Este documento es una guía para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2013 en España. Explica los aspectos generales del IRPF como quiénes están obligados a presentar declaración, el plazo para presentarla y dónde hacerlo. Asimismo, detalla cada una de las páginas del modelo de declaración, indicando los tipos de rentas e ingresos que deben declararse y cómo calcular la cuota a pagar o la devolución a recibir.
2. Renta 2013. Normativa .......................................................................................................................................................................................................................................6
Cuestiones generales.........................................................................................................................................................................................................................................6
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.....................................................................................................................................................................................6
Cesión parcial del IRPF a las Comunidades Autónomas ..............................................................................................................................................................................6
¿Quiénes son contribuyentes del IRPF?........................................................................................................................................................................................................6
Residencia habitual en territorio español .......................................................................................................................................................................................................7
La unidad familiar en el IRPF .........................................................................................................................................................................................................................7
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2013? ....................................................................................................................................7
Forma de Presentación de la autoliquidación del ejercicio 2013 (modelo 100) ............................................................................................................................................8
Plazo de presentación de las declaraciones ................................................................................................................................................................................................10
Lugar de presentación de las declaraciones................................................................................................................................................................................................10
Suspensión del ingreso en declaraciones individuales de contribuyentes casados cuando la declaración del cónyuge resulta a devolver ...........................................11
Página 1 de la declaración
Primer declarante y cónyuge, en caso de matrimonio no separado legalmente ......................................................................................................................................12
Primer declarante..........................................................................................................................................................................................................................................12
Cónyuge........................................................................................................................................................................................................................................................14
Representante ..............................................................................................................................................................................................................................................15
Fecha y firma de la declaración....................................................................................................................................................................................................................15
Página 2 de la declaración
Situación familiar..............................................................................................................................................................................................................................................16
Hijos y descendientes menores de 25 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s....................................................................................................16
Ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s al menos la mitad del período impositivo................................................17
Devengo.............................................................................................................................................................................................................................................................18
Opción de tributación.......................................................................................................................................................................................................................................18
Comunidad o Ciudad Autónoma de residencia en el ejercicio 2013 ..........................................................................................................................................................19
Asignación tributaria a la Iglesia Católica y asignación de cantidades a fines sociales.........................................................................................................................19
Borrador de la declaración o datos fiscales del ejercicio 2014...................................................................................................................................................................19
Declaración complementaria...........................................................................................................................................................................................................................20
Página 3 de la declaración
A. Rendimientos del trabajo ............................................................................................................................................................................................................................22
Ingresos íntegros ..........................................................................................................................................................................................................................................22
Gastos deducibles ........................................................................................................................................................................................................................................23
Rendimiento neto y rendimiento neto reducido............................................................................................................................................................................................24
Ejemplo práctico ...........................................................................................................................................................................................................................................26
B. Rendimientos del capital mobiliario ..........................................................................................................................................................................................................27
Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro..........................................................................................................................................27
Ingresos íntegros.....................................................................................................................................................................................................................................27
Gastos fiscalmente deducibles ...............................................................................................................................................................................................................29
Rendimiento neto y rendimiento neto reducido ......................................................................................................................................................................................29
Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible general ..............................................................................................................................................30
Ingresos íntegros.....................................................................................................................................................................................................................................30
Gastos fiscalmente deducibles ...............................................................................................................................................................................................................31
Rendimiento neto y rendimiento neto reducido ......................................................................................................................................................................................31
Ejemplo práctico......................................................................................................................................................................................................................................32
Página 4 de la declaración
C. Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados .........................................................................33
Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares o arrendados o cedidos a terceros...................................................33
Datos de carácter general de cada inmueble .........................................................................................................................................................................................34
Inmuebles a disposición de sus titulares: rentas inmobiliarias imputadas .............................................................................................................................................35
Inmuebles arrendados o cedidos a terceros y constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los mismos o a disposición de sus
titulares: rentas inmobiliarias imputadas.................................................................................................................................................................................................36
Rentas totales derivadas de los bienes inmuebles no afectos a actividades económicas..........................................................................................................................39
Relación de bienes inmuebles arrendados o cedidos a terceros por entidades en régimen de atribución de rentas ................................................................................40
Ejemplo práctico ...........................................................................................................................................................................................................................................41
D. Bienes inmuebles urbanos afectos a actividades económicas u objeto de arrendamiento de negocios ........................................................................................42
Página 5 de la declaración
E1. Rendimientos de actividades económicas en estimación directa ........................................................................................................................................................43
Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos ....................................................................................................................................................................43
Rendimiento neto reducido total de las actividades económicas en estimación directa .............................................................................................................................45
Página 6 de la declaración
E2. Rendimientos de actividades económicas (excepto agrícolas, ganaderas y forestales) en estimación objetiva..........................................................................50
Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos ....................................................................................................................................................................50
Datos de cada actividad, módulos aplicables y determinación del rendimiento neto previo .................................................................................................................50
Minoraciones del rendimiento neto previo: rendimiento neto minorado.................................................................................................................................................51
Índices correctores aplicables: rendimiento neto de módulos................................................................................................................................................................52
Rendimiento neto de la actividad............................................................................................................................................................................................................55
Rendimiento neto reducido .....................................................................................................................................................................................................................55
Rendimiento neto reducido total de las actividades económicas (excepto agrícolas, ganaderas y forestales) en estimación objetiva ....................................................56
Ejemplo práctico ...........................................................................................................................................................................................................................................57
Página 7 de la declaración
E3. Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva .................................................................................................................59
Actividades agrícolas, ganaderas y forestales realizadas y rendimientos obtenidos..................................................................................................................................60
Datos de cada actividad, módulos aplicables y determinación del rendimiento neto previo .................................................................................................................60
Rendimiento neto minorado ....................................................................................................................................................................................................................62
Índices correctores aplicables y rendimiento neto de módulos ..............................................................................................................................................................63
Rendimiento neto de la actividad............................................................................................................................................................................................................64
Rendimiento neto reducido .....................................................................................................................................................................................................................64
Rendimiento neto reducido total de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva .........................................................................................65
Ejemplo práctico ...........................................................................................................................................................................................................................................66
3. Página 8 de la declaración
F. Regímenes especiales (salvo los regímenes especiales de imputación de rentas inmobiliarias y para trabajadores desplazados) ...........................................68
Régimen de atribución de rentas: rendimientos del capital y de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales.............................................................68
Entidades y contribuyentes partícipes ....................................................................................................................................................................................................69
Atribución de rendimientos del capital mobiliario....................................................................................................................................................................................69
Atribución de rendimientos del capital inmobiliario.................................................................................................................................................................................70
Atribución de rendimientos de actividades económicas.........................................................................................................................................................................70
Atribución de ganancias y pérdidas patrimoniales .................................................................................................................................................................................71
Atribución de retenciones e ingresos a cuenta.......................................................................................................................................................................................71
Imputaciones de agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas .......................................................................................................................71
Entidades y contribuyentes socios o miembros......................................................................................................................................................................................71
Imputaciones de bases imponibles y deducciones.................................................................................................................................................................................72
Imputaciones de retenciones e ingresos a cuenta .................................................................................................................................................................................72
Imputaciones de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional ..............................................................................................................................................72
Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen........................................................................................................................................................................73
Imputación de rentas por la participación en Instituciones de Inversión Colectiva constituidas en paraísos fiscales ................................................................................73
Página 9 de la declaración
G1. Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.............................................................................................75
Premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias ...............................................................................................................75
Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales ................................................................................................76
G2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con un año o menos de antelación a la fecha de
transmisión........................................................................................................................................................................................................................................................77
Ganancias y pérdidas patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones en
instituciones de inversión colectiva (sociedades y fondos de inversión)....................................................................................................................................................78
Acciones o participaciones transmitidas y titulares ................................................................................................................................................................................79
Resultados netos.....................................................................................................................................................................................................................................79
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficiales ......................................................79
Acciones o participaciones transmitidas y titulares ................................................................................................................................................................................80
Resultados...............................................................................................................................................................................................................................................80
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales ........................................................................................................81
Titularidad y datos del elemento patrimonial transmitido .......................................................................................................................................................................81
Fechas y valores de transmisión y de adquisición .................................................................................................................................................................................82
Pérdidas patrimoniales: diferencia [269] – [270] negativa......................................................................................................................................................................83
Ganancias patrimoniales: diferencia [269] – [270] positiva ....................................................................................................................................................................83
Página 10 de la declaración
G3. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con más de un año de antelación a la fecha de
transmisión.......................................................................................................................................................................................................................................................85
Ganancias y pérdidas patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de
instituciones de inversión colectiva (sociedades y fondos de inversión)....................................................................................................................................................85
Acciones o participaciones transmitidas y titulares ................................................................................................................................................................................86
Resultados netos.....................................................................................................................................................................................................................................86
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficiales ......................................................86
Acciones o participaciones transmitidas y titulares ................................................................................................................................................................................87
Resultados...............................................................................................................................................................................................................................................87
Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales ........................................................................................................88
Titularidad y datos del elemento patrimonial transmitido .......................................................................................................................................................................88
Fechas y valores de transmisión y de adquisición .................................................................................................................................................................................89
Pérdidas patrimoniales: diferencia [312] – [313] negativa......................................................................................................................................................................92
Ganancias patrimoniales: diferencia [312] – [313] positiva ....................................................................................................................................................................92
G4. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) ..........................95
Imputación a 2013 de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores ..................................................................95
Página 11 de la declaración
G4. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible general) ...............................96
Imputación a 2013 de ganancias patrimoniales acogidas a diferimiento por reinversión (derivadas de elementos afectos a actividades económicas)..........................96
G5. Exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida en 2013 por la transmisión de la vivienda habitual....................................................................96
G6. Opción por el régimen especial de fusiones, escisiones y canje de valores de entidades no residentes en España..................................................................97
Ejercicio práctico...........................................................................................................................................................................................................................................97
G7. Integración y compensación de las ganancias y pérdidas patrimoniales imputables a 2013.........................................................................................................98
Ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible general ............................................................................................................................................98
Ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro ........................................................................................................................................98
H. Base imponible general y base imponible del ahorro .............................................................................................................................................................................99
Base imponible general ................................................................................................................................................................................................................................99
Base imponible del ahorro ..........................................................................................................................................................................................................................100
Página 12 de la declaración
I. Reducciones de la base imponible............................................................................................................................................................................................................102
Reducción por tributación conjunta ............................................................................................................................................................................................................102
Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social ......................................................................................................................................102
Régimen general ...................................................................................................................................................................................................................................102
Aportaciones a sistemas de previsión social de los que es partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente ...................................................................104
Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad....................................................105
Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad........................................................................................................................107
Reducciones por pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, excepto en favor de los hijos .............................................................108
Reducciones por aportaciones a la mutualidad de previsión social de deportistas profesionales............................................................................................................108
J. Base liquidable general y base liquidable del ahorro ............................................................................................................................................................................110
Determinación de la base liquidable general .............................................................................................................................................................................................110
Página 13 de la declaración
J. Base liquidable general y base liquidable del ahorro (continuación) ..................................................................................................................................................113
Determinación de la base liquidable del ahorro .........................................................................................................................................................................................113
K. Reducciones de la base imponible no aplicadas en 2013 que podrán aplicarse en ejercicios siguientes.....................................................................................113
Exceso no reducido de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (régimen general) .........................................................................................114
Exceso no reducido de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad ....................................115
Exceso no reducido de las aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.........................................................................................................116
Exceso no reducido de las aportaciones a la mutualidad de previsión social de deportistas profesionales ............................................................................................116
4. L. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares: mínimo personal y familiar.............................................................................................117
Cuantificación del mínimo personal y familiar ............................................................................................................................................................................................117
Determinación del importe del mínimo personal y familiar que forma parte de cada una de las bases liquidables.................................................................................124
M. Datos adicionales ......................................................................................................................................................................................................................................125
Rentas exentas, excepto para determinar el tipo de gravamen.................................................................................................................................................................125
Anualidades por alimentos a favor de los hijos satisfechas por decisión judicial......................................................................................................................................125
Página 14 de la declaración
N. Cálculo del impuesto y resultado de la declaración ..............................................................................................................................................................................126
Determinación de los gravámenes estatal y autonómico...........................................................................................................................................................................126
Gravamen de la base liquidable general ..............................................................................................................................................................................................126
Ejemplo práctico. Contribuyente que no ha cumplimentado ninguna de las casillas 444 y 445 .........................................................................................................131
Gravamen de la base liquidable del ahorro ..........................................................................................................................................................................................138
Cuotas íntegras .....................................................................................................................................................................................................................................140
Deducciones..........................................................................................................................................................................................................................................140
Cuotas líquidas......................................................................................................................................................................................................................................142
Incremento de las cuotas líquidas por pérdida del derecho a determinadas deducciones de ejercicios anteriores...........................................................................142
Cuotas líquidas incrementadas.............................................................................................................................................................................................................144
Cuota resultante de la autoliquidación .......................................................................................................................................................................................................144
Página 15 de la declaración
N. Cálculo del impuesto y resultado de la declaración (continuación)....................................................................................................................................................146
Cuota resultante de la autoliquidación (continuación) ...............................................................................................................................................................................146
Compensaciones fiscales......................................................................................................................................................................................................................146
Retenciones deducibles correspondientes a rendimientos bonificados...............................................................................................................................................147
Cuota resultante de la autoliquidación..................................................................................................................................................................................................148
Retenciones y demás pagos a cuenta .......................................................................................................................................................................................................148
Cuota diferencial y resultado de la declaración..........................................................................................................................................................................................149
O. Importe del IRPF que corresponde a la Comunidad Autónoma de residencia del contribuyente en el ejercicio 2013.................................................................151
P. Regularización mediante declaración complementaria.........................................................................................................................................................................151
Q. Solicitud de suspensión del ingreso de un cónyuge/Renuncia del otro cónyuge al cobro de la devolución...............................................................................152
Anexo A.1 de la declaración
Deducción por inversión en vivienda habitual (aplicable cuando la adquisición se hubiera efectuado con anterioridad a 1 de enero de 2013 o, en los
casos de construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por personas con
discapacidad cuando se hubieran...............................................................................................................................................................................................................154
satisfecho cantidades antes de 1 de enero de 2013)..................................................................................................................................................................................154
Adquisición, construcción, rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual .........................................................................................................................................156
Obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad. ................................................................................................................158
Deducción por inversión en vivienda habitual: datos adicionales..............................................................................................................................................................160
Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación .................................................................................................................................................160
Deducción por alquiler de la vivienda habitual ...........................................................................................................................................................................................161
Deducción por donativos...............................................................................................................................................................................................................................162
Cuestiones generales .................................................................................................................................................................................................................................162
Donativos con límite del 15 por 100 de la base liquidable que dan derecho a deducción........................................................................................................................163
Donativos con límite del 10 por 100 de la base liquidable que dan derecho a deducción........................................................................................................................164
Importe de las deducciones y cumplimentación de la declaración ............................................................................................................................................................165
Anexo A.2 de la declaración
Otras deducciones generales de la cuota íntegra ......................................................................................................................................................................................166
Deducción por inversiones o gastos de interés cultural.............................................................................................................................................................................166
Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla...................................................................................................................................................................................166
Deducción por cantidades depositadas en cuentas ahorro-empresa........................................................................................................................................................168
Deducción por obras de mejora en vivienda: cantidades pendientes de deducción.............................................................................................................................169
Cantidades satisfechas entre el 7 de mayo de 2011 y el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en vivienda propiedad del contribuyente pendientes
de deducción por exceso sobre la base máxima de deducción que se aplican en esta declaración......................................................................................................170
Cantidades satisfechas entre el 14 de abril de 2010 y el 6 de mayo de 2011 pendientes de deducción por obras de mejora en la vivienda habitual ..........................171
Reserva para inversiones en Canarias (Ley 19/1994).................................................................................................................................................................................173
Reserva para inversiones en Canarias de los ejercicios 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 e inversiones anticipadas de futuras dotaciones a la RIC efectuadas en
2013.......................................................................................................................................................................................................................................................173
Anexo A.3 de la declaración
Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial.......................................................................................................................................................174
Cuestiones generales .................................................................................................................................................................................................................................174
Régimen general de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público .............................175
Régimen especial para inversiones en Canarias (artículo 94 de la Ley 20/1991).....................................................................................................................................176
Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial: importe aplicado en esta declaración ............................................................................................176
Anexo B.1 de la declaración
Deducciones autonómicas ............................................................................................................................................................................................................................177
Normas generales de cumplimentación .....................................................................................................................................................................................................177
Andalucía ....................................................................................................................................................................................................................................................177
Aragón.........................................................................................................................................................................................................................................................183
Principado de Asturias................................................................................................................................................................................................................................187
Illes Balears.................................................................................................................................................................................................................................................191
Anexo B.2 de la declaración
Deducciones autonómicas ............................................................................................................................................................................................................................195
Canarias......................................................................................................................................................................................................................................................195
Cantabria.....................................................................................................................................................................................................................................................201
Castilla-La Mancha .....................................................................................................................................................................................................................................204
Castilla y León ............................................................................................................................................................................................................................................210
Anexo B.3 de la declaración
Deducciones autonómicas ............................................................................................................................................................................................................................215
Castilla y León (continuación).....................................................................................................................................................................................................................215
Cataluña......................................................................................................................................................................................................................................................222
Extremadura................................................................................................................................................................................................................................................224
Galicia .........................................................................................................................................................................................................................................................227
5. Anexo B.4 de la declaración
Deducciones autonómicas ............................................................................................................................................................................................................................232
Madrid .........................................................................................................................................................................................................................................................232
Región de Murcia........................................................................................................................................................................................................................................236
La Rioja .......................................................................................................................................................................................................................................................240
Comunitat Valenciana.................................................................................................................................................................................................................................242
Signos, índices o módulos aplicables en el ejercicio 2013 a las actividades económicas en estimación objetiva (excepto agrícolas, ganaderas
y forestales).....................................................................................................................................................................................................................................................252
Índices de rendimiento neto aplicables en el ejercicio 2013 a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva ....................................259
Tabla de amortización aplicable en 2013 a las actividades económicas en estimación objetiva (excepto actividades forestales) ................................................260
Municipios cuyos inmuebles urbanos han sido objeto de revisión catastral con efectos posteriores al 1 de enero de 1994 .........................................................261
Códigos de países y territorios.....................................................................................................................................................................................................................271
6. Cuestiones generales
Renta 2013. Normativa
En el ejercicio 2013, las normas básicas por las que se regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas son, entre otras, las siguientes:
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los
Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del 29), norma a la que se entienden referidas
todas las menciones que en esta Guía se hacen a la Ley del Impuesto.
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE del 31), al
cual se entienden referidas todas las menciones que en esta Guía se hacen al Reglamento del Impuesto.
Cuestiones generales
Con el propósito de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
que están obligados a presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2013, la Agencia Tributaria pone a su disposición esta "Guía de la
declaración", elaborada por el Departamento de Gestión Tributaria.
En las primeras páginas, el contribuyente podrá encontrar una información de carácter general en la que, junto a un resumen de los principios y
conceptos básicos del IRPF, se detallan los supuestos que determinan la obligación de declarar, así como el lugar, el plazo y la forma en que
deberán de ser presentadas las declaraciones del impuesto.
Seguidamente, la Guía recorre las sucesivas páginas y apartados del modelo de la declaración del IRPF, describiendo los aspectos esenciales que
caracterizan el contenido de cada uno de ellos e incluyendo las indicaciones precisas sobre la forma de cumplimentar sus diferentes casillas.
Además, en la Guía se reproducen, principalmente en forma de cuadros y tablas, los límites, escalas, cuantías y demás datos necesarios para
efectuar los cálculos requeridos en el modelo de la declaración, así como para realizar correctamente la liquidación del impuesto.
Por otra parte, con la finalidad de ampliar y completar la información contenida en esta Guía, la Agencia Tributaria pone también a disposición de
los contribuyentes el "Manual Práctico Renta y Patrimonio 2013", que incluye numerosos casos prácticos. Asimismo, la Agencia Tributaria ha
desarrollado un programa informático de ayuda (programa "PADRE") que permite confeccionar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas. Dicho Manual Práctico puede adquirirse en los puntos de distribución de impresos de las oficinas de la AEAT, estando
también disponibles este Manual, así como el programa "PADRE", en la página de la Agencia Tributaria en Internet "www.agenciatributaria.gob.es".
Finalmente, si desea más información acerca de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, puede llamar al número 901
33 55 33, donde tiene a su disposición el servicio telefónico de información de la Agencia Tributaria.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad,
generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.
El IRPF se aplica en todo el territorio español, con las especialidades previstas en relación con Canarias, Ceuta y Melilla y sin perjuicio de los
regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la
Comunidad Foral de Navarra.
¿Qué se entiende por "renta" a efectos del IRPF?
Constituye la renta del contribuyente la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta
establecidas por ley, con independencia del lugar donde se hayan producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Cesión parcial del IRPF a las Comunidades Autónomas
El IRPF es un impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Financiación de
las Comunidades Autónomas y en las normas que regulan la cesión de tributos del Estado a las mismas.
Como consecuencia de dicha cesión parcial, las Comunidades Autónomas pueden regular, entre otros conceptos, las escalas y los importes del
mínimo personal y familiar correspondientes al gravamen autonómico, así como las deducciones que recaigan exclusivamente sobre este último,
en los términos y con los límites previstos en las leyes.
En el caso de que las Comunidades Autónomas no hayan asumido o ejercido sus competencias normativas sobre este Impuesto, éste se exigirá
de acuerdo con el mínimo personal y familiar y las deducciones establecidas por el Estado.
¿Quiénes son contribuyentes del IRPF?
1. Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español.
2. Las personas físicas de nacionalidad española, así como su cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad, que
tuviesen su residencia habitual en el extranjero por su condición de:
a) Miembros de misiones diplomáticas españolas, comprendiendo tanto al jefe de la misión como a los miembros del personal diplomático,
administrativo, técnico o de servicios de la misma.
7. Cuestiones generales
b) Miembros de las oficinas consulares españolas, comprendiendo tanto al jefe de las mismas como al personal funcionario o de servicios a
ellas adscrito, con excepción de los vicecónsules honorarios o agentes consulares honorarios y del personal dependiente de los mismos.
c) Titulares de cargo o empleo oficial del Estado español como miembros de las delegaciones y representaciones permanentes acreditadas ante
organismos internacionales o que formen parte de misiones o delegaciones de observadores en el extranjero.
d) Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial que no tenga carácter diplomático o consular.
No obstante, las personas a que se refiere este punto 2 no tendrán la consideración de contribuyentes cuando, no siendo funcionarios públicos
en activo o titulares de cargo o empleo oficial, ya tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisición de cualquiera
de las condiciones indicadas anteriormente.
En el caso de los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad, no tendrán la consideración de contribuyentes cuando ya
tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisición por el cónyuge, o por el padre o la madre, de cualquiera de las
condiciones indicadas anteriormente.
3. Las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado
reglamentariamente como paraíso fiscal, las cuales no perderán la condición de contribuyentes del IRPF en el período impositivo en que se
efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.
Residencia habitual en territorio español
Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de estas circunstancias:
a) Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español.
Para determinar este período de permanencia se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal
en otro país. Tratándose de países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales, la Administración tributaria podrá exigir que
se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.
Por el contrario, no se computarán las estancias temporales en España que sean consecuencia de las obligaciones contraídas en acuerdos de
colaboración cultural o humanitaria, a título gratuito, con las Administraciones públicas españolas.
b) Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, conforme a los criterios
anteriores, residan habitualmente en España su cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél.
La unidad familiar en el IRPF
A efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, existen dos modalidades de unidad familiar, a saber:
a) En caso de matrimonio.
La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, los hijos menores, con excepción de los que vivan independientemente
de los padres con el consentimiento de éstos, así como los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada
o rehabilitada.
Recuerde: la mayoría de edad se alcanza al cumplir los 18 años.
b) En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal.
La formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad
anterior.
Importante: cualquier otra agrupación familiar distinta de las anteriores no constituye unidad familiar a efectos del IRPF.
Nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2013?
Con carácter general, están obligados a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2013 todos los contribuyentes que hayan obtenido en dicho
ejercicio rentas sujetas al impuesto.
Por excepción, no están obligados a presentar declaración los siguientes contribuyentes:
1. Los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre que no superen ninguno de los límites
que en cada caso se señalan, en tributación individual o conjunta:
a) Rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias recibidas
del cónyuge y las anualidades por alimentos no exentas) cuyo importe no supere la cantidad de:
22.000 euros anuales, con carácter general.
11.200 euros anuales, en los siguientes casos:
1.º Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador. No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales en los
siguientes supuestos:
8. Cuestiones generales
Cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en
su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
Cuando se trate de pensionistas con dos o más pagadores y el importe de las retenciones practicadas por éstos haya
sido determinado por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente al efecto por medio del modelo 146, siempre
que, además, se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que no haya aumentado a lo largo del ejercicio el número de los pagadores de prestaciones pasivas inicialmente
comunicados a la Agencia Tributaria al formular la solicitud.
b) Que el importe de las prestaciones efectivamente satisfechas por los pagadores no difiera en más de 300 euros
anuales del comunicado inicialmente al formular la solicitud.
c) Que no se haya producido durante el ejercicio ninguna otra de las circunstancias determinantes de un aumento del
tipo de retención previstas en el Reglamento del Impuesto.
2.º Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas del impuesto.
3.º Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
4.º Cuando se perciban los siguientes rendimientos del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención:
Retribuciones por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que
hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos.
Rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración
de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.
Importante: aunque en tributación conjunta habrán de tenerse en cuenta los mismos límites cuantitativos señalados anteriormente, a
efectos de determinar el número de pagadores se atenderá a la situación de cada uno de los miembros de la unidad familiar
individualmente considerado.
b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y
ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos
o juegos, etc.), siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600
euros anuales.
c) Rentas inmobiliarias imputadas que deriven de la titularidad de inmuebles de uso propio (1)
, aunque hayan estado desocupados, así como
rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de
protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
Por no dar lugar a imputación de rentas inmobiliarias, no se tomará en consideración a estos efectos la vivienda habitual del contribuyente, ni
tampoco las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, hasta un máximo de dos, así como el suelo no edificado.
2. Los contribuyentes que en el ejercicio 2013 hayan obtenido exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de
actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, hasta un importe máximo conjunto de 1.000 euros anuales, y pérdidas
patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación individual o conjunta.
Importante: para determinar las cuantías y límites señalados, no se tomarán en consideración las rentas exentas del Impuesto, como, por
ejemplo, las becas públicas para cursar estudios reglados en todos los niveles del sistema educativo o las anualidades por alimentos
recibidas de los padres por decisión judicial ...
Ninguna de las cuantías o límites indicados se incrementará o ampliará en caso de tributación conjunta.
Están obligados en todo caso a presentar declaración los siguientes contribuyentes:
– Los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda, así como, en su caso,
a las deducciones por cuenta ahorro-empresa o por doble imposición internacional, y deseen ejercitar tal derecho.
– Los contribuyentes que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, a planes de pensiones, a planes
de previsión asegurados, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión social empresarial o a seguros de dependencia, por las que
tengan derecho a reducir la base imponible del impuesto, siempre que deseen ejercitar tal derecho.
– Los contribuyentes que deseen solicitar devoluciones derivadas de la normativa del impuesto.
Forma de Presentación de la autoliquidación del ejercicio 2013 (modelo 100)
Como novedad importante a partir de este ejercicio 2013, ya no resulta posible la presentación de la autoliquidación en papel preimpreso
(los antiguos impresos de color azul), o mediante módulo de impresión distinto del programa PADRE.
Por tanto para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2013 la presentación, cualquiera que sea el resultado de la misma, podrá realizarse:
a) En papel impreso obtenido a través del programa de ayuda desarrollado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria; o
b) Mediante presentación electrónica por internet
Para la presentación electrónica de las autoliquidaciones del IRPF deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
(1)
En relación con la cuantificación de las rentas inmobiliarias imputadas, véase la página 35 de esta Guía.
9. Cuestiones generales
a) Las autoliquidaciones deberán confeccionarse utilizando el programa PADRE desarrollado por la Agencia Tributaria, con objeto de
obtener el fichero con la declaración a transmitir, o bien mediante otro programa capaz de obtener un fichero con el mismo formato y sujeto a
iguales características y especificaciones que aquél.
b) Se deberá tener incorporado un sistema de firma electrónica avanzada o, en su caso, mediante el sistema de firma con clave de acceso en un
registro previo como usuario, debiendo el obligado tributario disponer de un certificado electrónico, que podrá ser el asociado al Documento
Nacional de Identidad electrónico (DNI-e) o cualquier otro certificado electrónico que, según la normativa vigente, resulte admisible por la Agencia
tributaria. En caso de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, los dos deberán disponer de la correspondiente firma electrónica
avanzada.
c) No obstante, también podrán presentarse electrónicamente las declaraciones cuyo resultado sea una cantidad a ingresar, a devolver, con
solicitud de devolución o con renuncia a la misma, o negativo, mediante la consignación del NIF y de la correspondiente clave de acceso o del
número de referencia del borrador o de los datos fiscales suministrado por la Agencia Tributaria.
¿Cómo se presenta la autoliquidación?
Una vez realizada la autoliquidación mediante el Programa de ayuda PADRE desarrollado por la Agencia Tributaria para obtener el fichero con la
declaración a transmitir o mediante otro programa que obtenga un fichero con el mismo formato e iguales características y especificaciones, deberá
procederse de la siguiente forma, en función del resultado de la autoliquidación y de la domiciliación bancaria o no del pago correspondiente a la
totalidad del ingreso o al primer plazo:
a) Autoliquidaciones a ingresar cuyo pago total o el correspondiente al primer plazo no se realiza mediante domiciliación bancaria
Novedad: los contribuyentes podrán presentar telemáticamente, por primera vez en la presente campaña, estas autoliquidaciones
consignando el NIF y la correspondiente clave de acceso o número de referencia del borrador o de los datos fiscales suministrado por la
Agencia Tributaria.
El declarante se pondrá en comunicación con la Entidad colaboradora, ya sea por vía electrónica (de forma directa o a través de la Sede
electrónica de la Agencia Tributaria), o acudiendo a sus oficinas, para efectuar el ingreso correspondiente y facilitar los datos relativos a dicho
ingreso.
La Entidad colaboradora, una vez realizado el ingreso, asignará un Número de Referencia Completo (NRC) asociado al ingreso efectuado.
Posteriormente, el declarante se conectará con la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y accederá al trámite de presentación correspondiente
a la autoliquidación que desee transmitir y procederá a:
1. Seleccionar el fichero con la declaración del IRPF a transmitir.
2. Suministrar el Número de Referencia Completo (NRC) asociado al ingreso que haya sido asignado por la Entidad colaboradora a la declaración
a transmitir.
3. Generar la firma electrónica y, en el caso de declaración conjunta del IRPF, además, la del cónyuge.
4. Transmitir a la Agencia Tributaria la autoliquidación completa con la firma o firmas electrónicas.
También podrá procederse en el presente ejercicio, una vez obtenido el NRC de la entidad colaboradora, a la transmisión de la autoliquidación sin
necesidad de generar firma electrónica avanzada, mediante la consignación del NIF del contribuyente y, en el supuesto de declaración conjunta
formulada por ambos cónyuges, del NIF del cónyuge, así como las correspondientes claves de acceso o número o números de referencia del
borrador o de los datos fiscales previamente suministrados por la Agencia Tributaria.
Si la autoliquidación es aceptada, la Agencia Tributaria le devolverá en pantalla los datos del documento de ingreso o devolución validado con un
código seguro de verificación, así como la fecha y hora de la presentación. El contribuyente deberá imprimir y conservar los datos del documento
de ingreso o devolución validado.
En el supuesto de que la autoliquidación fuese rechazada, se mostrarán los errores detectados para que se proceda a su subsanación.
b) Autoliquidaciones a ingresar cuyo pago total o el correspondiente al primer plazo se realiza mediante domiciliación bancaria
La transmisión de la declaración no precisará, con carácter previo, la comunicación con la Entidad colaboradora para la realización del ingreso y la
obtención del NRC. La transmisión de la autoliquidación, en la que se recogerá la correspondiente orden de domiciliación, se realizará de acuerdo
con lo comentado en el apartado de anterior, bien generando firma electrónica avanzada o bien mediante la consignación del NIF del contribuyente
y, en el supuesto de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, del NIF del cónyuge, así como las correspondientes claves de acceso o
número o números de referencia del borrador o de los datos fiscales previamente suministrados por la Agencia Tributaria.
El contribuyente, finalmente, deberá imprimir y conservar el documento de ingreso o devolución validado con un código seguro de verificación de
16 caracteres en el que constará, además de la fecha y hora de presentación de la declaración, la orden de domiciliación efectuada y, en su caso,
la opción de fraccionamiento de pago elegida por el contribuyente.
c) Autoliquidaciones de las que resulte una cantidad a ingresar, que se presenten con solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, con
solicitud de compensación, con reconocimiento de pago de deuda o con solicitud de pago mediante entrega de bienes del Patrimonio
Histórico Español
El procedimiento de presentación electrónica de las autoliquidaciones a las que se refiere este apartado conlleva únicamente la particularidad de
que, una vez finalizada la presentación de la declaración, el declarante o la persona o entidad autorizada a presentar por vía electrónica
declaraciones en representación de terceras personas obtendrá, además del código seguro de verificación, una clave de liquidación de diecisiete
caracteres con la que, si lo desea, podrá solicitar en ese mismo momento, a través del enlace habilitado a tal efecto, el aplazamiento o
fraccionamiento o la compensación o, en su caso, el pago mediante entrega de bienes del Patrimonio Histórico Español, y con la que también
podrá presentar dichas solicitudes en un momento posterior en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet,
en la dirección electrónica «https://www.agenciatributaria.gob.es», a través de la opción Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y
Registro)/Recaudación.
10. Cuestiones generales
d) Autoliquidaciones a devolver, con solicitud de devolución o renuncia a la misma a favor del Tesoro Público y negativas
El procedimiento para la presentación de estas autoliquidaciones es similar al anteriormente comentado para las autoliquidaciones IRPF a ingresar,
con la salvedad de que no será preciso realizar la fase de comunicación con la Entidad colaboradora para la realización del ingreso y para la
obtención del NRC asociado al mismo, ni la de domiciliación en Entidad colaboradora del ingreso.
En el presente ejercicio también podrá procederse a la transmisión de la autoliquidación sin necesidad de generar la firma electrónica, mediante la
consignación del NIF del contribuyente y, en el supuesto de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, del NIF del cónyuge, así como la
correspondientes claves de acceso o número o números de referencia del borrador o de los datos fiscales previamente suministrados por la AEAT.
e) Autoliquidaciones correspondientes a cónyuges no separados legalmente en las que uno de ellos solicita la suspensión del ingreso y
el otro la renuncia a la devolución
En estos casos, si alguno de los cónyuges presenta la autoliquidación por vía telemática, la autoliquidación del otro deberá presentarse también
por esta vía. El procedimiento de presentación es el comentado en las letras a), b) o c) anteriores, según sea el resultado final de cada una de
dichas autoliquidaciones.
Importante: no será necesario adjuntar a la declaración ninguno de los certificados o comunicaciones de retenciones e ingresos a cuenta
correspondientes a las rentas declaradas, ni tampoco los ejemplares para el sobre anual de las declaraciones de pago fraccionado
(modelos 130 y 131), sin perjuicio de que los contribuyentes deban conservar en su poder dichos documentos para cualquier eventual
comprobación posterior por parte de la Administración tributaria.
Plazo de presentación de las declaraciones
Si como resultado final de la declaración del IRPF, ya consista ésta en una autoliquidación o en el borrador de declaración debidamente suscrito o
confirmado, se obtiene una cantidad a ingresar, el contribuyente deberá efectuar el ingreso de dicho importe en el Tesoro Público. Sin embargo,
para realizar el ingreso de la deuda tributaria del IRPF el contribuyente podrá optar por efectuarlo de una sola vez, o bien por fraccionar su
importe en dos plazos:
a) El primero, del 60 por 100, en el momento de presentar la declaración.
b) El segundo, del 40 por 100 restante hasta el día 5 de noviembre de 2014, inclusive.
En todo caso, para disfrutar de este beneficio será necesario que la declaración del IRPF se presente dentro del plazo establecido:
a) Para las autoliquidaciones presentadas por vía electrónica:
Sin domiciliación bancaria del pago, del 23 de abril al 30 de junio de 2014.
Con domiciliación bancaria del pago, del 23 de abril al 25 de junio de 2014.
b) Para las autoliquidaciones presentadas por otras vías:
Sin domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 30 de junio de 2014.
Con domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 25 de junio de 2014.
c) Para borradores de declaración confirmados por vía electrónica o telefónica:
Sin domiciliación bancaria del pago, del 1 de abril al 30 de junio de 2014.
Con domiciliación bancaria del pago, del 1 de abril al 25 de junio de 2014.
d) Para borradores de declaración confirmados por otras vías:
Sin domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 30 de junio de 2014.
Con domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 25 de junio de 2014
En los supuestos en que se opte por fraccionar el pago de la deuda tributaria del IRPF, cuando la confirmación o suscripción del borrador o la
presentación de la autoliquidación se produzca entre el 26 de junio y el 30 de junio de 2014 inclusive, aun cuando no sea posible la domiciliación
del pago del primer plazo sí podrá domiciliarse el pago del segundo plazo.
Importante: no podrá fraccionarse en dos plazos el ingreso de las autoliquidaciones complementarias del IRPF.
La opción por este procedimiento de fraccionamiento del pago impedirá al contribuyente la posibilidad de solicitar aplazamiento o
fraccionamiento del pago prevista en el artículo 65 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, desarrollado en los artículos 44 y
siguientes del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (BOE de 2 de septiembre). Ambos
mecanismos de aplazamiento/fraccionamiento no resultan aplicables de forma simultánea.
Importante: los contribuyentes que, se encuentren obligados a presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, deberán
presentar conjuntamente, y de forma obligatoria por vía telemática a través de internet las declaraciones de ambos impuestos.
Lugar de presentación de las declaraciones
Contribuyentes domiciliados en territorio español.
Según el resultado de la declaración, los contribuyentes con domicilio en territorio español deberán presentar ésta en los lugares que se señalan en
el cuadro que se reproduce en la página 11, acompañando a la misma, en su caso, los documentos que asimismo se indican. Todo ello, sin
perjuicio de la presentación telemática a través de Internet comentada en las páginas anteriores.
11. Cuestiones generales
Contribuyentes desplazados fuera del territorio español.
Los contribuyentes que se encuentren desplazados fuera del territorio español, podrán presentar su declaración y, en su caso, realizar el ingreso o
solicitar la devolución por vía telemática, de conformidad con lo señalado en las páginas anteriores. En el supuesto de declaraciones a devolver
con renuncia a la devolución o negativas, las mismas pueden enviarse por correo certificado. En este caso, deberá indicarse claramente en el
sobre de envío cuál es la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria que corresponde a la residencia habitual del contribuyente.
Funcionarios y empleados públicos españoles en el extranjero.
Como en el caso anterior, la declaración se podrá presentar por vía telemática en los supuestos de ingreso o devolución y por correo certificado, si
se trata de declaraciones a devolver con renuncia a la devolución o negativas, dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria en
cuya demarcación territorial radique el último domicilio habitual en España antes de ocupar el cargo o empleo por el que residen en el extranjero.
Suspensión del ingreso en declaraciones individuales de contribuyentes casados cuando la declaración del cónyuge
resulta a devolver
Los matrimonios no separados legalmente que opten por tributar individualmente y en los que una de las declaraciones resulte a ingresar y la otra
con derecho a devolución, pueden acogerse a un procedimiento especial que permite al contribuyente cuya declaración sea positiva solicitar la
suspensión del ingreso de su deuda tributaria, sin intereses de demora, en la cuantía máxima que permita el importe de la devolución resultante de
la declaración de su cónyuge, a condición de que éste renuncie al cobro de dicha devolución en una cantidad igual al importe de la deuda tributaria
cuya suspensión haya sido solicitada por aquél.
La suspensión solicitada será provisional hasta tanto la Administración tributaria reconozca, en su caso, el derecho a la devolución a favor del
cónyuge del solicitante y a resultas del importe de la misma. Para acogerse a este procedimiento, cada uno de los cónyuges deberá cumplimentar
el epígrafe que le corresponda del apartado "Q" de la página 15 de su declaración individual y la casilla 7 de su documento de ingreso o
devolución.
Para una información más detallada sobre este procedimiento y sobre los requisitos exigibles para poder acogerse al mismo, véase la
página 152 y siguientes de esta Guía.
Sin perjuicio de la presentación por vía telemática, el lugar de presentación de las autoliquidaciones del IRPF en función del resultado
será, pues, el que se indica en el siguiente cuadro:
Resultado de la
declaración LUGAR DE PRESENTACIÓN
Documentación que debe incluirse en el sobre
de envío
Positiva
(resultado a
ingresar)
En cualquier oficina de una Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de
Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español.
Las declaraciones efectuadas a través de los servicios de ayuda podrán
presentarse directamente en las oficinas habilitadas para la prestación de dicho
servicio, siempre que se proceda a la domiciliación bancaria del ingreso
resultante de las mismas, o del primer plazo si se hubiese optado por el
fraccionamiento del pago.
Declaración (modelo D-100).
Se incluirá el "Ejemplar para la Administración" de
las páginas y anexos de la declaración en los que
haya consignado algún dato. (Como mínimo,
deberán incluirse en el sobre las páginas 1, 2, 11,
12, 13, 14 y 15 de la declaración).
Documento de ingreso o devolución (modelo
100).
Se incluirá el "Ejemplar para incluir en el sobre de
la declaración" del modelo 100. En el caso de
declaraciones positivas, en dicho documento
deberá constar la certificación del ingreso realizado
efectuada por la Entidad receptora.
Contribuyentes sometidos al régimen de
transparencia fiscal internacional.
Deberán incluirse en el sobre los datos y
documentos señalados en el artículo 91.10 de la
Ley del IRPF, correspondientes a todas y cada una
de las entidades no residentes cuyas rentas deban
incluirse en la base imponible del impuesto.
Contribuyentes que hayan efectuado en el
ejercicio inversiones anticipadas de futuras
dotaciones a la Reserva para Inversiones en
Canarias.
Se incluirá en el sobre la comunicación de las
inversiones anticipadas realizadas en el ejercicio y
su sistema de financiación, conforme establece el
artículo 27.11 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de
modificación del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias.
Contribuyentes que soliciten la devolución
mediante cheque nominativo del Banco de
España.
Escrito de solicitud, que no precisa ajustarse a
ningún modelo, dirigido al titular de la Delegación o
Administración de la Agencia Tributaria.
A devolver
(con solicitud de
devolución) (1)
a) Mediante entrega personal en cualquier Delegación o Administración de la
Agencia Tributaria o en las oficinas de las Administraciones tributarias de las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan
suscrito con la Agencia Tributaria un convenio de colaboración para la
implantación de sistemas de ventanilla única tributaria, en los términos previstos
en dicho convenio.
b) Por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia
Tributaria correspondiente a su domicilio habitual.
c) En las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas o sus
Administraciones tributarias, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades
locales para la confección de declaraciones mediante el Programa de Ayuda
desarrollado por la Agencia Tributaria.
d) En cualquier oficina de la Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de
Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español, en la que tenga
abierta a su nombre la cuenta en la que desee recibir la devolución del IRPF.
(1)
Cuando el contribuyente solicite la devolución en una cuenta abierta en Entidad de crédito que no actúe como colaboradora en
la gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria, la declaración deberá ser presentada en las oficinas de la Agencia Tributaria o en
las oficinas de las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan
suscrito con la Agencia Tributaria un convenio de colaboración para la implantación de sistemas de ventanilla única tributaria, en
los términos previstos en dicho convenio.
A devolver
(con renuncia a
la devolución a
favor del Tesoro
Público)
Negativo
(sin ingreso ni
devolución)
a) Mediante entrega personal en cualquier Delegación o Administración de la
Agencia Tributaria o en las oficinas de las Administraciones tributarias de las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan
suscrito con la Agencia Tributaria un convenio de colaboración para la
implantación de sistemas de ventanilla única tributaria, en los términos previstos
en dicho convenio.
b) Por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia
Tributaria correspondiente a su domicilio habitual.
c) En las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas o sus
Administraciones tributarias, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades
locales para la confección de declaraciones mediante el Programa de Ayuda
desarrollado por la Agencia Tributaria.
12. Página 1. Primer declarante y cónyuge. Representante. Fecha y firma
Página 1. Primer declarante y cónyuge, en caso de matrimonio no separado legalmente
Primer declarante
En declaraciones individuales.
Casillas 01 a 04. Haga constar en las mencionadas casillas sus datos identificativos.
Recuerde: el NIF de las personas físicas de nacionalidad española es el número de su documento nacional de identidad (DNI), incluida la
letra mayúscula que figura al final del mismo.
El NIF de las personas físicas de nacionalidad distinta de la española es el número de identificación de extranjero (NIE) que tengan
asignado.
En declaraciones conjuntas.
En el caso de declaraciones conjuntas de unidades familiares integradas por ambos cónyuges, cualquiera de ellos podrá figurar como primer
declarante.
Téngase en cuenta que, tanto la existencia de unidad familiar como la determinación de los miembros de la misma, se realizará atendiendo a la
situación existente el 31 de diciembre, por lo que si alguno de los cónyuges hubiera fallecido antes de dicha fecha, no formará parte de la unidad
familiar a efectos del IRPF.
En tal caso, la declaración correspondiente al cónyuge fallecido que, en su caso, resulte exigible, deberá presentarse necesariamente como
declaración individual, sin que proceda incluir las rentas del fallecido en la declaración conjunta que pudieran presentar el cónyuge supérstite y
los hijos que, a 31 de diciembre, formen unidad familiar con éste.
En las declaraciones conjuntas de unidades familiares formadas por contribuyentes no casados o separados legalmente y la totalidad de sus hijos
menores de edad o mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, figurará como primer declarante el
padre o la madre.
Casilla 05. Sexo del primer declarante.
Indique en esta casilla el sexo del primer declarante consignando a tal efecto la letra "H" (hombre) o la letra "M" (mujer), según corresponda.
Casillas 06 a 09. Estado civil (el 31-12-2013).
Marque con una "X" la casilla que corresponda al estado civil del primer declarante el día 31 de diciembre de 2013 o, en su caso, en la fecha de
fallecimiento del mismo.
Casilla 10. Fecha de nacimiento.
Consigne la fecha completa (día, mes y año) de nacimiento del primer declarante.
Casilla 11. Grado de discapacidad.
Cuando, considerando la situación existente el último día del período impositivo (normalmente, el 31 de diciembre), el primer declarante sea una
persona con discapacidad que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, se indicará en esta casilla la clave que
proceda de las tres siguientes:
Clave Grado de discapacidad reconocido
1 Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100.
2 Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100, siempre que, además, tenga acreditada la necesidad de ayuda de terceras
personas o movilidad reducida.
3 Igual o superior al 65 por 100.
El grado de discapacidad, así como, en su caso, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida, deberá poder acreditarse
mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano competente de la
correspondiente Comunidad Autónoma.
A estos efectos, se considerarán afectados de una discapacidad en grado de, al menos, el 33 por 100 (clave 1), los pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, así como los
pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Asimismo, se considerarán afectados de una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 (clave 3) los discapacitados cuya incapacidad
haya sido declarada judicialmente, aunque la discapacidad no alcance dicho grado.
Casilla 13. Cambio de domicilio.
Se consignará una "X" en esta casilla en el supuesto de que el primer declarante haya cambiado de domicilio habitual sin que dicho cambio haya
sido comunicado anteriormente a la Agencia Tributaria.
Importante: los contribuyentes que no realicen actividades económicas están obligados a comunicar el cambio de su domicilio habitual en
el plazo de tres meses desde que se produzca. Dicha comunicación se efectuará por medio del modelo 030, debiendo efectuarse en la
declaración del IRPF si el plazo de presentación de la misma finalizase con anterioridad al término de los citados tres meses.
13. Página 1. Primer declarante y cónyuge. Representante. Fecha y firma
Los contribuyentes que realicen actividades económicas deberán comunicar el cambio de su domicilio habitual presentando la declaración
censal de modificación (modelo 036 ó 037).
Domicilio habitual actual del primer declarante
Siempre deberán cumplimentarse los datos del domicilio habitual actual del primer declarante que en cada caso procedan de los que se solicitan
en las casillas 15 a 45 de este apartado de la declaración, teniendo en cuenta al respecto las indicaciones particulares que seguidamente se
señalan.
Casilla 15. Tipo de vía.
Consigne la denominación correspondiente al tipo o clase de vía pública: calle, plaza, avenida, glorieta, carretera, pasaje, paseo, rambla, etc.
Casilla 17. Tipo de numeración.
Indique el tipo de numeración que proceda: número (NÚM.), kilómetro (KM.), sin número (S/N), etc.
Casilla 18. Número de casa.
Número identificativo de la casa o, en su caso, punto kilométrico.
Casilla 19. Calificador del número.
En su caso, consigne el dato que completa el número de la casa (BIS, duplicado –DUP–, moderno –MOD–, antiguo –ANT–, etc.) o el punto
kilométrico (metros).
Casilla 25. Datos complementarios.
En su caso, se harán constar los datos adicionales que resulten necesarios para la completa identificación del domicilio (por ejemplo: Urbanización
El Alcotán, Edificio La Peñota, Residencial El Valle, Polígono Miralcampo, etc.).
Casilla 26. Localidad/Población.
Consigne en esta casilla el nombre de la localidad o población en la que se encuentra situado el domicilio, cuando sea distinta del Municipio.
Casillas 30 y 31. Teléfonos, fijo y móvil.
A fin de agilizar la resolución de las incidencias que eventualmente puedan surgir en la tramitación de la declaración, sírvase consignar en las
casillas 30 y/o 31 los números de los teléfonos, fijo y móvil, en los que pueda ser más fácilmente localizado en días y horas laborables.
Casilla 42. Código país.
Los contribuyentes del IRPF residentes en el extranjero consignarán en esta casilla el código alfabético que corresponda al país o territorio en el
que tengan su residencia habitual, de acuerdo con la relación de códigos que se reproduce en la página 271 de esta Guía.
Datos adicionales de la vivienda en la que el primer declarante tiene su domicilio habitual
En las casillas 50 a 55 se harán constar, en todo caso, los datos que en el impreso se solicitan relativos a la vivienda en la que el primer declarante
tiene en la actualidad su domicilio habitual, ya sea como propietario, usufructuario o arrendatario, o como simple residente en la misma por razones
de convivencia familiar u otras.
Además, si el primer declarante y/o su cónyuge son propietarios, en todo o en parte, de la mencionada vivienda, se harán constar también, en su
caso, los datos de las plazas de garaje, con un máximo de dos, y de los trasteros y anexos adquiridos conjuntamente con la misma.
Casilla 50. Titularidad.
Respecto de la vivienda habitual y, en su caso, de cada una de las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la misma, se hará constar en
esta casilla la clave que corresponda de las siguientes:
Clave Titularidad
1 Propiedad. Vivienda, plaza de garaje, trastero o anexo de la que es propietario el primer declarante y/o su cónyuge.
2 Usufructo. Vivienda de la que es usufructuario el primer declarante y/o su cónyuge.
3 Arrendamiento. Vivienda de la que es arrendatario el primer declarante, su cónyuge o ambos.
4 Otra. Vivienda en la que reside el primer declarante sin ostentar, ni él ni su cónyuge, ningún título jurídico sobre la misma o con título
distinto de los anteriores.
Este es el caso, por ejemplo, de los contribuyentes que residen en el domicilio de sus padres o de sus hijos, o en una vivienda cedida por
la empresa o entidad en la que trabajan.
Casillas 51 y 52. Porcentaje/s de participación (en caso de propiedad o usufructo).
Siempre que el primer declarante y/o su cónyuge sean propietarios o usufructuarios, en todo o en parte, de la vivienda que constituye actualmente
su domicilio habitual (clave de titularidad "1" ó "2"), se hará constar en estas casillas, expresado con dos decimales, el porcentaje de participación
que corresponde a cada uno de ellos en la propiedad o en el usufructo sobre dicha vivienda. En caso de que parte de la vivienda se posea en
propiedad y parte en calidad de usufructuario, consigne en líneas distintas cada uno de los porcentajes.