2. Los comportamientos de abuso, que
siempre han existido entre los niños, saltan
del ámbito de la escuela para introducirse
en el mundo online. Una situación que
antes se acababa a la salida del colegio,
ahora se prolonga en las diferentes
plataformas sociales o servicios de
mensajería instantánea móvil, como
WhatsApp. Lo preocupante de todo esto es
que el niño es incapaz de desconectar y
sufre un acoso continuado.
3. Amanda Todd se mostró brevemente en topless por la
webcam cuando tenía 12 años. A los 13 intentaron
sextorsionarla a partir de una captura de aquel flashing. El
sextorsionador acabó enviando su foto y publicándola en
Internet, lo cual dio pie a un acoso dentro y fuera de Internet
que acabó resultándole insoportable. Se quitó la vida en
octubre de 2012, cuando sólo tenía 15 años.
Allem Halkic, un joven de Melbourne de 17 años, se
quitó la vida en 2009 tras haber sufrido ciberbullying en
una red social online. El tribunal que juzgó el caso en
2011 sentenció que había muerto a consecuencia de un
acto de violencia.
4. Ciberbullying
El acosador cuelga en internet una foto
comprometida de la victima
Se cambia la cuenta de correo electronico de la
victima
Escribir dentro de la cuenta, dar confesiones
Se acosa a la victima a traves de distintas
tecnologias
La victima se sienta acosada y confundida
6. • Podemos encontrar 8 tipos de ciberbullying, según estudios realizados por
Garaigordobil (2011), Kowalski, Limber y Agatston (2010).
- Todo tipo de insultos: Insultan a sus víctimas a través de internet, correo
electrónico, redes sociales, etc.
- Hostigamiento: Se usan distintos medios para el acoso, puede ser el móvil, los
chats, los foros, redes sociales, etc.
- Denigración: Difamación de la víctima con informaciones falsas o inventadas a
través de webs, chats, redes sociales, correos electrónicos, etc.
- Suplantación personal: Usan las cuentas personales de la víctima usando sus
contraseñas y asumen su identidad, realizan comentarios crueles y agresivos en
nombre de la propia víctima.
- Desvelamiento de datos personales: Difunden datos personales o comprometidos
de la víctima, que anteriormente han sido confiados.
- Exclusión de la red social: Bloquean a la víctima en determinada red social, lo
aíslan y excluyen de la red.
- Ciberpersecución: Continuos mensajes al móvil o al correo electrónico, o a través
de la red social amenazando, insultando a la víctima.
- happy slapping: Graban las agresiones físicas en móvil, las suben a internet o las
difunden por las redes sociales.
7. Después de que el Congreso de Nuevo León aprobara el pasado miércoles una
adición al artículo 345 Bis del Código Penal que considera como autor del delito de
difamación a toda persona que "utilice cualquier medio electrónico para difundir,
revelar, ceder o transmitir una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o texto
para causarle a una o varias personas deshonra, descrédito, perjuicio o exponerla al
desprecio de alguien", ha ocurrido una amplia discusión en redes sociales.
La reforma criminaliza y castiga hasta con cinco años de prisión el acoso mediante
medios electrónicos, también conocido como cyberbullying, Así, debido a este
cambio al Código, los usuarios de las redes sociales que "trollen" a una persona
podrían recibir penalidades de uno a tres años de prisión y una multa de cien a mil
“cuotas” (no se especificó el monto en pesos).
De acuerdo con las modificaciones, si la víctima de cyberbullying o acoso electrónico
es menor de edad, la sanción podría ser de dos a cinco años de prisión, así como
una multa de cien a mil cuotas.
La nueva reforma obliga además al administrador o representante de la plataforma
utilizado para el cyberbullying a mencionar la identidad de quien lo cometió, ya que
de lo contrario podría ser multado con las sanciones antes mencionadas.