisión.
Los criterios considerados menos importantes son: El sexo del niño/a, número de
hijos/as (=1,82), el estado de cada progenitor: convivencia en pareja, vive solo/a...( = 2,82) , la
edad de los padres(= 3,18), existen diferencias físicas entre las casas de los progenitores (ta-
maño, mobiliario, etc) (= 3,64) y uno de los progenitores tiene una relación homosexual de pa-
reja (=3,73).
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
109
Tabla 2. Resumen de resultados Criterios de decisión
para la recomendación de la custodia compartida.
Criterio Media Desv. típ.
Ambos progenitores muestran buena voluntad para llegar a acuerdos 8,73 ,467
Ambos progenitores tienen habilidad para separar sus dificultades
interpersonales de sus decisiones como padres 8,64 ,505
Se observa un gran resentimiento entre los progenitores 8,45 ,820
Uno o ambos progenitores tienen problemas con abuso de sustancias 8,27 2,102
Ambos progenitores presentan estabilidad emocional 8,27 1,191
El/la niño/a mantiene una relación de calidad con ambos progenitores 8,18 ,982
El/la menor de 15 años de edad expresa claramente su preferencia
por este sistema de custodia 8,18 ,874
Antes de la ruptura, ambos progenitores habían estado implicados
de forma equitativa en las responsabilidades de cuidado del niño/a 8,18 1,250
Existe proximidad geográfica entre las casas de los progenitores 8,00 1,265
Existe flexibilidad en los horarios laborales de ambos progenitores 7,91 1,300
Ambos progenitores han aceptado y respetado los acuerdos
previos del tribunal 7,73 1,009
Ambos progenitores son estables económicamente 7,27 1,618
Los estilos educativos de los progenitores son diferentes 7,00 2,236
El/la menor de 10 años de edad expresa claramente su preferencia
por este sistema de custodia 7,00 1,612
Los miembros de la familia extensa se muestran dispuestos
a ofrecer soporte 6,64 1,748
Uno o ambos progenitores han tenido problemas con la ley 6,55 2,770
El/la menor presenta psicopatología activa diagnosticada
en el momento actual 6,36 2,063
El/la menor presenta una patología física grave y altamente invalidante 6,36 2,063
El/la menor presenta una minusvalía psíquica 6,36 2,063
El hecho de que la Ley actual contemple este sistema de custodia 5,82 3,341
El/la menor de 5 años de edad expresa claramente su preferencia
por este sistema de custodia 5,64 2,203
El/la niño/a necesitará canguro mientras uno de los progenitores trabaja 5,00 2,490
Los progenitores tienen diferentes creencias religiosas 4,55 1,864
Existen diferencias económicas entre los hogares de los progenitores 4,09 2,023
Uno de los progenitores tiene una relación homosexual de pareja 3,73 2,796
Existen diferencias físicas entre las casas de los progenitores
(tamaño, mobiliario,etc) 3,64 1,963
La edad de los padres 3,18 2,272
El estado de cada progenitor: convivencia de pareja, vive solo/a,... 2,82 2,040
Número de hijos/as 2,82 1,888
El sexo del niño/a 1,82 1,079
*Los items se miden en una escala de 9 puntos (1 = nada importante, 9 extremadamente importante).
La diferencia crítica entre medias es 2,015 p< .05)
Discusión
En relación a las características demográficas de los sujetos, cabe señalar que todo
y el pequeño tamaño de la muestra, los datos vienen a reflejar la presencia mayoritaria de mu-
jeres ejercientes como psicólogas en Cataluña (Septiembre/ 06. COPC: 7817 mujeres cole-
giadas y 1984 hombres colegiados).
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
110
A nivel de formación es ampliamente conocida la recomendación de mantener actua-
lizados los conocimientos (Specialty Guidelines for Forensic Psychologists, 1991) realizando
actividades formativas posteriores a la licenciatura. Los resultados obtenidos son afines a esta
recomendación al reflejar que la mayoría de sujetos disponen de un tipo u otro de formación
complementaria.
La orientación teórica en la práctica de la evaluación obtenida en nuestra muestra, es
coherente con las conclusiones ofrecidas por Granados (1991) en una muestra de dieciséis psi-
cólogos que trabajan en los juzgados, donde señalaba que “en la práctica la intervención re-
sulta ecléctica”.
El origen de la demanda es mayoritariamente fruto de la práctica privada y, en concreto,
suponiendo una intervención que ha venido siendo denominada “de parte”, esto es: solici-
tada por uno solo de los miembros de la pareja. Este tipo de intervenciones ha suscitado en
el pasado reciente un buen numero de críticas de los expertos señalando posibles dificulta-
des de imparcialidad de los técnicos (Del Río, 2000) y frecuentemente, han sido objeto de de-
nuncias ante las comisiones deontológicas de los colegios profesionales que en muchos casos
han derivado en sanciones al faltar la intervención a los principios establecidos en el Código
Ético (Cayuela, Jarne y Molina, 2004).
En el estudio de Keilin y Bloom (1986), los profesionales mostraban su preferencia por
realizar intervenciones desde el “rol imparcial asegurado” que supone que la solicitud derive
del tribunal o de forma conjunta por ambos progenitores, sin embargo, en nuestra muestra en-
contramos que las intervenciones “de parte” no parecen incomodar a los sujetos, que mani-
fiestan de forma mayoritaria su indiferencia por el origen de la demanda. En el caso de nuestra
muestra, hipotetizamos que como miembros del TIP, los sujetos han recibido una formación
especifica y actualizada por parte del COPC donde se han tratado las dificultades y las reco-
nocidas directrices en relación a estas intervenciones (Guidelines for Child Custody in Divorce
Proceedings, 1998; Speciality Guidelines for Forensic Psychologists, 1999), hecho que puede
haber contribuido a una mayor confianza de los técnicos en sus actuaciones ante este tipo de
requerimientos.
La metodología de evaluación ofrece un perfil básico que se adecua a las recomen-
daciones genéricas de los especialistas en la materia. Así, la revisión documental como medio
de contextualización se adecua a la premisa de las inconveniencias de seguir un procedi-
miento “ciego” en la práctica forense (Grisso, 1986). El uso de coordinaciones con otros pro-
fesionales a los beneficios de la colaboración interdisciplinar en las evaluaciones psicológicas;
finalmente, la aplicación de pruebas psicológicas a los niños de forma más mayoritaria que al
adulto, podría responder a la consideración del menor como centro fundamental de la ex-
ploración, necesidad subrayada por la APA (Guidelines for Child Custody in Divorce Procee-
dings, 1998).
A nivel de instrumentos, los resultados reflejan en primer lugar la práctica inexistencia
en nuestro país de instrumentos forenses diseñados y validados para estas evaluaciones, si-
tuación que propicia el uso de instrumentos clínicos por parte de los técnicos a pesar de las
advertencias y limitaciones señaladas por los expertos en la materia. Así mismo, los datos
también reflejan la practica inexistencia de pruebas psicométricas aplicables a los menores de
corta edad, hecho que podría explicar el uso de pruebas proyectivas por los profesionales.
En el caso de los adultos, se aprecia un mayor uso de pruebas encaminadas al diag-
nostico clínico que de aquellas destinadas a valorar aspectos de la parentabilidad. Creemos
que este resultado podría indicar que persiste el concepto clásico de tener que demostrar la
“normalidad” del progenitor como base de su capacidad parental, que como señalan Ramí-
rez, Ibáñez y de Luis (1998), supone una línea derivada del modelo psicodiagnostico tradicio-
nal más centrado en los patológico y disfuncional que en lo sano. Asimismo, mostraríamos
acuerdo con lo expresado por Ramírez (2003) en cuanto al uso exclusivo por parte de los pro-
fesionales españoles de instrumentos procedentes del psicodiagnostico tradicional a falta de
herramientas diseñadas y validadas para entorno forense.
Respecto al tipo de modalidad de custodia preferida a priori por los profesionales, pre-
valece el mantenimiento de la custodia exclusiva con un amplio régimen de visitas para el pro-
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
111
genitor no custodio. No obstante, cabe señalar que la suma de las otras alternativas que su-
ponen una mayor coparentabilidad al incluir la pernocta habitual del menor en ambos domi-
cilios, supondría un porcentaje mayor. Así mismo, consultados por el resultado de la custodia
compartida en base a su experiencia, los profesionales consideran que éste es “moderada-
mente bueno”. Por tanto, creemos que los resultados ofrecen una imagen de ambigüedad por
parte de los sujetos hacia esta modalidad de custodia, reconociendo sus aspectos positivos
pero tendiendo a preferir formulas más conservadoras. Esperamos poder clarificar esta cues-
tión en la investigación posterior.
La exploración de los criterios de decisión y recomendación de la custodia exclusiva,
ofrece como resultado inicial que los factores claramente considerados como importantes lo
son en tanto su obviedad. Es decir, aquellos que pueden suponer con un alto grado de proba-
bilidad un gran perjuicio para el menor (maltrato, abuso, negligencia o exposición a situaciones
de alto riesgo) y el factor conservador referido al criterio de continuidad (quien se ha ocupado
activamente del menor y el alejamiento del entorno social, educativo y familiar habitual).
En nuestro caso, el ítem que aparece en primera posición se refiere a lo que podría-
mos definir como “adicción a sustancias” y que como ya señalase Granados (1991), supon-
dría “una serie de dificultades graves en el progenitor o progenitores para atender a sus hijos”.
Comparativamente, se aprecian diferencias con los resultados obtenidos por los in-
vestigadores americanos, especialmente con el estudio de Ackerman y Ackerman (1997), ya
que en la muestra americana aparecen en primeras posiciones factores referidos a criterios
de tipo más psicológico como: tener un mejor vinculo emocional con el menor, la estabilidad
psicológica o los intentos por parte de un progenitor de alienar al menor.
En relación a los factores considerados menos importantes, los resultados obtenidos
parecen sugerir que los técnicos de la muestra no mantendrían su creencia en la prevalencia
materna ni a cuestiones como el género del menor, la edad de los progenitores o las relacio-
nes sentimentales post-ruptura de los padres. En lo que podríamos definir como un proceso
inverso, en este caso, los profesionales parecen huir de algunos de los conceptos más tradi-
cionales a los que otorgan una mínima significación en su proceso de decisión.
También se aprecia que, en general, la importancia otorgada por los profesionales a los
criterios contribuiría al proceso de decisión de recomendar la custodia a uno u otro progeni-
tor. No obstante, respecto a esta cuestión, la relación entre el factor concreto y el proceso de
decisión no aparece como robusta, observándose que no necesariamente una puntuación
elevada supone que opten por uno u otro progenitor. Creemos que una posible explicación po-
dría encontrarse en la confianza que depositarían los técnicos en su juicio clínico, en sentido
amplio, a la hora de considerar más adecuado a un progenitor, más que en el valor que otorga
a diferentes criterios.
La valoración en cuanto a la importancia otorgada a los criterios para recomendar la
custodia compartida vs exclusiva ofrecen resultados poco discriminantes ya que práctica-
mente la mitad de los factores propuestos se consideran como los más importantes. Este re-
sultado unido a la ambigüedad señalada con anterioridad en cuanto a este sistema de
custodia, creemos que puede estar relacionado con el hecho de la corta vida de que dispone
su regulación jurídica en nuestro país (Ley 15/2005), cambio que puede considerarse revolu-
cionario y que posiblemente aun suscita dudas y temores en los técnicos que tienden a man-
tenerse cautos en sus opiniones y valoraciones.
No obstante, en el caso de los factores considerados de importancia menor observa-
mos reforzada la hipótesis de que para la toma de esta decisión al igual que para la custodia
exclusiva, los técnicos de la muestra no se basarían en aspectos como: el genero del menor,
la edad de los progenitores o las diferencias físicas entre los domicilios; tampoco parece re-
sultar significativo para ellos el hecho de que los progenitores establezcan nuevas relaciones
de pareja. Resultado que resulta similar al obtenido por Keilin y Bloom (1986) y Ackerman y Ac-
kerman (1996). En este sentido, creemos que a pesar de la corta experiencia con la que cuenta
el divorcio y las situaciones subsiguientes en nuestro país y, de la tradición histórica en rela-
ción al concepto de familia, los profesionales parecen tener superadas algunas de estas con-
cepciones de forma similar a la del contexto americano.
PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
112
Referencias bibliográficas
Ackerman, M.J. & Ackerman, M.C. (1997). Custody evaluation practices: a survey of experi-
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PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA
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  • 1. CRITERIOS DE DECISIÓN PARA LAS RECOMENDACIONES DE GUARDA Y CUSTODIA DE LOS NIÑOS Mila Arch Marin, Adolfo Jarne Esparcia, Asunción Molina Bartumeus* Dpto de Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos. Universidad de Barcelona. *Presidenta de la sección de psicología jurídica del COPC. Introducción El auge que experimenta en nuestro país la participación de los psicólogos como pe- ritos en los procedimientos judiciales, junto a el aumento constante de las tasas de separa- ción y divorcio, han propiciado que la participación de los psicólogos forenses en procedimientos de familia con objeto de ofrecer al tribunal una valoración técnica que ayude a establecer el sistema de guarda y custodia de los hijos en casos de separación y divorcio, constituya actualmente, una intervención cotidiana. Una revisión de los criterios más aceptados por la comunidad científica, empieza por la máxima del mejor interés del menor que actualmente sustenta tanto la totalidad de doctri- nas jurídicas del mundo occidental, como la pauta de actuación profesional (Guidelines for child custody evaluations in divorce proceedings, 1994). Este principio, que ha generado di- ferentes intentos de operativización tanto desde el entorno jurídico como desde el de nuestra disciplina (Uniform Marriage and Divorce Act ,1970; Michigan Custody Act, 1970; Sthal,,1994), no obstante, mantiene cierta imprecisión. Autores como Grisso (1986) ha relacionado este hecho con la falta de congruencia entre los criterios usados y los constructos psicológicos. La cuestión significativa no seria la aceptación del mejor interés de menor como principio guía (Guidelines for child custody evaluations in divorce proceedings, 1994) sino qué constituye ese mejor interés. A partir de esta principio, surgen una serie de criterios que podemos considerar como más consolidados, así, el concepto de padre psicológico (Goldstein, Freud y Solnit, 1973) el cuidador primario y las preferencias de los niños, son frecuentemente citados por los diferen- tes autores. El acceso al otro progenitor, es considerado como factor clave en la valoración de la custodia (Chasin y Grunebaum, 1981; Musetto, 1981; Maccoby y Mnookin, 1992). La continuidad intra y extra familiar, se entiende significativa por su influencia en la previsión del ajuste post-divorcio (Wallerstein y Kelly, 1980; Hetherington, 1989). Asimismo, El estado emocional y ajuste psicológico de los progenitores, tradicional- mente ha recibido un gran énfasis en las evaluaciones de custodia (Ramírez 2006); la edad de los niños, que permite considerar algunos aspectos en relación al momento evolutivo Hodges y Bloom, (1984, 1986); la conveniencia de no separar a los hermanos, efecto que se presume en nuestra regulación jurídica (Art. 92, Código Civil); la infraestructura en sentido amplio (dis- ponibilidad horaria de cada progenitor, diferencias entre domicilios, etc.), también se han de- limitado como criterios a considerar en las evaluaciones de custodia. Se han propuesto diferentes modelos para la evaluación de la custodia, sin embargo, la investigación sobre las practicas reales de los profesionales y el uso de criterios de decisión, es escasa, de hecho a nivel empírico únicamente contamos con la información proporcionada por los dos estudios realizados en este sentido: el de Keilin y Bloom en 1986 y su replica y am- pliación una década después por Ackerman y Ackerman en 1997. En nuestro país, la única referencia disponible, aunque mas limitada que los anteriores, se encuentra en el trabajo des- arrollado por Granados en 1990. Esta situación obliga a la extrapolación de datos del contexto anglosajon, con los riesgos de sesgos que ello comporta. El propósito de nuestra investigación es realizar un estudio piloto sobre la práctica profesional en la evaluación de la custodia de los niños y los criterios de decisión que utilizan los técnicos ante los tribunales de familia en sus recomendaciones sobre la guarda y custo- dia de los menores. PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 105
  • 2. En su calidad de estudio piloto, el objetivo básico es la obtención de datos que nos permitan observar y, en su caso, ajustar el diseño definitivo de la investigación posterior. Con- cretamente nos proponemos obtener datos indiciarios en relación a: el perfil demográfico de los psicólogos forenses que realizan evaluaciones de custodia, el origen de la demanda de sus servicios, la metodología de las evaluaciones de custodia realizadas por los psicólogos ex- pertos en esta materia, sus opiniones y creencias en relación a los distintos tipos de custodia y los criterios utilizados en la toma de decisión para la recomendación de una alternativa de custodia. A fin de poder facilitar a los profesionales españoles unas directrices objetivas y contextualizadas que les ayude en la realización de sus intervenciones. Método Sujetos El universo de sujetos de interés para nuestro estudio piloto fue delimitado como: psi- cólogos forenses ejercientes en Cataluña y expertos en evaluación de custodia. Teniendo en cuenta que la cualidad “psicólogo forense” en España no se corresponde en la actualidad con una titulación académica oficial ni con ninguna acreditación profesional, la selección de sujetos para el estudio piloto se ha realizado considerando la lista de psicólo- gos inscritos en el Turno de Intervención Profesional (TIP) del Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña (COPC) por entender que, a priori, constituyen una muestra representativa del uni- verso. Se han establecido dos criterios de inclusión: a) Sujetos que forman parte del la lista TIP del COPC del 2006 y que, por tanto, cumplen los requisitos establecidos por la entidad para ser considerados como expertos. B) Que hayan realizado un mínimo de cuatro evalua- ciones de custodia, criterio idéntico al utilizado por Keilin y Bloom(1986) en su estudio. Este factor es importante ya que la lista no especifica el ámbito concreto de intervención de los pro- fesionales y, en nuestro caso, era necesario establecer la experiencia en evaluaciones de cus- todia. La muestra quedó constituida por 11 psicólogos de Cataluña especialistas en psico- logía forense de los que el 100% son mujeres. La edad media de los sujetos es de 39,91 años, pero con una D.T. de 8’9, siendo el valor más frecuente (18,2%) los 50 años. El valor mínimo es 29 años y el máximo 51 años. Material e instrumentos El instrumento utilizado consiste en un cuestionario que se ha elaborado a partir de los items usados por Keilin y Bloom (1986) y Ackerman y Ackerman (1997), en sus respectivos es- tudios. Se realizaron algunos ajustes a fin de adaptar el cuestionario al contexto español ac- tual y se incluyeron algunos criterios que se han considerado en las evaluaciones de custodia en la última década en nuestro país. El cuestionario final consta de 95 Ítems que exploran las experiencias, actividades y creencias de los profesionales en tres áreas definidas como: 1) Información demográfica y ex- periencia /formación de los profesionales, 2) Evaluación de custodia y 3) Toma de decisión en custodia exclusiva y custodia compartida. Procedimiento Se invitó a participar en la presente investigación a la totalidad de los psicólogos que forman parte de la lista del TIP del COPC y cuyos datos de contacto son accesibles, remi- tiéndoles por correo postal una carta en la que se les informaba del objetivo general de la in- vestigación, señalando la privacidad y los aspectos éticos oportunos. Se adjuntaba el cuestionario y un sobre franqueado para remitir nuevamente la respuesta. Se ha realizado un único envío a la población. PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 106
  • 3. Resultados Características personales y profesionales de la muestra La mayoría de los sujetos (63,6%) disponen de formación posterior a la licenciatura. La media de años de ejercicio profesional como psicólogos se sitúa en 14,64 años, de los cuales una media de 8 constituyen práctica en entorno forense. La orientación teórica de los sujetos es diversa, siendo más frecuentes la cognitivo-conductual y la ecléctica (27,3% en ambos casos), seguida por la psicoanalítica (18,2%). Metodología de la evaluación de custodia Origen de la demanda y preferencias: El origen de la demanda de intervención seña- lada por los sujetos es mayoritariamente a solicitud de un único progenitor (77,55%), seguida por intervenciones solicitadas por ambos progenitores (9,73%) y las resultantes de nombra- mientos del tribunal a partir de la lista TIP (7,45%). Finalmente, en un 2,82% de los casos la intervención se produce por designación del tribunal a partir de la propuesta de los abogados y en un 1,82% por otras circunstancias. La preferencia por un tipo u otro de intervención, en función del origen de la demanda, es mayoritariamente indiferente (63,6%). Técnicas e instrumentos utilizados: Las técnicas de evaluación más utilizadas (100% de los casos) son la revisión documental, la entrevista individual con cada progenitor, la en- trevista individual con el menor, la aplicación de pruebas al niño y las coordinaciones con otros profesionales. En gran medida (81,8%) también se utilizan la observación directa de la inter- acción progenitor-hijo y la aplicación de pruebas a los adultos. Los instrumentos utilizados mayoritariamente en relación a los menores son las técnicas proyectivas (81,8%). Asimismo, destaca con un 45,5% respectivamente la aplicación de las pruebas psicométricas: TAMAI y STAIC. Respecto a los adultos, las pruebas más aplicadas (36,4%) son las técnicas proyecti- vas de tipo grafico, seguidas por las psicométricas: 16PF-5 y MMPI-2 (27,3%) respectiva- mente. Opinión y valoración de alternativas de custodia: en cuanto a la opción de custodia preferida por los sujetos, un 45,5 % optan por la custodia exclusiva (C.E.) con un amplio ré- gimen de visitas que incluye varias tardes intersemanales pero sin pernocta, seguido con un 18’2% que señalan la misma opción pero incluyendo pernocta. La custodia compartida (C.C.) con intercambios en días alternos y la C.C. con intercambios en semanas alternas son selec- cionadas respectivamente por un 18’2% de los sujetos. La valoración del resultado de la C.C. basada en la propia experiencia del sujeto es considerada por un 63,6% de la muestra como moderadamente bueno. Decisión y recomendación Criterios utilizados para la recomendación de la custodia exclusiva: El resumen de los resultados, se encuentran detallados en la tabla 1 que aparece a continuación, ordenados por importancia que le otorgan los sujetos. Los factores que son considerados por los sujetos como más importantes para reco- mendar la C.E. son: un progenitor es un alcohólico activo (= 8,82), se ha alegado abuso se- xual contra un progenitor (= 8,64), se ha hecho una alegación de maltrato físico contra un progenitor (= 8,09), un progenitor tiende a aplicar castigo físico a los hijos/as (= 8) , un proge- nitor amenaza con llevarse a los niños a otra localidad(= 7,45), un progenitor tiene antece- dentes penales(= 7,45) y un progenitor es quien se ocupa activamente de la educación de los hijos(= 7,36). Los factores que se han considerado menos importantes son: un progenitor es 10 años mayor que el otro(=2,09), el progenitor es del mismo sexo que el hijo/a (= 3), un proge- nitor ha establecido una relación de pareja con una persona del sexo opuesto mientras que el otro progenitor vive solo/a (=3,18), el hecho de que el progenitor sea el padre(= 3,45) y el hecho de que el progenitor sea la madre (= 3,55). PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 107
  • 4. Tabla 1: Resumen de resultados Criterios de decisión para la recomendación de la custodia exclusiva. Criterio Puntuación % Asignación custodia Media Desv. típ. Prog.A Prog. B Indist. El progenitor B es un alcohólico activo 8,82 ,405 100 Se ha alegado abuso sexual contra el progenitor A 8,64 ,674 100 Se ha hecho una alegación de maltrato físico contra el progenitor B 8,09 1,044 90,9 9,1 El progenitor A tiende a aplicar castigo físico a los hijos/as 8,00 ,775 81,8 18,2 El progenitor A amenaza con llevarse a los niños a otra localidad 7,45 ,934 9,1 54,5 36,4 El progenitor A tiene antecedentes penales 7,45 1,635 63,6 36,4 El progenitor A es quien se ocupa activamente de la educación de los hijos/as 7,36 ,809 63,6 36,4 El progenitor B intenta alienar a su hijo/a 7,27 1,191 72,7 27,3 El progenitor B tiene historial de hospitalizaciones psiquiátricas previas 7,27 1,489 72,7 27,3 El/la niño/a de 15 años prefiere vivir con el progenitor A 7,09 1,375 90,9 9,1 El progenitor A muestra mucha cólera y amargura acerca de la ruptura familiar 7,00 1,414 18,2 81,8 El progenitor B parece estar más estable psicológicamente que el progenitor A 6,91 ,944 27,3 72,7 El progenitor A muestra mejores habilidades parentales que el progenitor B 6,73 1,104 36,4 63,6 El niño/a parece tener un vínculo emocional más intenso con el progenitor B 6,73 ,647 9,1 18,2 72,7 El progenitor B se muestra más tolerante respecto al régimen de visitas con progenitor A 6,73 1,421 45,5 54,5 Antes del divorcio, el progenitor A tenía la responsabilidad de los cuidados principales de los niños 6,64 1,433 27,3 72,7 El progenitor A no ha sido cooperativo con los mandatos judiciales previos 6,55 1,508 36,4 63,6 El progenitor B es significativamente menos inteligente que el niño/a 6,45 1,293 63,6 36,4 El progenitor A es un/a alcohólico/a recuperado 6,45 1,368 18,2 81,8 El progenitor A obtiene resultados significativamente peores que el progenitor B en el MMPI 6,36 1,027 45,5 54,5 El/la menor presenta una patología física grave y altamente invalidante 6,36 2,335 100 El/la menor presenta una minusvalía psíquica 6,36 2,335 100 El/la menor presenta psicopatología activa diagnosticada en el momento actual 6,36 2,335 100 El niño/a de 10 años prefiere vivir con el progenitor A 6,27 1,794 54,5 45,5 El progenitor A conoce mejor las necesidades evolutivas futuras de los niños 6,18 1,662 9,1 90,9 El progenitor B está tomando medicación psiquiátrica 6,09 1,868 27,3 72,7 El progenitor A parece tener mucha más estabilidad económica que el progenitor B 5,82 1,471 18,2 81,8 PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 108
  • 5. Criterio Puntuación % Asignación custodia Media Desv. típ. Prog.A Prog. B Indist. El progenitor B conoce la información escolar relevante del niño/a 5,82 1,328 18,2 81,8 El progenitor B es más consciente de las metas del desarrollo infantil 5,64 1,206 9,1 90,9 El progenitor A sigue viviendo en el domicilio familiar mientras que el progenitor B se ha trasladado a un barrio lejano de la escuela del niño/a 5,64 1,286 54,5 45,5 El/la niño/a de 5 años prefiere vivir con el progenitor B 5,64 1,748 27,3 72,7 Antes del divorcio, el progenitor B tenía la responsabilidad principal de la disciplina del niño/a 5,55 1,440 9,1 90,9 El progenitor B tiene más disponible a la familia extensa 5,45 1,753 18,2 81,8 Los horarios del progenitor A podrían requerir de alguien para ayudarle en el cuidado del niño/a. Los del progenitor B no 5,36 1,629 27,3 72,7 La nueva pareja del progenitor A tiene hijos/as propios viviendo con él/ella 5,27 2,412 27,3 72,7 El progenitor B mantiene actualmente una relación homosexual de pareja 4,82 1,537 18,2 81,8 El progenitor A es socialmente mucho más activo que el progenitor B 4,55 1,695 9,1 90,9 El hecho de que el progenitor A sea la madre 3,55 2,544 9,1 90,9 El hecho de que el progenitor B sea el padre 3,45 2,464 100 El progenitor B ha establecido pareja con una persona del sexo opuesto, mientras que el progenitor A vive solo/a 3,18 2,316 100 El progenitor B es del mismo sexo que el hijo/a 3,00 2,236 100 El progenitor A es 10 años mayor que el progenitor B 2,09 1,300 100 Los items se miden en una escala de 9 puntos (1 = nada importante, 9 extremadamente importante). La diferencia crítica entre medias es 1,534 (p< .05) Como puede observarse en la tabla 1, la relación entre la importancia que los sujetos otorgan al criterio y su decisión respecto a su recomendación concreta no parece que sea ro- busta, apreciamos que la mayoría de respuestas (69,04%) seleccionan a la opción “indistin- tamente”. No obstante, se aprecia que una tendencia a escoger mas esta opción a medida que decrece la importancia otorgada al criterio. Criterios utilizados en la toma de decisión entre custodia compartida vs custodia ex- clusiva: El resumen de los resultados se encuentra detallado en la tabla 2 que aparece a con- tinuación ordenados por importancia que le otorgan los sujetos. No encontramos diferencias significativas entre las medias de los 14 criterios considerados más importantes en este pro- ceso de toma de decisión. Los criterios considerados menos importantes son: El sexo del niño/a, número de hijos/as (=1,82), el estado de cada progenitor: convivencia en pareja, vive solo/a...( = 2,82) , la edad de los padres(= 3,18), existen diferencias físicas entre las casas de los progenitores (ta- maño, mobiliario, etc) (= 3,64) y uno de los progenitores tiene una relación homosexual de pa- reja (=3,73). PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 109
  • 6. Tabla 2. Resumen de resultados Criterios de decisión para la recomendación de la custodia compartida. Criterio Media Desv. típ. Ambos progenitores muestran buena voluntad para llegar a acuerdos 8,73 ,467 Ambos progenitores tienen habilidad para separar sus dificultades interpersonales de sus decisiones como padres 8,64 ,505 Se observa un gran resentimiento entre los progenitores 8,45 ,820 Uno o ambos progenitores tienen problemas con abuso de sustancias 8,27 2,102 Ambos progenitores presentan estabilidad emocional 8,27 1,191 El/la niño/a mantiene una relación de calidad con ambos progenitores 8,18 ,982 El/la menor de 15 años de edad expresa claramente su preferencia por este sistema de custodia 8,18 ,874 Antes de la ruptura, ambos progenitores habían estado implicados de forma equitativa en las responsabilidades de cuidado del niño/a 8,18 1,250 Existe proximidad geográfica entre las casas de los progenitores 8,00 1,265 Existe flexibilidad en los horarios laborales de ambos progenitores 7,91 1,300 Ambos progenitores han aceptado y respetado los acuerdos previos del tribunal 7,73 1,009 Ambos progenitores son estables económicamente 7,27 1,618 Los estilos educativos de los progenitores son diferentes 7,00 2,236 El/la menor de 10 años de edad expresa claramente su preferencia por este sistema de custodia 7,00 1,612 Los miembros de la familia extensa se muestran dispuestos a ofrecer soporte 6,64 1,748 Uno o ambos progenitores han tenido problemas con la ley 6,55 2,770 El/la menor presenta psicopatología activa diagnosticada en el momento actual 6,36 2,063 El/la menor presenta una patología física grave y altamente invalidante 6,36 2,063 El/la menor presenta una minusvalía psíquica 6,36 2,063 El hecho de que la Ley actual contemple este sistema de custodia 5,82 3,341 El/la menor de 5 años de edad expresa claramente su preferencia por este sistema de custodia 5,64 2,203 El/la niño/a necesitará canguro mientras uno de los progenitores trabaja 5,00 2,490 Los progenitores tienen diferentes creencias religiosas 4,55 1,864 Existen diferencias económicas entre los hogares de los progenitores 4,09 2,023 Uno de los progenitores tiene una relación homosexual de pareja 3,73 2,796 Existen diferencias físicas entre las casas de los progenitores (tamaño, mobiliario,etc) 3,64 1,963 La edad de los padres 3,18 2,272 El estado de cada progenitor: convivencia de pareja, vive solo/a,... 2,82 2,040 Número de hijos/as 2,82 1,888 El sexo del niño/a 1,82 1,079 *Los items se miden en una escala de 9 puntos (1 = nada importante, 9 extremadamente importante). La diferencia crítica entre medias es 2,015 p< .05) Discusión En relación a las características demográficas de los sujetos, cabe señalar que todo y el pequeño tamaño de la muestra, los datos vienen a reflejar la presencia mayoritaria de mu- jeres ejercientes como psicólogas en Cataluña (Septiembre/ 06. COPC: 7817 mujeres cole- giadas y 1984 hombres colegiados). PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 110
  • 7. A nivel de formación es ampliamente conocida la recomendación de mantener actua- lizados los conocimientos (Specialty Guidelines for Forensic Psychologists, 1991) realizando actividades formativas posteriores a la licenciatura. Los resultados obtenidos son afines a esta recomendación al reflejar que la mayoría de sujetos disponen de un tipo u otro de formación complementaria. La orientación teórica en la práctica de la evaluación obtenida en nuestra muestra, es coherente con las conclusiones ofrecidas por Granados (1991) en una muestra de dieciséis psi- cólogos que trabajan en los juzgados, donde señalaba que “en la práctica la intervención re- sulta ecléctica”. El origen de la demanda es mayoritariamente fruto de la práctica privada y, en concreto, suponiendo una intervención que ha venido siendo denominada “de parte”, esto es: solici- tada por uno solo de los miembros de la pareja. Este tipo de intervenciones ha suscitado en el pasado reciente un buen numero de críticas de los expertos señalando posibles dificulta- des de imparcialidad de los técnicos (Del Río, 2000) y frecuentemente, han sido objeto de de- nuncias ante las comisiones deontológicas de los colegios profesionales que en muchos casos han derivado en sanciones al faltar la intervención a los principios establecidos en el Código Ético (Cayuela, Jarne y Molina, 2004). En el estudio de Keilin y Bloom (1986), los profesionales mostraban su preferencia por realizar intervenciones desde el “rol imparcial asegurado” que supone que la solicitud derive del tribunal o de forma conjunta por ambos progenitores, sin embargo, en nuestra muestra en- contramos que las intervenciones “de parte” no parecen incomodar a los sujetos, que mani- fiestan de forma mayoritaria su indiferencia por el origen de la demanda. En el caso de nuestra muestra, hipotetizamos que como miembros del TIP, los sujetos han recibido una formación especifica y actualizada por parte del COPC donde se han tratado las dificultades y las reco- nocidas directrices en relación a estas intervenciones (Guidelines for Child Custody in Divorce Proceedings, 1998; Speciality Guidelines for Forensic Psychologists, 1999), hecho que puede haber contribuido a una mayor confianza de los técnicos en sus actuaciones ante este tipo de requerimientos. La metodología de evaluación ofrece un perfil básico que se adecua a las recomen- daciones genéricas de los especialistas en la materia. Así, la revisión documental como medio de contextualización se adecua a la premisa de las inconveniencias de seguir un procedi- miento “ciego” en la práctica forense (Grisso, 1986). El uso de coordinaciones con otros pro- fesionales a los beneficios de la colaboración interdisciplinar en las evaluaciones psicológicas; finalmente, la aplicación de pruebas psicológicas a los niños de forma más mayoritaria que al adulto, podría responder a la consideración del menor como centro fundamental de la ex- ploración, necesidad subrayada por la APA (Guidelines for Child Custody in Divorce Procee- dings, 1998). A nivel de instrumentos, los resultados reflejan en primer lugar la práctica inexistencia en nuestro país de instrumentos forenses diseñados y validados para estas evaluaciones, si- tuación que propicia el uso de instrumentos clínicos por parte de los técnicos a pesar de las advertencias y limitaciones señaladas por los expertos en la materia. Así mismo, los datos también reflejan la practica inexistencia de pruebas psicométricas aplicables a los menores de corta edad, hecho que podría explicar el uso de pruebas proyectivas por los profesionales. En el caso de los adultos, se aprecia un mayor uso de pruebas encaminadas al diag- nostico clínico que de aquellas destinadas a valorar aspectos de la parentabilidad. Creemos que este resultado podría indicar que persiste el concepto clásico de tener que demostrar la “normalidad” del progenitor como base de su capacidad parental, que como señalan Ramí- rez, Ibáñez y de Luis (1998), supone una línea derivada del modelo psicodiagnostico tradicio- nal más centrado en los patológico y disfuncional que en lo sano. Asimismo, mostraríamos acuerdo con lo expresado por Ramírez (2003) en cuanto al uso exclusivo por parte de los pro- fesionales españoles de instrumentos procedentes del psicodiagnostico tradicional a falta de herramientas diseñadas y validadas para entorno forense. Respecto al tipo de modalidad de custodia preferida a priori por los profesionales, pre- valece el mantenimiento de la custodia exclusiva con un amplio régimen de visitas para el pro- PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 111
  • 8. genitor no custodio. No obstante, cabe señalar que la suma de las otras alternativas que su- ponen una mayor coparentabilidad al incluir la pernocta habitual del menor en ambos domi- cilios, supondría un porcentaje mayor. Así mismo, consultados por el resultado de la custodia compartida en base a su experiencia, los profesionales consideran que éste es “moderada- mente bueno”. Por tanto, creemos que los resultados ofrecen una imagen de ambigüedad por parte de los sujetos hacia esta modalidad de custodia, reconociendo sus aspectos positivos pero tendiendo a preferir formulas más conservadoras. Esperamos poder clarificar esta cues- tión en la investigación posterior. La exploración de los criterios de decisión y recomendación de la custodia exclusiva, ofrece como resultado inicial que los factores claramente considerados como importantes lo son en tanto su obviedad. Es decir, aquellos que pueden suponer con un alto grado de proba- bilidad un gran perjuicio para el menor (maltrato, abuso, negligencia o exposición a situaciones de alto riesgo) y el factor conservador referido al criterio de continuidad (quien se ha ocupado activamente del menor y el alejamiento del entorno social, educativo y familiar habitual). En nuestro caso, el ítem que aparece en primera posición se refiere a lo que podría- mos definir como “adicción a sustancias” y que como ya señalase Granados (1991), supon- dría “una serie de dificultades graves en el progenitor o progenitores para atender a sus hijos”. Comparativamente, se aprecian diferencias con los resultados obtenidos por los in- vestigadores americanos, especialmente con el estudio de Ackerman y Ackerman (1997), ya que en la muestra americana aparecen en primeras posiciones factores referidos a criterios de tipo más psicológico como: tener un mejor vinculo emocional con el menor, la estabilidad psicológica o los intentos por parte de un progenitor de alienar al menor. En relación a los factores considerados menos importantes, los resultados obtenidos parecen sugerir que los técnicos de la muestra no mantendrían su creencia en la prevalencia materna ni a cuestiones como el género del menor, la edad de los progenitores o las relacio- nes sentimentales post-ruptura de los padres. En lo que podríamos definir como un proceso inverso, en este caso, los profesionales parecen huir de algunos de los conceptos más tradi- cionales a los que otorgan una mínima significación en su proceso de decisión. También se aprecia que, en general, la importancia otorgada por los profesionales a los criterios contribuiría al proceso de decisión de recomendar la custodia a uno u otro progeni- tor. No obstante, respecto a esta cuestión, la relación entre el factor concreto y el proceso de decisión no aparece como robusta, observándose que no necesariamente una puntuación elevada supone que opten por uno u otro progenitor. Creemos que una posible explicación po- dría encontrarse en la confianza que depositarían los técnicos en su juicio clínico, en sentido amplio, a la hora de considerar más adecuado a un progenitor, más que en el valor que otorga a diferentes criterios. La valoración en cuanto a la importancia otorgada a los criterios para recomendar la custodia compartida vs exclusiva ofrecen resultados poco discriminantes ya que práctica- mente la mitad de los factores propuestos se consideran como los más importantes. Este re- sultado unido a la ambigüedad señalada con anterioridad en cuanto a este sistema de custodia, creemos que puede estar relacionado con el hecho de la corta vida de que dispone su regulación jurídica en nuestro país (Ley 15/2005), cambio que puede considerarse revolu- cionario y que posiblemente aun suscita dudas y temores en los técnicos que tienden a man- tenerse cautos en sus opiniones y valoraciones. No obstante, en el caso de los factores considerados de importancia menor observa- mos reforzada la hipótesis de que para la toma de esta decisión al igual que para la custodia exclusiva, los técnicos de la muestra no se basarían en aspectos como: el genero del menor, la edad de los progenitores o las diferencias físicas entre los domicilios; tampoco parece re- sultar significativo para ellos el hecho de que los progenitores establezcan nuevas relaciones de pareja. Resultado que resulta similar al obtenido por Keilin y Bloom (1986) y Ackerman y Ac- kerman (1996). En este sentido, creemos que a pesar de la corta experiencia con la que cuenta el divorcio y las situaciones subsiguientes en nuestro país y, de la tradición histórica en rela- ción al concepto de familia, los profesionales parecen tener superadas algunas de estas con- cepciones de forma similar a la del contexto americano. PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 112
  • 9. Referencias bibliográficas Ackerman, M.J. & Ackerman, M.C. (1997). Custody evaluation practices: a survey of experi- enced professionals revised. Profesional psychology: research and practice, 28. American Psychological Association (1994). Guidelines for child custody evaluations in divorce proceedins. American Psychology, 49, 677-680. Cayuela, R., Jarne, A. y Molina, A. (2004). Estudio descriptivo de las denuncias atendidas por la comisión deontológica del Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña en relación con las intervenciones periciales. Psicología Jurídica. Xunta de Galicia. Chasin R. y Grunebaum, H. (1981). A model for evaluation in child custody disputes. American Journal of Family Terapy, 9 (3), 43-49. Código Civil Español. Edición actualizada septiembre de 2000. Committee on Ethical Guidelines for Forensic Psychologist(1991). Speciality Guidelines for Forensic Psychologists. División 41 APA & American Pychology-law Society. Del Rio, C. (2000). Informes de Parte en conflictos matrimoniales: implicaciones deontológicas. Infocop, 10, 15-20 Goldstein, J., Freud, A. & Solnit, A. (1973). Beyon the best interests of the child. New York: Free press. Granados, F. (1991). Etica y Técnica de la intervención psicológica en los juzgados de familia. Tesis doctoral. Universidad Complutense de Madrid. Grisso, T. (1986). Evaluating competences: forensic assessments and instruments. New york: Plenum Press. Hetherington, E. M. (1989). Coping with marital transitions: A family systems perspective. Sum- mary and discussion. Monographs of the Society for Research in Child Development, 57. Hodges, W.F. (1986). Interventions for children of divorce. Custody, Access and psychoterapy. New York: John Wiley & Son. Hodges, W.F. & Bloom, B.L. (1984). Parent’s report of children’s adjustment to marital separa- tion: a longitudinal study. Journal of divorce, 8. Justicia, M.D. y Canton, J. (2000). Tipos de custodia, interferencias e intervención. En Cantón, J. Cortés, M.R. y Justicia, M.D.(Eds). Conflictos Matrimoniales, divorcio y desarrollo de los hijos. Madrid: Pirámide. Keilin.W.G. & Bloom, L.J. (1986). Child Custody Evaluation Practices: A survey of experienced professionals.Professional Psychology: Research and Practice, 17, 338-346. Ley 15/2005 de Modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Musetto, A.P.(1981). Standards for deciding contested child custody cases. Journal of Clinical Child Psychology, 3 Ramírez, M. (2003). Cuando los padres se separan: alternativas de custodia para los hijos (guia práctica). Madrid:Biblioteca Nueva. Ramirez, M. (2006). El peritaje psicologico en el ámbito del derecho de familia. EnSierra, J.C., Jiménez, E. y Buela-Casal, G. (Coords). Psicología Forense: Manual de técnicas y apli- caciones. Madrid: Biblioteca Nueva. Ramírez, M., Ibáñez, V. y De luis, P. (1998). Intervención pericial psicológica en Derecho de fa- milia. En Marrero, J.L. (Coord.) Psicología Jurídica de la Familia. Madrid: Fundación Universidad-Empresa. Sthal, P.M. (1994). Conducting child custody evaluations. A comprehensive guide. Beberly Hills: Sage. Uniform Marriage and Divorce Act (1970). Sec. 402 PSICOLOGÍA JURÍDICA. FAMILIA Y VICTIMOLOGÍA 113