Este documento resume una comunicación del Departamento Jurídico a directores de escuelas católicas sobre la solicitud de una paga extraordinaria de antigüedad para religiosos. Recomienda que los religiosos respondan a los requerimientos de la administración y presenten un certificado de vida laboral para resolver sus solicitudes, a pesar de que la administración niega este derecho a religiosos dados de alta como trabajadores autónomos. También proporciona instrucciones para solicitar el certificado de vida laboral.
Demanda de cobro de beneficios sociales trabajador privado comun
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1. 23 de noviembre de 2009
De: Director Departamento Jurídico
A: Directores de Centros
Junta Directiva de Escuelas Católicas de Andalucía.
Representantes de Entidades Titulares de Centros.
Asesores Jurídicos Provinciales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE
ANTIGÜEDAD DE LOS RELIGIOSOS
Reclamación documentación
Estimada amiga, estimado amigo:
En los últimos días, la Administración educativa está requiriendo a los religiosos que
en su día solicitaron el abono de la Paga Extraordinaria de Antigüedad en la empresa que
presenten un certificado de vida laboral al objeto de resolver sobre la mencionada solicitud.
A pesar de que en las últimas reuniones mantenidas con la Consejería, la misma está
negando el derecho de los religiosos que se encuentren dados de alta en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (R.E.T.A.) a percibir dicha paga, al igual que tampoco reconocía el
extinto Premio de Jubilación, nuestra recomendación es que se atiendan los mencionados
requerimientos y ello por dos razones:
La primera, porque con dicha certificación lo que van a acreditar en primer lugar es si
el religioso/a se encuentra en alta en el régimen especial o en el general, puesto que lo que
no se discute es el derecho a percibir el importe correspondiente, si está dado de alta en el
régimen general. No atender al requerimiento podría implicar la renuncia al derecho.
La segunda, porque Escuelas Católicas de Andalucía no va a abandonar la petición que
en su día hizo a la Administración del reconocimiento de este derecho también a los religiosos
que impartan docencia en los Centros, de ahí nuestra recomendación de que atiendan la
reclamación y contesten al requerimiento de completar su solicitud con la certificación de la
vida laboral.
Esta certificación, que se refiere a lo que conocemos como “vida laboral”, puedes
solicitarla llamando a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el teléfono 901-502050
indicando la opción 1 <<solicitud de informe de vida laboral>>. La misma te será remitida por
correo postal. El sistema de petición es a través de reconocimiento de voz y te dan opción a
identificación por DNI o por número de afiliación.
2. Debes tener en cuenta que si el domicilio que indican no es el que le consta a la
Tesorería te transfieren la llamada a un agente. Ahí te indicarán el domicilio que consta. Si
quieres cambiarlo (porque la Tesorería no enviará ningún dato personal a otro domicilio que
no sea el notificado fehacientemente) te darán dos opciones:
1. Que los modifiques, personándote en cualquier Administración de la Seguridad Social
2. Que rellenes un formulario que te remitirán, ahora sí, al domicilio que le indiques al
agente, para que junto con la fotocopia de su DNI lo cumplimentes y lo remitas a la
dirección que aparecerá en el sobre y al que no tienes que poner sello al estar ya
franqueado.
Sin otro particular y esperando haberte servido de ayuda, recibe un cordial saludo
José Rafael Rich Ruiz
Director Dpto. Jurídico
NOTA: En la redacción de la presente circular y para evitar que la utilización de modos de expresión no sexista garantes de la
presencia de la mujer en plano de igualdad, pudiera dificultar la lectura y comprensión de la misma, toda expresión reflejada
en esta circular que aparezca escrita en género masculino, se ha utilizado en sentido comprensivo de ambos sexos.
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