La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
Reformas a la Ley Aduanera
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U.D.E.C
UNIVERSIDAD DOCTOR EMILIO CARDENAS.
NOMBRE DEL ALUMNO: RODRIGUEZ SABANILLA M.RODRIGO.
LIC. COMERCIO INTERNACIONAL.
MATERIA: MARCO LEGAL ADUANAL.
TERCER CUATRIMESTRE.
MISS: MONICA LARA BALBUENA.
FECHA: 02/ JULIO / 2014
TEMA: ANALISIS GENERAL DE LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA
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LEY ADUANERA
La ley aduanera tiene por objeto:
Regular y promover el comercio exterior.
Incrementar la competitividad de la economía nacional.
Propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país.
Integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional.
Defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio
internacional.
Contribuir a la elevación del bienestar de la población.
Las aduanas enfrentan el reto de facilitar el comercio internacional, manteniendo el
control en la entrada y salida de las mercancías, por lo cual, se estima necesario
adecuar la legislación aduanera a efecto de que se prevean mecanismos que permitan
de una forma práctica establecer instrumentos que mejoren los procedimientos para
responder con mayor eficacia a dichos retos, lo que permitirá incentivar el crecimiento
económico del país y el intercambio comercial
La ubicación geográfica de México, es una ventaja con la que cuenta el país, ya que
tiene un amplio acceso al comercio internacional a través de sus costas y fronteras.
También ha favorecido que a la fecha México haya suscrito un número considerable de
acuerdos y tratados internacionales comerciales que facilitan la entrada de nuestros
productos a un amplio mercado y que han sido pieza fundamental para lograr una
mayor eficiencia en la economía.
Asimismo, se encuentra la de facilitar el comercio exterior impulsando la
modernización de las aduanas, la inversión en infraestructura, y la actualización e
incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera.
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY ADUANERA.
Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la
República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de
los que México sea parte.
La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos
administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía.
FECHA EN QUE SE REFORMO LA LEY ADUANERA
Con fecha 10 de diciembre de 2013 entro en vigencia la Reforma a la Ley Aduanera de
2014.
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¿EN QUE CONSISTEN LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA?
Ha sido una de las cuestiones aprobadas durante los cambios de fin de año 2013 en la
Cámara de Diputados, En el Pleno de dicha institución, se ha aprobado en lo general, El
dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley
Aduanera 2014, integrante del paquete económico y la Reforma Fiscal.
Algunos puntos que mencionar al respecto de los motivos de la iniciativa de esta
reforma son:
México requiere atraer inversión, por lo que es necesario facilitar el comercio
Internacional.
Incentivar el crecimiento económico.
Mantener el control de la entrada y salida de mercancías.
Brindar mejores condiciones de acceso a los mercados internacionales.
Incentivar mecanismos de seguridad nacional.
Así como impulsar la inversión en infraestructura y modernización de las
aduanas.
Alguno de los cambios a la ley estará enfocado a esto, Por esta razón entre las medidas
adoptadas en la Reforma están:
La regulación del sistema electrónico aduanero, a través del cual se simplifican
los pagos de las contribuciones y cuotas compensatorias, a fin de reducir costos
a cargo de las empresas.
Optimizar la interacción de los particulares con el quehacer gubernamental.
Modernizar el marco jurídico aduanero estableciendo el uso de medios
electrónicos o digitales para facilitar el comercio.
En el año 2014 se tendrá la opción del uso de los “AGENTES ADUANALES” en las
operaciones comerciales para acabar con lo que se decía que era un monopolio.
La iniciativa de esta reforma elimina el requisito de que el despacho de mercancías de
comercio exterior se realice únicamente a través de un agente o apoderado aduanal.
Esta medida forma parte del acuerdo sobre FACILITACIÓN COMERCIAL en el que se
desmantelan obstáculos al comercio relacionados con los procesos en las aduanas y en
los puertos.
Con las modificaciones se permitirá a las empresas realizar directamente el
“DESPACHO ADUANERO” brindando nuevas facilidades prescindiendo de los agentes
aduanales.
También se eliminara la regulación de la figura del “APODERADO ADUANAL”, ya que a través
de la firma electrónica o sello digital, los importadores o exportadores podrán realizar el
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trámite de sus pedimentos de manera directa, sin intermediario alguno o a través de la figura
de un representante legal.
Para que esta disposición sea efectiva, falta la publicación de un reglamento, que establecerá
los estatutos para la figura del representante legal, que sustituirá la del apoderado aduanal.
Así mismo para quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional ya no
tendrán que presentar físicamente ante la aduana un PEDIMENTO, sino que ahora estarán
obligados a transmitir a través del sistema electrónico aduanero el pedimento con información
referente a las mercancías que amparen, empleando la firma electrónica avanzada o el sello
digital, lo cual también ampara la estancia legal de mercancías.
También se establece la opción de que las mercancías se introduzcan o extraigan del territorio
nacional a través del TRÁFICO FERROVIARIO, además de las que ya se contemplaban en la Ley
Aduanera (marítimo, terrestre, aéreo).
Las modificaciones a la ley establecen:
Coordinación vía electrónica entre la administración pública federal, las entidades
federativas y los municipios, con las autoridades fiscales y aduanas internacionales.
Conceder atribuciones adicionales a la autoridad en la materia para trabajar
conjuntamente con aduanas de otros países.
flexibilizar el requisito de tener colindancia con una aduana para los recintos
fiscalizados estratégicos.
Así como otorgar y remover autorizaciones de dictaminadores aduaneros.
La iniciativa del gobierno federal propone que la entrada y salida de mercancías se pueda
llevar a cabo en lugares distintos a los recintos fiscales, cuando el volumen o las características
de los embarques impidan que se realice en las instalaciones autorizadas originalmente.
Por otra parte, en las mercancías de importación se aumenta de 5 días hábiles a 7 días
naturales el almacenamiento y custodia gratuita de las mercancías en RECINTOS
FISCALIZADOS que se encuentren en aduanas de tráfico marítimo.
Las mercancías en recinto fiscalizado pueden ingresar a Recinto Fiscalizado Estratégico de
cumplirse con ciertos requisitos pendientes de publicación. Se posibilita a empresas que
prestan los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior
para operar recintos fiscalizados estratégicos.
Así mismo las empresas que no contraten un agente aduanal se obligan a realizar el despacho
aduanero a través de su REPRESENTANTE LEGAL, mismo que deberán acreditar ante el
Servicio de Administración Tributaria, en los términos y condiciones que se establezcan en el
reglamento.
REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE LEGAL
Estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
Ser de nacionalidad mexicana.
Ser persona física.
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Relación laboral con importador o exportador. Experiencia o conocimientos en
comercio exterior.
Acreditado ante el SAT
PRO’S DE LA REFORMA.
Impulsar el uso de nuevas tecnologías.
Optatividad del agente aduanal.
Reconocimiento legal de transporte ferroviario.
Apertura de pre validación de pedimentos.
Autocorrección vía rectificación.
Sistema electrónico aduanero.
Eliminación del segundo reconocimiento.
Ampliación del despacho aduanero por lugar distinto.
Apertura nacional de los recintos fiscalizados estratégicos.
Reducción de multas
Regularización de mercancías.
Mayor coordinación entre autoridades.
Los exportadores e importadores cumplirán con todos sus trámites en el
sistema, además de usar la misma plataforma para hacer el pago de sus cuotas.
CONTRA’S DE LA REFORMA.
Estos son los principales contras en materia de comercio internacional propuestos en
la iniciativa de decreto para reformar la Ley Aduanera.
La propuesta de reforma hacendaria del gobierno federal cambia la manera en
que las mercancías entran y salen del país en las aduanas .
Adiós al agente aduanal.
Los agentes aduanales ya no podrán ceder su cargo. (La ley permitía que los
agentes aduanales designaran a un “AGENTE ADUANAL SUSTITUTO” cuando se
retiraran, enfermaran o murieran, pero con las modificaciones a la ley, esta
posibilidad se extingue).
El gobierno federal pretende dar sustento legal al sistema electrónico aduanero
para resolver los trámites de comercio exterior, ya que actualmente sólo figura
en reglas de carácter general.
Quienes estén interesados en convertirse en agente aduanal deberán cumplir
con los requisitos marcados en la legislación, conforme a las convocatorias de
la SHCP.
Menos revisiones a las mercancías.
La reforma hacendaria apuesta por hacer un solo reconocimiento aduanero
mediante análisis de imagen y video, en lugar de realizar varias revisiones que
sean intrusivas con el contenido de los embarques.
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OPINION PERSONAL ACERCA DE ESTAS REFORMAS A NUESTRA LEY
ADUANERA.
En mi opinión personal M. Rodrigo Rodríguez Sabanilla creo que estas modificaciones
a la ley, obedecen a una evolución del Comercio Internacional que representan nuevos
retos de capacitación, la integración de servicios y la adopción de nuevas tecnologías
para las empresas.
Los cambios a la Ley Aduanera permitirán a los importadores y exportadores
participar en los procesos aduanales directamente, eliminando intermediarios y
generando efectos multiplicadores en la economía.
Todo esto se lograra gracias al despliegue de infraestructura para las operaciones, y el
empleo del sistema electrónico aduanero, así que las empresas no deben dejar de
asesorarse con especialistas, y mucho menos aquellas que decidan optar por la figura
del representante legal, ya que este será el responsable solidario de la empresa.
Otra de las ventajas es la incorporación del ferrocarril como medio de transporte
válido para el comercio internacional, pues con esta disposición las mercancías ya no
deberán descargarse ni pasar por las aduanas en camiones, como antes, lo que es
totalmente positivo para los tiempos y costos logísticos , además de que evitamos
carreteras saturadas debido al tráfico de camiones.
En pocas palabras estas modificaciones traen consigo un sistema aduanero mucho más
eficiente, eliminando trámites burocráticos que tardaban mucho tiempo, muestra de
ello era el segundo reconocimiento aduanero, que según los importadores era
innecesario y congestionaba el tráfico de mercancías en las aduanas .
Yo si estoy a favor de la reforma aduanera en materia de agilización de trámites,
empleos de nuevas tecnología y a hacer un despacho aduanero mucho más eficiente.
En base a este trabajo he entendido el propósito de la ley aduanera y de la reformas de
las mismas ya que el objetivo es regular y promover el comercio exterior, incrementar
la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos
productivos del país, en lo que respecta de las nuevas reformas son ampliar y agilizar el
sistema electrónico de modo que optimicemos tiempos y esto nos da una mayor
visualización a nuevos negocios.