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Embajador
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Geopolítica en
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Ciencia Política con el auspicio del CESIUB../
Editorial
Presidente
Avelino Porto
Vicepresidente de Gestión Institucional
Aldo Pérez
Vicepresidente de Gestión Técnica y
Administrativa
Eustaquio Castro
Director
Patricio Degiorgis
Consejo Consultivo
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Félix Peña
Fulvio Pompeo
Centro de Estudios Internacionales de la
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en este número de Tempus Internationalis
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Profesor Extranjero
m
de
c
de
a a
. P
ad
a
s
da
empresas privadas que pudieran presentar riesgos especí-
Así, empresas japonesas o argentinas que tratasen datos
Reglamento. En particular, la nueva disciplina tiene los
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2018.11_Tempus Internationalis_datos personales_Davide Caocci

  • 1. Cara a Cara con el Embajador de Malasia G20: Futuro equitativo y sostenible Geopolítica en Medio Oriente: EEUU, Israel e Irán La diploma- cia del siglo XXI TEMPUS
  • 2. Tempus internationalis // 2 El CESIUB presenta esta tercera edición de Tempus In- ternationalis, su publicación trimestral en la que se abor- dan los principales sucesos globales de los últimos meses, con una mirada crítica y profunda. En este nuevo ejemplar, las entrevistas corresponden al Embajador de Malasia en la Argentina y al de nuestro país ante la Federación Rusa. Por su parte, el Secretario de Asuntos Estratégicos Fulvio Pompeo, como miembro del Consejo Consultivo del CESIUB, analiza el potencial de oportunidades que genera para nuestro país la Presi- dencia del G20, con la correspondiente Cumbre de Líde- invitado, plantea los desafíos de la nueva diplomacia del siglo XXI; y Mariano Bartolomé, como Profesor de la UB, aborda la crisis venezolana y su relevancia interna- cional. Davide Caocci, Profesor extranjero invitado, ex- plica las nuevas medidas para la protección de datos de la Unión Europea; el graduado Andrés Napuri presenta una interpretación de la geopolítica del Medio Oriente -con especial foco en las relaciones entre Washington, TelAviv interesantes observaciones sobre las recientes elecciones para la Región. Finalmente, como Director del Centro de Estudios de la Universidad de Belgrano y Editor Respon- sable de Tempus Internationalis, me permito abordar en este último número 2018, las oportunidades únicas que representaría para la Argentina acceder como miembro pleno a la Organización para la Cooperación y el Desa- rrollo Económico (OCDE). Así pues, la actividad del Centro avanza y se consolida, - terna de Investigación en Relaciones Internacionales y en Ciencia Política con el auspicio del CESIUB../ Editorial Presidente Avelino Porto Vicepresidente de Gestión Institucional Aldo Pérez Vicepresidente de Gestión Técnica y Administrativa Eustaquio Castro Director Patricio Degiorgis Consejo Consultivo Sergio Berensztein Jorge Castro Antonio Estrany Gendre Félix Peña Fulvio Pompeo Centro de Estudios Internacionales de la Universidad de Belgrano CESIUB Graduados y alumnos que colaboraron en este número de Tempus Internationalis Sebastián Cano Nicolás Casas Agustina Castro Sofia Conti Martina Cristino Nahuel Depino Florencia Duarte Estefanía Lanz Ramiro Martinez Andrés Napuri Pablo Oreña Macarena Otero Delfina Pommarés Álvaro Skolvalsky Esmeralda Solís Joaquín Tomei Mercedes Urbonas Eliana Vidal
  • 3. Tempus internationalis // 3 Contenido Venezuela La tragedia que Bolívar nunca hubiese permitido; por Mariano Bartolomé P.10 Medio Oriente La ofensiva de Washington y Tel Aviv; por Andrés Napuri P.12 Proteccion de datos Impacto del nuevo RGPD en la Union Europea, y el mundo; por Davide Caocci P.14 Embajador de Malasia Comercio, Asean y sudeste asiático; por Estefanía Lanz P.16 Diplomacia del siglo XXI La transformación de la politica exterior; por Tomás Kroyer P.19 Editor Responsable: Patricio Degiorgis Diseño Editorial: Nicolás Casas Embajador ante Rusia Geopolítica, Diplomacia Presidencia y G20; por Pablo Oreña y Mar Cristino P.4 Argentina y la OCDE Una oportunidad clave para Argentina; por Patricio Degiorgis P.8 Bolsonaro Analisis de la campaña electoral brasileña; por Eliana Vidal P.9 G20 Un futuro equitativo y sostenible; por Fulvio Pompeo P.7 Foto por Berit Watkin
  • 4. Tempus internationalis // 14 El pasado 25 de mayo entró en vigencia la nueva norma- tiva europea relativa a la libre circulación y protección de los datos personales de personas físicas: el Reglamento UE n. 679 del 04.05.2016, conocido como RGPD - Re- - mente Reglamento Privacidad o GDPR, por su acrónimo desde el inglés General Data Protection Regulation. - bros de la Unión Europea armonizar sus sistemas inter- nos con las estrictas obligaciones comunitarias, e intro- mayores medidas de seguridad para proteger los datos personales. De hecho, el Reglamento introduce reglas - ne los límites para el procesamiento automatizado de los datos personales, y también establece criterios precisos y sanciones en casos de violaciones de los mismos. El impactante desarrollo tecnológico y la globalización - cidas ventajas, riesgos para la privacidad y la protección de los datos personales, cuyo intercambio y recopilación ha aumentado exponencialmente en las últimas dos déca- das. Por estas razones, era necesario establecer un sistema - vacidad”. Elementos destacados del RGPD son su apli- cación a datos de personas físicas que vivan en Estados miembros de la Unión Europea, y a todo procesamiento de dichos datos por parte de Administraciones Públicas y por Davide Caocci NUEVO MARCO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES Profesor Extranjero m de c de a a . P ad a s da empresas privadas que pudieran presentar riesgos especí- Así, empresas japonesas o argentinas que tratasen datos Reglamento. En particular, la nueva disciplina tiene los siguientes propósitos: • responsabilizar al encargado del procesamiento de los datos personales en relación al riesgo que este tratamien- to pudiera implicar para los Derechos y libertades de los interesados (cosa que se conoce como sistema de accoun- tability); • garantizar la protección de datos desde el momento del - mismos métodos de procesamiento); - vulgación a las partes interesadas como para el ejercicio de sus Derechos; • garantizar que el consentimiento del sujeto involucra- do en el procesamiento de los datos personales sea siem- pre preventivo e inequívoco, incluso si se expresa por medios electrónicos, excluyendo expresamente cualquier - vicios basados en la web o redes sociales deban solicitar el consentimiento a quienes ejercen la responsabilidad parental); • garantizar a las partes interesadas la posibilidad de revocar en cualquier momento el consentimiento previa- mente dado; y • tomar todas las medidas necesarias para los casos de data breach o “violación de datos”, eventos donde el res- - lación externas de información personal de sus usuarios a la autoridad nacional y, si la violación constituye una amenaza para los Derechos y libertades de las personas, también informar al resto de interesados. El RGPD considera “dato personal objeto de protección” a cualquier información relacionada con una persona físi- En este sentido, un nombre, una foto, una dirección email, de una computadora se consideran datos protegidos. - sonales, el Reglamento introdujo dos principios impor- tantes; a saber, el de privacy by default -o privacidad por defecto- y el de privacy by design -o privacidad por dise- - vacidad de los ciudadanos, de hecho o por defecto, como una impostación predeterminada de la organización. En Foto por Bankerverband
  • 5. Tempus internationalis // 15 Profesor Extranjero de los datos personales y evitar el riesgo de su violación. El segundo concepto establece que la protección de los desde el proyecto del negocio. Por lo tanto, todas las Ad- - nominada “evaluación de impacto de la privacidad”, es - sis debe conducir a la exclusión de la ocurrencia concreta de riesgos relacionados con el procesamiento de los datos divulgación no autorizada. Para la realización de estos objetivos, el Reglamento los Datos Personales (DPO, ). Se - cia, independencia y autonomía de recursos, con la tarea de garantizar la protección de la privacidad mediante la formación del personal, la sensibilización y el asesora- miento. Fenómeno nuevo y hasta ahora desconocido de la nueva norma europea es el de la caducidad de los datos. Esto guardarlos o retenerlos por siempre en su poder. Por lo - ciales, pasado el cual, la conservación y el tratamiento - ponsabilidad de los que manejan las informaciones, asi Una verdadera innovación de este nuevo Reglamento eu- ropeo es el reconocimiento de los Derechos al olvido y a la portabilidad. El primero, ya establecido a través de - za y garantiza a los titulares de datos personales que los - celados o borrados si el motivo que hizo legítima la publi- cación de ellos ya no es de utilidad pública (por ejemplo, la información en buscadores sobre una persona que fue absuelta de un cargo por el que los medios informaron). Este Derecho también se extiende a los casos en los que un sujeto solicita la cancelación de sus datos, revocando así el consentimiento al tratamiento otorgado para utili- zar un servicio determinado. Igualmente, el Derecho al olvido no es un Derecho absoluto y puede limitarse para garantizar la libertad de expresión, proteger un interés ge- neral (por ejemplo, la salud pública) o cuando los datos procesados anónimamente por el responsable del trata- miento sean necesarios para la investigación histórica o Por otro lado, el Derecho a la portabilidad permite a cual- Profesor italiano de la Universidad Católica del Sagrado Corazón de Milán Foto por Sebastién Bertrand - dos de modo automatizado, en un formato estructurado, responsable. Ahora bien, uno de los mayores cambios introducidos por este Reglamento es el relativo al data breach o “violación de datos”; por ejemplo, durante ataques cibernéticos. El RGPD introduce el Derecho a conocer la violación de da- Autoridad nacional, y sanciona el procesamiento ilegal de datos personales de manera muy estricta, aumentando millones de euros o hasta el 4% de la facturación anual de la organización reconocida como culpable.Por otra parte, para las transferencias de datos a terceros Estados no miembro de la Unión Europea, se involucran los su- jetos públicos y privados y las Autoridades nacionales en una fuerte colaboración tendiente a la protección de los Derechos particulares y a la creación de una legislación compartida a nivel internacional. La armonización de las normativas vigentes en tema de protección de la privacidad en los 28 Estados de la UE era una necesidad para fortalecer los Derechos de los ciu- - brado de las relaciones económicas en la actual era digi- la primera propuesta de la Comisión Europea hasta su en- trada en vigencia) han sido testigo de cambios radicales en la realidad que se quiere reglamentar. Modelos y pa- públicas, de las empresas y de los ciudadanos. /