2. PRACTICAS MONOPÓLICAS
Son los acuerdos que hacen algunas empresas para
imponer sus precios obteniendo grandes ganancias y
en perjuicio de los consumidores. Por ejemplo
acuerdan subir el precio de un producto sin que haya
necesidad de ello, solo para multiplicar sus ganancias.
Las practicas monopólicas ocurren cuando una o
varias empresas tiene tanto poder que imponen las
reglas del mercado que favorecerse en la ganancias y
no permiten la sana competencia
4. PRACTICAS MONOPÓLICAS
RELATIVAS o VERTICALES
son los actos, contratos, convenios, procedimientos o
combinaciones que realizan los agentes económicos
que cuenten con poder sustancial en un mercado
relevante (de manera individual o conjunta), con el
objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros
agentes del mercado, impedirles sustancialmente su
acceso o establecer ventajas exclusivas a favor de una o
varias personas.
5. PRACTICAS MONOPÓLICAS
ABSOLUTAS u HORIZONTALES
también conocidas como acuerdos colusorios o cárteles
económicos, son convenios entre agentes económicos
competidores entre sí -es decir, que participan en el mismo
mercado-, a fin de manipular precios o cantidades,
repartirse segmentos de mercado o coordinar posturas en
licitaciones. Estas prácticas son muy dañinas, ya que
generan graves repercusiones sobre el bienestar de los
consumidores. Por un lado, provocan precios mayores a los
que prevalecerían en una situación de competencia y
similares a los de un monopolio y, por otro, disminuyen la
cantidad de bienes o servicios producidos, afectando el
crecimiento de la economía.
6. JOINT VENTURE
Empresa conjunta o joint venture es un tipo de
acuerdo comercial de inversión conjunta a largo plazo
entre dos o más personas (normalmente personas
jurídicas o comerciantes)
El joint venture también es conocido como «riesgo
compartido», donde dos o más empresas se unen para
formar una nueva en la cual se usa un producto
tomando en cuenta las mejores tácticas de mercadeo.
7. JOINT VENTURE
La diferencia entre un joint venture y una fusión es que en
el caso del joint venture, las empresas A y B se juntan para
crear una empresa C; existen ahora tres empresas; a este
fenómeno se le identifica como un joint venture corporativa
o incorporada. En cambio en una fusión (merger en inglés),
la empresa A (fusionada) se fusiona con la empresa B
(fusionante); existe ahora solamente la empresa fusionada.2
En una empresa conjunta, los socios suelen seguir
operando sus negocios o empresas de manera
independiente. La empresa conjunta supone un negocio
más, esta vez con un socio, cuyos beneficios o pérdidas
reportarán en la cuenta de resultados de cada uno en
función de la forma jurídica con la que se haya estructurado
la propia empresa conjunta.