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Nace la primera red de oficinas
privadas de empleo
Desde que la ley permite la creación de agencias privadas de colocación, muchos han
sido los que han ido dando los primeros pasos para crear este tipo de entidades. La
principal diferencia con respecto a las Empresas de Trabajo Temporal es que estas
nuevas agencias no son las que contratan a los trabajadores para cedérselos a un
tercero sino que simplemente actúan de mediadores entre las empresas y los
demandantes de trabajo. Se trata además de un servicio gratuito para los
trabajadores, a diferencia de lo que ocurre con otros países.
05/05/2011 | PORTALPARADOS.ES




La primera red de agencias privadas de colocación ha sido creada al amparo de la reciente reforma
laboral, que ha permitido poner en marcha una figura que ya existía en Europa y que ahora
comienza a funcionar en España.

Para la creación de esta oficina se han juntado dos grandes del sector: la Red Emplealia y la Red
Araña (Red Española de Entidades por el Empleo), ambas con más de veinte años de experiencia y
con una importante red de oficinas en todo el territorio nacional.

El director general esta oficina, Santiago Rodríguez, ha destacado el "espectacular" crecimiento de
las primeras agencias creadas en diversos países de Europa, que confirman la necesidad de abrir
nuevos servicios a un mercado de trabajo "en rápida evolución y cada vez más flexible".

De hecho, uno de los principales objetivos de la oficina privada de empleo, más allá de
complementar los servicios ya existentes, es ser catalizadora de nuevas formas de gestión de los
recursos humanos para contribuir a mejorar las condiciones de trabajo.

Según Rodríguez, esta oficina permitirá mejorar "notablemente" el sistema de intermediación
laboral entre ofertas y demandas de trabajo de modo que aumenten las oportunidades de empleo y,
con ello, las posibilidades de encontrar trabajo.

Además, la incorporación de la iniciativa privada en este sector permitirá "triplicar" la cifra de
intermediaciones laborales que se están realizando actualmente", lo que supondría un "importante
impulso" al mercado actual y una "esperanza" para millones de desempleados. Según Rodríguez, se
pasaría del 3% (incidencia en la colocación de los servicios públicos de empleo en 2010) al 10%.
El funcionamiento de la oficina privada de empleo no tiene nada que ver con las antiguas Empresas
de Trabajo Temporal (ETT), ya que la principal diferencia es que el trabajador es contratado por la
empresa, no por la agencia de empleo.

Las agencias privadas de colocación pueden ser personas físicas o jurídicas, independientes de las
autoridades públicas, que prestan diferentes servicios, ya que vinculan oferta y demanda de empleo
y ponen a los trabajadores a disposición de terceros u otros servicios relacionados con la búsqueda
de empleo.

Las agencias de colocación autorizadas podrán trabajar "de forma independiente", mediando
directamente entre el trabajador y el empresario o ser consideradas entidades colaboradoras de los
servicios públicos de empleo, según ha explicado su director general, por lo que ni el empleador ni
el parado deben abonar nada por la mediación.

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Nace la primera red de oficinas privadas de empleo

  • 1. Nace la primera red de oficinas privadas de empleo Desde que la ley permite la creación de agencias privadas de colocación, muchos han sido los que han ido dando los primeros pasos para crear este tipo de entidades. La principal diferencia con respecto a las Empresas de Trabajo Temporal es que estas nuevas agencias no son las que contratan a los trabajadores para cedérselos a un tercero sino que simplemente actúan de mediadores entre las empresas y los demandantes de trabajo. Se trata además de un servicio gratuito para los trabajadores, a diferencia de lo que ocurre con otros países. 05/05/2011 | PORTALPARADOS.ES La primera red de agencias privadas de colocación ha sido creada al amparo de la reciente reforma laboral, que ha permitido poner en marcha una figura que ya existía en Europa y que ahora comienza a funcionar en España. Para la creación de esta oficina se han juntado dos grandes del sector: la Red Emplealia y la Red Araña (Red Española de Entidades por el Empleo), ambas con más de veinte años de experiencia y con una importante red de oficinas en todo el territorio nacional. El director general esta oficina, Santiago Rodríguez, ha destacado el "espectacular" crecimiento de las primeras agencias creadas en diversos países de Europa, que confirman la necesidad de abrir nuevos servicios a un mercado de trabajo "en rápida evolución y cada vez más flexible". De hecho, uno de los principales objetivos de la oficina privada de empleo, más allá de complementar los servicios ya existentes, es ser catalizadora de nuevas formas de gestión de los recursos humanos para contribuir a mejorar las condiciones de trabajo. Según Rodríguez, esta oficina permitirá mejorar "notablemente" el sistema de intermediación laboral entre ofertas y demandas de trabajo de modo que aumenten las oportunidades de empleo y, con ello, las posibilidades de encontrar trabajo. Además, la incorporación de la iniciativa privada en este sector permitirá "triplicar" la cifra de intermediaciones laborales que se están realizando actualmente", lo que supondría un "importante impulso" al mercado actual y una "esperanza" para millones de desempleados. Según Rodríguez, se pasaría del 3% (incidencia en la colocación de los servicios públicos de empleo en 2010) al 10%.
  • 2. El funcionamiento de la oficina privada de empleo no tiene nada que ver con las antiguas Empresas de Trabajo Temporal (ETT), ya que la principal diferencia es que el trabajador es contratado por la empresa, no por la agencia de empleo. Las agencias privadas de colocación pueden ser personas físicas o jurídicas, independientes de las autoridades públicas, que prestan diferentes servicios, ya que vinculan oferta y demanda de empleo y ponen a los trabajadores a disposición de terceros u otros servicios relacionados con la búsqueda de empleo. Las agencias de colocación autorizadas podrán trabajar "de forma independiente", mediando directamente entre el trabajador y el empresario o ser consideradas entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo, según ha explicado su director general, por lo que ni el empleador ni el parado deben abonar nada por la mediación.