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U.D.E.C 
UNIVERSIDAD DOCTOR EMILIO CARDENAS. 
NOMBRE DEL ALUMNO: RODRIGUEZ SABANILLA M.RODRIGO. 
LIC. COMERCIO INTERNACIONAL. 
MATERIA: MARCO LEGAL ADUANAL. 
TERCER CUATRIMESTRE. 
MISS: MONICA LARA BALBUENA. 
FECHA: 02/ JULIO / 2014 
TEMA: ANALISIS GENERAL DE LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA
2 
LEY ADUANERA 
La ley aduanera tiene por objeto: 
 Regular y promover el comercio exterior. 
 Incrementar la competitividad de la economía nacional. 
 Propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país. 
 Integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional. 
 Defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio 
internacional. 
 Contribuir a la elevación del bienestar de la población. 
Las aduanas enfrentan el reto de facilitar el comercio internacional, manteniendo el 
control en la entrada y salida de las mercancías, por lo cual, se estima necesario 
adecuar la legislación aduanera a efecto de que se prevean mecanismos que permitan 
de una forma práctica establecer instrumentos que mejoren los procedimientos para 
responder con mayor eficacia a dichos retos, lo que permitirá incentivar el crecimiento 
económico del país y el intercambio comercial 
La ubicación geográfica de México, es una ventaja con la que cuenta el país, ya que 
tiene un amplio acceso al comercio internacional a través de sus costas y fronteras. 
También ha favorecido que a la fecha México haya suscrito un número considerable de 
acuerdos y tratados internacionales comerciales que facilitan la entrada de nuestros 
productos a un amplio mercado y que han sido pieza fundamental para lograr una 
mayor eficiencia en la economía. 
Asimismo, se encuentra la de facilitar el comercio exterior impulsando la 
modernización de las aduanas, la inversión en infraestructura, y la actualización e 
incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera. 
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY ADUANERA. 
Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la 
República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de 
los que México sea parte. 
La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos 
administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía. 
FECHA EN QUE SE REFORMO LA LEY ADUANERA 
Con fecha 10 de diciembre de 2013 entro en vigencia la Reforma a la Ley Aduanera de 
2014.
3 
¿EN QUE CONSISTEN LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA? 
Ha sido una de las cuestiones aprobadas durante los cambios de fin de año 2013 en la 
Cámara de Diputados, En el Pleno de dicha institución, se ha aprobado en lo general, El 
dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley 
Aduanera 2014, integrante del paquete económico y la Reforma Fiscal. 
Algunos puntos que mencionar al respecto de los motivos de la iniciativa de esta 
reforma son: 
 México requiere atraer inversión, por lo que es necesario facilitar el comercio 
Internacional. 
 Incentivar el crecimiento económico. 
 Mantener el control de la entrada y salida de mercancías. 
 Brindar mejores condiciones de acceso a los mercados internacionales. 
 Incentivar mecanismos de seguridad nacional. 
 Así como impulsar la inversión en infraestructura y modernización de las 
aduanas. 
Alguno de los cambios a la ley estará enfocado a esto, Por esta razón entre las medidas 
adoptadas en la Reforma están: 
 La regulación del sistema electrónico aduanero, a través del cual se simplifican 
los pagos de las contribuciones y cuotas compensatorias, a fin de reducir costos 
a cargo de las empresas. 
 Optimizar la interacción de los particulares con el quehacer gubernamental. 
 Modernizar el marco jurídico aduanero estableciendo el uso de medios 
electrónicos o digitales para facilitar el comercio. 
En el año 2014 se tendrá la opción del uso de los “AGENTES ADUANALES” en las 
operaciones comerciales para acabar con lo que se decía que era un monopolio. 
La iniciativa de esta reforma elimina el requisito de que el despacho de mercancías de 
comercio exterior se realice únicamente a través de un agente o apoderado aduanal. 
Esta medida forma parte del acuerdo sobre FACILITACIÓN COMERCIAL en el que se 
desmantelan obstáculos al comercio relacionados con los procesos en las aduanas y en 
los puertos. 
Con las modificaciones se permitirá a las empresas realizar directamente el 
“DESPACHO ADUANERO” brindando nuevas facilidades prescindiendo de los agentes 
aduanales. 
También se eliminara la regulación de la figura del “APODERADO ADUANAL”, ya que a través 
de la firma electrónica o sello digital, los importadores o exportadores podrán realizar el
4 
trámite de sus pedimentos de manera directa, sin intermediario alguno o a través de la figura 
de un representante legal. 
Para que esta disposición sea efectiva, falta la publicación de un reglamento, que establecerá 
los estatutos para la figura del representante legal, que sustituirá la del apoderado aduanal. 
Así mismo para quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional ya no 
tendrán que presentar físicamente ante la aduana un PEDIMENTO, sino que ahora estarán 
obligados a transmitir a través del sistema electrónico aduanero el pedimento con información 
referente a las mercancías que amparen, empleando la firma electrónica avanzada o el sello 
digital, lo cual también ampara la estancia legal de mercancías. 
También se establece la opción de que las mercancías se introduzcan o extraigan del territorio 
nacional a través del TRÁFICO FERROVIARIO, además de las que ya se contemplaban en la Ley 
Aduanera (marítimo, terrestre, aéreo). 
Las modificaciones a la ley establecen: 
 Coordinación vía electrónica entre la administración pública federal, las entidades 
federativas y los municipios, con las autoridades fiscales y aduanas internacionales. 
 Conceder atribuciones adicionales a la autoridad en la materia para trabajar 
conjuntamente con aduanas de otros países. 
 flexibilizar el requisito de tener colindancia con una aduana para los recintos 
fiscalizados estratégicos. 
 Así como otorgar y remover autorizaciones de dictaminadores aduaneros. 
La iniciativa del gobierno federal propone que la entrada y salida de mercancías se pueda 
llevar a cabo en lugares distintos a los recintos fiscales, cuando el volumen o las características 
de los embarques impidan que se realice en las instalaciones autorizadas originalmente. 
Por otra parte, en las mercancías de importación se aumenta de 5 días hábiles a 7 días 
naturales el almacenamiento y custodia gratuita de las mercancías en RECINTOS 
FISCALIZADOS que se encuentren en aduanas de tráfico marítimo. 
Las mercancías en recinto fiscalizado pueden ingresar a Recinto Fiscalizado Estratégico de 
cumplirse con ciertos requisitos pendientes de publicación. Se posibilita a empresas que 
prestan los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior 
para operar recintos fiscalizados estratégicos. 
Así mismo las empresas que no contraten un agente aduanal se obligan a realizar el despacho 
aduanero a través de su REPRESENTANTE LEGAL, mismo que deberán acreditar ante el 
Servicio de Administración Tributaria, en los términos y condiciones que se establezcan en el 
reglamento. 
REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE LEGAL 
 Estar al corriente de sus obligaciones fiscales. 
 Ser de nacionalidad mexicana. 
 Ser persona física.
5 
 Relación laboral con importador o exportador. Experiencia o conocimientos en 
comercio exterior. 
 Acreditado ante el SAT 
PRO’S DE LA REFORMA. 
 Impulsar el uso de nuevas tecnologías. 
 Optatividad del agente aduanal. 
 Reconocimiento legal de transporte ferroviario. 
 Apertura de pre validación de pedimentos. 
 Autocorrección vía rectificación. 
 Sistema electrónico aduanero. 
 Eliminación del segundo reconocimiento. 
 Ampliación del despacho aduanero por lugar distinto. 
 Apertura nacional de los recintos fiscalizados estratégicos. 
 Reducción de multas 
 Regularización de mercancías. 
 Mayor coordinación entre autoridades. 
 Los exportadores e importadores cumplirán con todos sus trámites en el 
sistema, además de usar la misma plataforma para hacer el pago de sus cuotas. 
CONTRA’S DE LA REFORMA. 
Estos son los principales contras en materia de comercio internacional propuestos en 
la iniciativa de decreto para reformar la Ley Aduanera. 
 La propuesta de reforma hacendaria del gobierno federal cambia la manera en 
que las mercancías entran y salen del país en las aduanas . 
 Adiós al agente aduanal. 
 Los agentes aduanales ya no podrán ceder su cargo. (La ley permitía que los 
agentes aduanales designaran a un “AGENTE ADUANAL SUSTITUTO” cuando se 
retiraran, enfermaran o murieran, pero con las modificaciones a la ley, esta 
posibilidad se extingue). 
 El gobierno federal pretende dar sustento legal al sistema electrónico aduanero 
para resolver los trámites de comercio exterior, ya que actualmente sólo figura 
en reglas de carácter general. 
 Quienes estén interesados en convertirse en agente aduanal deberán cumplir 
con los requisitos marcados en la legislación, conforme a las convocatorias de 
la SHCP. 
 Menos revisiones a las mercancías. 
 La reforma hacendaria apuesta por hacer un solo reconocimiento aduanero 
mediante análisis de imagen y video, en lugar de realizar varias revisiones que 
sean intrusivas con el contenido de los embarques.
6 
OPINION PERSONAL ACERCA DE ESTAS REFORMAS A NUESTRA LEY 
ADUANERA. 
En mi opinión personal M. Rodrigo Rodríguez Sabanilla creo que estas modificaciones 
a la ley, obedecen a una evolución del Comercio Internacional que representan nuevos 
retos de capacitación, la integración de servicios y la adopción de nuevas tecnologías 
para las empresas. 
Los cambios a la Ley Aduanera permitirán a los importadores y exportadores 
participar en los procesos aduanales directamente, eliminando intermediarios y 
generando efectos multiplicadores en la economía. 
Todo esto se lograra gracias al despliegue de infraestructura para las operaciones, y el 
empleo del sistema electrónico aduanero, así que las empresas no deben dejar de 
asesorarse con especialistas, y mucho menos aquellas que decidan optar por la figura 
del representante legal, ya que este será el responsable solidario de la empresa. 
Otra de las ventajas es la incorporación del ferrocarril como medio de transporte 
válido para el comercio internacional, pues con esta disposición las mercancías ya no 
deberán descargarse ni pasar por las aduanas en camiones, como antes, lo que es 
totalmente positivo para los tiempos y costos logísticos , además de que evitamos 
carreteras saturadas debido al tráfico de camiones. 
En pocas palabras estas modificaciones traen consigo un sistema aduanero mucho más 
eficiente, eliminando trámites burocráticos que tardaban mucho tiempo, muestra de 
ello era el segundo reconocimiento aduanero, que según los importadores era 
innecesario y congestionaba el tráfico de mercancías en las aduanas . 
Yo si estoy a favor de la reforma aduanera en materia de agilización de trámites, 
empleos de nuevas tecnología y a hacer un despacho aduanero mucho más eficiente. 
En base a este trabajo he entendido el propósito de la ley aduanera y de la reformas de 
las mismas ya que el objetivo es regular y promover el comercio exterior, incrementar 
la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos 
productivos del país, en lo que respecta de las nuevas reformas son ampliar y agilizar el 
sistema electrónico de modo que optimicemos tiempos y esto nos da una mayor 
visualización a nuevos negocios.

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Reformas a la Ley Aduanera

  • 1. 1 U.D.E.C UNIVERSIDAD DOCTOR EMILIO CARDENAS. NOMBRE DEL ALUMNO: RODRIGUEZ SABANILLA M.RODRIGO. LIC. COMERCIO INTERNACIONAL. MATERIA: MARCO LEGAL ADUANAL. TERCER CUATRIMESTRE. MISS: MONICA LARA BALBUENA. FECHA: 02/ JULIO / 2014 TEMA: ANALISIS GENERAL DE LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA
  • 2. 2 LEY ADUANERA La ley aduanera tiene por objeto:  Regular y promover el comercio exterior.  Incrementar la competitividad de la economía nacional.  Propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país.  Integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional.  Defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional.  Contribuir a la elevación del bienestar de la población. Las aduanas enfrentan el reto de facilitar el comercio internacional, manteniendo el control en la entrada y salida de las mercancías, por lo cual, se estima necesario adecuar la legislación aduanera a efecto de que se prevean mecanismos que permitan de una forma práctica establecer instrumentos que mejoren los procedimientos para responder con mayor eficacia a dichos retos, lo que permitirá incentivar el crecimiento económico del país y el intercambio comercial La ubicación geográfica de México, es una ventaja con la que cuenta el país, ya que tiene un amplio acceso al comercio internacional a través de sus costas y fronteras. También ha favorecido que a la fecha México haya suscrito un número considerable de acuerdos y tratados internacionales comerciales que facilitan la entrada de nuestros productos a un amplio mercado y que han sido pieza fundamental para lograr una mayor eficiencia en la economía. Asimismo, se encuentra la de facilitar el comercio exterior impulsando la modernización de las aduanas, la inversión en infraestructura, y la actualización e incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY ADUANERA. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía. FECHA EN QUE SE REFORMO LA LEY ADUANERA Con fecha 10 de diciembre de 2013 entro en vigencia la Reforma a la Ley Aduanera de 2014.
  • 3. 3 ¿EN QUE CONSISTEN LAS REFORMAS A LA LEY ADUANERA? Ha sido una de las cuestiones aprobadas durante los cambios de fin de año 2013 en la Cámara de Diputados, En el Pleno de dicha institución, se ha aprobado en lo general, El dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera 2014, integrante del paquete económico y la Reforma Fiscal. Algunos puntos que mencionar al respecto de los motivos de la iniciativa de esta reforma son:  México requiere atraer inversión, por lo que es necesario facilitar el comercio Internacional.  Incentivar el crecimiento económico.  Mantener el control de la entrada y salida de mercancías.  Brindar mejores condiciones de acceso a los mercados internacionales.  Incentivar mecanismos de seguridad nacional.  Así como impulsar la inversión en infraestructura y modernización de las aduanas. Alguno de los cambios a la ley estará enfocado a esto, Por esta razón entre las medidas adoptadas en la Reforma están:  La regulación del sistema electrónico aduanero, a través del cual se simplifican los pagos de las contribuciones y cuotas compensatorias, a fin de reducir costos a cargo de las empresas.  Optimizar la interacción de los particulares con el quehacer gubernamental.  Modernizar el marco jurídico aduanero estableciendo el uso de medios electrónicos o digitales para facilitar el comercio. En el año 2014 se tendrá la opción del uso de los “AGENTES ADUANALES” en las operaciones comerciales para acabar con lo que se decía que era un monopolio. La iniciativa de esta reforma elimina el requisito de que el despacho de mercancías de comercio exterior se realice únicamente a través de un agente o apoderado aduanal. Esta medida forma parte del acuerdo sobre FACILITACIÓN COMERCIAL en el que se desmantelan obstáculos al comercio relacionados con los procesos en las aduanas y en los puertos. Con las modificaciones se permitirá a las empresas realizar directamente el “DESPACHO ADUANERO” brindando nuevas facilidades prescindiendo de los agentes aduanales. También se eliminara la regulación de la figura del “APODERADO ADUANAL”, ya que a través de la firma electrónica o sello digital, los importadores o exportadores podrán realizar el
  • 4. 4 trámite de sus pedimentos de manera directa, sin intermediario alguno o a través de la figura de un representante legal. Para que esta disposición sea efectiva, falta la publicación de un reglamento, que establecerá los estatutos para la figura del representante legal, que sustituirá la del apoderado aduanal. Así mismo para quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional ya no tendrán que presentar físicamente ante la aduana un PEDIMENTO, sino que ahora estarán obligados a transmitir a través del sistema electrónico aduanero el pedimento con información referente a las mercancías que amparen, empleando la firma electrónica avanzada o el sello digital, lo cual también ampara la estancia legal de mercancías. También se establece la opción de que las mercancías se introduzcan o extraigan del territorio nacional a través del TRÁFICO FERROVIARIO, además de las que ya se contemplaban en la Ley Aduanera (marítimo, terrestre, aéreo). Las modificaciones a la ley establecen:  Coordinación vía electrónica entre la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios, con las autoridades fiscales y aduanas internacionales.  Conceder atribuciones adicionales a la autoridad en la materia para trabajar conjuntamente con aduanas de otros países.  flexibilizar el requisito de tener colindancia con una aduana para los recintos fiscalizados estratégicos.  Así como otorgar y remover autorizaciones de dictaminadores aduaneros. La iniciativa del gobierno federal propone que la entrada y salida de mercancías se pueda llevar a cabo en lugares distintos a los recintos fiscales, cuando el volumen o las características de los embarques impidan que se realice en las instalaciones autorizadas originalmente. Por otra parte, en las mercancías de importación se aumenta de 5 días hábiles a 7 días naturales el almacenamiento y custodia gratuita de las mercancías en RECINTOS FISCALIZADOS que se encuentren en aduanas de tráfico marítimo. Las mercancías en recinto fiscalizado pueden ingresar a Recinto Fiscalizado Estratégico de cumplirse con ciertos requisitos pendientes de publicación. Se posibilita a empresas que prestan los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior para operar recintos fiscalizados estratégicos. Así mismo las empresas que no contraten un agente aduanal se obligan a realizar el despacho aduanero a través de su REPRESENTANTE LEGAL, mismo que deberán acreditar ante el Servicio de Administración Tributaria, en los términos y condiciones que se establezcan en el reglamento. REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE LEGAL  Estar al corriente de sus obligaciones fiscales.  Ser de nacionalidad mexicana.  Ser persona física.
  • 5. 5  Relación laboral con importador o exportador. Experiencia o conocimientos en comercio exterior.  Acreditado ante el SAT PRO’S DE LA REFORMA.  Impulsar el uso de nuevas tecnologías.  Optatividad del agente aduanal.  Reconocimiento legal de transporte ferroviario.  Apertura de pre validación de pedimentos.  Autocorrección vía rectificación.  Sistema electrónico aduanero.  Eliminación del segundo reconocimiento.  Ampliación del despacho aduanero por lugar distinto.  Apertura nacional de los recintos fiscalizados estratégicos.  Reducción de multas  Regularización de mercancías.  Mayor coordinación entre autoridades.  Los exportadores e importadores cumplirán con todos sus trámites en el sistema, además de usar la misma plataforma para hacer el pago de sus cuotas. CONTRA’S DE LA REFORMA. Estos son los principales contras en materia de comercio internacional propuestos en la iniciativa de decreto para reformar la Ley Aduanera.  La propuesta de reforma hacendaria del gobierno federal cambia la manera en que las mercancías entran y salen del país en las aduanas .  Adiós al agente aduanal.  Los agentes aduanales ya no podrán ceder su cargo. (La ley permitía que los agentes aduanales designaran a un “AGENTE ADUANAL SUSTITUTO” cuando se retiraran, enfermaran o murieran, pero con las modificaciones a la ley, esta posibilidad se extingue).  El gobierno federal pretende dar sustento legal al sistema electrónico aduanero para resolver los trámites de comercio exterior, ya que actualmente sólo figura en reglas de carácter general.  Quienes estén interesados en convertirse en agente aduanal deberán cumplir con los requisitos marcados en la legislación, conforme a las convocatorias de la SHCP.  Menos revisiones a las mercancías.  La reforma hacendaria apuesta por hacer un solo reconocimiento aduanero mediante análisis de imagen y video, en lugar de realizar varias revisiones que sean intrusivas con el contenido de los embarques.
  • 6. 6 OPINION PERSONAL ACERCA DE ESTAS REFORMAS A NUESTRA LEY ADUANERA. En mi opinión personal M. Rodrigo Rodríguez Sabanilla creo que estas modificaciones a la ley, obedecen a una evolución del Comercio Internacional que representan nuevos retos de capacitación, la integración de servicios y la adopción de nuevas tecnologías para las empresas. Los cambios a la Ley Aduanera permitirán a los importadores y exportadores participar en los procesos aduanales directamente, eliminando intermediarios y generando efectos multiplicadores en la economía. Todo esto se lograra gracias al despliegue de infraestructura para las operaciones, y el empleo del sistema electrónico aduanero, así que las empresas no deben dejar de asesorarse con especialistas, y mucho menos aquellas que decidan optar por la figura del representante legal, ya que este será el responsable solidario de la empresa. Otra de las ventajas es la incorporación del ferrocarril como medio de transporte válido para el comercio internacional, pues con esta disposición las mercancías ya no deberán descargarse ni pasar por las aduanas en camiones, como antes, lo que es totalmente positivo para los tiempos y costos logísticos , además de que evitamos carreteras saturadas debido al tráfico de camiones. En pocas palabras estas modificaciones traen consigo un sistema aduanero mucho más eficiente, eliminando trámites burocráticos que tardaban mucho tiempo, muestra de ello era el segundo reconocimiento aduanero, que según los importadores era innecesario y congestionaba el tráfico de mercancías en las aduanas . Yo si estoy a favor de la reforma aduanera en materia de agilización de trámites, empleos de nuevas tecnología y a hacer un despacho aduanero mucho más eficiente. En base a este trabajo he entendido el propósito de la ley aduanera y de la reformas de las mismas ya que el objetivo es regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, en lo que respecta de las nuevas reformas son ampliar y agilizar el sistema electrónico de modo que optimicemos tiempos y esto nos da una mayor visualización a nuevos negocios.