1. ¿Qué es la libertad?
Autor: Nicolás Ledesma
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2. Definiciones de libertad
Según el Diccionario de la Real Academia de la
lengua libertad es:
1. Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o
de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.
2. Falta de sujeción y subordinación.
3. Estado o condición de quien no es esclavo.
4. Facultad que se disfruta en las naciones bien gobernadas de
hacer y decir cuanto no se oponga a las leyes ni a las buenas
costumbres.
3. Definiciones filosóficas de la
libertad
●Thomas Hobbes (1588-1679):
Libertad natural:
“Libertad significa, propiamente hablando, la ausencia de oposición
(por oposición significo impedimentos externos al movimiento) […]
De acuerdo con esta genuina y común significación de la palabra, es un
hombre libre quien en aquellas cosas de que es capaz por su fuerza y
por su ingenio, no está obstaculizado para hacer lo que desea.”
Leviatán, Capítulo XXI, p. 171
4. Libertad civil:
“La libertad de un súbdito radica, por tanto, solamente, en
aquellas cosas que en la regulación de sus acciones ha
predeterminado el soberano: por ejemplo, la libertad de comprar
y vender y de hacer, entre sí, contratos de otro género, de escoger
su propia residencia, su propio alimento, su propio género de
vida, e instruir sus niños como crea conveniente […] Tanto si el
Estado es monárquico como si es popular, la libertad es siempre
la misma.”
Leviatán, Capítulo XXI, p. 174-175
5. ●John Locke (1632-1704)
Libertad natural:
“§ 4. Para entender el poder político correctamente, y para
deducirlo de lo que fue su origen, hemos de considerar cuál es el
estado en que los hombres se hallan por naturaleza. Y es este un
estado de perfecta libertad para que cada uno ordene sus acciones
y disponga de posesiones y personas como juzgue oportuno,
dentro de los límites de la ley de la naturaleza, sin pedir permiso
ni depender de la voluntad de ningún otro hombre.”
Segundo Tratado sobre el gobierno civil, p. 33
6. Libertad Civil:
Ҥ 95. Al ser los hombres, como ya he dicho, todos libres por
naturaleza, iguales e independientes, ninguno puede ser sacado de
esa condición y puesto bajo el poder político de otro sin su propio
consentimiento. El único modo en que alguien se priva a sí
mismo de su libertad natural y se somete a las ataduras de la
sociedad civil es mediante un acuerdo con otros hombres[…]
Segundo Tratado sobre el gobierno civil, p. 111
7. ●Jean Jacques Rousseau (1712-1778)
“El hombre ha nacido libre y en todas partes se encuentra
encadenado. Algunos se creen los amos de los demás aun siendo
más esclavos que ellos.” (CS, 1, 1)
“Renunciar a la libertad es renunciar a la condición de hombre, a
los derechos de la humanidad, e incluso a sus deberes. No hay
compensación posible para quien renuncia a todo. Tal renuncia es
incompatible con la naturaleza del hombre y eliminar la libertad
de su voluntad implicaría arrebatar todo tipo de moralidad a sus
acciones” (CS, 1, 4)
8. “[…] Esta dificultad en lo que respecta al tema que me ocupa
puede enunciarse en los siguientes términos: encontrar una forma
de asociación que defienda y proteja de toda fuerza común a la
persona y los bienes de cada asociado, y gracias a la cual cada
uno, en unión de todos los demás, solamente se obedezca a sí
mismo y quede tan libre como antes” (CS, 1. 6)
“Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder
bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a
cada miembro como parte indivisible del todo” (CS, 1. 6).
9. “Este paso del estado de naturaleza al estado civil produce en el
hombre un cambio muy importante, al sustituir en su conducta el
instinto por la justicia, y dando a sus acciones la moralidad que
les faltaba antes. Solo entonces, cuando la voz del deber sucede al
impulso físico y el derecho al apetito, el hombre que hasta
entonces no había mirado más que a sí mismo, se ve forzado a
obrar por otros principios y a consultar su razón antes de escuchar
sus inclinaciones.” (CS, 1.8).
“La libertad moral es la única que convierte al hombre
verdaderamente en amo de sí mismo, porque el impulso
exclusivo del apetito es esclavitud y la obediencia a la ley que
uno mismo se ha prescrito es libertad.” (CS, 1, 8)
10. ●Immanuel Kant (1724-1804)
El problema de la libertad sujetada a leyes:
“La libertad jurídica (externa, por tanto) no puede definirse, como suele
hacerse, como la facultad de hacer todo lo que se quiera, con tal de no per-
judicar a nadie. Pues, ¿qué significa facultad (Befugnis)? La posibilidad de
una acción en tanto que con ella no se perjudique a nadie. Por lo tanto, la
explicación de la definición vendría a ser: libertad es la posibilidad de
acciones con las que no se perjudica a nadie. No se perjudica a nadie
(hágase lo que se haga) si solamente no se perjudica a nadie: es, pues,
mera tautología. —Mi libertad exterior (jurídica) hay que explicarla, más
bien, de la siguiente manera: como la facultad de no obedecer ninguna ley
exterior sino en tanto en cuanto he podido darle mi consentimiento” (Sobre
la Paz perpetua, p. 16)
11. Benjamin Constant (1767-1830)
Libertad de los modernos:
“Es el derecho de cada uno a no estar sometido más que a las leyes,
a no poder ser ni arrestado, ni detenido, ni muerto, ni maltratado de
manera alguna a causa de la voluntad arbitraria de uno o de varios
individuos. Es el derecho de cada uno a expresar su opinión, a
escoger su trabajo y a ejercerlo, a disponer de su propiedad, y abusar
incluso de ella; a ir y venir sin pedir permiso y sin rendir cuentas de
sus motivos o de sus pasos. Es el derecho de cada uno a reunirse con
otras personas, sea para hablar de sus intereses, sea para profesar el
culto que él y sus asociados prefieran, sea simplemente para llenar
sus días y sus horas de la manera más conforme a sus inclinaciones,
a sus caprichos. Es, en fin, el derecho de cada uno a influir en la
administración del gobierno, bien por medio del nombramiento de
todos o de determinados funcionarios, bien a través de
representaciones, de peticiones, de demandas que la autoridad está
más o menos obligada a tomar en consideración”
12. Libertad de los antiguos
“Aquella consistía en ejercer de forma colectiva pero directa,
distintos aspectos del conjunto de la soberanía, en deliberar, en la
plaza pública, sobre la guerra y la paz, en concluir alianzas con
los extranjeros, en votar las leyes, en pronunciar sentencias, en
examinar las cuentas, los actos, la gestión de los magistrados, en
hacerles comparecer ante todo el pueblo, acusarles, condenarles o
absolverles; pero a la vez que los antiguos llamaban libertad a
todo esto, admitían como compatible con esta libertad colectiva la
completa sumisión del individuo a la autoridad del conjunto”
De la libertad de los antiguos comparada a la de los modernos
14. ¿Hay alguna relación entre
libertad e igualdad?
“Si se investiga en qué consiste el mayor bien de todos, que
debe ser el fin de todo sistema de legislación, se verá que se
reduce a estos dos objetos principales: la libertad y la
igualdad. La libertad, porque toda dependencia particular es
fuerza quitada al cuerpo del Estado; la igualdad, porque la
libertad no puede subsistir sin ella”
Jean Jacques Rousseau, El Contrato Social, (2. 11. 1)
15. “Ya he dicho lo que es la libertad civil. Respecto a la igualdad, no
hay que entender por esta palabra que el nivel de poder y riqueza
sea absolutamente el mismo, sino que, en cuanto el poder, éste
quede por encima de toda violencia y nunca se ejerza sino en
virtud del rango y de las leyes, y en cuanto a la riqueza, que
ningún ciudadano sea suficientemente opulento como para
comprar a otro, ni ninguno tan pobre como para ser obligado a
venderse […]” (CS, 2. 11)
16. “Bajo los malos gobiernos, esta igualdad solo es aparente e
ilusoria; no sirve más que para mantener al pobre en su miseria y
al rico en su usurpación. De hecho las leyes son siempre útiles a
los que poseen y perjudiciales a los que no tienen nada: de donde
se sigue que el Estado social solo es ventajoso a los hombres en
tanto que todos tienen algo y ninguno de ellos tiene nada en
demasía.” (CS, 1. 9)