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Info abuso
1. DERECHOS DE LA INFANCIA VS EL ABUSO
Parafilias relacionadas con el Abuso Sexual Infantil.
ABUSO SEXUAL
INFANTIL
SE PRESENTA EN CONDUCTAS TALES COMO:
Contacto físico.
Obligar al menor a mirar pornografía.
Mostrar los genitales al menor.
Espiar al menor cuando se baña o cambia de ropa.
Obligar a los menores a realizar actos sexuales entre ellos.
Sostener relaciones sexuales en el mismo espacio en el que se encuentra un
menor.
Exponer al menor a situaciones que parecen “normales” pero encubren
tocamientos de tipo sexual incestuosos hacia el menor.
GENERALIDADES
ESTADÍSTICAS EN MÉXICO
El Abuso Sexual Infantil
tiene mucho que ver con
las relaciones de poder, un
poder que pertenece al
mundo de los adultos y a
una manera de ver a las
niñas y niños que los
define como “menores”,
como incapaces, como los
que “no saben” que
dependen totalmente de
los adultos y que incluso
“pertenecen a ellos.”
Un alto porcentaje de
abusadores han sido niños
abusados
1. LA NO DISCRIMINACIÓN. Todos
tienen los mismos derechos: en todo
caso, en todo momento y sin
excepciones: No importando color,
religión, procedencia o las ideas de
sus padres.
2. EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.
Cualquier decisión, ley o política que
les afecte, tiene que tomar en cuenta
que es lo mejor para ellos. Cuando el
adulto tome decisiones debe pensar
como pueden afectarlo.
3. DERECHO A LA VIDA, A LA
SUPERVIVENCIA Y AL DESARROLLO.
Tienen derecho a vivir, desarrollarse y
alcanzar su máximo potencial en la
vida (buena alimentación, vivienda
adecuada, educación, atención
sanitaria, juego, descanso, actividades
culturales, información sobre sus
derechos)
4. PARTICIPACIÓN. Ser consultado
sobre situaciones que les afecten y
sus opiniones sean tomadas en
cuenta; tienen derecho de acuerdo a
su edad y vayan alcanzado madurez.
VIOLACIÓN.
Realización del coito o acto
sexual llevado a cabo mediante
la fuerza o intimidación.
Supone la existencia de
penetración.
Se produce contacto físico.
Se emplea el sexo como
elemento de dominación de la
víctima.
Una parafilia (del griego παρά, pará: 'al margen de', y φιλία, filía: 'amor') es un patrón de
comportamiento sexual de atracción en el que la fuente predominante de placer se encuentra en
objetos, situaciones, actividades o individuos atípicos.
Pedofilia / Pedófilo. Constituye un trastorno sexual que hace que quien lo padece se sienta atraído
física y sexualmente hacia los niños de su mismo o diferente sexo, o en su defecto, que mantenga
fantasías sexuales con estos. (Edad primaria)
Infantofilia o Nepiofilia. Es el comportamiento parafílico en el que un adulto o adolescente
experimenta atracción sexual hacia niños entre 0 y 5 años de edad.
Hebefilia. Es la atracción hacia menores cuyo físico corresponde más bien al de individuos
pubescentes: jóvenes usualmente entre los 10 y 13 años de edad, también es conocido como
Complejo de Lolita.
Efebofilia. Es la condición en la cual personas adultas experimentan atracción sexual hacia
adolescentes. Usualmente ubicado entre los quince y diez y nueve años.
Pederastia/ Pederasta. Es un acto sexual llevado a cabo entre un adulto y niños/as; delito
castigado con pena de prisión
Pedopornografía / Pornografía. Constituye un trastorno sexual que hace que quien lo padece se
sienta atraído física y sexualmente por la pornografía con menores y niños como protagonistas,
realiza la adquisición, posesión y divulgación de imágenes pornográficas de menores.
.
ASPECTOS DEL DERECHO POSITIVO MEXICANO RELACIONADOS
CON EL PROTOCOLO DE ATENCIÓN EN CASOS DE ABUSO SEXUAL
INFANTIL
1.- Protocolo para la atención y prevención de la Violencia Sexual en las Escuelas de
Educación Inicial, Básica y Especial en Ciudad de México. (CNDH México – SEP, 2017), p. 73 a
81.
2.- Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación
Inicial, Básica y Especial para Escuelas Particulares en la Ciudad de México, Incorporadas a la
SEP, Capitulo 5. LA ESCUELA INCLUSIVA. AMBIENTES SEGUROS Y SALUDABLES p. 45 a 58
(en el PDF p. 49 a 62)
3.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 1, 3 y 4.
4.- Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Art. 12
5.- Ley General de Educación. Art 42.
6.-Ley General de la Salud. Art. 6
7.-Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y Código Penal Federal y Códigos
de las entidades federativas y del Distrito Federal (Ciudad de México).
El maltrato
daña:
arquitectura
de la red
cortical
Es mejor prevenir que intervenir.
La escuela es punto de
identificación, la casa es la parte
preventiva.
Gracias al silencio en familias,
escuelas, etc., muchos niños
carecen de la ayuda y el apoyo
que gritan en silencio.
SI CONOCEMOS ALGÚN
CASO Y NO
DENUNCIAMOS O NO
APTENDEMOS, NOS
CONVERTIMOS EN
CÓMPLICES
•La Organización Mundial de la
Salud (OMS), hace referencia a las siguientes
estadísticas:
•1 de cada 5 mujeres y 1 de cada 10 hombres,
han declarado haber sufrido de abuso sexual
en la infancia.
•En el 50% de los casos, hay evidencias de
situaciones incestuosas.
•8 de cada 10 casos reportados, el menor
conoce a su agresor.
•La media de edad de la víctima ronda entre
los 8 y 12 años (edades en las que se
producen un tercio de todas las agresiones
sexuales).
•95% de los casos el abusador es un varón
heterosexual que utiliza la confianza,
familiaridad, el engaño y la sorpresa, como
estrategias más frecuentes para someter a la
víctima..
ABUSO
SEXUAL
La limitación
de la libertad
sexual.
Parafilias: frotismo,
exhibicionismo, etc.
Realización de
actividades en contra
de la voluntad del
sujeto afectado.