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UNIDAD N°05 – ADUANAS
CARRERA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
CURSO: COMERCIO INTERNACIONAL
SEMESTRE: VI
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Objetivo General
Al terminar el curso, el estudiante estará en condiciones
de realizar operaciones de importación y exportación de
mercancías; así como, gestionar la distribución física
internacional.
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Objetivo Específico
Conocer los regímenes aduaneros.
Calcular el pago de aranceles.
Manejar los formatos aduaneros.
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Puntos en la agenda (Parte I)
1. Ley General de Aduanas
2. La Aduana, Organización y funciones
3. El Sistema aduanero peruano.
4. Regímenes aduaneros. Clasificación y modalidades:
 Regímenes Definitivos
 Regímenes Suspensivos
 Regímenes Temporales
5. Aranceles: Clasificación arancelaria
6. Tributos Aduaneros
7. Impuesto Ad Valorem
8. Otras escalas arancelarias. Zonas Francas
9. Agente de Aduana. Aspectos generals. Funciones y responsabilidades
10. Terminales de almacenamiento. Depósito aduanero autorizado
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Puntos en la agenda (Parte II)
1. Agencia de carga
2. Despacho aduanero
3. Nomenclatura arancelaria
4. Clasificación arancelaria de las mercancías
5. Valoración aduanera
6. Preferencias arancelarias
7. Tributación aduanera: Impuestos, contribuciones, tasas
(derechos ad valorem)
8. Formas de pago
9. Fundamentos éticos en la tributación aduanera
10. Ingreso de información en SINTAD.
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Puntos en la agenda (Parte II)
11. Autoliquidaciones
12. DUA (Significado, alcance y llenado)
13. DUS (Significado, alcance y llenado)
14. DAM (Significado, alcance y llenado)
15. Puestos de trabajo
 Auxiliar de despacho aduanero
 Liquidador aduanero
 Sectorista aduanero
https://youtu.be/99hzKz-ujKU
Veamos el siguiente video…
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Ley General de Aduanas
El Congreso de la República por Ley No 29157 y
de conformidad con el artículo 104 de la
Constitución política del Perú ha delegado en el
Poder Ejecutivo la facultad de legislar, sobre
materias específicas con la finalidad de facilitar la
implementación del Acuerdo de Promoción
Comercial Perú - Estados Unidos y su Protocolo
de Enmienda, y el apoyo a la competitividad
económica para su aprovechamiento, entre las
que se encuentra la materia de facilitación del
comercio: Que en concordancia con lo expuesto,
es necesario aprobar una nueva Ley General de
Aduanas que promueva la facilitación del
comercio.
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https://youtu.be/Knm0oPoDr9k
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La Aduana
Órgano de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria competente para aplicar la legislación aduanera, recaudar los
derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el
consumo, así como los recargos de corresponder, aplicar otras leyes y
reglamentos relativos a los regímenes aduaneros, y ejercer la potestad
aduanera.
El término también designa un órgano, una dependencia, un servicio o una
oficina de la Administración Aduanera.
La Administración Aduanera se encarga de la administración, recaudación,
control y fiscalización aduanera del tráfico internacional de mercancías medios
de transporte y personas, dentro del territorio aduanero.
https://youtu.be/r9ZQgDNf_A4
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La Aduana, Organización y funciones
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones garantizará que los puertos, aeropuertos o
terminales terrestres internacionales cuenten con:
a) Instalaciones adecuadas para el desempeño apropiado de las funciones de la
Administración Aduanera;
b) Patio de contenedores o de carga y zonas de reconocimiento físico y de
desconsolidación de mercancías, proporcionales al movimiento de sus operaciones.
Entre sus principales funciones tenemos: Facilitación del comercio exterior, los servicios
aduaneros son esenciales y están destinados a facilitar el comercio exterior, a contribuir al
desarrollo nacional y a velar por el control aduanero y el interés fiscal.
Para el desarrollo y facilitación de las actividades aduaneras, la Administración Aduanera
deberá expedir normas que regulen la emisión, transferencia, uso y control de documentos e
información, relacionados con tales actividades, sea ésta soportada por medios
documentales o electrónicos que gozan de plena validez legal.
https://youtu.be/1Y1d7zzrJ64
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La Aduana, Organización y funciones
 Cooperación e intercambio de información para el desarrollo de sus actividades la
Administración Aduanera procurará el intercambio de información y/o la interoperabilidad
con los sistemas de otras administraciones aduaneras o ventanillas únicas del mundo de
manera electrónica o la integración de los procesos interinstitucionales, así como la
cooperación con empresas privadas y entidades públicas nacionales y extranjeras.
 Las entidades públicas que registran datos en medios electrónicos, se encuentran
obligadas, salvo las excepciones previstas en la Constitución y la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, a poner a disposición de la Administración Aduanera
dicha información de manera electrónica.
 La Administración Aduanera deberá disponer medidas para que el intercambio de datos y
documentos que se sean necesarios entre la autoridad aduanera y los operadores de
comercio exterior se realicen por medios electrónicos.
https://youtu.be/GsaWvV3z5q0
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El Sistema Aduanero Peruano
• El sistema aduanero peruano se encuentra enmarcado mediante el
Decreto Legislativo N.º 1053 el cual entro en vigencia parcial a partir del
28.06.2008 y en su totalidad el 01.10.2010.
• El presente Decreto Legislativo tiene por objeto regular la relación
jurídica que se establece entre la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria - SUNAT y las personas naturales y jurídicas
que intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las
mercancías hacia y desde el territorio aduanero.
https://youtu.be/1tMsQWjVQso
https://youtu.be/LVNNFpyzcWg
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Regímenes Aduaneros. Clasificación
Las mercancías que ingresan o salen del territorio aduanero por las aduanas de la República
deben ser sometidas a los regímenes aduaneros y todas mercancías sujetas a tratados o
convenios suscritos por el Perú se rigen por lo dispuesto en ellos.
Son cinco los principales regímenes aduaneros en Perú, según la Ley General de Aduanas:
• Regímenes de Importación,
• Regímenes de Exportación,
• Regímenes de Perfeccionamiento,
• Regímenes de Depósito Aduanero,
• Regímenes de Tránsito y otros Regímenes de Excepción y que según la naturaleza y
fines de la operación se pueden clasificar en definitivo, temporal, suspensivo o de
perfeccionamiento.
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https://www.sunat.gob.pe/operatividadaduanera/
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Regímenes
Aduaneros y su
Clasificación
https://youtu.be/Gu82bJpg55s
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Regímenes Aduaneros. Modalidades
Regímenes Definitivos
Regímenes Suspensivos
Regímenes Temporales
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Regímenes Definitivos
 Importación para el consumo: Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías
al país (territorio aduanero) para su consumo, luego del pago o garantía según
corresponda, de los derechos arancelarios (aranceles) y demás impuestos aplicables, así
como el pago de los recargos y multas que hubiere, y del cumplimiento de las
formalidades y otras obligaciones aduaneras.
 Exportación Definitiva: Régimen aduanero que permite la salida del país de las
mercancías nacionales (o nacionalizadas) para su uso o consumo definitivo en el exterior.
La exportación definitiva no está afecta a ningún tributo. Según este régimen, las
mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo de 30 días calendario contado a
partir del día siguiente de la numeración de la declaración de Aduanas (DUA). La
regularización del régimen se realizará dentro del mismo plazo.
https://youtu.be/DymU7jNKJMM
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Regímenes Suspensivos
 Depósito aduanero: Régimen aduanero que permite que las mercancías que llegan al
territorio aduanero pueden ser almacenadas en un depósito aduanero para esta finalidad,
por un periodo determinado y bajo el control de la aduana, sin el pago de los derechos
arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo, siempre que
no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de
abandono.
 Reimportación en el mismo estado: Régimen aduanero que permite el ingreso al
territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo aplicables a la
importación para el consumo y recargos de corresponder, con la condición de que no
hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el
extranjero, perdiéndose los beneficios que se hubieren otorgado a la exportación.
https://youtu.be/s25VuikZxo8
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Regímenes Suspensivos
 Tránsito aduanero: Régimen aduanero que permite que las mercancías provenientes del
exterior que no hayan sido destinadas sean transportadas bajo control aduanero, de una
aduana a otra. dentro del territorio aduanero, o con destino al exterior, con suspensión del
pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el
consumo y recargos de corresponder.
 Transbordo: Régimen aduanero que permite la transferencia de mercancías las que son
descargadas del medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y
cargadas en el medio de transporte utilizado para la salida del territorio aduanero, bajo
control aduanero y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el
reglamento.
 Reembarque: Es el régimen aduanero que permite la salida de mercancías sólo con
destino al exterior, siempre que no hayan sido destinadas o no se encuentren en situación
de abandono
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Regímenes Temporales
 Admisión temporal para reexportación en el mismo estado:
Es el régimen que permite el ingreso al territorio aduanero de ciertas mercancías, con
suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la
importación para el consumo y recargos de corresponder, siempre que sean identificables
y estén destinadas a cumplir un fin determinado en un lugar específico para ser
reexportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación alguna, con
excepción de la depreciación normal originada por el uso que se haya hecho de las
mismas.
No se considera como modificación la incorporación de partes o accesorios o el
reemplazo de los destruidos o deteriorados con otros de manufactura nacional o
nacionalizada que no alteren su naturaleza.
https://youtu.be/oFeDAr7vX3g
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Regímenes Temporales
Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
Régimen que permite la salida del territorio aduanero de mercancías
nacionales o nacionalizadas con la finalidad de reimportarlas en un
plazo determinado, sin haber experimentado modificación alguna, con
excepción del deterioro normal por su uso.
Las mercancías exportadas bajo este régimen al ser reimportadas no
estarán sujetas al pago de los derechos arancelarios y demás tributos
aplicables a la importación para el consumo y recargos de
corresponder.
https://youtu.be/gzWgjfrmdGI
https://youtu.be/CX3zMGXqT9I
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Aranceles
 Un arancel es un impuesto o gravamen que se aplica solo a los bienes que son importados o
exportados. El más usual es el que se cobra sobre las importaciones; en el caso del Perú y muchos
otros países no se aplican aranceles a las exportaciones.
 En el Perú los aranceles son aplicados a las importaciones registradas en las subpartidas nacionales
del Arancel de Aduanas.
 La nomenclatura vigente es la del Arancel de Aduanas 2022, aprobado mediante Decreto Supremo N°
404- 2021-EF, publicado el 16 de diciembre de 2016 y puesto en vigencia a partir del 01 de enero de
2017.
 El Arancel de Aduanas 2022, mediante la Decisión Nº 885 del 21 de octubre de 2021, la Comisión de la
Comunidad Andina aprueba la nueva Nomenclatura Común de Designación y Codificación de
Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA), la cual incorpora la Séptima
Recomendación de Enmienda de la Organización Mundial de Aduanas al Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías y sus adendas y entra en vigencia el 1 de enero de 2022.
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Aranceles
 El Arancel de Aduanas del Perú comprende en la
actualidad a 7790 subpartidas nacionales a 10
dígitos, las que se encuentran contenidas en 21
Secciones y 98 Capítulos; el Capítulo 98
corresponde a mercancías con algún tipo de
tratamiento especial.
 La estructura del Arancel de Aduanas incluye el
código de subpartida nacional, la descripción de la
mercancía y el derecho ad-Valorem.
 Los derechos ad-Valorem son expresados en
porcentaje, los que se aplican sobre el valor CIF
(Cost, Insurance and Freight, "Costo, Seguro y
Flete") de importación.
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Clasificación Arancelaria
La clasificación arancelaria es un proceso que consiste en asignar un
código numérico creado por la Organización Mundial de Aduanas
(WCO por sus siglas en inglés) a las mercancías.
Su objetivo es identificar las mercancías que se importan y exportan
para fijar impuestos, obligaciones y derechos.
La determinación de la subpartida nacional de una mercancía, se
obtiene a través de un proceso que se denomina “Clasificación
Arancelaria”, por tanto, es necesario saber con precisión las
especificaciones técnicas de la mercancía a clasificar.
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Clasificación Arancelaria
 La expresión “Clasificación Arancelaria” tiene fundamentalmente dos significados. El primero, como
denominación de un sistema de clasificación de mercancías objeto de comercio internacional; el
segundo, para designar al código utilizado en una operación de importación o de exportación
mediante el que las autoridades asignan y los usuarios conocen los impuestos, derechos,
regulaciones no arancelarias, etc.
 La NANDINA constituye la Nomenclatura Arancelaria Común de la Comunidad Andina y está
basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Comprende las
partidas, subpartidas correspondientes, Notas de Sección, de Capítulo y de Subpartidas, Notas
Complementarias, así como las Reglas Generales para su interpretación.
 Los Países Miembros podrán crear subpartidas nacionales para la clasificación de mercancías a un
nivel más detallado que el de la NANDINA, siempre que tales subpartidas se incorporen y
codifiquen a un nivel superior al del código numérico de ocho (8) dígitos de la NANDINA.
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https://youtu.be/1lJHW9Q21sI
http://www.aduanet.gob.pe/operatividadAduana/
www.senati.edu.pe http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias
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http://www.aduanet.gob.pe/cl-ad-itconsultadwh/ieITS01Alias?accion=consultar&CG_consulta=2
http://www.aduanet.gob.pe/ol-ad-caInter/regclasInterS01Alias
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Tributos Aduaneros
Ad
Valorem
Es el que se calcula
como un porcentaje del
valor de la importación
CIF, es decir, del valor
de la importación que
incluye costo, seguro y
flete.
Específico
Es el que calcula como
una determinada
cantidad de unidades
monetarias por unidad
de volumen de
importación.
Mixto
Es el que está
compuesto por un
arancel ad-Valorem y un
arancel específico.
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Tributos Aduaneros que gravan la Importación
1. Derechos Ad – Valorem
2. Derechos Correctivos Provisionales ad Valorem
3. Derechos Específicos- Sistema de Franja de
Precios
4. Impuesto Selectivo al Consumo – ISC
5. Impuesto General a las Ventas – IGV
6. Impuesto de Promoción Municipal – IPM
7. Derechos Antidumping y Compensatorios
8. Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informag/tribadua.htm
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Impuesto Ad Valorem
Son los impuestos establecidos en el
Arancel de Aduanas a las mercancías que
ingresan al territorio aduanero nacional.
Base imponible: Valor en Aduanas
determinado conforme al sistema de
valoración vigente.
Tasa impositiva: cuatro (04) niveles: 0%,
4%, 6% o 11%, según subpartida nacional.
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Derechos Correctivos Provisionales Ad Valorem
• Medidas correctivas aplicadas por el Perú a los demás Países
Miembros de la Comunidad Andina que son de carácter no
discriminatorio, de conformidad con el Acuerdo de Cartagena.
• Se aplica a las importaciones de mantecas bajo las subpartidas
NANDINA 1511.90.00, 1516.20.00, y 1517.90.00, procedentes de
Colombia.
• Tasa: 29% Ad-Valorem CIF (Base Legal: Resolución Ministerial N.º 226-
2005- MINCETUR/DM publicada en el diario oficial El Peruano el
27.07.2005).
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Derechos Específicos-Sistema de Franja de
Precios
• Este tributo que tiene la naturaleza de derecho arancelario, grava las importaciones de los
productos agropecuarios tales como arroz, maíz amarillo, leche y azúcar (productos
marcadores y vinculados), fijando derechos variables adicionales y rebajas arancelarias
según los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras.
• Los derechos variables adicionales y las rebajas arancelarias se determinarán en base a
las Tablas Aduaneras y a los Precios de Referencia vigentes a la fecha de numeración de
la declaración de importación y se expresarán en dólares por tonelada métrica.
• Los derechos variables adicionales que resulten de la aplicación de lo dispuesto en el
Sistema Franja de Precios, aprobada por el Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y
modificatorias, sumados a los derechos ad Valorem no podrán exceder del 20% del valor
CIF de la mercancía cuya partida nacional está incluida en el Anexo 1 del Decreto
Supremo N° 103-2015-EF, por cada serie de la declaración de importación.
• Tasa: Variable
www.senati.edu.pe https://youtu.be/AxHzgQzWYp8
www.senati.edu.pe http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informai/tral.htm
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Impuesto Selectivo al Consumo - ISC
El impuesto se aplica bajo tres sistemas:
• a) Sistema al Valor, para los bienes contenidos en el Literal A del Nuevo Apéndice IV del TUO-
IGV. La base imponible está constituida por el Valor en Aduana más los derechos de importación
para el consumo.
• b) Sistema Específico (monto fijo), para los bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III y el
Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO-IGV. La base imponible está constituida por el volumen
importado expresado por la cantidad y las unidades físicas de medida según la subpartida nacional
consignadas en la Casilla 7.16 de la DAM.
• c) Sistema Al Valor según Precio de Venta al Público, para los bienes contenidos en el Literal C
del Nuevo Apéndice IV del TUO-IGV. La base imponible está constituida por el precio de venta al
público sugerido por el productor o el importador, multiplicado por un factor que se obtiene de
dividir la unidad entre el resultado de la suma de la tasa del Impuesto General a las Ventas,
incluida la del Impuesto de Promoción Municipal más uno (0.847). El resultado será redondeado a
tres decimales.
• Tasa: Variable
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Impuesto General a las Ventas - IGV
Este tributo grava la importación de
todos los bienes, salvo las
excepciones previstas en la
normatividad que la regula.
La base imponible está constituida
por el Valor en Aduana más los
derechos arancelarios y demás
tributos que afecten la importación.
Tasa impositiva: 16%
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Impuesto de Promoción Municipal - IPM
El IPM es un tributo nacional creado a
favor de las municipalidades, que grava
las operaciones afectas al IGV. Se rige
por las normas del TUO-IGV.
La base imponible está constituida por el
Valor en Aduanas determinado conforme
al sistema de valoración vigente, más los
derechos arancelarios y demás impuestos
a la importación con excepción del
Impuesto General a la Ventas.
Tasa impositiva: 2%
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Derechos Antidumping y Compensatorios
 Los derechos antidumping se aplican a determinados bienes cuyos precios 'dumping' causen o
amenacen causar perjuicio a la producción peruana.
 Los derechos compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier subsidio concedido directa
o indirectamente en el país de origen, cuando ello cause o amenace causar perjuicio a la
producción peruana.
 Para la aplicación de ambos derechos debe existir Resolución previa emitida por el INDECOPI.
 Los derechos antidumping y los compensatorios tienen la condición de multa, no son tributos, por
ello no resultan aplicables las normas referidas a los regímenes de gradualidad en la aplicación de
sanciones ni de incentivos para el pago de multas, establecidos en la LGA.
 La base imponible, lo constituye el monto al que asciende el valor FOB consignado en la
Factura Comercial o en base al monto fijo por peso o por precio unitario.
 Monto: variable.
www.senati.edu.pe https://youtu.be/IkVzWlkmLZM
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informai/tra_lp1.htm
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Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna
 Ámbito de aplicación: El Régimen de Percepciones constituye un sistema de pago
adelantado del IGV aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes
gravados con dicho impuesto, por el que el importador cancela un porcentaje adicional del
IGV que va a corresponder a sus operaciones posteriores.
 La SUNAT actúa como agente de retención y emite una liquidación de cobranza de
percepción del IGV por el monto que debe ser abonado.
 No será aplicable a las operaciones de importación exoneradas o inafectas a dicho
impuesto.
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Otras escalas arancelarias: Zonas Francas
 Las zonas francas son áreas establecidas dentro de un territorio nacional en el que no
rigen los derechos de aduanas vigentes para el resto del país; es decir, operan bajo una
normativa tributaria y aduanera especial.
 En estos espacios, que están regulados legalmente por las instituciones fiscales de un
país, se desarrollan actividades comerciales, agroindustriales o industriales de bienes y
de servicios. Usualmente, su gestión se realiza a través de una concesión.
 Las zonas francas están orientadas hacia el libre mercado, la generación de
competitividad como país, la internacionalización y consolidación de la oferta exportable.
 Unos de sus grandes objetivos están en la generación de empleo y la atracción de
inversiones.
 Además, incentivan sin limitaciones el desarrollo de actividades industriales, así como de
producción de bienes y servicios.
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www.senati.edu.pe https://youtu.be/TRxsD-70grk
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Agente de Aduana.
Los agentes de aduana son
personas naturales o jurídicas
autorizadas por la Administración
Aduanera para prestar servicios a
terceros, en toda clase de
trámites aduaneros; en las
condiciones y con los requisitos
que establezcan el Decreto
Legislativo y su Reglamento.
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Aspectos Generales
La participación del Agente de Aduana comprende todas las fases del traslado de
la mercancía comercializada. Siendo así, resulta comprensible la importancia de
su labor en la logística de comercio exterior, entendida ésta como el conjunto de
actos que deberán ejecutarse para lograr el traslado de la mercancía de un lugar a
otro, procurando que su ejecución se realice generando menores tiempos costos y
riesgos.
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Funciones y Responsabilidades
a) Conservar durante cinco (5) años toda la documentación original de los despachos en que haya intervenido. La SUNAT
podrá disponer que el archivo de la misma se realice en medios distintos al documental, en cuyo caso el agente de
aduana podrá entregar los documentos antes del plazo señalado. Transcurrido el plazo fijado en el párrafo anterior, o
producida la cancelación o revocación de su autorización, deberá entregar la referida documentación conforme a las
disposiciones que establezca la SUNAT.
b) Expedir copia autenticada de los documentos originales que conserva en su archivo;
c) Constituir, reponer, renovar o adecuar la garantía a satisfacción de la SUNAT, en garantía del cumplimiento de sus
obligaciones, cuyo monto y demás características deben cumplir con lo establecido en el Reglamento;
d) Comunicar a la Administración Aduanera el nombramiento y la revocación del representante legal y de los auxiliares
dentro del plazo de diez (10) días contados a partir del día siguiente de tomado el acuerdo.
e) Solicitar a la Administración Aduanera la autorización de cambio de domicilio o de local anexo, con anterioridad a su
realización, lugar que deberá cumplir con los requisitos de infraestructura establecidos por la Administración Aduanera.
www.senati.edu.pe https://youtu.be/g1_nzWg7iNU
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Despachador de Aduanas y su relación con la
logística internacional
Son despachadores de aduana los siguientes:
 Los dueños, consignatarios o consignantes;
 Los despachadores oficiales;
 Los agentes de aduana.
Un Despachante de aduana se dedica fundamentalmente a logística internacional y al despacho de aduana,
abasteciendo mediante un soporte técnico y logístico a sus clientes. Sus clientes son los importadores y
exportadores, que son las personas que depositan su confianza en el profesional para todo lo relacionado con el
ámbito de la exportación e importación.
La variedad de mercaderías con las que se trabaja es infinita, abarca desde animales hasta productos químicos,
textiles, etc. Por esta razón, el profesional amplía sus conocimientos y aprende cosas nuevas diariamente.
El experto será el encargado de generar confianza y de dar el pequeño empujón inicial que esas PYMES
necesitan para poder desarrollarse y convertirse en medianas y grandes empresas a través del desarrollo del
comercio exterior. Por este motivo, el papel que desempeña el Despachante de aduana es fundamental para el
crecimiento de la economía de un país.
www.senati.edu.pe https://youtu.be/PebxyrZZRcQ
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Terminales de Almacenamiento
• Depósito Aduanero
Autorizado
Los almacenes Aduaneros son locales
destinados a la custodia temporal de las
mercancías mientras se solicita su
despacho cuya administración puede
estar a cargo de la autoridad, de otras
dependencias públicas o de personas
naturales o jurídicas, entendiéndose
como tales a los depósitos temporales y
depósitos aduaneros.
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Agencia de Carga
 Un agente de carga o transitario es una compañía
que coordina el transporte comercial de los
envíos para otras compañías.
 El agente de carga generalmente asume la
responsabilidad de los envíos hasta que llegan a
su destino, dependiendo de los términos de
comercio y de transporte acordados, como los
Incoterms de la Cámara de Comercio
Internacional.
 Una actividad muy importante que realiza el
agente de carga es recabar y consolidar envíos
que son inferiores a la carga de un camión o a la
carga de un contenedor para crear una carga
consolidada completa para el transporte de largo
recorrido, logrando que el transporte sea más
eficaz y reduciendo los costos de transporte.
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 Los agentes de carga, en ocasiones, también
actúan como agentes aduanales y realizan
trámites aduaneros y otro tipo de gestiones de
despacho a nombre del expedidor.
 El agente de carga realiza tareas como:
 decidir la mejor ruta y condiciones para el
transporte físico,
 contrata los envíos con el transportista,
 gestiona los requisitos documentales de las
mercancías en los diversos países de la cadena de
transporte, y
 supervisa el movimiento de los envíos y obtiene y
proporciona al cliente información para su
localización y seguimiento.
www.senati.edu.pe https://youtu.be/9mz672X5JBk
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Despacho aduanero
www.senati.edu.pe https://youtu.be/DpNrsEuEH2s
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https://youtu.be/ojqATDAnAlM
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Valoración aduanera
La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para
determinar el valor en aduana de las mercancías importadas. Si se aplica un
derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho
pagadero por el producto importado.
Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General
sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/importacion/importac/procEspecif/despa-pe-01-10a.htm
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www.senati.edu.pe https://youtu.be/pfX15s0oLBc
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Preferencias Arancelarias
Consiste en la eliminación o reducción del arancel (impuesto a las
importaciones) que debe pagar un producto al ingresar a un país.
Para efectos de este manual es importante saber que:
En el Artículo 2.6 del Acuerdo Perú - AELC se establecen las
preferencias arancelarias concedidas entre ambas Partes.
En el Anexo V del Acuerdo Perú - AELC se establecen las reglas de
origen y los procedimientos relacionados al origen de los productos.
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Tributación aduanera: Impuestos, contribuciones,
tasas (derechos ad valorem)
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Formas de pago
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Fundamentos éticos en la tributación
aduanera
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Ingreso de información en SINTAD
 Sintad se fundó en el año 1998 y desde entonces se dedica exclusivamente a
brindar soluciones integrales y efectivas para el desarrollo de todas las empresas
involucradas al comercio internacional.
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www.senati.edu.pe
https://youtu.be/UsvYBacfYYQ
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Autoliquidaciones
www.senati.edu.pe https://youtu.be/o8gouQ8NSVo
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DUA (Significado, alcance y llenado)
Documento que contiene el conjunto de
datos comunitarios y nacionales, necesarios
para hacer una declaración aduanera de
mercancías en las aduanas de los Países
Miembros para los destinos y regímenes
aduaneros que lo requieran.
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DUA (Declaración Única de Aduanas)
 El DUA de importación es uno de los documentos principales para
generar todo proceso de aduanas. Para que todo se realice a
tiempo, es decir, sin retrasos o sobre costos.
 Cabe destacar que en la ley vigente se habla de Declaración
Aduanera de Mercancías DAM (antes DUA), pero en la práctica se
sigue utilizando el formato de DUA. Pero para que todo quede
claro, el término DUA significa Documento Único de Aduanas y
tiene valor legal como parte del proceso comercial; siempre y
cuando el contrato de compra venta haya empezado el traslado de
la mercadería.
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Finalidad de la DUA
• La principal finalidad de la DUA es generar como su nombre lo dice una declaración confiable acerca de la
mercadería que se transportan hacia el país de destino. En ese sentido, se habla de la “DUA de la importación”.
Otro dato importante es que existen distintos formatos de DUA dependiendo del tipo de proceso comercial se
venga llevando a cabo. Por eso existen formatos para exportación e importación.
• Dependiendo del tipo de régimen aduanero, cuentan con información específica. Esa información es solicitada
por la aduana de los países para aplicar de forma oportuna las regulaciones arancelarias, ya sea para envíos en
los terminales marítimos o aéreos.
En la actualidad
• En la actualidad, las regulaciones para las importaciones y el comercio internacional se regulan de forma positiva
en el Perú. Tanto personas jurídicas como naturales realizan la tramitación de importaciones. En ese sentido, hay
que diferenciar el hecho de que existen ciertos montos en transacciones los cuales son necesarios recurrir a un
agente de aduanas certificado.
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DUS (Significado, alcance y llenado)
En palabras simples, podemos decir que el DUS es
el documento a través del cual la Aduana certifica la
salida legal de las mercancías al exterior.
Es gestionado por el Agente de Aduanas y legalizado
por el Servicio Nacional de Aduanas.
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DAM (Significado, alcance y llenado)
Documento mediante el cual el declarante indica el régimen
aduanero que deberá aplicarse a las mercancías, y
suministra los detalles que la Administración Aduanera
requiere para su aplicación.
La DAM es un documento que sirve para declarar la
mercancía que quieres importar o exportar, e indicar el
régimen aduanero que se le aplicará.
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Puestos de Trabajo
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Auxiliar de despacho aduanero
 Digitalizar documentos.
 Cumplir con las formalidades aduaneras
para la exportación e importación.
 Realizar proceso operativo de ingreso
de carga a los almacenes.
 Realizar informes comerciales.
 Realiza el seguimiento de los
embarques.
 Monitorea el estado de las compras y
ventas realizadas al exterior.
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Liquidador Aduanero
 Coordinar con Gestor de aduana el requerimiento de documentación o información
faltante.
 Registrar la información para la declaración según el régimen solicitado en el sistema
SINTAD ( ADUANAS); y asignar la partida arancelaria correspondiente.
 Enviar vía el sistema de teledespacho Aduanero la DUA/OE al sistema SIGAD de
Aduanas.
 Realizar regularizaciones de despachos urgentes y anticipados en los regímenes
aduaneros de ingreso. Además, realizar regularización de regímenes aduaneros de
salida.
 Obtener la Numeración o Prenumeración de la DUA/OE e imprimirla en sus formatos
originales.
 Realizar el ingreso, numeración, rectificación, regularización de todos los regímenes
aduaneros de ingreso y salida.
 Amplia experiencia liquidando todos los regímenes aduaneros: Importación para el
Consumo, Exportación Definitiva; Exportación Temporal; Reexportación; Reembarque;
Deposito Aduanero; Admisión Temporal para Reimportación en el Mismo Estado,
Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo; Reimportación; Transito;
Transbordo; Rancho de Nave, y otros.
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Sectorista Aduanero
Un sectorista es un asesor y coordinador de todas las
actividades para llevar a cabo un despacho aduanero de
forma eficiente.
Su labor es netamente administrativa y actúa como un
gestor de los clientes que maneje la agencia de aduanas,
operador logístico, agencias de carga, entre otros.
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  • 3. www.senati.edu.pe UNIDAD N°05 – ADUANAS CARRERA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CURSO: COMERCIO INTERNACIONAL SEMESTRE: VI
  • 4. www.senati.edu.pe Objetivo General Al terminar el curso, el estudiante estará en condiciones de realizar operaciones de importación y exportación de mercancías; así como, gestionar la distribución física internacional.
  • 5. www.senati.edu.pe Objetivo Específico Conocer los regímenes aduaneros. Calcular el pago de aranceles. Manejar los formatos aduaneros.
  • 6. www.senati.edu.pe Puntos en la agenda (Parte I) 1. Ley General de Aduanas 2. La Aduana, Organización y funciones 3. El Sistema aduanero peruano. 4. Regímenes aduaneros. Clasificación y modalidades:  Regímenes Definitivos  Regímenes Suspensivos  Regímenes Temporales 5. Aranceles: Clasificación arancelaria 6. Tributos Aduaneros 7. Impuesto Ad Valorem 8. Otras escalas arancelarias. Zonas Francas 9. Agente de Aduana. Aspectos generals. Funciones y responsabilidades 10. Terminales de almacenamiento. Depósito aduanero autorizado
  • 7. www.senati.edu.pe Puntos en la agenda (Parte II) 1. Agencia de carga 2. Despacho aduanero 3. Nomenclatura arancelaria 4. Clasificación arancelaria de las mercancías 5. Valoración aduanera 6. Preferencias arancelarias 7. Tributación aduanera: Impuestos, contribuciones, tasas (derechos ad valorem) 8. Formas de pago 9. Fundamentos éticos en la tributación aduanera 10. Ingreso de información en SINTAD.
  • 8. www.senati.edu.pe Puntos en la agenda (Parte II) 11. Autoliquidaciones 12. DUA (Significado, alcance y llenado) 13. DUS (Significado, alcance y llenado) 14. DAM (Significado, alcance y llenado) 15. Puestos de trabajo  Auxiliar de despacho aduanero  Liquidador aduanero  Sectorista aduanero
  • 10. www.senati.edu.pe Ley General de Aduanas El Congreso de la República por Ley No 29157 y de conformidad con el artículo 104 de la Constitución política del Perú ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, sobre materias específicas con la finalidad de facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda, y el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento, entre las que se encuentra la materia de facilitación del comercio: Que en concordancia con lo expuesto, es necesario aprobar una nueva Ley General de Aduanas que promueva la facilitación del comercio.
  • 13. www.senati.edu.pe La Aduana Órgano de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria competente para aplicar la legislación aduanera, recaudar los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo, así como los recargos de corresponder, aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los regímenes aduaneros, y ejercer la potestad aduanera. El término también designa un órgano, una dependencia, un servicio o una oficina de la Administración Aduanera. La Administración Aduanera se encarga de la administración, recaudación, control y fiscalización aduanera del tráfico internacional de mercancías medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero.
  • 15. www.senati.edu.pe La Aduana, Organización y funciones El Ministerio de Transportes y Comunicaciones garantizará que los puertos, aeropuertos o terminales terrestres internacionales cuenten con: a) Instalaciones adecuadas para el desempeño apropiado de las funciones de la Administración Aduanera; b) Patio de contenedores o de carga y zonas de reconocimiento físico y de desconsolidación de mercancías, proporcionales al movimiento de sus operaciones. Entre sus principales funciones tenemos: Facilitación del comercio exterior, los servicios aduaneros son esenciales y están destinados a facilitar el comercio exterior, a contribuir al desarrollo nacional y a velar por el control aduanero y el interés fiscal. Para el desarrollo y facilitación de las actividades aduaneras, la Administración Aduanera deberá expedir normas que regulen la emisión, transferencia, uso y control de documentos e información, relacionados con tales actividades, sea ésta soportada por medios documentales o electrónicos que gozan de plena validez legal.
  • 17. www.senati.edu.pe La Aduana, Organización y funciones  Cooperación e intercambio de información para el desarrollo de sus actividades la Administración Aduanera procurará el intercambio de información y/o la interoperabilidad con los sistemas de otras administraciones aduaneras o ventanillas únicas del mundo de manera electrónica o la integración de los procesos interinstitucionales, así como la cooperación con empresas privadas y entidades públicas nacionales y extranjeras.  Las entidades públicas que registran datos en medios electrónicos, se encuentran obligadas, salvo las excepciones previstas en la Constitución y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a poner a disposición de la Administración Aduanera dicha información de manera electrónica.  La Administración Aduanera deberá disponer medidas para que el intercambio de datos y documentos que se sean necesarios entre la autoridad aduanera y los operadores de comercio exterior se realicen por medios electrónicos.
  • 19. www.senati.edu.pe El Sistema Aduanero Peruano • El sistema aduanero peruano se encuentra enmarcado mediante el Decreto Legislativo N.º 1053 el cual entro en vigencia parcial a partir del 28.06.2008 y en su totalidad el 01.10.2010. • El presente Decreto Legislativo tiene por objeto regular la relación jurídica que se establece entre la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y las personas naturales y jurídicas que intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías hacia y desde el territorio aduanero.
  • 21. www.senati.edu.pe Regímenes Aduaneros. Clasificación Las mercancías que ingresan o salen del territorio aduanero por las aduanas de la República deben ser sometidas a los regímenes aduaneros y todas mercancías sujetas a tratados o convenios suscritos por el Perú se rigen por lo dispuesto en ellos. Son cinco los principales regímenes aduaneros en Perú, según la Ley General de Aduanas: • Regímenes de Importación, • Regímenes de Exportación, • Regímenes de Perfeccionamiento, • Regímenes de Depósito Aduanero, • Regímenes de Tránsito y otros Regímenes de Excepción y que según la naturaleza y fines de la operación se pueden clasificar en definitivo, temporal, suspensivo o de perfeccionamiento.
  • 23.
  • 26. www.senati.edu.pe Regímenes Aduaneros. Modalidades Regímenes Definitivos Regímenes Suspensivos Regímenes Temporales
  • 27. www.senati.edu.pe Regímenes Definitivos  Importación para el consumo: Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al país (territorio aduanero) para su consumo, luego del pago o garantía según corresponda, de los derechos arancelarios (aranceles) y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubiere, y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.  Exportación Definitiva: Régimen aduanero que permite la salida del país de las mercancías nacionales (o nacionalizadas) para su uso o consumo definitivo en el exterior. La exportación definitiva no está afecta a ningún tributo. Según este régimen, las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo de 30 días calendario contado a partir del día siguiente de la numeración de la declaración de Aduanas (DUA). La regularización del régimen se realizará dentro del mismo plazo.
  • 29. www.senati.edu.pe Regímenes Suspensivos  Depósito aduanero: Régimen aduanero que permite que las mercancías que llegan al territorio aduanero pueden ser almacenadas en un depósito aduanero para esta finalidad, por un periodo determinado y bajo el control de la aduana, sin el pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono.  Reimportación en el mismo estado: Régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo aplicables a la importación para el consumo y recargos de corresponder, con la condición de que no hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el extranjero, perdiéndose los beneficios que se hubieren otorgado a la exportación.
  • 31. www.senati.edu.pe Regímenes Suspensivos  Tránsito aduanero: Régimen aduanero que permite que las mercancías provenientes del exterior que no hayan sido destinadas sean transportadas bajo control aduanero, de una aduana a otra. dentro del territorio aduanero, o con destino al exterior, con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo y recargos de corresponder.  Transbordo: Régimen aduanero que permite la transferencia de mercancías las que son descargadas del medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y cargadas en el medio de transporte utilizado para la salida del territorio aduanero, bajo control aduanero y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el reglamento.  Reembarque: Es el régimen aduanero que permite la salida de mercancías sólo con destino al exterior, siempre que no hayan sido destinadas o no se encuentren en situación de abandono
  • 32. www.senati.edu.pe Regímenes Temporales  Admisión temporal para reexportación en el mismo estado: Es el régimen que permite el ingreso al territorio aduanero de ciertas mercancías, con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación para el consumo y recargos de corresponder, siempre que sean identificables y estén destinadas a cumplir un fin determinado en un lugar específico para ser reexportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada por el uso que se haya hecho de las mismas. No se considera como modificación la incorporación de partes o accesorios o el reemplazo de los destruidos o deteriorados con otros de manufactura nacional o nacionalizada que no alteren su naturaleza.
  • 34. www.senati.edu.pe Regímenes Temporales Exportación temporal para reimportación en el mismo estado Régimen que permite la salida del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas con la finalidad de reimportarlas en un plazo determinado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por su uso. Las mercancías exportadas bajo este régimen al ser reimportadas no estarán sujetas al pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo y recargos de corresponder.
  • 37. www.senati.edu.pe Aranceles  Un arancel es un impuesto o gravamen que se aplica solo a los bienes que son importados o exportados. El más usual es el que se cobra sobre las importaciones; en el caso del Perú y muchos otros países no se aplican aranceles a las exportaciones.  En el Perú los aranceles son aplicados a las importaciones registradas en las subpartidas nacionales del Arancel de Aduanas.  La nomenclatura vigente es la del Arancel de Aduanas 2022, aprobado mediante Decreto Supremo N° 404- 2021-EF, publicado el 16 de diciembre de 2016 y puesto en vigencia a partir del 01 de enero de 2017.  El Arancel de Aduanas 2022, mediante la Decisión Nº 885 del 21 de octubre de 2021, la Comisión de la Comunidad Andina aprueba la nueva Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA), la cual incorpora la Séptima Recomendación de Enmienda de la Organización Mundial de Aduanas al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y sus adendas y entra en vigencia el 1 de enero de 2022.
  • 38.
  • 39. www.senati.edu.pe Aranceles  El Arancel de Aduanas del Perú comprende en la actualidad a 7790 subpartidas nacionales a 10 dígitos, las que se encuentran contenidas en 21 Secciones y 98 Capítulos; el Capítulo 98 corresponde a mercancías con algún tipo de tratamiento especial.  La estructura del Arancel de Aduanas incluye el código de subpartida nacional, la descripción de la mercancía y el derecho ad-Valorem.  Los derechos ad-Valorem son expresados en porcentaje, los que se aplican sobre el valor CIF (Cost, Insurance and Freight, "Costo, Seguro y Flete") de importación.
  • 41. www.senati.edu.pe Clasificación Arancelaria La clasificación arancelaria es un proceso que consiste en asignar un código numérico creado por la Organización Mundial de Aduanas (WCO por sus siglas en inglés) a las mercancías. Su objetivo es identificar las mercancías que se importan y exportan para fijar impuestos, obligaciones y derechos. La determinación de la subpartida nacional de una mercancía, se obtiene a través de un proceso que se denomina “Clasificación Arancelaria”, por tanto, es necesario saber con precisión las especificaciones técnicas de la mercancía a clasificar.
  • 42. www.senati.edu.pe Clasificación Arancelaria  La expresión “Clasificación Arancelaria” tiene fundamentalmente dos significados. El primero, como denominación de un sistema de clasificación de mercancías objeto de comercio internacional; el segundo, para designar al código utilizado en una operación de importación o de exportación mediante el que las autoridades asignan y los usuarios conocen los impuestos, derechos, regulaciones no arancelarias, etc.  La NANDINA constituye la Nomenclatura Arancelaria Común de la Comunidad Andina y está basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Comprende las partidas, subpartidas correspondientes, Notas de Sección, de Capítulo y de Subpartidas, Notas Complementarias, así como las Reglas Generales para su interpretación.  Los Países Miembros podrán crear subpartidas nacionales para la clasificación de mercancías a un nivel más detallado que el de la NANDINA, siempre que tales subpartidas se incorporen y codifiquen a un nivel superior al del código numérico de ocho (8) dígitos de la NANDINA.
  • 49. www.senati.edu.pe Tributos Aduaneros Ad Valorem Es el que se calcula como un porcentaje del valor de la importación CIF, es decir, del valor de la importación que incluye costo, seguro y flete. Específico Es el que calcula como una determinada cantidad de unidades monetarias por unidad de volumen de importación. Mixto Es el que está compuesto por un arancel ad-Valorem y un arancel específico.
  • 50. www.senati.edu.pe Tributos Aduaneros que gravan la Importación 1. Derechos Ad – Valorem 2. Derechos Correctivos Provisionales ad Valorem 3. Derechos Específicos- Sistema de Franja de Precios 4. Impuesto Selectivo al Consumo – ISC 5. Impuesto General a las Ventas – IGV 6. Impuesto de Promoción Municipal – IPM 7. Derechos Antidumping y Compensatorios 8. Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informag/tribadua.htm
  • 52. www.senati.edu.pe Impuesto Ad Valorem Son los impuestos establecidos en el Arancel de Aduanas a las mercancías que ingresan al territorio aduanero nacional. Base imponible: Valor en Aduanas determinado conforme al sistema de valoración vigente. Tasa impositiva: cuatro (04) niveles: 0%, 4%, 6% o 11%, según subpartida nacional.
  • 53. www.senati.edu.pe Derechos Correctivos Provisionales Ad Valorem • Medidas correctivas aplicadas por el Perú a los demás Países Miembros de la Comunidad Andina que son de carácter no discriminatorio, de conformidad con el Acuerdo de Cartagena. • Se aplica a las importaciones de mantecas bajo las subpartidas NANDINA 1511.90.00, 1516.20.00, y 1517.90.00, procedentes de Colombia. • Tasa: 29% Ad-Valorem CIF (Base Legal: Resolución Ministerial N.º 226- 2005- MINCETUR/DM publicada en el diario oficial El Peruano el 27.07.2005).
  • 55.
  • 56. www.senati.edu.pe Derechos Específicos-Sistema de Franja de Precios • Este tributo que tiene la naturaleza de derecho arancelario, grava las importaciones de los productos agropecuarios tales como arroz, maíz amarillo, leche y azúcar (productos marcadores y vinculados), fijando derechos variables adicionales y rebajas arancelarias según los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras. • Los derechos variables adicionales y las rebajas arancelarias se determinarán en base a las Tablas Aduaneras y a los Precios de Referencia vigentes a la fecha de numeración de la declaración de importación y se expresarán en dólares por tonelada métrica. • Los derechos variables adicionales que resulten de la aplicación de lo dispuesto en el Sistema Franja de Precios, aprobada por el Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y modificatorias, sumados a los derechos ad Valorem no podrán exceder del 20% del valor CIF de la mercancía cuya partida nacional está incluida en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF, por cada serie de la declaración de importación. • Tasa: Variable
  • 60.
  • 61. www.senati.edu.pe Impuesto Selectivo al Consumo - ISC El impuesto se aplica bajo tres sistemas: • a) Sistema al Valor, para los bienes contenidos en el Literal A del Nuevo Apéndice IV del TUO- IGV. La base imponible está constituida por el Valor en Aduana más los derechos de importación para el consumo. • b) Sistema Específico (monto fijo), para los bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III y el Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO-IGV. La base imponible está constituida por el volumen importado expresado por la cantidad y las unidades físicas de medida según la subpartida nacional consignadas en la Casilla 7.16 de la DAM. • c) Sistema Al Valor según Precio de Venta al Público, para los bienes contenidos en el Literal C del Nuevo Apéndice IV del TUO-IGV. La base imponible está constituida por el precio de venta al público sugerido por el productor o el importador, multiplicado por un factor que se obtiene de dividir la unidad entre el resultado de la suma de la tasa del Impuesto General a las Ventas, incluida la del Impuesto de Promoción Municipal más uno (0.847). El resultado será redondeado a tres decimales. • Tasa: Variable
  • 62.
  • 63. www.senati.edu.pe Impuesto General a las Ventas - IGV Este tributo grava la importación de todos los bienes, salvo las excepciones previstas en la normatividad que la regula. La base imponible está constituida por el Valor en Aduana más los derechos arancelarios y demás tributos que afecten la importación. Tasa impositiva: 16%
  • 64. www.senati.edu.pe Impuesto de Promoción Municipal - IPM El IPM es un tributo nacional creado a favor de las municipalidades, que grava las operaciones afectas al IGV. Se rige por las normas del TUO-IGV. La base imponible está constituida por el Valor en Aduanas determinado conforme al sistema de valoración vigente, más los derechos arancelarios y demás impuestos a la importación con excepción del Impuesto General a la Ventas. Tasa impositiva: 2%
  • 65. www.senati.edu.pe Derechos Antidumping y Compensatorios  Los derechos antidumping se aplican a determinados bienes cuyos precios 'dumping' causen o amenacen causar perjuicio a la producción peruana.  Los derechos compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente en el país de origen, cuando ello cause o amenace causar perjuicio a la producción peruana.  Para la aplicación de ambos derechos debe existir Resolución previa emitida por el INDECOPI.  Los derechos antidumping y los compensatorios tienen la condición de multa, no son tributos, por ello no resultan aplicables las normas referidas a los regímenes de gradualidad en la aplicación de sanciones ni de incentivos para el pago de multas, establecidos en la LGA.  La base imponible, lo constituye el monto al que asciende el valor FOB consignado en la Factura Comercial o en base al monto fijo por peso o por precio unitario.  Monto: variable.
  • 69. www.senati.edu.pe Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna  Ámbito de aplicación: El Régimen de Percepciones constituye un sistema de pago adelantado del IGV aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes gravados con dicho impuesto, por el que el importador cancela un porcentaje adicional del IGV que va a corresponder a sus operaciones posteriores.  La SUNAT actúa como agente de retención y emite una liquidación de cobranza de percepción del IGV por el monto que debe ser abonado.  No será aplicable a las operaciones de importación exoneradas o inafectas a dicho impuesto.
  • 71. www.senati.edu.pe Otras escalas arancelarias: Zonas Francas  Las zonas francas son áreas establecidas dentro de un territorio nacional en el que no rigen los derechos de aduanas vigentes para el resto del país; es decir, operan bajo una normativa tributaria y aduanera especial.  En estos espacios, que están regulados legalmente por las instituciones fiscales de un país, se desarrollan actividades comerciales, agroindustriales o industriales de bienes y de servicios. Usualmente, su gestión se realiza a través de una concesión.  Las zonas francas están orientadas hacia el libre mercado, la generación de competitividad como país, la internacionalización y consolidación de la oferta exportable.  Unos de sus grandes objetivos están en la generación de empleo y la atracción de inversiones.  Además, incentivan sin limitaciones el desarrollo de actividades industriales, así como de producción de bienes y servicios.
  • 75.
  • 76. www.senati.edu.pe Agente de Aduana. Los agentes de aduana son personas naturales o jurídicas autorizadas por la Administración Aduanera para prestar servicios a terceros, en toda clase de trámites aduaneros; en las condiciones y con los requisitos que establezcan el Decreto Legislativo y su Reglamento.
  • 77. www.senati.edu.pe Aspectos Generales La participación del Agente de Aduana comprende todas las fases del traslado de la mercancía comercializada. Siendo así, resulta comprensible la importancia de su labor en la logística de comercio exterior, entendida ésta como el conjunto de actos que deberán ejecutarse para lograr el traslado de la mercancía de un lugar a otro, procurando que su ejecución se realice generando menores tiempos costos y riesgos.
  • 78. www.senati.edu.pe Funciones y Responsabilidades a) Conservar durante cinco (5) años toda la documentación original de los despachos en que haya intervenido. La SUNAT podrá disponer que el archivo de la misma se realice en medios distintos al documental, en cuyo caso el agente de aduana podrá entregar los documentos antes del plazo señalado. Transcurrido el plazo fijado en el párrafo anterior, o producida la cancelación o revocación de su autorización, deberá entregar la referida documentación conforme a las disposiciones que establezca la SUNAT. b) Expedir copia autenticada de los documentos originales que conserva en su archivo; c) Constituir, reponer, renovar o adecuar la garantía a satisfacción de la SUNAT, en garantía del cumplimiento de sus obligaciones, cuyo monto y demás características deben cumplir con lo establecido en el Reglamento; d) Comunicar a la Administración Aduanera el nombramiento y la revocación del representante legal y de los auxiliares dentro del plazo de diez (10) días contados a partir del día siguiente de tomado el acuerdo. e) Solicitar a la Administración Aduanera la autorización de cambio de domicilio o de local anexo, con anterioridad a su realización, lugar que deberá cumplir con los requisitos de infraestructura establecidos por la Administración Aduanera.
  • 80.
  • 81. www.senati.edu.pe Despachador de Aduanas y su relación con la logística internacional Son despachadores de aduana los siguientes:  Los dueños, consignatarios o consignantes;  Los despachadores oficiales;  Los agentes de aduana. Un Despachante de aduana se dedica fundamentalmente a logística internacional y al despacho de aduana, abasteciendo mediante un soporte técnico y logístico a sus clientes. Sus clientes son los importadores y exportadores, que son las personas que depositan su confianza en el profesional para todo lo relacionado con el ámbito de la exportación e importación. La variedad de mercaderías con las que se trabaja es infinita, abarca desde animales hasta productos químicos, textiles, etc. Por esta razón, el profesional amplía sus conocimientos y aprende cosas nuevas diariamente. El experto será el encargado de generar confianza y de dar el pequeño empujón inicial que esas PYMES necesitan para poder desarrollarse y convertirse en medianas y grandes empresas a través del desarrollo del comercio exterior. Por este motivo, el papel que desempeña el Despachante de aduana es fundamental para el crecimiento de la economía de un país.
  • 83. www.senati.edu.pe Terminales de Almacenamiento • Depósito Aduanero Autorizado Los almacenes Aduaneros son locales destinados a la custodia temporal de las mercancías mientras se solicita su despacho cuya administración puede estar a cargo de la autoridad, de otras dependencias públicas o de personas naturales o jurídicas, entendiéndose como tales a los depósitos temporales y depósitos aduaneros.
  • 85.
  • 86. www.senati.edu.pe Agencia de Carga  Un agente de carga o transitario es una compañía que coordina el transporte comercial de los envíos para otras compañías.  El agente de carga generalmente asume la responsabilidad de los envíos hasta que llegan a su destino, dependiendo de los términos de comercio y de transporte acordados, como los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional.  Una actividad muy importante que realiza el agente de carga es recabar y consolidar envíos que son inferiores a la carga de un camión o a la carga de un contenedor para crear una carga consolidada completa para el transporte de largo recorrido, logrando que el transporte sea más eficaz y reduciendo los costos de transporte.
  • 87. www.senati.edu.pe  Los agentes de carga, en ocasiones, también actúan como agentes aduanales y realizan trámites aduaneros y otro tipo de gestiones de despacho a nombre del expedidor.  El agente de carga realiza tareas como:  decidir la mejor ruta y condiciones para el transporte físico,  contrata los envíos con el transportista,  gestiona los requisitos documentales de las mercancías en los diversos países de la cadena de transporte, y  supervisa el movimiento de los envíos y obtiene y proporciona al cliente información para su localización y seguimiento.
  • 89.
  • 92.
  • 93.
  • 94.
  • 96. www.senati.edu.pe Valoración aduanera La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas. Si se aplica un derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho pagadero por el producto importado. Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994. https://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/importacion/importac/procEspecif/despa-pe-01-10a.htm
  • 99. www.senati.edu.pe Preferencias Arancelarias Consiste en la eliminación o reducción del arancel (impuesto a las importaciones) que debe pagar un producto al ingresar a un país. Para efectos de este manual es importante saber que: En el Artículo 2.6 del Acuerdo Perú - AELC se establecen las preferencias arancelarias concedidas entre ambas Partes. En el Anexo V del Acuerdo Perú - AELC se establecen las reglas de origen y los procedimientos relacionados al origen de los productos.
  • 100.
  • 101. www.senati.edu.pe Tributación aduanera: Impuestos, contribuciones, tasas (derechos ad valorem)
  • 104. www.senati.edu.pe Fundamentos éticos en la tributación aduanera
  • 105.
  • 106. www.senati.edu.pe Ingreso de información en SINTAD  Sintad se fundó en el año 1998 y desde entonces se dedica exclusivamente a brindar soluciones integrales y efectivas para el desarrollo de todas las empresas involucradas al comercio internacional.
  • 110.
  • 112. www.senati.edu.pe DUA (Significado, alcance y llenado) Documento que contiene el conjunto de datos comunitarios y nacionales, necesarios para hacer una declaración aduanera de mercancías en las aduanas de los Países Miembros para los destinos y regímenes aduaneros que lo requieran.
  • 114. www.senati.edu.pe DUA (Declaración Única de Aduanas)  El DUA de importación es uno de los documentos principales para generar todo proceso de aduanas. Para que todo se realice a tiempo, es decir, sin retrasos o sobre costos.  Cabe destacar que en la ley vigente se habla de Declaración Aduanera de Mercancías DAM (antes DUA), pero en la práctica se sigue utilizando el formato de DUA. Pero para que todo quede claro, el término DUA significa Documento Único de Aduanas y tiene valor legal como parte del proceso comercial; siempre y cuando el contrato de compra venta haya empezado el traslado de la mercadería.
  • 115. www.senati.edu.pe Finalidad de la DUA • La principal finalidad de la DUA es generar como su nombre lo dice una declaración confiable acerca de la mercadería que se transportan hacia el país de destino. En ese sentido, se habla de la “DUA de la importación”. Otro dato importante es que existen distintos formatos de DUA dependiendo del tipo de proceso comercial se venga llevando a cabo. Por eso existen formatos para exportación e importación. • Dependiendo del tipo de régimen aduanero, cuentan con información específica. Esa información es solicitada por la aduana de los países para aplicar de forma oportuna las regulaciones arancelarias, ya sea para envíos en los terminales marítimos o aéreos. En la actualidad • En la actualidad, las regulaciones para las importaciones y el comercio internacional se regulan de forma positiva en el Perú. Tanto personas jurídicas como naturales realizan la tramitación de importaciones. En ese sentido, hay que diferenciar el hecho de que existen ciertos montos en transacciones los cuales son necesarios recurrir a un agente de aduanas certificado.
  • 117.
  • 119. www.senati.edu.pe DUS (Significado, alcance y llenado) En palabras simples, podemos decir que el DUS es el documento a través del cual la Aduana certifica la salida legal de las mercancías al exterior. Es gestionado por el Agente de Aduanas y legalizado por el Servicio Nacional de Aduanas.
  • 120. www.senati.edu.pe DAM (Significado, alcance y llenado) Documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías, y suministra los detalles que la Administración Aduanera requiere para su aplicación. La DAM es un documento que sirve para declarar la mercancía que quieres importar o exportar, e indicar el régimen aduanero que se le aplicará.
  • 121.
  • 124. www.senati.edu.pe Auxiliar de despacho aduanero  Digitalizar documentos.  Cumplir con las formalidades aduaneras para la exportación e importación.  Realizar proceso operativo de ingreso de carga a los almacenes.  Realizar informes comerciales.  Realiza el seguimiento de los embarques.  Monitorea el estado de las compras y ventas realizadas al exterior.
  • 125. www.senati.edu.pe Liquidador Aduanero  Coordinar con Gestor de aduana el requerimiento de documentación o información faltante.  Registrar la información para la declaración según el régimen solicitado en el sistema SINTAD ( ADUANAS); y asignar la partida arancelaria correspondiente.  Enviar vía el sistema de teledespacho Aduanero la DUA/OE al sistema SIGAD de Aduanas.  Realizar regularizaciones de despachos urgentes y anticipados en los regímenes aduaneros de ingreso. Además, realizar regularización de regímenes aduaneros de salida.  Obtener la Numeración o Prenumeración de la DUA/OE e imprimirla en sus formatos originales.  Realizar el ingreso, numeración, rectificación, regularización de todos los regímenes aduaneros de ingreso y salida.  Amplia experiencia liquidando todos los regímenes aduaneros: Importación para el Consumo, Exportación Definitiva; Exportación Temporal; Reexportación; Reembarque; Deposito Aduanero; Admisión Temporal para Reimportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo; Reimportación; Transito; Transbordo; Rancho de Nave, y otros.
  • 126. www.senati.edu.pe Sectorista Aduanero Un sectorista es un asesor y coordinador de todas las actividades para llevar a cabo un despacho aduanero de forma eficiente. Su labor es netamente administrativa y actúa como un gestor de los clientes que maneje la agencia de aduanas, operador logístico, agencias de carga, entre otros.