2. • Hablar de cibercrimen, es hablar de aquel nuevo concepto empleado para
definir actividades delictuales realizadas con la ayuda de herramientas
informáticas, experimenta un fuerte apogeo a nivel internacional, que contrasta
con la débil preparación de las autoridades para hacerles frente.
• Somos conscientes que el ámbito de los delitos informáticos es cada vez más
amplio y mientras más avanza la tecnología existe más incidencia de los delitos
informáticos
• Si bien es cierto gracias a la tecnología podemos conectarnos con millones de
servicios construidos sobre redes de redes, por lo que se nos da la posibilidad de
participar; de enseñar y aprender, de jugar y trabajar juntos, y de intervenir en el
proceso político. Las tecnologías de la sociedad de la información pueden
utilizarse, y se utilizan para perpetrar y facilitar diversas actividades delictivas. En
manos de personas que actúan de mala fe o con negligencia grave, estas
tecnologías pueden convertirse en instrumentos para actividades que ponen en
peligro o atentan contra la vida, la propiedad o la dignidad de los individuos y
por ende del interés público.
Introducción
3. • Los enfoques tradicionales de la seguridad son sustituidos
por soluciones innovadoras basadas en las nuevas
tecnologías. Estas soluciones implican el uso del cifrado y
las firmas digitales, de nuevos instrumentos de
autenticación y de control del acceso, y de filtros de
software de todo tipo. La delincuencia informática se
comete en el ciberespacio, y no se detiene en las
fronteras nacionales convencionales. El concepto de
cibercrimen abarca un conjunto de actividades ilegales
asociadas con el uso de Tecnologías de la Información,
especialmente en Internet, estos pueden ir desde el
fraude financiero hasta la entrada no autorizada a sitios
web, y en ámbitos como el espionaje industrial, la
pornografía o los juegos de azar, entre otros.
• Frente a toda esta tecnología el Estado Peruano ha creado
normas con la finalidad de hacerle frente a las actividades
delictuosas realizadas con ayuda de herramientas
informáticas
4. • El Título V del código sustantivo trata sobre los Delitos Contra el Patrimonio; por lo
que tiene los casos de información contenida en un soporte mecánico, es un tanto
irrisorio la incorporación los delitos informáticos sobre casos de información
contenida en un soporte magnético.
• “…Al insertar dentro de los delitos contra el patrimonio a las perpetraciones vía
ordenador se está colisionando con la naturaleza misma del patrimonio que es la
susceptibilidad de ser transmitido, trasladado, desplazado de un lugar en el
espacio a otro lugar en el espacio. En cambio si comparamos la naturaleza del
contenido de la información contenida en un soporte magnético y las reducimos a
una figura básica del delito contra el patrimonio denominada "hurto simple",
encontraremos que en el caso de la información soportada magnéticamente no se
puede producir el despojo o apoderamiento dado que simple y llanamente no es
posible distinguir la copia de un original, llegando a afirmarse que la copia
efectuada de un original puede perder calidad pero no se ha de producir el tan
despreciado acto del "despojo"…”.
• La profesionalización del fraude en Internet no sólo ha atraído a las bandas
organizadas a la red de redes, sino que ha dado paso a una ataques con fines
políticos que ya han sufrido algunas regiones de la tierra .Obtener dinero de forma
fraudulenta no ya es el único objetivo, sino también el dominio de Internet.
7. CONCLUSIÓN
A manera de conclusión podemos decir que si bien los beneficios de vivir en una
sociedad interconectada y globalizada son incontables, los peligros que suscitan a
consecuencia de la dicha conexión van de la mano.
Puedo hacer mención que la diferenciación entre los delitos informáticos y
computacionales es muy puntual, en la medida que los delitos informáticos hacen
referencia a la comisión de delitos de la información contenida en medios
magnéticos, y a su vez los delitos computacionales emplean y usan el ordenador
para cometer delitos ya tipificados, citando un ejemplo a la estafa por Internet.