3. Barreras sanitarias.
Barreras por practicas desleales al comercio (Dumping y
subsidios)
Salvaguardias.
Normalización técnica.
Barreras ambientales (Productos y procesos)
4. Objetivos Comunes
Áreas económicas
Áreas Comerciales
Áreas Sociales
Áreas políticas
Un acuerdo comercial en si pretende una apertura comercial la
cual se puede reflejas en las siguientes ventajas:
Especialización
Economías de escala
Innovación
Mejor acceso a productos e insumos
5. Se puede distinguir entre seis niveles de integración:
Acuerdos comerciales preferenciales
Áreas de libre comercio
Uniones aduaneras
Mercados comunes
Uniones económicas
Uniones económicas monetarias
6. Acuerdos comerciales firmados por Colombia
AEIC
TLC USA
C.A.N
Mercosur
G3 Centro
y Caribe
Centro
América
y Caribe
ALADI
Col-Per-
Ecu <> UE
ColombiaColombia
- Chile
TLC Triangulo
del norte
ColombiaColombia
Canadá
China /
India
7. ¿Cómo Aprovecharlos?
No discriminación
Trato nacional
Clausula de la nación mas
favorecida.
Excepción OMC –ALADI
Libre acceso y normas de
origen
Transparencia en
normalización y medidas
sanitarias
Cosméticos
Medidas de defensa Comercial.
Propiedad intelectual
Solución de controversias
Servicios
DisciplinasDisciplinas
compatibles con
TLC
8. Las normas de origen existen desde que los países empezaron
a tener intercambio comercial.
Las normas de origen son la clave en el intercambio
comercial.
Un instrumento básico en las normas de origen es la prueba
documental conocida como Certificado de Origen.
Este certificado es emitido por una entidad competente.
9. Son el medio por el que se determina el lugar
de origen de las mercancías, donde se
considera que han sido producidas o
fabricadas.
Las normas de origen garantizan que la
preferencia se destine a los países con los
cuales se tiene un Acuerdo Comercial.
10. En la práctica se presentan dos casos generales:
Que un producto sea extraído, obtenido, nacido,
cosechado o totalmente obtenido.
Que un producto sea fabricado con materias primas,
partes o componentes importados, además de materiales e
insumos nacionales.
En este caso para que el producto califique como originario debe haber
sido objeto de una transformación sustancial.
11. Manipulaciones simples(aireación,refrigeración,etc)
Desempolvamiento, lavado, zarandeo, maceración ...
Formación de juegos de mercancías
Embalaje, envase o reenvase
Reunión de bultos o división de bultos
Aplicación de marcas, etiquetas, signos distintivos
Mezclas de productos
Sacrificio de animales, aplicación de aceite
La acumulación de o más de estas operaciones
12. Condiciones Para Beneficiarse de un Tratamiento
Preferencial
Las mercancías deben ser Originarias
Mercancías deben ser transportadas
directamente
Debe presentarse una prueba de origen
válida (certificado de origen).
13. •Valor agregado nacional (VAN) : Para registro como productor
nacional.
•Esquemas grupo ALADI y Grupo Andino.
•Esquemas SGP plus andino y ATDA aplicable para los EEUU.
14. •Sistema S.G.P. Aplicable para CANADA se utilizara la formula de
valor agregado externo, (VAE)
Para el esquema MEXICO se aplica el Valor de Contenido
Regional (VCR)
15. Objetivo son documentos que sirven para
avalar la procedencia de los productos
fabricados en el país, además de confirmar que
cumplen con los criterios de origen
establecidos por los países a donde se va a
exportar, con el objetivo de obtener una
preferencia arancelaria.
16. Beneficiarios: Personas naturales o jurídicas
establecidas en el país, que exporten productos
fabricados en el territorio nacional ó bien
transformen materias primas importadas que den
cómo resultado un producto diferente.
17. Criterios
Para obtener un certificado de origen en Colombia que
ampare un producto de exportación, se debe realizar el
trámite que el Ministerio exige para tal fin.
18. Existen diferentes tipos de certificados de origen, éstos
dependen del país de destino de las mercancías, la mayoría
requieren de validación por parte del MINCOMERCIO
Forma A – SGP – Código 250
Forma A – ATPA – Código 251
Certificado de Origen para textiles Unión Europea – Código 252
CAN - ALADI – Código 255
G-3 para México – Código 256
Panamá – Código 257
19. Chile – Código 258
CARICOM – Código 271
CAN – MERCOSUR – Código 273
Terceros Países – Código 260
No Requiere Validación por MINCOMERCIO el
Certificado de Origen ATPDEA.
20. 1. DILIGENCIAMIENTO FORMULARIO REGISTRO DE
PRODUCTORES NACIONALES OFERTA EXPORTABLE
Y DETEMINACION DE ORIGEN- FORMA 002.
Formulario suministrado sin costo.
Se debe diligenciar un formulario por cada producto a
exportar.
Se deben radicar en las oficinas del Ministerio de
Comercio Industria y Turismo.
De ser comercializador deberá anexar comunicación del
productor que certifique la vinculación comercial entre
ambos.
21. 2. VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y
DETERMINACIÓN DE LOS CRITERIOS DE
ORIGEN
El MINCOMERCIO verifica la información y
determina el criterio de origen con base en las
disposiciones para los distintos esquemas
preferenciales. Los consigna en la planilla de relación
de inscripción y determinación de origen.
Visita industrial a la firma, para tener mayores
elementos de juicio en la definición del criterio de
origen.
22. 3. COMUNICACIÓN AL EXPORTADOR
Se expide comunicación al exportador que contiene un
resumen de las normas de origen.
La información de las planillas tiene una validez de dos
años para el productor nacional.
23. 4. RADICACIÓN Y EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE
ORIGEN
Los formularios los expide el Ministerio.
El exportador diligencia y presenta al MINISTERIO el
certificado de origen con base en el criterio de origen ,
junto con la factura comercial correspondiente.
Se verifican los criterios registrados y se procede a la
aprobación del certificado de origen.
24. 5. SANCIONES POR INEXACTITUDES EN LOS
CERTIFICADOS DE ORIGEN
El MICIT negará a las personas o entidades que
suministren datos no verídicos en la relación con el
origen, la expedición de los certificados de origen,
durante un periodo de seis meses contados a partir de la
fecha en que se compruebe la falsedad de los datos
suministrados.
25. 6. INFORMACIÓN ADICIONAL
El exportador se compromete a suministrarle al
MINISTERIO, información adicional, cuando
exista duda por parte de otros países en cuanto
al origen de los productos y autenticidad de los
certificados.
26. A partir de este año el trámite de solicitud de
determinación de origen se hará a través de la
VUCE –FUCE.
En consecuencia, este trámite será realizado en
línea a través de la red y no podrá efectuarse por
el medio físico tradicional.
Se le entregará al usuario para la presentación
correcta de las solicitudes el respectivo
aplicativo.