2. Senado aprueba por unanimidad ¨Ley Olimpia¨
El Senado de la República aprobó por unanimidad la minuta de la “Ley Olimpia”, para castigar con hasta seis
años de prisión y multa a quien exhiba, distribuya o comercialice videos, audios o imágenes con contenido íntimo
en plataformas de internet o redes sociales sin autorización de la persona, y cuando su difusión cause algún daño
emocional, psicológico o en su vida privada.
El dictamen modifica la minuta enviada por la Cámara de Diputados. Se incluyó la “violencia digital”, como una
modalidad de agresión contra mujeres, niñas y adolescentes.
La ley toma su nombre a partir del movimiento que inició en 2014 la joven poblana Olimpia Coral, luego de que su
expareja difundiera en internet un vídeo íntimo. Hasta hoy, 25 estados de la República han legislado para castigar
la violencia digital.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Kenia López, afirmó que la violencia que se vive
en internet, particularmente en redes sociales, difundida a través de celulares o computadoras, es un tipo de
violencia que, “en muchas ocasiones, ni siquiera tiene un rostro del agresor”.
“Pero, ojo, si tiene una cuenta en Twitter, o en Facebook, o en Instagram, o en YouTube. Es esa violencia que hoy
lastima a millones de mujeres“.
La pena de prisión podría llegar a nueve años si el contenido del material difundido orilla a una mujer a quitarse la
vida; si quien lo difunda tuvo una relación afectiva con la víctima o cuando la persona a la que se le atribuyen las
imágenes, audios o videos íntimos no sea realmente quien aparezca, con el fin de dañarla.
Esto, como un esfuerzo por frenar la denominada “porno venganza” o la difusión sin consentimiento de imágenes
íntimas, también conocidas como “packs”.