1. Acuerdo de Integración Comercial Perú - México
Integrantes:
Calle Sandoval, Jimena del Carmen 20151695
Diaz Neyra, Jose Carlo 20150440
Mendoza Matos, Estephany Edith 20150870
Ramos Ticona, Melissa Gabriela 20152252
Sección: 472
2. Datos
Denominación real y completo del TLC:
“Acuerdo de Integración Comercial entre la República del Perú y los
Estados Unidos Mexicanos”
Se firmó en Lima el 6 de abril de 2011 y entró en vigencia el 1 de
febrero de 2012.
México es uno de nuestros principales socios comerciales en la
región
Acceso a Mercados
TRATO NACIONAL ELIMINACIÓN
ARANCELARIA
MEDIDAS NO
ARANCELARIAS
REGÍMENES
ADUANEROS
ESPECIALES
COMITÉ DE
ACCESO A
MERCADOS
3. Importancia del acuerdo para nuestro país
• México es uno de los mercados más
importantes a nivel mundial
• Ofrece grandes oportunidades y nichos
de mercado para el Perú.
• Exportaciones no tradicionales al 50%.
• Un motor importante para el crecimiento y
desarrollo en el mediano y largo plazo.
• Incrementar las oportunidades para
nuevos productos, particularmente del
sector no tradicional, y para la nueva
oferta exportable.
4. País PERÚ MÉXICO
Ubicación
Subcontinental
Capital Lima Ciudad de México
Superficie 1.285.220 km2 1.964.380 km2
Población 31.148.000 127.017.000
Moneda Soles (1 USD = 3,40 PEN) Pesos mexicanos (1 USD = 20,86 MXN)
Acuerdos
Alianza del
Pacífico, CAN, FMI,OEA, ONU, UNASUR
Alianza del
Pacífico, G20, FMI,TLCAN, OEA, OCDE, ONU
6. Acceso a Mercados
• México eliminará los aranceles para
todos los productos industriales y
pesqueros peruanos en un plazo
máximo de 10 años.
• Perú eliminará de manera
inmediata el 85% de los aranceles
aplicables a los bienes industriales
y de la pesca mexicanos al entrar
en vigor el TLC.
7. Esquema de desgravación – Lista de México
Categoría de
Desgravación
Descripción
Por peso (toneladas)
Leche evaporada y dulce de leche
Plátanos
Aguacates
Maíz
Cacao en grano
Pasta, manteca, grasa, aceite de cacao y cacao en polvo
Pimientos en conserva
Calzado
Categoría de
Desgravación
Descripción Periodo
Desgravación
inmediata
Carne porcina Desgravación inmediata
Desgravación
inmediata bajo ciertas
condiciones
Ajos De agosto a diciembre de cada año
Espárragos De septiembre a diciembre de cada año
Desgravación anual
Huevos y derivados Desgravación anual
Cebollas De agosto a diciembre de cada año, en 5 años
Aceitunas De mayo a septiembre de cada año, en 5 años
Mangos y mangostanes De noviembre a febrero de cada año, en 5 años)
Uvas De noviembre a marzo de cada año ,en 5 años)
8. Esquema de desgravación – Lista de Perú
Categoría de
Desgravación
Descripción
Por peso
(toneladas)
Calzado
Pasta, manteca, grasa, aceite de cacao y cacao en polvo
Cacao en grano
Maíz
Chiles secos (páprika)
Toronjas y limón
Naranjas
Aguacates
Categoría de
Desgravación
Descripción Periodo/ Condiciones
Desgravación
inmediata
Carne porcina Desgravación inmediata
Demás ovulinas Desgravación inmediata
Libre de aranceles
bajo ciertas
condiciones
Mandarinas De mayo a setiembre de cada año
Leche evaporada y dulce de
leche
Cupo agregado anual libre de arancel de 2,000
toneladas.
Ajos De mayo a julio de cada año
Espárragos De enero a abril de cada año
Desgravación
anual
Cebollas De febrero a junio de cada año, en 5 años
Aceitunas De agosto a diciembre de cada año, en 5 años
Mangos De abril a julio de cada año, en 5 años
Uvas De mayo a setiembre de cada año, en 5 años
10. Las mercancías obtenidas en su totalidad o producidas
enteramente en territorio de una o ambas Parte.
Vegetales cosechados en territorio
de una o ambas Partes
Mercancías básicas provenientes del reino animal, vegetal o mineral
POR EJEMPLO
Minerales extraídos en territorio
de una o ambas Partes
Cobre, Hierro, Estaño peruano
Los espárragos frescos o
refrigerados,
paltas frescas o secas
12. Las mercancías producidas enteramente en territorio de una o
ambas Partes utilizando materiales no originarios, cumpliendo
con las reglas específicas de origen.
Polos de algodón fabricado
con el algodón de países
africanos
13. Acumulación de origen entre las Partes
La producción llevada a cabo por un productor en una Parte podrá
acumularse con la de uno o más productores en el territorio de esa
Parte o de la otra Parte, de manera que la producción de los
materiales incorporados en la mercancía sea considerada como
realizada por ese productor, siempre que la mercancía cumpla los
requisitos establecidos.
Las mercancías o materiales originarios de una Parte,
incorporados a una mercancía en el territorio de la otra
Parte, serán considerados originarios del territorio de esta
última.
14. Acumulación de origen ampliada
Cada una de las Partes deberá aplicar disposiciones
equivalentes a las señaladas en dicho párrafo con el país no
Parte. Las Partes también podrán establecer otras condiciones
que consideren necesarias para efectos de su aplicación.
Cuando cada Parte haya establecido un acuerdo comercial preferencial con un
país no Parte, y para propósitos de determinar si una mercancía es originaria, un
material que sea producido en el territorio del país no Parte, que sería originario
bajo este Acuerdo si fuese producido en el territorio de una o ambas Partes,
podrá ser considerado como originario del territorio de la Parte exportadora.
15. Certificado de origen
CAMPO No. 10: Este campo deberá ser
llenado por la autoridad competente de
la parte exportadora
La comprobación de validez del certificado
de origen pueden hacerse por alguno de
los siguientes procedimientos
• Solicitud de información a la autoridad
emisora del certificado de origen
• Cuestionario de la autoridad del país de
importación al exportador
• Visitas de la autoridad del país de
importación a las instalaciones del
exportador.
16. Reconocimiento y Protección de
Denominaciones de Origen
Según el articulo 5.2 del capitulo V del TLC Perú-México:
El Perú reconoce el “Tequila” como una
denominación de origen para su uso exclusivo para
productos originarios de México.
• Como consecuencia de ello, el Perú no
podrá importar (solo a México) o elaborar y
vender productos bajo esa denominación, a
menos que reciba alguna certificación
mexicana.
17. • A su vez, México reconoce la
denominación de origen “Pisco”,
por lo que tiene prohibida su
importación de cualquier otro
país y también la elaboración y
venta de productos bajo esa
misma denominación, a menos
que tengan alguna certificación
peruana.
18. Defensa Comercial – Clausulas de salvaguardia
• Las salvaguardias bilaterales tendrán
una duración de dos años y, bajo
condiciones excepcionales, podrán ser
prorrogadas por un año adicional.
• En circunstancias críticas en las que
cualquier demora entrañaría un perjuicio
difícilmente reparable para la rama de
producción nacional, se podrán imponer
medidas de salvaguardia bilateral
provisional hasta por un lapso de 180
días.