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UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA
CAMPUS VILLAHERMOSA
MAESTRIA: DERECHO FISCAL
MATERIA: DERECHO ADMINISTRATIVO
NOMBRE DEL PROFESOR: J. ALBERTO RODIRGUEZ QUEVEDO
GRADO Y TURNO: 1ER SEMESTRE VIERNES DE 4 A 8 DE LA NOCHE
ALUMNOS (A): Mercedes Chablé Betancour, Doris del Carmen Cabrera Cámara
Oscar López Martínez, Diego Guzmán Ovando, Roberto Adrián Notario Montiel,
Roberto Arturo Acosta Domínguez, Manuel Jesús Hernández Pérez.
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
Villahermosa, Tabasco a 18 de marzo del 2024
INTRODUCCIÓN
En este capítulo veremos algunos conceptos que han dado algunos autores de
libros sobre el Derecho administrativo, sobre la Función o Administración Pública ,
al parecer esta parte del Derecho Público que remonta desde la revolución
francesa, hablando de la centralización de los poderes (Ejecutivo, legislativo, y
judicial). Analizaremos de manera breve algunos elementos que la componen, que
tienen como rama la ciencia de la Administración. También veremos su importancia,
en este tema veremos que tienen preceptos constitucionales, lo cual tiene
importancia vital en la sociedad. En los Estados modernos representa el motor de
la economía y el instrumento esencial de la distribución de la riqueza de un Estado
Soberano. La Función Pública es el elemento primordial de que se vale un País
para dar respuestas y satisfacción a las principales demandas y necesidades
sociales. Por otra parte, abordaremos sobre los tres poderes de gobierno federal,
estatal y municipal como están desarrollado y sus funciones en la administración
pública en que articulo esta fundamentado en la constitución política de los estados
unidos mexicanos. Los elementos contenidos dentro del tema de la función pública
deberán estar normados por el derecho administrativo, el cual nos dará una visión
acerca de cómo las atribuciones del poder ejecutivo que la ley le otorga mediante
vuestra constitución ,su posición no es suficiente como para omitir alguna
instrucción, sino que deberá esta figura cumplir y hacer cumplir diversos
ordenamientos que la propia ley exige dentro del ámbito de la administración
pública del país.
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.1 PRECISIÓN DEL CONCEPTO, SUS ELEMENTOS, SU
IMPORTANCIA
 Según Ramon Parada Vázquez en su libro de Derecho Administrativos I
Página 24 Párrafos 1-3 Lo define como el “conjunto de normas y
principios destinados a regir la organización y el comportamiento de las
administraciones públicas… son las organizaciones que se encuentran
dentro del Estado, las estructuras orgánicas”.
 Adriana de los Santos Morales nos dice en su libro Derecho administrativo
I página 62 párrafo 3, que la administración pública es “es el contenido
esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a
la gestión que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del
Estado para suministrar de forma inmediata y permanente… las
necesidades públicas y lograr con ello un bien general.”
 Jorge Fernández Ruiz menciona en su libro Derecho Administrativo y
administración pública, pág.279: “Es el conjunto de áreas del sector
público del Estado que, mediante el ejercicio de la función administrativa,
la prestación de los servicios públicos, la ejecución de las obras públicas y
la realización de otras actividades socioeconómicas de interés público
trata de lograr los fines del Estado”.
 . Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.1 SUS ELEMENTOS
La autora Adriana de los Santos Morales enumera los elementos de la Función
Pública de la siguiente manera:
1.-Organización
2.-Coordinación
3.-Finalidad
4.-Objetivos
5.-Métodos operativos
6.-Planeación
7.-Control
8.-Evaluación.
Aun así, ella resalta que estos elementos se relacionan con la ciencia de la
Administración, pero que no se encuentran ajenos a la aplicación en el campo
jurídico.
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.1 SUS ELEMENTOS
Se menciona que la Administración pública cuenta con elementos específicos de
carácter:
 1. Técnico; sistemas, mecanismos, y procedimientos para administrar
recursos y para elevar la eficiencia administrativa.
 2. Político; aplicación de políticas gubernamentales y administración
gubernamental, y
 3. Jurídico; el derecho positivo regulador de la organización y funcionamiento
de la Administración Pública.
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.1 SU IMPORTANCIA
El artículo 90 de nuestra Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos
señala lo siguiente:
“La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal
conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios
del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías
de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades
paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”.
Como podemos observar la función pública en México se guía por preceptos de
orden constitucional .
Como dice el Maestro Luis Gerardo Rodríguez Lozano en su libro La Importancia
del Derecho Administrativo, Pág. 25 que la Administración pública es efectivo y
eficaz para el sistema político, para el ejercicio del poder y del buen gobierno,
está íntimamente enlazado con los conceptos politólogos como la gobernabilidad
y la gobernanza , por se el derecho de la administración.
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.1 SU IMPORTANCIA
 En los Estados modernos
representa el motor de la economía
y el instrumento esencial de la
distribución de la riqueza de un
Estado Soberano. La Función
Pública es el elemento primordial
de que se vale un País para dar
respuestas y satisfacción a las
principales demandas y
necesidades sociales.
 Es a través de la Función Pública
como se logra el programa o
proyecto político de una Nación.
 La Función públicas obedece a un
interés distinto al de las
organizaciones privadas, esto es,
interés general, frente a uno
particular. Los objetivos no son
análogos porque mientras que la
administración pública pretende el
equilibrio socioeconómico, la
organización privada va tres el
lucro.
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.2 ANÁLISIS DE LAS TEORÍAS SOBRE LA FUNCION
PÚBLICA
 Charles-Jean Bonnin, Padre fundador de la ciencia de la
Administración Pública siglo XIX, Propuso un código administrativo
que diera racionalidad a la administración pública, mejorando su
organización y aligerando su movimiento, miraba hacia una sociedad
que demandaba la satisfacción de sus necesidades. Su propuesta de
ciencia administrativa apuntaba la formulación de principios
universales aplicables en su tiempo, y en el futuro, para que esa
administración se condujera con la luz de la inteligencia y el saber.
 Así que qué es la Función Pública, bueno las definiciones abundan,
esto se debe a complejidad del tema y a que los supuestos de
diferentes enfoques y áreas de la función pueden implicar énfasis
distintos. Así, por ejemplo, casi todas las definiciones incluyen una
visión de la Función Pública como la acción por parte del Estado
dirigida a cumplir ciertos objetivos
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.2 ANÁLISIS DE LAS TEORÍAS SOBRE LA FUNCION
PÚBLICA
 Esta definición pudiera abarcar todo, ya que una política pública incluiría
los casos en los que el Estado interviene para solucionar un problema, pero
también los casos en los que no interviene.
 Situación en los que el Estado no reconoce un problema, por lo que no
existe una decisión consciente de no tomar acciones específicas.
(Demográfico, de alimentación o ambiental.)
 Situación en la que el Estado reconoce un problema, elabora un
diagnóstico, establece un objetivo e inclusive una estrategia, pero decide
no ir más allá, es decir, no tomar acciones específicas para solucionar un
problema. (Crisis económica, la solución, en manos del mercado.
Discriminación racial).
 Esta definición implicaría, en el mejor de los casos, desaprovechar la
utilidad que nos dan los conceptos, que sirven precisamente para
diferenciar.
Oscar López Martínez
UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA
3.3 LA FUNCION PUBLICA DESARROLLADA POR LOS
PODERES FEDERALES, LOCALES Y MUNICIPALES. EL
SERVICIO PUBLICO
 La administración pública federal en México, comprende la totalidad de los
organismos estatales que ejercen el poder ejecutivo en dicho país. Comprende
tanto a los organismos centralizados como los paraestatales. Su existencia se
encuentra prevista constitucionalmente por el artículo 90 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y reglamentada por la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal.
Una vez que ya hemos delineado el concepto y los elementos de función pública,
es momento de analizar la manera en que esta se desarrolla en los poderes:
 Federales
 Locales
 Municipales
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
 FEDERAL:
La administración pública federal en México, comprende la totalidad de los
organismos estatales que ejercen el poder ejecutivo en dicho país. Comprende
tanto a los organismos centralizados como los paraestatales. Se encuentra
encabezada por el presidente de México, seguido por los titulares Secretarías de
Estado.
Su existencia se encuentra prevista constitucionalmente por el artículo 90 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reglamentada por la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
Comprende tanto a los organismos centralizados como los paraestatales
 Se integra por:
 Presidente de la República
 secretarias de estado
 Departamentos administrativos
 Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
 Organismos descentralizados
 Empresas de participación estatal mayoritaria
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
 LOCALES Y MUNICIPALES.
En el ámbito local son las personas físicas que desempeñan sus cargos o empleos públicos y quienes se
rigen de conformidad con lo establecido en el Artículo 116 fracción V de la constitución y de manera más
específica en el ámbito local municipal por el artículo 115, fracción VIII del mismo. Vigilar que se recauden
oportuna y correctamente los ingresos municipales. Presentar oportunamente al congreso local las cuentas y
comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos
 El ayuntamiento se integra por:
 El presidente municipal.
 El síndico o síndicos.
 Los regidores
FUNCION DEL AYUNTAMIENTO
Formular, aprobar y expedir el bando de policía y buen gobierno y demás reglamentos, acuerdos y
disposiciones de carácter general que se requieren para la organización y funcionamiento de la administración
y de los servicios públicos. Designar entre sus miembros las comisiones para la inspección y vigilancia de los
diferentes aspectos de la administración y los servicios públicos municipales. Organizar la estructura y
funcionamiento de la administración pública municipal. Nombrar y renovar al secretario del ayuntamiento, al
tesorero municipal, al jefe de la oficina de obras y servicios públicos, al comandante de policía y demás
funcionarios de la administración pública, a propuesta del presidente municipal. Analizar, discutir y aprobar el
presupuesto de egresos y la iniciativa de ley de ingresos del municipio. Vigilar que se recauden oportuna y
correctamente los ingresos municipales. Presentar oportunamente al congreso local las cuentas y
comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos.
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
 EL SERVICIO PUBLICO
El servicio público es la herramienta a la que recurren los funcionarios, para
llevara cabo una de las tareas más importantes que tiene la administración
pública, la correcta organización de recursos.
Es así que marcello coetano nos define al servicio público como el servicio
administrativo cuyo objeto consiste en facilitar de modo regular y continuo la
satisfacción de una necesidad colectiva.
Es Serra roja quien también define el servicio público como una actividad técnica,
directa o indirecta de la administración pública activa o autorizada a los
particulares, que han sido creados y controlados para asegurarla satisfacción de
una necesidad colectiva de interés general, sujeta a un régimen especial de
derecho público. Un servidor público es una persona que brinda un servicio de
utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas
y no géneros ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto
por este trabajo).
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
F
E
D
E
R
A
L
PODER EJECUTIVO
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y ORGANOS
QUE DEPENDEN DIRECTA E INDIRETAMENTE.
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA UNION .
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA DE AMPAROS
TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO EN MATERIA DE A
PELACIONES
JUZGADO DE DISTRITO JUZGADO FEDERAL
CAMARA DE DIPUTADOS
CAMARA DE SENADORES
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
E
S
T
A
T
A
L
PODER EJECUTIVO
GOBIERNO DEL ESTADO Y ORGANOS QUE
DEPENDEN DIRECTA E INDIRETAMENTE.
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE DIPUTADOS
PODER JUDICIAL
TRIBUNALES SUPERIOR DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMER INSTANCIA
JUZGADO MENORES Y DE PAZ
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
M
U
N
I
C
I
P
A
L
AYUNTAMIENTOS
PRESIDENTE MUNICIPAL
REGIDORES MUNICIPAL
DEPENDENCIA INFERIORES
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
los artículos 27 y 115, toda vez que en ellos se utiliza el término servicio público con
precisión respecto a su contenido y características.
 En el ámbito municipal, la fracción III del artículo 115 constitucional identifica los
siguientes servicios públicos:
 a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas
residuales;
 b) Alumbrado público,
 c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
 d) Mercados y centrales de abasto,
 e) Panteones,
 f) Rastro,
 g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
 h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución, policía
preventiva municipal y tránsito; e
 i) Los demás que las legislaturas locales determinen.
REGULACION CONSTITUCIONAL
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
CARACTERISTICAS Y ELEMENTOS
La doctrina ha conceptualizado al servicio público como una actividad técnica
que de manera general, uniforme, regular y continua, realiza el Estado por sí o a
través de los particulares concesionarios, conforme a las disposiciones legales
que la regulan, para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general
1. Es una actividad. Con lo que queda establecido que no se trata de un órgano
ni de un sistema normativo, sino de la acción que realizan los órganos de la
Administración Pública. Esta actividad se traduce en la prestación de los
servicios, elevados al rango de públicos, que efectúa el Estado, directa o
indirectamente, y que tienen como fin la satisfacción de las necesidades públicas
de interés general. Por ello se ha considerado que el servicio público tiene un
carácter eminentemente "prestacional". A través del mismo el Estado se
relaciona con los gobernados, proporcionándoles los beneficios que el servicio
otorga a sujetos individualmente considerados, para la satisfacción de sus
necesidades
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
CARACTERISTICAS
2. General. El servicio público es general en virtud de que es para todos los que
lo solicitan y no sólo para algunas personas; por ello, la prestación respectiva
debe realizarse sin distinción alguna de individuos.
3. Uniforme. El carácter uniforme o de igualdad, como también se le identifica,
del servicio público, implica que las prestaciones que se hagan a los usuarios
deben ser idénticas para todos los que se encuentren en igualdad de
condiciones al solicitar el servicio.
4. Regular. El servicio público debe efectuarse de manera regular, es decir, con
las condiciones preestablecidas en las reglas, normas y demás disposiciones
que son aplicables, mismas que disponen la forma en que deberá ser
aplicables cada uno de los servicios públicos.
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
CLASIFICACION
La clasificación que la doctrina ha hecho de los servicios públicos, responde muy
diversos criterios, lo cual ha permitido agruparlos de la siguiente forma:
 a) Por la titularidad del servicio,
 b) Por la importancia de los servicios,
 c) Por el modo de su utilización,
 d) Por la determinación del usuario,
 e) Por la persona que presta el servicio,
 f) Por la forma de participación del Estado,
 g) Por la retribución de los servicios,
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA
3.4 LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DESARROLADORES DE LA FUCIÓN
PÚBLICA SUS CLASIFICACIONES REGULACION JURÍDICA APLICABLE.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
 SUS CLASIFICACIONES
 En México, los servidores públicos se clasifican por los siguientes tipos:
• Representativos y profesionales. Son aquellos que laboran como representantes del estado o técnicos;
• Electivos o de nombramiento. Son designados mediante sufragio o por decisión de la autoridad competente;
• Federales, estatales y municipales. Aquello que se encuentran bajo la estructura administrativa de su adscripción;
• Autoridades o agentes. De acuerdo a su potestad de mando, mientras los segundos son auxiliares o ejecutivos;
• Inamovibles y amovibles. Según su estabilidad en el empleo. En derecho mexicano, la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado contempla el privilegio de inamovilidad para aquellos trabajadores de base que
hayan cumplido seis meses en funciones de modo ininterrumpido;
• Colegiados y unipersonales. Depende del concurso de otros servidores públicos: los integrantes de un cuerpo
colegiado, como los comités de adquisiciones, los senadores y diputados en su actividad legislativa; y los que deben
desempeñarse de forma individualizada;
• Honoríficos o remunerados. Según reciba o no sueldo. Se hace necesario aclarar que no todos los que prestan un
servicio personal al Estado, por ese sólo hecho, deben ser considerados trabajadores del Estado. Tal es el caso de
quienes en México, sujetos a una relación jurídica de carácter privado desempeñan eventualmente una tarea para el
Estado (por ejemplo, los profesionales), la cual circunstancialmente debe ser satisfecha y o bien se carece para ella del
personal especializado o momentáneamente las cargas de trabajo así lo ameritan, vg. los miembros del órgano de
gobierno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
 En México existe la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la
cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de
1982.
 Publicada por el entonces presidente de la república Miguel de la Madrid
Hurtado.
 Teniendo una última reforma esta ley del 24 de diciembre de 2013
UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES
PÚBLICOS, REGULACION JURÍDICA APLICABLE.
 En la Ley citada anteriormente, en el artículo 46 y 47 del Título Tercero
Capítulo I Se mencionan las responsabilidades y obligaciones que se tienen
como servidores públicos. Son varias, por lo que solo mencionaremos algunas.
En el 47 dice lo siguiente:
 “Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones, para salvaguardar
la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser
observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo
incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que
correspondan, sin perjuicio de sus derechos laborales, así como de las normas
específicas que al respecto rijan en el servicio de las fuerzas armadas”:
UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES
PÚBLICOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
 I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y
abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia
de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o
comisión;
 II.- Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y
presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras
normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;
 III.- Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su
empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la
información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para
los fines a que están afectos;
 IV.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su
empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso,
impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o
inutilización indebidas de aquéllas;
UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES
PÚBLICOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA A.C.
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
MAESTRIA EN DERECHO FISCAL
SESION 2
PERIODO ; 15 Marzo al 18 Abril 2024
MATERIA ”Derecho Administrativo”
UNIDAD 3 “Función Pública”
3.5 “Función Pública Ejecutiva-Administrativa,
la Legislativa y la Judicial”
Profesor: Mtro. José Alberto Rodríguez Quevedo
Villahermosa, Tabasco a 22 de marzo del 2024
UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA A.C.
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
MAESTRIA EN DERECHO FISCAL
ALUMNOS INTEGRANTES DEL EQUIPO
OSCAR LOPEZ MARTINEZ
MARCO ANTONIO AGUILERA MARTINEZ
DIEGO GUZMAN OVANDO
ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
ROBERTO ARTURO ACOSTA DOMINGUEZ
MANUEL JESUS HERNANDEZ PEREZ
FUNCION
PUBLICA
Representa todas aquellas actividades que garanticen y faciliten las
condiciones para que la administración pública cumpla sus objetivos y
produzca los resultados esperados, mediante el establecimiento de normas,
mecanismos, procesos y controles que aseguren razonablemente la eficacia,
eficiencia, economía, transparencia y honradez del servicio público.
Su objetivo Consiste en
**Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental;
**inspeccionar el ejercicio del gasto público federal,
**coordinar juntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la
evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los
recursos públicos federales,
**expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de
control de la Administración Pública Federal,
** vigilar el cumplimiento de las normas de control .
Surge para satisfacer una necesidad general, la cual no impacta sólo a la
colectividad social, sino a la existencia política del Estado, por lo tanto, su
indebida realización no sólo afecta a la sociedad, sino que, a la larga, tiende
a destruir al Estado mismo, por ello, sólo pueden y deben realizarse por los
operadores estatales.
FUNCION
PUBLICA
Es la facultad atribuida al titular del ejecutivo para designar discrecionalmente
a sus colaboradores; en nuestro caso, el presidente de la República tiene la
responsabilidad de nombrar a los titulares de las dependencias de la
administración pública centralizada, o sea, a los secretarios de Estado, al
consejero jurídico del Gobierno federal, así como a los demás empleados de la
administración centralizada cuyo nombramiento no esté determinado de otro
modo en la Constitución o en las leyes
Artículo 69.- En la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada
año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presentará un
informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la
administración pública del país
Artículo 90. La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal
conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los
negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las
Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las
entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación
.
FUNCIONES
DEL PODER
EJECUTIVO
En primer lugar
La función política, donde se toman decisiones
muy relevantes para la dirección del Estado en
áreas como la defensa, las relaciones
internacionales, la economía, la fiscalidad y la
implementación de políticas públicas.
En segundo lugar
La función administrativa, donde el gobierno
representa a la Administración Pública y se
encarga de ejecutar las leyes y procedimientos de
acuerdo a la legislación vigente
EL DERECHO ADMINISTRATIVO
Conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización, y
funcionamientos de las diversas áreas de la administración pública de las relaciones de éstas
entre sí, así como de sus relaciones con las demás instituciones del Estado y con los
particulares
ADMINISTRACION PUBLICA
Son un conjunto de órganos administrativos que se encuadran dentro del poder ejecutivo del
estado más las estructuras orgánicas que sirven de soporte al poder legislativo y al poder
judicial, de conformidad con los principios organizacionales de la administración como son la
centralización, concentración, desconcentración, y la descentralización administrativas , las
cuales coexisten y se complementan pues la racionalización del funcionamiento de la
administración pública, constituye el objeto común de las mismas.
De igual manera se puede definir como el conjunto de
áreas del sector público del estado que, mediante el
ejercicio de la función administrativa, la prestación de
los servicios públicos, la ejecución de las obras
públicas y la realización de otras actividades
socioeconómicas de interés público trata de lograr los
fines del estado.
Atribuciones del
estado mediante 3
actividades
principales
OBRAS PUBLICAS
Acción cuya función consiste en crear obras inmuebles finales que se
construyen para la satisfacción de las necesidades colectivas como
pueden ser parques, drenajes, jardines, carreteras, la infraestructura de
las instituciones del estado, entre otras.
SERVICIOS PUBLICOS
Son actividades especializadas de carácter técnico y permanente que
deben y tienen que ser reguladas por el orden jurídico del Estado y su
objetivo es la satisfacción de necesidades generales, útiles para la vida
en sociedad, como el suministro de agua potable, el transporte público
inter-carretero, la prestación profesional de atención a los enfermos, entre
otros supuestos.
Atribuciones
del estado
mediante 3
actividades
principales
FUNCIONES PUBLICAS
A esta atribución le corresponden las labores más delicadas a
cargo del Estado surgen al igual que las otras dos atribuciones,
para satisfacer necesidades generales, las funciones tienen
como particularidad que su actividad no impacta sólo a la
colectividad social, sino a la existencia política del Estado, en
otras palabras, la indebida realización de la función pública no
afecta exclusivamente o destruye a una sociedad, sino, además,
tiende a aniquilar al Estado mismo
Los servicios y las obras públicas pueden ser
desarrolladas por los agentes poblacionales del
estado y por el estado mismo, en este sentido, se
aprecia una corresponsabilidad en la prestación de
obras o servicios.
Las funciones públicas no pueden llevarse a cabo a
través de particulares, sino sólo pueden y deben
realizarse a través de los operadores estatales, por lo
que los particulares están excluidos para prestar las
funciones públicas del estado.
Las actividades clasificadas como funciones públicas son todas
aquellas que a través de un ejercicio de inteligencia nos resulte
que, en caso de delegarlas a los particulares, pongan en riesgo la
existencia del mismo Estado, porque impide sus otras actividades
o porque se pierda la soberanía, traduciéndose esto en la indebida
ejecución o normalidad del tipo de Estado o forma de gobierno,
Estas actividades podrían ser ;
** Labores ejecutivas,
** Legislativas,
** Judiciales,
** Registrales
**Acuñación e impresión de moneda
** Regulación de la política económica o la inflación.
** Labores electorales
**Regulación del sistema económico del Estado, entre otras.
La estructura de la administración pública está compuesta por
áreas distribuidas en los 3 poderes tradicionales;
** Ejecutivo **Legislativo y **Judicial
así como también en los órganos no adscritos por la constitución.
Se alude la administración pública al poder
ejecutivo para referirse exclusivamente a su área
inserta en el poder ejecutivo y , que a pesar de su
supremacía está regulada por el derecho
administrativo lo que no impide la existencia de un
área de administración pública, tanto en el órgano
legislativo como en el judicial y en las instituciones
públicas que no están adscritas a ninguno de los
tradicionales órganos depositarios de las funciones
del poder público , como son el Banco de México , la
CNDH, el INE.
Centralización
administrativa
(Administración
publica federal
centralizada)
La Administración Pública Federal inserta en el Poder
Ejecutivo Federal está constituida por dependencias de tipo
centralizada y paraestatal.
La centralización administrativa está constituida por el
conjunto de dependencias que tienen una relación de
jerarquía y subordinación con el titular del Poder Ejecutivo
Federal, bajo el mando del cual se organizan y articulan para
el desempeño de sus atribuciones.
La CA dentro de la administración pública busca la uniformidad
tanto en la aplicación de las leyes como en la prestación de
los servicios.
La centralización predica reunir en su centro al poder
central , la decisión de las actividades del Estado, de la
administración pública o de cualquier otra organización para
satisfacer las necesidades públicas
Centralización
administrativa
(administración
publica federal
centralizada)
INTEGRACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
FEDERAL CENTRALIZADA
Art. 1º de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal
** La Oficina de la Presidencia de la
República,
** Las Secretarías de Estado,
** La Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal, y
** Los Órganos Reguladores Coordinados en
Materia Energética;
en tanto que, la administración pública paraestatal la
Facultades de
La
centralización
administrativa
Poder de nombramiento
Es la facultad atribuida al titular del órgano superior para designar
discrecionalmente a sus colaboradores, siendo el presidente de la República
quien tiene la facultad de nombrar a los titulares de las dependencias de la
administración pública centralizada
Poder de remoción
En ejercicio del poder de remoción, tanto el presidente de la República como
los gobernadores de los Estados pueden cesar libremente a sus colaboradores
Poder de mando
Se entiende el poder de mando como la facultad del superior jerárquico de
dirigir e impulsar la actividad de los subordinados por medio de órdenes o
instrucciones verbales o escritas;
Poder de decisión
El superior jerárquico, en ejercicio del poder de decisión, puede optar entre
varias alternativas de resolución y, en consecuencia, elegir la que en su opinión
sea la mejor, misma que habrá de ser acatada por el inferior
Poder disciplinario
El titular del órgano superior, con apoyo en sus poderes de vigilancia y de
revisión, ejerce el poder disciplinario que, en suma, es la facultad de reprimir
o sancionar administrativamente a sus subordinados por las acciones u
omisiones realizadas indebida o irregularmente en perjuicio de la
Dependencias
de la
administración
pública federal
centralizada
1.- La Oficina de la Presidencia de la República
2.-Las secretarías de Estado
Secretaría de Gobernación;
Secretaría de Relaciones Exteriores;
Secretaría de la Defensa Nacional;
Secretaría de Marina;
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;
Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Secretaría de Bienestar
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía;
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rura
Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
Secretaría de la Función Pública;
Secretaría de Educación Pública;
Secretaría de Salud;
Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
Secretaría de Cultura;
Secretaría de Turismo.
Dependencias
de la
administración
pública federal
centralizada
3. Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal
Regula la organización y funciones del
Ministerio Público federal y de la
Procuraduría General de la República; el
referido precepto atribuía al procurador
general de la República: la investigación y
persecución de los delitos federales, así
como la procuración de justicia, la
representación jurídica de la Federación en
todos los asuntos en que ésta fuese parte
4. Los órganos reguladores coordinados en
materia energética
a).-Comisión Nacional de Hidrocarburos
b. Comisión Reguladora de Energía
ADMINISTRACION
PUBLICA
PARAESTATAL
Artículo 45 LOAPF
Son organismos descentralizados las entidades
creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión
o por decreto del Ejecutivo Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propios,
cualquiera que sea la estructura legal que adopten
La administración pública paraestatal la integran las
siguientes dependencias;
** Los organismos descentralizados
** Las empresas de participación estatal,
** Las instituciones nacionales de crédito,
** Las organizaciones auxiliares nacionales de
crédito,**
** Las instituciones nacionales de seguros
y de fianzas
** los fideicomisos
ADMINISTRACION
PUBLICA
PARAESTATAL
Artículo 46.- Son empresas de participación
estatal mayoritaria las siguientes:
I.- Las sociedades nacionales de crédito
constituidas en los términos de su legislación
específica;
II.- Las Sociedades de cualquier otra naturaleza
incluyendo las organizaciones auxiliares
nacionales de crédito;
así como las instituciones nacionales de
seguros y fianzas, en que se satisfagan alguno o
varios de los siguientes requisitos:
A) Que el Gobierno Federal o una o más
entidades paraestatales, conjunta o
separadamente, aporten o sean propietarios de
más del 50% del capital social.
ADMINISTRACION
PUBLICA
PARAESTATAL
B) Que en la constitución de su capital
se hagan figurar títulos representativos
de capital social de serie especial que
sólo puedan ser suscritas por el
Gobierno Federal; ó
C) Que al Gobierno Federal corresponda
la facultad de nombrar a la mayoría de
los miembros del órgano de gobierno o
su equivalente, o bien designar al
presidente o director general, o cuando
tenga facultades para vetar los acuerdos
del propio órgano de gobierno.
FIDEICOMISOS
Artículo 47 LOAPF
Los fideicomisos públicos , son aquellos
que el gobierno federal o alguna de las
demás entidades paraestatales constituyen,
con el propósito de auxiliar al Ejecutivo
Federal en las atribuciones del Estado para
impulsar las áreas prioritarias del desarrollo,
que cuenten con una estructura orgánica
análoga a las otras entidades y que tengan
comités técnicos. En los fideicomisos
constituidos por el gobierno federal, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
fungirá como fideicomitente único de la
Administración Pública Centralizada.
FIDEICOMISOS
Definicion
Es un contrato por virtud del cual una persona
física o moral denominada fideicomitente,
transmite y destina determinado patrimonio
(bienes o derechos) a una institución fiduciaria
encomendándole la realización de fines
determinados y lícitos en beneficio de una tercera
persona o en su propio beneficio.
Los fideicomisos públicos considerados como
entidades de la administración pública paraestatal
son aquellos que el gobierno federal o alguna de
las entidades paraestatales constituyen con el
propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las
atribuciones del Estado para impulsar las áreas
prioritarias del desarrollo, que cuenten con una
estructura orgánica análoga a las otras entidades
y que tengan comités técnicos.
La
administración
pública federal
desconcentrada
Consiste en el traslado parcial de la competencia y el poder
decisorio de un órgano superior a uno inferior, ya sea preexistente o
de nueva creación, dentro de una relación de jerarquía entre ambos,
por cuya razón, el órgano desconcentrado se mantiene en la
estructura de la administración centralizada.
En la desconcentración administrativa, la normativa, la planeación y
el control permanecen centralizados, no así la tramitación y la
facultad decisoria que se transfieren al órgano desconcentrado.
Las características del órgano desconcentrado consisten en que se
inserta en la administración pública centralizada; carece de
personalidad jurídica propia
Órganos
desconcentrados
de la Secretaría de
Gobernación
**Instituto Nacional para el Federalismo y el
Desarrollo Municipal;
**Instituto Nacional de Migración;
**Consejo Nacional de Población;
**Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar
la Violencia contra las Mujeres;
**Sistema Nacional de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes;
**Comisión Nacional de Búsqueda de
Personas;
**Coordinación para la Atención Integral de la
Migración en la Frontera Sur;
**Comisión Calificadora de Publicaciones y
Revistas Ilustradas;
**Centro de Producción de Programas
Informativos y Especiales, y
**Centro Nacional de Prevención de
Desastres.
ÓRGANOS
DESCENTRALIZ
ADO
paraestatales
Son entidades públicas que cuentan con personalidad jurídica y
patrimonio propio, pues a diferencia de los órganos
desconcentrados, los órganos descentralizados sí son
autónomos.
La descentralización tiende a transferir de un punto central de toma
de decisiones, un conjunto de atribuciones, funciones, facultades,
actividades y recursos, en favor de entes, órganos, instituciones o
regiones que se hallan, respecto del centro, en una situación de
cierta subordinación, mas no en una relación de jerarquía.
En la actualidad, el Estado utiliza conjuntamente la centralización y
la descentralización, como principios o tendencias de organización
coexistentes, pese a su contraposición, como dos valores opuestos
que, paradójicamente, lejos de excluirse se complementan.
Ejemplo: PEMEX, CFE, CONACYT, Comisión Nacional Forestal,
IMSS, INFONAVIT.
BIBLIOGRAFIA
 Principios de la Administración pública Charles-Jean Bonnin, Omar Guerrero pág. 93
 Derecho Administrativos Ramon Parada Vázquez I Página 24 Párrafos 1-3
 Derecho administrativo Adriana de los Santos Morales I página 62 párrafo 3
 Derecho Administrativo y administración Jorge Fernández Ruiz pública, pág.279
 Análisis de políticas públicas Teoría y casos José Luis Méndez Martínez, El problema de la
definición.
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
 Rafael I. Martínez Morales (Derecho administrativo 1ro y 2do cuscos tercera edición Oxford
university press-harla mexico, s.a. de c.v.
 Derecho Administrativos Ramon Parada Vázquez I
 **DERECHO ADMINISTRATIVO l ; Adriana de los Santos Morales ; Edit. Red. 3er. Milenio
**DERECHO ADMINISTRATIVO PRIMER CURSO ; Rafael I. Martínez Morales : Edit. 6ª.edición
**ACTIVIDADES DEL ESTADO Y SUS FUNCIONES ; Porrúa
**DERECHO ADMINISTRATIVO ; Porrúa ; Edit. México
**DERECHO ADMINISTRATIVO II RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA ; Ramon
Parada Vázquez ; Edit. Open ediciones universitarias 2015
**RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PUBLICO ; Esteban Mora Calcáneo; Edit. Leyer 2014
CONCLUSIÓN
Por lo que pudimos ver en las definiciones de Función Pública es en sí, la facultas que tiene
el Estado para ejercer el poder dentro de su administración y poder satisfacer las
necesidades de los gobernados, hablando de todo aspecto de sus necesidades como salud,
educación, seguridad, entre otras. Hay una gran diversidad de estas entre los autores
citados, pero cada uno de ellos desde su óptica y tiempo en que vivieron, en el caso de
Charles-Jean Bonnin, que vivió en el siglo XIX, hasta nuestra época. Sin duda la
Administración Pública es primordial para el progreso ordenado y planeado mediante
normas que rijan la actuación del gobernante de una nación. La administración publica en la
vida moderna es más abierta, interactiva y estratégica lo cual implica que sus perfiles
institucionales en los tres niveles de gobierno sean más coordinados en sus operaciones y
ya no se realicen imposiciones, ha venido transformándose y adecuándose a las nuevas
exigencias de estados y municipios para pasar de una centralización a una
descentralización, con la finalidad de transferir más facultades y atribuciones del gobierno
central hacia otros órdenes gubernamentales
En el arduo trabajo elaborado acerca de la que significado del término función pública,
hemos resaltado los diversos temas relativos a las atribuciones que tiene el poder ejecutivo,
sus alcances y sus limitaciones
De igual manera hemos presentado como los 3 poderes están supeditados a tener una
administración pública de acuerdo a la naturaleza de sus responsabilidades. Nuevamente
hacemos mención acerca de cómo el derecho administrativo, deberá permanecer dentro
de la función pública sobre el único garante del cumplimiento de la ley.

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  • 1. UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA CAMPUS VILLAHERMOSA MAESTRIA: DERECHO FISCAL MATERIA: DERECHO ADMINISTRATIVO NOMBRE DEL PROFESOR: J. ALBERTO RODIRGUEZ QUEVEDO GRADO Y TURNO: 1ER SEMESTRE VIERNES DE 4 A 8 DE LA NOCHE ALUMNOS (A): Mercedes Chablé Betancour, Doris del Carmen Cabrera Cámara Oscar López Martínez, Diego Guzmán Ovando, Roberto Adrián Notario Montiel, Roberto Arturo Acosta Domínguez, Manuel Jesús Hernández Pérez. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA Villahermosa, Tabasco a 18 de marzo del 2024
  • 2. INTRODUCCIÓN En este capítulo veremos algunos conceptos que han dado algunos autores de libros sobre el Derecho administrativo, sobre la Función o Administración Pública , al parecer esta parte del Derecho Público que remonta desde la revolución francesa, hablando de la centralización de los poderes (Ejecutivo, legislativo, y judicial). Analizaremos de manera breve algunos elementos que la componen, que tienen como rama la ciencia de la Administración. También veremos su importancia, en este tema veremos que tienen preceptos constitucionales, lo cual tiene importancia vital en la sociedad. En los Estados modernos representa el motor de la economía y el instrumento esencial de la distribución de la riqueza de un Estado Soberano. La Función Pública es el elemento primordial de que se vale un País para dar respuestas y satisfacción a las principales demandas y necesidades sociales. Por otra parte, abordaremos sobre los tres poderes de gobierno federal, estatal y municipal como están desarrollado y sus funciones en la administración pública en que articulo esta fundamentado en la constitución política de los estados unidos mexicanos. Los elementos contenidos dentro del tema de la función pública deberán estar normados por el derecho administrativo, el cual nos dará una visión acerca de cómo las atribuciones del poder ejecutivo que la ley le otorga mediante vuestra constitución ,su posición no es suficiente como para omitir alguna instrucción, sino que deberá esta figura cumplir y hacer cumplir diversos ordenamientos que la propia ley exige dentro del ámbito de la administración pública del país.
  • 3. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.1 PRECISIÓN DEL CONCEPTO, SUS ELEMENTOS, SU IMPORTANCIA  Según Ramon Parada Vázquez en su libro de Derecho Administrativos I Página 24 Párrafos 1-3 Lo define como el “conjunto de normas y principios destinados a regir la organización y el comportamiento de las administraciones públicas… son las organizaciones que se encuentran dentro del Estado, las estructuras orgánicas”.  Adriana de los Santos Morales nos dice en su libro Derecho administrativo I página 62 párrafo 3, que la administración pública es “es el contenido esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a la gestión que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del Estado para suministrar de forma inmediata y permanente… las necesidades públicas y lograr con ello un bien general.”  Jorge Fernández Ruiz menciona en su libro Derecho Administrativo y administración pública, pág.279: “Es el conjunto de áreas del sector público del Estado que, mediante el ejercicio de la función administrativa, la prestación de los servicios públicos, la ejecución de las obras públicas y la realización de otras actividades socioeconómicas de interés público trata de lograr los fines del Estado”.  . Oscar López Martínez
  • 4. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.1 SUS ELEMENTOS La autora Adriana de los Santos Morales enumera los elementos de la Función Pública de la siguiente manera: 1.-Organización 2.-Coordinación 3.-Finalidad 4.-Objetivos 5.-Métodos operativos 6.-Planeación 7.-Control 8.-Evaluación. Aun así, ella resalta que estos elementos se relacionan con la ciencia de la Administración, pero que no se encuentran ajenos a la aplicación en el campo jurídico. Oscar López Martínez
  • 5. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.1 SUS ELEMENTOS Se menciona que la Administración pública cuenta con elementos específicos de carácter:  1. Técnico; sistemas, mecanismos, y procedimientos para administrar recursos y para elevar la eficiencia administrativa.  2. Político; aplicación de políticas gubernamentales y administración gubernamental, y  3. Jurídico; el derecho positivo regulador de la organización y funcionamiento de la Administración Pública. Oscar López Martínez
  • 6. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.1 SU IMPORTANCIA El artículo 90 de nuestra Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos señala lo siguiente: “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”. Como podemos observar la función pública en México se guía por preceptos de orden constitucional . Como dice el Maestro Luis Gerardo Rodríguez Lozano en su libro La Importancia del Derecho Administrativo, Pág. 25 que la Administración pública es efectivo y eficaz para el sistema político, para el ejercicio del poder y del buen gobierno, está íntimamente enlazado con los conceptos politólogos como la gobernabilidad y la gobernanza , por se el derecho de la administración. Oscar López Martínez
  • 7. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.1 SU IMPORTANCIA  En los Estados modernos representa el motor de la economía y el instrumento esencial de la distribución de la riqueza de un Estado Soberano. La Función Pública es el elemento primordial de que se vale un País para dar respuestas y satisfacción a las principales demandas y necesidades sociales.  Es a través de la Función Pública como se logra el programa o proyecto político de una Nación.  La Función públicas obedece a un interés distinto al de las organizaciones privadas, esto es, interés general, frente a uno particular. Los objetivos no son análogos porque mientras que la administración pública pretende el equilibrio socioeconómico, la organización privada va tres el lucro. Oscar López Martínez
  • 8. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.2 ANÁLISIS DE LAS TEORÍAS SOBRE LA FUNCION PÚBLICA  Charles-Jean Bonnin, Padre fundador de la ciencia de la Administración Pública siglo XIX, Propuso un código administrativo que diera racionalidad a la administración pública, mejorando su organización y aligerando su movimiento, miraba hacia una sociedad que demandaba la satisfacción de sus necesidades. Su propuesta de ciencia administrativa apuntaba la formulación de principios universales aplicables en su tiempo, y en el futuro, para que esa administración se condujera con la luz de la inteligencia y el saber.  Así que qué es la Función Pública, bueno las definiciones abundan, esto se debe a complejidad del tema y a que los supuestos de diferentes enfoques y áreas de la función pueden implicar énfasis distintos. Así, por ejemplo, casi todas las definiciones incluyen una visión de la Función Pública como la acción por parte del Estado dirigida a cumplir ciertos objetivos Oscar López Martínez
  • 9. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.2 ANÁLISIS DE LAS TEORÍAS SOBRE LA FUNCION PÚBLICA  Esta definición pudiera abarcar todo, ya que una política pública incluiría los casos en los que el Estado interviene para solucionar un problema, pero también los casos en los que no interviene.  Situación en los que el Estado no reconoce un problema, por lo que no existe una decisión consciente de no tomar acciones específicas. (Demográfico, de alimentación o ambiental.)  Situación en la que el Estado reconoce un problema, elabora un diagnóstico, establece un objetivo e inclusive una estrategia, pero decide no ir más allá, es decir, no tomar acciones específicas para solucionar un problema. (Crisis económica, la solución, en manos del mercado. Discriminación racial).  Esta definición implicaría, en el mejor de los casos, desaprovechar la utilidad que nos dan los conceptos, que sirven precisamente para diferenciar. Oscar López Martínez
  • 10. UNIDAD 3: FUNCIÓN PÚBLICA 3.3 LA FUNCION PUBLICA DESARROLLADA POR LOS PODERES FEDERALES, LOCALES Y MUNICIPALES. EL SERVICIO PUBLICO  La administración pública federal en México, comprende la totalidad de los organismos estatales que ejercen el poder ejecutivo en dicho país. Comprende tanto a los organismos centralizados como los paraestatales. Su existencia se encuentra prevista constitucionalmente por el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reglamentada por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Una vez que ya hemos delineado el concepto y los elementos de función pública, es momento de analizar la manera en que esta se desarrolla en los poderes:  Federales  Locales  Municipales ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 11.  FEDERAL: La administración pública federal en México, comprende la totalidad de los organismos estatales que ejercen el poder ejecutivo en dicho país. Comprende tanto a los organismos centralizados como los paraestatales. Se encuentra encabezada por el presidente de México, seguido por los titulares Secretarías de Estado. Su existencia se encuentra prevista constitucionalmente por el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reglamentada por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Comprende tanto a los organismos centralizados como los paraestatales  Se integra por:  Presidente de la República  secretarias de estado  Departamentos administrativos  Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal  Organismos descentralizados  Empresas de participación estatal mayoritaria ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 12.  LOCALES Y MUNICIPALES. En el ámbito local son las personas físicas que desempeñan sus cargos o empleos públicos y quienes se rigen de conformidad con lo establecido en el Artículo 116 fracción V de la constitución y de manera más específica en el ámbito local municipal por el artículo 115, fracción VIII del mismo. Vigilar que se recauden oportuna y correctamente los ingresos municipales. Presentar oportunamente al congreso local las cuentas y comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos  El ayuntamiento se integra por:  El presidente municipal.  El síndico o síndicos.  Los regidores FUNCION DEL AYUNTAMIENTO Formular, aprobar y expedir el bando de policía y buen gobierno y demás reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general que se requieren para la organización y funcionamiento de la administración y de los servicios públicos. Designar entre sus miembros las comisiones para la inspección y vigilancia de los diferentes aspectos de la administración y los servicios públicos municipales. Organizar la estructura y funcionamiento de la administración pública municipal. Nombrar y renovar al secretario del ayuntamiento, al tesorero municipal, al jefe de la oficina de obras y servicios públicos, al comandante de policía y demás funcionarios de la administración pública, a propuesta del presidente municipal. Analizar, discutir y aprobar el presupuesto de egresos y la iniciativa de ley de ingresos del municipio. Vigilar que se recauden oportuna y correctamente los ingresos municipales. Presentar oportunamente al congreso local las cuentas y comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos. ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 13.  EL SERVICIO PUBLICO El servicio público es la herramienta a la que recurren los funcionarios, para llevara cabo una de las tareas más importantes que tiene la administración pública, la correcta organización de recursos. Es así que marcello coetano nos define al servicio público como el servicio administrativo cuyo objeto consiste en facilitar de modo regular y continuo la satisfacción de una necesidad colectiva. Es Serra roja quien también define el servicio público como una actividad técnica, directa o indirecta de la administración pública activa o autorizada a los particulares, que han sido creados y controlados para asegurarla satisfacción de una necesidad colectiva de interés general, sujeta a un régimen especial de derecho público. Un servidor público es una persona que brinda un servicio de utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no géneros ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo). ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 14. F E D E R A L PODER EJECUTIVO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y ORGANOS QUE DEPENDEN DIRECTA E INDIRETAMENTE. PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA UNION . PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA DE AMPAROS TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO EN MATERIA DE A PELACIONES JUZGADO DE DISTRITO JUZGADO FEDERAL CAMARA DE DIPUTADOS CAMARA DE SENADORES ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 15. E S T A T A L PODER EJECUTIVO GOBIERNO DEL ESTADO Y ORGANOS QUE DEPENDEN DIRECTA E INDIRETAMENTE. PODER LEGISLATIVO CAMARA DE DIPUTADOS PODER JUDICIAL TRIBUNALES SUPERIOR DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMER INSTANCIA JUZGADO MENORES Y DE PAZ ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 17. los artículos 27 y 115, toda vez que en ellos se utiliza el término servicio público con precisión respecto a su contenido y características.  En el ámbito municipal, la fracción III del artículo 115 constitucional identifica los siguientes servicios públicos:  a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;  b) Alumbrado público,  c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;  d) Mercados y centrales de abasto,  e) Panteones,  f) Rastro,  g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;  h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e  i) Los demás que las legislaturas locales determinen. REGULACION CONSTITUCIONAL ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 18. CARACTERISTICAS Y ELEMENTOS La doctrina ha conceptualizado al servicio público como una actividad técnica que de manera general, uniforme, regular y continua, realiza el Estado por sí o a través de los particulares concesionarios, conforme a las disposiciones legales que la regulan, para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general 1. Es una actividad. Con lo que queda establecido que no se trata de un órgano ni de un sistema normativo, sino de la acción que realizan los órganos de la Administración Pública. Esta actividad se traduce en la prestación de los servicios, elevados al rango de públicos, que efectúa el Estado, directa o indirectamente, y que tienen como fin la satisfacción de las necesidades públicas de interés general. Por ello se ha considerado que el servicio público tiene un carácter eminentemente "prestacional". A través del mismo el Estado se relaciona con los gobernados, proporcionándoles los beneficios que el servicio otorga a sujetos individualmente considerados, para la satisfacción de sus necesidades ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 19. CARACTERISTICAS 2. General. El servicio público es general en virtud de que es para todos los que lo solicitan y no sólo para algunas personas; por ello, la prestación respectiva debe realizarse sin distinción alguna de individuos. 3. Uniforme. El carácter uniforme o de igualdad, como también se le identifica, del servicio público, implica que las prestaciones que se hagan a los usuarios deben ser idénticas para todos los que se encuentren en igualdad de condiciones al solicitar el servicio. 4. Regular. El servicio público debe efectuarse de manera regular, es decir, con las condiciones preestablecidas en las reglas, normas y demás disposiciones que son aplicables, mismas que disponen la forma en que deberá ser aplicables cada uno de los servicios públicos. ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 20. CLASIFICACION La clasificación que la doctrina ha hecho de los servicios públicos, responde muy diversos criterios, lo cual ha permitido agruparlos de la siguiente forma:  a) Por la titularidad del servicio,  b) Por la importancia de los servicios,  c) Por el modo de su utilización,  d) Por la determinación del usuario,  e) Por la persona que presta el servicio,  f) Por la forma de participación del Estado,  g) Por la retribución de los servicios, ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL
  • 21. UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DESARROLADORES DE LA FUCIÓN PÚBLICA SUS CLASIFICACIONES REGULACION JURÍDICA APLICABLE. DERECHOS Y OBLIGACIONES  SUS CLASIFICACIONES  En México, los servidores públicos se clasifican por los siguientes tipos: • Representativos y profesionales. Son aquellos que laboran como representantes del estado o técnicos; • Electivos o de nombramiento. Son designados mediante sufragio o por decisión de la autoridad competente; • Federales, estatales y municipales. Aquello que se encuentran bajo la estructura administrativa de su adscripción; • Autoridades o agentes. De acuerdo a su potestad de mando, mientras los segundos son auxiliares o ejecutivos; • Inamovibles y amovibles. Según su estabilidad en el empleo. En derecho mexicano, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado contempla el privilegio de inamovilidad para aquellos trabajadores de base que hayan cumplido seis meses en funciones de modo ininterrumpido; • Colegiados y unipersonales. Depende del concurso de otros servidores públicos: los integrantes de un cuerpo colegiado, como los comités de adquisiciones, los senadores y diputados en su actividad legislativa; y los que deben desempeñarse de forma individualizada; • Honoríficos o remunerados. Según reciba o no sueldo. Se hace necesario aclarar que no todos los que prestan un servicio personal al Estado, por ese sólo hecho, deben ser considerados trabajadores del Estado. Tal es el caso de quienes en México, sujetos a una relación jurídica de carácter privado desempeñan eventualmente una tarea para el Estado (por ejemplo, los profesionales), la cual circunstancialmente debe ser satisfecha y o bien se carece para ella del personal especializado o momentáneamente las cargas de trabajo así lo ameritan, vg. los miembros del órgano de gobierno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
  • 22.  En México existe la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1982.  Publicada por el entonces presidente de la república Miguel de la Madrid Hurtado.  Teniendo una última reforma esta ley del 24 de diciembre de 2013 UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES PÚBLICOS, REGULACION JURÍDICA APLICABLE.
  • 23.  En la Ley citada anteriormente, en el artículo 46 y 47 del Título Tercero Capítulo I Se mencionan las responsabilidades y obligaciones que se tienen como servidores públicos. Son varias, por lo que solo mencionaremos algunas. En el 47 dice lo siguiente:  “Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin perjuicio de sus derechos laborales, así como de las normas específicas que al respecto rijan en el servicio de las fuerzas armadas”: UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
  • 24.  I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;  II.- Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;  III.- Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos;  IV.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidas de aquéllas; UNIDAD 3:FUNCIÓN PÚBLICA 3.4 LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
  • 25. UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA A.C. DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA MAESTRIA EN DERECHO FISCAL SESION 2 PERIODO ; 15 Marzo al 18 Abril 2024 MATERIA ”Derecho Administrativo” UNIDAD 3 “Función Pública” 3.5 “Función Pública Ejecutiva-Administrativa, la Legislativa y la Judicial” Profesor: Mtro. José Alberto Rodríguez Quevedo Villahermosa, Tabasco a 22 de marzo del 2024
  • 26. UNIVERSIDAD ALFA Y OMEGA A.C. DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA MAESTRIA EN DERECHO FISCAL ALUMNOS INTEGRANTES DEL EQUIPO OSCAR LOPEZ MARTINEZ MARCO ANTONIO AGUILERA MARTINEZ DIEGO GUZMAN OVANDO ROBERTO ADRIAN NOTARIO MONTIEL ROBERTO ARTURO ACOSTA DOMINGUEZ MANUEL JESUS HERNANDEZ PEREZ
  • 27. FUNCION PUBLICA Representa todas aquellas actividades que garanticen y faciliten las condiciones para que la administración pública cumpla sus objetivos y produzca los resultados esperados, mediante el establecimiento de normas, mecanismos, procesos y controles que aseguren razonablemente la eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez del servicio público. Su objetivo Consiste en **Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental; **inspeccionar el ejercicio del gasto público federal, **coordinar juntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, **expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública Federal, ** vigilar el cumplimiento de las normas de control . Surge para satisfacer una necesidad general, la cual no impacta sólo a la colectividad social, sino a la existencia política del Estado, por lo tanto, su indebida realización no sólo afecta a la sociedad, sino que, a la larga, tiende a destruir al Estado mismo, por ello, sólo pueden y deben realizarse por los operadores estatales.
  • 28. FUNCION PUBLICA Es la facultad atribuida al titular del ejecutivo para designar discrecionalmente a sus colaboradores; en nuestro caso, el presidente de la República tiene la responsabilidad de nombrar a los titulares de las dependencias de la administración pública centralizada, o sea, a los secretarios de Estado, al consejero jurídico del Gobierno federal, así como a los demás empleados de la administración centralizada cuyo nombramiento no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes Artículo 69.- En la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país Artículo 90. La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación
  • 29. . FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO En primer lugar La función política, donde se toman decisiones muy relevantes para la dirección del Estado en áreas como la defensa, las relaciones internacionales, la economía, la fiscalidad y la implementación de políticas públicas. En segundo lugar La función administrativa, donde el gobierno representa a la Administración Pública y se encarga de ejecutar las leyes y procedimientos de acuerdo a la legislación vigente
  • 30. EL DERECHO ADMINISTRATIVO Conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización, y funcionamientos de las diversas áreas de la administración pública de las relaciones de éstas entre sí, así como de sus relaciones con las demás instituciones del Estado y con los particulares ADMINISTRACION PUBLICA Son un conjunto de órganos administrativos que se encuadran dentro del poder ejecutivo del estado más las estructuras orgánicas que sirven de soporte al poder legislativo y al poder judicial, de conformidad con los principios organizacionales de la administración como son la centralización, concentración, desconcentración, y la descentralización administrativas , las cuales coexisten y se complementan pues la racionalización del funcionamiento de la administración pública, constituye el objeto común de las mismas. De igual manera se puede definir como el conjunto de áreas del sector público del estado que, mediante el ejercicio de la función administrativa, la prestación de los servicios públicos, la ejecución de las obras públicas y la realización de otras actividades socioeconómicas de interés público trata de lograr los fines del estado.
  • 31. Atribuciones del estado mediante 3 actividades principales OBRAS PUBLICAS Acción cuya función consiste en crear obras inmuebles finales que se construyen para la satisfacción de las necesidades colectivas como pueden ser parques, drenajes, jardines, carreteras, la infraestructura de las instituciones del estado, entre otras. SERVICIOS PUBLICOS Son actividades especializadas de carácter técnico y permanente que deben y tienen que ser reguladas por el orden jurídico del Estado y su objetivo es la satisfacción de necesidades generales, útiles para la vida en sociedad, como el suministro de agua potable, el transporte público inter-carretero, la prestación profesional de atención a los enfermos, entre otros supuestos.
  • 32. Atribuciones del estado mediante 3 actividades principales FUNCIONES PUBLICAS A esta atribución le corresponden las labores más delicadas a cargo del Estado surgen al igual que las otras dos atribuciones, para satisfacer necesidades generales, las funciones tienen como particularidad que su actividad no impacta sólo a la colectividad social, sino a la existencia política del Estado, en otras palabras, la indebida realización de la función pública no afecta exclusivamente o destruye a una sociedad, sino, además, tiende a aniquilar al Estado mismo
  • 33. Los servicios y las obras públicas pueden ser desarrolladas por los agentes poblacionales del estado y por el estado mismo, en este sentido, se aprecia una corresponsabilidad en la prestación de obras o servicios. Las funciones públicas no pueden llevarse a cabo a través de particulares, sino sólo pueden y deben realizarse a través de los operadores estatales, por lo que los particulares están excluidos para prestar las funciones públicas del estado.
  • 34. Las actividades clasificadas como funciones públicas son todas aquellas que a través de un ejercicio de inteligencia nos resulte que, en caso de delegarlas a los particulares, pongan en riesgo la existencia del mismo Estado, porque impide sus otras actividades o porque se pierda la soberanía, traduciéndose esto en la indebida ejecución o normalidad del tipo de Estado o forma de gobierno, Estas actividades podrían ser ; ** Labores ejecutivas, ** Legislativas, ** Judiciales, ** Registrales **Acuñación e impresión de moneda ** Regulación de la política económica o la inflación. ** Labores electorales **Regulación del sistema económico del Estado, entre otras.
  • 35. La estructura de la administración pública está compuesta por áreas distribuidas en los 3 poderes tradicionales; ** Ejecutivo **Legislativo y **Judicial así como también en los órganos no adscritos por la constitución. Se alude la administración pública al poder ejecutivo para referirse exclusivamente a su área inserta en el poder ejecutivo y , que a pesar de su supremacía está regulada por el derecho administrativo lo que no impide la existencia de un área de administración pública, tanto en el órgano legislativo como en el judicial y en las instituciones públicas que no están adscritas a ninguno de los tradicionales órganos depositarios de las funciones del poder público , como son el Banco de México , la CNDH, el INE.
  • 36. Centralización administrativa (Administración publica federal centralizada) La Administración Pública Federal inserta en el Poder Ejecutivo Federal está constituida por dependencias de tipo centralizada y paraestatal. La centralización administrativa está constituida por el conjunto de dependencias que tienen una relación de jerarquía y subordinación con el titular del Poder Ejecutivo Federal, bajo el mando del cual se organizan y articulan para el desempeño de sus atribuciones. La CA dentro de la administración pública busca la uniformidad tanto en la aplicación de las leyes como en la prestación de los servicios. La centralización predica reunir en su centro al poder central , la decisión de las actividades del Estado, de la administración pública o de cualquier otra organización para satisfacer las necesidades públicas
  • 37. Centralización administrativa (administración publica federal centralizada) INTEGRACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA Art. 1º de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ** La Oficina de la Presidencia de la República, ** Las Secretarías de Estado, ** La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, y ** Los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; en tanto que, la administración pública paraestatal la
  • 38. Facultades de La centralización administrativa Poder de nombramiento Es la facultad atribuida al titular del órgano superior para designar discrecionalmente a sus colaboradores, siendo el presidente de la República quien tiene la facultad de nombrar a los titulares de las dependencias de la administración pública centralizada Poder de remoción En ejercicio del poder de remoción, tanto el presidente de la República como los gobernadores de los Estados pueden cesar libremente a sus colaboradores Poder de mando Se entiende el poder de mando como la facultad del superior jerárquico de dirigir e impulsar la actividad de los subordinados por medio de órdenes o instrucciones verbales o escritas; Poder de decisión El superior jerárquico, en ejercicio del poder de decisión, puede optar entre varias alternativas de resolución y, en consecuencia, elegir la que en su opinión sea la mejor, misma que habrá de ser acatada por el inferior Poder disciplinario El titular del órgano superior, con apoyo en sus poderes de vigilancia y de revisión, ejerce el poder disciplinario que, en suma, es la facultad de reprimir o sancionar administrativamente a sus subordinados por las acciones u omisiones realizadas indebida o irregularmente en perjuicio de la
  • 39. Dependencias de la administración pública federal centralizada 1.- La Oficina de la Presidencia de la República 2.-Las secretarías de Estado Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Bienestar Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Energía Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rura Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de la Función Pública; Secretaría de Educación Pública; Secretaría de Salud; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Cultura; Secretaría de Turismo.
  • 40. Dependencias de la administración pública federal centralizada 3. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal Regula la organización y funciones del Ministerio Público federal y de la Procuraduría General de la República; el referido precepto atribuía al procurador general de la República: la investigación y persecución de los delitos federales, así como la procuración de justicia, la representación jurídica de la Federación en todos los asuntos en que ésta fuese parte 4. Los órganos reguladores coordinados en materia energética a).-Comisión Nacional de Hidrocarburos b. Comisión Reguladora de Energía
  • 41. ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL Artículo 45 LOAPF Son organismos descentralizados las entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten La administración pública paraestatal la integran las siguientes dependencias; ** Los organismos descentralizados ** Las empresas de participación estatal, ** Las instituciones nacionales de crédito, ** Las organizaciones auxiliares nacionales de crédito,** ** Las instituciones nacionales de seguros y de fianzas ** los fideicomisos
  • 42. ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL Artículo 46.- Son empresas de participación estatal mayoritaria las siguientes: I.- Las sociedades nacionales de crédito constituidas en los términos de su legislación específica; II.- Las Sociedades de cualquier otra naturaleza incluyendo las organizaciones auxiliares nacionales de crédito; así como las instituciones nacionales de seguros y fianzas, en que se satisfagan alguno o varios de los siguientes requisitos: A) Que el Gobierno Federal o una o más entidades paraestatales, conjunta o separadamente, aporten o sean propietarios de más del 50% del capital social.
  • 43. ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL B) Que en la constitución de su capital se hagan figurar títulos representativos de capital social de serie especial que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno Federal; ó C) Que al Gobierno Federal corresponda la facultad de nombrar a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno o su equivalente, o bien designar al presidente o director general, o cuando tenga facultades para vetar los acuerdos del propio órgano de gobierno.
  • 44. FIDEICOMISOS Artículo 47 LOAPF Los fideicomisos públicos , son aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos. En los fideicomisos constituidos por el gobierno federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fungirá como fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.
  • 45. FIDEICOMISOS Definicion Es un contrato por virtud del cual una persona física o moral denominada fideicomitente, transmite y destina determinado patrimonio (bienes o derechos) a una institución fiduciaria encomendándole la realización de fines determinados y lícitos en beneficio de una tercera persona o en su propio beneficio. Los fideicomisos públicos considerados como entidades de la administración pública paraestatal son aquellos que el gobierno federal o alguna de las entidades paraestatales constituyen con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos.
  • 46. La administración pública federal desconcentrada Consiste en el traslado parcial de la competencia y el poder decisorio de un órgano superior a uno inferior, ya sea preexistente o de nueva creación, dentro de una relación de jerarquía entre ambos, por cuya razón, el órgano desconcentrado se mantiene en la estructura de la administración centralizada. En la desconcentración administrativa, la normativa, la planeación y el control permanecen centralizados, no así la tramitación y la facultad decisoria que se transfieren al órgano desconcentrado. Las características del órgano desconcentrado consisten en que se inserta en la administración pública centralizada; carece de personalidad jurídica propia
  • 47. Órganos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación **Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal; **Instituto Nacional de Migración; **Consejo Nacional de Población; **Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; **Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; **Comisión Nacional de Búsqueda de Personas; **Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur; **Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas; **Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y **Centro Nacional de Prevención de Desastres.
  • 48. ÓRGANOS DESCENTRALIZ ADO paraestatales Son entidades públicas que cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propio, pues a diferencia de los órganos desconcentrados, los órganos descentralizados sí son autónomos. La descentralización tiende a transferir de un punto central de toma de decisiones, un conjunto de atribuciones, funciones, facultades, actividades y recursos, en favor de entes, órganos, instituciones o regiones que se hallan, respecto del centro, en una situación de cierta subordinación, mas no en una relación de jerarquía. En la actualidad, el Estado utiliza conjuntamente la centralización y la descentralización, como principios o tendencias de organización coexistentes, pese a su contraposición, como dos valores opuestos que, paradójicamente, lejos de excluirse se complementan. Ejemplo: PEMEX, CFE, CONACYT, Comisión Nacional Forestal, IMSS, INFONAVIT.
  • 49. BIBLIOGRAFIA  Principios de la Administración pública Charles-Jean Bonnin, Omar Guerrero pág. 93  Derecho Administrativos Ramon Parada Vázquez I Página 24 Párrafos 1-3  Derecho administrativo Adriana de los Santos Morales I página 62 párrafo 3  Derecho Administrativo y administración Jorge Fernández Ruiz pública, pág.279  Análisis de políticas públicas Teoría y casos José Luis Méndez Martínez, El problema de la definición.  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  Rafael I. Martínez Morales (Derecho administrativo 1ro y 2do cuscos tercera edición Oxford university press-harla mexico, s.a. de c.v.  Derecho Administrativos Ramon Parada Vázquez I  **DERECHO ADMINISTRATIVO l ; Adriana de los Santos Morales ; Edit. Red. 3er. Milenio **DERECHO ADMINISTRATIVO PRIMER CURSO ; Rafael I. Martínez Morales : Edit. 6ª.edición **ACTIVIDADES DEL ESTADO Y SUS FUNCIONES ; Porrúa **DERECHO ADMINISTRATIVO ; Porrúa ; Edit. México **DERECHO ADMINISTRATIVO II RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA ; Ramon Parada Vázquez ; Edit. Open ediciones universitarias 2015 **RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PUBLICO ; Esteban Mora Calcáneo; Edit. Leyer 2014
  • 50. CONCLUSIÓN Por lo que pudimos ver en las definiciones de Función Pública es en sí, la facultas que tiene el Estado para ejercer el poder dentro de su administración y poder satisfacer las necesidades de los gobernados, hablando de todo aspecto de sus necesidades como salud, educación, seguridad, entre otras. Hay una gran diversidad de estas entre los autores citados, pero cada uno de ellos desde su óptica y tiempo en que vivieron, en el caso de Charles-Jean Bonnin, que vivió en el siglo XIX, hasta nuestra época. Sin duda la Administración Pública es primordial para el progreso ordenado y planeado mediante normas que rijan la actuación del gobernante de una nación. La administración publica en la vida moderna es más abierta, interactiva y estratégica lo cual implica que sus perfiles institucionales en los tres niveles de gobierno sean más coordinados en sus operaciones y ya no se realicen imposiciones, ha venido transformándose y adecuándose a las nuevas exigencias de estados y municipios para pasar de una centralización a una descentralización, con la finalidad de transferir más facultades y atribuciones del gobierno central hacia otros órdenes gubernamentales En el arduo trabajo elaborado acerca de la que significado del término función pública, hemos resaltado los diversos temas relativos a las atribuciones que tiene el poder ejecutivo, sus alcances y sus limitaciones De igual manera hemos presentado como los 3 poderes están supeditados a tener una administración pública de acuerdo a la naturaleza de sus responsabilidades. Nuevamente hacemos mención acerca de cómo el derecho administrativo, deberá permanecer dentro de la función pública sobre el único garante del cumplimiento de la ley.