Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Tema10 derechos del autor
1.
2. Son un conjunto de normas y principios que
regulan los derechos morales y patrimoniales
que la ley concede a los autores, por el solo
hecho de la creación de una obra literaria,
artística, científica o didáctica, esté
publicada o inédita.
Las licencias surgen como una forma de
regular el uso de los contenidos o información
y dar reconocimiento a aquellas personas u
organizaciones que desarrollan el mismo y
permitir el uso de los recursos a terceros
dependiendo de la licencia que se tenga.
Fuente: Pagina Web Pontificia
Universidad Católica del Perú
3. Es importate saber que los contenidos disponibles
a traves de internet, sean fotografias, canciones,
peliculas textos, entre otras obras, no son de uso
libre. Para su uso responsable debemos tener en
cuenta lo siguiente:
Verifica si se encuentran en dominio público.
Verifica si cuentan con una licencia Creative
Commons
Verifica si puedes usarla en virtud del derecho
de cita
Solicita el permiso del autor de la obra
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4. Recuerda que los libros, artículos, canciones,
fotografías, pinturas, etc., entran en el
dominio público luego de 70 años del
fallecimiento de su autor. En el caso de las
obras audiovisuales, como películas, cortos,
animaciones, etc., entran en el dominio
público luego de 70 años de su publicación.
Después que una obra entre en dominio
público es posible utilizarla de forma libre,
siempre consignando el nombre del autor y la
fuente.
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Universidad Católica del Perú
5. Si la obra elegida no estuviera en dominio público,
debemos verificar si cuenta con alguna licencia
Creative Commons. Las licencias Creative Commons
son autorizaciones otorgadas por los creadores de las
obras, y las podemos reconocer a través del símbolo
CC, que nos permiten usarlas sin tener que gestionar el
permiso directo de sus autores, siempre y cuando lo
hagamos de acuerdo a lo que establece cada una de
estas licencias.
Por ejemplo, en algunos casos nos permiten hacer un
uso comercial de la obra, y otras también nos permiten
crear obras derivadas (modificaciones) de la obra
licenciada, pero todas nos exigen brindar el debido
reconocimiento de su autor.
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6. Si la obra elegida no estuviera en el dominio público y tampoco
contase con una licencia Creative Commons, deberemos analizar si
cumplimos con los requisitos del derecho de cita. Gracias al derecho de
cita, es posible emplear obras de una tercera persona sin necesidad de
solicitar su autorización, siempre y cuando cumplamos con los
siguientes requisitos:
a) Debe tratarse de una obra publicada (es decir, dada a conocer al
público).
b) Debemos mencionar el nombre del autor y la fuente de la obra
citada.
c) Debemos usar la obra citada con un motivo justificado, es decir, un
análisis, crítica, juicio, comparación o comentario propio sobre la obra
citada.
d) Debemos citar únicamente lo necesario, es decir, sin afectar la
normal explotación de la obra (por ejemplo, desincentivando su
compra).
e) Debemos diferenciar entre el aporte del autor citado con respecto a
nuestro aporte (por ejemplo, a través del uso de comillas)
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7. Finalmente, si no estuviéramos en ninguno
de los supuestos mencionados
anteriormente, deberemos pedir permiso al
autor de la obra para poder usarla y, si en
caso este hubiera cedido sus derechos,
deberemos solicitarlo al nuevo titular.
Dicha autorización deberá realizarse de
forma previa al uso y deberá ser por
escrito.
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8. La mayoría de nosotros accedemos a internet de una
manera muy libre y desprovistos de cualquier
preocupación, porque aún no existe en nuestra
conciencia la importancia de cómo manejar los
contenidos con que nos encontramos en la red, ya
que no hay información suficiente a cerca de los
derechos de autor y las implicaciones legales que
tiene violarlos. Hacen falta campañas que promuevan
el buen uso de los contenidos de red y la
normatividad existente. Podemos cometer un delito
sin saberlo, por esto debemos de informarnos y
concientizarnos de la importancia de respetar la
creatividad y el esfuerzo de otros
Fuente:
http://web2facsalud.blogspot.com/2010/12/licen
cias-y-derechos-de-autor-en.html.