5. Articulo 4 y 5
Nadie estara sometido a la
esclavitud ni a la servidumbre
Ni nadie estara sometido a
torturas ni tratos crueles.
6. Articulo 10
Toda persona tiene derecho, en
condiciones de plena igualdad, a ser
oída públicamente y con justicia por un
tribunal independiente e imparcial.
8. Articulo 18 y 19
Toda persona tiene derecho a la
libertad de pensamiento, de
conciencia y de religión. Toda
persona tiene derecho a la libertad
de pensamiento, de conciencia y de
religión
9. Articulo 22
Toda persona, como miembro de la
sociedad, tiene derecho a la seguridad
social, y a obtener, mediante el esfuerzo
nacional y la cooperación internacional,
habida cuenta de la organización y los
recursos de cada Estado, la satisfacción de
los derechos económicos, sociales y
culturales, indispensables a su dignidad y al
libre desarrollo de su personalidad.
10. Articulo 24,25 y 26
Toda persona tiene derecho al
descanso, al disfrute del tiempo libre.
Toda persona tiene derecho a un nivel
de vida adecuado que le asegure, asi
como a su familia, la salud y el
bienestar, y en especial la alimentación,
el vestido, la vivienda,etc.
Toda persona tiene
derecho a la educación.