1. PARTICIPACIÓN
Modo de Ser Persona Relación (apertura) conviviente.
Encuentro (Yo – Nosotros)
Derecho natural, nacemos con él.
Derecho Humano Se fundamenta en la dignidad humana.
Es una exigencia humana, jurídica y política
Deber Ciudadano Responsabilidad u obligación ética
Modo Social de Vivir El modo más humano de vivir
DERECHO CONSTITUCIONAL
2. ¿QUÉ NO ES PARTICIPACIÓN?
Asistencia pasiva
Consulta
Concesión de nadie
Remedio para legitimar gobierno ineficaz
• Utilizar o manipular a la gente
ÉXITO Institución
• Ejecutar la parte decidida por otros del * Pública
Programa * Privada
Colaboración
• Receptores pasivos
Incapaces de decidir, Otros MANDAN y
• Desconfianza de los pobres
entenderse, organizarse ellos OBEDECEN
3. ¿QUÉ ES PARTICIPAR?
• Es involucramiento, comprometido y responsable,
Toma de decisiones
Planificación
• del pueblo en los procesos asuntos públicos
Seguimiento
Supervisión
• a partir de su propia realidad,
• contando con sus propias capacidades.
Es una acción comprometida de la Comunidad que Implica continuidad en
todas las fases del proceso.
4. ¿CÓMO ES DEFINIDA LA PARTICIPACIÓN EN LA
CONSTITUCIÓN, CUANDO APARECE REFERIDO
AL PUEBLO
PRINCIPIO para refundar la República:
•Derecho del Pueblo a constituirse como Poder Soberano y
Protagónico
•Condición indispensable de democracia (Poder o fuerza del Pueblo)
•Condición fundante de la Ciudadanía
MEDIO para ejercer la soberanía. HERRAMIENTA fundamental para:
•incidir en los asuntos públicos,
•exigir los derechos,
•disminuir los niveles de corrupción,
•una distribución equitativa de las riquezas.
5. ¿QUÉ IMPLICA PARTICIPAR SEGÚN
LA CONSTITUCIÓN?
Formación
(Decisión, propuesta legislativa,
planificación)
Asuntos Públicos
PUEBLO Ejecución
(Implementación, seguimiento) Gestión Pública
TOMAR PARTE ACTIVA
Políticas Públicas
Control
(Evaluación, supervisión)
6. ¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE
PODER POPULAR Y PODER PÚBLICO
Poder Popular Poder Público
Soberano - Autónomo Delegado
Constituyente Constituido
Originario Derivado
Creador Creado
Inmanente Accidental
Principal Subordinado
Permanente Revocable
Decisor Garante
Contralor Controlado
Poder PRIMERO Poder SEGUNDO
El Pueblo COMPLEMENTARIEDAD Funcionarios Públicos
• Armónica
• Integrada
MANDATARIO DIFERENCIADA
MANDADO
(El sujeto que Manda) Están al Servicio:
* Ciudadanos (as)
* Estado