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REGLAMENTO INTERNO DE
TRANSITO
RITRA - 2016
VERSIÓN 00
Contenido
a) ABREVIATURAS.............................................................................................................4
b) DEFINICIONES...............................................................................................................4
Artículo 1°. Definiciones y términos...................................................................................4
c) INTRODUCCIÓN ............................................................................................................8
d) ALCANCE Y OBJETIVO....................................................................................................8
Artículo 2°. Alcance del Reglamento ..................................................................................8
Artículo 3°. Objetivo del Reglamento.................................................................................8
e) REFERENCIAS LEGAL Y OTRAS NORMAS..........................................................................8
Artículo 4°. Normativa Legal Aplicable ...............................................................................8
Artículo 5°. Documentos de Referencia..............................................................................9
f) RESPONSABILIDADES.................................................................................................9
Artículo 6°. Del Gerente y/o máximo representante de la Empresa y Contratista..................9
Artículo7°. Del Jefe de SeguridadySaludOcupacional de laEmpresaConsorcioSanRafael.
......................................................................................................................................10
Artículo 8°. Del Líder responsable de la Seguridad Patrimonial ..........................................11
Artículo 9°. De los administradores de los contratistas......................................................11
Artículo10°. Del Jefe y/oLíder responsablede Mantenimientode laEmpresayContratista
......................................................................................................................................11
Artículo 11°. Del Jefe y/o Administrador de Contrato de la Empresa y Contratista..............12
Artículo 12°. De los Supervisores y Líderes de grupo.........................................................12
Artículo 13°. De los conductores......................................................................................13
Artículo 14°. De losPeatones...........................................................................................14
Artículo 15°. De losPasajeros..........................................................................................14
g) CLASIFICACIÓN DEL TRÁNSITO EN LAS ÁREAS DEL CLIENTE. .......................................15
Artículo 16°. Generales,en lasinstalaciones de UMSan Rafael..........................................15
Artículo 18°. Área de Operaciones Mineras Superficie.......................................................15
Artículo 19°. Zona Industrial............................................................................................16
REGULACIONES DE TRÁNSITO DENTRO DE LA UMSAN RAFAEL.............................................17
Artículo 20°. Requerimientos del Vehículo (liviano, transporte de personal y pesado).........17
Artículo 21: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos........................................19
Artículo 22°. Empadronamiento de vehículos y equipos....................................................19
Artículo 23°. Requisitos Comerciales................................................................................20
Artículo 24°. Prácticas Prohibidas ....................................................................................20
Artículo 25°. Transporte de Carga en General:..................................................................20
9. REGLAS GENERALES DE CIRCULACIÓN Y TRANSITO DENTRO DE LA UNIDAD....................21
Artículo 26°. Reglas de Derecho de Paso ..........................................................................21
Artículo 27°. Señales de Transito .....................................................................................21
Artículo 28°. Vehículos Livianos yVehículos de Servicios...................................................22
Artículo 29°. Vehículos de Carga & Camiones Volquetes ...................................................22
Artículo 31°. Precauciones Generales...............................................................................22
Artículo 32°. Uso de EPP dentro de vehículos y equipos....................................................23
Artículo 33°. Actos Prohibidos .........................................................................................23
10. PERMISO INTERNO DE CONDUCIR (PIC)......................................................................24
Artículo 34°. Requisitos para obtener el PIC......................................................................24
Artículo 35°. Entrenamiento para obtención del PIC .........................................................25
Artículo 36°. Certificados de conducción para otros tipos de equipos.................................26
Artículo 37°. Validez del PIC.............................................................................................26
11. ESTACIONAR UN VEHÍCULO O EQUIPO......................................................................26
Artículo 38°. Acciones al estacionarse..............................................................................26
Artículo 39°. Restricciones para estacionar vehículos........................................................27
12. USO DE CLAXON......................................................................................................27
Artículo 40°. Uso de claxon, general.................................................................................27
Artículo 41°. Uso de claxon en vehículos livianos..............................................................27
Artículo42°. Uso de claxonenvehículospesados(buses,camiones,equiposde construcción
& producción) ................................................................................................................28
13. INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO.......................................................28
Artículo 43°. Inspeccionesy mantenimiento del vehículo..................................................28
14. CONTROLES Y REGULACIONES DEL TRÁNSITO FUERA DE LA UM.................................28
Artículo 44°. Controles y normas de tránsito para tránsito en vías publicas........................28
15. PROCEDIMIENTO DE TRANSPORTE FUERA DE LA UM.................................................29
Artículo45°. Para la realizaciónde viajesde recorridosmayores(másde siete(07) horasde
conducción) ...................................................................................................................29
Artículo 46°. Para el tránsito de vehículos livianos y de transporte de personal..................30
Artículo47°. Para el Transporte de MaterialesPeligrosos,SobredimensionadosyCarga
pesada...........................................................................................................................30
Artículo 48°. Horarios de Salida Permitidos ......................................................................30
Artículo 49°. Respuestas ante Accidentes de Tránsito (según requerimientos del MTC) ......32
16. OTROS DE TRÁNSITO.....................................................Error! Bookmark not defined.
Artículo 50°. Vehículos Gubernamentales, No Gubernamentales, Públicos yPrivados....Error!
Bookmark not defined.
17. SANCIONES E INFRACCIONES DE TRÁNSITO...........................................................32
18. ANEXOS........................................................................................................................34
18.1. ANEXO 1..........................................................................................................34
18.2. ANEXO 2..........................................................................................................35
18.3. ANEXO 3..........................................................................................................36
18.4. ANEXO 4..........................................................................................................38
18.5. ANEXO 5..........................................................................................................39
18.6. ANEXO 6..........................................................................................................40
18.7. ANEXO 7..........................................................................................................41
18.8. ANEXO 8..........................................................................................................42
18.9. ANEXO 9..........................................................................................................43
a) ABREVIATURAS
PIC: PermisoInternode Conducción
NTP: NormaTécnica Peruana
MTC: Ministeriode TransportesyComunicaciones
EPP: Equipode ProtecciónPersonal
RNT: ReglamentoNacional de Tránsito(DS- 016-2009-MTC)
RNV: ReglamentoNacional de Vehículos (DS-058-2003-MTC).
ROPS: Estructura protectorade volcamiento,porsussiglasenIngles(RollOver Protection
Structure)
FOPS: Estructura de proteccióncontra caída de objetos,porsussiglasenIngles (Falling
ObjectsProtectionStructure).
CRIPV: Cuadernode Registrode Inspecciónde Pre Uso de Vehículos
RITRA: ReglamentoInternode Tránsito
b) DEFINICIONES
Artículo 1°. Definiciones y términos
a) Alcoholemia:Examenopruebaquese realizaalostrabajadoresparadetectarpresencia
de alcohol enlasangre.EnConsorcioSanRafael lapruebase realiza medianteelcontrol
del aliento.
b) Barrera: Estructura utilizadas para señalizar o restringir el paso a un área de trabajo.
c) Berma de Seguridad:Es el espaciolateral de una vía de tránsito de vehículos,utilizado
para estacionarse por seguridad y para protegerse de colisiones con otros vehículos
móvilesquecontinúancirculandoenlarampaprincipal ovíasde acceso de minasacielo
abierto y carreteras en general.
d) Carretera de alivio: Vía con pendiente mayor a 5% (cinco por ciento), en posición
diagonal a la existente y ubicada en las vías de circulación frecuente, que servirá para
ayudara la reducciónde lavelocidaddel equipoovehículode transporteyal control de
dicha velocidad hasta detenerlo.
e) Carga sobredimensionada: Carga con más de 2.60 m de ancho, 4.60 m de altura, 23.0
m de largo o más de 60 TN de peso, según se indica en el RNV.
f) Conductor: Persona que tiene las calificaciones y competencias para conducir un
vehículo motorizado.
g) Circulina: Dispositivo de advertencia de uso obligatorio durante el tránsito en las
unidadesminerasdel clienteyque mejoralaidentificacióneninteriormina,de nocheo
en condiciones de visibilidad limitada. Pueden ser:
Cuadro 1: Color de circulinas (Disposición transitoria)
Vehículo Colorde circulina
De emergencia Rojo
De usoequipopesado Ámbar
De vehículoslivianos Azul
h) Demarcación: Símbolo,palabrao marca, de preferencialongitudinal otransversal,que
se ubica sobre la vía con la finalidad de guiar el tránsito de vehículos y peatones
i) Derecho de paso: Preferencia de paso de un vehículo respecto a otro, con igual o
diferente prioridad.
j) Emergencia: Evento no deseado que se presenta como consecuencia de un fenómeno
natural o por el desarrollode la propiaactividadmineraque ponganen peligrolavida,
el medio ambiente y la propiedad.
k) Mantenimiento Correctivo: Reparación de las diferentes partes del vehículo en el
momento en que dejan de funcionar o empiezan a fallar.
l) Mantenimiento Preventivo: Mantenimiento periódico de acuerdo a las instrucciones
del fabricante detallados en el manual del vehículo.
m) Mantenimiento Predictivo: Diagnósticos o mediciones que permiten predecir si es
necesario realizar correcciones o ajustes antes de que ocurra una falla del vehículo.
n) Materiales y Residuos Peligrosos - MATPEL: Sustancias que por sus características
fisicoquímicas y/o biológicas, en cualquier estado y cantidad, constituyen un peligro
para la vida, salud, medio ambiente y propiedad; si no se las controla durante su
producción, manejo, almacenamiento, transporte, uso y disposición final.
o) Paso de Peatones:Senda/caminode seguridadconformadapor la zona demarcadaen
las aceras o cualquier zona demarcada con este objetivo.
p) Peatón: Todo aquel que transitan a pie por las carreteras, áreas de trabajo,
campamentos o vías de acceso.
q) Permiso Interno de Conducir: Documento emitido por el cliente en sus diferentes
unidades mineras luego de un proceso de verificación de requisitos y evaluación que
autoriza a una persona a conducir un determinado tipo de vehículo por motivos de
trabajos dentro o fuera de la unidad minera y/o proyecto.
r) Punto de reunión: Lugar de encuentro del personal que se encuentre en las
instalaciones y el personal que responde a una emergencia.
s) ReglamentoInternode Transito (RITRA): Documentoexigidopordisposicioneslegales,
cuya finalidad es establecer normas de seguridad vial a fin de prevenir accidentes
relacionadosal tránsitode losvehículosenlasunidadesminerasy/oproyectos.Endicho
documento se establecen disposiciones, requisitos y normas para los conductores,
pasajeros y peatones, así como para los vehículos, vías y los medios o equipos de
respuesta a situaciones de emergencias por accidentes de tránsito.
t) Revisión Técnica Vehicular: Evaluación para certificar el buen funcionamiento y
mantenimientodelosvehículos.Larevisiónincluye,entre otrosaspectos:laverificación
de lascondicionesmecánicasyeléctricas,control de emisionesde gasesyproductosde
combustión considerados tóxicos o nocivos para la salud y medición de emisión de
ruidos.
u) Señalesde Tránsito: Dispositivos,signosydemarcacionesestándarestablecidos porla
Ley, los reglamentos de tránsito del MTC, por Estándares y Procedimientos de los
clientes con quienes trabajamos. Siendo las referencias principales:
i. RM 210-2000-MTC /15.02 Manual de dispositivosdelcontrol del tránsitoautomotor
para calles y carreteras.
ii. NTP 399.010-1 2015 Norma Técnica Peruana para Señales de Seguridad.
Cuadro 2: Especificación de señales según NTP 399.010-1 2015
Señales Finalidad Características
Reguladorasode
Prohibición
Indicara los usuarios las
limitaciones,prohibiciones
o restriccionesenel usode
la vía. Su cumplimientoes
obligatorio.
Fondoblancocon círculo
rojoy pictogramanegro.
Preventivasode
Advertencia
Advertiralosusuariosde la
existenciaynaturalezade
un peligroenlavía.
Fondoblanco,pictograma
enamarilloyletrasnegras
Informativas Guiar a losusuarios,darles
indicacionesque puedan
necesitaral desplazarse por
lasvías
Fondoverde oazul con
letrasblancaso pictograma
blanco
v) Sistema de comunicación: Dispositivos de radiocomunicación o telefonía para la
comunicación del personal dentro y fuera de la Unidad y/o proyecto o servicioque se
esté prestando.
w) Vehículode emergencia:Vehículoutilizadoparaatenderuna situaciónde emergencia
en forma inmediata, tales como la ambulancia, camión contraincendios y vehículo de
rescate
x) Vehículosmotorizados:Mediode locomociónautopropulsadoporunmotorpropioy
destinadoal transporte terrestre de personas,cargao mercancías.Puedenser:
Cuadro 3: Tipos de vehículos y equipos recolectores de residuos.
Equiposde producción
(LíneaAmarilla y vehículos
pesados)
Equiposde servicio
(Transporte de
Personal,de Carga)
Vehículoslivianos
Vehículosde
Emergencia
►Camionesde acarreo ►Grúas VehículosSedan ►Ambulancia
►Perforadoras ►Camionesgrúa VehículosStation
Wagon
►Vehículocontra
incendios.
►Tractor de ruedasy Oruga
►Cama bajascon
equipopesado
VehículosSUVs
(SuburbanUtility
Vehicle)
►Vehículosde
rescate
►Motoniveladora ►Camionescisterna VehículosVans ►Vehículosde
respuestade
emergencia.
►Cargadoresfrontales palas
►Camionescon peso
bruto mayor3.5 Ton
camionetaspick up
4x4 o 4x2
►Excavadoras ►Tracto Camión Furgonetasy
minibuses
►Retroexcavadoras ►Montacargas
►Rompedorde bancos
rodillos.
►Buses,Minibuses,van
►Camiones recolectoresde
residuos.
Camionescisternas
Camiónde serviciode
mantenimiento
Camiónpre mezcladoryde
bombeode concreto
Camionesgrúa
Tracto camión
Remolque ocamabaja.
y) Vehículos Livianos: Todo vehículo que necesita ser conducido por una persona desde
dentro o sobre el vehículo, el cual es propulsado por un motor a combustión y está
autorizado para transitar/desplazarse en vías/carreteras públicas, posee cuatro (04) o
más ruedas y no excede los 3.5 toneladas de peso neto.
z) Vehículo Pesado: todo vehículo que necesita ser conducido por una persona desde el
vehículo(dentroosobre el vehículo),el cual espropulsadoporunmotora combustión,
está autorizado para transitar/desplazarse en vías/carreteras públicas y cuenta con
placa de identificaciónemitidaporlaautoridadnacional de transporte terrestre,posee
cuatro (04) o más ruedas (neumáticos) y excede los 3.5 toneladas de peso neto.
aa) Vigíasoseñaleros:Personal responsable decontrolarel tránsitoenlasáreasde trabajo,
carreteras y/o vías de tránsito, regulandoo prohibiendo el ingreso o maniobrasde los
vehículos pesados.
bb) Zona de Carguío: Áreadonde se desplazael vehículomientrasrealizael movimientode
carga. Siempre se considerará como eje de radio al centro del vehículo.
cc) Zona de parqueo: Área señalizada para el estacionamiento o parada de los vehículos
según correspondan.
c) INTRODUCCIÓN
ConsorcioSan Rafael actualizay mejorael ReglamentoInternode Transito - RITRA, claramente
delineado para controlar el movimiento de recursos, materiales y equipos a través de sus
instalaciones.El RITRA esimportanteparalasactividadesoperacionales,de proyectooservicios
prestados incluyendosus contratistas, proveedoresde servicios y equipos,por nombrar sólo
algunos.
Más importante aún, los incidentes relacionados con el transporte han demostrado que el
movimiento de los equipos móviles y el transporte dentro y fuera de las instalaciones de los
clientessonclaramente unade lasáreasde mayor riesgo. ConsorcioSanRafael se adhiere alos
lineamientos y políticas de sus clientes para los cuales presta servicios.
d) ALCANCE Y OBJETIVO
Artículo 2°. Alcance del Reglamento
Este RITRA aplica a todos los trabajadores que utilizan vehículos motorizados de propiedad o
arrendados por Consorcio San Rafael o empresas contratistas y proveedores, los cuales por la
actividad que desempeñandeben de operar dichos vehículos dentro y/o fuera de la unidad
minera y/o proyecto donde prestemos nuestros servicios.
Artículo 3°. Objetivo del Reglamento
Establecerdisposicionesyresponsabilidadesparael uso y la operaciónsegurade losvehículos
y equipos motorizadosy promover un ambiente de trabajo libre de accidentes que involucren
vehículos.Tambiéntieneporobjetivoaclararlacomprensiónde lasobligacionesy lasrelaciones
entre ConsorcioSanRafaelysusclientes,proveedoresde serviciosycontratistasparaidentificar
peligros, evaluar y controlar los riesgos relacionados al tránsito de vehículos, transporte de
materiales peligrosos, peatones y transporte de carga en general.
e) REFERENCIAS LEGAL Y OTRAS NORMAS
Artículo 4°. Normativa Legal Aplicable
D.S. N° 055-2010-EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas
complementarias en Minería.
D.S. N° 017-2009-MTC Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
D.S.N°016-2009-MTC TextoÚnicoOrdenadodel ReglamentoNacionalde Tránsito - Código
de Tránsito.
D.S. N° 040-2008-MTC Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos
Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre.
D.S. N° 025-2008-MTC Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares.
DirectivaN°002-2006-MTC/15, ClasificaciónVehicularyEstandarizaciónde Características
Registrables de Vehículos
Ley N° 28256, el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos, y sus modificatorias DS-
021-2008-MTC- Reglamento Nacional de Materiales y residuos peligrosos
Artículo 5°. Documentos de Referencia
Políticade Prevenciónde AccidentesporFatigay/oSomnolencia de Consorcio San Rafael
Política de Ambiente de Trabajo Libre de Alcohol y Drogas de Consorcio San Rafael
ISO 39001:2012 Sistema de Gestión de la Seguridad Vial.
CSR-SSO-EST-01 Estándar Operacional: Vehículos Motorizados Livianos MI-COR-CSR-SSO-
EST-02 Estándar Operacional: Vehículos y Equipos Motorizados- Pesados
Norma OHSAS 18001:2007 Req. 4.4.6 “Control operacional”
f) RESPONSABILIDADES
Artículo 6°. Del Gerente y/o máximo representante de la Empresa y Contratista
a) Liderary proveerlosrecursosnecesariospara la implementación del presente RITRA.
b) Asegurar la ejecución de las siguientes actividades:
1. Control de alcohol y drogas, verificación del uso del cinturón de seguridad y
monitoreo de velocidad.
2. Desarrollo de estudios de seguridad vial y/o evaluación de riesgo de las rutas/ vías
externasde accesosalasunidadesdonde laboramos,asícomode lasvíasprincipales
al interior de los locales del cliente.
3. Capacitación y entrenamiento para los miembros de la brigada de respuesta a
emergenciasconénfasisenaccidentesde tránsitoyasegurarladisponibilidadde las
herramientas especiales para rescate vehicular y atención médica en caso de
accidentes de tránsito que involucren vehículos y/o equipos pesados.
c) Participar en el proceso de revisión de los reportes de investigación de los accidentes
incapacitantes y de los eventos de alto potencial relacionados a incidentes que
involucrenavehículosy/oequiposocurridosdentroy/ofuerade nuestrasinstalaciones
e instalaciones del cliente.
d) Coordinar con la Gerencia del cliente, la baja, el cambio y/o compra de vehículos y/o
equipos de acuerdo a los requerimientos definidos en el presente RITRA.
e) Autorizarcualquiertrabajode modificaciónde lasvíasinternasasícomolostrabajosde
modificaciónde lasestructurasde losvehículosy/oequipospreviaevaluaciónde riesgo
y manejo del cambio.
f) Establecer los turnos y jornadas de trabajo diarias dentro y fuera del local del cliente
con énfasis en los conductores y/u operadores de vehículos y/o equipos pesados, en
coordinación con el Jefe de seguridad.
g) Evaluar la implementaciónde rampas de emergenciasocarreteras de alivioenlasvías
y caminos en las áreas operacionales del cliente.
Artículo 7°. Del Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional de la Empresa Consorcio
San Rafael.
a) Promoverel cumplimientodel presente RITRA porparte de lostrabajadoresde Consorcio
San Rafael y de las empresas contratistas y/o proveedores.
b) Desarrollar campañas de difusión, comunicación, socialización y capacitación de los
trabajadores en el presente RITRA.
c) Mantener un registro actualizado de los incidentes que involucren vehículos y equipos y
liderar el proceso de investigación de todos los incidentes que involucren vehículos y
equiposque ocurran dentroy/o fuera de las instalacionesdel cliente yhacer seguimiento
a las acciones correctivas establecidas en los procesos de investigación.
d) Asegurar el desarrollo de la prueba de alcohol y drogas, así como el test de fatiga y/o
somnolencia después de un accidente de tránsito al conductor del vehículo y/o equipo
involucrado, en el Tópico de la unidad del cliente o centro médico del cliente.
e) Verificarel cumplimientode lasevaluacionesde aptitudmédicaycalidadde sueñoparalos
conductores de vehículos de transporte de materiales peligrosos y operadores de
camionetas.
f) Promover el desarrollo de operativos de seguridad vial tales como la verificación del
formato de inspección de pre-uso de vehículos, uso de cuñas y/o tacos, estado de las
llantas, controles de velocidad, controles de alcohol, uso del cinturón de seguridad, etc.
dentro y/o fuera de las instalaciones del cliente y/o proyecto.
g) Asegurarel desarrollodelcontrol de alcoholde losconductoresde vehículosde serviciode
transporte de materialespeligrososprevioal iniciode su servicio,yasea dentroy/o fuera
de las instalaciones del cliente.
h) Establecer mecanismos para el control de la velocidad de los vehículos y definir las
velocidadesmáximas,prioridadde pase,etc. para lasvías y caminos dentroy fuera de las
instalaciones del cliente y/o proyecto.
i) Asegurarel desarrollodel programa de capacitación y entrenamientode losmiembrosde
la brigada de emergencia para la atención adecuada y para el control oportuno de los
accidentes de tránsito.
j) Asegurar el desarrollode inspecciones formales trimestrales del estado de las principales
vías o caminos internosy externosalas instalacionesdel cliente y/oproyecto,verificando
los aspectos de seguridad de los elementos/cables aéreos que cruzan las vías.
k) Desarrollar actividades de reconocimiento y promoción de la seguridad vial y de los
comportamientos seguros al conducir, dirigido a los conductores y operadores de las
diversas áreas y empresas.
l) Desarrollar inspecciones y/o visitas a los lugares destinados como habitaciones de los
conductores de vehículos de transporte de personal, de conductores de camiones y
operadores de equipos críticos.
m) Establecerlasaccionesdisciplinariasporel incumplimientoalasdisposicionesestablecidas
en el presente RITRA, en coordinación con el Supervisor del trabajador infractor.
n) Tramitar los permisos internos de conducir,verificando el cumplimiento de los requisitos
establecidos en el presente RITRA y llevar el registro de los trabajadoresque cuentancon
dicho permiso. Autorizar la cancelación temporal o indefinida del permiso interno de
conducir por motivos de incumplimientos de las normas de seguridad vial.
o) Evaluar y autorizar las modificaciones a las estructuras de los vehículos previo análisis de
riesgo y cumplimiento del proceso de manejo del cambio establecido.
p) Establecery asegurar el cumplimientode lasdisposicionesparael uso de vehículoescolta
para el tránsito al interior y fuera de las instalaciones del cliente y/o proyecto para:
i. Camiones de transporte de sustancias químicas peligrosas.
ii. Camiones de transporte de concentrado
iii. Camiones con carga sobre dimensionadas
Artículo 8°. Del Líder responsable de la Seguridad Patrimonial
a) Desarrollar las pruebas cualitativas de alcohol en las garitas de control de ingreso a las
instalacionesdel cliente,asícomo dentroy/o fuerade la mismacon total autonomía y sin
distinción jerárquica.
b) Verificar que el vehículo y conductor que ingresan a las instalaciones del cliente cumplan
con las disposiciones de seguridad establecidas en el RITRA, no permitir su ingreso si la
personay/ovehículoincumple lasdisposicionesde seguridadydaravisode inmediatoasu
jefe respectivo.
c) Apoyar en los operativos de seguridad vial a solicitud del Superintendente y/o Jefe de
Seguridad y Salud del cliente.
d) Mantener una lista actualizada del personal con acciones disciplinarias por el
incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente RITRA y no permitir el
ingreso a las personas no autorizadas.
Artículo 9°. De los administradores de los contratistas.
a) Apoyaren la determinaciónyaplicaciónde lasmedidasdisciplinariasal trabajadorque
incumplió el presente RITRA de acuerdo a Cuadro 11 de “infracciones y sanciones” en
coordinación con el Supervisor del trabajador involucrado.
b) Incorporar en el curso de inducción general, curso de re-inducción o repaso anual y
manejo defensivo, la información resaltante referente al presente RITRA.
c) En coordinacióncon el Jefe de SeguridadySaludOcupacional asegurarel desarrollode
los cursos de “manejo defensivo” y los cursos requeridos para operar vehículos y
equipos.
d) Asegurarla entregade losRITRA a los conductoresymantenerlosregistrosde entrega
y la participación de los trabajadores en los cursos y sesiones de difusión el presente
RITRA.
e) En coordinación con el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional desarrollar
inspecciones y/o visitas a los lugares destinados como habitaciones para los
conductores de los vehículos de transporte de materiales peligrosos, conductoresde
vehículos en general.
Artículo 10°. Del Jefe y/o Líder responsable de Mantenimiento de la Empresa y
Contratista
a) Asegurar que los vehículos y/o equipos tengan documentación vigente de haber
aprobadolaVerificaciónTécnicade Vehículosy/oEquiposMotorizadosafinde asegurar
que estoscumplancon losrequisitosde seguridadestablecidosyautorizarsuingresoa
las instalaciones del cliente.
b) Manteneractualizadalalistade vehículosyequiposautorizadosaoperardentrode las
instalaciones del cliente.
c) Inspeccionar los talleres de servicio (lavado, recarga de aire, cambio de llanta, etc.),
mantenimientodevehículos yequiposencoordinaciónconel responsablede Seguridad
y Salud de su respectivas Empresa.
d) Verificaryasegurarque losvehículoscuentenconel CertificadodelaInspecciónTécnica
Vehicular.
e) Auditary/overificarel cumplimientodelplandemantenimientopreventivoestablecido
para los vehículos y equipos de su respectiva empresa.
f) Asegurarque se cuente conlosdispositivosde seguridadyrepuestosparalosvehículos
y/o equipos en los talleres de mantenimiento.
g) Autorizarque laactividadde remolquey/otransportede vehículosoequiposse efectúe
envehículosy/oequipoapropiadoscomocamabaja, grúas,etc.;ellopreviaevaluación
de riesgo y autorización del responsable de Seguridad y Salud.
h) Asegurarque losconductores,operadores,vehículosyequiposde ConsorcioSanRafael
cuentenconlossegurosexigidosporlasdisposicioneslegalesydel cliente(SCTR,SOAT,
Segurocontraaccidentesyresponsabilidadcivil)ylosCertificadosdeInspecciónTécnica
Vehicular vigentes.
Artículo 11°. Del Jefe y/o Administrador de Contrato de la Empresa y Contratista
a) Asegurar que las empresas contratistas y proveedores de Consorcio San Rafael y/o
proyecto reciban el presente RITRA y que lo difundan a todos sus trabajadores y
evidenciar esto mediante registro de participación en la difusión.
Artículo 12°. De los Supervisores y Líderes de grupo
a) Asignarconductoresuoperadores,asícomolosvehículosy/oequiposmotorizadosque
cumplan los requisitos establecidos en el presente RITRA.
b) Reportar al responsable de Seguridad y Salud Ocupacional cualquier incidente de
tránsitoo con equiposy/otoda oportunidadde mejoradetectadae informadapor sus
trabajadores en relación al presente RITRA.
c) Autorizar a los trabajadores de su área que requiere contar con el permiso interno de
conducir y coordinar su participación en los cursos establecidos para obtener dicho
permiso.
d) Asegurar que los conductores y operadores asignados por primera vez a las áreas
operacionalesparticipenenelcursodel RITRA del clienteyparticipenen el recorridode
reconocimientoyacompañamientomínimode siete (07) días asistidosparaconduciru
operar vehículos y/o equipos pesados en las áreas operacionales.
e) Efectuar el reporte rápido -Flash Report- de todo incidente de tránsito que involucre
vehículos y/o equipos bajo su responsabilidad y participar en la investigación del
incidente.
f) Acompañar al Tópico al conductor u operador de su área de responsabilidad para la
prueba de detección de alcohol y/o drogas después de todo incidente de tránsito. En
caso de que la prueba del alcohol arroje positivo, se deberá repetir la prueba ante la
presencia de autoridad policial-preferentemente-, en caso de confirmarse positivose
deberásolicitarala policíaque emitaunacta donde se deje constanciadel mismoy no
permitirque el trabajadorcontinúe conduciendo u operando un vehículo y/o equipo.
g) Desarrollar periódicamente charlas respecto al presente RITRA.
h) Verificarel usode loscuadernosde registrode la listade verificaciónde inspecciónde
pre uso de los vehículos.
i) Respetarel Derechoa Decir No ejercidoporlosconductoresy/uoperadoresy verificar
la condición de riesgo a la vida; en caso de que la situación lo requiera, establecer las
accionesde control y asegurarque estasituaciónse haya eliminadoantesde re-iniciar
la actividad.
j) Hacer inspecciones aleatorias a los vehículos y equipos para verificar el cumplimiento
de las disposiciones establecidas en el presente RITRA.
k) Coordinar con la gerencia o con quien designe la implementación de la medida
disciplinaria al conductor y/u operador que haya incumplido alguna disposición del
presente estándar.
l) Monitorear el comportamiento de los conductores y operadores asignados a su área
estableciendo acciones de reconocimiento y/o acciones correctivas para los desvíos a
los comportamientos seguros detectados.
Artículo 13°. De los conductores
a) Cumplir con las disposiciones establecidas en el presente RITRA.
b) Antes de iniciar la conducción de un vehículoreciénasignado o al iniciode la jornada,
realizar la verificación de las condiciones mediante la “vuelta de gallo”.
c) Verificarel cumplimientode losrequisitosde seguridadparalos vehículosy/oequipos
asignadoasuresponsabilidad.Verificacióndelvehículoantesde laconducción,verificar
todaladocumentación del vehículo,portarsuPermisoInternode ConducirysuLicencia
de Conducción emitido por el MTC.
d) Asegurar el cumplimiento de los requisitos de seguridad para conducir y/u operar
vehículos y/o equipos. Considerar las disposiciones emitidas en las Políticas de
Ambiente de Trabajo Libre de alcohol y Drogas y Política de Prevención de accidentes
por Causa de Fatiga y Somnolencia de Consorcio San Rafael.
e) Cumplir con las reglas de seguridad vial dentro y fuera de la Unidad.
f) Conducirel vehículodesde el punto de origenhasta el destinofinal de manerasegura,
evitando accidentes, lesiones y daños a la propiedad
g) Ser responsable por su seguridad y comodidad, así como la de sus pasajeros
h) Asegurarse de que la documentación del vehículo esté en orden y vigente.
i) Llevara cabo el mantenimientode rutinaylasrevisionesdel equipamientodelvehículo
asignado, antes de las operaciones (Ver Anexos 02).
j) Pasar cuando se le solicite pruebasaleatoriasde drogasy alcoholemia,lanegativaserá
considerado como caso positivo.
k) Notificara su supervisordirectosi estáenfermoobajo tratamientomédicoque puede
afectar su rendimiento.
l) Respetar las indicaciones del personal de Seguridad y Salud Ocupacional y de los
Agentes de Seguridad Patrimonial.
m) Reportar condiciones anormales o inseguras antes de iniciar el turno de trabajo
n) Reportar a tiempo los incidentes relacionados con la conducción de vehículos.
o) Ejercer su derecho a negarse a conducir un vehículo y/o operar un equipo, cuando
considere inseguralaoperacióndel mismoo ponga en riesgosu vidao la vidade otras
personas (Derecho a Decir No).
p) No mover el vehículo hasta que todos los pasajeros tengan puestos sus cinturones de
seguridad
q) El máximonúmerode horasde conducciónenel turnode trabajono deberáexcederlo
indicado por el MTC. Por cada 2 horas de conducción continua, el conductor debe
descansar 15 minutos como mínimo.
r) Para viajes largos, se debe considerar un segundo conductor de acuerdo al DS.
040:2011-MTC art. 42.1.23.
s) Llenarel cuadernode registrode lalistade verificaciónde inspecciónde pre usode los
vehículos.
t) Los equiposde protecciónpersonal que deberáusarel conductoruoperadorde equipo
motorizado deberán estar en buenas condiciones.
u) Los conductores que salgan fuera de las instalaciones del cliente, con destino a otros
lugaresaledañosque traspasenla garita de control,deberánportar el pase autorizado
por el responsable autorizado de área y Recursos Humanos y el conductor portara su
licencia del MTC.
v) Sugerir mejoras en relación al mantenimiento de vías, señalización y todo aquello que
contribuya a optimizar las condiciones de tránsito.
Artículo 14°. De los Peatones
Los peatones tienen derecho de pase frente a cualquier vehículo, soloen los cruceros y pasos
peatonales.
a) Los peatones deberán cruzar una vía solo si el conductor del vehículo o equipo haya
notado de la presencia de los peatones.
b) Los peatones deberán esperar el paso del vehículo, salvo que el conductor detenga
completamente el vehículo para cederle el pase.
c) El cruce de una vía solo deberá realizarse por los cruceros peatonales.
d) Los peatonesconusofrecuentede crucespeatonalesodesplazamientosenlugarescon
mucha carga vehicular,deberánusarprendasreflectivasparasufácil identificaciónpor
el conductor.
e) Cuandoel peatóntransite porlugarescercanosa equiposde líneaamarilla(conpuntos
ciegos amplios), el peatón deberá asegurarse que el vigía o personal de piso haya
comunicado al operador del equipo sobre su intención de pase.
f) Nunca cruzar por detrás de un camión o equipo que está retrocediendo o en posición
de retroceso, solo un vigía o cuadrador en labores de descarga y previa coordinación
radial con el operador del equipo mayor.
Artículo 15°. De los Pasajeros
a) Para transporte de personal, el pasajero deberá respetar las normativas de horario,
lugares de abordaje, las indicaciones de los vigías y personal encargado.
b) Todos los pasajeros están obligados a llevar abrochado el cinturón de seguridadantes
de que el vehículo se encuentre en movimiento.
c) El pasajero deberá permanecer sentado en el interior del vehículo mientras este se
encuentre en movimiento.
d) El pasajero deberá mantener una conducta segura hacia el conductor y los demás
ocupantespara evitardistraccionesal conductor.Considerarlasdisposicionesemitidas
en las Políticas de Ambiente de Trabajo Libre de alcohol y Drogas y Política de
Prevención de accidentes por Causa de Fatiga y Somnolencia.
e) Deberá mantener orden y limpieza en el vehículo,y no dejar residuos en los asientos,
pasillos y compartimientos del vehículo.
f) Está prohibido fumar dentro del vehículo.
g) Es obligatorioque lospasajerosportensufotochekal momentode abordarunvehículo
de transporte de personal.
h) Para desplazamientos en buses y mini buses, no está permitido el uso del asientodel
copiloto, salvo autorización expresa del personal de Seguridad y Salud.
i) Los pasajeros pueden solicitar que el vehículose detenga en caso de que el conductor
está infringiendo las normas de seguridad establecidas.
j) Los pasajeros no deben pedir al conductor que exceda los límites de velocidad.
g) CLASIFICACIÓN DEL TRÁNSITO EN LAS ÁREAS DEL CLIENTE.
Cuadro 4: Clasificación del tránsito en las areas del cliente
Tránsitodentrodela
UM San Rafael
OperacionesMina(Subterráneo)
OperacionesMina (Superficie)
ZonaIndustrial
Áreas Comunes
Tránsitofueradela UM
San Rafael
TránsitoacampamentosdeEmpresas
Contratistas
Tránsitoenruta largaparatransporte depersonal
Tránsitoenruta largaparaprocuray
abastecimiento
Tránsitoen ruta largaparatransporte de
concentrado
Artículo 16°. Generales, en las instalaciones de UM San Rafael
A menosque indique enotraparte del RITRA,opor la señalizaciónuotroscontrolesde
tránsitoenel sitio,lasnormasde tránsitodentrode las instalacionesdel cliente se alinearána
lasLeyesy reglamentosnacionalesque se aplicanenlasvías públicasycarreteras.
Artículo 18°. Área de Operaciones Mineras Superficie
a) Los vehículosyequiposajenosalasoperacionesensuperficie debenserautorizados
por el responsable de Planta,MinaoGeología,quienadoptarátodaslasprecauciones
que se requierade acuerdoal recorrido.
b) El desplazamientoconlaslucesencendidasesobligatorioentodomomento.
c) Todo vehículooequipoque ingrese al áreade proyectosdeberáhacerlodotadode un
equipode radioportátil (handyenlafrecuenciade operaciones),lacual debe
mantenerse encendidatodoel tiempoque permanezcandentrodeláreade
operaciones.
d) Es obligatorioparatodoconductor u operadorel usode losequiposbásicosde
protecciónpersonal al ingresarala zonade operaciones,tantodentrocomofueradel
vehículooequipo,al abandonarel equipoovehículolaspersonasdeberánvelarpor
que la prendade vestireste dotadade elementosreflectivos.
e) Por ningúnmotivose podrávaciarun camiónde acarreo en lachancadora primariasi
no se cuentacon autorizacióndel operadorde lachancadora.
f) Todo vehículoque se detengaenunainterseccióndetrásde uncamiónvolquete o
equipopesadotieneque ubicarse aunadistanciamínimade 50 metros,estadistancia
aumentarácuandose ubique enunapendiente.
g) En aquellasoportunidadesque el conductoruoperadortengalavisibilidadrestringida
ya seapor la topografíadel terreno(Curvas,bancos,y/ocerros),condiciones
ambientales(polvoensuspensión) y/ocondicionesclimáticas,(neblina,lluvia,nevada),
debe procederconmáximaprecaución,reducirlavelocidadmenosde loque indicalos
letrerosyhacer sonarla bocinasi fueranecesario.Enla noche debe hacercambiode
lucespara anunciarsu presenciaaotros conductoresuoperadores.
h) En todo momentolosoperadoresde equiposlivianosdebenevitarubicarse enlanube
de polvogeneradaporel equipoque loantecede.
i) Durante el desarrollonormal de lasoperacionesesresponsabilidaddelSupervisorde
operacionesdel áreade trabajomanteneractualizadalaseñalizaciónde todaslasvías
endonde existatránsitode equiposyvehículos.
j) Todo vehículoal serestacionadoenzonasde trabajode losequiposde carguío debe
hacerloa no menosde 50 metrosde distanciadel áreaenque estosse encuentran
trabajando.
k) Los conductoresde equiposde servicio(camióncisternade agua,abastecedorde
combustible,camiónlubricadoryde mantenimiento,etc.) que debanatenderequipos
de producción,sólopuedenhacerlocuandoel equipode produccióneste detenido
completamente(contacosy conospuestos) yel conductoru operadorautorice que
puedenacercarse.
l) Está estrictamente prohibidoel tránsitode personasapie enlasvías principales.Si por
requerimientosoperacionalesdebapermanecerencualquiervíade la Unidadse hará
solocon controlesde vigíasy señalizaciónde áreas,se debe comunicaral supervisor
de operacionesde superficie.
Artículo 19°. Zona Industrial
a) Los conductoresdeberánconsiderarque solovehículosautorizadospueden
desplazarse enlazonaindustrial.
b) Se deberárespetartodaslasseñalizacionesde seguridadvial ycontrolarlas
velocidadesporpresentarespaciosreducidosolimitadosparamaniobra.
c) El ingresode camionesde transporte de materialesylogísticadeberánestar
previamenteautorizadosporlosresponsablesde logística.
d) Los desplazamientosde equiposlíneaamarilla,equiposde izaje concargas,cisternade
ácidosulfúricodeberánserescoltados.
REGULACIONES DE TRÁNSITO DENTRO DE LA UM SAN RAFAEL
Artículo 20°. Requerimientos del Vehículo (liviano, transporte de personal y
pesado)
a) Los vehículosdeberáncumplirconlosrequisitosque el MTChace referenciaenla
DirectivaN°002-2006-MTC/15, ClasificaciónVehicularyEstandarizaciónde
CaracterísticasRegistrablesde Vehículosrespectoala clasificacióndeltransporte.
b) Los vehículoslivianosypesadosque hayansidomodificadoestructuralmente o
mecánicamente de sufabricaciónoriginal deben iracompañadode unacertificacióndel
fabricante del equipooriginal que certifiqueque talesmodificacionesnopondránen
peligroel funcionamientosegurodel vehículoni afectaránsurendimientodurante su
operaciónnormal.
c) Los vehículosdebencumplirconlosrequisitosactualesde inspecciónde vehículosdel
MTC y losproveedoresde vehículosdebenestarpreparadosparapresentarpruebas
del mismo.
d) Revisióntécnicavehicular(RTV) se realizaránenloscentrosautorizadosporlaDRTC
(DireccionesRegionalesde TransportesyComunicaciones - MTC) y se debe hacersobre
una base trimestral.
e) La documentacióndel vehículoySegurovigentesse exige (paramostrarenlospuntos
de control):
i. Pólizade segurode responsabilidadcivil contraterceros,mínimoporun montode
$US 100,000.00 (camionestantoparatractos como para carretas).
ii. SOATVigente.
iii. Tarjetade propiedaddel vehículo.
iv. Segurode la carga en caso aplique.
v. Tarjetade circulaciónemitidaporel MTC en caso aplique.
vi. Certificadode Inspeccióntécnicavehicularencasoaplique
La documentaciónde losvehículoscríticos,adicionalmente alosdocumentosexigidosenel
ítem anteriorse exige:
Cuadro 5: Documentación exigida a los vehículos críticos
Camiónvolquete,camionesde
trasladode materiales
• Certificado de operatividad
• Historial de mantenimiento
• Seguro para Equipo de Contratistas (TREC)
• Certificadode habilitaciónvehicular - transporte
terrestre de mercancíasen general.
Camionescisterna(hidrocarburos,
ácido,MATPEL)
• Certificado de operatividad
• Certificado de prueba de hermeticidad (válido 1 año)
• Seguro para Equipo de Contratistas (TREC)
• Certificadode habilitaciónvehicular - transporte
terrestre de mercancíasen general.
Camionesgrúay equipos
motorizadosde izaje
• Certificado de operatividad (válido 1 año)
• Historial de mantenimiento
• Seguro para Equipo de Contratistas (TREC)
• Certificado de conformidad del fabricante en caso
aplique
Los vehículosutilizadosparael
transporte de explosivosyconexos
• Documentode visadoporSUCAMEC (RS N°255-2014) y
cumplimientode loestipuladoenDS-055-2010-EM.
f) Los vehículos ligeros no excederán los cinco (05) años de antigüedad o en más de 100
kilómetros de recorrido desde la fecha de fabricación.
g) Todo vehículolivianoy pesadodebe de contarcon el “cuadernode registrode
inspecciónde pre-uso”,asícomolosregistrosde losmantenimientospreventivos.
h) Los buses y vehículos pesados no deben tener más de cinco (05) años o en más de 100
kilómetros a partir de la fecha de fabricación.
i) La antigüedadpermisibleparaequiposlíneaamarillaesdiez(10) añoso 50,000 horas
máquinatrabajadasa partir de la fechade fabricación.
j) Todo vehículo pesado y equipo asignado a las labores subterráneas debe contar con el
registro mensual de medición de gases de combustión.
k) Todo vehículo de transporte de personal de las categorías M1 y M2-Clase III según DS
058-2003-MTC debe contar con jaulas de seguridad que se detallan en las
especificaciones técnicas de jaulas de seguridad. Anexo 07
l) Los vehículos deben estar al día con el mantenimiento preventivo de acuerdo a su
kilometraje / horas de operación.
m) Todos los asientos deberán contar con cinturones de seguridad, los cualesdeben estar
en uso cuando el vehículo está en movimiento (cinturones y encroches habilitados).
n) El vehículo no podrá circular hasta no tener toda la documentación requerida.
o) La profundidad mínima permisible de los neumáticos de rodadura de los vehículos
admitidosenUM San Rafael seráel especificadoporel MTC (referenciade 4 milímetros
mínimopara neumáticosAT/ MT de vehículoslivianos).Dichaprofundidadde labanda
de rodadura debe ser uniforme en todo el ancho del neumático. Un desgaste irregular
será causa de mantenimiento o cambio del neumático.
Frenos ABS (sistema de antibloqueo de ruedas) Si
Bolsas de aire de seguridad (Air Bag) para cada asiento delantero Si
Extintor (Camionetas 2 Kg, buses 4 Kg, Camiones 6 Kg) Si Si (*)
Botiquín de primeros auxilios Si Si
Llanta/rueda de repuesto Si Si
Herramientas básicas para el cambio de las llantas/ruedas Si Si
Linterna Si Si
Cable para carga de baterías Si Si
Tacos/cuñas, mínimo dos (02) Si Si
Dispositivos de traba tuercas en cada llanta/rueda. Si
Cinta reflectiva adosada en los lados laterales y en la parte posterior
del vehículo.
Si Si
Alarma de retroceso. Si Si
Faro pirata de retroceso, activado directamente con cambio en
retroceso.
Si Si
Sistema de protección contra volcadura en las camionetas pick up
(interna y externa), minibuses y vans (interna).
Si Si
Sistema de monitoreo GPS y/o de registro de velocidad para los
vehículos del servicio de transporte de personal y/o el servicio de
escolta de camiones.
Si
Radio de comunicación y/o teléfono satelital para trabajos en áreas
remotas donde no haya alcance de la señal de radio y/o telefonía
celular.
Si (**)
Circulina o luz estroboscópicas. Si Si
Escalera de acceso, barandas y pasa manos. Si
p) Cada vehículodebe contarconunacopiadel Plande RespuestaaEmergencia (aprobado
por su respectivaGerenciade Empresa) relacionadoa laborde desplazamiento,carga y
descarga.
q) Camionetas deberán contar con estructura de protección contra volcaduras ROP
completa (cubriendo los asientos delanteros y posteriores), también barra anti vuelco
exterior con configuración de anclaje al chasis.
El transporte de personal considerarálacapacidadmáximade pasajerosindicadaenlatarjeta
de propiedad.Enningúncasohabrá transporte de personasjuntocon carga.
Artículo 21: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos.
Cuadro 6: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos
Detalle
Vehículo liviano y
de transporte de
personal
Vehículo pesado /
línea amarilla
Conos de seguridad, mínimo dos (02) Si Si
Triángulos de seguridad, mínimo dos (02) Si
Cinturón de seguridad en cada asiento (los asientos delanteros
deben tener cinturón de seguridad de tres puntos).
Si Si
Apoya cabeza en cada asiento. Si Si
Letreros de advertencia portátil para delimitar áreas durante
operaciones.
Si (***)
Cable de acero para remolque Si
01 pala, 01 pico Si Si
(*) Camionetas y van deberán tener extintor PQS, tipo ABC, de 2.5 Kg como mínimo. Buses deberán tener extintor PQS, tipo ABC de 4 Kg. Vehículos que transportan material
inflamable como cisternas de combustible o hidrocarburos deberán seguir las instrucciones del MTC y Norma NTP 833.032 dependiente del tonelaje de carga e inflamabilidad
(más de 2 extintores).
(**) Exigido para vehículos de transporte de MATPEL y carga crítica.
(***) Exigido para vehículos pesados y línea amarilla: “cuidado, equipo en movimiento”, “cuidado, proyección de partículas”, etc.
Artículo 22°. Empadronamiento de vehículos y equipos
a) Para confirmar la preparación del vehículoy que cuente con toda la documentación e
implementos de seguridad requeridos, al ser calificados como aptos por parte del
representante de Seguridad y Salud del cliente y/o Empresas Contratistas se colocará
un Sticker que autorizará su circulación en la UMdel cliente.
b) El procesode calificaciónde vehículosaptosesmediante Stickers,se re evaluarácada6
meses.Cuandoingrese unvehículonuevo,el responsabledel áreaocontratistadeberá
gestionarlacolocacióndel Sticker.Encasode que unvehículose retirede serviciospara
el cliente,losresponsablesdeberánentregarel Stickeral áreade SeguridadySaluddel
cliente.
c) Los vehículos y equipos deberán contar con un número o código de identificación
ubicados en los laterales y en la parte trasera.
Lamina protectora contra impacto en los parabrisas y ventanas. Si
Estructura de protección contra volcadura (ROPS) interna completa y
barra anti vuelco externa.
Si Si
Estructura de protección contra caída de objetos (FOPS) Si
Sistema de aire acondicionado y limpia parabrisas. Si Si
Dispositivo para el bloqueo de la energía del equipo pesado cuando
se tenga que efectuar mantenimiento.
Si
Código de identificación interno de los vehículos y/o equipos
asignados a trabajar en las áreas operacionales, logo de la Empresa.
Si Si
Artículo 23°. Requisitos Comerciales
a) Los vehículoslivianosode transporte de personal deberánllevarevidenciaescritade la
póliza de seguro vigente con cobertura para el conductor, los pasajeros (según
corresponda) ycontraterceros.Tengaencuenta,sinembargo,que aunquelacobertura
mínimarequeridaporel MTC esde 100,000 USD para dañospersonales ymateriales,el
cliente asu discreciónpuede requerircoberturaadicional,dadalanaturalezade loque
está transportando, el perfil de riesgo y otros criterios.
b) Una copia de la pólizade seguroaplicable debe mantenerse conla documentacióndel
vehículo.
c) Nombre de la Aseguradora y la información del bróker debe estar en el vehículo y
colocado en un lugar visible, en caso de respuesta ante un accidente de tránsito.
d) Se desarrollarán visitas de inspección programadas a fin de seleccionar aquellosque
cumplancon los requisitosde lasdisposicionesgeneralesdel cliente yformenparte de
la lista de proveedores de confianza del cliente.
Artículo 24°. Prácticas Prohibidas
a) Usar el vehículo si detecta alguno de los puntos de la lista de verificación como
incompleto o faltante.
b) La instalación de objetos que obstruyan la visión de las placas o la identificación del
vehículo desde los ángulos de visión normales.
c) La instalaciónde “mataperros”uotrosaccesoriosenlaparte delanterade lacamioneta
d) El uso de neumáticos vulcanizados en los vehículos de transporte de personal y para
unidades de carga pesada en las llantas delanteras que articulan con la dirección.
e) El númerode pasajerosse limitaráestrictamenteal númerode asientosconcinturones
de seguridaddel vehículo.El conductornoarrancarael vehículosi cualquierpasajerono
se ha abrochado el cinturón de seguridad.
f) Conducir vehículos para actividades operacionales o de trabajo que presenten
abolladuras, roturas o desperfectos en su estructura.
Artículo 25°. Transporte de Carga en General:
Consorcio San Rafael seguirá los requerimientosdel MTC para el transporte de materiales y
equipos de un lugar a otro en las instalaciones. La excepción a esta regla es el transporte de
cargas sobredimensionadas, la cual se realizará de acuerdo al equipo disponible de Consorcio
San Rafael,y por lo tanto los serviciosseránprestadosal cliente de acuerdo a especificaciones
y requerimientos. El movimiento estará dirigido bajo un plan de transporte detallado, los
requisitos del mismo se especificaran en el contrato con el cliente.
Comentarios generales:
a) Los vehículos de transporte de carga deben mantener una distancia mínima de 3 m
entre la parte superior de la carga y los cables de alta tensión bajo las cuales viaja.
b) El material transportado no debe exceder la longitud del vehículo de carga, en casos
especiales, se permitirán excepciones, con una evaluación de riesgos específico,
planificación y el apoyo de escoltas, vigías y carteles de advertencia.
Los desplazamientosde equiposomaterialesde unlugar a otro enlas instalacionesdel cliente
requerirán coordinación con el Gerente de Operaciones, Seguridad y Salud, Seguridad
Patrimonial, y las áreas operativas afectadas. La comunicación es la clave.
9. REGLAS GENERALES DE CIRCULACIÓN Y TRANSITO DENTRO DE LAS
UNIDADADES DE LOS CLIENTES.
Artículo 26°. Reglas de Derecho de Paso
a) En todos los casos. NO COMPETIR por el Derecho de la vía. La cortesía es siempre la
mejor opción.
b) Los peatonesy losanimalestienenel derechode pasoen la vía públicay en dentrode
la Unidad.
c) Los vehículosde emergenciatendránel derechode pasoencasode emergenciacuando
estén utilizando las luces y la sirena.
d) Los vehículos pesados y vehículos de producción tienen el derecho de paso sobre los
vehículos livianos y vehículos de apoyo en todos los casos.
Cuadro 7: Prioridad de paso dentro de las instalaciones del cliente.
1 2 3 4 5
Ambulancia y
vehículos de
emergencia cuando
están encendidas la
sirena y luces
Camiones
volquete
Vehículos sobre
ruedas y orugas
(remolques,
plataformas,
tractores, etc.)
Vehículos cisternas
(de hidrocarburo, de
ácido), Camiones
grúa.
Vehículos livianos y
de transporte de
personal
Cuadro 8: Cuadro 8. Derecho a pase para Vehículos con igual prioridad.
1 2 3 4
En las intersecciones: el
vehículo que se encuentra
a la derecha tendrá el
derecho de paso.
El vehículo que sube tiene
prioridad de paso con
respecto al que baja.
Cuando se desea ingresar
a una vía se debe ceder el
paso al vehículo que viene
circulando.
En un vía en donde
transiten por carriles
opuestos el vehículo que
intente voltear a la
izquierda deberá ceder el
paso al vehículo que viene
en dirección opuesta.
e) Los cambios de carril y giros en U ceden el paso al resto de vehículos y peatones.
f) Los conductoresde vehículoslivianosdebentenerpresente que el equipopesadotiene
preferencia. La distancia mínima entre un vehículo liviano y un equipo de producción
seráde 25 metros,seapordetrásodelantedelequipo,si necesitaadelantaraunequipo
pesadodeberáasegurarse de que el operador de solicitarautorizaciónal operadordel
mismo,utilizandolafrecuenciade radiocorrespondiente a operaciones del proyecto.
Artículo 27°. Señales de Transito
a) La señalización que se utilizará en el Consorcio San Rafael, ya sea informativa,
regulatoriaode advertenciadebe estardiseñadayfabricadaenbase alaNormaTécnica
Peruana (NTP 399.010-1:2004 SEÑALES DE SEGURIDAD: Colores, Símbolos, Formas y
Dimensiones de Señales de Seguridad - i).- RM 210-2000-MTC /15.02 Manual de
dispositivos del control del tránsito automotor para calles y carreteras.).
b) En toda vía en construcción o mantenimiento, que afecte la circulación normal, se
deberá colocar dispositivos de control (letreros de advertencia de paso restringido,
conos,caballetes,hombrestrabajando,semáforos,cintasrojas,amarillas),conel finde
guiar la circulación vehicular y minimizar los riesgos asociados a estos trabajos.
c) Solo el supervisor responsable del área podrá autorizar retirar una barrera que cierra
una vía.
d) En condiciones de neblina o baja visibilidad se utilizarán dispositivos de control de
tránsito luminosos y de alta reflexividad.
e) Cuandose aproxime aun avisode “PARE” el conductordel equipolivianoy/ooperador
de equipo pesado, debe detener su vehículo cumpliendo con la regla de los tres
segundos;contarmil uno,mil dosmil tres,tocardostoques de bocinayasegurarse que
al cruzar la vía esté totalmente libre, antes de iniciar la marcha.
Artículo 28°. Vehículos Livianos y Vehículos de Servicios
a) Límite de velocidadenlas carreterasy accesos de la UM del cliente (amenosque este
señalizado): 40 Km/h.
b) Al conducirvehículoslivianosencarreterasnopavimentadasse debe utilizartracción4
x 4 (4H) y siempre que los caminos pavimentados estén húmedos,o cubierto por la
nieve, granizo u otros elementos en los que su uso es necesario.
c) Evitar estacionarse en los puntos ciegos de los equipos pesados, ya sea en
funcionamiento o detenidos. Hacer contacto visual con el operador.
Artículo 29°. Vehículos de Carga & Camiones Volquetes
a) Límite de Velocidad: 30 Km/h (vacío), 25 Km/h (cargado)
b) Un vehículo liviano puede pasar a un equipo pesado si está autorizado.
Artículo 31°. Precauciones Generales
a) No está permitido conducir un vehículo si no cuenta a la mano con su licencia de
conducir (MTC) y el permiso interno de conducir vigentes.
b) Está prohibido transportar personas no autorizadas en los vehículos de la empresa.
c) Ningún vehículo o equipo podrá ser abandonado con la llave en el contacto y/o con el
motorencendidoysinlapresenciadel conductor,exceptoparaloscasos:i) de trabajos
de pruebas en los talleres de mantenimiento ii) para el personal y supervisoresque
realizanel iniciode disparosenlosprocesosde voladuraprimariaysecundariayparalo
cual se deberácontarconunaherramientade control de riesgocomoel IPERC,PETSy/o
ATS.Soloen laplayade estacionamientoautorizada, para el calentamiento del motor
d) No estápermitidoconducirunvehículou operar equipospesadosbajolainfluenciade
alcohol y/o drogas ni transportar o consumir bebidas alcohólicas y/o drogas, así como
beber o comer con el vehículo o equipo pesado en movimiento.
e) Ningúnvehículooequipose podrádejarestacionadoenlasáreasoperacionales,enlas
vías, enlasplataformas/frentes/áreasde trabajo,etc.,sinlascuñas/tacosde seguridad,
esta disposiciónestán exceptuados de cumplir losvehículos estacionadosen las zonas
de estacionamientooplataformas/frentes/áreasde trabajoquecuentenconunsistema
de prevención de desplazamiento de vehículos y/o equipos pesados.
f) Ningún vehículo ligero y de transporte de personal se podrá desplazar sin los
dispositivos de traba tuercas en sus llantas/ruedas.
g) Solo podrán viajar en los vehículos personas en sus respectivos asientos y asegurados
con sus respectivos cinturones de seguridad, no está permitido viajar sobre la
plataforma / tolva.
h) Ninguna persona podrá subir o bajar de un vehículo o equipo pesado cuando éste se
encuentre en movimiento, se debe esperar que el conductor detenga el vehículo o
equipo pesado para subir o bajar del mismo.
i) Los vehículos y equipos pesados deben transitar con las luces encendidas todo el
tiempo.
j) Al ascenderodescenderde unvehículoy/oequipopesadouse lostrespuntosde apoyo.
k) Los conductores y operadores están prohibidos de usar el teléfono celular cuando el
vehículo o equipo pesado que conduce se encuentra en movimiento, esta prohibición
incluye el uso de dispositivos de manos libres.
l) Al remolcar: el cable de remolque puede ser utilizado, sólo después de evaluar la
condición mecánica del vehículo, las características de la carretera, la longitud del
movimiento y si se requiere o no una barra de remolque.
m) El contacto y comunicaciónconel operadordel equipoesnecesariocuandose acerque
a menosde 50 m de los equiposde movimientode tierrasenfuncionamiento,esperar
la confirmación por parte del operador o supervisor responsable.
n) Solo se podrá subir a la plataforma y/o techo del vehículo o equipo pesado cuando el
motor esté apagado,los frenosde mano activadosy el conductor haya descendidodel
vehículo o equipo pesado y colocado las cuñas/tacos en las llantas/ruedas.
o) Solo los vehículos autorizados por la unidad minera y/o proyecto podrán transportar
explosivosy/odispositivosde voladura;del mismomodo,sololosvehículosautorizados
porla unidadmineray/o proyectopodrántransportarfuentesy/oequiposradioactivos.
p) No arroje residuos,materialesorestosde alimentosfueradel vehículo,deposítelosen
un recipiente y luego dispóngalos de manera segura y apropiada.
Artículo 32°. Uso de EPP dentro de vehículos y equipos
a) El uso de casco se debe considerar al desplazarse por áreas de trabajo; ante una
situación que amerite la salida de los ocupantes de un vehículo, estos deberán estar
listos con los EPP obligatorios correspondientes al área de trabajo.
b) Solo está exonerado el uso del casco cuando la persona se encuentre dentro de un
vehículo con cabina cerrada con desplazamientos por superficie y por áreas donde no
se desarrolle actividades de operaciones, mantenimiento o en construcción.
Artículo 33°. Actos Prohibidos
a) Conducir en el sitio sin el Permiso Interno de Conducir
b) No reportar un incidente de tráfico
c) Permitir conducir a personas no autorizadas
d) No utilizar lentes cuando así se prescribe
e) Noseguirlasinstruccionesdelpersonalde SeguridadPatrimonial (AgentesdeVigilancia)
f) Usar teléfonos celulares, auriculares, al conducir vehículos o maquinaria.
g) Extraer combustible de otros vehículos utilizando mangueras u otros aparatos
h) Almacenar y / o transportar combustible en contenedores no autorizados.
i) Operar un vehículo fuera de su “rendimiento extra”
j) Lavar vehículos en áreas no autorizadas
10. PERMISO INTERNO DE CONDUCIR (PIC)
Se espera que todos los empleados de Consorcio San Rafael que buscan conducir un vehículo
liviano se aseguren de tener el permiso Interno de Conducir (PIC). Tener en cuenta que se
requiere esta licencia para conducir dentro y alrededor de las instalaciones y proyectos donde
el Consorciorealicesusservicios.El transporte depersonalylosserviciosde transportede carga
fuera de las instalaciones del cliente serán normalmente realizadas por los contratistas, por lo
que los requisitos se especifican en los documentos del contrato.
Artículo 34°. Requisitos para obtener el PIC
Los candidatos deben cumplir con los requisitos que se detallan en el siguiente cuadro:
Cuadro 9: “Tabla de Requerimientos para los Conductores”.
Camioneta
d
5
Minibus
00
=5
CQ
Volquete
CisternadeaguaCamión
CisternadeSemitráilercamabaja
plataformacombustibleydeMATPEL
Semitráilercamabajaplataforma
Líneaamarilla-EquiposdeminaInforme médico ocupacional X X X X X X X X X
Examen psicosensométrico X (*) X X X X X X X X
Curriculum Vitae X X X X X X X X X
Aprobación de la inducción de ingreso “trabajador nuevo” (mayor a
70/100)
X X X X X X X X X
Para conductores de transporte de personal Mínimo 2 años de
experiencia comprobada en la categoría a la que postula. X X X X X X X X
Certificado de acreditación emitido por un instituto superior, 3
años de experiencia con la licencia MTC categoría A-1 y
tener como mínimo 24 años de edad.
X
Solicitud de PIC X X X X X X X X X
Copia de licencia de conducir vigente X X X X X X X X
Licencia AI (solo Supervisores) X
Licencia AII-A (edad Mínima 24 años) X
Licencia AII-B (edad Mínima 24 años) X X X
Licencia AIII-A (edad Mínima 24 años) X X X X
Licencia AIII-B (edad Mínima 24 años) X
Licencia AIII-C (edad Mínima 24 años)
Record oficial de conducir del MTC (un año de antigüedad
emitido por municipio de la dirección legal del conductor),
mínimo 2 faltas leves o 1 falta grave procesada.
X X X X X X X X
Curso de Pasajeros del MTC X X X
Entrenamiento en Manejo Defensivo (Certif) X X X X X X X
Curso de MATPEL básico X X X
Cusco de MATPEL especifico X
Curso de Cargas y Mercancías del MTC X
Certificado de Operador por entidad extern. X
Contar con SCTR vigente
Haber aprobado el curso del RITRA X X X X X X X X X
Haber aprobado el Curso de Manejo Defensivo (teórico /
práctico) de UM San Rafael (Supervisores o trabajadores en
general mayor a 70/100, Conductores u Operadores mayor a
75/100, Ingenieros de Seguridad mayor a 80/100).
X X X X X X X X X
a) Cada contratista deberá obtener una licencia interna emitida por el cliente y
llevará a cabo auditorías de estos procesos para asegurar el alineamiento con
estos requisitos y la eficacia.
b) Luego de cumplir con los requisitos de pruebas y documentación, el cliente
emitirá el PIC. Esta licencia califica al conductor para conducir de vehículos
livianos en toda las instalaciones del cliente (a menos que restricciones
específicas se apliquen en el lugar, o que otras se aplican en el momento de la
prueba),así como limitalosviajesfuerade las instalacionesalas comunidades
y zonasde influencia cercanas, si es requerido por las actividades del cliente.
Cuadro 10: Colores de identificación de Permisos Internos de Conducción por zonas
Código Zona Color
PIC-02 Superficie, zona industrial - dentro de la Unidad (vehículo ligero) VERDE
PIC-03 En Interior mina, Superficie y zona industrial(vehículo ligero) AZUL
PIC-04 En Interior mina, Superficie y zona industrial (vehículo pesado) NARANJA
PIC-05 Solo para equipos de línea amarilla AMARILLO
PIC-06 Equipo Pesado - interior mina CELESTE
PIC-07 Para transporte de personal fuera de la Unidad ROJO
Artículo 35°. Entrenamiento para obtención del PIC
a) La prueba de conocimientode los requisitos de este reglamento se llevara a cabo para
losnuevosconductoresqueestánsolicitandosuPIC –del cliente.Cadapostulante tiene
2 oportunidades para aprobar el examen teórico de manejo defensivo, en primera
instancia (Supervisores o trabajadores en general mayor a 70/100, Conductores u
Operadores mayor a 75/100, Ingenieros de Seguridad mayor a 80/100) de nota
aprobatoriay ensegundainstanciaconunadicional de +5% adicional respectivamente.
b) En el caso de no aprobar se deberá esperar un periodo de 1 mes para volver a
presentarse. La evaluación tiene una validez de 1 año.
c) Los postulantesaprobadosenel examende conocimientospasaránpor una evaluación
práctica, la cual se aprueba con una puntuación mínima de 80%. Los postulantes
aprobadosenambosexámenesestánaptospararecibirlalicenciade conducirinterna.
d) Los conductores de vehículos livianos y pesador deberán pasar anualmente el curso de
manejo defensivo con el fin de revalidar su autorización de manejo para la Unidad.
Artículo 36°. Certificados de conducción para otros tipos de equipos
Para otros tipos de equipos (equipos de producción o mantenimiento), la responsabilidad de
definirlascalificacionesparaobtenerlos certificadosde manejorecaeráen el Área del Cliente
(y/o Contratista) con la necesidad de tales servicios.
Artículo 37°. Validez del PIC
Losconductoresque hanabandonadolaunidadmineraporunperíodode 6mesesomás,deben
repetir la prueba para la obtención del PIC.
11.ESTACIONAR UN VEHÍCULO O EQUIPO
Artículo 38°. Acciones al estacionarse
a) Estacionar los vehículos de manera que no presenten riesgo para el personal u otros
equipos ni interferir el flujo de tránsito.
b) Estacionarse en reversa en las áreas de estacionamientoestablecidos, apagar el motor
del vehículo,engancharenprimera,conel sistemade frenode parqueoactivado(freno
de mano). Dejarlo en posición listo para salir.
c) Al estacionar vehículos de carga, los conductores siempre deben colocar las cuñas y
conos de seguridad.
d) Si por algunarazón el vehículooequipomóvil debe estacionarse enunáreadiferentea
la zona de parqueo, debe tener las luces de emergencia encendidas.
e) No está permitido estacionarse en una pendiente,con excepción de una emergencia o
prioridad operacional se deberá utilizar cuñas en las ruedas, o, alternativamente, girar
la rueda delantera hacia algún obstáculo que impida su deslizamiento (muro, berma,
laderade talud, etc.), y enganchar el vehículo en un cambio contrario a la pendiente.
f) Al estacionarvehículoslivianosenáreasde estacionamientoestablecidas,nose requiere
utilizar cuñas en las ruedas ni los conos de seguridad.
g) Cuando se necesite estacionar un vehículo en caso de emergencia en zonas no
autorizadas,activarlaslucesde emergenciayparquearsede tal maneraque puedasalir
hacia adelante, colocar el freno de emergencia, ubicar los conos de seguridad a 1.5 m
de distancia de las esquinas del vehículo, y comunicar al responsable de Seguridad.
h) Si el conductor requiere detener su vehículo en una vía principal o secundaria, deberá
hacerlo lo más lejos posible al lado derecho de la carretera en el mismo sentidode la
circulación,lomáscerca posible al muro,ylejosde curvas,crestasde loscerros,uotros
obstáculos visuales, lejos de la posibilidad de caída de rocas u otros riesgos.
i) Retirar la llave del contacto cuando el vehículo está estacionado y desatendido.
Artículo 39°. Restricciones para estacionar vehículos
No estacionarse:
a) Encurvas,bordesde bancos,límitesdeterraplén,enáreasconevidenciadequebraduras
o hundimientos,
b) Cerca de las salidas o cualquier manera que impide el tránsito
c) En una vía contraria a la dirección del tránsito.
d) En zonas restringidas, o zonas reservadas para equipos pesados
e) En las vías con bermas laterales. En caso emergencia o es urgente estacionarse, se
deberá desplazarse al carril derecho y no restringir el tránsito, se deberá buscar las
bermas de seguridad para estacionarse.
f) Detrás o en el punto ciego cerca de vehículos pesados.
i. Si por razonesoperativas,esnecesario,coordinarconel conductorde lamaquinaria
pesada antes de aparcar.
ii. Permitir realizar maniobras en caso de emergencia
g) Bloqueando equipos de lucha contra incendios, ambulancias o puntos de reunión de
evacuación.
h) Está prohibido el estacionamientode un vehículo liviano cerca de equipos pesados en
mantenimiento o reparación.
i) Pasar debajo una carga suspendida.
12.USO DE CLAXON
Artículo 40°. Uso de claxon, general
a) El claxonse utilizacomocontrolde riesgosparaadvertenciaapeatonesuotroconductor
(acercándose a cerros y curvas, peatones, animales).Bajoeste RITRA,el uso del claxon
se resolverá en su uso más prudente y cuando sea necesario.
b) Los conductoresmanejaranaladefensiva.Estosignificaque usarel claxonparaadvertir
al conductorsuaproximaciónaunavíade acceso,al acercarse aunacurvaciegaocresta
del cerro,nose puede asumirque seaeficaz.El conductordebe controlarlavelocidady
la visibilidad y asegurarse de que el camino está libre antes de continuar.
c) Se restringe el uso de claxon durante todo el día en las vías de campamento donde se
ubicanlos recintosde descansodel personal.Se cumpliránlasseñalesobligatorias“no
tocar claxon”.
Artículo 41°. Uso de claxon en vehículos livianos
El uso del claxon en los vehículos livianos se limitará a controlar el riesgo en la marcha, como
por ejemplo,paraalertaraotro conductorsu presencia.A losconductoresde vehículoslivianos
se les recuerda lo siguiente:
a) Los peatones siempre tienen el derecho de paso. El claxon no se puede utilizar para
controlar o impedir el movimiento de los peatones o animales.
b) Los conductores deben usar el claxon:
i. UN TOQUE: antesde encenderel motor,esperarporlomenos5 segundosantesde
arrancar el motor
ii. DOS TOQUES: antesiniciarlamarcha del vehículo,espere porlomenos5 segundos
antes de avanzar.
iii. TRES TOQUES: antes de retroceder el vehículo, espere por lo menos 5 segundos
antes iniciar la marcha.
Artículo 42°. Uso de claxon en vehículos pesados (buses, camiones, equipos de
construcción & producción)
a) En equiposde mayor tamaño,la visibilidaddel conductorse reduce considerablemente
en varias direcciones, y lo más importante, en la zona que rodea inmediatamente el
equipo, En consecuencia, los conductores deben hacer sonar el claxon:
i. UN TOQUE: antes de encender el motor, esperar por lo menos 5 segundos antes de
arrancar el motor
ii. DOSTOQUES: antesiniciarlamarchadel vehículo,espere porlomenos5segundosantes
de avanzar.
iii. TRES TOQUES: antes de retroceder el vehículo,espere por lo menos 5 segundos antes
iniciar la marcha.
b) Todos los conductores deben asegurar que la alarma de retroceso se encuentre en
buenas condiciones de operatividad ya que para vehículos pesados las maniobras son
más riesgosas; el motor del equipo funcionando, junto con el sonido de la alarma de
retrocesodebe sersuficienteparaalertaalospeatonesyotrosvehículosde laintención
de iniciar el movimiento en reversa.
c) Esperar5 segundosdespuésque laalarmade seguridadse active y/oel toque de claxon
antes de mover el vehículo.
d) Si se retrocede sin la ayuda de un vigilante o señalero, el conductor debe asegurarse
mediante inspección física que no haya ningún obstáculo inmediatamente detrás,
delante de, o tal vez fuera de la vista, cuando el conductor está sentado normalmente
al volante. Esto puede obligar al conductor a salir del vehículo para llevar a cabo una
inspección minuciosa.
13.INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO
Artículo 43°. Inspecciones y mantenimiento del vehículo.
a) Todos los vehículos que operan en las instalaciones serán sometidos a un programa de
inspección vehicular que deben mantenerse de acuerdo con los requisitos del MTC.
b) Los vehículos también deben mantenerse coherente con las recomendaciones del
fabricante.
c) La evidencia de la inspección y mantenimiento actual será objeto de auditoría.
14.CONTROLES Y REGULACIONES DEL TRÁNSITO FUERA DE LA
UM
Artículo 44°. Controles y normas de tránsito para tránsito en vías publicas
a) En todos loscasos, ConsorcioSan Rafael tratará de cumplir,y exigiráa susproveedores
de serviciosyempresascontratistasque cumplanconloscontrolesynormasde tránsito
establecidasque rigenel transporteenlaRepúblicadel Perú.Tambiénse esperaquelos
empleadosdel cliente que viajanfuerade lasinstalacionespornegociosde laempresa,
si circulan por una vía pública, cumplan con estos requisitos.
b) El MTC promulga reglamentos que rigen el uso de las vías públicas para efectos del
traslado de personas, vehículos y mercancías dentro de la República del Perú. Estas
regulacionesse distribuyenentrevariosdocumentos,entreloscualessonlossiguientes:
i. D.S N° 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito y sus modificatorias
ii. D.S N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte y sus
modificatorias
iii. D.S N° 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos y sus modificatorias
iv. D.S N° 040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir y sus
modificatorias
v. Directiva N° 002-2006-MTC/15, Clasificación Vehicular y Estandarización de
Características Registrables de Vehículos
vi. LeyN°28256, el Transporte de MaterialesyResiduosPeligrosos,ysusmodificatorias
c) En general, el D.S. N° 016-2009-MTC específica:
i. Losrequisitosmecánicosyeléctricosmínimosconel finde calificaraunvehículopara
operar en la vía pública
ii. Los requisitos del registro de los vehículos
iii. Obligaciones, Responsabilidades y requerimientos de seguros
iv. Infracciones, multas y sanciones
d) En general, el D.S. N° 017-2009-MTC busca:
i. Regularizar y clasificar los diversos tipos de servicios de transporte comercial
terrestre
ii. Aclarar la relación de éstos con los gobiernos nacionales y regionales
iii. Establecer los requisitos técnicos mínimos para los vehículos de cada clase
iv. Establecer los requisitos mínimos para los conductores
v. Otros requisitos relacionados con la infraestructura y entrenamiento
15.PROCEDIMIENTO DE TRANSPORTE FUERA DE LA UM
Esta sección del RITRA se ocupa del transporte de vehículos livianos, personal, materiales,
equipos y productos hacia y desde las instalaciones del cliente a campamento, ciudades base
y/olugaresremotos.Lagranmayoríadel tránsitodeltransporteque tendrálugarfueradel límite
de propiedadde laUM estarábajo contratocon tercerosque se especializanenlosserviciosen
cuestión.
Artículo 45°. Para la realización de viajes de recorridos mayores (más de siete (07)
horas de conducción)
Se deberá considerar las indicaciones siguientes:
a) Antesdel iniciodelviajeel conductordeberárealizarlarespectivaplanificación,teniendo
en consideración:distanciaarecorrer,lugaresde alimentaciónyhospedaje,lugaresde
abastecimiento, reporte de desplazamiento, riesgos en el recorrido, tiempos, etc. Si
fueranecesariopodráconsultaral Superintendentey/oJefede SeguridadySaludsobre
este tema.
b) Al inicio, durante y al final del viaje, el conductor deberá reportar su posición al centro
de control que el Superintendente y/o Jefe de Seguridad y Salud de la unidad minera
y/o proyecto haya establecido.
c) El conductor deberá contar con un conductor de relevo.
Artículo 46°. Para el tránsito de vehículos livianos y de transporte de personal
Consorcio San Rafael cumple las exigenciasde lasnormativasvigentesyexige el cumplimiento
de lasresponsabilidadesdel proveedorde serviciosde transporte de personal ymercancías en
general que se realiceestosserviciosrespetandoplenamente las normasdelMTC.El alcance de
los servicios a ser prestados y las responsabilidades asociadas (seguridad, cumplimiento
ambiental, informes, etc.) y de cuales las partes están de acuerdo, y cuales el proveedor del
servicioestáobligado.Porconsiguiente,salvoque yase hayaindicadoennuestrosrequisitosen
el sitio,nohaynecesidadde definirconmayorprecisiónsobre losrequerimientosde transporte
sobre las carreteras, puesto que ya han sido tratados en la estructura normativa nacional
peruana.
Artículo 47°. Para el Transporte de Materiales Peligrosos, Sobredimensionados y
Carga pesada
Se cumplen los requisitos de la normativa del MTC para tratar estos temas. En el caso de
MATPEL, losproveedoresde estosserviciosdeberándemostrarsuexperienciaen gestionarcon
éxito el transporte de materiales similares. Se exige que losconductores que brinden servicios
regularesparatrasladode MATPEL(másde 3vecesal año) debande aprobarel cursode Manejo
Defensivo de UMSan Rafael.
En el caso del transporte de carga sobredimensionada y carga pesada, las empresas
especializadasparagestionartodoel desafíologísticode planificaciónycoordinaciónde todoel
proceso, desde la carga hasta el control del tránsito de la entrega y descarga, incluyendo la
gestión de la seguridad, respuesta a emergencias y la coordinación con las autoridades.
Artículo 48°. Horarios de Salida Permitidos
Toda movilizaciónde vehículosdesdeyhacialaUM debenserreportadosalosAdministradores
responsables de las respectivas Empresas.
La salidade vehículosdesdeJuliacahaciaSanRafael (oviceversa) se iniciaráalas5am.La última
hora de salida,paraevitarriesgosinnecesariosasociadosconlosviajesenhorasde oscuridades
como se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro 11: Horarios autorizados para la conducción fuera de la unidad
# Trayecto
Horarios Permitido
Reporte
Desde Hasta
RUTA A: JULIACA - SAN RAFAEL:
1 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al salir de Juliaca
2 Cruce Asillo - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al pasar por /
llegar a C. Asillo
3 San Antón - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al pasar por /
llegar a San Antón
RUTA B: SAN RAFAEL - JULIACA:
1 San Rafael (Cumani) - Antauta 05:00 17:00 Reporte al salir de Antauta
2 San Rafael (Cumani) - San Antón 05:00 17:00 Reporte al pasar por /
llegar a San Antón
3 San Rafael (Cumani) - C Asillo 05:00 17:00 Reporte al pasar por /
llegar a C. Asillo
4 San Rafael (Cumani) - Juliaca 05:00 17:00 Reporte del conductor al
llegar
RUTA C: SAN RAFAEL - AJOYANI
1 San Rafael - Ajoyani (o viceversa) 05:00 17:00
Reporte al salir de Ajoyani
2 Antauta - Ajoyani (o viceversa) 05:00 17:00 Reporte al salir de Ajoyani
Nota: Los desplazamientos para transporte de personal y material en turno noche no son considerados.
Cuadro 12: Horarios autorizados para desplazamientos fuera de la unidad
# Trayecto Desde Hasta
Veloc. max.
promedio
Tiempo
promedio
Tipo de vehículo: CAMIONES (con CARGA LIVIANA)
1 San Rafael - Juliaca 05:00 17:00 60 Km/h 04:30 hrs
2 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 60 Km/h 04:30 hrs
Tipo de vehículo: PLATAFORMAS / CAMABAJAS (con CARGA PESADA)
1 San Rafael - Juliaca 05:00 17:00 55 Km/h 05:00 hrs
2 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 55 Km/h 05:00 hrs
Nota: Los desplazamientos para transporte de material en turno noche no son considerados.
a) Las excepciones a este horario solo podrán ser autorizados por el Gerente de
Operaciones o la máxima autoridad de la Empresa Contratista, después de evaluar la
prioridadde la necesidaddel transporte yel riesgoque implicalasalidadespuésde los
tiempos establecidos.
b) El tránsitointernode camionescercade losCampamentosylugaresde descansode los
trabajadores se permitirá hasta las 22:00 horas.
c) Antes del inicio del viaje el conductor deberá realizar la respectiva planificación,
teniendo en consideración: distancia a recorrer, lugares de alimentación y hospedaje,
lugares de abastecimiento
d) Al iniciar, durante y al final del viaje, el conductor deberá reportar su posición a los
respectivos Administradores o Servicios de cada Empresa.
Artículo 49°. Respuestas ante Accidentes de Tránsito (según requerimientos del
MTC)
a) Todo conductor envueltoenunaccidente de tránsitoque produzcalesionesaterceros
y/o daño a otros vehículos debe:
i. Notificarloocurridoal centrode control del cliente,asu Supervisordirectoya
la autoridad policial más cercana (Ver Anexo 05).
ii. Prestar ayuda si fuese necesario
iii. Sacar una copiade la denunciapolicial lacual será entregadaa la compañía de
segurosrespectivayal áreade SeguridadySaluddel cliente,de locontrario,el
conductor será responsable por los daños y pérdidas producto del accidente y
de la responsabilidad civil por daños a terceros.
iv. Pasar un examen de alcoholemia.
b) El Centro de control notificara a Seguridad y Salud del cliente y líderes de las áreas de
cliente, al Tópico según el Plan de Respuesta a Emergencia.
c) Los peatones involucrados en un accidente de tránsito deben pasar un examen de
alcoholemia.
d) El conductor que sin haber participado en un accidente de tránsito recogiera a los
lesionadosylosllevaraporiniciativapropiaaunapostamedicauhospital;deberádejar
establecido su individualización en el acta de ingreso al centro hospitalario, policía
nacional y notificar de su acción al centro de control.
e) Es obligación del supervisor directo del conductor reportar el accidente a su Gerente
/Jefe de áreaya Seguridady Saluddel clientesegúncorresponda,utilizandoparaelloel
Formato de Reporte Preliminar de Incidente: Flash Report.
f) Es obligación de la Jefatura de área realizar la investigación del accidente
16. SANCIONES E INFRACCIONES DE TRÁNSITO
a) El conductor que se detectarompiendounaregulaciónde tránsitoen UM, se retendrá
la licenciade conducir interna y se entregaraa Seguridady Saluddel cliente indicando
la infracción realizada.
b) El conductorque cometiólainfraccióndebepresentarseen lasoficinasde Seguridaddel
cliente con su Supervisor directo con el fin de recibir información sobre la infracción
correspondiente y si es el caso, la sanción aplicable.
c) Seguridad del cliente comunicará al Gerente o máxima autoridad de la Empresa del
infractor sobre la infracción correspondiente y la pena aplicable.
d) Si lainfracciónnose especificaenCuadrode InfraccionesySanciones,estoserádefinido
por el Superintendente de Seguridad y Salud del cliente o su representante.
e) Se detalla el cuadro de Infracciones y Sanciones:
Cuadro 13: Tabla de infracciones y sanciones.
INFRACCIONES SANCIONES
Tipo Descripción Suspensión Reentrenamiento
Exceder la velocidad máxima hasta por 10 Km/h.
Conducir sin usar el cinturón de seguridad.
Conducir en estado de fatiga/somnolencia y/o no
haber aplicado su derecho de decir NO
Adelantar o rebasar a otro vehículo en curva, puentes,
paso sobre o bajo nivel, cruces o al aproximarse a la
cima de una pendiente.
Conducir un vehículo sin contar con la Licencia Interna
correspondiente al tipo de vehículo y/o sin Licencia de
Conducir del MTC o Internacional (incluida la
falsificación).
Suspensión de 30 días
laborables.
Curso de Manejo
Defensivo y 4x4
Teórico y Práctico.
(evaluación teórica y
práctica aprobada)
No seguir o desobedecer las indicaciones del personal
de vigilancia Security o de Seguridad.
GRAVES
Conducir más de las horas establecidas por ley (5
horas continuas y 8 horas en un turno)
Usar celular mientras se conduce.
Interferir o no dejar pasar vehículos de emergencia.
Entregar un vehículo para que lo conduzca una
persona que no posee la licencia interna de conducir
de la Unidad.
Acumulación de 2 faltas Moderadas.
No detenerse o no reportar, después de estar
involucrado en un accidente de tránsito. Suspensión de 3
Exceder la velocidad máxima permitida hasta por 20
Km/h
meses
Acumulación de 2 faltas Graves.
Definitiva
Suspensión
Conducir bajo influencia de alcohol, drogas o
estupefacientes.
permanente.
(falta2 hojasnoson muyentendibles)
Cuadro 14: Ficha de Sanciones
PAPELETA DE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SEGURIDAD VIAL
Datos de la aplicación de sanción
Lugar donde se aplica la sanción Fecha Hora Turno
Datos del personal sancionado
APELLIDOS y Nombre DNI Cargo
Datos del Gerente / Residente / Supervisor (ó Administrador de Contrato) del personal sancionado
APELLIDOS y Nombre Cargo Área / Empresa
Descripción del incumplimiento según Cuadro 13. Tabla de infracciones y sanciones - UM San Rafael
Clasificación según gravedad Recurrencia de la falta Tipo de sanción
LEVE
□Primera vez
□Amonestación
□MODERADO
□
Segunda vez
□
Suspensión del PIC
□GRAVE
□Tercera vez
□No ingreso a la Unidad
permanentemente □
Firma:
18. ANEXOS
18.1. Equipamiento de Seguridad
18.2. Lista de VerificaciónVehicularDiaria.CamionetasyVehículosde Transporte de Personal
18.3. Lista de Verificación de vehículos de Transporte de Carga
18.4. Evaluación de riesgo ruta Juliaca - San Rafael
18.5. Listado de teléfonos de emergencia ruta Juliaca - San Rafael
18.6. Mapa vial en Superficie - Límites de velocidad
18.7. Especificaciones Técnicas de da Jaula Antivuelco
18.8. Criterios para la Auto-evaluación de la Fatiga y/o Somnolencia
18.9. Lineamientos para la evaluación médica y calidad del sueño para conductores de
vehículos de transporte de personal, vehículos escolta y ambulancia
18.1. ANEXO 1
Anexo 1: Equipamiento de Seguridad
Materiales para Primera Respuesta
Vehículo
liviano, de
servicios
Vehículo
pesado y
de carga
Vehículo de
Transporte de
personal
Botiquines
Curitas 10 10 10
Apósito 5" x 9" 0 2 5
Algodón 1 0 0
Gasa estéril 3" (sobre x 4 unidades) 1 1 2
Esparadrapo /" 1 1 1
Vendaje triangular 0 1 1
Guantes de látex (talla 7) 2 Pares 3 Pares 3 Pares
Tijera de trauma 0 1 1
Venda elástica o de gasa 2'' 0 1 2
Venda elástica o de gasa 4'' 1 2 2
Manta aluminizada - manta polar 0 1 1
Collarín cervical regulable 0 1 1
Férula (SAM SPLINT) o Neumáticas (kit x 6 piezas: 3 miembro
superior, 3 miembro inferior)
0 0 1
Kit completo de oxigenoterapia (Cilindro de oxigeno de 680 ml,
válvula reguladora y mascara con bolsa de reservorio)
0 0 1
Cánula nasal 0 0 2
Gasa para quemaduras (Jelonet) 0 1 1
Solución yodada 10 % (Isodine solución) 1 1 1
Oftalirio gotas 1 1 1
Mascarilla silicona para RCP 0 1 1
Bolsa plástica sellable 0 5 3
Paños o toallitas antisépticas 0 5 5
Crema para quemaduras - antibacteriana (Silverdiazina) 1 1 1
Agua oxigenada 1 1 1
Dencorup crema 1 0 0
Aseptil rojo 1 0 0
Kit contra derrames
Tapetes absorbentes de uso general (5 galones de capacidad) 10
Salchichas o calcetines (3" x 48") 2 4 2
Bolsa para disposición final 1 4 1
Bolsa para almacenar el Kit con cierre tipo Zip Lock 1 1 1
Guantes de nitrilo 1 par 2 pares 1 par
Traje desechables (tipo tivex) 0 2 0
18.2. ANEXO 2
18.3. ANEXO 3
Anexo 2: Lista de Verificación Vehicular Diaria Camionetas y Vehículos de
Transporte de Personal
Anexo 3: Lista de Verificación de vehículos de Transporte de Carga
18.4. ANEXO 4
Evaluacionde riesgo- rutaJuliaca- Antauta.
Anexo 4: Evaluación de riesgos.
EvaluacióndeRiesgo - Ruta Antauta - Cumani.
Velocidadmáxima
(Km/h)
Condicionesclimáticas
(promedioanual)
Condicionesde laruta Comunicaciones
Tramo
Vehículos
Livianos
Vehículos
Pesados
Lluvias
Granizo
Neblina
Tormenta
eléctrica
Asfaltado
Afirmado
Curvas
peligrosas
Crucede
personas
Animales
enruta
Falta
señales
Claro
Movistar
Nextel
Satelital
KP 148 - KP156 Puente estrecho 40 30 No No No No No Si No Si Si Si Si No No Si
KP 156 Puente - KP159 Bifurcación 40 30 Si No Si No No Si Si Si Si Si Si No No Si
KP 159 Bifurcación- KP 163 pendiente 40 30 Si Si Si No No Si Si No Si Si Si No No No
KP 163 pendiente- KP165 Cumani. 40 30 Si Si No No No Si Si Si Si No Si No No Si
Velocidadmáxima
(Km/h)
Condicionesclimáticas(promedio
anual)
Condicionesde laruta Comunicaciones
Tramo
Vehículo
s
Livianos
Vehículo
s
Pesados
Lluvias
Granizo
Neblina
Torment
a
eléctrica
Asfaltad
o
Afirmado
Curvas
peligrosa
s
Crucede
personas
Animales
enruta
Falta
señales
Claro
Movistar
Nextel
Satelital
Juliaca-salidaJuliaca 45 35 No No No No Si No No Si No No Si Si Si Si
Juliaca- ingresoa
Azángaro
90 55 No No No No Si No Si Si Si No Si Si No Si
Ingreso/ cruce - Progreso 90 55 Si Si No No Si No No Si Si No Si Si No Si
Progreso- IngresoSan
Antón
90 55 Si Si No No Si No No Si No No No No No Si
San Antón- San Isidro 80 55 Si No No Si Si No No Si No No Si No No Si
San Isidro- Antauta 80 50 No No Si Si Si No Si Si Si No Si No No Si
Si
No
Se puede encontraro puede ocurrirestacondiciónNose presentaono
ocurre estasituación
Bajo Riesgo:pocao escasaprobabilidadde que ocurraunaccidente
MedianoRiesgo:Podríaocurrir unaccidente
AltoRiesgo:Ha ocurrido,causade accidentes
18.5. ANEXO 5
Anexo 5: Listado de teléfonos de emergencia ruta Juliaca - San Rafael
ComunicacionesMINSUR
Central de Comunicacionesde Emergencia - SanRafael(051) 951292455 / (051) 951292456
Central de Comunicacionesde Emergencia - Lima (01) 2158330 / Anexo2000
Entidad Númerode Contacto
PNP,DIREJESAN Juliaca (051) 322793 / 105
PNP,Comisariode Macusani RPM#957687872
RadioPatrullaPNP (051) 322030 / 051 - RPM: 382340
Emergencia105Comisaríadel AeropuertoJuliaca RPM# 421940
ComisaríaSanta Bárbara - Juliaca (051) 326730
SerenazgoJuliaca (051) 329001 / (051) 329002 / (051)
329003DefensaCivil RegiónPuno (051) 321201, (051) 354000 (051)
354000 / 110CuerpoGeneral de Bomberos (051) 321333 / 116
Cruz Roja 115
CORPAC- Juliaca (051) 322905 Anexo110 / (051)
328974CORPAC- Torre de Control (051) 322905 Anexo112 / (051)
321821DirecciónGeneral de AeronáuticaCivil (01) 6157800 Anexo1173
Hospital General Emergencia (051) 35-2361
Hospital General CarlosMonge Medrano 051 - 321750 / 051 - 321901 051 -
321131 / 051 - 321370Hospital de Juliaca (051)32 7336
Hospital Regional (051) 32-1001
ClínicaAmericanade Juliaca (051)32 3418
Municipiode SanAntonio 951708404 /954734999
Municipiode Asillo 951292276/951292213/778782
Anexo 6: Mapa vial en superficie-Limite velocidad.
Municipiode Antauta (051) 826981
MunicipioAjoyani (051) 634326 / 950393904
ElectroSureste - Juliaca (051) 35-2552
18.6. ANEXO 6
}
18.7. ANEXO 7
Especificaciones Técnicas de la Jaula Antivuelco
La función principal de una jaula anti vuelco es la reducir la probabilidadde daños seriosa los
ocupantesdel vehículoencasode volcadurao accidente.La habilidadde unajaulao barra anti
vuelcoparaproveerproteccióndependede lacalidaddel diseño,construcciónymantenimiento
de la estructura.
Una jaula anti vuelco mal construida en vezde ser un elemento de protección se convierte en
un elemento de riesgo para los ocupantes de un vehículo, pues en caso de una volcadura se
convierte en una trampa mortal; el diseño e instalación en el vehículo de este elemento de
seguridad pasiva debe contemplar, pero no limitarse a lo siguiente:
Tubo y Grosor
Utilizarun tubo más grueso no garantiza mayor resistenciadel mismo,laresistenciaestádada
porel espesorde lapareddeltubo,lamismaquedebe tenercomomínimo2.5mm;espreferible
utilizaruntubo de menorgrosor y mayor espesorde pared,ya que presentarámayorrigidezy
resistencia a deformarse.
Dobleces
Los doblecessonlospuntosmásdébilesde unajaulaanti vuelco,espordonde fugarálaenergía
en caso de una volcadura, estos deben contar con refuerzos estructurales para evitar que las
jaulas colapsen en caso de una volcadura.
Uniones
Las uniones son otro de los puntos críticos en caso de producirse una volcadura, estas deben
llevar doble abrazadera, estar soldadas a los tubos, y deben tener como mínimo dos pernos
grandes de cabeza redonda, los que en ningún momento deben atravesar el tubo para evitar
roturas en caso de un accidente; las uniones centrales deben contar con doble abrazadera
unidas con cuatro pernos.
Anclajes
La lata en el piso de la carrocería es sumamente débil,es allí donde se anclan las bases de las
jaulasanti vuelco,lalatade lacarroceríadebe serreforzadaconunaplanchade fierro,lamisma
que debe tener un área dos veces mayor al área de la base sobre la cual debe apoyar la jaula
anti vuelcos, así mismo los anclajes deben llevar cuatro pernos por lado.
La jaula anti vuelco debe ir anclada contra la carrocería en los postes de parabrisas,los postes
centralesylospostesposterioresparaevitarque enelcasode unavolcaduralajaulase deforme.
Tapasoles
Los tapasoles o viseras son necesarias para evitar que el conductor sea cegado por el sol, la
mayoría de jaulas impiden su uso o en otros casos las eliminan.
Los tapasoles o viseras deben ser colocados en el travesaño de la jaula anti vuelco.
Anclajes para Cinturones de Seguridad
En muchoscasoslosanclajesde loscinturonesdelosasientosposterioressonancladosalajaula
y no a lacarrocería, loscinturonesdebenserancladosenlacarrocería en suubicaciónoriginal,
pues esta ha sido diseñada y reforzada para tal fin por los fabricantes del vehículo.
Forros de los Tubos
Losforrosdebenserde neoprenede altaresistencia,paraprotegeralospasajeros,actualmente
se utilizan forros tipo esponja muy blandos que no protegen en el caso de un golpe fuerte.
Es muyimportante tenerencuentalacalidadde losforrosyque estoscubrantambiénlaspartes
que estánencontacto conlas piernasde losocupantesparaunmayorconforten casode viajes
largos.
Antivuelco de tolva
La función de este elemento de seguridad es la de ofrecer mayor protección en caso de una
volcadura, evitando que el techo se deforme, adicionalmente a las características antes
mencionadas se debe considerar lo siguiente:
La jaula contra vuelco debe estar correctamente estructurada para que pueda cumplir su
función, para esto se requiere que el arco vaya soldado a los largueros que bajan hacia el piso
de latolva,tambiénse requiere queel arcotengauntubode refuerzoalaalturade laparte baja
de la luna posteriorycuatro tubos más delgadosentre este tuboy la parte superiordel arco a
manera de reja, esto no solo refuerza estructuralmente el arco, sino que también protege la
luna posterior de golpes en caso de que algún bulto que está siendo transportado golpeara
contra la parte delantera de la tolva.
El pisode la tolvadebe serreforzadocon una planchade fierroporla parte inferiorparaevitar
que se rompaen caso de una volcadura,se debe ponercomomínimotres pernosencada base
de anclaje.
18.8. ANEXO 8
Criterios para la Auto-evaluación de la Fatiga y/o Somnolencia
A continuaciónse presentaalgunoscriteriosparala autoevaluaciónde fatigay/osomnolencia,
si Ud. tiene algunode lossiguientessíntomastome lasprecaucionesparaevitaraccidentarse a
consecuencia de la fatiga y/o somnolencia:
Sensación de pesadez en la cabeza o dar “cabeceadas”.
Bostezo frecuente.
Sensación de pesadez en los ojos y se “caen los parpados”.
Lento y descoordinado en el caminar o en sus movimientos.
Inestabilidad al pararse o sensación de mareo.
Muchas ganas de dormir.
Dificultad para concentrarse.
Cansancio al hablar y falta de energía.
Dificultad para concentrarse o para poner atención en las tareas.
Falta motivación para ejecutar bien las tareas.
Olvido de las tareas realizadas.
Dificultad para respirar.
Sensación de estar enfermo y/o mareos.
Consumo de medicamentos que causan disminución del estado de alerta.
Influencia de los efectos del alcohol y/o drogas.
Jornadasextendidasde trabajo,faltade descansooinadecuadosueñoreparadoromalacalidad
de sueño.
18.9. ANEXO 9
Lineamientos para la evaluaciónmédica y calidad del sueñopara conductores de vehículos de
transporte de personal, vehículos escolta y ambulancia
Todo conductor de vehículosde transporte de personal,vehículosescoltayambulanciadeben
de cumplir con los siguientes protocolos:
1) Examen clínico: Se deberá evaluar la fuerza muscular, realizar pruebas de capacidad
funcional,pruebasde funcióncardiorespiratoria,descartarmovimientosinvoluntarios
y deformaciones anatómicas.
2) Examen oftalmológico: Se deberá evaluar la agudeza visual, campos visuales,
campimetría, visión de colores, visión de profundidad, visión nocturna y
encandilamiento.
3) Examen audiológico: Se realizará una audiometría para evaluar la función auditiva.
4) Examen toxicológico: Se deberá realizar las pruebas de detección de alcohol en el
organismo (aliento, saliva) y para detectar drogas en orina.
5) Pruebas psicométricas: Se realizarán para evaluar la velocidad de reacción y la
coordinación motriz.
6) Pruebaspsicológicas:Se deberánrealizarlaspruebaspsicológicasconel finde descartar
alteraciones mediante la aplicación de pruebas para la evaluación en las siguientes
áreas:
a. Organicidad: Test de Bender, Test de Benton.
b. Inteligencia: Test de Otis, Test de diseño de cubos.
c. Psicomotricidad: Prueba de laberintos de Weschler
d. Psicopatología:Testde la figurahumana de Machover, InventarioMultifásicode la
Personalidad de Minnesota.
7) Evaluación de la calidad del sueño:
a. Después de que el médico realiza la historia clínica y exploración física
correspondiente,se deberáaplicaruncuestionario(escalade Pittsburgh,Epworth,
etc.),y con base en el puntaje yalta sospechaclínica de una inadecuadacalidadde
sueño,se referiríaal conductoral médicoespecialistaparalarealización deestudios
más específicos.
b. El cuestionario deberá hacer referencia a cómo son los hábitos de dormir del
conductor e indagar sobre la tendencia a la fatiga y/o somnolencia.
CONSTANCIA DE RECEPCION DEL REGLAMENTO
INTERNO DE TRANSITO 2017
(Versión 00)
Por el presente documento dejo expresa constancia que he recibido el
Reglamento Interno de Transito para los trabajadores de Consorcio San Rafael
Me comprometo a leerlo, comprenderlo y a cumplir a cabalidad y en todo momento con los
principios y normas que se establecen en el mismo.
En caso de existir alguna pregunta, me comunicaré con el área de Seguridad y Salud
Ocupacional

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Reglamento interno de transito corregido1

  • 2. Contenido a) ABREVIATURAS.............................................................................................................4 b) DEFINICIONES...............................................................................................................4 Artículo 1°. Definiciones y términos...................................................................................4 c) INTRODUCCIÓN ............................................................................................................8 d) ALCANCE Y OBJETIVO....................................................................................................8 Artículo 2°. Alcance del Reglamento ..................................................................................8 Artículo 3°. Objetivo del Reglamento.................................................................................8 e) REFERENCIAS LEGAL Y OTRAS NORMAS..........................................................................8 Artículo 4°. Normativa Legal Aplicable ...............................................................................8 Artículo 5°. Documentos de Referencia..............................................................................9 f) RESPONSABILIDADES.................................................................................................9 Artículo 6°. Del Gerente y/o máximo representante de la Empresa y Contratista..................9 Artículo7°. Del Jefe de SeguridadySaludOcupacional de laEmpresaConsorcioSanRafael. ......................................................................................................................................10 Artículo 8°. Del Líder responsable de la Seguridad Patrimonial ..........................................11 Artículo 9°. De los administradores de los contratistas......................................................11 Artículo10°. Del Jefe y/oLíder responsablede Mantenimientode laEmpresayContratista ......................................................................................................................................11 Artículo 11°. Del Jefe y/o Administrador de Contrato de la Empresa y Contratista..............12 Artículo 12°. De los Supervisores y Líderes de grupo.........................................................12 Artículo 13°. De los conductores......................................................................................13 Artículo 14°. De losPeatones...........................................................................................14 Artículo 15°. De losPasajeros..........................................................................................14 g) CLASIFICACIÓN DEL TRÁNSITO EN LAS ÁREAS DEL CLIENTE. .......................................15 Artículo 16°. Generales,en lasinstalaciones de UMSan Rafael..........................................15 Artículo 18°. Área de Operaciones Mineras Superficie.......................................................15 Artículo 19°. Zona Industrial............................................................................................16 REGULACIONES DE TRÁNSITO DENTRO DE LA UMSAN RAFAEL.............................................17 Artículo 20°. Requerimientos del Vehículo (liviano, transporte de personal y pesado).........17 Artículo 21: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos........................................19 Artículo 22°. Empadronamiento de vehículos y equipos....................................................19 Artículo 23°. Requisitos Comerciales................................................................................20 Artículo 24°. Prácticas Prohibidas ....................................................................................20 Artículo 25°. Transporte de Carga en General:..................................................................20 9. REGLAS GENERALES DE CIRCULACIÓN Y TRANSITO DENTRO DE LA UNIDAD....................21
  • 3. Artículo 26°. Reglas de Derecho de Paso ..........................................................................21 Artículo 27°. Señales de Transito .....................................................................................21 Artículo 28°. Vehículos Livianos yVehículos de Servicios...................................................22 Artículo 29°. Vehículos de Carga & Camiones Volquetes ...................................................22 Artículo 31°. Precauciones Generales...............................................................................22 Artículo 32°. Uso de EPP dentro de vehículos y equipos....................................................23 Artículo 33°. Actos Prohibidos .........................................................................................23 10. PERMISO INTERNO DE CONDUCIR (PIC)......................................................................24 Artículo 34°. Requisitos para obtener el PIC......................................................................24 Artículo 35°. Entrenamiento para obtención del PIC .........................................................25 Artículo 36°. Certificados de conducción para otros tipos de equipos.................................26 Artículo 37°. Validez del PIC.............................................................................................26 11. ESTACIONAR UN VEHÍCULO O EQUIPO......................................................................26 Artículo 38°. Acciones al estacionarse..............................................................................26 Artículo 39°. Restricciones para estacionar vehículos........................................................27 12. USO DE CLAXON......................................................................................................27 Artículo 40°. Uso de claxon, general.................................................................................27 Artículo 41°. Uso de claxon en vehículos livianos..............................................................27 Artículo42°. Uso de claxonenvehículospesados(buses,camiones,equiposde construcción & producción) ................................................................................................................28 13. INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO.......................................................28 Artículo 43°. Inspeccionesy mantenimiento del vehículo..................................................28 14. CONTROLES Y REGULACIONES DEL TRÁNSITO FUERA DE LA UM.................................28 Artículo 44°. Controles y normas de tránsito para tránsito en vías publicas........................28 15. PROCEDIMIENTO DE TRANSPORTE FUERA DE LA UM.................................................29 Artículo45°. Para la realizaciónde viajesde recorridosmayores(másde siete(07) horasde conducción) ...................................................................................................................29 Artículo 46°. Para el tránsito de vehículos livianos y de transporte de personal..................30 Artículo47°. Para el Transporte de MaterialesPeligrosos,SobredimensionadosyCarga pesada...........................................................................................................................30 Artículo 48°. Horarios de Salida Permitidos ......................................................................30 Artículo 49°. Respuestas ante Accidentes de Tránsito (según requerimientos del MTC) ......32 16. OTROS DE TRÁNSITO.....................................................Error! Bookmark not defined. Artículo 50°. Vehículos Gubernamentales, No Gubernamentales, Públicos yPrivados....Error! Bookmark not defined. 17. SANCIONES E INFRACCIONES DE TRÁNSITO...........................................................32 18. ANEXOS........................................................................................................................34
  • 4. 18.1. ANEXO 1..........................................................................................................34 18.2. ANEXO 2..........................................................................................................35 18.3. ANEXO 3..........................................................................................................36 18.4. ANEXO 4..........................................................................................................38 18.5. ANEXO 5..........................................................................................................39 18.6. ANEXO 6..........................................................................................................40 18.7. ANEXO 7..........................................................................................................41 18.8. ANEXO 8..........................................................................................................42 18.9. ANEXO 9..........................................................................................................43
  • 5. a) ABREVIATURAS PIC: PermisoInternode Conducción NTP: NormaTécnica Peruana MTC: Ministeriode TransportesyComunicaciones EPP: Equipode ProtecciónPersonal RNT: ReglamentoNacional de Tránsito(DS- 016-2009-MTC) RNV: ReglamentoNacional de Vehículos (DS-058-2003-MTC). ROPS: Estructura protectorade volcamiento,porsussiglasenIngles(RollOver Protection Structure) FOPS: Estructura de proteccióncontra caída de objetos,porsussiglasenIngles (Falling ObjectsProtectionStructure). CRIPV: Cuadernode Registrode Inspecciónde Pre Uso de Vehículos RITRA: ReglamentoInternode Tránsito b) DEFINICIONES Artículo 1°. Definiciones y términos a) Alcoholemia:Examenopruebaquese realizaalostrabajadoresparadetectarpresencia de alcohol enlasangre.EnConsorcioSanRafael lapruebase realiza medianteelcontrol del aliento. b) Barrera: Estructura utilizadas para señalizar o restringir el paso a un área de trabajo. c) Berma de Seguridad:Es el espaciolateral de una vía de tránsito de vehículos,utilizado para estacionarse por seguridad y para protegerse de colisiones con otros vehículos móvilesquecontinúancirculandoenlarampaprincipal ovíasde acceso de minasacielo abierto y carreteras en general. d) Carretera de alivio: Vía con pendiente mayor a 5% (cinco por ciento), en posición diagonal a la existente y ubicada en las vías de circulación frecuente, que servirá para ayudara la reducciónde lavelocidaddel equipoovehículode transporteyal control de dicha velocidad hasta detenerlo. e) Carga sobredimensionada: Carga con más de 2.60 m de ancho, 4.60 m de altura, 23.0 m de largo o más de 60 TN de peso, según se indica en el RNV. f) Conductor: Persona que tiene las calificaciones y competencias para conducir un vehículo motorizado. g) Circulina: Dispositivo de advertencia de uso obligatorio durante el tránsito en las unidadesminerasdel clienteyque mejoralaidentificacióneninteriormina,de nocheo en condiciones de visibilidad limitada. Pueden ser: Cuadro 1: Color de circulinas (Disposición transitoria) Vehículo Colorde circulina De emergencia Rojo
  • 6. De usoequipopesado Ámbar De vehículoslivianos Azul h) Demarcación: Símbolo,palabrao marca, de preferencialongitudinal otransversal,que se ubica sobre la vía con la finalidad de guiar el tránsito de vehículos y peatones i) Derecho de paso: Preferencia de paso de un vehículo respecto a otro, con igual o diferente prioridad. j) Emergencia: Evento no deseado que se presenta como consecuencia de un fenómeno natural o por el desarrollode la propiaactividadmineraque ponganen peligrolavida, el medio ambiente y la propiedad. k) Mantenimiento Correctivo: Reparación de las diferentes partes del vehículo en el momento en que dejan de funcionar o empiezan a fallar. l) Mantenimiento Preventivo: Mantenimiento periódico de acuerdo a las instrucciones del fabricante detallados en el manual del vehículo. m) Mantenimiento Predictivo: Diagnósticos o mediciones que permiten predecir si es necesario realizar correcciones o ajustes antes de que ocurra una falla del vehículo. n) Materiales y Residuos Peligrosos - MATPEL: Sustancias que por sus características fisicoquímicas y/o biológicas, en cualquier estado y cantidad, constituyen un peligro para la vida, salud, medio ambiente y propiedad; si no se las controla durante su producción, manejo, almacenamiento, transporte, uso y disposición final. o) Paso de Peatones:Senda/caminode seguridadconformadapor la zona demarcadaen las aceras o cualquier zona demarcada con este objetivo. p) Peatón: Todo aquel que transitan a pie por las carreteras, áreas de trabajo, campamentos o vías de acceso. q) Permiso Interno de Conducir: Documento emitido por el cliente en sus diferentes unidades mineras luego de un proceso de verificación de requisitos y evaluación que autoriza a una persona a conducir un determinado tipo de vehículo por motivos de trabajos dentro o fuera de la unidad minera y/o proyecto. r) Punto de reunión: Lugar de encuentro del personal que se encuentre en las instalaciones y el personal que responde a una emergencia. s) ReglamentoInternode Transito (RITRA): Documentoexigidopordisposicioneslegales, cuya finalidad es establecer normas de seguridad vial a fin de prevenir accidentes relacionadosal tránsitode losvehículosenlasunidadesminerasy/oproyectos.Endicho documento se establecen disposiciones, requisitos y normas para los conductores, pasajeros y peatones, así como para los vehículos, vías y los medios o equipos de respuesta a situaciones de emergencias por accidentes de tránsito. t) Revisión Técnica Vehicular: Evaluación para certificar el buen funcionamiento y mantenimientodelosvehículos.Larevisiónincluye,entre otrosaspectos:laverificación de lascondicionesmecánicasyeléctricas,control de emisionesde gasesyproductosde combustión considerados tóxicos o nocivos para la salud y medición de emisión de ruidos. u) Señalesde Tránsito: Dispositivos,signosydemarcacionesestándarestablecidos porla Ley, los reglamentos de tránsito del MTC, por Estándares y Procedimientos de los clientes con quienes trabajamos. Siendo las referencias principales:
  • 7. i. RM 210-2000-MTC /15.02 Manual de dispositivosdelcontrol del tránsitoautomotor para calles y carreteras. ii. NTP 399.010-1 2015 Norma Técnica Peruana para Señales de Seguridad. Cuadro 2: Especificación de señales según NTP 399.010-1 2015 Señales Finalidad Características Reguladorasode Prohibición Indicara los usuarios las limitaciones,prohibiciones o restriccionesenel usode la vía. Su cumplimientoes obligatorio. Fondoblancocon círculo rojoy pictogramanegro. Preventivasode Advertencia Advertiralosusuariosde la existenciaynaturalezade un peligroenlavía. Fondoblanco,pictograma enamarilloyletrasnegras Informativas Guiar a losusuarios,darles indicacionesque puedan necesitaral desplazarse por lasvías Fondoverde oazul con letrasblancaso pictograma blanco v) Sistema de comunicación: Dispositivos de radiocomunicación o telefonía para la comunicación del personal dentro y fuera de la Unidad y/o proyecto o servicioque se esté prestando. w) Vehículode emergencia:Vehículoutilizadoparaatenderuna situaciónde emergencia en forma inmediata, tales como la ambulancia, camión contraincendios y vehículo de rescate x) Vehículosmotorizados:Mediode locomociónautopropulsadoporunmotorpropioy destinadoal transporte terrestre de personas,cargao mercancías.Puedenser: Cuadro 3: Tipos de vehículos y equipos recolectores de residuos. Equiposde producción (LíneaAmarilla y vehículos pesados) Equiposde servicio (Transporte de Personal,de Carga) Vehículoslivianos Vehículosde Emergencia ►Camionesde acarreo ►Grúas VehículosSedan ►Ambulancia
  • 8. ►Perforadoras ►Camionesgrúa VehículosStation Wagon ►Vehículocontra incendios. ►Tractor de ruedasy Oruga ►Cama bajascon equipopesado VehículosSUVs (SuburbanUtility Vehicle) ►Vehículosde rescate ►Motoniveladora ►Camionescisterna VehículosVans ►Vehículosde respuestade emergencia. ►Cargadoresfrontales palas ►Camionescon peso bruto mayor3.5 Ton camionetaspick up 4x4 o 4x2 ►Excavadoras ►Tracto Camión Furgonetasy minibuses ►Retroexcavadoras ►Montacargas ►Rompedorde bancos rodillos. ►Buses,Minibuses,van ►Camiones recolectoresde residuos. Camionescisternas Camiónde serviciode mantenimiento Camiónpre mezcladoryde bombeode concreto Camionesgrúa Tracto camión Remolque ocamabaja. y) Vehículos Livianos: Todo vehículo que necesita ser conducido por una persona desde dentro o sobre el vehículo, el cual es propulsado por un motor a combustión y está autorizado para transitar/desplazarse en vías/carreteras públicas, posee cuatro (04) o más ruedas y no excede los 3.5 toneladas de peso neto. z) Vehículo Pesado: todo vehículo que necesita ser conducido por una persona desde el vehículo(dentroosobre el vehículo),el cual espropulsadoporunmotora combustión, está autorizado para transitar/desplazarse en vías/carreteras públicas y cuenta con placa de identificaciónemitidaporlaautoridadnacional de transporte terrestre,posee cuatro (04) o más ruedas (neumáticos) y excede los 3.5 toneladas de peso neto. aa) Vigíasoseñaleros:Personal responsable decontrolarel tránsitoenlasáreasde trabajo, carreteras y/o vías de tránsito, regulandoo prohibiendo el ingreso o maniobrasde los vehículos pesados. bb) Zona de Carguío: Áreadonde se desplazael vehículomientrasrealizael movimientode carga. Siempre se considerará como eje de radio al centro del vehículo.
  • 9. cc) Zona de parqueo: Área señalizada para el estacionamiento o parada de los vehículos según correspondan. c) INTRODUCCIÓN ConsorcioSan Rafael actualizay mejorael ReglamentoInternode Transito - RITRA, claramente delineado para controlar el movimiento de recursos, materiales y equipos a través de sus instalaciones.El RITRA esimportanteparalasactividadesoperacionales,de proyectooservicios prestados incluyendosus contratistas, proveedoresde servicios y equipos,por nombrar sólo algunos. Más importante aún, los incidentes relacionados con el transporte han demostrado que el movimiento de los equipos móviles y el transporte dentro y fuera de las instalaciones de los clientessonclaramente unade lasáreasde mayor riesgo. ConsorcioSanRafael se adhiere alos lineamientos y políticas de sus clientes para los cuales presta servicios. d) ALCANCE Y OBJETIVO Artículo 2°. Alcance del Reglamento Este RITRA aplica a todos los trabajadores que utilizan vehículos motorizados de propiedad o arrendados por Consorcio San Rafael o empresas contratistas y proveedores, los cuales por la actividad que desempeñandeben de operar dichos vehículos dentro y/o fuera de la unidad minera y/o proyecto donde prestemos nuestros servicios. Artículo 3°. Objetivo del Reglamento Establecerdisposicionesyresponsabilidadesparael uso y la operaciónsegurade losvehículos y equipos motorizadosy promover un ambiente de trabajo libre de accidentes que involucren vehículos.Tambiéntieneporobjetivoaclararlacomprensiónde lasobligacionesy lasrelaciones entre ConsorcioSanRafaelysusclientes,proveedoresde serviciosycontratistasparaidentificar peligros, evaluar y controlar los riesgos relacionados al tránsito de vehículos, transporte de materiales peligrosos, peatones y transporte de carga en general. e) REFERENCIAS LEGAL Y OTRAS NORMAS Artículo 4°. Normativa Legal Aplicable D.S. N° 055-2010-EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en Minería. D.S. N° 017-2009-MTC Reglamento Nacional de Administración de Transporte. D.S.N°016-2009-MTC TextoÚnicoOrdenadodel ReglamentoNacionalde Tránsito - Código de Tránsito. D.S. N° 040-2008-MTC Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre. D.S. N° 025-2008-MTC Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. DirectivaN°002-2006-MTC/15, ClasificaciónVehicularyEstandarizaciónde Características Registrables de Vehículos
  • 10. Ley N° 28256, el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos, y sus modificatorias DS- 021-2008-MTC- Reglamento Nacional de Materiales y residuos peligrosos Artículo 5°. Documentos de Referencia Políticade Prevenciónde AccidentesporFatigay/oSomnolencia de Consorcio San Rafael Política de Ambiente de Trabajo Libre de Alcohol y Drogas de Consorcio San Rafael ISO 39001:2012 Sistema de Gestión de la Seguridad Vial. CSR-SSO-EST-01 Estándar Operacional: Vehículos Motorizados Livianos MI-COR-CSR-SSO- EST-02 Estándar Operacional: Vehículos y Equipos Motorizados- Pesados Norma OHSAS 18001:2007 Req. 4.4.6 “Control operacional” f) RESPONSABILIDADES Artículo 6°. Del Gerente y/o máximo representante de la Empresa y Contratista a) Liderary proveerlosrecursosnecesariospara la implementación del presente RITRA. b) Asegurar la ejecución de las siguientes actividades: 1. Control de alcohol y drogas, verificación del uso del cinturón de seguridad y monitoreo de velocidad. 2. Desarrollo de estudios de seguridad vial y/o evaluación de riesgo de las rutas/ vías externasde accesosalasunidadesdonde laboramos,asícomode lasvíasprincipales al interior de los locales del cliente. 3. Capacitación y entrenamiento para los miembros de la brigada de respuesta a emergenciasconénfasisenaccidentesde tránsitoyasegurarladisponibilidadde las herramientas especiales para rescate vehicular y atención médica en caso de accidentes de tránsito que involucren vehículos y/o equipos pesados. c) Participar en el proceso de revisión de los reportes de investigación de los accidentes incapacitantes y de los eventos de alto potencial relacionados a incidentes que involucrenavehículosy/oequiposocurridosdentroy/ofuerade nuestrasinstalaciones e instalaciones del cliente. d) Coordinar con la Gerencia del cliente, la baja, el cambio y/o compra de vehículos y/o equipos de acuerdo a los requerimientos definidos en el presente RITRA. e) Autorizarcualquiertrabajode modificaciónde lasvíasinternasasícomolostrabajosde modificaciónde lasestructurasde losvehículosy/oequipospreviaevaluaciónde riesgo y manejo del cambio. f) Establecer los turnos y jornadas de trabajo diarias dentro y fuera del local del cliente con énfasis en los conductores y/u operadores de vehículos y/o equipos pesados, en coordinación con el Jefe de seguridad. g) Evaluar la implementaciónde rampas de emergenciasocarreteras de alivioenlasvías y caminos en las áreas operacionales del cliente.
  • 11. Artículo 7°. Del Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional de la Empresa Consorcio San Rafael. a) Promoverel cumplimientodel presente RITRA porparte de lostrabajadoresde Consorcio San Rafael y de las empresas contratistas y/o proveedores. b) Desarrollar campañas de difusión, comunicación, socialización y capacitación de los trabajadores en el presente RITRA. c) Mantener un registro actualizado de los incidentes que involucren vehículos y equipos y liderar el proceso de investigación de todos los incidentes que involucren vehículos y equiposque ocurran dentroy/o fuera de las instalacionesdel cliente yhacer seguimiento a las acciones correctivas establecidas en los procesos de investigación. d) Asegurar el desarrollo de la prueba de alcohol y drogas, así como el test de fatiga y/o somnolencia después de un accidente de tránsito al conductor del vehículo y/o equipo involucrado, en el Tópico de la unidad del cliente o centro médico del cliente. e) Verificarel cumplimientode lasevaluacionesde aptitudmédicaycalidadde sueñoparalos conductores de vehículos de transporte de materiales peligrosos y operadores de camionetas. f) Promover el desarrollo de operativos de seguridad vial tales como la verificación del formato de inspección de pre-uso de vehículos, uso de cuñas y/o tacos, estado de las llantas, controles de velocidad, controles de alcohol, uso del cinturón de seguridad, etc. dentro y/o fuera de las instalaciones del cliente y/o proyecto. g) Asegurarel desarrollodelcontrol de alcoholde losconductoresde vehículosde serviciode transporte de materialespeligrososprevioal iniciode su servicio,yasea dentroy/o fuera de las instalaciones del cliente. h) Establecer mecanismos para el control de la velocidad de los vehículos y definir las velocidadesmáximas,prioridadde pase,etc. para lasvías y caminos dentroy fuera de las instalaciones del cliente y/o proyecto. i) Asegurarel desarrollodel programa de capacitación y entrenamientode losmiembrosde la brigada de emergencia para la atención adecuada y para el control oportuno de los accidentes de tránsito. j) Asegurar el desarrollode inspecciones formales trimestrales del estado de las principales vías o caminos internosy externosalas instalacionesdel cliente y/oproyecto,verificando los aspectos de seguridad de los elementos/cables aéreos que cruzan las vías. k) Desarrollar actividades de reconocimiento y promoción de la seguridad vial y de los comportamientos seguros al conducir, dirigido a los conductores y operadores de las diversas áreas y empresas. l) Desarrollar inspecciones y/o visitas a los lugares destinados como habitaciones de los conductores de vehículos de transporte de personal, de conductores de camiones y operadores de equipos críticos. m) Establecerlasaccionesdisciplinariasporel incumplimientoalasdisposicionesestablecidas en el presente RITRA, en coordinación con el Supervisor del trabajador infractor. n) Tramitar los permisos internos de conducir,verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente RITRA y llevar el registro de los trabajadoresque cuentancon dicho permiso. Autorizar la cancelación temporal o indefinida del permiso interno de conducir por motivos de incumplimientos de las normas de seguridad vial.
  • 12. o) Evaluar y autorizar las modificaciones a las estructuras de los vehículos previo análisis de riesgo y cumplimiento del proceso de manejo del cambio establecido. p) Establecery asegurar el cumplimientode lasdisposicionesparael uso de vehículoescolta para el tránsito al interior y fuera de las instalaciones del cliente y/o proyecto para: i. Camiones de transporte de sustancias químicas peligrosas. ii. Camiones de transporte de concentrado iii. Camiones con carga sobre dimensionadas Artículo 8°. Del Líder responsable de la Seguridad Patrimonial a) Desarrollar las pruebas cualitativas de alcohol en las garitas de control de ingreso a las instalacionesdel cliente,asícomo dentroy/o fuerade la mismacon total autonomía y sin distinción jerárquica. b) Verificar que el vehículo y conductor que ingresan a las instalaciones del cliente cumplan con las disposiciones de seguridad establecidas en el RITRA, no permitir su ingreso si la personay/ovehículoincumple lasdisposicionesde seguridadydaravisode inmediatoasu jefe respectivo. c) Apoyar en los operativos de seguridad vial a solicitud del Superintendente y/o Jefe de Seguridad y Salud del cliente. d) Mantener una lista actualizada del personal con acciones disciplinarias por el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente RITRA y no permitir el ingreso a las personas no autorizadas. Artículo 9°. De los administradores de los contratistas. a) Apoyaren la determinaciónyaplicaciónde lasmedidasdisciplinariasal trabajadorque incumplió el presente RITRA de acuerdo a Cuadro 11 de “infracciones y sanciones” en coordinación con el Supervisor del trabajador involucrado. b) Incorporar en el curso de inducción general, curso de re-inducción o repaso anual y manejo defensivo, la información resaltante referente al presente RITRA. c) En coordinacióncon el Jefe de SeguridadySaludOcupacional asegurarel desarrollode los cursos de “manejo defensivo” y los cursos requeridos para operar vehículos y equipos. d) Asegurarla entregade losRITRA a los conductoresymantenerlosregistrosde entrega y la participación de los trabajadores en los cursos y sesiones de difusión el presente RITRA. e) En coordinación con el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional desarrollar inspecciones y/o visitas a los lugares destinados como habitaciones para los conductores de los vehículos de transporte de materiales peligrosos, conductoresde vehículos en general. Artículo 10°. Del Jefe y/o Líder responsable de Mantenimiento de la Empresa y Contratista a) Asegurar que los vehículos y/o equipos tengan documentación vigente de haber aprobadolaVerificaciónTécnicade Vehículosy/oEquiposMotorizadosafinde asegurar que estoscumplancon losrequisitosde seguridadestablecidosyautorizarsuingresoa las instalaciones del cliente.
  • 13. b) Manteneractualizadalalistade vehículosyequiposautorizadosaoperardentrode las instalaciones del cliente. c) Inspeccionar los talleres de servicio (lavado, recarga de aire, cambio de llanta, etc.), mantenimientodevehículos yequiposencoordinaciónconel responsablede Seguridad y Salud de su respectivas Empresa. d) Verificaryasegurarque losvehículoscuentenconel CertificadodelaInspecciónTécnica Vehicular. e) Auditary/overificarel cumplimientodelplandemantenimientopreventivoestablecido para los vehículos y equipos de su respectiva empresa. f) Asegurarque se cuente conlosdispositivosde seguridadyrepuestosparalosvehículos y/o equipos en los talleres de mantenimiento. g) Autorizarque laactividadde remolquey/otransportede vehículosoequiposse efectúe envehículosy/oequipoapropiadoscomocamabaja, grúas,etc.;ellopreviaevaluación de riesgo y autorización del responsable de Seguridad y Salud. h) Asegurarque losconductores,operadores,vehículosyequiposde ConsorcioSanRafael cuentenconlossegurosexigidosporlasdisposicioneslegalesydel cliente(SCTR,SOAT, Segurocontraaccidentesyresponsabilidadcivil)ylosCertificadosdeInspecciónTécnica Vehicular vigentes. Artículo 11°. Del Jefe y/o Administrador de Contrato de la Empresa y Contratista a) Asegurar que las empresas contratistas y proveedores de Consorcio San Rafael y/o proyecto reciban el presente RITRA y que lo difundan a todos sus trabajadores y evidenciar esto mediante registro de participación en la difusión. Artículo 12°. De los Supervisores y Líderes de grupo a) Asignarconductoresuoperadores,asícomolosvehículosy/oequiposmotorizadosque cumplan los requisitos establecidos en el presente RITRA. b) Reportar al responsable de Seguridad y Salud Ocupacional cualquier incidente de tránsitoo con equiposy/otoda oportunidadde mejoradetectadae informadapor sus trabajadores en relación al presente RITRA. c) Autorizar a los trabajadores de su área que requiere contar con el permiso interno de conducir y coordinar su participación en los cursos establecidos para obtener dicho permiso. d) Asegurar que los conductores y operadores asignados por primera vez a las áreas operacionalesparticipenenelcursodel RITRA del clienteyparticipenen el recorridode reconocimientoyacompañamientomínimode siete (07) días asistidosparaconduciru operar vehículos y/o equipos pesados en las áreas operacionales. e) Efectuar el reporte rápido -Flash Report- de todo incidente de tránsito que involucre vehículos y/o equipos bajo su responsabilidad y participar en la investigación del incidente. f) Acompañar al Tópico al conductor u operador de su área de responsabilidad para la prueba de detección de alcohol y/o drogas después de todo incidente de tránsito. En caso de que la prueba del alcohol arroje positivo, se deberá repetir la prueba ante la presencia de autoridad policial-preferentemente-, en caso de confirmarse positivose deberásolicitarala policíaque emitaunacta donde se deje constanciadel mismoy no permitirque el trabajadorcontinúe conduciendo u operando un vehículo y/o equipo.
  • 14. g) Desarrollar periódicamente charlas respecto al presente RITRA. h) Verificarel usode loscuadernosde registrode la listade verificaciónde inspecciónde pre uso de los vehículos. i) Respetarel Derechoa Decir No ejercidoporlosconductoresy/uoperadoresy verificar la condición de riesgo a la vida; en caso de que la situación lo requiera, establecer las accionesde control y asegurarque estasituaciónse haya eliminadoantesde re-iniciar la actividad. j) Hacer inspecciones aleatorias a los vehículos y equipos para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente RITRA. k) Coordinar con la gerencia o con quien designe la implementación de la medida disciplinaria al conductor y/u operador que haya incumplido alguna disposición del presente estándar. l) Monitorear el comportamiento de los conductores y operadores asignados a su área estableciendo acciones de reconocimiento y/o acciones correctivas para los desvíos a los comportamientos seguros detectados. Artículo 13°. De los conductores a) Cumplir con las disposiciones establecidas en el presente RITRA. b) Antes de iniciar la conducción de un vehículoreciénasignado o al iniciode la jornada, realizar la verificación de las condiciones mediante la “vuelta de gallo”. c) Verificarel cumplimientode losrequisitosde seguridadparalos vehículosy/oequipos asignadoasuresponsabilidad.Verificacióndelvehículoantesde laconducción,verificar todaladocumentación del vehículo,portarsuPermisoInternode ConducirysuLicencia de Conducción emitido por el MTC. d) Asegurar el cumplimiento de los requisitos de seguridad para conducir y/u operar vehículos y/o equipos. Considerar las disposiciones emitidas en las Políticas de Ambiente de Trabajo Libre de alcohol y Drogas y Política de Prevención de accidentes por Causa de Fatiga y Somnolencia de Consorcio San Rafael. e) Cumplir con las reglas de seguridad vial dentro y fuera de la Unidad. f) Conducirel vehículodesde el punto de origenhasta el destinofinal de manerasegura, evitando accidentes, lesiones y daños a la propiedad g) Ser responsable por su seguridad y comodidad, así como la de sus pasajeros h) Asegurarse de que la documentación del vehículo esté en orden y vigente. i) Llevara cabo el mantenimientode rutinaylasrevisionesdel equipamientodelvehículo asignado, antes de las operaciones (Ver Anexos 02). j) Pasar cuando se le solicite pruebasaleatoriasde drogasy alcoholemia,lanegativaserá considerado como caso positivo. k) Notificara su supervisordirectosi estáenfermoobajo tratamientomédicoque puede afectar su rendimiento. l) Respetar las indicaciones del personal de Seguridad y Salud Ocupacional y de los Agentes de Seguridad Patrimonial. m) Reportar condiciones anormales o inseguras antes de iniciar el turno de trabajo n) Reportar a tiempo los incidentes relacionados con la conducción de vehículos.
  • 15. o) Ejercer su derecho a negarse a conducir un vehículo y/o operar un equipo, cuando considere inseguralaoperacióndel mismoo ponga en riesgosu vidao la vidade otras personas (Derecho a Decir No). p) No mover el vehículo hasta que todos los pasajeros tengan puestos sus cinturones de seguridad q) El máximonúmerode horasde conducciónenel turnode trabajono deberáexcederlo indicado por el MTC. Por cada 2 horas de conducción continua, el conductor debe descansar 15 minutos como mínimo. r) Para viajes largos, se debe considerar un segundo conductor de acuerdo al DS. 040:2011-MTC art. 42.1.23. s) Llenarel cuadernode registrode lalistade verificaciónde inspecciónde pre usode los vehículos. t) Los equiposde protecciónpersonal que deberáusarel conductoruoperadorde equipo motorizado deberán estar en buenas condiciones. u) Los conductores que salgan fuera de las instalaciones del cliente, con destino a otros lugaresaledañosque traspasenla garita de control,deberánportar el pase autorizado por el responsable autorizado de área y Recursos Humanos y el conductor portara su licencia del MTC. v) Sugerir mejoras en relación al mantenimiento de vías, señalización y todo aquello que contribuya a optimizar las condiciones de tránsito. Artículo 14°. De los Peatones Los peatones tienen derecho de pase frente a cualquier vehículo, soloen los cruceros y pasos peatonales. a) Los peatones deberán cruzar una vía solo si el conductor del vehículo o equipo haya notado de la presencia de los peatones. b) Los peatones deberán esperar el paso del vehículo, salvo que el conductor detenga completamente el vehículo para cederle el pase. c) El cruce de una vía solo deberá realizarse por los cruceros peatonales. d) Los peatonesconusofrecuentede crucespeatonalesodesplazamientosenlugarescon mucha carga vehicular,deberánusarprendasreflectivasparasufácil identificaciónpor el conductor. e) Cuandoel peatóntransite porlugarescercanosa equiposde líneaamarilla(conpuntos ciegos amplios), el peatón deberá asegurarse que el vigía o personal de piso haya comunicado al operador del equipo sobre su intención de pase. f) Nunca cruzar por detrás de un camión o equipo que está retrocediendo o en posición de retroceso, solo un vigía o cuadrador en labores de descarga y previa coordinación radial con el operador del equipo mayor. Artículo 15°. De los Pasajeros a) Para transporte de personal, el pasajero deberá respetar las normativas de horario, lugares de abordaje, las indicaciones de los vigías y personal encargado. b) Todos los pasajeros están obligados a llevar abrochado el cinturón de seguridadantes de que el vehículo se encuentre en movimiento.
  • 16. c) El pasajero deberá permanecer sentado en el interior del vehículo mientras este se encuentre en movimiento. d) El pasajero deberá mantener una conducta segura hacia el conductor y los demás ocupantespara evitardistraccionesal conductor.Considerarlasdisposicionesemitidas en las Políticas de Ambiente de Trabajo Libre de alcohol y Drogas y Política de Prevención de accidentes por Causa de Fatiga y Somnolencia. e) Deberá mantener orden y limpieza en el vehículo,y no dejar residuos en los asientos, pasillos y compartimientos del vehículo. f) Está prohibido fumar dentro del vehículo. g) Es obligatorioque lospasajerosportensufotochekal momentode abordarunvehículo de transporte de personal. h) Para desplazamientos en buses y mini buses, no está permitido el uso del asientodel copiloto, salvo autorización expresa del personal de Seguridad y Salud. i) Los pasajeros pueden solicitar que el vehículose detenga en caso de que el conductor está infringiendo las normas de seguridad establecidas. j) Los pasajeros no deben pedir al conductor que exceda los límites de velocidad. g) CLASIFICACIÓN DEL TRÁNSITO EN LAS ÁREAS DEL CLIENTE. Cuadro 4: Clasificación del tránsito en las areas del cliente Tránsitodentrodela UM San Rafael OperacionesMina(Subterráneo) OperacionesMina (Superficie) ZonaIndustrial Áreas Comunes Tránsitofueradela UM San Rafael TránsitoacampamentosdeEmpresas Contratistas Tránsitoenruta largaparatransporte depersonal Tránsitoenruta largaparaprocuray abastecimiento Tránsitoen ruta largaparatransporte de concentrado Artículo 16°. Generales, en las instalaciones de UM San Rafael A menosque indique enotraparte del RITRA,opor la señalizaciónuotroscontrolesde tránsitoenel sitio,lasnormasde tránsitodentrode las instalacionesdel cliente se alinearána lasLeyesy reglamentosnacionalesque se aplicanenlasvías públicasycarreteras. Artículo 18°. Área de Operaciones Mineras Superficie a) Los vehículosyequiposajenosalasoperacionesensuperficie debenserautorizados por el responsable de Planta,MinaoGeología,quienadoptarátodaslasprecauciones que se requierade acuerdoal recorrido. b) El desplazamientoconlaslucesencendidasesobligatorioentodomomento. c) Todo vehículooequipoque ingrese al áreade proyectosdeberáhacerlodotadode un equipode radioportátil (handyenlafrecuenciade operaciones),lacual debe
  • 17. mantenerse encendidatodoel tiempoque permanezcandentrodeláreade operaciones. d) Es obligatorioparatodoconductor u operadorel usode losequiposbásicosde protecciónpersonal al ingresarala zonade operaciones,tantodentrocomofueradel vehículooequipo,al abandonarel equipoovehículolaspersonasdeberánvelarpor que la prendade vestireste dotadade elementosreflectivos. e) Por ningúnmotivose podrávaciarun camiónde acarreo en lachancadora primariasi no se cuentacon autorizacióndel operadorde lachancadora. f) Todo vehículoque se detengaenunainterseccióndetrásde uncamiónvolquete o equipopesadotieneque ubicarse aunadistanciamínimade 50 metros,estadistancia aumentarácuandose ubique enunapendiente. g) En aquellasoportunidadesque el conductoruoperadortengalavisibilidadrestringida ya seapor la topografíadel terreno(Curvas,bancos,y/ocerros),condiciones ambientales(polvoensuspensión) y/ocondicionesclimáticas,(neblina,lluvia,nevada), debe procederconmáximaprecaución,reducirlavelocidadmenosde loque indicalos letrerosyhacer sonarla bocinasi fueranecesario.Enla noche debe hacercambiode lucespara anunciarsu presenciaaotros conductoresuoperadores. h) En todo momentolosoperadoresde equiposlivianosdebenevitarubicarse enlanube de polvogeneradaporel equipoque loantecede. i) Durante el desarrollonormal de lasoperacionesesresponsabilidaddelSupervisorde operacionesdel áreade trabajomanteneractualizadalaseñalizaciónde todaslasvías endonde existatránsitode equiposyvehículos. j) Todo vehículoal serestacionadoenzonasde trabajode losequiposde carguío debe hacerloa no menosde 50 metrosde distanciadel áreaenque estosse encuentran trabajando. k) Los conductoresde equiposde servicio(camióncisternade agua,abastecedorde combustible,camiónlubricadoryde mantenimiento,etc.) que debanatenderequipos de producción,sólopuedenhacerlocuandoel equipode produccióneste detenido completamente(contacosy conospuestos) yel conductoru operadorautorice que puedenacercarse. l) Está estrictamente prohibidoel tránsitode personasapie enlasvías principales.Si por requerimientosoperacionalesdebapermanecerencualquiervíade la Unidadse hará solocon controlesde vigíasy señalizaciónde áreas,se debe comunicaral supervisor de operacionesde superficie. Artículo 19°. Zona Industrial a) Los conductoresdeberánconsiderarque solovehículosautorizadospueden desplazarse enlazonaindustrial. b) Se deberárespetartodaslasseñalizacionesde seguridadvial ycontrolarlas velocidadesporpresentarespaciosreducidosolimitadosparamaniobra. c) El ingresode camionesde transporte de materialesylogísticadeberánestar previamenteautorizadosporlosresponsablesde logística. d) Los desplazamientosde equiposlíneaamarilla,equiposde izaje concargas,cisternade ácidosulfúricodeberánserescoltados.
  • 18. REGULACIONES DE TRÁNSITO DENTRO DE LA UM SAN RAFAEL Artículo 20°. Requerimientos del Vehículo (liviano, transporte de personal y pesado) a) Los vehículosdeberáncumplirconlosrequisitosque el MTChace referenciaenla DirectivaN°002-2006-MTC/15, ClasificaciónVehicularyEstandarizaciónde CaracterísticasRegistrablesde Vehículosrespectoala clasificacióndeltransporte. b) Los vehículoslivianosypesadosque hayansidomodificadoestructuralmente o mecánicamente de sufabricaciónoriginal deben iracompañadode unacertificacióndel fabricante del equipooriginal que certifiqueque talesmodificacionesnopondránen peligroel funcionamientosegurodel vehículoni afectaránsurendimientodurante su operaciónnormal. c) Los vehículosdebencumplirconlosrequisitosactualesde inspecciónde vehículosdel MTC y losproveedoresde vehículosdebenestarpreparadosparapresentarpruebas del mismo. d) Revisióntécnicavehicular(RTV) se realizaránenloscentrosautorizadosporlaDRTC (DireccionesRegionalesde TransportesyComunicaciones - MTC) y se debe hacersobre una base trimestral. e) La documentacióndel vehículoySegurovigentesse exige (paramostrarenlospuntos de control): i. Pólizade segurode responsabilidadcivil contraterceros,mínimoporun montode $US 100,000.00 (camionestantoparatractos como para carretas). ii. SOATVigente. iii. Tarjetade propiedaddel vehículo. iv. Segurode la carga en caso aplique. v. Tarjetade circulaciónemitidaporel MTC en caso aplique. vi. Certificadode Inspeccióntécnicavehicularencasoaplique La documentaciónde losvehículoscríticos,adicionalmente alosdocumentosexigidosenel ítem anteriorse exige: Cuadro 5: Documentación exigida a los vehículos críticos Camiónvolquete,camionesde trasladode materiales • Certificado de operatividad • Historial de mantenimiento • Seguro para Equipo de Contratistas (TREC) • Certificadode habilitaciónvehicular - transporte terrestre de mercancíasen general. Camionescisterna(hidrocarburos, ácido,MATPEL) • Certificado de operatividad • Certificado de prueba de hermeticidad (válido 1 año) • Seguro para Equipo de Contratistas (TREC) • Certificadode habilitaciónvehicular - transporte terrestre de mercancíasen general. Camionesgrúay equipos motorizadosde izaje • Certificado de operatividad (válido 1 año) • Historial de mantenimiento • Seguro para Equipo de Contratistas (TREC) • Certificado de conformidad del fabricante en caso aplique
  • 19. Los vehículosutilizadosparael transporte de explosivosyconexos • Documentode visadoporSUCAMEC (RS N°255-2014) y cumplimientode loestipuladoenDS-055-2010-EM. f) Los vehículos ligeros no excederán los cinco (05) años de antigüedad o en más de 100 kilómetros de recorrido desde la fecha de fabricación. g) Todo vehículolivianoy pesadodebe de contarcon el “cuadernode registrode inspecciónde pre-uso”,asícomolosregistrosde losmantenimientospreventivos. h) Los buses y vehículos pesados no deben tener más de cinco (05) años o en más de 100 kilómetros a partir de la fecha de fabricación. i) La antigüedadpermisibleparaequiposlíneaamarillaesdiez(10) añoso 50,000 horas máquinatrabajadasa partir de la fechade fabricación. j) Todo vehículo pesado y equipo asignado a las labores subterráneas debe contar con el registro mensual de medición de gases de combustión. k) Todo vehículo de transporte de personal de las categorías M1 y M2-Clase III según DS 058-2003-MTC debe contar con jaulas de seguridad que se detallan en las especificaciones técnicas de jaulas de seguridad. Anexo 07 l) Los vehículos deben estar al día con el mantenimiento preventivo de acuerdo a su kilometraje / horas de operación. m) Todos los asientos deberán contar con cinturones de seguridad, los cualesdeben estar en uso cuando el vehículo está en movimiento (cinturones y encroches habilitados). n) El vehículo no podrá circular hasta no tener toda la documentación requerida. o) La profundidad mínima permisible de los neumáticos de rodadura de los vehículos admitidosenUM San Rafael seráel especificadoporel MTC (referenciade 4 milímetros mínimopara neumáticosAT/ MT de vehículoslivianos).Dichaprofundidadde labanda de rodadura debe ser uniforme en todo el ancho del neumático. Un desgaste irregular será causa de mantenimiento o cambio del neumático. Frenos ABS (sistema de antibloqueo de ruedas) Si Bolsas de aire de seguridad (Air Bag) para cada asiento delantero Si Extintor (Camionetas 2 Kg, buses 4 Kg, Camiones 6 Kg) Si Si (*) Botiquín de primeros auxilios Si Si Llanta/rueda de repuesto Si Si Herramientas básicas para el cambio de las llantas/ruedas Si Si Linterna Si Si Cable para carga de baterías Si Si Tacos/cuñas, mínimo dos (02) Si Si Dispositivos de traba tuercas en cada llanta/rueda. Si Cinta reflectiva adosada en los lados laterales y en la parte posterior del vehículo. Si Si Alarma de retroceso. Si Si Faro pirata de retroceso, activado directamente con cambio en retroceso. Si Si Sistema de protección contra volcadura en las camionetas pick up (interna y externa), minibuses y vans (interna). Si Si Sistema de monitoreo GPS y/o de registro de velocidad para los vehículos del servicio de transporte de personal y/o el servicio de escolta de camiones. Si Radio de comunicación y/o teléfono satelital para trabajos en áreas remotas donde no haya alcance de la señal de radio y/o telefonía celular. Si (**) Circulina o luz estroboscópicas. Si Si Escalera de acceso, barandas y pasa manos. Si
  • 20. p) Cada vehículodebe contarconunacopiadel Plande RespuestaaEmergencia (aprobado por su respectivaGerenciade Empresa) relacionadoa laborde desplazamiento,carga y descarga. q) Camionetas deberán contar con estructura de protección contra volcaduras ROP completa (cubriendo los asientos delanteros y posteriores), también barra anti vuelco exterior con configuración de anclaje al chasis. El transporte de personal considerarálacapacidadmáximade pasajerosindicadaenlatarjeta de propiedad.Enningúncasohabrá transporte de personasjuntocon carga. Artículo 21: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos. Cuadro 6: Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipos Detalle Vehículo liviano y de transporte de personal Vehículo pesado / línea amarilla Conos de seguridad, mínimo dos (02) Si Si Triángulos de seguridad, mínimo dos (02) Si Cinturón de seguridad en cada asiento (los asientos delanteros deben tener cinturón de seguridad de tres puntos). Si Si Apoya cabeza en cada asiento. Si Si Letreros de advertencia portátil para delimitar áreas durante operaciones. Si (***) Cable de acero para remolque Si 01 pala, 01 pico Si Si (*) Camionetas y van deberán tener extintor PQS, tipo ABC, de 2.5 Kg como mínimo. Buses deberán tener extintor PQS, tipo ABC de 4 Kg. Vehículos que transportan material inflamable como cisternas de combustible o hidrocarburos deberán seguir las instrucciones del MTC y Norma NTP 833.032 dependiente del tonelaje de carga e inflamabilidad (más de 2 extintores). (**) Exigido para vehículos de transporte de MATPEL y carga crítica. (***) Exigido para vehículos pesados y línea amarilla: “cuidado, equipo en movimiento”, “cuidado, proyección de partículas”, etc. Artículo 22°. Empadronamiento de vehículos y equipos a) Para confirmar la preparación del vehículoy que cuente con toda la documentación e implementos de seguridad requeridos, al ser calificados como aptos por parte del representante de Seguridad y Salud del cliente y/o Empresas Contratistas se colocará un Sticker que autorizará su circulación en la UMdel cliente. b) El procesode calificaciónde vehículosaptosesmediante Stickers,se re evaluarácada6 meses.Cuandoingrese unvehículonuevo,el responsabledel áreaocontratistadeberá gestionarlacolocacióndel Sticker.Encasode que unvehículose retirede serviciospara el cliente,losresponsablesdeberánentregarel Stickeral áreade SeguridadySaluddel cliente. c) Los vehículos y equipos deberán contar con un número o código de identificación ubicados en los laterales y en la parte trasera. Lamina protectora contra impacto en los parabrisas y ventanas. Si Estructura de protección contra volcadura (ROPS) interna completa y barra anti vuelco externa. Si Si Estructura de protección contra caída de objetos (FOPS) Si Sistema de aire acondicionado y limpia parabrisas. Si Si Dispositivo para el bloqueo de la energía del equipo pesado cuando se tenga que efectuar mantenimiento. Si Código de identificación interno de los vehículos y/o equipos asignados a trabajar en las áreas operacionales, logo de la Empresa. Si Si
  • 21. Artículo 23°. Requisitos Comerciales a) Los vehículoslivianosode transporte de personal deberánllevarevidenciaescritade la póliza de seguro vigente con cobertura para el conductor, los pasajeros (según corresponda) ycontraterceros.Tengaencuenta,sinembargo,que aunquelacobertura mínimarequeridaporel MTC esde 100,000 USD para dañospersonales ymateriales,el cliente asu discreciónpuede requerircoberturaadicional,dadalanaturalezade loque está transportando, el perfil de riesgo y otros criterios. b) Una copia de la pólizade seguroaplicable debe mantenerse conla documentacióndel vehículo. c) Nombre de la Aseguradora y la información del bróker debe estar en el vehículo y colocado en un lugar visible, en caso de respuesta ante un accidente de tránsito. d) Se desarrollarán visitas de inspección programadas a fin de seleccionar aquellosque cumplancon los requisitosde lasdisposicionesgeneralesdel cliente yformenparte de la lista de proveedores de confianza del cliente. Artículo 24°. Prácticas Prohibidas a) Usar el vehículo si detecta alguno de los puntos de la lista de verificación como incompleto o faltante. b) La instalación de objetos que obstruyan la visión de las placas o la identificación del vehículo desde los ángulos de visión normales. c) La instalaciónde “mataperros”uotrosaccesoriosenlaparte delanterade lacamioneta d) El uso de neumáticos vulcanizados en los vehículos de transporte de personal y para unidades de carga pesada en las llantas delanteras que articulan con la dirección. e) El númerode pasajerosse limitaráestrictamenteal númerode asientosconcinturones de seguridaddel vehículo.El conductornoarrancarael vehículosi cualquierpasajerono se ha abrochado el cinturón de seguridad. f) Conducir vehículos para actividades operacionales o de trabajo que presenten abolladuras, roturas o desperfectos en su estructura. Artículo 25°. Transporte de Carga en General: Consorcio San Rafael seguirá los requerimientosdel MTC para el transporte de materiales y equipos de un lugar a otro en las instalaciones. La excepción a esta regla es el transporte de cargas sobredimensionadas, la cual se realizará de acuerdo al equipo disponible de Consorcio San Rafael,y por lo tanto los serviciosseránprestadosal cliente de acuerdo a especificaciones y requerimientos. El movimiento estará dirigido bajo un plan de transporte detallado, los requisitos del mismo se especificaran en el contrato con el cliente. Comentarios generales: a) Los vehículos de transporte de carga deben mantener una distancia mínima de 3 m entre la parte superior de la carga y los cables de alta tensión bajo las cuales viaja. b) El material transportado no debe exceder la longitud del vehículo de carga, en casos especiales, se permitirán excepciones, con una evaluación de riesgos específico, planificación y el apoyo de escoltas, vigías y carteles de advertencia.
  • 22. Los desplazamientosde equiposomaterialesde unlugar a otro enlas instalacionesdel cliente requerirán coordinación con el Gerente de Operaciones, Seguridad y Salud, Seguridad Patrimonial, y las áreas operativas afectadas. La comunicación es la clave. 9. REGLAS GENERALES DE CIRCULACIÓN Y TRANSITO DENTRO DE LAS UNIDADADES DE LOS CLIENTES. Artículo 26°. Reglas de Derecho de Paso a) En todos los casos. NO COMPETIR por el Derecho de la vía. La cortesía es siempre la mejor opción. b) Los peatonesy losanimalestienenel derechode pasoen la vía públicay en dentrode la Unidad. c) Los vehículosde emergenciatendránel derechode pasoencasode emergenciacuando estén utilizando las luces y la sirena. d) Los vehículos pesados y vehículos de producción tienen el derecho de paso sobre los vehículos livianos y vehículos de apoyo en todos los casos. Cuadro 7: Prioridad de paso dentro de las instalaciones del cliente. 1 2 3 4 5 Ambulancia y vehículos de emergencia cuando están encendidas la sirena y luces Camiones volquete Vehículos sobre ruedas y orugas (remolques, plataformas, tractores, etc.) Vehículos cisternas (de hidrocarburo, de ácido), Camiones grúa. Vehículos livianos y de transporte de personal Cuadro 8: Cuadro 8. Derecho a pase para Vehículos con igual prioridad. 1 2 3 4 En las intersecciones: el vehículo que se encuentra a la derecha tendrá el derecho de paso. El vehículo que sube tiene prioridad de paso con respecto al que baja. Cuando se desea ingresar a una vía se debe ceder el paso al vehículo que viene circulando. En un vía en donde transiten por carriles opuestos el vehículo que intente voltear a la izquierda deberá ceder el paso al vehículo que viene en dirección opuesta. e) Los cambios de carril y giros en U ceden el paso al resto de vehículos y peatones. f) Los conductoresde vehículoslivianosdebentenerpresente que el equipopesadotiene preferencia. La distancia mínima entre un vehículo liviano y un equipo de producción seráde 25 metros,seapordetrásodelantedelequipo,si necesitaadelantaraunequipo pesadodeberáasegurarse de que el operador de solicitarautorizaciónal operadordel mismo,utilizandolafrecuenciade radiocorrespondiente a operaciones del proyecto. Artículo 27°. Señales de Transito a) La señalización que se utilizará en el Consorcio San Rafael, ya sea informativa, regulatoriaode advertenciadebe estardiseñadayfabricadaenbase alaNormaTécnica
  • 23. Peruana (NTP 399.010-1:2004 SEÑALES DE SEGURIDAD: Colores, Símbolos, Formas y Dimensiones de Señales de Seguridad - i).- RM 210-2000-MTC /15.02 Manual de dispositivos del control del tránsito automotor para calles y carreteras.). b) En toda vía en construcción o mantenimiento, que afecte la circulación normal, se deberá colocar dispositivos de control (letreros de advertencia de paso restringido, conos,caballetes,hombrestrabajando,semáforos,cintasrojas,amarillas),conel finde guiar la circulación vehicular y minimizar los riesgos asociados a estos trabajos. c) Solo el supervisor responsable del área podrá autorizar retirar una barrera que cierra una vía. d) En condiciones de neblina o baja visibilidad se utilizarán dispositivos de control de tránsito luminosos y de alta reflexividad. e) Cuandose aproxime aun avisode “PARE” el conductordel equipolivianoy/ooperador de equipo pesado, debe detener su vehículo cumpliendo con la regla de los tres segundos;contarmil uno,mil dosmil tres,tocardostoques de bocinayasegurarse que al cruzar la vía esté totalmente libre, antes de iniciar la marcha. Artículo 28°. Vehículos Livianos y Vehículos de Servicios a) Límite de velocidadenlas carreterasy accesos de la UM del cliente (amenosque este señalizado): 40 Km/h. b) Al conducirvehículoslivianosencarreterasnopavimentadasse debe utilizartracción4 x 4 (4H) y siempre que los caminos pavimentados estén húmedos,o cubierto por la nieve, granizo u otros elementos en los que su uso es necesario. c) Evitar estacionarse en los puntos ciegos de los equipos pesados, ya sea en funcionamiento o detenidos. Hacer contacto visual con el operador. Artículo 29°. Vehículos de Carga & Camiones Volquetes a) Límite de Velocidad: 30 Km/h (vacío), 25 Km/h (cargado) b) Un vehículo liviano puede pasar a un equipo pesado si está autorizado. Artículo 31°. Precauciones Generales a) No está permitido conducir un vehículo si no cuenta a la mano con su licencia de conducir (MTC) y el permiso interno de conducir vigentes. b) Está prohibido transportar personas no autorizadas en los vehículos de la empresa. c) Ningún vehículo o equipo podrá ser abandonado con la llave en el contacto y/o con el motorencendidoysinlapresenciadel conductor,exceptoparaloscasos:i) de trabajos de pruebas en los talleres de mantenimiento ii) para el personal y supervisoresque realizanel iniciode disparosenlosprocesosde voladuraprimariaysecundariayparalo cual se deberácontarconunaherramientade control de riesgocomoel IPERC,PETSy/o ATS.Soloen laplayade estacionamientoautorizada, para el calentamiento del motor d) No estápermitidoconducirunvehículou operar equipospesadosbajolainfluenciade alcohol y/o drogas ni transportar o consumir bebidas alcohólicas y/o drogas, así como beber o comer con el vehículo o equipo pesado en movimiento. e) Ningúnvehículooequipose podrádejarestacionadoenlasáreasoperacionales,enlas vías, enlasplataformas/frentes/áreasde trabajo,etc.,sinlascuñas/tacosde seguridad, esta disposiciónestán exceptuados de cumplir losvehículos estacionadosen las zonas
  • 24. de estacionamientooplataformas/frentes/áreasde trabajoquecuentenconunsistema de prevención de desplazamiento de vehículos y/o equipos pesados. f) Ningún vehículo ligero y de transporte de personal se podrá desplazar sin los dispositivos de traba tuercas en sus llantas/ruedas. g) Solo podrán viajar en los vehículos personas en sus respectivos asientos y asegurados con sus respectivos cinturones de seguridad, no está permitido viajar sobre la plataforma / tolva. h) Ninguna persona podrá subir o bajar de un vehículo o equipo pesado cuando éste se encuentre en movimiento, se debe esperar que el conductor detenga el vehículo o equipo pesado para subir o bajar del mismo. i) Los vehículos y equipos pesados deben transitar con las luces encendidas todo el tiempo. j) Al ascenderodescenderde unvehículoy/oequipopesadouse lostrespuntosde apoyo. k) Los conductores y operadores están prohibidos de usar el teléfono celular cuando el vehículo o equipo pesado que conduce se encuentra en movimiento, esta prohibición incluye el uso de dispositivos de manos libres. l) Al remolcar: el cable de remolque puede ser utilizado, sólo después de evaluar la condición mecánica del vehículo, las características de la carretera, la longitud del movimiento y si se requiere o no una barra de remolque. m) El contacto y comunicaciónconel operadordel equipoesnecesariocuandose acerque a menosde 50 m de los equiposde movimientode tierrasenfuncionamiento,esperar la confirmación por parte del operador o supervisor responsable. n) Solo se podrá subir a la plataforma y/o techo del vehículo o equipo pesado cuando el motor esté apagado,los frenosde mano activadosy el conductor haya descendidodel vehículo o equipo pesado y colocado las cuñas/tacos en las llantas/ruedas. o) Solo los vehículos autorizados por la unidad minera y/o proyecto podrán transportar explosivosy/odispositivosde voladura;del mismomodo,sololosvehículosautorizados porla unidadmineray/o proyectopodrántransportarfuentesy/oequiposradioactivos. p) No arroje residuos,materialesorestosde alimentosfueradel vehículo,deposítelosen un recipiente y luego dispóngalos de manera segura y apropiada. Artículo 32°. Uso de EPP dentro de vehículos y equipos a) El uso de casco se debe considerar al desplazarse por áreas de trabajo; ante una situación que amerite la salida de los ocupantes de un vehículo, estos deberán estar listos con los EPP obligatorios correspondientes al área de trabajo. b) Solo está exonerado el uso del casco cuando la persona se encuentre dentro de un vehículo con cabina cerrada con desplazamientos por superficie y por áreas donde no se desarrolle actividades de operaciones, mantenimiento o en construcción. Artículo 33°. Actos Prohibidos a) Conducir en el sitio sin el Permiso Interno de Conducir b) No reportar un incidente de tráfico c) Permitir conducir a personas no autorizadas d) No utilizar lentes cuando así se prescribe e) Noseguirlasinstruccionesdelpersonalde SeguridadPatrimonial (AgentesdeVigilancia) f) Usar teléfonos celulares, auriculares, al conducir vehículos o maquinaria.
  • 25. g) Extraer combustible de otros vehículos utilizando mangueras u otros aparatos h) Almacenar y / o transportar combustible en contenedores no autorizados. i) Operar un vehículo fuera de su “rendimiento extra” j) Lavar vehículos en áreas no autorizadas 10. PERMISO INTERNO DE CONDUCIR (PIC) Se espera que todos los empleados de Consorcio San Rafael que buscan conducir un vehículo liviano se aseguren de tener el permiso Interno de Conducir (PIC). Tener en cuenta que se requiere esta licencia para conducir dentro y alrededor de las instalaciones y proyectos donde el Consorciorealicesusservicios.El transporte depersonalylosserviciosde transportede carga fuera de las instalaciones del cliente serán normalmente realizadas por los contratistas, por lo que los requisitos se especifican en los documentos del contrato. Artículo 34°. Requisitos para obtener el PIC Los candidatos deben cumplir con los requisitos que se detallan en el siguiente cuadro: Cuadro 9: “Tabla de Requerimientos para los Conductores”. Camioneta d 5 Minibus 00 =5 CQ Volquete CisternadeaguaCamión CisternadeSemitráilercamabaja plataformacombustibleydeMATPEL Semitráilercamabajaplataforma Líneaamarilla-EquiposdeminaInforme médico ocupacional X X X X X X X X X Examen psicosensométrico X (*) X X X X X X X X Curriculum Vitae X X X X X X X X X Aprobación de la inducción de ingreso “trabajador nuevo” (mayor a 70/100) X X X X X X X X X Para conductores de transporte de personal Mínimo 2 años de experiencia comprobada en la categoría a la que postula. X X X X X X X X Certificado de acreditación emitido por un instituto superior, 3 años de experiencia con la licencia MTC categoría A-1 y tener como mínimo 24 años de edad. X Solicitud de PIC X X X X X X X X X Copia de licencia de conducir vigente X X X X X X X X Licencia AI (solo Supervisores) X Licencia AII-A (edad Mínima 24 años) X Licencia AII-B (edad Mínima 24 años) X X X Licencia AIII-A (edad Mínima 24 años) X X X X Licencia AIII-B (edad Mínima 24 años) X
  • 26. Licencia AIII-C (edad Mínima 24 años) Record oficial de conducir del MTC (un año de antigüedad emitido por municipio de la dirección legal del conductor), mínimo 2 faltas leves o 1 falta grave procesada. X X X X X X X X Curso de Pasajeros del MTC X X X Entrenamiento en Manejo Defensivo (Certif) X X X X X X X Curso de MATPEL básico X X X Cusco de MATPEL especifico X Curso de Cargas y Mercancías del MTC X Certificado de Operador por entidad extern. X Contar con SCTR vigente Haber aprobado el curso del RITRA X X X X X X X X X Haber aprobado el Curso de Manejo Defensivo (teórico / práctico) de UM San Rafael (Supervisores o trabajadores en general mayor a 70/100, Conductores u Operadores mayor a 75/100, Ingenieros de Seguridad mayor a 80/100). X X X X X X X X X a) Cada contratista deberá obtener una licencia interna emitida por el cliente y llevará a cabo auditorías de estos procesos para asegurar el alineamiento con estos requisitos y la eficacia. b) Luego de cumplir con los requisitos de pruebas y documentación, el cliente emitirá el PIC. Esta licencia califica al conductor para conducir de vehículos livianos en toda las instalaciones del cliente (a menos que restricciones específicas se apliquen en el lugar, o que otras se aplican en el momento de la prueba),así como limitalosviajesfuerade las instalacionesalas comunidades y zonasde influencia cercanas, si es requerido por las actividades del cliente. Cuadro 10: Colores de identificación de Permisos Internos de Conducción por zonas Código Zona Color PIC-02 Superficie, zona industrial - dentro de la Unidad (vehículo ligero) VERDE PIC-03 En Interior mina, Superficie y zona industrial(vehículo ligero) AZUL PIC-04 En Interior mina, Superficie y zona industrial (vehículo pesado) NARANJA PIC-05 Solo para equipos de línea amarilla AMARILLO PIC-06 Equipo Pesado - interior mina CELESTE PIC-07 Para transporte de personal fuera de la Unidad ROJO Artículo 35°. Entrenamiento para obtención del PIC a) La prueba de conocimientode los requisitos de este reglamento se llevara a cabo para losnuevosconductoresqueestánsolicitandosuPIC –del cliente.Cadapostulante tiene 2 oportunidades para aprobar el examen teórico de manejo defensivo, en primera instancia (Supervisores o trabajadores en general mayor a 70/100, Conductores u Operadores mayor a 75/100, Ingenieros de Seguridad mayor a 80/100) de nota aprobatoriay ensegundainstanciaconunadicional de +5% adicional respectivamente. b) En el caso de no aprobar se deberá esperar un periodo de 1 mes para volver a presentarse. La evaluación tiene una validez de 1 año.
  • 27. c) Los postulantesaprobadosenel examende conocimientospasaránpor una evaluación práctica, la cual se aprueba con una puntuación mínima de 80%. Los postulantes aprobadosenambosexámenesestánaptospararecibirlalicenciade conducirinterna. d) Los conductores de vehículos livianos y pesador deberán pasar anualmente el curso de manejo defensivo con el fin de revalidar su autorización de manejo para la Unidad. Artículo 36°. Certificados de conducción para otros tipos de equipos Para otros tipos de equipos (equipos de producción o mantenimiento), la responsabilidad de definirlascalificacionesparaobtenerlos certificadosde manejorecaeráen el Área del Cliente (y/o Contratista) con la necesidad de tales servicios. Artículo 37°. Validez del PIC Losconductoresque hanabandonadolaunidadmineraporunperíodode 6mesesomás,deben repetir la prueba para la obtención del PIC. 11.ESTACIONAR UN VEHÍCULO O EQUIPO Artículo 38°. Acciones al estacionarse a) Estacionar los vehículos de manera que no presenten riesgo para el personal u otros equipos ni interferir el flujo de tránsito. b) Estacionarse en reversa en las áreas de estacionamientoestablecidos, apagar el motor del vehículo,engancharenprimera,conel sistemade frenode parqueoactivado(freno de mano). Dejarlo en posición listo para salir. c) Al estacionar vehículos de carga, los conductores siempre deben colocar las cuñas y conos de seguridad. d) Si por algunarazón el vehículooequipomóvil debe estacionarse enunáreadiferentea la zona de parqueo, debe tener las luces de emergencia encendidas. e) No está permitido estacionarse en una pendiente,con excepción de una emergencia o prioridad operacional se deberá utilizar cuñas en las ruedas, o, alternativamente, girar la rueda delantera hacia algún obstáculo que impida su deslizamiento (muro, berma, laderade talud, etc.), y enganchar el vehículo en un cambio contrario a la pendiente. f) Al estacionarvehículoslivianosenáreasde estacionamientoestablecidas,nose requiere utilizar cuñas en las ruedas ni los conos de seguridad. g) Cuando se necesite estacionar un vehículo en caso de emergencia en zonas no autorizadas,activarlaslucesde emergenciayparquearsede tal maneraque puedasalir hacia adelante, colocar el freno de emergencia, ubicar los conos de seguridad a 1.5 m de distancia de las esquinas del vehículo, y comunicar al responsable de Seguridad. h) Si el conductor requiere detener su vehículo en una vía principal o secundaria, deberá hacerlo lo más lejos posible al lado derecho de la carretera en el mismo sentidode la circulación,lomáscerca posible al muro,ylejosde curvas,crestasde loscerros,uotros obstáculos visuales, lejos de la posibilidad de caída de rocas u otros riesgos. i) Retirar la llave del contacto cuando el vehículo está estacionado y desatendido.
  • 28. Artículo 39°. Restricciones para estacionar vehículos No estacionarse: a) Encurvas,bordesde bancos,límitesdeterraplén,enáreasconevidenciadequebraduras o hundimientos, b) Cerca de las salidas o cualquier manera que impide el tránsito c) En una vía contraria a la dirección del tránsito. d) En zonas restringidas, o zonas reservadas para equipos pesados e) En las vías con bermas laterales. En caso emergencia o es urgente estacionarse, se deberá desplazarse al carril derecho y no restringir el tránsito, se deberá buscar las bermas de seguridad para estacionarse. f) Detrás o en el punto ciego cerca de vehículos pesados. i. Si por razonesoperativas,esnecesario,coordinarconel conductorde lamaquinaria pesada antes de aparcar. ii. Permitir realizar maniobras en caso de emergencia g) Bloqueando equipos de lucha contra incendios, ambulancias o puntos de reunión de evacuación. h) Está prohibido el estacionamientode un vehículo liviano cerca de equipos pesados en mantenimiento o reparación. i) Pasar debajo una carga suspendida. 12.USO DE CLAXON Artículo 40°. Uso de claxon, general a) El claxonse utilizacomocontrolde riesgosparaadvertenciaapeatonesuotroconductor (acercándose a cerros y curvas, peatones, animales).Bajoeste RITRA,el uso del claxon se resolverá en su uso más prudente y cuando sea necesario. b) Los conductoresmanejaranaladefensiva.Estosignificaque usarel claxonparaadvertir al conductorsuaproximaciónaunavíade acceso,al acercarse aunacurvaciegaocresta del cerro,nose puede asumirque seaeficaz.El conductordebe controlarlavelocidady la visibilidad y asegurarse de que el camino está libre antes de continuar. c) Se restringe el uso de claxon durante todo el día en las vías de campamento donde se ubicanlos recintosde descansodel personal.Se cumpliránlasseñalesobligatorias“no tocar claxon”. Artículo 41°. Uso de claxon en vehículos livianos El uso del claxon en los vehículos livianos se limitará a controlar el riesgo en la marcha, como por ejemplo,paraalertaraotro conductorsu presencia.A losconductoresde vehículoslivianos se les recuerda lo siguiente: a) Los peatones siempre tienen el derecho de paso. El claxon no se puede utilizar para controlar o impedir el movimiento de los peatones o animales. b) Los conductores deben usar el claxon: i. UN TOQUE: antesde encenderel motor,esperarporlomenos5 segundosantesde arrancar el motor ii. DOS TOQUES: antesiniciarlamarcha del vehículo,espere porlomenos5 segundos antes de avanzar.
  • 29. iii. TRES TOQUES: antes de retroceder el vehículo, espere por lo menos 5 segundos antes iniciar la marcha. Artículo 42°. Uso de claxon en vehículos pesados (buses, camiones, equipos de construcción & producción) a) En equiposde mayor tamaño,la visibilidaddel conductorse reduce considerablemente en varias direcciones, y lo más importante, en la zona que rodea inmediatamente el equipo, En consecuencia, los conductores deben hacer sonar el claxon: i. UN TOQUE: antes de encender el motor, esperar por lo menos 5 segundos antes de arrancar el motor ii. DOSTOQUES: antesiniciarlamarchadel vehículo,espere porlomenos5segundosantes de avanzar. iii. TRES TOQUES: antes de retroceder el vehículo,espere por lo menos 5 segundos antes iniciar la marcha. b) Todos los conductores deben asegurar que la alarma de retroceso se encuentre en buenas condiciones de operatividad ya que para vehículos pesados las maniobras son más riesgosas; el motor del equipo funcionando, junto con el sonido de la alarma de retrocesodebe sersuficienteparaalertaalospeatonesyotrosvehículosde laintención de iniciar el movimiento en reversa. c) Esperar5 segundosdespuésque laalarmade seguridadse active y/oel toque de claxon antes de mover el vehículo. d) Si se retrocede sin la ayuda de un vigilante o señalero, el conductor debe asegurarse mediante inspección física que no haya ningún obstáculo inmediatamente detrás, delante de, o tal vez fuera de la vista, cuando el conductor está sentado normalmente al volante. Esto puede obligar al conductor a salir del vehículo para llevar a cabo una inspección minuciosa. 13.INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO Artículo 43°. Inspecciones y mantenimiento del vehículo. a) Todos los vehículos que operan en las instalaciones serán sometidos a un programa de inspección vehicular que deben mantenerse de acuerdo con los requisitos del MTC. b) Los vehículos también deben mantenerse coherente con las recomendaciones del fabricante. c) La evidencia de la inspección y mantenimiento actual será objeto de auditoría. 14.CONTROLES Y REGULACIONES DEL TRÁNSITO FUERA DE LA UM Artículo 44°. Controles y normas de tránsito para tránsito en vías publicas a) En todos loscasos, ConsorcioSan Rafael tratará de cumplir,y exigiráa susproveedores de serviciosyempresascontratistasque cumplanconloscontrolesynormasde tránsito establecidasque rigenel transporteenlaRepúblicadel Perú.Tambiénse esperaquelos
  • 30. empleadosdel cliente que viajanfuerade lasinstalacionespornegociosde laempresa, si circulan por una vía pública, cumplan con estos requisitos. b) El MTC promulga reglamentos que rigen el uso de las vías públicas para efectos del traslado de personas, vehículos y mercancías dentro de la República del Perú. Estas regulacionesse distribuyenentrevariosdocumentos,entreloscualessonlossiguientes: i. D.S N° 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito y sus modificatorias ii. D.S N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte y sus modificatorias iii. D.S N° 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos y sus modificatorias iv. D.S N° 040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir y sus modificatorias v. Directiva N° 002-2006-MTC/15, Clasificación Vehicular y Estandarización de Características Registrables de Vehículos vi. LeyN°28256, el Transporte de MaterialesyResiduosPeligrosos,ysusmodificatorias c) En general, el D.S. N° 016-2009-MTC específica: i. Losrequisitosmecánicosyeléctricosmínimosconel finde calificaraunvehículopara operar en la vía pública ii. Los requisitos del registro de los vehículos iii. Obligaciones, Responsabilidades y requerimientos de seguros iv. Infracciones, multas y sanciones d) En general, el D.S. N° 017-2009-MTC busca: i. Regularizar y clasificar los diversos tipos de servicios de transporte comercial terrestre ii. Aclarar la relación de éstos con los gobiernos nacionales y regionales iii. Establecer los requisitos técnicos mínimos para los vehículos de cada clase iv. Establecer los requisitos mínimos para los conductores v. Otros requisitos relacionados con la infraestructura y entrenamiento 15.PROCEDIMIENTO DE TRANSPORTE FUERA DE LA UM Esta sección del RITRA se ocupa del transporte de vehículos livianos, personal, materiales, equipos y productos hacia y desde las instalaciones del cliente a campamento, ciudades base y/olugaresremotos.Lagranmayoríadel tránsitodeltransporteque tendrálugarfueradel límite de propiedadde laUM estarábajo contratocon tercerosque se especializanenlosserviciosen cuestión. Artículo 45°. Para la realización de viajes de recorridos mayores (más de siete (07) horas de conducción) Se deberá considerar las indicaciones siguientes: a) Antesdel iniciodelviajeel conductordeberárealizarlarespectivaplanificación,teniendo en consideración:distanciaarecorrer,lugaresde alimentaciónyhospedaje,lugaresde abastecimiento, reporte de desplazamiento, riesgos en el recorrido, tiempos, etc. Si fueranecesariopodráconsultaral Superintendentey/oJefede SeguridadySaludsobre este tema.
  • 31. b) Al inicio, durante y al final del viaje, el conductor deberá reportar su posición al centro de control que el Superintendente y/o Jefe de Seguridad y Salud de la unidad minera y/o proyecto haya establecido. c) El conductor deberá contar con un conductor de relevo. Artículo 46°. Para el tránsito de vehículos livianos y de transporte de personal Consorcio San Rafael cumple las exigenciasde lasnormativasvigentesyexige el cumplimiento de lasresponsabilidadesdel proveedorde serviciosde transporte de personal ymercancías en general que se realiceestosserviciosrespetandoplenamente las normasdelMTC.El alcance de los servicios a ser prestados y las responsabilidades asociadas (seguridad, cumplimiento ambiental, informes, etc.) y de cuales las partes están de acuerdo, y cuales el proveedor del servicioestáobligado.Porconsiguiente,salvoque yase hayaindicadoennuestrosrequisitosen el sitio,nohaynecesidadde definirconmayorprecisiónsobre losrequerimientosde transporte sobre las carreteras, puesto que ya han sido tratados en la estructura normativa nacional peruana. Artículo 47°. Para el Transporte de Materiales Peligrosos, Sobredimensionados y Carga pesada Se cumplen los requisitos de la normativa del MTC para tratar estos temas. En el caso de MATPEL, losproveedoresde estosserviciosdeberándemostrarsuexperienciaen gestionarcon éxito el transporte de materiales similares. Se exige que losconductores que brinden servicios regularesparatrasladode MATPEL(másde 3vecesal año) debande aprobarel cursode Manejo Defensivo de UMSan Rafael. En el caso del transporte de carga sobredimensionada y carga pesada, las empresas especializadasparagestionartodoel desafíologísticode planificaciónycoordinaciónde todoel proceso, desde la carga hasta el control del tránsito de la entrega y descarga, incluyendo la gestión de la seguridad, respuesta a emergencias y la coordinación con las autoridades. Artículo 48°. Horarios de Salida Permitidos Toda movilizaciónde vehículosdesdeyhacialaUM debenserreportadosalosAdministradores responsables de las respectivas Empresas. La salidade vehículosdesdeJuliacahaciaSanRafael (oviceversa) se iniciaráalas5am.La última hora de salida,paraevitarriesgosinnecesariosasociadosconlosviajesenhorasde oscuridades como se muestra en el siguiente cuadro: Cuadro 11: Horarios autorizados para la conducción fuera de la unidad # Trayecto Horarios Permitido Reporte Desde Hasta RUTA A: JULIACA - SAN RAFAEL: 1 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al salir de Juliaca 2 Cruce Asillo - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al pasar por / llegar a C. Asillo
  • 32. 3 San Antón - San Rafael 05:00 17:00 Reporte al pasar por / llegar a San Antón RUTA B: SAN RAFAEL - JULIACA: 1 San Rafael (Cumani) - Antauta 05:00 17:00 Reporte al salir de Antauta 2 San Rafael (Cumani) - San Antón 05:00 17:00 Reporte al pasar por / llegar a San Antón 3 San Rafael (Cumani) - C Asillo 05:00 17:00 Reporte al pasar por / llegar a C. Asillo 4 San Rafael (Cumani) - Juliaca 05:00 17:00 Reporte del conductor al llegar RUTA C: SAN RAFAEL - AJOYANI 1 San Rafael - Ajoyani (o viceversa) 05:00 17:00 Reporte al salir de Ajoyani 2 Antauta - Ajoyani (o viceversa) 05:00 17:00 Reporte al salir de Ajoyani Nota: Los desplazamientos para transporte de personal y material en turno noche no son considerados. Cuadro 12: Horarios autorizados para desplazamientos fuera de la unidad # Trayecto Desde Hasta Veloc. max. promedio Tiempo promedio Tipo de vehículo: CAMIONES (con CARGA LIVIANA) 1 San Rafael - Juliaca 05:00 17:00 60 Km/h 04:30 hrs 2 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 60 Km/h 04:30 hrs Tipo de vehículo: PLATAFORMAS / CAMABAJAS (con CARGA PESADA) 1 San Rafael - Juliaca 05:00 17:00 55 Km/h 05:00 hrs 2 Juliaca - San Rafael 05:00 17:00 55 Km/h 05:00 hrs Nota: Los desplazamientos para transporte de material en turno noche no son considerados. a) Las excepciones a este horario solo podrán ser autorizados por el Gerente de Operaciones o la máxima autoridad de la Empresa Contratista, después de evaluar la prioridadde la necesidaddel transporte yel riesgoque implicalasalidadespuésde los tiempos establecidos. b) El tránsitointernode camionescercade losCampamentosylugaresde descansode los trabajadores se permitirá hasta las 22:00 horas. c) Antes del inicio del viaje el conductor deberá realizar la respectiva planificación, teniendo en consideración: distancia a recorrer, lugares de alimentación y hospedaje, lugares de abastecimiento d) Al iniciar, durante y al final del viaje, el conductor deberá reportar su posición a los respectivos Administradores o Servicios de cada Empresa.
  • 33. Artículo 49°. Respuestas ante Accidentes de Tránsito (según requerimientos del MTC) a) Todo conductor envueltoenunaccidente de tránsitoque produzcalesionesaterceros y/o daño a otros vehículos debe: i. Notificarloocurridoal centrode control del cliente,asu Supervisordirectoya la autoridad policial más cercana (Ver Anexo 05). ii. Prestar ayuda si fuese necesario iii. Sacar una copiade la denunciapolicial lacual será entregadaa la compañía de segurosrespectivayal áreade SeguridadySaluddel cliente,de locontrario,el conductor será responsable por los daños y pérdidas producto del accidente y de la responsabilidad civil por daños a terceros. iv. Pasar un examen de alcoholemia. b) El Centro de control notificara a Seguridad y Salud del cliente y líderes de las áreas de cliente, al Tópico según el Plan de Respuesta a Emergencia. c) Los peatones involucrados en un accidente de tránsito deben pasar un examen de alcoholemia. d) El conductor que sin haber participado en un accidente de tránsito recogiera a los lesionadosylosllevaraporiniciativapropiaaunapostamedicauhospital;deberádejar establecido su individualización en el acta de ingreso al centro hospitalario, policía nacional y notificar de su acción al centro de control. e) Es obligación del supervisor directo del conductor reportar el accidente a su Gerente /Jefe de áreaya Seguridady Saluddel clientesegúncorresponda,utilizandoparaelloel Formato de Reporte Preliminar de Incidente: Flash Report. f) Es obligación de la Jefatura de área realizar la investigación del accidente 16. SANCIONES E INFRACCIONES DE TRÁNSITO a) El conductor que se detectarompiendounaregulaciónde tránsitoen UM, se retendrá la licenciade conducir interna y se entregaraa Seguridady Saluddel cliente indicando la infracción realizada. b) El conductorque cometiólainfraccióndebepresentarseen lasoficinasde Seguridaddel cliente con su Supervisor directo con el fin de recibir información sobre la infracción correspondiente y si es el caso, la sanción aplicable. c) Seguridad del cliente comunicará al Gerente o máxima autoridad de la Empresa del infractor sobre la infracción correspondiente y la pena aplicable. d) Si lainfracciónnose especificaenCuadrode InfraccionesySanciones,estoserádefinido por el Superintendente de Seguridad y Salud del cliente o su representante. e) Se detalla el cuadro de Infracciones y Sanciones: Cuadro 13: Tabla de infracciones y sanciones. INFRACCIONES SANCIONES Tipo Descripción Suspensión Reentrenamiento Exceder la velocidad máxima hasta por 10 Km/h. Conducir sin usar el cinturón de seguridad.
  • 34. Conducir en estado de fatiga/somnolencia y/o no haber aplicado su derecho de decir NO Adelantar o rebasar a otro vehículo en curva, puentes, paso sobre o bajo nivel, cruces o al aproximarse a la cima de una pendiente. Conducir un vehículo sin contar con la Licencia Interna correspondiente al tipo de vehículo y/o sin Licencia de Conducir del MTC o Internacional (incluida la falsificación). Suspensión de 30 días laborables. Curso de Manejo Defensivo y 4x4 Teórico y Práctico. (evaluación teórica y práctica aprobada) No seguir o desobedecer las indicaciones del personal de vigilancia Security o de Seguridad. GRAVES Conducir más de las horas establecidas por ley (5 horas continuas y 8 horas en un turno) Usar celular mientras se conduce. Interferir o no dejar pasar vehículos de emergencia. Entregar un vehículo para que lo conduzca una persona que no posee la licencia interna de conducir de la Unidad. Acumulación de 2 faltas Moderadas. No detenerse o no reportar, después de estar involucrado en un accidente de tránsito. Suspensión de 3 Exceder la velocidad máxima permitida hasta por 20 Km/h meses Acumulación de 2 faltas Graves. Definitiva Suspensión Conducir bajo influencia de alcohol, drogas o estupefacientes. permanente. (falta2 hojasnoson muyentendibles) Cuadro 14: Ficha de Sanciones PAPELETA DE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SEGURIDAD VIAL Datos de la aplicación de sanción Lugar donde se aplica la sanción Fecha Hora Turno Datos del personal sancionado APELLIDOS y Nombre DNI Cargo Datos del Gerente / Residente / Supervisor (ó Administrador de Contrato) del personal sancionado APELLIDOS y Nombre Cargo Área / Empresa Descripción del incumplimiento según Cuadro 13. Tabla de infracciones y sanciones - UM San Rafael Clasificación según gravedad Recurrencia de la falta Tipo de sanción LEVE □Primera vez □Amonestación □MODERADO □ Segunda vez □ Suspensión del PIC □GRAVE □Tercera vez □No ingreso a la Unidad permanentemente □
  • 35. Firma: 18. ANEXOS 18.1. Equipamiento de Seguridad 18.2. Lista de VerificaciónVehicularDiaria.CamionetasyVehículosde Transporte de Personal 18.3. Lista de Verificación de vehículos de Transporte de Carga 18.4. Evaluación de riesgo ruta Juliaca - San Rafael 18.5. Listado de teléfonos de emergencia ruta Juliaca - San Rafael 18.6. Mapa vial en Superficie - Límites de velocidad 18.7. Especificaciones Técnicas de da Jaula Antivuelco 18.8. Criterios para la Auto-evaluación de la Fatiga y/o Somnolencia 18.9. Lineamientos para la evaluación médica y calidad del sueño para conductores de vehículos de transporte de personal, vehículos escolta y ambulancia 18.1. ANEXO 1 Anexo 1: Equipamiento de Seguridad Materiales para Primera Respuesta Vehículo liviano, de servicios Vehículo pesado y de carga Vehículo de Transporte de personal Botiquines Curitas 10 10 10 Apósito 5" x 9" 0 2 5 Algodón 1 0 0 Gasa estéril 3" (sobre x 4 unidades) 1 1 2 Esparadrapo /" 1 1 1 Vendaje triangular 0 1 1 Guantes de látex (talla 7) 2 Pares 3 Pares 3 Pares Tijera de trauma 0 1 1 Venda elástica o de gasa 2'' 0 1 2 Venda elástica o de gasa 4'' 1 2 2 Manta aluminizada - manta polar 0 1 1 Collarín cervical regulable 0 1 1 Férula (SAM SPLINT) o Neumáticas (kit x 6 piezas: 3 miembro superior, 3 miembro inferior) 0 0 1
  • 36. Kit completo de oxigenoterapia (Cilindro de oxigeno de 680 ml, válvula reguladora y mascara con bolsa de reservorio) 0 0 1 Cánula nasal 0 0 2 Gasa para quemaduras (Jelonet) 0 1 1 Solución yodada 10 % (Isodine solución) 1 1 1 Oftalirio gotas 1 1 1 Mascarilla silicona para RCP 0 1 1 Bolsa plástica sellable 0 5 3 Paños o toallitas antisépticas 0 5 5 Crema para quemaduras - antibacteriana (Silverdiazina) 1 1 1 Agua oxigenada 1 1 1 Dencorup crema 1 0 0 Aseptil rojo 1 0 0 Kit contra derrames Tapetes absorbentes de uso general (5 galones de capacidad) 10 Salchichas o calcetines (3" x 48") 2 4 2 Bolsa para disposición final 1 4 1 Bolsa para almacenar el Kit con cierre tipo Zip Lock 1 1 1 Guantes de nitrilo 1 par 2 pares 1 par Traje desechables (tipo tivex) 0 2 0 18.2. ANEXO 2
  • 37. 18.3. ANEXO 3 Anexo 2: Lista de Verificación Vehicular Diaria Camionetas y Vehículos de Transporte de Personal
  • 38. Anexo 3: Lista de Verificación de vehículos de Transporte de Carga
  • 39. 18.4. ANEXO 4 Evaluacionde riesgo- rutaJuliaca- Antauta. Anexo 4: Evaluación de riesgos. EvaluacióndeRiesgo - Ruta Antauta - Cumani. Velocidadmáxima (Km/h) Condicionesclimáticas (promedioanual) Condicionesde laruta Comunicaciones Tramo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Lluvias Granizo Neblina Tormenta eléctrica Asfaltado Afirmado Curvas peligrosas Crucede personas Animales enruta Falta señales Claro Movistar Nextel Satelital KP 148 - KP156 Puente estrecho 40 30 No No No No No Si No Si Si Si Si No No Si KP 156 Puente - KP159 Bifurcación 40 30 Si No Si No No Si Si Si Si Si Si No No Si KP 159 Bifurcación- KP 163 pendiente 40 30 Si Si Si No No Si Si No Si Si Si No No No KP 163 pendiente- KP165 Cumani. 40 30 Si Si No No No Si Si Si Si No Si No No Si Velocidadmáxima (Km/h) Condicionesclimáticas(promedio anual) Condicionesde laruta Comunicaciones Tramo Vehículo s Livianos Vehículo s Pesados Lluvias Granizo Neblina Torment a eléctrica Asfaltad o Afirmado Curvas peligrosa s Crucede personas Animales enruta Falta señales Claro Movistar Nextel Satelital Juliaca-salidaJuliaca 45 35 No No No No Si No No Si No No Si Si Si Si Juliaca- ingresoa Azángaro 90 55 No No No No Si No Si Si Si No Si Si No Si Ingreso/ cruce - Progreso 90 55 Si Si No No Si No No Si Si No Si Si No Si Progreso- IngresoSan Antón 90 55 Si Si No No Si No No Si No No No No No Si San Antón- San Isidro 80 55 Si No No Si Si No No Si No No Si No No Si San Isidro- Antauta 80 50 No No Si Si Si No Si Si Si No Si No No Si
  • 40. Si No Se puede encontraro puede ocurrirestacondiciónNose presentaono ocurre estasituación Bajo Riesgo:pocao escasaprobabilidadde que ocurraunaccidente MedianoRiesgo:Podríaocurrir unaccidente AltoRiesgo:Ha ocurrido,causade accidentes 18.5. ANEXO 5 Anexo 5: Listado de teléfonos de emergencia ruta Juliaca - San Rafael ComunicacionesMINSUR Central de Comunicacionesde Emergencia - SanRafael(051) 951292455 / (051) 951292456 Central de Comunicacionesde Emergencia - Lima (01) 2158330 / Anexo2000 Entidad Númerode Contacto PNP,DIREJESAN Juliaca (051) 322793 / 105 PNP,Comisariode Macusani RPM#957687872 RadioPatrullaPNP (051) 322030 / 051 - RPM: 382340 Emergencia105Comisaríadel AeropuertoJuliaca RPM# 421940 ComisaríaSanta Bárbara - Juliaca (051) 326730 SerenazgoJuliaca (051) 329001 / (051) 329002 / (051) 329003DefensaCivil RegiónPuno (051) 321201, (051) 354000 (051) 354000 / 110CuerpoGeneral de Bomberos (051) 321333 / 116 Cruz Roja 115 CORPAC- Juliaca (051) 322905 Anexo110 / (051) 328974CORPAC- Torre de Control (051) 322905 Anexo112 / (051) 321821DirecciónGeneral de AeronáuticaCivil (01) 6157800 Anexo1173 Hospital General Emergencia (051) 35-2361 Hospital General CarlosMonge Medrano 051 - 321750 / 051 - 321901 051 - 321131 / 051 - 321370Hospital de Juliaca (051)32 7336 Hospital Regional (051) 32-1001 ClínicaAmericanade Juliaca (051)32 3418 Municipiode SanAntonio 951708404 /954734999 Municipiode Asillo 951292276/951292213/778782
  • 41. Anexo 6: Mapa vial en superficie-Limite velocidad. Municipiode Antauta (051) 826981 MunicipioAjoyani (051) 634326 / 950393904 ElectroSureste - Juliaca (051) 35-2552 18.6. ANEXO 6 }
  • 42. 18.7. ANEXO 7 Especificaciones Técnicas de la Jaula Antivuelco La función principal de una jaula anti vuelco es la reducir la probabilidadde daños seriosa los ocupantesdel vehículoencasode volcadurao accidente.La habilidadde unajaulao barra anti vuelcoparaproveerproteccióndependede lacalidaddel diseño,construcciónymantenimiento de la estructura. Una jaula anti vuelco mal construida en vezde ser un elemento de protección se convierte en un elemento de riesgo para los ocupantes de un vehículo, pues en caso de una volcadura se convierte en una trampa mortal; el diseño e instalación en el vehículo de este elemento de seguridad pasiva debe contemplar, pero no limitarse a lo siguiente: Tubo y Grosor Utilizarun tubo más grueso no garantiza mayor resistenciadel mismo,laresistenciaestádada porel espesorde lapareddeltubo,lamismaquedebe tenercomomínimo2.5mm;espreferible utilizaruntubo de menorgrosor y mayor espesorde pared,ya que presentarámayorrigidezy resistencia a deformarse. Dobleces Los doblecessonlospuntosmásdébilesde unajaulaanti vuelco,espordonde fugarálaenergía en caso de una volcadura, estos deben contar con refuerzos estructurales para evitar que las jaulas colapsen en caso de una volcadura. Uniones Las uniones son otro de los puntos críticos en caso de producirse una volcadura, estas deben llevar doble abrazadera, estar soldadas a los tubos, y deben tener como mínimo dos pernos grandes de cabeza redonda, los que en ningún momento deben atravesar el tubo para evitar roturas en caso de un accidente; las uniones centrales deben contar con doble abrazadera unidas con cuatro pernos. Anclajes La lata en el piso de la carrocería es sumamente débil,es allí donde se anclan las bases de las jaulasanti vuelco,lalatade lacarroceríadebe serreforzadaconunaplanchade fierro,lamisma que debe tener un área dos veces mayor al área de la base sobre la cual debe apoyar la jaula anti vuelcos, así mismo los anclajes deben llevar cuatro pernos por lado. La jaula anti vuelco debe ir anclada contra la carrocería en los postes de parabrisas,los postes centralesylospostesposterioresparaevitarque enelcasode unavolcaduralajaulase deforme. Tapasoles Los tapasoles o viseras son necesarias para evitar que el conductor sea cegado por el sol, la mayoría de jaulas impiden su uso o en otros casos las eliminan. Los tapasoles o viseras deben ser colocados en el travesaño de la jaula anti vuelco. Anclajes para Cinturones de Seguridad
  • 43. En muchoscasoslosanclajesde loscinturonesdelosasientosposterioressonancladosalajaula y no a lacarrocería, loscinturonesdebenserancladosenlacarrocería en suubicaciónoriginal, pues esta ha sido diseñada y reforzada para tal fin por los fabricantes del vehículo. Forros de los Tubos Losforrosdebenserde neoprenede altaresistencia,paraprotegeralospasajeros,actualmente se utilizan forros tipo esponja muy blandos que no protegen en el caso de un golpe fuerte. Es muyimportante tenerencuentalacalidadde losforrosyque estoscubrantambiénlaspartes que estánencontacto conlas piernasde losocupantesparaunmayorconforten casode viajes largos. Antivuelco de tolva La función de este elemento de seguridad es la de ofrecer mayor protección en caso de una volcadura, evitando que el techo se deforme, adicionalmente a las características antes mencionadas se debe considerar lo siguiente: La jaula contra vuelco debe estar correctamente estructurada para que pueda cumplir su función, para esto se requiere que el arco vaya soldado a los largueros que bajan hacia el piso de latolva,tambiénse requiere queel arcotengauntubode refuerzoalaalturade laparte baja de la luna posteriorycuatro tubos más delgadosentre este tuboy la parte superiordel arco a manera de reja, esto no solo refuerza estructuralmente el arco, sino que también protege la luna posterior de golpes en caso de que algún bulto que está siendo transportado golpeara contra la parte delantera de la tolva. El pisode la tolvadebe serreforzadocon una planchade fierroporla parte inferiorparaevitar que se rompaen caso de una volcadura,se debe ponercomomínimotres pernosencada base de anclaje. 18.8. ANEXO 8 Criterios para la Auto-evaluación de la Fatiga y/o Somnolencia A continuaciónse presentaalgunoscriteriosparala autoevaluaciónde fatigay/osomnolencia, si Ud. tiene algunode lossiguientessíntomastome lasprecaucionesparaevitaraccidentarse a consecuencia de la fatiga y/o somnolencia: Sensación de pesadez en la cabeza o dar “cabeceadas”. Bostezo frecuente. Sensación de pesadez en los ojos y se “caen los parpados”. Lento y descoordinado en el caminar o en sus movimientos. Inestabilidad al pararse o sensación de mareo. Muchas ganas de dormir. Dificultad para concentrarse. Cansancio al hablar y falta de energía.
  • 44. Dificultad para concentrarse o para poner atención en las tareas. Falta motivación para ejecutar bien las tareas. Olvido de las tareas realizadas. Dificultad para respirar. Sensación de estar enfermo y/o mareos. Consumo de medicamentos que causan disminución del estado de alerta. Influencia de los efectos del alcohol y/o drogas. Jornadasextendidasde trabajo,faltade descansooinadecuadosueñoreparadoromalacalidad de sueño. 18.9. ANEXO 9 Lineamientos para la evaluaciónmédica y calidad del sueñopara conductores de vehículos de transporte de personal, vehículos escolta y ambulancia Todo conductor de vehículosde transporte de personal,vehículosescoltayambulanciadeben de cumplir con los siguientes protocolos: 1) Examen clínico: Se deberá evaluar la fuerza muscular, realizar pruebas de capacidad funcional,pruebasde funcióncardiorespiratoria,descartarmovimientosinvoluntarios y deformaciones anatómicas. 2) Examen oftalmológico: Se deberá evaluar la agudeza visual, campos visuales, campimetría, visión de colores, visión de profundidad, visión nocturna y encandilamiento. 3) Examen audiológico: Se realizará una audiometría para evaluar la función auditiva. 4) Examen toxicológico: Se deberá realizar las pruebas de detección de alcohol en el organismo (aliento, saliva) y para detectar drogas en orina. 5) Pruebas psicométricas: Se realizarán para evaluar la velocidad de reacción y la coordinación motriz. 6) Pruebaspsicológicas:Se deberánrealizarlaspruebaspsicológicasconel finde descartar alteraciones mediante la aplicación de pruebas para la evaluación en las siguientes áreas: a. Organicidad: Test de Bender, Test de Benton. b. Inteligencia: Test de Otis, Test de diseño de cubos. c. Psicomotricidad: Prueba de laberintos de Weschler d. Psicopatología:Testde la figurahumana de Machover, InventarioMultifásicode la Personalidad de Minnesota. 7) Evaluación de la calidad del sueño: a. Después de que el médico realiza la historia clínica y exploración física correspondiente,se deberáaplicaruncuestionario(escalade Pittsburgh,Epworth, etc.),y con base en el puntaje yalta sospechaclínica de una inadecuadacalidadde sueño,se referiríaal conductoral médicoespecialistaparalarealización deestudios más específicos.
  • 45. b. El cuestionario deberá hacer referencia a cómo son los hábitos de dormir del conductor e indagar sobre la tendencia a la fatiga y/o somnolencia. CONSTANCIA DE RECEPCION DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRANSITO 2017 (Versión 00) Por el presente documento dejo expresa constancia que he recibido el Reglamento Interno de Transito para los trabajadores de Consorcio San Rafael Me comprometo a leerlo, comprenderlo y a cumplir a cabalidad y en todo momento con los principios y normas que se establecen en el mismo. En caso de existir alguna pregunta, me comunicaré con el área de Seguridad y Salud Ocupacional