Pleno ordinario abril 2016 Ayuntamiento Villalón Campos
1. PLENO ORDINARIO DE 1 DE ABRIL DE 2016
1. Aprobación del acta de la sesión anterior
Desde el PSOE hacemos constar que en el pleno anterior, en el punto del orden del día
referente a la aprobación del presupuesto de 2016, advertimos que a una trabajadora se la
estaba colocando en una categoría superior a la que la correspondía y que se nos contestó
que se trataba de un error. Pedimos que se incluya en el acta esta observación y que se nos
facilite el anexo de personal corregido.
2. Toma de posesión concejal.
Toma posesión nuestra compañera Lidia Criado.
3. Aprobación convenio colectivo trabajadores ayuntamiento
El equipo de gobierno presenta para su aprobación en el pleno el convenio colectivo que ha
firmado con el representante de los trabajadores. Según las noticias que tenemos, es el
primer acuerdo de este tipo que no ha sido previamente sometido a la aprobación de los
trabajadores. Creemos que el hecho de que este convenio haya sido firmado por un delegado
sindical que ganó las elecciones por un solo voto, y con una composición de la plantilla de
trabajadores diferente a la existente en la actualidad, no garantiza que la mayoría de la
plantilla esté de acuerdo con el texto que se nos presenta. También hay que señalar que el
nuevo convenio recoge cambios importantes de la jornada laboral. La propuesta sale adelante
con los seis votos del Partido Popular y con los tres votos en contra del Grupo Municipal
Socialista.
4. Aceptación Planes Provinciales 2016 2017
El grupo popular proponen destinar los 7.000 € que inicialmente estaban previstos para
parque público pasen a incrementar la partida destinada a la piscina. Advertimos que
continúan recogiendo una cantidad de 40.000 € para una guardería, que no es una
competencia municipal (entendemos que en la situación financiera que se encuentra el
ayuntamiento no debería de asumir servicios que no son competencia suya). Por otro lado,
creemos que se destina una cantidad muy pequeña al cementerio, que desde nuestro punto
de vista necesita una urgente ampliación porque el número de nichos disponibles apenas
quedan libres para unos pocos años. Consideramos, por lo tanto, que a esta partida debería
destinarse un mayor presupuesto que el inicialmente previsto de 38.000 €. Nuestro grupo se
abstuvo en este punto del orden del día y la propuesta salió adelante con los votos del Partido
Popular.
5. Aprobación inicial ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el uso de espacios y
locales municipales
El grupo popular presenta una nueva ordenanza para regular el uso de los espacios
municipales y el precio que se va a cobrar por ello. Hacemos constar que en la documentación
que se nos presenta figura con precios más caros cuando se utilizan algunas instalaciones
deportivas sin luz que cuando se utilizan con luz. Nos contestan que se trata de un error.
Sometido a votación esta ordenanza del grupo municipal socialista se abstiene.
6. Aprobación inicial del reglamento de funcionamiento y organización del ayuntamiento
de Villalón de Campos
Sobre este punto ya hemos hecho pública nuestra postura. Hay varias cuestiones que deben
tenerse en cuenta. Normalmente, este tipo de normativa suele presentarse al Pleno de
manera consensuada con todos los grupos políticos. A fin de cuentas, se trata de las reglas
de juego con las que se va a desarrollar la actividad de los grupos políticos. Sin embargo, en
2. este caso no ha sido así, y lo que se nos presenta es una propuesta del Partido Popular que
pretende cercenar el derecho de expresión en los plenos limitando hasta el ridículo el tiempo
en las intervenciones. En este sentido, señalamos que el reglamento propuesto vulnera el
artículo 14 de la constitución al no otorgar el mismo tiempo en las respuestas que en la
exposición de las propuestas. Así, podemos encontrarnos con que una intervención de media
hora tengamos sólo un minuto y medio para responder.
También se vulnera el artículo 23 de la Constitución al disponer para cada intervención un
tiempo demasiado corto que impide fijar de manera clara la posición en todas las materias,
obligando a un ejercicio de síntesis en muchas ocasiones imposible. Recordamos que el
Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en un caso similar en el reglamento de organización
y funciona miento del Ayuntamiento de Marbella cuando era Jesús Gil alcalde esta localidad.
El alcalde de Villalón propone una modificación para que se aumente el tiempo a tres minutos,
pero esto nos sigue pareciendo insuficiente. Lo cierto es que los Plenos en el Ayuntamiento
de Villalón no suelen tener una duración que vaya más allá de una hora y media, por lo tanto
entendemos que las limitaciones de tiempo no eran necesarias. No se aceptan nuestra
propuesta de que al menos en un primer turno se otorgue un tiempo de 20 minutos.
Advertimos también de que en el texto se recogen en una serie de errores, como el de remitir
la publicación de los decretos de la alcaldía cuando así sea necesario al boletín del Principado
de Asturias. O que en el desarrollo del articulado en alguna ocasión se remite a apartados de
otros artículos que no existen.
Por último mostramos nuestra desconfianza en la creación de un boletín municipal, que se
propone en el reglamento, porque entendemos que no está garantizado que se vaya a utilizar
de manera objetiva. Creemos que lo que el grupo popular pretende, al no estar
suficientemente desarrollado ningún mecanismo que lo impida, es vender su gestión a cuenta
del erario municipal.
El Grupo Socialista. En contra de la propuesta de este reglamento y su aprobación contó
únicamente con los votos del grupo popular.
7. Modificación inicial ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de
servicios en la vivienda unifamiliar tutelada para personas con discapacidad psíquica
En este punto del orden del día, señalamos que no se ha aprovechado esta modificación para
corregir el problema de la deuda que pueden ir contrayendo los usuarios que no tengan
posibilidad de pagar íntegramente la tasa establecida. Entendemos que no tiene sentido
proponer una modificación de la tasa sin que se resuelva también ese problema. La propuesta
pretende establecer que los usuarios paguen un 80% de los ingresos totales ordinarios que
tengan y un precio máximo de 675 €, así como que se incremente anualmente con la
referencia del Índice de Precios al Consumo. Esta propuesta, en la práctica, puede que no
suponga ninguna modificación en lo que paguen los usuarios, por ejemplo, en los casos de
los usuarios que tienen pensiones que no se incrementa suficientemente (que es lo que ha
sucedido en estos últimos cuatro años con el Partido Popular en el gobierno de España).
Creemos que la propuesta que se nos presenta no está bien planteada. El equipo de gobierno
responsabiliza de la propuesta a la Fundación Personas, que es la entidad que presta el
servicio. Desde el PSOE tenemos claro que quien presenta la propuesta ante el Pleno es el
equipo de gobierno, que es a quien le corresponde llevar la propuesta lo suficientemente
elaborada y sabiendo qué consecuencias tiene. Nos parece de mal gusto que el PP
responsabilice a los demás del trabajo que deberían de haber hecho ellos.
El Grupo Socialista se abstuvo en este punto.
8. Mociones
3. El Partido Popular presenta una moción en defensa de las Diputaciones Provinciales. Se trata
de una propuesta formulada desde del partido en Madrid y que han remitido a todos los grupos
municipales de su partido. El grupo socialista se abstuvo en la votación.
El PSOE presentó dos mociones, una abogando por la modernización de las Diputaciones y
reivindicando que cualquier modificación de la organización territorial se hiciera siempre
contando con los Ayuntamientos, que se dotara de una financiación justa a las entidades
locales, y que cada administración asumiera sus propias competencias. La otra moción pedía
que el ayuntamiento de Villalón repercutiera los costes de las multas que recibiera de la
Confederación Hidrográfica del Duero a los responsables de los partidos que hubiesen
originado esas multas, y que en el uso de las competencias que tiene el propio ayuntamiento,
que se exigiera la depuración de las aguas de todas aquellas actividades que lo requieran.
Pueden ver los textos de las dos mociones al final de este documento.
Ninguna de las dos mociones salió adelante al contar ambas con el voto contrario del grupo
popular. Es decir, que el Partido Popular, que presentó una moción que pedían el
mantenimiento de las Diputaciones, votó en contra en otra que también pedía el
mantenimiento de las Diputaciones, pero pidiendo además una financiación justa para las
entidades locales. En cuanto a la segunda moción quedó claro que el Partido Popular no
quiso comprometerse a resolver el problema de los vertidos que provocan las sanciones de
la Confederación Hidrográfica del Duero.
9. Asuntos urgentes
No hubo.
10. Dación de cuenta de decretos de alcaldía
11. Ruegos y preguntas
Presentamos dos ruegos, uno por escrito y otro verbalmente. En el primero de ellos pedimos
que las sesiones plenarias del ayuntamiento fueran grabadas y retransmitidas a través de
Internet. En el segundo ruego pedíamos que se nos facilitará la documentación que se nos
dijo en el pleno de octubre que se nos iba a dar y que, sin embargo, no se nos ha facilitado
aún. Se trata de los requisitos que debe de tener la escuela municipal de idiomas. Esta
cuestión la abordaremos aparte por el interés que puede tener para todos los vecinos y
vecinas y porque ahora el Partido Popular y el Alcalde se desdicen de lo que decían en
octubre.
En cuanto a las preguntas, presentamos las siguientes:
1. ¿Qué relación con el Ayuntamiento tiene Jorge Salam Santamaría con el Ayuntamiento
para que el 8 de enero se le viera conducir uno de los vehículos municipales y para que
se le vea a diario por las dependencias municipales permitiéndole tener conocimiento
de las personas que acuden a hacer cualquier tipo de gestión, tanto al ayuntamiento
como al Juzgado de Paz?
La respuesta fue sorprendente. Parece que no tiene ninguna vinculación, y el equipo de
gobierno desconoce que ese día esta persona se le viera por el pueblo conducir el coche del
ayuntamiento. Sin embargo, es de sobra conocido por todos los vecinos está desarrollando
actividades municipales sin que tenga ningún vínculo legal para poder hacerlo. Este grupo
municipal ha recibido quejas de numerosos vecinos porque entienden que si esa persona no
tiene ninguna vinculación con el ayuntamiento no debe estar en las instalaciones municipales
como si fuera un concejal o un trabajador municipal. Sabemos que este malestar no es
exclusivo de los votantes socialistas.
2. ¿Por qué han estado los trabajadores del Ayuntamiento en la Iglesia de San Miguel?
4. Nos informan que Patrimonio ha pedido al ayuntamiento que colabore para la realización de
unas catas en la iglesia de San Miguel.
3. Según parece, dice una hoja del grupo popular que la cuenta general del 2015 es resulta
con un balance positivo. Dado que todavía la Comisión Especial de Cuentas no tiene
conocimiento de tal hecho, ¿cuál es dicho balance?
Nos dice que el balance de la liquidación es favorable en 500 €. Debemos advertir en este
caso, que los balances en los años de gestión del gobierno socialista han sido de 143.563,14
en 2011, 91.003,81 en 2012, 142.337,92 en 2013 y 54.386,90 en 2014. Debemos recordar
que durante estos periodos el ayuntamiento ha tenido a más personas trabajando, lo que es
un hecho positivo porque el ayuntamiento ha podido contribuir en alguna medida a reducir el
paro, y por ello permite también el ofrecer unos mejores servicios municipales. Además desde
el 2012 el ayuntamiento empezó hacer frente al plan de pago a proveedores, pago que por
decisión del gobierno de la nación se suspendió en febrero de 2015, para no volver a
reanudarlo hasta febrero de 2016. Lo que quiere decir esto es que está liquidación de 500 €,
no es únicamente una cantidad inferior, sino que además se ha producido en las condiciones
económicas mucho más favorables que las de años anteriores y ofreciendo menos y peores
servicios.
4. ¿En qué estado se encuentra el expediente del Hospital de la Vera Cruz de San Juan?
¿Va a intervenir el Ayuntamiento para evitar su derrumbe?
Nos informan de que se va a producir la comunicación a los propietarios a través del boletín
oficial y de que el ayuntamiento no tiene previsto intervenir por impedimento legal. A este
respecto, si bien es cierto que no se puede realizar la ejecución subsidiaria sin que los
propietarios hayan recibido la correspondiente comunicación de ejecución y haya trascurrido
el plazo legal que tienen para realizarla, lo cierto es que ante la situación del edificio se
requería una actuación más decidida por parte del ayuntamiento para que esa comunicación
se hubiese realizado lo antes posible y poder realizar la ejecución subsidiaria también lo antes
posible. Dado que la primera comunicación ya se realizó antes de la toma de posesión del
actual equipo de gobierno, lo que se desprende es que el PP no está prestando suficiente
interés a la resolución de este problema. Villalón corre serio peligro de perder uno de los
edificios más emblemáticos de la arquitectura civil.
5. ¿Se va a exigir al propietario de los pisos de San Juan que realice la ejecución de obra
para que el edificio deje de tener el estado de abandono que tiene en la actualidad
Nos informan de que están en contacto con Somacyl porque pretende el ayuntamiento
convertir el edificio en viviendas de protección oficial. A la vista de esa situación han dejado
sin efecto la orden de ejecución que la corporación anterior dio al Banco Popular, propietario
del edificio. Dos cuestiones a este respecto, la desconfianza en Somacyl, una empresa
pública perteneciente a la Junta de Castilla y León y que está especializada en crear
problemas económicos a los municipios. Conocemos casos de ayuntamientos que han hecho
operaciones con esta empresa (sobre todo gobernados por el PP) y que han salido
perjudicados económicamente hasta extremos insospechados. Por otro lado, la demora en la
ejecución de las obras pendientes supone que se va a seguir perjudicando a los vecinos
colindantes y castigando a los vecinos del entorno que tienen que soportar tan triste paisaje.
6. Se han entregado unos premios en nombre del Ayuntamiento de Villalón. Dado que no
existe reglamento de distinciones y honores en este Ayuntamiento, ¿con arreglo a qué
procedimiento se han otorgado dichos premios?
Nos dicen que no conocían que fuera necesario realizar un reglamento de distinciones y
honores y que estos premios los han hecho como les ha parecido. Sin embargo, nos extraña
este desconocimiento, porque para este tipo de cuestiones pueden recibir el asesoramiento
del secretario de la corporación. Si no saben qué se puede hacer y cómo hacerlo y tampoco
5. preguntan, ¿cómo está haciendo el PP las cosas? No es la primera vez que el Alcalde se tira
de cabeza a la piscina sin saber si hay o no agua. Recordemos el caso ridículo de la bandera,
o el más grave del lavado con máquina de hidropresión del Rollo (que pasará a formar parte
de la historia del monumento). En todo caso, la excusa nos parece floja porque hay concejales
del grupo popular que este hecho deberían conocerlo porque ya fue discutido en un pleno de
la pasada corporación.
7. ¿Qué procedimiento se ha seguido para la contratación, en un primer momento de
manera provisional, y después definitiva, para cubrir la plaza del conductor del taller
prelaboral de Medina de Rioseco?
Nos informan de que la primera contratación se realizó siguiendo el orden del anterior proceso
de selección. Que se fue pasando la lista hasta que llegaron al primero que estaba
desempleado. Que con posterioridad se realizó la convocatoria enviando una oferta al Ecyl y
que se colocó un anuncio en el tablón municipal.
8. El grupo popular ha informado a los vecinos de que el Ayuntamiento de Villalón ha
recibido una sanción de la CHD. Dado que ésta se debe a algún tipo de vertido, ¿de qué
vertido se trata y qué empresa o empresas con las responsables?
Esta pregunta no ha podido ser contestada, pero esperamos recibir la correspondiente
contestación en el próximo pleno.
6. D. Javier González Trapote, concejal del Ayuntamiento de Villalón de Campos, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 97.3 y siguientes del Reglamento de Organiza-
ción, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante el
Pleno la siguiente
MOCIÓN:
Hemos conocido recientemente la sentencia dictada por el Tribunal constitucional por
la que se declara la inconstitucionalidad de varios preceptos de la Ley de Racionaliza-
ción y sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL), en el recurso interpuesto por
la Asamblea de Extremadura.
Sin duda este fallo era bastante predecible y, posiblemente, no tardando se resolve-
rán otros recursos de inconstitucionalidad de los interpuestos por más de 3.000 ayun-
tamientos y gobiernos autonómicos, en sentido parecido.
En la práctica el Decreto 1/2014 de 27 de marzo de “medidas urgentes para la garan-
tía y continuidad de los servicios públicos” aprobado por el gobierno de esta comuni-
dad vino a rechazar el nuevo status de la LRSAL al establecer que las competencias
que venían prestando los municipios como propias continúen siéndolo, con indepen-
dencia del cambio dispuesto por el gobierno.
La LRSAL, junto con la Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
vino, tras una tramitación bastante tortuosa, a modificar las Ley de Bases de Régimen
Local y la Ley Reguladora de las Haciendas locales con un único objetivo: primar los
aspectos económicos sobre todo lo demás. La sostenibilidad financiera, la suficiencia
económica, la regla de gasto, son conceptos que se sacralizan y que han provocado,
en la práctica, una notable limitación a la autonomía municipal.
Se metió a todos los ayuntamientos en el mismo saco; y así ayuntamientos con sus
cuentas saneadas vieron cómo se limitaba su acción de gobierno por las trabas y limi-
taciones que establecían ambas leyes.
Nadie duda que tras 37 años de vigencia de la Constitución y 30 desde la aprobación
de la Ley de Bases de Régimen local, la situación de las administraciones ha cambia-
do y es conveniente adaptar sus estructuras a las nuevas realidades sociales.
La Constitución configura un modelo territorial sustentado en cuatro pilares: el territorio
del Estado, el de las CCAA, la provincia y los municipios.
Este modelo ha venido funcionando razonablemente bien, si bien, entendemos llegada
la hora de acometer su reforma tanto a nivel estatal como en los otros niveles.
Pero no podemos hacer “tabla rasa” de toda la arquitectura institucional y jurídica, sino
que lo que, a nuestro juicio, debemos hacer es adaptar las instituciones a las nuevas
demandas de los ciudadanos.
7. Y en este sentido, el Grupo Municipal Socialista, plantea la necesidad de acometer
una modernización de las Diputaciones provinciales.
Modernización que pasa por un lado por lograr la elección directa por los ciudadanos
de los diputados provinciales, el reivindicar que la administración autonómica o estatal
asuman aquellas competencias que actualmente, de forma impropia, están ejerciendo
las Diputaciones, el primar las actuaciones encaminadas al apoyo económico y jurídico
a los ayuntamientos, defendiendo la autonomía local ante los intentos de limitación o
vulneración que desde otras instituciones pudieran acometerse.
La LRSAL, aun cuando desde nuestro Grupo entendemos que debe ser objeto de re-
visión y mejora, y a buen seguro así acontecerá cuando el TC se vaya pronunciando
sobre los recursos pendientes, es cierto que ofrece un amplio campo de colaboración
entre los municipios y las Diputaciones y debemos aprovecharlo, siempre respetando
la voluntad y la autonomía de los ayuntamientos.
Por ello el Grupo Municipal Socialista, plantea que al Pleno del Ayuntamiento de Villa-
lón de Campos, que se traslade al Gobierno de la Nación y al de la Junta de Castilla y
León:
1º.- Que las reformas que en materia de organización territorial del Estado se
acometan por el Gobierno de la Nación o por los gobiernos autonómicos respe-
ten la autonomía municipal, garantizando un sistema de financiación estable y
proporcional a sus competencias.
2º.- La necesidad de que las Diputaciones Provinciales modernicen sus estructu-
ras y en concreto:
.- Se promueva la elección directa por los ciudadanos de los diputados
provinciales.
.- Se exija la asunción por las administraciones que sean competentes de
las competencias que actualmente prestan las Diputaciones con carácter impro-
pio, posibilitando de esta manera que los fondos liberados puedan revertir en
los municipios.
.- Se apueste por el mantenimiento del empleo público.
.- Sean un espacio de encuentro entre los ayuntamientos de menos de
20.000 habitantes para la cooperación y prestación de servicios que garanticen
el acceso a los servicios públicos de calidad de la ciudadanía independiente-
mente del lugar de residencia.
.- Se refuercen los servicios de asesoramiento y cooperación con los mu-
nicipios.
.- Aumente la participación de la ciudadanía y de los gobiernos municipa-
les en el diseño y ejecución de los servicios y políticas que les afectan.
AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALÓN DE CAMPOS
8. D. Javier González Trapote, concejal del Ayuntamiento de Villalón de Campos, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 97.3 y siguientes del Reglamento de Organiza-
ción, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante el
Pleno la siguiente
MOCIÓN:
Año tras año se repite el hecho de que el Ayuntamiento de Villalón de Campos tiene
que enfrentarse a sanciones de la Confederación Hidrográfica del Duero como conse-
cuencia de que, a pesar del buen funcionamiento de la depuradora, las aguas vertidas
al arroyo siguen estando por encima de todos los parámetros legales establecidos.
Es normal que en la entrada de las aguas residuales estén 10 y hasta 15 veces por
encima de lo que es habitual en los vertidos urbanos, por lo que ello es una señal
inequívoca de que se están realizando actividades que terminan con sus vertidos sin
depurar a la red de saneamiento municipal.
Dado que esto está teniendo un impacto negativo tanto económica como medioam-
bientalmente, el Grupo Municipal Socialista, propone al Pleno los siguientes acuerdos
:
1º. Se repercuta a los causantes de los vertidos que han sido objeto de la san-
ción de la Confederación Hidrográfica del Duero de los costes de esa sanción.
2º. Que el Ayuntamiento de Villalón, en aplicación de su propia competencia, im-
ponga el deber a todas aquellas actividades que lo requieran, la obligación de
depurar sus aguas antes de ser vertidas a la red municipal de saneamiento.
AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALÓN DE CAMPOS