SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
Descargar para leer sin conexión
Auto 102/07


                                    Referencia: sentencia T-025 de 2004

                                    Convocatoria a una sesión de información
                                    técnica para verificar las medidas
                                    adoptadas para superar el estado de cosas
                                    inconstitucional declarado en la sentencia
                                    T-025 de 2004 sobre el problema del
                                    desplazamiento     interno,    desde    la
                                    perspectiva de género.

                                    Magistrado Ponente:
                                    Dr.    MANUEL           JOSÉ     CEPEDA
                                    ESPINOSA


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de abril de dos mil siete (2007)

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los
Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo
Escobar Gil, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha
adoptado el presente Auto con el propósito de convocar a una sesión de
información técnica para verificar las medidas adoptadas por las autoridades
competentes para superar el estado de cosas inconstitucional en relación con el
problema del desplazamiento interno, desde la perspectiva de género, y


                              CONSIDERANDO

1. Que en la sentencia T-025 de 2004 y en los Autos 176, 177 y 178 de 2005 y
218 de 2006, la Corte Constitucional declaró la existencia de un estado de
cosas inconstitucional en el campo del desplazamiento forzado en el país, y
constató que uno de los grupos poblacionales más duramente afectados en el
ejercicio de sus derechos fundamentales por este fenómeno es el de las
mujeres en general, y particularmente las mujeres cabeza de familia, las
mujeres en estado de embarazo, las mujeres lactantes, las mujeres
adolescentes y las mujeres de la tercera edad;

2. Que igualmente, la Corte Constitucional ha verificado que uno de los
principales problemas en el diseño y ejecución de la política estatal de
atención integral a la población desplazada, es la ausencia de un enfoque
específico con relación, entre otras, a las mujeres en situación de
desplazamiento, que permita identificar y proveer sus necesidades particulares
apremiantes, derivadas de su condición de género en el marco del fenómeno
del desplazamiento interno;
3. Que hasta la fecha en la que se adopta este auto, las autoridades no han
demostrado con precisión, en sus informes de cumplimiento a la Corte
Constitucional, cuáles han sido las acciones por ellas adoptadas para solventar
el estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento interno desde
la perspectiva de género;

4. Que la Corporación Casa de la Mujer ha solicitado a la Corte
Constitucional, en representación de las mujeres desplazadas del país y en
procura del goce efectivo de sus derechos, la realización de una sesión de
información técnica con el fin de constatar, con la participación directa de las
organizaciones que representan a este grupo poblacional, el alcance y la
aptitud de las medidas adoptadas por el Estado colombiano para solventar el
estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento interno desde la
perspectiva de género, petición que se considera procedente, entre otras, por
proporcionar a esta Corporación importantes elementos de juicio para evaluar
el cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-025 de 2004;

5. Que dicha sesión de información técnica ha de realizarse con la presencia
de los funcionarios directa y específicamente responsables de la protección de
los derechos de las mujeres desplazadas, no con los rectores generales de la
política que ya han presentado informes también generales a la Corte
Constitucional.


                                 RESUELVE

PRIMERO.- CONVOCAR a una sesión de información técnica sobre las
medidas adoptadas por las autoridades colombianas nacionales competentes
para solventar el estado de cosas inconstitucional en el campo del
desplazamiento forzado interno desde la perspectiva de género, la cual se
habrá de realizar el día 10 de mayo de 2007, de 8:30 AM a 11:30 AM en la
Sala de Audiencias del Palacio de Justicia.

SEGUNDO.- ORDENAR que a la sesión de información técnica a realizarse
el 10 de mayo de 2007 sean citados, por medio de la Secretaría General de
esta Corte, los siguientes servidores públicos:

1. La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), o el
funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer
desplazada en dicho Instituto, que aquella designe;
2. El Viceministro de Salud y Protección del Ministerio de la Protección
Social, o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la
mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquél designe;
3. El Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de
Educación Nacional, o el funcionario directamente responsable del tema de
atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquél designe;
4. La Subdirectora de Atención a la Población Desplazada de la Agencia
Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción
Social), o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la
mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquella designe.
5. El Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial del Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o el funcionario directamente
responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio,
que aquél designe;
6. El Director del SENA, o el funcionario directamente responsable del tema
de atención a la mujer desplazada en dicha institución que aquél designe.

TERCERO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica a
realizarse el 10 de mayo de 2007 a las siguientes organizaciones de población
desplazada y de derechos humanos, que abogan por los derechos de las
mujeres en situación de desplazamiento en el país y que han presentado
informes a la Corte Constitucional:

1. Corporación Casa de la Mujer, que solicitó formalmente la sesión.
2. Asociación Mujeres Jefes de Hogar
3. La Asociación Departamental de Mujeres Cabeza de Hogar
“ASOMUGAR”
4. Fundación Mujeres sin Fronteras
5. Asociación de Mujeres Desplazadas y Damnificadas luchando por un mejor
futuro
6. Asociación de mujeres por una vida digna
7. Asociación de mujeres desplazadas Buen Mañana “AMUDES”
8. Asociación de mujeres desplazadas por un porvenir “ASOPORVENIR”
9. Mujeres con Participación Actual “AMPARA”
10. Asociación para el desarrollo femenino “APDF”
11. Red Nacional de Mujeres Desplazadas en Colombia
12. Mesa Mujer y Desplazamiento del Área Metropolitana de Bucaramanga
13. Asociación de Población Desplazada de la Provincia de Ocaña – Asodepo
14. Fundación Mujer y Futuro – Mesa Mujer y Desplazamiento
15. Mujeres en Red
16. Mujeres en Acción
17. Asociación Social de Mujeres Cabeza de Familia “ASOMUJPAR”
18. Asociación de vivienda para mujeres El Porvenir Hacia el Tiempo Futuro
de Medellín
19. Asociación de Mujeres Cabeza de Familia Desplazadas por la Violencia en
la Costa Atlántica y Colombia “ASOMUDFAVID”
20. Asociación Mujeres Jefes de Hogar
21. ANSPALMUFAD
22. Fundación Mujer y Trabajo
23. Cooperativa de Trabajo Asociado de Mujeres Desplazadas “DAMAS”
24. Asociación de Madres Cabeza de Hogar Desplazadas por la Violencia
“ASOMADEZCO”
25. Asociación de Mujeres para el Desarrollo de Actividades de Forestación y
Compostaje “COMPOMUJER”
26. Asociación Departamental de Mujeres Vulnerables Desplazadas del Cesar
“ASMUVUCER”
27. Comité Operativo de Mujer y Trabajo del municipio de Fonseca, Guajira
28. Comité Operativo Fundación Mujer y Trabajo Seccional Meta
Villavicencio
29. Asociación de mujeres cabeza de familia “ASOMAC”
30. Asociación Municipal de Mujeres Campesinas de Girón “ASOMUCAG”
31. Fundación Sueños de Mujer
32. Asociación de mujeres sembradoras de paz “SEDEPAZ”.

En caso de que deseen participar en la sesión de información técnica, cada una
de estas organizaciones podrá inscribirse para el efecto, directamente o por vía
telefónica, en la Secretaría de la Corte Constitucional hasta el día 4 de mayo
de 2007.

La anterior enumeración no es taxativa, y no excluye la posibilidad de que
otras organizaciones que abogan por los derechos de las mujeres en situación
de desplazamiento participen en esta sesión técnica.

CUARTO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica a
realizarse el 10 de mayo de 2007 a la Comisión de Seguimiento a la Política
Pública para el Desplazamiento Forzado.

QUINTO.- INVITAR a asistir a la sesión de información técnica a realizarse
el 10 de mayo de 2007 a los representantes de la Procuraduría General de la
Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo,
que estén haciendo el seguimiento específico al cumplimiento de la sentencia
T-025 de 2004 desde la perspectiva de género.

SEXTO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica al
representante designado para el efecto por la Oficina en Colombia del Alto
Representante de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

SEPTIMO.- DISPONER que los temas a tratar en la sesión de información
técnica serán aquellos que ha señalado la Corte Constitucional en la sentencia
T-025 de 2004 y sus Autos de Seguimiento en relación con la necesidad de
introducir, en consonancia con el principio de diferenciación, criterios de
especificidad a la política pública de atención a la población desplazada, y
medidas específicas que respondan adecuadamente a la situación de las
mujeres en condición de desplazamiento, así como aquellos temas que han
sido mencionados por las organizaciones de población desplazada que
representan los intereses de este grupo poblacional ante la Corte, en particular
en el informe realizado por la Corporación Casa de la Mujer, del cual se
correrá traslado a las autoridades, organismos de control y organizaciones
mencionadas en los numerales Segundo, Quinto y Sexto precedentes.
OCTAVO.- ADVERTIR que durante el desarrollo de la sesión técnica de
información, se seguirá el orden siguiente: (1) en primer lugar intervendrán las
organizaciones de población desplazada participantes, (2) a continuación
tendrán la palabra los representantes de las entidades estatales mencionadas en
el numeral Segundo precedente, y (3) posteriormente intervendrán los
representantes de los organismos de control y organizaciones mencionadas en
los numerales Quinto y Sexto precedentes. La sesión será organizada
temáticamente, a partir de las cuestiones de mayor relevancia para verificar el
cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 desde la perspectiva de género.
El tiempo de cada intervención será asignado de acuerdo con el número de
inscritos el 4 de mayo de 2007.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.



                   MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
                            Magistrado



                        JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
                               Magistrado



                         RODRIGO ESCOBAR GIL
                              Magistrado



                MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
                         Secretaria General

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Denuncia asesinato y desaparición de Líder de Marcha
Denuncia asesinato y desaparición de Líder de MarchaDenuncia asesinato y desaparición de Líder de Marcha
Denuncia asesinato y desaparición de Líder de MarchaMarcha Patriótica
 
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado interno
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado internoMesa Militares Víctimas del conflicto armado interno
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado internoAutonomo
 
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en Honduras
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en HondurasReforma de la Ley Especial del VIH y Sida en Honduras
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en HondurasFundacion Llaves
 
Proyectos de ley de enfermeria
Proyectos de ley de enfermeriaProyectos de ley de enfermeria
Proyectos de ley de enfermeriaJuan Mijana
 
Ley 13339 prevención detección y combate delito de trata
Ley 13339 prevención detección  y combate delito de trataLey 13339 prevención detección  y combate delito de trata
Ley 13339 prevención detección y combate delito de trataCPAS
 
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...Proceso Digital
 
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personasProtocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personasAlianza por la Niñez
 
Ley de victimas y la fuerza publica
Ley de victimas y la fuerza publicaLey de victimas y la fuerza publica
Ley de victimas y la fuerza publicaMundo Virtual
 
Consulta externa ginecología y obstetricia
Consulta externa ginecología y obstetriciaConsulta externa ginecología y obstetricia
Consulta externa ginecología y obstetriciaD3TLAX
 
Sintesis informativa 060111
Sintesis informativa 060111Sintesis informativa 060111
Sintesis informativa 060111megaradioexpress
 
420870560 programa-provincial-busqueda-familiar
420870560 programa-provincial-busqueda-familiar420870560 programa-provincial-busqueda-familiar
420870560 programa-provincial-busqueda-familiarUnidiversidad
 
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroPrograma de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroNicolás Di Nucci
 
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...Marcha Patriótica
 

La actualidad más candente (18)

Denuncia asesinato y desaparición de Líder de Marcha
Denuncia asesinato y desaparición de Líder de MarchaDenuncia asesinato y desaparición de Líder de Marcha
Denuncia asesinato y desaparición de Líder de Marcha
 
Esap ley de víctimas y de tierras-exposición
Esap ley de víctimas y de tierras-exposiciónEsap ley de víctimas y de tierras-exposición
Esap ley de víctimas y de tierras-exposición
 
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado interno
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado internoMesa Militares Víctimas del conflicto armado interno
Mesa Militares Víctimas del conflicto armado interno
 
Mesas municipales de victimas, como se construyen.
Mesas municipales de victimas, como se construyen.Mesas municipales de victimas, como se construyen.
Mesas municipales de victimas, como se construyen.
 
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en Honduras
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en HondurasReforma de la Ley Especial del VIH y Sida en Honduras
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en Honduras
 
Proyectos de ley de enfermeria
Proyectos de ley de enfermeriaProyectos de ley de enfermeria
Proyectos de ley de enfermeria
 
Ley 13339 prevención detección y combate delito de trata
Ley 13339 prevención detección  y combate delito de trataLey 13339 prevención detección  y combate delito de trata
Ley 13339 prevención detección y combate delito de trata
 
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...
 
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personasProtocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas
Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas
 
Ley de victimas y la fuerza publica
Ley de victimas y la fuerza publicaLey de victimas y la fuerza publica
Ley de victimas y la fuerza publica
 
Consulta externa ginecología y obstetricia
Consulta externa ginecología y obstetriciaConsulta externa ginecología y obstetricia
Consulta externa ginecología y obstetricia
 
Gacetilla de prensa 03 09-2015
Gacetilla de prensa 03 09-2015Gacetilla de prensa 03 09-2015
Gacetilla de prensa 03 09-2015
 
Sintesis informativa 060111
Sintesis informativa 060111Sintesis informativa 060111
Sintesis informativa 060111
 
420870560 programa-provincial-busqueda-familiar
420870560 programa-provincial-busqueda-familiar420870560 programa-provincial-busqueda-familiar
420870560 programa-provincial-busqueda-familiar
 
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroPrograma de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
 
Bol 1024
Bol 1024Bol 1024
Bol 1024
 
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...
Continúan los hostigamientos y señalamientos en contra de Defensores de Derec...
 
Equatorial guinea spanish
Equatorial guinea spanishEquatorial guinea spanish
Equatorial guinea spanish
 

Similar a Auto 102 07

Mirada integral ruta nacional
Mirada integral ruta nacionalMirada integral ruta nacional
Mirada integral ruta nacionalGuillermo Martin
 
Resolucion 266 2008
Resolucion 266 2008Resolucion 266 2008
Resolucion 266 2008jorgeopiac
 
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policiales
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policialesFallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policiales
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policialesAndrés Oliva
 
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...Comunidades de Aprendizaje
 
Oficina permanente especializada.
Oficina permanente especializada.Oficina permanente especializada.
Oficina permanente especializada.José María
 
Igualdad y no discriminación.
Igualdad y no discriminación.Igualdad y no discriminación.
Igualdad y no discriminación.José María
 
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionariopppp
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionarioppppPlataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionariopppp
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionarioppppjosemanarce
 

Similar a Auto 102 07 (20)

Auto 208 07
Auto 208 07Auto 208 07
Auto 208 07
 
Auto 207 07
Auto 207 07Auto 207 07
Auto 207 07
 
Auto 130 07
Auto 130 07Auto 130 07
Auto 130 07
 
Auto 262 07
Auto 262 07Auto 262 07
Auto 262 07
 
Auto 131 07
Auto 131 07Auto 131 07
Auto 131 07
 
Mirada integral ruta nacional
Mirada integral ruta nacionalMirada integral ruta nacional
Mirada integral ruta nacional
 
Auto 167 07
Auto 167 07Auto 167 07
Auto 167 07
 
Auto 218 07
Auto 218 07Auto 218 07
Auto 218 07
 
Resolucion 266 2008
Resolucion 266 2008Resolucion 266 2008
Resolucion 266 2008
 
Auto 171 07
Auto 171 07Auto 171 07
Auto 171 07
 
Auto 234 07
Auto 234 07Auto 234 07
Auto 234 07
 
Auto 237 08
Auto 237 08Auto 237 08
Auto 237 08
 
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policiales
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policialesFallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policiales
Fallo completo que da lugar a hábeas corpus contra las razzias policiales
 
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...
Fallo de Comisión Interamericana de DDHH:¿Debe el Estado de Chile acatar el f...
 
Oficina permanente especializada.
Oficina permanente especializada.Oficina permanente especializada.
Oficina permanente especializada.
 
Igualdad y no discriminación.
Igualdad y no discriminación.Igualdad y no discriminación.
Igualdad y no discriminación.
 
Registro5125
Registro5125Registro5125
Registro5125
 
Borrador Informe Subcomisión De Discapacidad
Borrador Informe Subcomisión De DiscapacidadBorrador Informe Subcomisión De Discapacidad
Borrador Informe Subcomisión De Discapacidad
 
Acta única victimas
Acta única victimasActa única victimas
Acta única victimas
 
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionariopppp
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionarioppppPlataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionariopppp
Plataforma por la igualdad 2011 04-02 nota-prensa cuestionariopppp
 

Más de jorgeopiac

Sentencia c 278-07
Sentencia c 278-07Sentencia c 278-07
Sentencia c 278-07jorgeopiac
 
Sentencia c 37-06
Sentencia c 37-06Sentencia c 37-06
Sentencia c 37-06jorgeopiac
 
Sentencia t 227 - 97
Sentencia t   227 - 97Sentencia t   227 - 97
Sentencia t 227 - 97jorgeopiac
 
Sentencia t 1135-08
Sentencia t 1135-08Sentencia t 1135-08
Sentencia t 1135-08jorgeopiac
 
Sentencia t 1134-08
Sentencia t 1134-08Sentencia t 1134-08
Sentencia t 1134-08jorgeopiac
 
Sentencia t 1115-08
Sentencia t 1115-08Sentencia t 1115-08
Sentencia t 1115-08jorgeopiac
 
Sentencia t 1105-08
Sentencia t 1105-08Sentencia t 1105-08
Sentencia t 1105-08jorgeopiac
 
Sentencia t 1095-08
Sentencia t 1095-08Sentencia t 1095-08
Sentencia t 1095-08jorgeopiac
 
Sentencia t 1034-08
Sentencia t 1034-08Sentencia t 1034-08
Sentencia t 1034-08jorgeopiac
 
Sentencia t 787-08
Sentencia t 787-08Sentencia t 787-08
Sentencia t 787-08jorgeopiac
 
Sentencia t 725-08
Sentencia t 725-08Sentencia t 725-08
Sentencia t 725-08jorgeopiac
 
Sentencia t 721-08
Sentencia t 721-08Sentencia t 721-08
Sentencia t 721-08jorgeopiac
 
Sentencia t 719-08
Sentencia t 719-08Sentencia t 719-08
Sentencia t 719-08jorgeopiac
 
Sentencia t 605-08
Sentencia t 605-08Sentencia t 605-08
Sentencia t 605-08jorgeopiac
 
Sentencia t 602-03
Sentencia t 602-03Sentencia t 602-03
Sentencia t 602-03jorgeopiac
 
Sentencia t 597-08
Sentencia t 597-08Sentencia t 597-08
Sentencia t 597-08jorgeopiac
 
Sentencia t 506-08
Sentencia t 506-08Sentencia t 506-08
Sentencia t 506-08jorgeopiac
 
Sentencia t 496-08
Sentencia t 496-08Sentencia t 496-08
Sentencia t 496-08jorgeopiac
 
Sentencia t 476-08
Sentencia t 476-08Sentencia t 476-08
Sentencia t 476-08jorgeopiac
 
Sentencia t 285-08
Sentencia t 285-08Sentencia t 285-08
Sentencia t 285-08jorgeopiac
 

Más de jorgeopiac (20)

Sentencia c 278-07
Sentencia c 278-07Sentencia c 278-07
Sentencia c 278-07
 
Sentencia c 37-06
Sentencia c 37-06Sentencia c 37-06
Sentencia c 37-06
 
Sentencia t 227 - 97
Sentencia t   227 - 97Sentencia t   227 - 97
Sentencia t 227 - 97
 
Sentencia t 1135-08
Sentencia t 1135-08Sentencia t 1135-08
Sentencia t 1135-08
 
Sentencia t 1134-08
Sentencia t 1134-08Sentencia t 1134-08
Sentencia t 1134-08
 
Sentencia t 1115-08
Sentencia t 1115-08Sentencia t 1115-08
Sentencia t 1115-08
 
Sentencia t 1105-08
Sentencia t 1105-08Sentencia t 1105-08
Sentencia t 1105-08
 
Sentencia t 1095-08
Sentencia t 1095-08Sentencia t 1095-08
Sentencia t 1095-08
 
Sentencia t 1034-08
Sentencia t 1034-08Sentencia t 1034-08
Sentencia t 1034-08
 
Sentencia t 787-08
Sentencia t 787-08Sentencia t 787-08
Sentencia t 787-08
 
Sentencia t 725-08
Sentencia t 725-08Sentencia t 725-08
Sentencia t 725-08
 
Sentencia t 721-08
Sentencia t 721-08Sentencia t 721-08
Sentencia t 721-08
 
Sentencia t 719-08
Sentencia t 719-08Sentencia t 719-08
Sentencia t 719-08
 
Sentencia t 605-08
Sentencia t 605-08Sentencia t 605-08
Sentencia t 605-08
 
Sentencia t 602-03
Sentencia t 602-03Sentencia t 602-03
Sentencia t 602-03
 
Sentencia t 597-08
Sentencia t 597-08Sentencia t 597-08
Sentencia t 597-08
 
Sentencia t 506-08
Sentencia t 506-08Sentencia t 506-08
Sentencia t 506-08
 
Sentencia t 496-08
Sentencia t 496-08Sentencia t 496-08
Sentencia t 496-08
 
Sentencia t 476-08
Sentencia t 476-08Sentencia t 476-08
Sentencia t 476-08
 
Sentencia t 285-08
Sentencia t 285-08Sentencia t 285-08
Sentencia t 285-08
 

Auto 102 07

  • 1. Auto 102/07 Referencia: sentencia T-025 de 2004 Convocatoria a una sesión de información técnica para verificar las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004 sobre el problema del desplazamiento interno, desde la perspectiva de género. Magistrado Ponente: Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA Bogotá, D.C., veintisiete (27) de abril de dos mil siete (2007) La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha adoptado el presente Auto con el propósito de convocar a una sesión de información técnica para verificar las medidas adoptadas por las autoridades competentes para superar el estado de cosas inconstitucional en relación con el problema del desplazamiento interno, desde la perspectiva de género, y CONSIDERANDO 1. Que en la sentencia T-025 de 2004 y en los Autos 176, 177 y 178 de 2005 y 218 de 2006, la Corte Constitucional declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en el campo del desplazamiento forzado en el país, y constató que uno de los grupos poblacionales más duramente afectados en el ejercicio de sus derechos fundamentales por este fenómeno es el de las mujeres en general, y particularmente las mujeres cabeza de familia, las mujeres en estado de embarazo, las mujeres lactantes, las mujeres adolescentes y las mujeres de la tercera edad; 2. Que igualmente, la Corte Constitucional ha verificado que uno de los principales problemas en el diseño y ejecución de la política estatal de atención integral a la población desplazada, es la ausencia de un enfoque específico con relación, entre otras, a las mujeres en situación de desplazamiento, que permita identificar y proveer sus necesidades particulares apremiantes, derivadas de su condición de género en el marco del fenómeno del desplazamiento interno;
  • 2. 3. Que hasta la fecha en la que se adopta este auto, las autoridades no han demostrado con precisión, en sus informes de cumplimiento a la Corte Constitucional, cuáles han sido las acciones por ellas adoptadas para solventar el estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento interno desde la perspectiva de género; 4. Que la Corporación Casa de la Mujer ha solicitado a la Corte Constitucional, en representación de las mujeres desplazadas del país y en procura del goce efectivo de sus derechos, la realización de una sesión de información técnica con el fin de constatar, con la participación directa de las organizaciones que representan a este grupo poblacional, el alcance y la aptitud de las medidas adoptadas por el Estado colombiano para solventar el estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento interno desde la perspectiva de género, petición que se considera procedente, entre otras, por proporcionar a esta Corporación importantes elementos de juicio para evaluar el cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-025 de 2004; 5. Que dicha sesión de información técnica ha de realizarse con la presencia de los funcionarios directa y específicamente responsables de la protección de los derechos de las mujeres desplazadas, no con los rectores generales de la política que ya han presentado informes también generales a la Corte Constitucional. RESUELVE PRIMERO.- CONVOCAR a una sesión de información técnica sobre las medidas adoptadas por las autoridades colombianas nacionales competentes para solventar el estado de cosas inconstitucional en el campo del desplazamiento forzado interno desde la perspectiva de género, la cual se habrá de realizar el día 10 de mayo de 2007, de 8:30 AM a 11:30 AM en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia. SEGUNDO.- ORDENAR que a la sesión de información técnica a realizarse el 10 de mayo de 2007 sean citados, por medio de la Secretaría General de esta Corte, los siguientes servidores públicos: 1. La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Instituto, que aquella designe; 2. El Viceministro de Salud y Protección del Ministerio de la Protección Social, o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquél designe; 3. El Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquél designe;
  • 3. 4. La Subdirectora de Atención a la Población Desplazada de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social), o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquella designe. 5. El Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicho Ministerio, que aquél designe; 6. El Director del SENA, o el funcionario directamente responsable del tema de atención a la mujer desplazada en dicha institución que aquél designe. TERCERO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica a realizarse el 10 de mayo de 2007 a las siguientes organizaciones de población desplazada y de derechos humanos, que abogan por los derechos de las mujeres en situación de desplazamiento en el país y que han presentado informes a la Corte Constitucional: 1. Corporación Casa de la Mujer, que solicitó formalmente la sesión. 2. Asociación Mujeres Jefes de Hogar 3. La Asociación Departamental de Mujeres Cabeza de Hogar “ASOMUGAR” 4. Fundación Mujeres sin Fronteras 5. Asociación de Mujeres Desplazadas y Damnificadas luchando por un mejor futuro 6. Asociación de mujeres por una vida digna 7. Asociación de mujeres desplazadas Buen Mañana “AMUDES” 8. Asociación de mujeres desplazadas por un porvenir “ASOPORVENIR” 9. Mujeres con Participación Actual “AMPARA” 10. Asociación para el desarrollo femenino “APDF” 11. Red Nacional de Mujeres Desplazadas en Colombia 12. Mesa Mujer y Desplazamiento del Área Metropolitana de Bucaramanga 13. Asociación de Población Desplazada de la Provincia de Ocaña – Asodepo 14. Fundación Mujer y Futuro – Mesa Mujer y Desplazamiento 15. Mujeres en Red 16. Mujeres en Acción 17. Asociación Social de Mujeres Cabeza de Familia “ASOMUJPAR” 18. Asociación de vivienda para mujeres El Porvenir Hacia el Tiempo Futuro de Medellín 19. Asociación de Mujeres Cabeza de Familia Desplazadas por la Violencia en la Costa Atlántica y Colombia “ASOMUDFAVID” 20. Asociación Mujeres Jefes de Hogar 21. ANSPALMUFAD 22. Fundación Mujer y Trabajo 23. Cooperativa de Trabajo Asociado de Mujeres Desplazadas “DAMAS” 24. Asociación de Madres Cabeza de Hogar Desplazadas por la Violencia “ASOMADEZCO”
  • 4. 25. Asociación de Mujeres para el Desarrollo de Actividades de Forestación y Compostaje “COMPOMUJER” 26. Asociación Departamental de Mujeres Vulnerables Desplazadas del Cesar “ASMUVUCER” 27. Comité Operativo de Mujer y Trabajo del municipio de Fonseca, Guajira 28. Comité Operativo Fundación Mujer y Trabajo Seccional Meta Villavicencio 29. Asociación de mujeres cabeza de familia “ASOMAC” 30. Asociación Municipal de Mujeres Campesinas de Girón “ASOMUCAG” 31. Fundación Sueños de Mujer 32. Asociación de mujeres sembradoras de paz “SEDEPAZ”. En caso de que deseen participar en la sesión de información técnica, cada una de estas organizaciones podrá inscribirse para el efecto, directamente o por vía telefónica, en la Secretaría de la Corte Constitucional hasta el día 4 de mayo de 2007. La anterior enumeración no es taxativa, y no excluye la posibilidad de que otras organizaciones que abogan por los derechos de las mujeres en situación de desplazamiento participen en esta sesión técnica. CUARTO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica a realizarse el 10 de mayo de 2007 a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública para el Desplazamiento Forzado. QUINTO.- INVITAR a asistir a la sesión de información técnica a realizarse el 10 de mayo de 2007 a los representantes de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, que estén haciendo el seguimiento específico al cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 desde la perspectiva de género. SEXTO.- INVITAR a participar a la sesión de información técnica al representante designado para el efecto por la Oficina en Colombia del Alto Representante de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). SEPTIMO.- DISPONER que los temas a tratar en la sesión de información técnica serán aquellos que ha señalado la Corte Constitucional en la sentencia T-025 de 2004 y sus Autos de Seguimiento en relación con la necesidad de introducir, en consonancia con el principio de diferenciación, criterios de especificidad a la política pública de atención a la población desplazada, y medidas específicas que respondan adecuadamente a la situación de las mujeres en condición de desplazamiento, así como aquellos temas que han sido mencionados por las organizaciones de población desplazada que representan los intereses de este grupo poblacional ante la Corte, en particular en el informe realizado por la Corporación Casa de la Mujer, del cual se correrá traslado a las autoridades, organismos de control y organizaciones mencionadas en los numerales Segundo, Quinto y Sexto precedentes.
  • 5. OCTAVO.- ADVERTIR que durante el desarrollo de la sesión técnica de información, se seguirá el orden siguiente: (1) en primer lugar intervendrán las organizaciones de población desplazada participantes, (2) a continuación tendrán la palabra los representantes de las entidades estatales mencionadas en el numeral Segundo precedente, y (3) posteriormente intervendrán los representantes de los organismos de control y organizaciones mencionadas en los numerales Quinto y Sexto precedentes. La sesión será organizada temáticamente, a partir de las cuestiones de mayor relevancia para verificar el cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 desde la perspectiva de género. El tiempo de cada intervención será asignado de acuerdo con el número de inscritos el 4 de mayo de 2007. Notifíquese, comuníquese y cúmplase. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA Magistrado JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO Magistrado RODRIGO ESCOBAR GIL Magistrado MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ Secretaria General