Ruego sobre el arreglo del parterre de la calle Gladiolo
Pregunta sobre el desistimiento al recurso de la Carlos III
1. PREGUNTA
GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPyD)
SOBRE DESISTIMIENTO EN PROCEDIMIENTO INTERPUESTO POR
LA UNIVERSIDAD CARLOS III
Dirigido a: Concejalía de Presidencia, Sanidad, Consumo, Hostelería, Mayor,
Juventud, Coordinación de Barrios y Participación Ciudadana.
Durante los últimos dos años se ha estado tramitando en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa un
procedimiento respecto a la obligatoriedad o no de la Universidad Carlos III de abonar el Impuesto de
Construcciones, Instalaciones y Obras al Ayuntamiento correspondiente a los expedientes 78150, 78151
y 82056. La universidad entendía que estaba exenta de este pago, mientras que el ayuntamiento
consideraba que no, por lo que ambas entidades han defendido sus derechos en los tribunales. En su
sentencia final, el tribunal entiende que la Universidad Carlos III debe abonar este impuesto, como así lo
habían entendido en un principio los letrados consistoriales al interponer el recurso contra la primera
sentencia, de 28.2.13, así como al desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Universidad
contra la denegación de la exención solicitada.
Sin embargo, hay un hecho que no se entiende y es que el Gobierno Municipal decidiera que el
Ayuntamiento debía desistir de su derecho al cobro del impuesto al final del procedimiento en el que se
le iba a dar la razón. En la reunión de la Junta de Gobierno de 20 de diciembre de 2013 se da cuenta de
la providencia de fecha 26.11.13, procedente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de los
Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, sobre el escrito de desistimiento presentado por la
representación legal del Ayuntamiento en el recurso de apelación 627/13, dimanante del procedimiento
ordinario 44/11, JCA 14, interpuesto por la Universidad Carlos III de Madrid. Dicha providencia inadmitía
a trámite el escrito presentado el 20.11.13 por el letrado consistorial por el que solicitaba tener por
desistido al Ayuntamiento de Getafe del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del JCA nº
14, por haberse celebrado ya la deliberación y estar dictada la correspondiente sentencia.
Efectivamente, en la Junta de Gobierno celebrada el 28 de enero de 2014 se da cuenta de dicha
sentencia, procedente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-
Administrativo, Sección 2ª, con el número 1503 de fecha 27.11.13. La sentencia, contra la que no cabe
recurso, estima el recurso de apelación 627/13, interpuesto por este Ayuntamiento, contra la sentencia
de fecha 28.2.13, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid en el
Procedimiento Ordinario 44/11, revocándola por no ajustarse a Derecho; y en consecuencia, desestiman
el recurso interpuesto en la instancia contra la resolución de fecha 22.11.10, desestimatoria del recurso
de reposición interpuesto contra la denegación de la exención solicitada del Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras (expedientes 78150, 78151 y 82056).
2. Por lo expuesto, el Grupo Municipal de UPyD formula al concejal de Presidencia, Sanidad, Consumo,
Hostelería, Mayor, Juventud, Coordinación de Barrios y Participación Ciudadana la siguiente pregunta:
- ¿Qué motivos llevaron al Gobierno Municipal a intentar desistir del recurso de apelación
627/13, dimanante del procedimiento ordinario 44/11, interpuesto por la Universidad
Carlos III y, por tanto, a renunciar al cobro del ICIO a dicha universidad?
Getafe, 15 de julio de 2014
Fdo.: Esperanza Fernández Acedo
Concejal portavoz Grupo Municipal UPyD