2. Ley 43 de 1990
Normatividad que regula
en Colombia
La Profesión del
Contador Público
Persona natural que,
mediante la inscripción
acredite su competencia
profesional
Actividades de la ciencia
contable
Organización, revisión y
control de contabilidades
Certificaciones y
dictámenes sobre
estados financieros
Certificaciones en libros
de contabilidad, revisoría
Fiscal y auditoría
La asesoría tributaria,
gerencial, en aspectos
contables y similares
3. Contador Publico
Facultades
Dar fe pública
Certificación
Acreditar y dar veracidad de
los hechos propios de su
ámbito profesional
Dictamen
Opinión profesional
de los estados
financieros
Inscripción del
contador
Tarjeta Profesional
Junta Central de
Contadores
Vigilancia estatal
Requisitos
Ser Colombiano
Profesional titulado en una
universidad colombiana
autorizada por el gobierno
Inscribir y obtener la
tarjeta profesional
No haber sido
sancionado ni privado
de la libertad
Sociedades de
Contadores
públicos
Prestación de servicios
propios de los mismos y de
las actividades relacionadas
con la ciencia contable
4. Contabilidad
Principios de contabilidad generalmente
aceptados
Conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser observados
al registrar e informar contablemente.
Normas de Auditoría generalmente
aceptados
El empleo de su buen juicio en la ejecución
de su examen y en su informe
Normas personales
Profesional en
Contaduría
Pública
Independencia mental
en lo relacionado con
su trabajo
Proceder con
diligencia
profesional
Normas relativas a la ejecución
del trabajo
Debe ser planeado
y supervisado
Debe hacerse un estudio y
una evaluación del sistema
de control interno
Evidencias para el
dictamen de los Estados
Financieros
Normas a la rendición de informes
Expresar claramente la
naturaleza de su relación
con tales estados
Indicar si los estados
financieros están
aplicados los PCGA
Si los PCGA han sido
aplicados en períodos
anteriores
Expresar
salvedades
5. Normas de
Auditoría
generalmente
aceptados
El empleo de su buen juicio en la
ejecución de su examen y en su
informe
Normas personales
Profesional
en
Contaduría
Pública
Independencia
mental en lo
relacionado con
su trabajo
Proceder
con
diligencia
profesional
Normas relativas a la
ejecución del trabajo
Debe ser
planeado y
supervisado
Debe hacerse un
estudio y una
evaluación del sistema
de control interno
Evidencias para el
dictamen de los
Estados
Financieros
Normas a la
rendición de
informes
Expresar claramente
la naturaleza de su
relación con tales
estados
Indicar si los
estados
financieros
están aplicados
los PCGA
Si los PCGA han sido
aplicados en
períodos anteriores
Expresar
salvedade
s
6. Ejercicio de la profesión
Normas
Observar normas de ética
profesional
Actuar bajo Normas
de Auditoría
Cumplir con las Normas Legales
Vigente
Vigilar que el registro e
información contable se
fundamente en PCGA
en Colombia
De los Papeles de Trabajo
Dar constancia de las labores
realizadas para emitir su juicio
profesional
Deberán conservarse por un
tiempo no inferior a cinco años
Fe Pública
La atestación o firma de un
Contador Público en los actos
propios de su profesión
Dictamen Profesional
Emitir certificaciones sobre balances
generales y otros estados financieros
Se requiere la Calidad del
contador Público
Por razón del cargo
Funciones de revisor fiscal, auditor
externo o interno
Jefe de Contabilidad
Perito
Decano de la Facultad de
Contaduría
Asesoría
Por razón de la naturaleza
del asunto
Certificar y dictaminar estados
financieros
Para todos los demás casos
que señale la ley.
7. Organismo de Vigilancia y Dirección
Junta Central de Contadores
Decreto Legislativo No. 2373
de 1956
El tribunal disciplinario de la
profesión
Consejo Técnico de la
Contaduría Pública
Encargado de la orientación técnica-
científica de la profesión, investigación,
creación y aprobación de normas
8. La Junta Central de Contadores
Miembros
El Ministro de Educación
Nacional o su delegado
El Superintendente de
Valores o su delegado
El Superintendente de
Sociedades o su
delegado
El Superintendente Bancario o su
delegado
El Superintendente Nacional de Salud su
delegado
El Contador General de la
Nación o su delegado
Director de Impuestos
Nacionales o su
delegado
Un representante de la Asociación
Colombiana de Facultades de
Contaduría Pública o la entidad que
la sustituya con su suplente
Dos representantes de los
Contadores Públicos con sus
suplentes
Funciones
Ejercer la inspección y
vigilancia
Efectuar la inscripción, suspensión o
cancelación de Contadores Públicos.
Expedir, a costa del interesado, la
tarjeta profesional y las certificaciones
Denunciar ante las autoridades
competentes a quien se identifique y
firme como Contador Público sin estar
inscrito como tal
Hacer que se cumplan las normas
sobre ética profesional
Establecer juntas seccionales y delegar en
ellas las funciones
Darse su propio reglamento de
funcionamiento interno
Las demás que le
confieran las leyes
Empleados Decisiones
Sujetas a los recursos establecidos en el
Código Contencioso Administrativo, se
adoptarán con el voto favorable de las ¾
partes de sus miembros
Las demás decisiones se aprobarán por
mayoría absoluta de sus miembros.
9. Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Miembros
Un representante del
Ministerio de Educación
Nacional
Un representante del
Superintendente de
Sociedades
Un representante del
Superintendente
Bancario
Un representante del Presidente
de la Comisión Nacional de
Valores. ( hoy Superintendencia
Nacional de valores)
Dos representantes de los
decanos de las facultades de
Contaduría del país
Dos representantes de los
Contadores Públicos
Funciones
Adelantar investigaciones técnico-científicas, sobre temas
relacionados con los principios de contabilidad y su aplicación, y las
normas y procedimientos de auditoría.
Estudiar los trabajos técnicos que le sean presentados con el objeto de
decidir sobre su divulgación y presentación en eventos nacionales e
internacionales de la profesión.
Servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares
en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el
ejercicio de la profesión
Pronunciarse sobre la legislación relativa a la aplicación de los
principios de contabilidad y el ejercicio de la profesión
Designar sus propios
empleados.
Darse su propio
reglamento
Los demás que le atribuye las
leyes
Sede
Bogotá
10. Código de Ética
Profesional
Integridad
Actuar con
rectitud,
probidad,
honestidad,
dignidad y
sinceridad en
cualquier
circunstancia
Objetividad
Ser
imparcial
y actuar
sin
perjuicios
Independencia
Tener y
demostrar
absoluta
independencia
mental y de
criterio
Responsabilida
d
Confianza y
compromis
o
Confidencialidad
Reserva
Profesional
Observacione
s de las
disposiciones
normativas
Cumplir
eficazmente las
disposiciones
profesionales
promulgadas por
el Estado y
observar las
recomendaciones
de los demás
Competencia y
actualización
profesional
Capacidade
s e
idoneidad
necesarias.
Actualizar los
conocimientos
necesarios para su
actuación
profesionalmente
Difusión y
colaboración
Contribuir de
acuerdo con sus
posibilidades
personales, al
desarrollo,
superación y
dignificación de
la
Respeto entre
colegas
Tener una
convivencia
pacífica, amistosa
y cordial de sus
miembros
Conducta
Ética
Abstenerse de
realizar cualquier
acto que pueda
afectar
negativamente la
buena reputación
o repercutir de
alguna forma en
descrédito de la
profesión
11. De las relaciones del Contador Público
con los Usuarios de sus Servicios
Prohibiciones
No es responsable de los actos
administrativos de las empresas o
personas a las cuales presta sus servicios.
Rehusará la prestación de sus servicios
para actos que sean contrarios a la moral
y a la ética
Se excusará de aceptar o ejecutar
trabajos para los cuales él o sus
asociados no se consideren idóneos
No expondrá al usuario de sus servicios a
riesgos injustificados
No podrá prestar servicios profesionales
a quienes haya auditado o controlado en
su carácter de funcionario público o
revisor fiscal
Rehusará recomendar a las personas con
las cuales hubiere intervenido, y no
influirá para procurar que el caso sea
resuelto favorable o desfavorablemente
Se abstendrá de aceptar designaciones
si tiene vínculos familiares, amistad o
enemistad, intereses comunes
Haya actuado como empleado de una
sociedad rehusará aceptar cargos o
funciones de la misma empresa por lo
menos durante seis meses después de
haber cesado en sus funciones
Interrupción de Prestación de
Servicios
Que el usuario del servicio reciba
la atención de otro profesional
que excluya la suya
Que el usuario del servicio incumpla
con las obligaciones convenidas con
el contador público.
Honorarios
Fijará en conformidad con su capacidad
científica y/o técnica y en relación con la
importancia y circunstancia en cada uno
de los casos