Este documento habla sobre los aspectos éticos y legales asociados con la información digital. Explica que la información digital se encuentra fácilmente disponible en Internet pero que es importante reconocer los derechos de autor y evitar el plagio. También describe brevemente la Ley Federal de Derechos de Autor de México y cómo esta protege a los creadores de obras literarias y artísticas.
Ensayo aspectos éticos y legales de la información (4)
1. ESCUELA NORMAL URBANA FEDERAL CUAUTLA
CLAVE: 17DNL00004A
Ensayo:
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
Materia:
‘‘las tic en la educación’’
Profesora:
Betzabé Leticia Bravo Flores
Alumnos:
Diana Montero Ortega
Carlos Antonio Fuentes
1°B Licenciatura en Educación Primaria.
Cuautla Morelos a 05 de septiembre del 2014.
2. Introducción:
La información digital juega un papel muy importante en la vida de los estudiantes ya
que es la fuente principal, de libre acceso que les permite la indagación sobre algún
tema. Esto les facilita realizar sus tareas y resolver todas las dudas que se les
presenten pues esta, es la manera más simple de trabajar. Pero muchas veces lo fácil,
no es como aparenta y la gran mayoría de personas, ignoramos que hacer uso de
informaciones que se encuentran en la red ignorando los derechos de autor, es un
delito ante la ley.
¿Cómo saber hacer un uso adecuado de la información digital?
En el presente ensayo se hablara de la importancia de conocer los aspectos legales y
éticos de la información digital para lograr así hacer un mejor uso de la misma.
3. Desarrollo:
La información digital es todo aquello que podemos encontrar en la red por
medio de un buscador, que trabaja a través de un navegador por medio de un
dispositivo electrónico conectado a internet, permitiéndonos el acceso a un mundo de
textos, imágenes, video etc… de cualquier tema que sea de nuestro interés. Toda
persona puede ingresar a este medio, lo cual nos facilita conocimientos especialmente
a las personas que nos encontramos estudiando y es una herramienta muy útil.
El problema se centra en que la mayoría ignora los aspectos legales y éticos acerca
de la información que vemos a diario. La vida moderna nos lleva tan de prisa que no
nos detenemos ni siquiera a pensar ¿De dónde proviene? ¿Será real? ¿Quién la
escribió? ¿Es actual? Simplemente hacemos uso de ella y es allí donde surge el
‘‘plagio’’ Plagio: es "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias’’
(Española, 2006). Existen dos tipos de plagio según (Arce Gómez, 2009) 1) La copia
total o parcial no autorizada de una obra ajena. Y 2) La presentación de la copia
como obra original propia, suplantando al autor verdadero. Pero ambas son malas
para todos aquellos que crean sus propias obras, escritos, informes, etc… pues no
son tomados en cuenta ni reconocido su esfuerzo.
El plagio aplica en contra de autores que crean sus propias obras, escritos, reportes,
ensayos, novelas, etc… pero ‘’la Ley Federal Derecho de Autor’’ tiene por objeto la
salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación; protección de los derechos
de los autores, de los artistas intérpretes o ejecutantes, así como de los editores. Para
proteger el fuerzo y dedicación de los autores al realizar sus obras ya que no es nada
fácil
•¿Qué es la ética?
Es el conjunto de normas morales que rigen la conducta humana, nosotros como
individuos nos formamos por una serie de normas morales las cuales nos permiten
tener una vida sencilla.
La ética define nuestro comportamiento un ejemplo no mentir cuando sabemos que
está mal pero ¿cómo se relaciona con la información digital?, la información digital es
constante de cambios y de libre acceso interactuamos con ella como lo hacemos
normalmente con la sociedad. En el internet es lo mismo a excepción que nosotros no
nos movemos para la interacción con la sociedad lo que nos permite tener una vista
de todo a nuestro alrededor.
4. Aspectos éticos y legales asociados a la información digital. Derechos de autor: Son
un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y
patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de
una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada. Está reconocido
como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos. Una obra pasa al dominio público cuando los derechos
patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la
muerte del autor.
El titular de los derechos de autor goza de: Reproducir la obra en copias o
fonogramas.
Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo
de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias
El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad
del autor que creó dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del
autor pueden reclamar propiedad. Estos aspectos éticos y legales en mi pensamiento,
son muy importantes, ya que no por el hecho de que estén al alcance de todos
significa que sean nuestros, sino que tienen un dueño, lo cual hay que respetar a
quien los creo, el derecho de autor, y al hacer una búsqueda poner el autor de quien
sea dicho documento. Y a quien abusa de esta información, se le debe dar un castigo.
Artículo 11.- El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de
todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en
virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y
privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el
llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial.
Conclusión
La información digital se encuentra en un lugar con libre acceso llamado Internet en la
cual cualquier usuario puede tener acceso a ella, para un buen uso nosotros mismos
como usuarios debemos entender las normas personales que llamamos ética. Esto
nos dice que debemos de respetar el esfuerzo y la dedicación que el autor tuvo al
momento de crear su obra, para así de alguna manera dar crédito o mencionarlo para
que de cierta forma nuestra investigación obtenida a base de su trabajo no sea
considerada como plagio ya que si se menciona de donde se obtuvo o de donde nos
apoyamos al momento de crear dicho artículo, esto no podría ser considerado como
plagio, además de que como se mencionó en este trabajo hay artículos de la ley
federal que protegen al autor al momento de crear sus obras.
5. Bibliografía
Arce Gómez, C. (2009). Plagio y derechos de autor. El Foro, ISSN 1659-1496,, (págs. 59-67).
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON. (1996 vigente). LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR.
estadosunidos mexicanos : diario oficial de la federacion.
Española, D. d. (2006). plagio.
responsables de "La Universidad de los Prodigios, G. d. (febrero 2009). plagio . Vivat Academia.
Montufar, L. S. (2006). Informatica I un Enfoque Constructivista. México: pearson educación.
(s.f.). Vivat Academia.