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Año XXIII / Nº 9605 www.elperuano.com.pe Pág. 329071
R
EPUBLICA DEL PER
U
Sumario
NORMAS LEGALES
FUNDADO
EN 1825 POR EL
LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
DEMOCRÁTICA
Lima, sábado 30 de setiembre de 2006
PO DER LEG ISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 28888.- Ley que precisa que la administración de
inmueble propiedad del Estado corresponde a la
Municipalidad Distrital de Santiago de Surco 329074
PO DER EJECUTIVO
P C M
D.S. Nº 063-2006-PCM.- Incluyen a Procuradores Públicos
Ad Hoc para los casos Fujimori - Montesinos en los alcances
del D.S. Nº 082-2001-PCM sobre protección policial y
gastos de racionamiento y movilidad 329074
D.S. Nº 064-2006-PCM.- Modifican el D.S. Nº 014-2006-
PCM, sobre fecha de adecuación al Reglamento de la Ley
Nº 28305 329075
R.S. Nº 282-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Defensa a Nicaragua y encargan su Despacho al Ministro
de Relaciones Exteriores 329076
R.S. Nº 290-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Economía y Finanzas a España y encargan su Despacho al
Presidente del Consejo de Ministros 329076
R.S. Nº 291-2006-PCM.- Acreditan a representante del
Consejo Nacional del Ambiente ante el Consejo Directivo
del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,
Amazónicos y Afroperuano 329078
R.S. Nº 292-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Relaciones Exteriores a fin de efectuar una Visita Oficial a
la ciudad de La Paz, Bolivia 329079
AGRICULTURA
R.S. Nº 034-2006-AG.- Autorizan viaje de funcionaria del
INRENA a Suiza para participar en la 54º Reunión del
Comité Permanente de la CITES 329079
DEFENSA
R.S. Nº 0399-2006-DE/SG.- Autorizan viaje de personal
militar a Nicaragua para asistir a la VII Conferencia de
Ministros de Defensa de las Américas 329080
RR.SS. Nºs. 0400, 0401, 0402 y 0403-2006-DE/SG.-
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal
militar de EE.UU., Chile, Gran Bretaña, Emiratos Árabes
Unidos, Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán
329081
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 549-2006-EF/10.- Aceptan renuncia de Jefe del
Programa Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales
del Ministerio 329083
R.M. Nº 551-2006-EF/10.- Aceptan renuncia de Director
General de la Dirección General de Asuntos Económicos y
Sociales del Ministerio 329084
R.D. Nº 050-2006-EF/76.01.- Aprueban Calendario de
Compromisos Trimestral Mensualizado para los pliegos
del Gobierno Nacional, de los meses octubre, noviembre y
diciembre del año fiscal 2006 329084
ENERGÍA Y MINAS
D.S. Nº 057-2006-EM.- Aprueban Norma "Procedimiento
de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector
Electricidad" 329085
R.M. Nº 465-2006-MEM/DM.- Dan por concluida
designación y encargan funciones de Director de Personal
de la Oficina General de Administración del Ministerio
329088
R.M. Nº 466-2006-MEM/DM.- Aceptan renuncia de
Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero
de la Dirección General de Minería 329089
R.M. Nº 467-2006-MEM/DM.- Designan Director de la
Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la
Dirección General de Minería 329089
R.M. Nº 468-2006-MEM/DM.- Modifican Anexo de la
R.M. Nº 205-2006-MEM/DM referente al procedimiento
para la Auditoría Integral de Ductos de los Sistemas de
Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del
proyecto Camisea 329089
INTERIOR
R.M. Nº 2019-2006-IN/PNP.- Autorizan viaje de Personal
de la PNP a Colombia, en comisión de servicios 329090
JUSTICIA
R.S. Nº 163-2006-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador
Adjunto Ad Hoc del Ministerio 329091
R.S. Nº 164-2006-JUS.- Autorizan a Procurador Público
Ad Hoc a cargo de los asuntos de la SUNARP para suscribir
Transacción Extrajudicial con el Banco de Crédito del Perú
329091
R.S. Nº 165-2006-JUS.- Reconocen a Obispo de Tacna y
Moquegua 329092
MIMDES
R.M. Nº 713-2006-MIMDES.- Formalizan constitución
de la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Conflicto
con la Ley Penal 329092
R.M. Nº 714-2006-MIMDES.- Aceptan renuncia de Jefe
de la Oficina de Informática y Desarrollo de Sistemas de la
Secretaría General del Ministerio 329093
R.M. Nº 715-2006-MIMDES.- Designan Jefe de la Oficina
de Tesorería de la Oficina General de Administración
329093
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
329072
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
R.M. Nº 717-2006-MIMDES.- Designan Asesor Ad
Honórem del Despacho Ministerial 329093
R.M. Nº 719-2006-MIMDES.- Designan Presidente del
Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima
Metropolitana 329093
RELACIONES EXTERIORES
R.S. Nº 293-2006-RE.- Encargan el Despacho del Ministro
de Relaciones Exteriores al Ministro de Defensa 329094
R.S. Nº 350-2006-RE.- Remiten al Congreso de la
República documentación referente a la "Medida 1 (2005)
Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre
Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad derivada
de emergencias medioambientales" 329094
R.S. Nº 351-2006-RE.- Autorizan a ciudadanos peruanos
residentes en España para que presten servicios en las Fuerzas
Armadas Españolas 329094
R.M. Nº 1160/RE.- Oficializan "I Conferencia Interna-
cional sobre Trata de Personas: Situación actual,
perspectivas y desafíos", a realizarse en la ciudad de Lima
329095
R.M. Nº 1161/RE.- Oficializan evento de la CIER sobre
desafíos energéticos para la seguridad de abastecimiento
en Sudamérica y América Central, a realizarse en la ciudad
de Cusco 329095
R.M. Nº 1168/RE.- Designan Asesora de la Secretaría de
Administración para Asuntos de Logística 329095
SALUD
R.M. Nº 919-2006/MINSA.- Designan Director General
de la Dirección General de Investigación Académica y de
Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo de Recursos
Humanos 329096
Fe de Erratas R.M. Nº 892-2006/MINSA 329096
Fe de Erratas R.M. Nº 895-2006/MINSA 329096
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
D.S. Nº 032-2006-MTC.- Modifican el Reglamento
Nacional de Tránsito 329096
D.S. Nº 033-2006-MTC.- Modifican D.S. Nº 010-2006-
MTC que aprobó la tabla de valores referenciales para
aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
en el servicio de transporte de bienes realizado por vía
terrestre 329099
R.VM. Nº 484-2006-MTC/03.- Modifican Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio
de radiodifusión por televisión para la banda de VHF
en localidades del departamento de Huancavelica
329103
R.D. Nº 114-2006-MTC/12.- Otorgan a Aerocóndor
S.A.C. permiso de operación del servicio de transporte
aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo
329119
PO DER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
R. Adm. Nº 113-2006-CE-PJ.- Disponen que la función
de Vocal Superior a cargo de la Comisión Distrital de Control
de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia sea a
dedicación exclusiva 329121
R. Adm. Nº 115-2006-CE-PJ.- Disponen implementar
cinco Juzgados Civiles con subespecialidad comercial en
el Distrito Judicial de Lima 329121
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Nº 453-2006-CSJCN/PJ.- Disponen funcionamiento
de la Primera y Segunda Salas Superiores Transitorias
Mixtas de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
329122
O RG ANISM O SAUTÓ NO M O S
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. Nº 072-2006-BCRP.- Autorizan viaje de representante
de la institución en evento organizado por el Banco de
México 329122
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Res. Nº 0039-2006/DP.- Aprueban Reglamento de Orga-
nización y Funciones de la Defensoría del Pueblo
329123
ONPE
R.J. Nº 224-2006-J/ONPE.- Aprueban "Disposiciones
sobre la atención preferente a ciudadanos con discapacidad,
mujeres embarazadas y adultos mayores durante procesos
electorales" 329130
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 1177-2006-MP-FN.- Declaran no ha lugar el
traslado de Fiscal Titular de la Tercera Fiscalía
Provincial Mixta de Maynas al Distrito Judicial de Lima
329132
RR. Nºs. 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189 y 1190-
2006-MP-FN.- Nombran Fiscales Provisionales en los
Distritos Judiciales de Ayacucho, Moquegua, Huancavelica,
Lima, Huánuco, Ucayali y Huaura 329133
S B S
Res. SBS Nº 1185-2006.- Rehabilitan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de Seguros 329135
Res. SBS Nº 1238-2006.- Autorizan organización de la
empresa de transferencia de fondos ETF Money King's
Payment Systems S.A.C. 329136
Res. SBS Nº 1259-2006.- Acuerdo Complementario para
la Transferencia de Fondos Previsionales entre la República
de Chile y la República de Perú, suscrito entre la
Superintendencia de AFP de Chile y la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP de Perú 329137
O RG ANISM O SDESCENTRALIZADO S
FONAFE
Acuerdo Nº 010-2006/024-FONAFE.- Se aprueba dejar
sin efecto la designación de Directores en empresas en las
que FONAFE participa como accionista 329149
Acuerdo Nº 010-2006/024-FONAFE.- Designan
miembros de Directorio de Empresa en la que FONAFE
participa como accionista 329149
Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Se aprueba dejar
sin efecto la designación de Director en Empresas en las
que FONAFE participa como Accionista 329149
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329073
R
EPUBLICA DEL PER
U
Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Se toma conoci-
miento de renuncia de miembros de Directorio de empresas
en las que FONAFE participa como accionista 329149
Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Designan Miem-
bros de los Directorios de las Empresas en las que FONAFE
participa como Accionista 329150
Res. Nº 198-2006/DE-FONAFE.- Modifican los literales
h) e i) e incluyen el literal k) en el numeral 3.8.1. de la
Directiva de Transparencia en la Gestión de las empresas
bajo el ámbito de FONAFE 329150
INDECI
R. Subj. Nº 118-2006-INDECI.- Aprueban relación de
bienes de ayuda humanitaria a ser adquiridos por el INDECI
329151
I N E I
R.J. Nº 281-2006-INEI.- Conforman Grupo de Trabajo
Especializado Ocupación Laboral, al interior del Comité
de Coordinación Interinstitucional de Estadística
329151
I N P E
Res. Nº 586-2006-INPE/P..- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de alimentos preparados para el
Establecimiento Penitenciario de Huamancaca, Dirección
Regional Centro Huancayo 329152
INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ
Res. Nº 145-IGP/06.- Exoneran de proceso de selección
la contratación de servicios de seguridad y vigilancia,
seguro médico familiar y seguro de bienes e inmuebles
329154
SUNAT
Res. Nº 158-2006/SUNAT.- Modifican Normas para la
aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
con el Gobierno Central al Transporte de Bienes realizado
por vía terrestre 329155
G O BIERNO SREG IO NALES
GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Ordenanza Nº 044-GRJ/CR.- Aprueban Reglamento de
Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres
y Transportistas Manuales de Carga de Productos Agrícolas
329155
Ordenanza Nº 048-GRJ/CR.- Declaran de necesidad
pública la realización de la Campaña de Vacunación para
erradicación del Sarampión y eliminación de la Rubéola y
Síndrome de Rubéola Congénita 329156
GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN
Ordenanza Nº 029-2005-GRSM/CR.- Aprueban creación
de la Red Regional de Atención y Educación a la Primera
Infancia en la Región San Martín 329157
Ordenanza Nº 013-2006-GRSM/CR.- Aprueban Tasas de
Interés vigentes para aplicarse a préstamos vencidos en
moneda nacional y extranjera 329158
G O BIERNO SLO CALES
MUNICIPALIDAD DE
ATE
Res. Nº 00045.- Aprueban regularización de habilitación
urbana ejecutada parcial de terreno y autorizan obras
faltantes 329159
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
D.A. Nº 43.- Prorrogan la "Campaña Promocional de
Adquisición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o
Defunción a través de Internet", dispuesta mediante
Ordenanza Nº 228 329160
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Ordenanza Nº 172-MSI.- Ordenanza que regula la
Licencia de Funcionamiento y procedimientos conexos
329161
D.A. Nº 015-2006-ALC/MSI.- Prorrogan vigencia de
la Ordenanza Nº 166-MSI, para el cumplimiento de
obligaciones tributarias sustanciales y/o formales
329167
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE PORRES
Ordenanza Nº 191-MDSMP.- Modifican Cronograma del
Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo -
Año Fiscal 2007 329167
Ordenanza Nº 192-MDSMP.- Declaran prioritaria la
realización de la "Campaña de Vacunación para la
eliminación de la Rubéola y el Síndrome de Rubéola
Congénita - SRC" 329168
D.A. Nº 021-2006-MDSMP.- Modifican la Ordenanza
Nº 114-MDSMP, que aprobó el TUPA de la Municipalidad
de San Martín de Porres 329169
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ROSA
R.A. Nº 075-2006/MDSR.- Prorrogan designación de
Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad329170
CO NVENIO SINTERNACIO NALES
Entrada en vigencia del "Protocolo Facultativo de la
Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes" 329170
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
329074
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
PO DER LEG ISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEYNº28888
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEYQUEPRECISA QUELA ADMINISTRACIÓN DE
UN INMUEBLEPROPIEDAD DELESTADO
CORRESPONDE A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DESANTIAGO DESURCO
Artículo 1º.- De la administración
Precísase que la administración del inmueble de
4244,00 m2 propiedad del Estado, que se encuentra
ubicado con frente a la calle José María de la Jara,
Manzana “P” de la urbanización Las Magnolias de
Surco, distrito de Santiago de Surco, provincia y
departamento de Lima, debidamente inscrito en la
Ficha Nº 187699 y Partida Electrónica Nº 49040073
del Registro de Propiedad Inmueble de Lima,
corresponde a la Municipalidad Distrital de Santiago
de Surco.
Artículo 2º.- Del uso y destino del inmueble
La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco
destinará el inmueble de 4244,00 m2 propiedad del
Estado, para la construcción del Centro Cultural Ecológico
“Antonia Moreno de Cáceres”.
Artículo 3º.- De la formalización de la
transferencia
Encárgase a la Superintendencia de Bienes
Nacionales las acciones necesarias para formalizar y
materializar la administración a favor de la Municipalidad
Distrital de Santiago de Surco, que dispone el artículo 1º
de la presente Ley.
Artículo 4º.- De la derogatoria
Quedan derogados todos los dispositivos legales que
se opongan a la presente Ley.
Artículo 5º.- De la vigencia
La presente Ley entrará en vigencia desde el día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso
de la República, insistiendo en el texto aprobado en
sesión de la Comisión Permanente del veintiuno de julio
de dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno
que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre
de dos mil seis.
MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE
Presidenta del Congreso de la República
JOSÉ VEGA ANTONIO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
02633-1
PO DER EJECUTIVO
P C M
Incluyen a Procuradores Públicos Ad
H oc para loscasosFujim ori-M ontesinos
en los alcances del D .S. Nº 082-2001-
PCM sobre protección policialy gastos
de racionam iento y m ovilidad
DECRETO SUPREMO
Nº 063-2006-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decretos Supremos Nºs. 011-2001-PCM y
020-2001-PCM, se establecen disposiciones sobre
protección policial y movilidad de personas que
desempeñaron el cargo de Ministro de Estado o de
funcionarios con rango de Ministro;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2001-PCM,
se dispuso comprender al Procurador Público Ad Hoc y
Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc para los casos
Fujimori-Montesinos, designados mediante Resoluciones
Supremas Nº 240-2000-JUS, Nº 241-2000-JUS y Nº 064-
2001-JUS, que se encontraban ejerciendo dicho
encargo, dentro de los alcances de los Decretos
Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM, para
cubrir gastos de racionamiento y movilidad de la
protección policial que les ha sido asignada;
Que, por Decreto Supremo Nº 009-2002-JUS y
Decreto Supremo Nº 088-2004-PCM, se incluyó a los
nuevos Procuradores Públicos Ad Hoc para los casos
Fujimori-Montesinos, designados por Resoluciones
Supremas Nºs. 016, 017, 018 y 019-2002-JUS, y 267-
2004-JUS, en los alcances del Decreto Supremo Nº 082-
2001-PCM;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 156-2006-
JUS, se designó al Procurador Público Ad Hoc a cargo
de la representación de la defensa de los derechos e
intereses del Estado respecto de los procesos
instaurados contra el ex Presidente de la República,
Alberto Fujimori Fujimori, Vladimiro Montesinos Torres y
las demás personas que resulten involucradas por delitos
contra la administración pública y otros, en agravio del
Estado;
Que, es necesario incluir a los nuevos Procuradores
Públicos Ad Hoc para los casos Fujimori-Montesinos,
en los alcances del Decreto Supremo Nº 082-2001-PCM,
para cubrir los gastos por concepto de protección policial,
racionamiento y movilidad;
Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 143 y
144-2006-JUS, se designó al señor abogado Gino
Augusto Tomás Ríos Patio como Procurador Público Ad
Hoc, y a los señores abogados Daniel Fernando Bolaños
Galindo y Carlos Enrique Liñán Arana como
Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc,
respectivamente, para que en representación de los
derechos e intereses del Estado, interpongan las acciones
legales pertinentes, intervengan en los procesos
judiciales, investigaciones preliminares y procedimientos
de acusación constitucional instaurados contra Altos
Funcionarios del Poder Ejecutivo que ejercieron cargos
públicos en el período comprendido desde el 28 de julio
del año 2001 al 27 de julio del año 2006 y las demás
personas que resulten responsables por los delitos contra
la administración pública y otros, en agravio del Estado;
ampliándose sus facultades por Resolución Suprema
Nº 151-2006-JUS, a efectos que la representación se
ejerza además contra funcionarios de nivel jerárquico
inmediatamente inferior, así como funcionarios de
Dirección y de Confianza, y demás personas que
resulten responsables;
Que, atendiendo a la naturaleza excepcional de las
funciones asignadas a los Procuradores antes
mencionados, y a la contribución que realizan en el marco
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329075
R
EPUBLICA DEL PER
U
de la lucha contra la corrupción, resulta indispensable
que se les otorgue las medidas de seguridad apropiadas,
para lo cual es necesario ampliar los marcos previstos
en los Decretos Supremos Nºs. 011-2001-PCM y 020-
2001-PCM, para otorgarles protección policial, así como
cubrir los gastos de racionamiento y movilidad con cargo
al presupuesto del Ministerio de Justicia;
Que, teniendo en cuenta las designaciones
producidas, es conveniente que la inclusión de los
Procuradores Públicos Ad Hoc en el Decreto Supremo
Nº 082-2001-JUS, se realice en función del encargo
conferido y no de la persona que lo ejecuta;
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos
Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ámbito de aplicación
Incorporar en el artículo 1º del Decreto Supremo
Nº 082-2001-PCM, el siguiente párrafo:
"El Procurador Público Ad Hoc y los Procuradores
Públicos Adjuntos Ad Hoc, a cargo de las acciones de los
casos Fujimori-Montesinos, así como el Procurador Público
Ad Hoc y los Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc
relacionados con los casos que involucren a funcionarios
públicos y Altos Funcionarios del Poder Ejecutivo, designados
y por designar, se encontrarán dentro de los alcances de los
Decretos Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM".
Artículo 2º.- Medidas Administrativas
Autorizar al Ministerio de Justicia a disponer las
medidas administrativas conducentes para la aplicación
de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de
Justicia y la Ministra del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil
seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
MARÍA ZAVALA VALLADARES
Ministra de Justicia
PILAR ELENA MAZZETTI SOLER
Ministra del Interior
02633-3
M odifican el D .S. N º 014-2006-PCM ,
sobre fecha de adecuación alReglam ento
de la Ley Nº 28305
DECRETO SUPREMO
Nº 064-2006-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28305 se establecieron
medidas de control y fiscalización de los insumos
químicos y productos que directa o indirectamente
puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas
derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que
se obtienen a través de procesos de síntesis;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM
se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28305,
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
329076
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
estableciéndose en su Primera Disposición Final y
Transitoria que la adecuación del Reglamento deberá
efectuarse en un plazo máximo de ciento cincuenta (150)
días, a partir de la vigencia de la Ley;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM
se modificó la citada Disposición Final y Transitoria,
estableciéndose que la adecuación al Reglamento deberá
efectuarse como máximo hasta el 30 de setiembre del 2006;
Que, debido al alto número de solicitudes de expedición
de certificados de usuarios de insumos químicos y
productos fiscalizados que se vienen tramitando en las
Unidades Especializadas Antidrogas de la Policía Nacional
del Perú, las que al vencimiento del plazo establecido en el
Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, no lograrían
procesar y expedir los referidos certificados de usuarios
a todas las empresas solicitantes, resulta necesario
ampliar el plazo de adecuación del reglamento hasta el 28
de febrero del 2007; y,
De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la
Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 014-2006-PCM, el cual queda redactado de
la siguiente manera:
"La adecuación al Reglamento deberá efectuarse
como máximo hasta el 28 de febrero del 2007".
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
por los Ministros del Interior y de la Producción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
PILAR ELENA MAZZETTI SOLER
Ministra del Interior
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
02634-1
Autorizan viaje delM inistro de D efensa
a Nicaragua y encargan su D espacho
al M inistro de R elaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 282-2006-PCM
Lima, 25 de setiembre de 2006
Vista la Hoja de Recomendación Nº 059-DIGEPE/B/
01, del 23 de agosto del 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses del Sector
Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de
Servicio, del Ministro de Defensa, con la finalidad que
asista a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de
las Américas, convocada por la Secretaría Pro Témpore
de dicha Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa
de la República de Nicaragua, que se realizará entre los
días 1 y 5 de octubre del 2006 en la ciudad de Managua,
República de Nicaragua, siendo la asistencia del Ministro
de Defensa, del 1 de octubre al 4 de octubre 2006;
Que, la participación del Perú en la VII Conferencia de
Ministros de Defensa de las Américas, hará conocer de
forma individual la visión sobre la problemática de
seguridad y defensa hemisférica que tiene cada país de
la comunidad americana;
Que, la asistencia del Perú a la VII Conferencia de
Ministros de Defensa de las Américas, permitirá
desarrollar las tres líneas temáticas de la agenda
propuesta por la Secretaría Pro-Témpore, acorde con
los intereses nacionales en materias de seguridad y
defensa, participando y opinando en el proyecto de
declaración conjunta que realizarán los Ministros de
Defensa de las Américas, como resultado de las sesiones
plenarias y de los comités de Trabajo;
Que, teniendo en cuenta que el Ministro de Defensa
se ausentará del país del 1 al 4 de octubre del 2006, a fin
de concurrir a la VII Conferencia antes mencionada, es
necesario encargar el Despacho del Ministro de Defensa,
en tanto dure la ausencia del titular;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley
del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha
26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo
Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; así
como el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, del señor Ministro de Defensa, Embajador
Allan WAGNER TIZÓN, a la ciudad de Managua -
República de Nicaragua del 1 al 4 de octubre del 2006.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán cubiertos mediante
recursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/
MINDEF, de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes
Lima - Managua - Lima
US$ 980.001 x 1 persona
Viáticos
US$ 200 x 5 días x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de
Defensa al Ministro de Estado en el Despacho de
Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio GARCÍA
BELAÚNDE, a partir del 1 de octubre del 2006 y mientras
dure la ausencia del Titular.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da
derecho a exoneración ni liberación de impuestos o
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
02508-11
A utorizan viaje del M inistro de
E conom ía y Finanzas a E spaña y
encargan su D espacho alPresidente del
Consejo de M inistros
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 290-2006-PCM
Lima, 28 de setiembre de 2006
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329077
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EPUBLICA DEL PER
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EPUBLICA DEL PER
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 015-2006-EF/76.01
A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y
DEL GOBIERNO REGIONAL
PRESENTACIÓNDEINFORMACIÓNPRESUPUESTARIACORRESPONDIENTEAL
AÑO FISCAL 2006
Se recuerda a los Pliegos Presupuestarios conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional,
que los plazos para la presentación de la información presupuestaria correspondiente al año fiscal 2006
a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, que debe ser remitida en el mes de octubre, se
realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
ANEXO Nº 01
Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria
A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Nacional
• Solicitud de Ampliación del Calendario de Compromisos Dentro de los primeros diez (10) días
por motivos excepcionales de cada mes.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 16º numeral 16.2.
• Presentación de copias de las Resoluciones que aprueban Dentro de los cinco (5) días siguientes
Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional de aprobada la Resolución.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 20º.
• Presentación de copias de las Resoluciones de Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes
Presupuestarias de Habilitaciones y Anulaciones, entre de aprobada la Resolución.
Unidades Ejecutoras.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 - art. 21º numeral 21.3
literal a).
• Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de Mes 09 : hasta el 10 de octubre de
una Unidad Ejecutora. 2006.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 21º numeral 21.3
literal b).
• Presentación a la DNPP de copia de las Resoluciones a Mes 09 : hasta el 16 de octubre de
que se refiere el artículo 21º numeral 21.3 literal b) de la 2006.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01
• Información relativa al proceso presupuestario (Ejecución III Trimestre : hasta el 10 de octubre
Presupuestal de Ingresos y Egresos). de 2006.
- Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 - art. 8º.
ANEXO Nº 01/GR
Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria
A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Regional
• Presentación de los Formatos Nºs 03 y 04 - PEAS de Activos, Desde el 30 de setiembre de 2006
Pensionistas y CAFAE a nivel de Unidad Ejecutora. hasta el 10 de octubre de 2006.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 29º (numeral 1)
y Art. 35º.
• Presentación de copia de la Resolución que aprueba los IV Trimestre : Dentro de los cinco (5)
Calendarios de Compromisos Trimestrales Mensualizado. primeros días de iniciado el trimestre.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 18º.
• Presentación de copias de las Resoluciónes que aprueban Mes 10:Desde el 01 al 31 de octubre
las Ampliaciones de los Calendarios de Compromisos. de 2006.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 18º 18.4.
• Presentación de copias de las Resoluciones que aprueban Dentro de los cinco (5) días siguientes
Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional. de aprobada la Resolución.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 22º.
• Presentación de copias de las Resoluciones de Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes
Presupuestarias de Créditos y Anulaciones, entre Unidades de aprobada la Resolución.
Ejecutoras.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, a), II).
• Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de Mes 09 : hasta el 10 de octubre de
una Unidad Ejecutora. 2006.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, b), I).
NORMAS LEGALES
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EPUBLICA DEL PERU
329078
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte,
Ministro de Economía y Finanzas, viajará a las ciudades
de Madrid y Barcelona, Reino de España, del 3 al 7 de
octubre de 2006, para sostener reuniones con
autoridades del gobierno español, con inversionistas y
para suscribir un Convenio de Canje de Deuda, asimismo
asistirá invitado en el marco de la Agenda de Desarrollo
Iberoamericano por la Fundación CIDOB, para participar
en el Seminario "Políticas Económicas para un Nuevo
Pacto Social en América Latina";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 070-2006-EF,
se aprobó el "Programa de Conversión de Deuda de
Perú frente a España" a ser acordado entre la República
del Perú y el Gobierno de España;
Que, en tal sentido es necesario autorizar su viaje en
misión oficial, debiendo el Ministerio de Economía y
Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos
no cubiertos por la Fundación CIDOB;
Que, en tanto dure la ausencia del titular, es necesario
encargar la Cartera de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º
de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo
Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619,
modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en
misión oficial del Ministro de Economía y Finanzas, señor
Luis Julián Martín Carranza Ugarte a las ciudades de
Madrid y Barcelona, Reino de España, del 3 al 7 de
octubre de 2006, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, no cubiertos por la Fundación
CIDOB, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 -
Administración General del Pliego Ministerio de Economía
y Finanzas, según detalle:
Viáticos : US$ 1 040,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25
Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y
Finanzas al señor JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ,
Presidente del Consejo de Ministros, a partir del 3 de
octubre de 2006 y mientras dure la ausencia del Titular.
Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
02554-1
Acreditan a representante delConsejo
NacionaldelAm biente ante elConsejo
D irectivo del Instituto N acional de
D esarrollo de P ueblos A ndinos,
Am azónicos y Afroperuano
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 291-2006-PCM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28495 - Ley del
Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,
Amazónicos y Afroperuano establece que el Consejo
Directivo es el órgano máximo de dicha Entidad
conformado por veintitrés miembros, entre ellos un
representante del Consejo Nacional del Ambiente, el
mismo que es acreditado mediante Resolución
Suprema;
Que, corresponde acreditar al representante del
Consejo Nacional del Ambiente - CONAM ante el Consejo
Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos
Andinos, Amazónicos y Afroperuano;
De conformidad con lo establecido por el Decreto
Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779, la Ley
Nº 27594 y la Ley Nº 28495;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditación
Acreditar al señor MANUEL ERNESTO BERNALES
ALVARADO como representante del Consejo Nacional
del Ambiente ante el Consejo Directivo del Instituto
Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos
y Afroperuano.
• Presentación de copia de las Resoluciones de Modificaciones Mes 09 : hasta el 16 de octubre de
Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora. 2006.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, b), I).
• Información relativa al proceso presupuestario (Ejecución III Trimestre : hasta el 10 de octubre
Presupuestal de Ingresos y Egresos). de 2006.
- Directiva Nº 002-2006-EF/76.01 - art. 35º.
Se exhorta a los responsables de la presentación de la información antes mencionada, dar cumplimiento
estricto a los plazos de aprobación y remisión, según corresponda, a fin de permitir la fluidez y seguimiento
del proceso presupuestario del Sector Público.
Lima, 29 de setiembre de 2006
DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
02627-1
A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Regional
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329079
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EPUBLICA DEL PER
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Artículo 2º.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
02633-15
A utorizan viaje del M inistro de
R elaciones Exteriores a fin de efectuar
una Visita O ficial a la ciudad de La
Paz, Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 292-2006-PCM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Estado en el Despacho de
Relaciones Exteriores, señor José Antonio García
Belaúnde, realizará una Visita Oficial a la ciudad de La
Paz, República de Bolivia, el 6 de octubre de 2006,
atendiendo a una gentil invitación del Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, David
Choquehuanca;
Que, en la citada Visita Oficial se abordarán temas
vinculados a la entrada en vigencia del Tratado General
de Integración y Cooperación para la Conformación de
un Mercado Común entre la República del Perú y la
República de Bolivia - TGI, a los trabajos que se
realizarán en los próximos años en el marco de la
Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca, Río
Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa - ALT,
entre otros importantes asuntos de la agenda bilateral;
Que es prioridad de la política exterior del Perú
reforzar a nivel regional las relaciones de orden político
y económico con los países vecinos con los cuales
compartimos intereses y objetivos comunes;
De conformidad con la Cuarta Disposición
Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g)
y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE,
Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley
Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos, su modificatoria la Ley Nº 28807; y su
Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de
Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025-
2005, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-
2006; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2006; y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto
de Urgencia Nº 002-2006;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de
Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor
José Antonio García Belaúnde, a fin de efectuar una
Visita Oficial a la ciudad de La Paz, República de Bolivia,
el 6 de octubre de 2006.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la
participación del Ministro de Estado en el Despacho de
Relaciones Exteriores por concepto de pasajes US$
755.05, viáticos US$ 400.00 y tarifa por uso de
aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,
debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días al término de la referida
comisión.
Artículo Tercero.- La presente Resolución no da
derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
02633-16
AGRICULTURA
A utorizan viaje de funcionaria del
INR ENA a Suiza para participar en la
54º R eunión del Com ité Perm anente
de la CITES
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 034-2006-AG
Lima, 29 de setiembre de 2006
VISTA:
La Notificación a las Partes Nº 2006/038 de la
Secretaría de la Convención sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestre (CITES), comunicando la realización de la 54º
Reunión del Comité Permanente de la Conferencia de
las Partes que se celebrará en Ginebra, Suiza, del 2 al 6
de octubre de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero
de 1975, se aprobó la Convención para el Comercio
Internacional de las Especies Amenazadas de Fauna y
Flora Silvestre - CITES, la cual tiene como objetivo
principal la conservación de las especies de fauna y
flora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha
Convención contra su explotación excesiva a través del
comercio internacional;
Que, el numeral 3.27 del artículo 3º del Reglamento
de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por
Decreto Supremo Nº 014-2001-AG modificado por
Decreto Supremo Nº 010-2005-AG, define a CITES -
Perú como la autoridad administrativa de la CITES en el
Perú representada por el Instituto Nacional de Recursos
Naturales - INRENA;
Que, según el artículo 31º del Reglamento de
Organización y Funciones del INRENA aprobado por
Decreto Supremo Nº 02-2003-AG, la Dirección de
Conservación de la Biodiversidad Forestal y de Fauna
Silvestre del INRENA, tiene entre sus funciones
administrar y operar la Convención Sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna
Silvestre - CITES y en su calidad de Autoridad
Administrativa Científica de la CITES - Perú, emite los
permisos de exportación, reexportación e importación
de flora y fauna silvestre;
Que, en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de octubre de 2006
se llevará a cabo la 54º Reunión del Comité Permanente
de la Conferencia de las Partes, en la que se negociarán
temas importantes vinculados a la gestión del INRENA,
tales como el "Plan Estratégico de la CITES: 2008 - 2013",
el examen de las Resoluciones y Decisiones de la
CITES, la gestión de los cupos de exportación, el
comercio internacional de la caoba, directrices para el
NORMAS LEGALES
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EPUBLICA DEL PERU
329080
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
cumplimiento de la Convención, leyes nacionales para
aplicar la Convención, incentivos económicos, entre
otros;
Que, la CITES ha efectuado recomendaciones al Perú
con relación al comercio de la Caoba (Switenia
macropylla), y para su protección ha propuesto que en
la 54º Reunión del Comité Permanente de la CITES se
analice el documento SC54 Doc. 31.1, en el cual se
propone que el Comité Permanente recomiende a las
Partes que no autoricen la importación de especímenes
de caoba de Perú; asimismo ha propuesto que el Comité
Permanente solicite al Comité de Flora que reconsidere
su decisión y aliente la inclusión de la caoba en el examen
de comercio significativo;
Que, el INRENA mediante Carta Nº 276-2006-
INRENA-J-IFFS de fecha 11 de septiembre del 2006,
solicitó a la Secretaría de la CITES la inscripción del Jefe
del INRENA, y de la bióloga Marina Rosales Benites,
para que participen en calidad de representantes de la
Autoridad Administrativa CITES - Perú, en la 54º Reunión
del Comité Permanente de la CITES;
Que, en consecuencia, a fin de transmitir los avances
y logros obtenidos por el país, con relación a las
recomendaciones de la CITES, es necesaria la
participación del INRENA en la mencionada reunión, en
calidad de Autoridad Administrativa CITES - Perú,
debiéndose autorizar el viaje de la bióloga Marina Rosales
Benites, especialista de la Dirección de Conservación
de la Biodiversidad de la Intendencia Forestal y de Fauna
Silvestre del INRENA;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la
Ley Nº 27619, modificado por el Decreto de Urgencia
Nº 006-2006, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 28652 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la bióloga Marina
Rosales Benites, especialista de la Dirección de
Conservación de la Biodiversidad de la Intendencia
Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, para que
participe en calidad de representante de la Autoridad
Administrativa CITES - Perú, en la 54º reunión del Comité
Permanente, a realizarse en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de
octubre de 2006.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Pliego 162
- INRENA, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 1,635.82
Viáticos US$ 1,300.00
Tarifa Única por uso de Aeropuerto US$ 30.25
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga
derecho de exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria
deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro
de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA
Ministro de Agricultura
02633-6
DEFENSA
Autorizan viaje de personal m ilitar a
N icaragua para asistir a la V II
Conferencia de M inistros de D efensa
de las Am éricas
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 399-2006-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2006
Vista la Hoja de Recomendación Nº 059-DIGEPE/B/
01, del 23 agosto del 2006;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses del Sector
Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de
Servicio, del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas, del Director Ejecutivo de Asuntos
Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General
de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, y del
Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del
Ministerio de Defensa, acompañando al señor Ministro
de Defensa, con la finalidad que asistan a la VII
Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas,
convocada por la Secretaría Pro Témpore de dicha
Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa de la
República de Nicaragua, que se realizará entre los días
1 y 5 de octubre del 2006 en la ciudad de Managua,
República de Nicaragua;
Que, la participación del Perú en la VII Conferencia de
Ministros de Defensa de las Américas, hará conocer de
forma individual la visión sobre la problemática de
seguridad y defensa hemisférica que tiene cada país de
la comunidad americana;
Que, la asistencia del Perú a la VII Conferencia de
Ministros de Defensa de las Américas, permitirá
desarrollar las tres líneas temáticas de la agenda
propuesta por la Secretaría Pro-Témpore, acorde con
los intereses nacionales en materias de seguridad y
defensa, participando y opinando en el proyecto de
declaración conjunta que realizarán los Ministros de
Defensa de las Américas, como resultado de las sesiones
plenarias y de los Comités de Trabajo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619
- Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley
del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de
fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de
2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas Vicealmirante José ASTE Daffós, del
1 al 5 octubre 2006, al Director Ejecutivo de Asuntos
Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General
de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, señor
embajador José Antonio BELLINA ACEVEDO del 1 al 4
de octubre 2006, y al Jefe de la Oficina de Asuntos
Internacionales de la Dirección de Asuntos
Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General
de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, señor
Capitán de Navío Santiago LLOP MESEGUER, del 1 al 5
de octubre del 2006; todo el personal antes citado, a la
ciudad de Managua - República de Nicaragua, a fin
asistan a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de
las Américas.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán cubiertos mediante
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329081
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EPUBLICA DEL PER
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recursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/
MINDEF, de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes (Lima - Managua - Lima)
US$ 980.001 x 3 personas
Viáticos
- US$ 200 x 5 días x 1 persona Embajador José Antonio
BELLINA ACEVEDO
- US$ 200 X 6 días x 2 personas Vicealmirante José ASTE DAFFÓS
Capitán de Navío Santiago
LLOP MESEGUER
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 3 personas
Artículo 3º.- El citado personal deberá cumplir con lo
dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da
derecho a exoneración ni liberación de impuestos o
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
02633-7
A utorizan ingreso al territorio de la
R epública de personal m ilitar de
EE.UU.,Chile,G ran Bretaña,Em iratos
Á rabes U nidos, B ulgaria, M alasia,
K enia,Ucrania,Irak y Pakistán
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 400-2006-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº 850, de fecha 28 de
agosto de 2006, el Director General para Asuntos de
Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el
ingreso de personal militar de los Estados Unidos de
América, sin armas de guerra;
Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades
Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de
América, en el marco del Convenio firmado en 1984,
entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio
de Marina de entonces y la Marina de los Estados
Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales
labora personal militar americano;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la Autorización y Consentimiento para
el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la
República, establece que la autorización de ingreso al
territorio peruano del personal militar extranjero sin
armas de guerra por razones protocolares, de
asistencia cívica, actividades académicas, de
entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante
Resolución Suprema, en la que se debe especificar los
motivos, la identificación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano;
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar de los Estados Unidos de
América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma
parte de la presente Resolución, del 1 al 16 de octubre de
2006, para participar en un estudio de investigación que
realiza el Centro de Investigación de EnfermedadesTropicales
de la Marina de los Estados Unidos de América - NMRCD.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,
Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las
Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24
horas de su expedición.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 400-2006-DE/SG
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal
militar de los Estados Unidos de América para participar en un
estudio de investigación que realiza el Centro de Investigación de
Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de
América - NMRCD.
2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA,
QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
1. CAPITÁN DE NAVÍO STEPHEN SAVARINO
3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE
Sin armas.
4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL
Del 1 al 16 de octubre de 2006
02633-8
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 401-2006-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº 883 de fecha 1 de setiembre
de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal militar
de la República de Chile, sin armas de guerra;
Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados
Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile se acordó la
realización de una pasantía de Salud;
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
329082
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la Autorización y Consentimiento para
el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la
República, establece que la autorización de ingreso al
territorio peruano del personal militar extranjero sin
armas de guerra por razones protocolares, de
asistencia cívica, actividades académicas, de
entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante
Resolución Suprema, en la que se debe especificar los
motivos, la identificación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano;
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar Chileno, cuyo nombre se
indica en el anexo que forma parte de la presente
Resolución, del 1 al 7 de octubre de 2006, para participar
en una pasantía de Salud con el Ejército del Perú.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,
Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las
Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24
horas de su expedición.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 401-2006-DE/SG
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal
militar de la República de Chile para participar en una pasantía de
Salud con el Ejército del Perú.
2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA
REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE
INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
1. TENIENTE CORONEL JUAN SANTIBAÑEZ VERGARA
3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE
NO INDICAN
4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL
Del 1 al 7 de octubre de 2006
02633-9
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 402-2006-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº 881 de fecha 1 de
setiembre de 2006, el Director General para Asuntos de
Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el
ingreso de personal militar de la República de Chile, sin
armas de guerra;
Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados
Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile, se acordó
ejecutar el intercambio en el área de Desarrollo
Tecnológico entre ambos Países;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la Autorización y Consentimiento para el
ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la
República, establece que la autorización de ingreso al
territorio peruano del personal militar extranjero sin armas
de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,
actividades académicas, de entrenamiento o similares
debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la
que se debe especificar los motivos, la identificación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el
tiempo de permanencia en el territorio peruano;
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar chileno, cuyos nombres se
indican en el anexo que forma parte de la presente
Resolución, del 1 al 7 de octubre de 2006, para realizar
un intercambio de experiencias y conocimientos en el
área de Desarrollo Tecnológico.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,
Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las
Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24
horas de su expedición.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 402-2006-DE/SG
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal
militar de la República de Chile para realizar un intercambio de
experiencias y conocimientos en el área de Desarrollo Tecnológico.
2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA
REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE
INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
1. GENERAL DE BRIGADA ALDO CARDINALI MEZA
2. CORONEL WALTER ARAYA MOURGUES
3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE
NO INDICAN
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329083
R
EPUBLICA DEL PER
U
4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL
Del 1 al 7 de octubre de 2006
02633-10
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 403-2006-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº 791, de fecha 11 de
agosto de 2006, el Director General para Asuntos de
Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el
ingreso de personal militar del Reino Unido de Gran
Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia,
Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán sin armas de guerra;
Que, un grupo de militares miembros de la Real
Escuela de Estudios de Defensa, procedente de diversos
países en su visita de estudios al Perú sostendrán
reuniones con autoridades peruanas;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la Autorización y Consentimiento para
el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la
República, establece que la autorización de ingreso al
territorio peruano del personal militar extranjero sin
armas de guerra por razones protocolares, de
asistencia cívica, actividades académicas, de
entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante
Resolución Suprema, en la que se debe especificar los
motivos, la identificación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano;
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar del Reino Unido de Gran
Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia,
Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán, cuyos nombres se
indican en el anexo que forma parte de la presente
Resolución, del 1 al 9 de octubre de 2006, para sostener
reuniones con autoridades peruanas.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,
Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las
Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24
horas de su expedición.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 403-2006-DE/SG
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal
militar del Reino Unido de Gran Bretaña, Emiratos Árabes Unidos,
Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán, miembros de
la Real Escuela de Estudios de Defensa, para que sostengan
reuniones con autoridades peruanas, dentro de su visita de
estudios al Perú.
2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DEL
REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA, EMIRATOS ÁRABES
UNIDOS, BULGARIA, MALASIA, KENIA, UCRANIA, IRAK Y
PAKISTÁN, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
1. MAYORGENERAL PAUL NEWTON (BRITÁNICO)
2. BRIGADIER GENERAL JEREMY ROBBINS (BRITÁNICO)
3. BRIGADIER GENERAL KEVINABRAHAM (BRITÁNICO)
4. COMODORO LIDSAYIRVINE (BRITÁNICO)
5. TENIENTE CORONEL MICHAELRENDER (BRITÁNICO)
6. CORONEL ABDULLA AL SHAMISI (EMIRATOS
ÁRABES UNIDOS)
7. CORONEL NIKOV HISTROV (BULGARA)
8. ALMIRANTE AHPANDI JASAN (MALAQUI)
9. CORONEL CHARLES NGENGA (KENIANO)
10. CORONEL VOLODYMYR
OHORODNYKOV (UCRANIANO)
11. CORONEL ATHEELRASHAD (IRAQUI)
12. BRIGADIER GENERAL NAWEED ZAMAN (PAKISTÁN)
3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE
Sin armas.
4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL
Del 1 al 9 de octubre de 2006.
02633-11
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de Jefe delProgram a
Unidad de Coordinación de Préstam os
Sectoriales del M inisterio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 549-2006-EF/10
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 575-2002-EF/10
de fecha 30 de diciembre de 2002 se encargó a la doctora
María del Carmen Rivera Pérez como Jefe del Programa
Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del
Ministerio de Economía y Finanzas; y mediante
Resolución Ministerial Nº 508-2005-EF/10 del 12 de
octubre de 2005, se le designó como Jefe del referido
Programa;
Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al
cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 30 de
setiembre de 2006, la renuncia formulada por la doctora
María del Carmen Rivera Pérez como Jefe del Programa
Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del
Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias
por los servicios prestados al Estado.
NORMAS LEGALES
R
EPUBLICA DEL PERU
329084
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
02632-1
Aceptan renuncia de D irector G eneral
de la D irección G eneral de A suntos
Económ icos y Sociales delM inisterio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 551-2006-EF/10
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 362-2005-
EF/10 del 2 de agosto de 2005, se designó al señor
Edgar Leonidas Zamalloa Gallegos, como Director de
Programa Sectorial IV - Director General, Categoría F-5
de la Dirección General de Asuntos Económicos y
Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al
cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594
y el artículo 77º del Reglamento de la Carrera
Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor Edgar Leonidas Zamalloa Gallegos, al cargo de Director
de Programa Sectorial IV - Director General, Categoría F-5
de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales
del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias
por los servicios prestados al Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
02632-2
Aprueban Calendario de Com prom isos
T rim estral M ensualizado para los
pliegos del G obierno Nacional, de los
m eses octubre,noviem bre y diciem bre
delaño fiscal2006
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 050-2006-EF/76.01
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30º de la
Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, señala entre otros, que el Calendario de
Compromisos constituye la autorización para la
ejecución de los créditos presupuestarios, en función
del cual se establece el monto máximo para
comprometer gastos a ser devengados, con sujeción a
la percepción efectiva de los ingresos que constituyen
su financiamiento;
Que, el Calendario de Compromisos es aprobado,
en el Gobierno Nacional, a nivel de Pliego, Unidad
Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de
Financiamiento, por la Dirección Nacional del Presu-
puesto Público;
Que, el numeral 30.2 del artículo 30º de la Ley
Nº 28411 señala que la Dirección Nacional del
Presupuesto Público establece los lineamientos,
procedimientos y restricciones que sean necesarias en
la aprobación del Calendario de Compromisos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º y
el artículo 30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 16º, numeral
16.1 de la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 Directiva para
la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno
Nacional para el año fiscal 2006 aprobada por la
Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de
Compromisos Trimestral Mensualizado para los pliegos
del Gobierno Nacional, de los meses de octubre,
noviembre y diciembre del año fiscal 2006, en los
montos que se detallan en el Anexo de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La aprobación del Calendario de
Compromisos, no convalida los actos ó acciones que
no se ciñan a la normatividad vigente, correspon-
diendo al Órgano de Control Interno o el que haga
sus veces en el pliego verificar la legalidad y
observancia de las formalidades aplicables a cada
caso, de conformidad con el numeral 30.3 del artículo
30º de la Ley Nº 28411.
Artículo 3 º.- Los montos aprobados en el Anexo
que se señala en el Artículo 1º de la presente Resolución
Directoral, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad
Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de
Financiamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VÍCTOR HUGO DÍAZ RODRÍGUEZ
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 050-2006-EF/76.01
CALENDARIO DE COMPROMISOS TRIMESTRAL MENSUALIZADO
CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2006
(EN NUEVOS SOLES)
OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL
GOBIERNO NACIONAL 2 365 020 218 2 352 091 799 2 596 389 227 7 313 501 244
RECURSOS ORDINARIOS 1 798 716 172 1 772 450 509 1 940 104 655 5 511 271 336
CANON, SOBRECANON, REGALÍASY PARTICIPACIONES 7 537 867 11 204 046 5 658 193 24 400 106
CONTRIBUCIONES A FONDOS 143 369 897 130 497 683 179 248 705 453 116 285
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 251 129 262 255 643 357 276 409 468 783 182 087
RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CRÉDITO EXTERNO 88 417 693 93 325 737 127 582 652 309 326 082
DONACIONESYTRANSFERENCIAS 75 849 327 88 970 467 67 385 554 232 205 348
TOTAL GENERAL : 2 365 020 218 2 352 091 799 2 596 389 227 7 313 501 244
02626-1
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329085
R
EPUBLICA DEL PER
U
ENERGÍA Y MINAS
A prueban N orm a "Procedim iento de
A utoliquidación de A portes de
Em presas del Subsector Electricidad"
DECRETO SUPREMO
Nº 057-2006-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el inciso g) del Artículo 31º del Decreto Ley Nº
25844, Ley de Concesiones Eléctricas, de fecha 6 de
noviembre de 1992, establece la obligación de los
concesionarios de generación, transmisión y
distribución de energía eléctrica, a contribuir al
sostenimiento de los organismos normativos,
reguladores y fiscalizadores mediante aportes, los
mismos que no podrán ser superiores al uno por ciento
(1%) de sus ventas anuales;
Que, el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 009-93-
EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,
de fecha 19 de febrero de 1993, establece que los titulares
de autorización, tendrán los mismos derechos y
beneficios que los titulares de concesión, así como las
obligaciones señaladas en el inciso g) del Artículo 31º de
la Ley de Concesiones Eléctricas, entre otros;
Que, el Artículo 234º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, establece que el Ministerio
de Energía y Minas fijará anualmente el monto de
contribución que deben aportar los concesionarios en
mérito del inciso g) del Artículo 31º de la Ley de
Concesiones Eléctricas, no pudiendo superar el 1%
de sus ventas anuales. Asimismo, establece que el
Ministerio de Energía y Minas deberá señalar la
proporción, que del total fijado, corresponda al
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
(OSINERG) y a la Dirección General de Electricidad
(DGE) del Ministerio de Energía y Minas, como
órganos regulador-fiscalizador y normativo,
respectivamente;
Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27332, Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos, de fecha 13 de julio de 2000,
establece el aporte por regulación que los Organismos
Reguladores recaudarán de las empresas y entidades
bajo su ámbito, el cual no podrá exceder del uno por
ciento (1%) del valor de la facturación anual, deducido el
Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de
Promoción Municipal. Asimismo, establece que este
aporte será fijado en cada caso, mediante Decreto
Supremo aprobado por el Consejo de Ministros,
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM,
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros,
el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Economía
y Finanzas, se determinó el aporte al que hacen
referencia los considerando precedentes, establecién-
dose el 0,65% para el OSINERG y el 0,35% para la
DGE de la facturación anual por operaciones
relacionadas con la correspondiente concesión o
autorización, según corresponda, deduciéndose el
Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de
Promoción Municipal;
Que, se requiere fijar un Procedimiento de
Autoliquidación de Aportes de los concesionarios y
titulares de autorizaciones, a fin de unificar los formatos
e información que remiten los obligados a efectuar el
aporte, y se pueda verificar la veracidad de dicha
información;
Que, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución
Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, el proyecto de la presente
norma fue prepublicado en la Página Web del Ministerio
de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y por el inciso
8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación de la Norma "Procedi-
miento de Autoliquidación de Aportes de Empresas
del Subsector Electricidad"
Aprobar la Norma "Procedimiento de Autoliquidación de
Aportes de Empresas del Subsector Electricidad", cuyo texto
forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- De la vigencia y refrendo
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación y será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil
seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRICIDAD
NORMA
"PROCEDIMIENTO DE AUTOLIQUIDACIÓN
DE APORTES DE EMPRESAS DEL
SUBSECTOR ELECTRICIDAD"
Septiembre 2006
CONTENIDO
1. OBJETO
2. ALCANCE
3. BASE LEGAL
4. APORTE
5. PROCEDIMIENTO
ANEXO
Norma
"Procedimiento de Autoliquidación
de Aportes de Empresas del
Subsector Electricidad"
1. OBJETIVO
Reglamentar el proceso de autoliquidación de Aportes
que deben efectuar las empresas y entidades del
Subsector Electricidad que desarrollan la actividad de
generación, transmisión o distribución de energía eléctrica,
bajo el régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas, a la
Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía
y Minas y al OSINERG, en cumplimiento del inciso g) del
Artículo 31º del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones
Eléctricas" y, del Artículo 10º de la Ley Nº 27332 "Ley
Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión
Privada en los Servicios Públicos".
2. ALCANCE
Este Procedimiento es aplicable a todas las empresas
y entidades que desarrollan la actividad de generación,
transmisión o distribución de energía eléctrica, bajo el
régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas.
3. BASE LEGAL
- Artículo 31º inciso g) y Artículo 101º inciso a) del
Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones Eléctricas"
(LCE).
- Artículo 10º de la Ley Nº 27332 "Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos".
- Artículo 7º de la Ley Nº 27699 "Ley Complementaria
de Fortalecimiento Institucional del OSINERG".
- Norma II, Artículo 28º y Artículo 33º del Decreto Supremo
Nº 135-99-EF "Texto Único Ordenado del Código Tributario".
NORMAS LEGALES
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EPUBLICA DEL PERU
329086
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
ANEXO
Formatos de Autoliquidación de Aportes
FORMATOS - A
PARAGENERADORAS
DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO
A. 01: CLIENTES LIBRES Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal
Ítem Fecha Nº Doc.* Cliente Activa Reactiva Tarifario** *** ****
01
02
03
04
05
06
...
Total Clientes Libres
(*) Documento como: factura o comprobante de pago.
(**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora.
(***) Moratorios y compensatorios.
(****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría.
A. 02: EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal
Ítem Fecha Nº Doc.* Cliente Activa Reactiva Tarifario** *** ****
01
02
03
04
05
06
...
Total Empresas de Distribución
(*) Documento como: factura o comprobante de pago.
(**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora.
(***) Moratorios y compensatorios.
(****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría.
- Artículo 6º y Artículo 201º inciso b) del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas (RLCE), aprobado
por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
- Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM,
refrendadoporelPresidentedelConsejodeMinistros,Ministro
de Energía y Minas y Ministro de Economía y Finanzas.
4. APORTE
4.1 En cumplimiento del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de
Concesiones Eléctricas" y de la Ley Nº 27332 "Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en
los Servicios Públicos", la contribución a los Organismos
Normativo, Regulador y Fiscalizador, efectuada mediante
Aportes de las empresas y entidades que desarrollan la
actividad de generación, transmisión o distribución de
energía eléctrica, bajo el régimen de la Ley de Concesiones
Eléctricas, se determinará aplicando la tasa correspondiente
a la base de cálculo conformada por las ventas o
facturaciones mensuales de estas empresas o entidades,
deducido el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el
Impuesto de Promoción Municipal (IPM).
En ningún caso la suma de los Aportes a los
organismos receptores excederá el tope fijado en el
Artículo 10º de la Ley Nº 27332, en concordancia con el
inciso g) del Artículo 31º de la Ley Nº 25844.
4.2 La distribución del Aporte a los organismos
receptores, es la establecida en el Decreto Supremo
Nº 136-2002-PCM u otro que lo sustituya.
4.3 En el caso de los concesionarios de distribución de
energía eléctrica, los montos que transfieran las empresas
aportantes a las empresas receptoras, en aplicación de la
Ley Nº 27510, Ley que crea el Fondo de Compensación
Social Eléctrico (FOSE), no forman parte de la base
imponible para el cálculo del Aporte. Las empresas
receptoras serán las encargadas de efectuar el Aporte
correspondiente a la totalidad del monto transferido.
4.4 Las compensaciones por racionamiento y/o por
interrupciones del servicio eléctrico que los concesionarios
deben efectuar mediante descuento en sus respectivas
facturaciones, según lo establecido en el Artículo 131º del
RLCE, las derivadas de la aplicación de la Norma Técnica de
Calidad de los Servicios Eléctricos, aprobada mediante
Decreto Supremo Nº 020-97-EM, y sus modificatorias, no
podrán ser deducidas de la base del cálculo del Aporte.
4.5 De no efectuarse oportunamente los Aportes,
estarán sujetos a la aplicación de los intereses previstos
en el Código Tributario.
5. PROCEDIMIENTO
5.1 Los obligados a efectuar el Aporte realizarán una
liquidación mensual de dicha contribución, de acuerdo al
Formato de Autoliquidación de Aportes que se muestra
en el Anexo; asimismo, deberán detallar en documento
adjunto a la Autoliquidación, los rubros considerados en
la categoría "Otros" de cada Formato. En caso de
empresas que realicen más de una actividad en el
Subsector, éstas deberán reportar los ingresos obtenidos
por cada una de estas actividades considerando los
formatos correspondientes del Anexo.
5.2 El monto consignado en la Autoliquidación de
Aporte deberá ser depositado, dentro de los treinta (30)
primeros días calendario del mes siguiente al que
corresponda la facturación total, en la cuenta corriente
bancaria habilitada por cada organismo receptor.
5.3 Dentro del mismo plazo a que se hace referencia
en el numeral precedente, los concesionarios y titulares
de autorización deberán remitir al respectivo organismo
receptor, con carácter de declaración jurada, la
Autoliquidación de Aporte en el Formato correspondiente
que se muestra en el Anexo, adjuntando al mismo una
copia de la constancia del depósito respectivo.
5.4 En concordancia con el Artículo 101º inciso a) de
la LCE y con el Artículo 201º inciso b) del RLCE, la
fiscalización de estas contribuciones es competencia
del OSINERG, el mismo que si detectara anomalías en
las contribuciones, informará a la Dirección General de
Electricidad respecto a las regularizaciones de pago.
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329087
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EPUBLICA DEL PER
U
A. 03:OTRAS GENERADORAS Y COES Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal
Ítem Fecha Nº Doc.* Empresa Activa Reactiva Tarifario** *** ****
01
02
03
04
05
06
...
Total Otras Generadoras y COES
(*) Documento como: factura o comprobante de pago.
(**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora.
(***) Moratorios y compensatorios.
(****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría.
A.04:RESUMEN Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros**** Subtotal
Facturación a/por: Activa Reactiva Tarifario** ***
Clientes Libres
Empresas de Distribución
Otras Generadoras y COES
Total
Aporte (%)
Aporte (S/.)
FORMATOS - B
PARATRANSMISORAS
DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO
Sistema Principal Sistema Secundario
B.01: CLIENTES Peaje de Ingreso Peaje Ingreso Intereses Otros* Total
Ítem Fecha Nº Factura Cliente Conexión Tarifario Secundario Tarifario
01
02
03
04
05
06
.
.
.
Total Clientes
(*) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría.
Aporte (%)
Aporte (S/.)
FORMATOS - C
PARADISTRIBUIDORAS
DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO
C.01: SUMINISTROS - CLIENTES Clientes Libres Usuarios Regulados Subtotal
Ítem Descripción MAT AT MT MT BT
01 Energía Activa
02 Energía Reactiva
03 Potencia
04 Alumbrado Público
05 Alumbrado Público Complementario
06 Cargo Fijo
07 Cargo por Mantenimiento y Reposición
08 Intereses Compensatorios
09 Intereses Moratorios
10 Intereses de Convenios
11 Recupero (Art. 90º.b LCE y Art. 177º RLCE)
12 Recupero (Art. 92º LCE)
13 Corte de Servicio
14 Reconexión de Servicio
15 Retiro de Conexión
16 Reinstalación de Conexión
NORMAS LEGALES
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EPUBLICA DEL PERU
329088
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
D an por concluida designación y
encargan funciones de D irector de
Personal de la O ficina G eneral de
Adm inistración del M inisterio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 465-2006-MEM/DM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2003-
EM/DM, se designó al Eco. Luis Alberto Reyes Valencia
como Director de la Oficina de Personal de la Oficina
General de Administración del Ministerio de Energía y
Minas, cargo considerado de confianza;
Que, se ha visto con conveniente dar por concluida
la referida designación;
Que, por convenir al servicio, y con la finalidad de no
interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de
Energía y Minas, es necesario proceder a encargar el
despacho del Director de la Oficina de Personal de la
Oficina General de Administración, en tanto se designa
a su titular;
C.01: SUMINISTROS - CLIENTES Clientes Libres Usuarios Regulados Subtotal
Ítem Descripción MAT AT MT MT BT
17 Venta de Conexiones
18 Venta de Contadores de Energía
19 Venta de otros Equipos y Accesorios
20 Aumento o Disminución de Carga
21 Ingresos por Art. 98º de la LCE
22 Transferencia FOSE
23 Otros Ingresos *
Total Suministros - Clientes
(*) Otros ingresos vinculados a la prestación del servicio eléctrico.
En un documento adjunto, la empresa detallará los rubros considerados en esta categoría
Ingresos por uso de Instalaciones
C.02: OTROS CLIENTES Transm. Transm. Sist. Apoyo en Intereses Otros * Subtotal
Ítem Fecha Nº Factura Cliente Principal Secundaria Dist. Postes
01
02
03
04
05
06
.
.
.
Total Otros Clientes
(*) Otros ingresos vinculados a la prestación del servicio eléctrico.
En un documento adjunto, la empresa detallará los rubros considerados en esta categoría
C.03:RESUMEN
Facturación a/por: Subtotal
Suministros - Clientes
Otros Clientes
Total
Aporte (%)
Aporte (S/.)
02633-2
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley
Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder
Ejecutivo en el nombramiento y designación de
funcionarios públicos; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del
Eco. Luis Alberto Reyes Valencia como Director de
Personal de la Oficina General de Administración del
Ministerio de Energía y Minas.
Artículo 2º.- Encargar a la Lic. Irene Suárez
Quiroz, Directora de Abastecimiento de la Oficina
General de Administración del Ministerio de Energía y
Minas, las funciones del Director de Personal de la
Oficina General de Administración del Ministerio de
Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
02590-1
NORMAS LEGALESEl Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006 329089
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EPUBLICA DEL PER
U
A ceptan renuncia de D irector de la
D irección de Prom oción y D esarrollo
M inero de la D irección G eneral de
M inería
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 466-2006-MEM/DM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 004-2004-
MEM/DM, se designó al Ing. César Oswaldo Tovar Jumpa
como Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo
Minero de la Dirección General de Minería del Ministerio
de Energía y Minas, cargo considerado de confianza;
Que, es conveniente aceptar la renuncia presentada por el
referido funcionario al cargo que viene desempeñando;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -
Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 77 del Decreto
Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de
Carrera Administrativa y las atribuciones consignadas
en el artículo 3 de la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por
el Ing. César Oswaldo Tovar Jumpa al cargo de Director
de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General
de Minería del Ministerio de Energía y Minas, dándosele
las gracias por los importantes servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
02590-2
D esignan D irector de la D irección de
Prom oción y D esarrollo M inero de la
D irección G eneral de M inería
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 467-2006-MEM/DM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el puesto de Director,
Nivel D-3, Categoría Remunerativa F-3, CAP Nº 8217,
de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la
Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y
Minas, cargo considerado de confianza;
Que, es conveniente designar como titular del cargo
señalado, al Ing. Walter Sánchez Sánchez, profesional CAP
de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía
y Minas;
De conformidad con el artículo 50 del Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el artículo
77 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento
de la Ley de Carrera Administrativa y las atribuciones
consignadas en el artículo 3 de la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing.
Walter Ernesto Sánchez Sánchez, en el cargo de
confianza de Director, Nivel D-3, Categoría Remunerativa
F-3, CAP Nº 8217, de la Dirección de Promoción y
Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería, del
Ministerio de Energía y Minas.
Artículo2º.-Deconformidadconloestablecidoenelartículo
77º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el profesional
designado a que se refiere el artículo 1º de la presente
Resolución, al término de la presente designación retornará a
la plaza de carrera de la cual es titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
02590-3
M odifican Anexo dela R.M .Nº205-2006-
M EM /D M referentealprocedim iento para
la Auditoría Integral de D uctos de los
Sistem as de Transporte de G as Natural
y Líquidos de G as Naturaldelproyecto
Cam isea
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 468-2006-MEM/DM
Lima, 29 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 017-2006-
PCM dispuso que el proceso de selección y contratación
de la Auditoría Integral de los Ductos de los Sistemas de
Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural
del proyecto Camisea, así como la supervisión de ésta,
se realizaría de conformidad con el procedimiento
aprobado por el Ministerio de Energía y Minas mediante
la emisión de la respectiva Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2006-
MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial
Nº 359-2006-MEM/DM, se aprobó el Anexo que contiene
el procedimiento para la selección, contratación y
supervisión de la mencionada Auditoría;
Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral VIII de la
ResoluciónMinisterialNº205-2006-MEM/DMysumodificatoria,
la supervisión de la ejecución del Contrato de Auditoría Integral
se encontraría a cargo del Ministerio de Energía y Minas;
Que, resulta necesario conformar una Comisión que
se encargará de la supervisión de la ejecución del
Contrato de Auditoría Integral, la misma que estará
integrada por representantes del Ministerio de Energía y
Minas, del Organismo Supervisor de la Inversión en
Energía - OSINERG y de la sociedad civil. En este
sentido, deberá modificarse el punto VIII del Anexo de la
Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM;
Que, con fecha 12 de setiembre de 2006, se otorgó
la Buena Pro a la empresa Lloyd Germánico de México,
S. de R.L. de C.V. para que realice el Servicio de Auditoría
Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y
Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea;
Que, por su parte, el punto VII del Anexo aprobado
por la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM y su
modificatoria, señala que los costos que demande la
Auditoría Integral serán asumidos íntegramente por
Transportadora de Gas del Perú S.A., constituyendo un
Fideicomiso en Garantía a fin de asegurar el pago a la
Empresa Auditora, debiendo para dicho efecto suscribir
el Contrato de Fideicomiso respectivo;
Que, asimismo, el numeral 4 del punto VII del Anexo
citado, señala que el pago o los pagos serán realizados
una vez que el Ministerio de Energía y Minas haya
aprobado los informes presentados por la Empresa
Auditora, debiendo proceder a dar instrucciones a la
Fiduciaria para que realice el (los) pago(s) parcial(es) y/o
total, de acuerdo a lo establecido en el Contrato respectivo;
Que, de otro lado, es necesario autorizar al Ing. Gustavo
Adolfo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos,
para que en representación del Ministerio de Energía y Minas
realice las siguientes acciones: i) suscriba con la empresa
Lloyd Germánico de México, S. de R.L. de C.V., el Contrato
de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de
Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del
Proyecto Camisea; ii) intervenga en la suscripción del
Contrato de Fideicomiso; iii) apruebe los informes
presentados por la Empresa Auditora, previa opinión de la
Comisión contemplada en la modificación del numeral VIII
del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/
DM; iv) disponga las instrucciones a la Fiduciaria para que
realice el (los) pago(s) parcial(es) y/o total, de acuerdo a lo
establecido en el Contrato respectivo; y, v) los demás actos
relacionados con la ejecución del Contrato de Servicio de
Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte de Gas
Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y,
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-
2003-EM;
NORMAS LEGALES
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EPUBLICA DEL PERU
329090
El Peruano
sábado 30 de setiembre de 2006
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el punto VIII del Anexo de la
Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM con el
siguiente texto:
"VIII. DE LA SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL
CONTRATO
Una Comisión integrada por dos (2) representantes del
Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales la presidirá,
dos (2) representantes del Organismo Supervisor de la
Inversión en Energía - OSINERG y un (1) representante de
la sociedad civil, tendrá a su cargo la supervisión de las
obligaciones asumidas por la Empresa Auditora de acuerdo
con los términos establecidos en el Contrato. Los
representantes deberán ser acreditados por el Titular de la
entidad o institución a la que representan.
La aprobación de los Informes presentados por la
Empresa Auditora a que hace referencia el numeral 4 del
puntoVII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-
MEM/DM,serealizarápreviaopiniónfavorabledelaComisión.
La Comisión deberá coordinar e informar al Ministerio
de Energía y Minas de las acciones realizadas para el
cumplimiento de sus funciones relacionadas con la
supervisión del Contrato de Auditoría Integral."
Artículo 2º.- Autorizar al Ing. Gustavo Adolfo Navarro
Valdivia, Director General de Hidrocarburos, para que en
representación del Ministerio de Energía y Minas realice las
siguientes acciones: i) suscriba con la empresa Lloyd
Germánico de México, S. de R.L. de C.V., el Contrato de
Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte
de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto
Camisea; ii) intervenga en la suscripción del Contrato de
Fideicomiso; iii) apruebe los informes presentados por la
Empresa Auditora, previa opinión favorable de la Comisión a
que se refiere la modificación del numeral VIII del Anexo de la
Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM; iv) disponga
lasinstruccionesalaFiduciariaparaquerealiceel(los)pago(s)
parcial(es) y/o total, de acuerdo a lo establecido en el Contrato
respectivo;y, v) los demás actos relacionados con el Contrato
de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas deTransporte
de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto
Camisea; por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
02587-1
INTERIOR
Autorizan viaje de Personalde la PNP
a Colom bia,en com isión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 2019-2006-IN/PNP
Lima, 29 de setiembre del 2006
VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 013-2006-
DGPNP/INTERPOL-EM, de fecha 15SET2006, que opina
se autorice al Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA
QUEVEDO y SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ, para que
viajen en Comisión de Servicio a la ciudad de Bogotá -
República de Colombia, del 2 al 4OCT2006.
CONSIDERANDO:
Que,conOficioNº2660-1JPLT-SM-CMMCde11SET2006,
el señor Luis Alberto GARZON CASTILLO, Juez Titular del
1er.Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de
Justicia de San Martín-Tarapoto, comunica al Coronel PNP
José Adán GARCIA BLANCO, Director Ejecutivo de la Oficina
Central Nacional-OCN-INTERPOL-Lima la Resolución Nº 13
de fecha 11SET2006, emitida en la causa contra Elar
ALTAMIRANO CARDOZO y Raquel Eulisa CASTILLO SANTA
CRUZ, por el Delito de Hurto Agravado, en agravio de la
Compañía Internacional del Café SAC COINCA, así como
indica que se adopten las medidas de seguridad y resguardo
necesarias para la ejecución de la expulsión del ciudadano
Elar ALTAMIRANO CARDOZO de la República de Colombia
para su traslado al Perú y posteriormente ponerlo a disposición
de su judicatura con sede en la ciudad de Tarapoto;
Que, según lo acotado en la Hoja de Estudio y Opinión,
señala que el 1er. Juzgado Penal de San Martín, comunica
que se ha emitido la Resolución Nº 12-058-2006 de
6SET2006,dondesedejasinefectolarequisitoriadeubicación
ycapturaanivelInternacionalcontraRaquelEulisaCASTILLO
SANTA CRUZ, al haberse variado su situación jurídica a la
Comparecencia Restringida, emitida por la Sala Mixta
DescentralizadadelaCorteSuperiordeJusticiadeSanMartín
- Tarapoto, a la vez que la INTERPOL - Colombia comunica
a su similar de Perú, que la referida ciudadana fue dejada en
Libertad el 13SET2006, dispuesto por la Fiscalía General de
la Nación, habiendo realizado los tramites para realizar su
Expulsión, la misma que por motivos de vuelo se realizó el
18SET2006 a las 21:40 horas en la Aerolínea Avianca,
quedando pendiente de resolverla expulsión del ciudadano
Elar ALTAMIRANO CARDOZO;
Que, con Oficio Nº 1833-2006-MP-FN/UCJLE de
25SET2006, la señora Cecilia HINOJOSA CUBA, Fiscal
Adjunta Suprema, Titular, Presidenta de la Unidad de
Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, comunica
que la expulsión del ciudadano Elar ALTAMIRANO
CARDOZO, contará con un tiempo perentorio de TREINTAY
SEIS (36) horas, en caso contraria quedaría en Libertad;
Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal
policial PNP serán sufragados por el Estado Peruano, con
cargo a la Unidad Ejecutora 002- Dirección de Economía y
Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007,
Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a
pasajes e impuestos de viaje para el personal PNP y el
extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial;
Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder
Judicial establece que toda persona y autoridad esta
obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de
la autoridad judicial competente, en sus propios términos,
sin poder calificar su contenido o sus fundamentos,
restringir sus efectos o interpretar sus alcances;
Que, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, que
regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y
servidores públicos, modificado por el Decreto de Urgencia
Nº 006-2006 publicado el 7MAY2006, concordante con lo
establecido en la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año FiscaI 2006, artículos 1º y 4º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5JUN2002, aprueba
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, artículos 12º numeral
12.1 y 36º Numeral 3 de la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía
Nacional del Perú y artículos 14º numeral 14.1.2 y 50º numeral
50.1.3 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 008-2000-IN del 40CT2000;
Estando a lo propuesto por el General PNP Director
de Recursos de la Policía Nacional del Perú;
Lo opinado por el General de Policía Director General
de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Extranjero en Comisión
del Servicio del Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA
QUEVEDO y SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ a la ciudad
de Bogotá - República de Colombia, del 1OCT al 5OCT2006,
a efectos de dar cumplimiento a la Expulsión del ciudadano
peruano Elar ALTAMIRANO CARDOZO, a solicitud del 1er.
JuzgadoEspecializadoenloPenaldelaCorteSuperiorJusticia
de San Martín-Tarapoto, por los fundamentos expuestos en
la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por viáticos para los
funcionarios policiales que ocasione el cumplimiento de
la presente Resolución Ministerial se efectuarán con
cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía
y Finanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Inferior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA QUEVEDO
Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)
3x200 US$ 600.00
TOTAL US$ 600.00
SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ
Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)
3x200 US$ 600.00
TOTAL US$ 600.00
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc
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Flete ds 033 2006-mtc modificacion ds 010-2006-mtc

  • 1. Año XXIII / Nº 9605 www.elperuano.com.pe Pág. 329071 R EPUBLICA DEL PER U Sumario NORMAS LEGALES FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA Lima, sábado 30 de setiembre de 2006 PO DER LEG ISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley Nº 28888.- Ley que precisa que la administración de inmueble propiedad del Estado corresponde a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco 329074 PO DER EJECUTIVO P C M D.S. Nº 063-2006-PCM.- Incluyen a Procuradores Públicos Ad Hoc para los casos Fujimori - Montesinos en los alcances del D.S. Nº 082-2001-PCM sobre protección policial y gastos de racionamiento y movilidad 329074 D.S. Nº 064-2006-PCM.- Modifican el D.S. Nº 014-2006- PCM, sobre fecha de adecuación al Reglamento de la Ley Nº 28305 329075 R.S. Nº 282-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Nicaragua y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores 329076 R.S. Nº 290-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a España y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros 329076 R.S. Nº 291-2006-PCM.- Acreditan a representante del Consejo Nacional del Ambiente ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano 329078 R.S. Nº 292-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a fin de efectuar una Visita Oficial a la ciudad de La Paz, Bolivia 329079 AGRICULTURA R.S. Nº 034-2006-AG.- Autorizan viaje de funcionaria del INRENA a Suiza para participar en la 54º Reunión del Comité Permanente de la CITES 329079 DEFENSA R.S. Nº 0399-2006-DE/SG.- Autorizan viaje de personal militar a Nicaragua para asistir a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas 329080 RR.SS. Nºs. 0400, 0401, 0402 y 0403-2006-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU., Chile, Gran Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán 329081 ECONOMÍA Y FINANZAS R.M. Nº 549-2006-EF/10.- Aceptan renuncia de Jefe del Programa Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio 329083 R.M. Nº 551-2006-EF/10.- Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio 329084 R.D. Nº 050-2006-EF/76.01.- Aprueban Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado para los pliegos del Gobierno Nacional, de los meses octubre, noviembre y diciembre del año fiscal 2006 329084 ENERGÍA Y MINAS D.S. Nº 057-2006-EM.- Aprueban Norma "Procedimiento de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector Electricidad" 329085 R.M. Nº 465-2006-MEM/DM.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Director de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio 329088 R.M. Nº 466-2006-MEM/DM.- Aceptan renuncia de Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería 329089 R.M. Nº 467-2006-MEM/DM.- Designan Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería 329089 R.M. Nº 468-2006-MEM/DM.- Modifican Anexo de la R.M. Nº 205-2006-MEM/DM referente al procedimiento para la Auditoría Integral de Ductos de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del proyecto Camisea 329089 INTERIOR R.M. Nº 2019-2006-IN/PNP.- Autorizan viaje de Personal de la PNP a Colombia, en comisión de servicios 329090 JUSTICIA R.S. Nº 163-2006-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador Adjunto Ad Hoc del Ministerio 329091 R.S. Nº 164-2006-JUS.- Autorizan a Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos de la SUNARP para suscribir Transacción Extrajudicial con el Banco de Crédito del Perú 329091 R.S. Nº 165-2006-JUS.- Reconocen a Obispo de Tacna y Moquegua 329092 MIMDES R.M. Nº 713-2006-MIMDES.- Formalizan constitución de la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal 329092 R.M. Nº 714-2006-MIMDES.- Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Informática y Desarrollo de Sistemas de la Secretaría General del Ministerio 329093 R.M. Nº 715-2006-MIMDES.- Designan Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración 329093
  • 2. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329072 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 R.M. Nº 717-2006-MIMDES.- Designan Asesor Ad Honórem del Despacho Ministerial 329093 R.M. Nº 719-2006-MIMDES.- Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima Metropolitana 329093 RELACIONES EXTERIORES R.S. Nº 293-2006-RE.- Encargan el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Ministro de Defensa 329094 R.S. Nº 350-2006-RE.- Remiten al Congreso de la República documentación referente a la "Medida 1 (2005) Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad derivada de emergencias medioambientales" 329094 R.S. Nº 351-2006-RE.- Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en España para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas 329094 R.M. Nº 1160/RE.- Oficializan "I Conferencia Interna- cional sobre Trata de Personas: Situación actual, perspectivas y desafíos", a realizarse en la ciudad de Lima 329095 R.M. Nº 1161/RE.- Oficializan evento de la CIER sobre desafíos energéticos para la seguridad de abastecimiento en Sudamérica y América Central, a realizarse en la ciudad de Cusco 329095 R.M. Nº 1168/RE.- Designan Asesora de la Secretaría de Administración para Asuntos de Logística 329095 SALUD R.M. Nº 919-2006/MINSA.- Designan Director General de la Dirección General de Investigación Académica y de Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos 329096 Fe de Erratas R.M. Nº 892-2006/MINSA 329096 Fe de Erratas R.M. Nº 895-2006/MINSA 329096 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES D.S. Nº 032-2006-MTC.- Modifican el Reglamento Nacional de Tránsito 329096 D.S. Nº 033-2006-MTC.- Modifican D.S. Nº 010-2006- MTC que aprobó la tabla de valores referenciales para aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias en el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre 329099 R.VM. Nº 484-2006-MTC/03.- Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión para la banda de VHF en localidades del departamento de Huancavelica 329103 R.D. Nº 114-2006-MTC/12.- Otorgan a Aerocóndor S.A.C. permiso de operación del servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo 329119 PO DER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL R. Adm. Nº 113-2006-CE-PJ.- Disponen que la función de Vocal Superior a cargo de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia sea a dedicación exclusiva 329121 R. Adm. Nº 115-2006-CE-PJ.- Disponen implementar cinco Juzgados Civiles con subespecialidad comercial en el Distrito Judicial de Lima 329121 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Nº 453-2006-CSJCN/PJ.- Disponen funcionamiento de la Primera y Segunda Salas Superiores Transitorias Mixtas de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 329122 O RG ANISM O SAUTÓ NO M O S BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 072-2006-BCRP.- Autorizan viaje de representante de la institución en evento organizado por el Banco de México 329122 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Res. Nº 0039-2006/DP.- Aprueban Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Defensoría del Pueblo 329123 ONPE R.J. Nº 224-2006-J/ONPE.- Aprueban "Disposiciones sobre la atención preferente a ciudadanos con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores durante procesos electorales" 329130 MINISTERIO PÚBLICO Res. Nº 1177-2006-MP-FN.- Declaran no ha lugar el traslado de Fiscal Titular de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Maynas al Distrito Judicial de Lima 329132 RR. Nºs. 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189 y 1190- 2006-MP-FN.- Nombran Fiscales Provisionales en los Distritos Judiciales de Ayacucho, Moquegua, Huancavelica, Lima, Huánuco, Ucayali y Huaura 329133 S B S Res. SBS Nº 1185-2006.- Rehabilitan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros 329135 Res. SBS Nº 1238-2006.- Autorizan organización de la empresa de transferencia de fondos ETF Money King's Payment Systems S.A.C. 329136 Res. SBS Nº 1259-2006.- Acuerdo Complementario para la Transferencia de Fondos Previsionales entre la República de Chile y la República de Perú, suscrito entre la Superintendencia de AFP de Chile y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP de Perú 329137 O RG ANISM O SDESCENTRALIZADO S FONAFE Acuerdo Nº 010-2006/024-FONAFE.- Se aprueba dejar sin efecto la designación de Directores en empresas en las que FONAFE participa como accionista 329149 Acuerdo Nº 010-2006/024-FONAFE.- Designan miembros de Directorio de Empresa en la que FONAFE participa como accionista 329149 Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Se aprueba dejar sin efecto la designación de Director en Empresas en las que FONAFE participa como Accionista 329149
  • 3. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329073 R EPUBLICA DEL PER U Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Se toma conoci- miento de renuncia de miembros de Directorio de empresas en las que FONAFE participa como accionista 329149 Acuerdo Nº 010-2006/025-FONAFE.- Designan Miem- bros de los Directorios de las Empresas en las que FONAFE participa como Accionista 329150 Res. Nº 198-2006/DE-FONAFE.- Modifican los literales h) e i) e incluyen el literal k) en el numeral 3.8.1. de la Directiva de Transparencia en la Gestión de las empresas bajo el ámbito de FONAFE 329150 INDECI R. Subj. Nº 118-2006-INDECI.- Aprueban relación de bienes de ayuda humanitaria a ser adquiridos por el INDECI 329151 I N E I R.J. Nº 281-2006-INEI.- Conforman Grupo de Trabajo Especializado Ocupación Laboral, al interior del Comité de Coordinación Interinstitucional de Estadística 329151 I N P E Res. Nº 586-2006-INPE/P..- Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Huamancaca, Dirección Regional Centro Huancayo 329152 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ Res. Nº 145-IGP/06.- Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de seguridad y vigilancia, seguro médico familiar y seguro de bienes e inmuebles 329154 SUNAT Res. Nº 158-2006/SUNAT.- Modifican Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al Transporte de Bienes realizado por vía terrestre 329155 G O BIERNO SREG IO NALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Ordenanza Nº 044-GRJ/CR.- Aprueban Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales de Carga de Productos Agrícolas 329155 Ordenanza Nº 048-GRJ/CR.- Declaran de necesidad pública la realización de la Campaña de Vacunación para erradicación del Sarampión y eliminación de la Rubéola y Síndrome de Rubéola Congénita 329156 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Ordenanza Nº 029-2005-GRSM/CR.- Aprueban creación de la Red Regional de Atención y Educación a la Primera Infancia en la Región San Martín 329157 Ordenanza Nº 013-2006-GRSM/CR.- Aprueban Tasas de Interés vigentes para aplicarse a préstamos vencidos en moneda nacional y extranjera 329158 G O BIERNO SLO CALES MUNICIPALIDAD DE ATE Res. Nº 00045.- Aprueban regularización de habilitación urbana ejecutada parcial de terreno y autorizan obras faltantes 329159 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES D.A. Nº 43.- Prorrogan la "Campaña Promocional de Adquisición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a través de Internet", dispuesta mediante Ordenanza Nº 228 329160 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza Nº 172-MSI.- Ordenanza que regula la Licencia de Funcionamiento y procedimientos conexos 329161 D.A. Nº 015-2006-ALC/MSI.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI, para el cumplimiento de obligaciones tributarias sustanciales y/o formales 329167 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Ordenanza Nº 191-MDSMP.- Modifican Cronograma del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo - Año Fiscal 2007 329167 Ordenanza Nº 192-MDSMP.- Declaran prioritaria la realización de la "Campaña de Vacunación para la eliminación de la Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita - SRC" 329168 D.A. Nº 021-2006-MDSMP.- Modifican la Ordenanza Nº 114-MDSMP, que aprobó el TUPA de la Municipalidad de San Martín de Porres 329169 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA R.A. Nº 075-2006/MDSR.- Prorrogan designación de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad329170 CO NVENIO SINTERNACIO NALES Entrada en vigencia del "Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes" 329170
  • 4. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329074 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 PO DER LEG ISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEYNº28888 LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEYQUEPRECISA QUELA ADMINISTRACIÓN DE UN INMUEBLEPROPIEDAD DELESTADO CORRESPONDE A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DESANTIAGO DESURCO Artículo 1º.- De la administración Precísase que la administración del inmueble de 4244,00 m2 propiedad del Estado, que se encuentra ubicado con frente a la calle José María de la Jara, Manzana “P” de la urbanización Las Magnolias de Surco, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Ficha Nº 187699 y Partida Electrónica Nº 49040073 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, corresponde a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. Artículo 2º.- Del uso y destino del inmueble La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco destinará el inmueble de 4244,00 m2 propiedad del Estado, para la construcción del Centro Cultural Ecológico “Antonia Moreno de Cáceres”. Artículo 3º.- De la formalización de la transferencia Encárgase a la Superintendencia de Bienes Nacionales las acciones necesarias para formalizar y materializar la administración a favor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que dispone el artículo 1º de la presente Ley. Artículo 4º.- De la derogatoria Quedan derogados todos los dispositivos legales que se opongan a la presente Ley. Artículo 5º.- De la vigencia La presente Ley entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente del veintiuno de julio de dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre de dos mil seis. MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 02633-1 PO DER EJECUTIVO P C M Incluyen a Procuradores Públicos Ad H oc para loscasosFujim ori-M ontesinos en los alcances del D .S. Nº 082-2001- PCM sobre protección policialy gastos de racionam iento y m ovilidad DECRETO SUPREMO Nº 063-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decretos Supremos Nºs. 011-2001-PCM y 020-2001-PCM, se establecen disposiciones sobre protección policial y movilidad de personas que desempeñaron el cargo de Ministro de Estado o de funcionarios con rango de Ministro; Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2001-PCM, se dispuso comprender al Procurador Público Ad Hoc y Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc para los casos Fujimori-Montesinos, designados mediante Resoluciones Supremas Nº 240-2000-JUS, Nº 241-2000-JUS y Nº 064- 2001-JUS, que se encontraban ejerciendo dicho encargo, dentro de los alcances de los Decretos Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM, para cubrir gastos de racionamiento y movilidad de la protección policial que les ha sido asignada; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2002-JUS y Decreto Supremo Nº 088-2004-PCM, se incluyó a los nuevos Procuradores Públicos Ad Hoc para los casos Fujimori-Montesinos, designados por Resoluciones Supremas Nºs. 016, 017, 018 y 019-2002-JUS, y 267- 2004-JUS, en los alcances del Decreto Supremo Nº 082- 2001-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 156-2006- JUS, se designó al Procurador Público Ad Hoc a cargo de la representación de la defensa de los derechos e intereses del Estado respecto de los procesos instaurados contra el ex Presidente de la República, Alberto Fujimori Fujimori, Vladimiro Montesinos Torres y las demás personas que resulten involucradas por delitos contra la administración pública y otros, en agravio del Estado; Que, es necesario incluir a los nuevos Procuradores Públicos Ad Hoc para los casos Fujimori-Montesinos, en los alcances del Decreto Supremo Nº 082-2001-PCM, para cubrir los gastos por concepto de protección policial, racionamiento y movilidad; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 143 y 144-2006-JUS, se designó al señor abogado Gino Augusto Tomás Ríos Patio como Procurador Público Ad Hoc, y a los señores abogados Daniel Fernando Bolaños Galindo y Carlos Enrique Liñán Arana como Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc, respectivamente, para que en representación de los derechos e intereses del Estado, interpongan las acciones legales pertinentes, intervengan en los procesos judiciales, investigaciones preliminares y procedimientos de acusación constitucional instaurados contra Altos Funcionarios del Poder Ejecutivo que ejercieron cargos públicos en el período comprendido desde el 28 de julio del año 2001 al 27 de julio del año 2006 y las demás personas que resulten responsables por los delitos contra la administración pública y otros, en agravio del Estado; ampliándose sus facultades por Resolución Suprema Nº 151-2006-JUS, a efectos que la representación se ejerza además contra funcionarios de nivel jerárquico inmediatamente inferior, así como funcionarios de Dirección y de Confianza, y demás personas que resulten responsables; Que, atendiendo a la naturaleza excepcional de las funciones asignadas a los Procuradores antes mencionados, y a la contribución que realizan en el marco
  • 5. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329075 R EPUBLICA DEL PER U de la lucha contra la corrupción, resulta indispensable que se les otorgue las medidas de seguridad apropiadas, para lo cual es necesario ampliar los marcos previstos en los Decretos Supremos Nºs. 011-2001-PCM y 020- 2001-PCM, para otorgarles protección policial, así como cubrir los gastos de racionamiento y movilidad con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia; Que, teniendo en cuenta las designaciones producidas, es conveniente que la inclusión de los Procuradores Públicos Ad Hoc en el Decreto Supremo Nº 082-2001-JUS, se realice en función del encargo conferido y no de la persona que lo ejecuta; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Ámbito de aplicación Incorporar en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 082-2001-PCM, el siguiente párrafo: "El Procurador Público Ad Hoc y los Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc, a cargo de las acciones de los casos Fujimori-Montesinos, así como el Procurador Público Ad Hoc y los Procuradores Públicos Adjuntos Ad Hoc relacionados con los casos que involucren a funcionarios públicos y Altos Funcionarios del Poder Ejecutivo, designados y por designar, se encontrarán dentro de los alcances de los Decretos Supremos Nº 011-2001-PCM y Nº 020-2001-PCM". Artículo 2º.- Medidas Administrativas Autorizar al Ministerio de Justicia a disponer las medidas administrativas conducentes para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y la Ministra del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 02633-3 M odifican el D .S. N º 014-2006-PCM , sobre fecha de adecuación alReglam ento de la Ley Nº 28305 DECRETO SUPREMO Nº 064-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28305 se establecieron medidas de control y fiscalización de los insumos químicos y productos que directa o indirectamente puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a través de procesos de síntesis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28305,
  • 6. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329076 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 estableciéndose en su Primera Disposición Final y Transitoria que la adecuación del Reglamento deberá efectuarse en un plazo máximo de ciento cincuenta (150) días, a partir de la vigencia de la Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM se modificó la citada Disposición Final y Transitoria, estableciéndose que la adecuación al Reglamento deberá efectuarse como máximo hasta el 30 de setiembre del 2006; Que, debido al alto número de solicitudes de expedición de certificados de usuarios de insumos químicos y productos fiscalizados que se vienen tramitando en las Unidades Especializadas Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, las que al vencimiento del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, no lograrían procesar y expedir los referidos certificados de usuarios a todas las empresas solicitantes, resulta necesario ampliar el plazo de adecuación del reglamento hasta el 28 de febrero del 2007; y, De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2006-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: "La adecuación al Reglamento deberá efectuarse como máximo hasta el 28 de febrero del 2007". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros del Interior y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02634-1 Autorizan viaje delM inistro de D efensa a Nicaragua y encargan su D espacho al M inistro de R elaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2006-PCM Lima, 25 de setiembre de 2006 Vista la Hoja de Recomendación Nº 059-DIGEPE/B/ 01, del 23 de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Ministro de Defensa, con la finalidad que asista a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, convocada por la Secretaría Pro Témpore de dicha Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa de la República de Nicaragua, que se realizará entre los días 1 y 5 de octubre del 2006 en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, siendo la asistencia del Ministro de Defensa, del 1 de octubre al 4 de octubre 2006; Que, la participación del Perú en la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, hará conocer de forma individual la visión sobre la problemática de seguridad y defensa hemisférica que tiene cada país de la comunidad americana; Que, la asistencia del Perú a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, permitirá desarrollar las tres líneas temáticas de la agenda propuesta por la Secretaría Pro-Témpore, acorde con los intereses nacionales en materias de seguridad y defensa, participando y opinando en el proyecto de declaración conjunta que realizarán los Ministros de Defensa de las Américas, como resultado de las sesiones plenarias y de los comités de Trabajo; Que, teniendo en cuenta que el Ministro de Defensa se ausentará del país del 1 al 4 de octubre del 2006, a fin de concurrir a la VII Conferencia antes mencionada, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; así como el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del señor Ministro de Defensa, Embajador Allan WAGNER TIZÓN, a la ciudad de Managua - República de Nicaragua del 1 al 4 de octubre del 2006. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos mediante recursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/ MINDEF, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Lima - Managua - Lima US$ 980.001 x 1 persona Viáticos US$ 200 x 5 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Defensa al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio GARCÍA BELAÚNDE, a partir del 1 de octubre del 2006 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02508-11 A utorizan viaje del M inistro de E conom ía y Finanzas a E spaña y encargan su D espacho alPresidente del Consejo de M inistros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2006-PCM Lima, 28 de setiembre de 2006
  • 7. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329077 R EPUBLICA DEL PER U R EPUBLICA DEL PER U MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 015-2006-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y DEL GOBIERNO REGIONAL PRESENTACIÓNDEINFORMACIÓNPRESUPUESTARIACORRESPONDIENTEAL AÑO FISCAL 2006 Se recuerda a los Pliegos Presupuestarios conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional, que los plazos para la presentación de la información presupuestaria correspondiente al año fiscal 2006 a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, que debe ser remitida en el mes de octubre, se realizará de acuerdo a los siguientes plazos: ANEXO Nº 01 Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Nacional • Solicitud de Ampliación del Calendario de Compromisos Dentro de los primeros diez (10) días por motivos excepcionales de cada mes. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 16º numeral 16.2. • Presentación de copias de las Resoluciones que aprueban Dentro de los cinco (5) días siguientes Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional de aprobada la Resolución. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 20º. • Presentación de copias de las Resoluciones de Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes Presupuestarias de Habilitaciones y Anulaciones, entre de aprobada la Resolución. Unidades Ejecutoras. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 - art. 21º numeral 21.3 literal a). • Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de Mes 09 : hasta el 10 de octubre de una Unidad Ejecutora. 2006. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01- art. 21º numeral 21.3 literal b). • Presentación a la DNPP de copia de las Resoluciones a Mes 09 : hasta el 16 de octubre de que se refiere el artículo 21º numeral 21.3 literal b) de la 2006. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 • Información relativa al proceso presupuestario (Ejecución III Trimestre : hasta el 10 de octubre Presupuestal de Ingresos y Egresos). de 2006. - Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 - art. 8º. ANEXO Nº 01/GR Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Regional • Presentación de los Formatos Nºs 03 y 04 - PEAS de Activos, Desde el 30 de setiembre de 2006 Pensionistas y CAFAE a nivel de Unidad Ejecutora. hasta el 10 de octubre de 2006. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 29º (numeral 1) y Art. 35º. • Presentación de copia de la Resolución que aprueba los IV Trimestre : Dentro de los cinco (5) Calendarios de Compromisos Trimestrales Mensualizado. primeros días de iniciado el trimestre. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 18º. • Presentación de copias de las Resoluciónes que aprueban Mes 10:Desde el 01 al 31 de octubre las Ampliaciones de los Calendarios de Compromisos. de 2006. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 18º 18.4. • Presentación de copias de las Resoluciones que aprueban Dentro de los cinco (5) días siguientes Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional. de aprobada la Resolución. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 22º. • Presentación de copias de las Resoluciones de Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes Presupuestarias de Créditos y Anulaciones, entre Unidades de aprobada la Resolución. Ejecutoras. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, a), II). • Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de Mes 09 : hasta el 10 de octubre de una Unidad Ejecutora. 2006. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, b), I).
  • 8. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329078 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a las ciudades de Madrid y Barcelona, Reino de España, del 3 al 7 de octubre de 2006, para sostener reuniones con autoridades del gobierno español, con inversionistas y para suscribir un Convenio de Canje de Deuda, asimismo asistirá invitado en el marco de la Agenda de Desarrollo Iberoamericano por la Fundación CIDOB, para participar en el Seminario "Políticas Económicas para un Nuevo Pacto Social en América Latina"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 070-2006-EF, se aprobó el "Programa de Conversión de Deuda de Perú frente a España" a ser acordado entre la República del Perú y el Gobierno de España; Que, en tal sentido es necesario autorizar su viaje en misión oficial, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos no cubiertos por la Fundación CIDOB; Que, en tanto dure la ausencia del titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en misión oficial del Ministro de Economía y Finanzas, señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte a las ciudades de Madrid y Barcelona, Reino de España, del 3 al 7 de octubre de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no cubiertos por la Fundación CIDOB, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, según detalle: Viáticos : US$ 1 040,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ, Presidente del Consejo de Ministros, a partir del 3 de octubre de 2006 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 02554-1 Acreditan a representante delConsejo NacionaldelAm biente ante elConsejo D irectivo del Instituto N acional de D esarrollo de P ueblos A ndinos, Am azónicos y Afroperuano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 291-2006-PCM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28495 - Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de dicha Entidad conformado por veintitrés miembros, entre ellos un representante del Consejo Nacional del Ambiente, el mismo que es acreditado mediante Resolución Suprema; Que, corresponde acreditar al representante del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 28495; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación Acreditar al señor MANUEL ERNESTO BERNALES ALVARADO como representante del Consejo Nacional del Ambiente ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. • Presentación de copia de las Resoluciones de Modificaciones Mes 09 : hasta el 16 de octubre de Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora. 2006. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01- Art. 23º (23.3, b), I). • Información relativa al proceso presupuestario (Ejecución III Trimestre : hasta el 10 de octubre Presupuestal de Ingresos y Egresos). de 2006. - Directiva Nº 002-2006-EF/76.01 - art. 35º. Se exhorta a los responsables de la presentación de la información antes mencionada, dar cumplimiento estricto a los plazos de aprobación y remisión, según corresponda, a fin de permitir la fluidez y seguimiento del proceso presupuestario del Sector Público. Lima, 29 de setiembre de 2006 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO 02627-1 A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Regional
  • 9. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329079 R EPUBLICA DEL PER U Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 02633-15 A utorizan viaje del M inistro de R elaciones Exteriores a fin de efectuar una Visita O ficial a la ciudad de La Paz, Bolivia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 292-2006-PCM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaúnde, realizará una Visita Oficial a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, el 6 de octubre de 2006, atendiendo a una gentil invitación del Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia, David Choquehuanca; Que, en la citada Visita Oficial se abordarán temas vinculados a la entrada en vigencia del Tratado General de Integración y Cooperación para la Conformación de un Mercado Común entre la República del Perú y la República de Bolivia - TGI, a los trabajos que se realizarán en los próximos años en el marco de la Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca, Río Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa - ALT, entre otros importantes asuntos de la agenda bilateral; Que es prioridad de la política exterior del Perú reforzar a nivel regional las relaciones de orden político y económico con los países vecinos con los cuales compartimos intereses y objetivos comunes; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modificatoria la Ley Nº 28807; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025- 2005, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006- 2006; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaúnde, a fin de efectuar una Visita Oficial a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, el 6 de octubre de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por concepto de pasajes US$ 755.05, viáticos US$ 400.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02633-16 AGRICULTURA A utorizan viaje de funcionaria del INR ENA a Suiza para participar en la 54º R eunión del Com ité Perm anente de la CITES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2006-AG Lima, 29 de setiembre de 2006 VISTA: La Notificación a las Partes Nº 2006/038 de la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), comunicando la realización de la 54º Reunión del Comité Permanente de la Conferencia de las Partes que se celebrará en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de octubre de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, se aprobó la Convención para el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre - CITES, la cual tiene como objetivo principal la conservación de las especies de fauna y flora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha Convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el numeral 3.27 del artículo 3º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG modificado por Decreto Supremo Nº 010-2005-AG, define a CITES - Perú como la autoridad administrativa de la CITES en el Perú representada por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, según el artículo 31º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA aprobado por Decreto Supremo Nº 02-2003-AG, la Dirección de Conservación de la Biodiversidad Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, tiene entre sus funciones administrar y operar la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre - CITES y en su calidad de Autoridad Administrativa Científica de la CITES - Perú, emite los permisos de exportación, reexportación e importación de flora y fauna silvestre; Que, en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de octubre de 2006 se llevará a cabo la 54º Reunión del Comité Permanente de la Conferencia de las Partes, en la que se negociarán temas importantes vinculados a la gestión del INRENA, tales como el "Plan Estratégico de la CITES: 2008 - 2013", el examen de las Resoluciones y Decisiones de la CITES, la gestión de los cupos de exportación, el comercio internacional de la caoba, directrices para el
  • 10. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329080 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 cumplimiento de la Convención, leyes nacionales para aplicar la Convención, incentivos económicos, entre otros; Que, la CITES ha efectuado recomendaciones al Perú con relación al comercio de la Caoba (Switenia macropylla), y para su protección ha propuesto que en la 54º Reunión del Comité Permanente de la CITES se analice el documento SC54 Doc. 31.1, en el cual se propone que el Comité Permanente recomiende a las Partes que no autoricen la importación de especímenes de caoba de Perú; asimismo ha propuesto que el Comité Permanente solicite al Comité de Flora que reconsidere su decisión y aliente la inclusión de la caoba en el examen de comercio significativo; Que, el INRENA mediante Carta Nº 276-2006- INRENA-J-IFFS de fecha 11 de septiembre del 2006, solicitó a la Secretaría de la CITES la inscripción del Jefe del INRENA, y de la bióloga Marina Rosales Benites, para que participen en calidad de representantes de la Autoridad Administrativa CITES - Perú, en la 54º Reunión del Comité Permanente de la CITES; Que, en consecuencia, a fin de transmitir los avances y logros obtenidos por el país, con relación a las recomendaciones de la CITES, es necesaria la participación del INRENA en la mencionada reunión, en calidad de Autoridad Administrativa CITES - Perú, debiéndose autorizar el viaje de la bióloga Marina Rosales Benites, especialista de la Dirección de Conservación de la Biodiversidad de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la bióloga Marina Rosales Benites, especialista de la Dirección de Conservación de la Biodiversidad de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, para que participe en calidad de representante de la Autoridad Administrativa CITES - Perú, en la 54º reunión del Comité Permanente, a realizarse en Ginebra, Suiza, del 2 al 6 de octubre de 2006. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Pliego 162 - INRENA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,635.82 Viáticos US$ 1,300.00 Tarifa Única por uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 02633-6 DEFENSA Autorizan viaje de personal m ilitar a N icaragua para asistir a la V II Conferencia de M inistros de D efensa de las Am éricas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 399-2006-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2006 Vista la Hoja de Recomendación Nº 059-DIGEPE/B/ 01, del 23 agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, del Director Ejecutivo de Asuntos Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, y del Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, acompañando al señor Ministro de Defensa, con la finalidad que asistan a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, convocada por la Secretaría Pro Témpore de dicha Conferencia a cargo del Ministerio de Defensa de la República de Nicaragua, que se realizará entre los días 1 y 5 de octubre del 2006 en la ciudad de Managua, República de Nicaragua; Que, la participación del Perú en la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, hará conocer de forma individual la visión sobre la problemática de seguridad y defensa hemisférica que tiene cada país de la comunidad americana; Que, la asistencia del Perú a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, permitirá desarrollar las tres líneas temáticas de la agenda propuesta por la Secretaría Pro-Témpore, acorde con los intereses nacionales en materias de seguridad y defensa, participando y opinando en el proyecto de declaración conjunta que realizarán los Ministros de Defensa de las Américas, como resultado de las sesiones plenarias y de los Comités de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas Vicealmirante José ASTE Daffós, del 1 al 5 octubre 2006, al Director Ejecutivo de Asuntos Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, señor embajador José Antonio BELLINA ACEVEDO del 1 al 4 de octubre 2006, y al Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales e Intersectoriales de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, señor Capitán de Navío Santiago LLOP MESEGUER, del 1 al 5 de octubre del 2006; todo el personal antes citado, a la ciudad de Managua - República de Nicaragua, a fin asistan a la VII Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos mediante
  • 11. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329081 R EPUBLICA DEL PER U recursos transferidos por la Unidad Ejecutora 001 OGA/ MINDEF, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes (Lima - Managua - Lima) US$ 980.001 x 3 personas Viáticos - US$ 200 x 5 días x 1 persona Embajador José Antonio BELLINA ACEVEDO - US$ 200 X 6 días x 2 personas Vicealmirante José ASTE DAFFÓS Capitán de Navío Santiago LLOP MESEGUER Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 3 personas Artículo 3º.- El citado personal deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02633-7 A utorizan ingreso al territorio de la R epública de personal m ilitar de EE.UU.,Chile,G ran Bretaña,Em iratos Á rabes U nidos, B ulgaria, M alasia, K enia,Ucrania,Irak y Pakistán RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 400-2006-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 850, de fecha 28 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio firmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 16 de octubre de 2006, para participar en un estudio de investigación que realiza el Centro de Investigación de EnfermedadesTropicales de la Marina de los Estados Unidos de América - NMRCD. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 400-2006-DE/SG 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América para participar en un estudio de investigación que realiza el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América - NMRCD. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CAPITÁN DE NAVÍO STEPHEN SAVARINO 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE Sin armas. 4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 1 al 16 de octubre de 2006 02633-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 401-2006-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 883 de fecha 1 de setiembre de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile se acordó la realización de una pasantía de Salud;
  • 12. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329082 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar Chileno, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 7 de octubre de 2006, para participar en una pasantía de Salud con el Ejército del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 401-2006-DE/SG 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile para participar en una pasantía de Salud con el Ejército del Perú. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. TENIENTE CORONEL JUAN SANTIBAÑEZ VERGARA 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE NO INDICAN 4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 1 al 7 de octubre de 2006 02633-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 402-2006-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 881 de fecha 1 de setiembre de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile, se acordó ejecutar el intercambio en el área de Desarrollo Tecnológico entre ambos Países; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar chileno, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 7 de octubre de 2006, para realizar un intercambio de experiencias y conocimientos en el área de Desarrollo Tecnológico. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 402-2006-DE/SG 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile para realizar un intercambio de experiencias y conocimientos en el área de Desarrollo Tecnológico. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. GENERAL DE BRIGADA ALDO CARDINALI MEZA 2. CORONEL WALTER ARAYA MOURGUES 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE NO INDICAN
  • 13. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329083 R EPUBLICA DEL PER U 4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 1 al 7 de octubre de 2006 02633-10 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 403-2006-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 791, de fecha 11 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Reino Unido de Gran Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán sin armas de guerra; Que, un grupo de militares miembros de la Real Escuela de Estudios de Defensa, procedente de diversos países en su visita de estudios al Perú sostendrán reuniones con autoridades peruanas; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar del Reino Unido de Gran Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 al 9 de octubre de 2006, para sostener reuniones con autoridades peruanas. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 403-2006-DE/SG 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar del Reino Unido de Gran Bretaña, Emiratos Árabes Unidos, Bulgaria, Malasia, Kenia, Ucrania, Irak y Pakistán, miembros de la Real Escuela de Estudios de Defensa, para que sostengan reuniones con autoridades peruanas, dentro de su visita de estudios al Perú. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA, EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, BULGARIA, MALASIA, KENIA, UCRANIA, IRAK Y PAKISTÁN, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. MAYORGENERAL PAUL NEWTON (BRITÁNICO) 2. BRIGADIER GENERAL JEREMY ROBBINS (BRITÁNICO) 3. BRIGADIER GENERAL KEVINABRAHAM (BRITÁNICO) 4. COMODORO LIDSAYIRVINE (BRITÁNICO) 5. TENIENTE CORONEL MICHAELRENDER (BRITÁNICO) 6. CORONEL ABDULLA AL SHAMISI (EMIRATOS ÁRABES UNIDOS) 7. CORONEL NIKOV HISTROV (BULGARA) 8. ALMIRANTE AHPANDI JASAN (MALAQUI) 9. CORONEL CHARLES NGENGA (KENIANO) 10. CORONEL VOLODYMYR OHORODNYKOV (UCRANIANO) 11. CORONEL ATHEELRASHAD (IRAQUI) 12. BRIGADIER GENERAL NAWEED ZAMAN (PAKISTÁN) 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE Sin armas. 4. TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 1 al 9 de octubre de 2006. 02633-11 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan renuncia de Jefe delProgram a Unidad de Coordinación de Préstam os Sectoriales del M inisterio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 549-2006-EF/10 Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 575-2002-EF/10 de fecha 30 de diciembre de 2002 se encargó a la doctora María del Carmen Rivera Pérez como Jefe del Programa Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas; y mediante Resolución Ministerial Nº 508-2005-EF/10 del 12 de octubre de 2005, se le designó como Jefe del referido Programa; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 30 de setiembre de 2006, la renuncia formulada por la doctora María del Carmen Rivera Pérez como Jefe del Programa Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado.
  • 14. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329084 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 02632-1 Aceptan renuncia de D irector G eneral de la D irección G eneral de A suntos Económ icos y Sociales delM inisterio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 551-2006-EF/10 Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 362-2005- EF/10 del 2 de agosto de 2005, se designó al señor Edgar Leonidas Zamalloa Gallegos, como Director de Programa Sectorial IV - Director General, Categoría F-5 de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Edgar Leonidas Zamalloa Gallegos, al cargo de Director de Programa Sectorial IV - Director General, Categoría F-5 de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 02632-2 Aprueban Calendario de Com prom isos T rim estral M ensualizado para los pliegos del G obierno Nacional, de los m eses octubre,noviem bre y diciem bre delaño fiscal2006 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 050-2006-EF/76.01 Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala entre otros, que el Calendario de Compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios, en función del cual se establece el monto máximo para comprometer gastos a ser devengados, con sujeción a la percepción efectiva de los ingresos que constituyen su financiamiento; Que, el Calendario de Compromisos es aprobado, en el Gobierno Nacional, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento, por la Dirección Nacional del Presu- puesto Público; Que, el numeral 30.2 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público establece los lineamientos, procedimientos y restricciones que sean necesarias en la aprobación del Calendario de Compromisos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º y el artículo 30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 16º, numeral 16.1 de la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2006 aprobada por la Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado para los pliegos del Gobierno Nacional, de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año fiscal 2006, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- La aprobación del Calendario de Compromisos, no convalida los actos ó acciones que no se ciñan a la normatividad vigente, correspon- diendo al Órgano de Control Interno o el que haga sus veces en el pliego verificar la legalidad y observancia de las formalidades aplicables a cada caso, de conformidad con el numeral 30.3 del artículo 30º de la Ley Nº 28411. Artículo 3 º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el Artículo 1º de la presente Resolución Directoral, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR HUGO DÍAZ RODRÍGUEZ Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 050-2006-EF/76.01 CALENDARIO DE COMPROMISOS TRIMESTRAL MENSUALIZADO CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2006 (EN NUEVOS SOLES) OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL GOBIERNO NACIONAL 2 365 020 218 2 352 091 799 2 596 389 227 7 313 501 244 RECURSOS ORDINARIOS 1 798 716 172 1 772 450 509 1 940 104 655 5 511 271 336 CANON, SOBRECANON, REGALÍASY PARTICIPACIONES 7 537 867 11 204 046 5 658 193 24 400 106 CONTRIBUCIONES A FONDOS 143 369 897 130 497 683 179 248 705 453 116 285 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 251 129 262 255 643 357 276 409 468 783 182 087 RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CRÉDITO EXTERNO 88 417 693 93 325 737 127 582 652 309 326 082 DONACIONESYTRANSFERENCIAS 75 849 327 88 970 467 67 385 554 232 205 348 TOTAL GENERAL : 2 365 020 218 2 352 091 799 2 596 389 227 7 313 501 244 02626-1
  • 15. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329085 R EPUBLICA DEL PER U ENERGÍA Y MINAS A prueban N orm a "Procedim iento de A utoliquidación de A portes de Em presas del Subsector Electricidad" DECRETO SUPREMO Nº 057-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso g) del Artículo 31º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, de fecha 6 de noviembre de 1992, establece la obligación de los concesionarios de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, a contribuir al sostenimiento de los organismos normativos, reguladores y fiscalizadores mediante aportes, los mismos que no podrán ser superiores al uno por ciento (1%) de sus ventas anuales; Que, el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 009-93- EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, de fecha 19 de febrero de 1993, establece que los titulares de autorización, tendrán los mismos derechos y beneficios que los titulares de concesión, así como las obligaciones señaladas en el inciso g) del Artículo 31º de la Ley de Concesiones Eléctricas, entre otros; Que, el Artículo 234º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, establece que el Ministerio de Energía y Minas fijará anualmente el monto de contribución que deben aportar los concesionarios en mérito del inciso g) del Artículo 31º de la Ley de Concesiones Eléctricas, no pudiendo superar el 1% de sus ventas anuales. Asimismo, establece que el Ministerio de Energía y Minas deberá señalar la proporción, que del total fijado, corresponda al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG) y a la Dirección General de Electricidad (DGE) del Ministerio de Energía y Minas, como órganos regulador-fiscalizador y normativo, respectivamente; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, de fecha 13 de julio de 2000, establece el aporte por regulación que los Organismos Reguladores recaudarán de las empresas y entidades bajo su ámbito, el cual no podrá exceder del uno por ciento (1%) del valor de la facturación anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal. Asimismo, establece que este aporte será fijado en cada caso, mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Economía y Finanzas, se determinó el aporte al que hacen referencia los considerando precedentes, establecién- dose el 0,65% para el OSINERG y el 0,35% para la DGE de la facturación anual por operaciones relacionadas con la correspondiente concesión o autorización, según corresponda, deduciéndose el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal; Que, se requiere fijar un Procedimiento de Autoliquidación de Aportes de los concesionarios y titulares de autorizaciones, a fin de unificar los formatos e información que remiten los obligados a efectuar el aporte, y se pueda verificar la veracidad de dicha información; Que, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, el proyecto de la presente norma fue prepublicado en la Página Web del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de la Norma "Procedi- miento de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector Electricidad" Aprobar la Norma "Procedimiento de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector Electricidad", cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRICIDAD NORMA "PROCEDIMIENTO DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES DE EMPRESAS DEL SUBSECTOR ELECTRICIDAD" Septiembre 2006 CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. BASE LEGAL 4. APORTE 5. PROCEDIMIENTO ANEXO Norma "Procedimiento de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector Electricidad" 1. OBJETIVO Reglamentar el proceso de autoliquidación de Aportes que deben efectuar las empresas y entidades del Subsector Electricidad que desarrollan la actividad de generación, transmisión o distribución de energía eléctrica, bajo el régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas, a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y al OSINERG, en cumplimiento del inciso g) del Artículo 31º del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones Eléctricas" y, del Artículo 10º de la Ley Nº 27332 "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos". 2. ALCANCE Este Procedimiento es aplicable a todas las empresas y entidades que desarrollan la actividad de generación, transmisión o distribución de energía eléctrica, bajo el régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas. 3. BASE LEGAL - Artículo 31º inciso g) y Artículo 101º inciso a) del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones Eléctricas" (LCE). - Artículo 10º de la Ley Nº 27332 "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos". - Artículo 7º de la Ley Nº 27699 "Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERG". - Norma II, Artículo 28º y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF "Texto Único Ordenado del Código Tributario".
  • 16. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329086 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 ANEXO Formatos de Autoliquidación de Aportes FORMATOS - A PARAGENERADORAS DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO A. 01: CLIENTES LIBRES Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal Ítem Fecha Nº Doc.* Cliente Activa Reactiva Tarifario** *** **** 01 02 03 04 05 06 ... Total Clientes Libres (*) Documento como: factura o comprobante de pago. (**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora. (***) Moratorios y compensatorios. (****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría. A. 02: EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal Ítem Fecha Nº Doc.* Cliente Activa Reactiva Tarifario** *** **** 01 02 03 04 05 06 ... Total Empresas de Distribución (*) Documento como: factura o comprobante de pago. (**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora. (***) Moratorios y compensatorios. (****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría. - Artículo 6º y Artículo 201º inciso b) del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (RLCE), aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. - Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM, refrendadoporelPresidentedelConsejodeMinistros,Ministro de Energía y Minas y Ministro de Economía y Finanzas. 4. APORTE 4.1 En cumplimiento del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones Eléctricas" y de la Ley Nº 27332 "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos", la contribución a los Organismos Normativo, Regulador y Fiscalizador, efectuada mediante Aportes de las empresas y entidades que desarrollan la actividad de generación, transmisión o distribución de energía eléctrica, bajo el régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas, se determinará aplicando la tasa correspondiente a la base de cálculo conformada por las ventas o facturaciones mensuales de estas empresas o entidades, deducido el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto de Promoción Municipal (IPM). En ningún caso la suma de los Aportes a los organismos receptores excederá el tope fijado en el Artículo 10º de la Ley Nº 27332, en concordancia con el inciso g) del Artículo 31º de la Ley Nº 25844. 4.2 La distribución del Aporte a los organismos receptores, es la establecida en el Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM u otro que lo sustituya. 4.3 En el caso de los concesionarios de distribución de energía eléctrica, los montos que transfieran las empresas aportantes a las empresas receptoras, en aplicación de la Ley Nº 27510, Ley que crea el Fondo de Compensación Social Eléctrico (FOSE), no forman parte de la base imponible para el cálculo del Aporte. Las empresas receptoras serán las encargadas de efectuar el Aporte correspondiente a la totalidad del monto transferido. 4.4 Las compensaciones por racionamiento y/o por interrupciones del servicio eléctrico que los concesionarios deben efectuar mediante descuento en sus respectivas facturaciones, según lo establecido en el Artículo 131º del RLCE, las derivadas de la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 020-97-EM, y sus modificatorias, no podrán ser deducidas de la base del cálculo del Aporte. 4.5 De no efectuarse oportunamente los Aportes, estarán sujetos a la aplicación de los intereses previstos en el Código Tributario. 5. PROCEDIMIENTO 5.1 Los obligados a efectuar el Aporte realizarán una liquidación mensual de dicha contribución, de acuerdo al Formato de Autoliquidación de Aportes que se muestra en el Anexo; asimismo, deberán detallar en documento adjunto a la Autoliquidación, los rubros considerados en la categoría "Otros" de cada Formato. En caso de empresas que realicen más de una actividad en el Subsector, éstas deberán reportar los ingresos obtenidos por cada una de estas actividades considerando los formatos correspondientes del Anexo. 5.2 El monto consignado en la Autoliquidación de Aporte deberá ser depositado, dentro de los treinta (30) primeros días calendario del mes siguiente al que corresponda la facturación total, en la cuenta corriente bancaria habilitada por cada organismo receptor. 5.3 Dentro del mismo plazo a que se hace referencia en el numeral precedente, los concesionarios y titulares de autorización deberán remitir al respectivo organismo receptor, con carácter de declaración jurada, la Autoliquidación de Aporte en el Formato correspondiente que se muestra en el Anexo, adjuntando al mismo una copia de la constancia del depósito respectivo. 5.4 En concordancia con el Artículo 101º inciso a) de la LCE y con el Artículo 201º inciso b) del RLCE, la fiscalización de estas contribuciones es competencia del OSINERG, el mismo que si detectara anomalías en las contribuciones, informará a la Dirección General de Electricidad respecto a las regularizaciones de pago.
  • 17. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329087 R EPUBLICA DEL PER U A. 03:OTRAS GENERADORAS Y COES Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros Subtotal Ítem Fecha Nº Doc.* Empresa Activa Reactiva Tarifario** *** **** 01 02 03 04 05 06 ... Total Otras Generadoras y COES (*) Documento como: factura o comprobante de pago. (**) Ingresos por redes de transmisión de la generadora. (***) Moratorios y compensatorios. (****) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría. A.04:RESUMEN Energía Energía Potencia Peaje** Ingreso Intereses Otros**** Subtotal Facturación a/por: Activa Reactiva Tarifario** *** Clientes Libres Empresas de Distribución Otras Generadoras y COES Total Aporte (%) Aporte (S/.) FORMATOS - B PARATRANSMISORAS DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO Sistema Principal Sistema Secundario B.01: CLIENTES Peaje de Ingreso Peaje Ingreso Intereses Otros* Total Ítem Fecha Nº Factura Cliente Conexión Tarifario Secundario Tarifario 01 02 03 04 05 06 . . . Total Clientes (*) La empresa en un documento adjunto detallará los rubros considerados en esta categoría. Aporte (%) Aporte (S/.) FORMATOS - C PARADISTRIBUIDORAS DETERMINACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO (FACTURACIONES en S/.) PARA EL APORTE MES - AÑO C.01: SUMINISTROS - CLIENTES Clientes Libres Usuarios Regulados Subtotal Ítem Descripción MAT AT MT MT BT 01 Energía Activa 02 Energía Reactiva 03 Potencia 04 Alumbrado Público 05 Alumbrado Público Complementario 06 Cargo Fijo 07 Cargo por Mantenimiento y Reposición 08 Intereses Compensatorios 09 Intereses Moratorios 10 Intereses de Convenios 11 Recupero (Art. 90º.b LCE y Art. 177º RLCE) 12 Recupero (Art. 92º LCE) 13 Corte de Servicio 14 Reconexión de Servicio 15 Retiro de Conexión 16 Reinstalación de Conexión
  • 18. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329088 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 D an por concluida designación y encargan funciones de D irector de Personal de la O ficina G eneral de Adm inistración del M inisterio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 465-2006-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2003- EM/DM, se designó al Eco. Luis Alberto Reyes Valencia como Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, se ha visto con conveniente dar por concluida la referida designación; Que, por convenir al servicio, y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario proceder a encargar el despacho del Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración, en tanto se designa a su titular; C.01: SUMINISTROS - CLIENTES Clientes Libres Usuarios Regulados Subtotal Ítem Descripción MAT AT MT MT BT 17 Venta de Conexiones 18 Venta de Contadores de Energía 19 Venta de otros Equipos y Accesorios 20 Aumento o Disminución de Carga 21 Ingresos por Art. 98º de la LCE 22 Transferencia FOSE 23 Otros Ingresos * Total Suministros - Clientes (*) Otros ingresos vinculados a la prestación del servicio eléctrico. En un documento adjunto, la empresa detallará los rubros considerados en esta categoría Ingresos por uso de Instalaciones C.02: OTROS CLIENTES Transm. Transm. Sist. Apoyo en Intereses Otros * Subtotal Ítem Fecha Nº Factura Cliente Principal Secundaria Dist. Postes 01 02 03 04 05 06 . . . Total Otros Clientes (*) Otros ingresos vinculados a la prestación del servicio eléctrico. En un documento adjunto, la empresa detallará los rubros considerados en esta categoría C.03:RESUMEN Facturación a/por: Subtotal Suministros - Clientes Otros Clientes Total Aporte (%) Aporte (S/.) 02633-2 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Eco. Luis Alberto Reyes Valencia como Director de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2º.- Encargar a la Lic. Irene Suárez Quiroz, Directora de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, las funciones del Director de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02590-1
  • 19. NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329089 R EPUBLICA DEL PER U A ceptan renuncia de D irector de la D irección de Prom oción y D esarrollo M inero de la D irección G eneral de M inería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 466-2006-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 004-2004- MEM/DM, se designó al Ing. César Oswaldo Tovar Jumpa como Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, es conveniente aceptar la renuncia presentada por el referido funcionario al cargo que viene desempeñando; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 77 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa y las atribuciones consignadas en el artículo 3 de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el Ing. César Oswaldo Tovar Jumpa al cargo de Director de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02590-2 D esignan D irector de la D irección de Prom oción y D esarrollo M inero de la D irección G eneral de M inería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2006-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director, Nivel D-3, Categoría Remunerativa F-3, CAP Nº 8217, de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, es conveniente designar como titular del cargo señalado, al Ing. Walter Sánchez Sánchez, profesional CAP de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 77 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa y las atribuciones consignadas en el artículo 3 de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Walter Ernesto Sánchez Sánchez, en el cargo de confianza de Director, Nivel D-3, Categoría Remunerativa F-3, CAP Nº 8217, de la Dirección de Promoción y Desarrollo Minero de la Dirección General de Minería, del Ministerio de Energía y Minas. Artículo2º.-Deconformidadconloestablecidoenelartículo 77º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el profesional designado a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, al término de la presente designación retornará a la plaza de carrera de la cual es titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02590-3 M odifican Anexo dela R.M .Nº205-2006- M EM /D M referentealprocedim iento para la Auditoría Integral de D uctos de los Sistem as de Transporte de G as Natural y Líquidos de G as Naturaldelproyecto Cam isea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 468-2006-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 017-2006- PCM dispuso que el proceso de selección y contratación de la Auditoría Integral de los Ductos de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del proyecto Camisea, así como la supervisión de ésta, se realizaría de conformidad con el procedimiento aprobado por el Ministerio de Energía y Minas mediante la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2006- MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 359-2006-MEM/DM, se aprobó el Anexo que contiene el procedimiento para la selección, contratación y supervisión de la mencionada Auditoría; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral VIII de la ResoluciónMinisterialNº205-2006-MEM/DMysumodificatoria, la supervisión de la ejecución del Contrato de Auditoría Integral se encontraría a cargo del Ministerio de Energía y Minas; Que, resulta necesario conformar una Comisión que se encargará de la supervisión de la ejecución del Contrato de Auditoría Integral, la misma que estará integrada por representantes del Ministerio de Energía y Minas, del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG y de la sociedad civil. En este sentido, deberá modificarse el punto VIII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM; Que, con fecha 12 de setiembre de 2006, se otorgó la Buena Pro a la empresa Lloyd Germánico de México, S. de R.L. de C.V. para que realice el Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; Que, por su parte, el punto VII del Anexo aprobado por la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM y su modificatoria, señala que los costos que demande la Auditoría Integral serán asumidos íntegramente por Transportadora de Gas del Perú S.A., constituyendo un Fideicomiso en Garantía a fin de asegurar el pago a la Empresa Auditora, debiendo para dicho efecto suscribir el Contrato de Fideicomiso respectivo; Que, asimismo, el numeral 4 del punto VII del Anexo citado, señala que el pago o los pagos serán realizados una vez que el Ministerio de Energía y Minas haya aprobado los informes presentados por la Empresa Auditora, debiendo proceder a dar instrucciones a la Fiduciaria para que realice el (los) pago(s) parcial(es) y/o total, de acuerdo a lo establecido en el Contrato respectivo; Que, de otro lado, es necesario autorizar al Ing. Gustavo Adolfo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos, para que en representación del Ministerio de Energía y Minas realice las siguientes acciones: i) suscriba con la empresa Lloyd Germánico de México, S. de R.L. de C.V., el Contrato de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; ii) intervenga en la suscripción del Contrato de Fideicomiso; iii) apruebe los informes presentados por la Empresa Auditora, previa opinión de la Comisión contemplada en la modificación del numeral VIII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/ DM; iv) disponga las instrucciones a la Fiduciaria para que realice el (los) pago(s) parcial(es) y/o total, de acuerdo a lo establecido en el Contrato respectivo; y, v) los demás actos relacionados con la ejecución del Contrato de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025- 2003-EM;
  • 20. NORMAS LEGALES R EPUBLICA DEL PERU 329090 El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el punto VIII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM con el siguiente texto: "VIII. DE LA SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Una Comisión integrada por dos (2) representantes del Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales la presidirá, dos (2) representantes del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG y un (1) representante de la sociedad civil, tendrá a su cargo la supervisión de las obligaciones asumidas por la Empresa Auditora de acuerdo con los términos establecidos en el Contrato. Los representantes deberán ser acreditados por el Titular de la entidad o institución a la que representan. La aprobación de los Informes presentados por la Empresa Auditora a que hace referencia el numeral 4 del puntoVII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006- MEM/DM,serealizarápreviaopiniónfavorabledelaComisión. La Comisión deberá coordinar e informar al Ministerio de Energía y Minas de las acciones realizadas para el cumplimiento de sus funciones relacionadas con la supervisión del Contrato de Auditoría Integral." Artículo 2º.- Autorizar al Ing. Gustavo Adolfo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos, para que en representación del Ministerio de Energía y Minas realice las siguientes acciones: i) suscriba con la empresa Lloyd Germánico de México, S. de R.L. de C.V., el Contrato de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; ii) intervenga en la suscripción del Contrato de Fideicomiso; iii) apruebe los informes presentados por la Empresa Auditora, previa opinión favorable de la Comisión a que se refiere la modificación del numeral VIII del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-MEM/DM; iv) disponga lasinstruccionesalaFiduciariaparaquerealiceel(los)pago(s) parcial(es) y/o total, de acuerdo a lo establecido en el Contrato respectivo;y, v) los demás actos relacionados con el Contrato de Servicio de Auditoría Integral de los Sistemas deTransporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02587-1 INTERIOR Autorizan viaje de Personalde la PNP a Colom bia,en com isión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2019-2006-IN/PNP Lima, 29 de setiembre del 2006 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 013-2006- DGPNP/INTERPOL-EM, de fecha 15SET2006, que opina se autorice al Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA QUEVEDO y SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ, para que viajen en Comisión de Servicio a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, del 2 al 4OCT2006. CONSIDERANDO: Que,conOficioNº2660-1JPLT-SM-CMMCde11SET2006, el señor Luis Alberto GARZON CASTILLO, Juez Titular del 1er.Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de San Martín-Tarapoto, comunica al Coronel PNP José Adán GARCIA BLANCO, Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional-OCN-INTERPOL-Lima la Resolución Nº 13 de fecha 11SET2006, emitida en la causa contra Elar ALTAMIRANO CARDOZO y Raquel Eulisa CASTILLO SANTA CRUZ, por el Delito de Hurto Agravado, en agravio de la Compañía Internacional del Café SAC COINCA, así como indica que se adopten las medidas de seguridad y resguardo necesarias para la ejecución de la expulsión del ciudadano Elar ALTAMIRANO CARDOZO de la República de Colombia para su traslado al Perú y posteriormente ponerlo a disposición de su judicatura con sede en la ciudad de Tarapoto; Que, según lo acotado en la Hoja de Estudio y Opinión, señala que el 1er. Juzgado Penal de San Martín, comunica que se ha emitido la Resolución Nº 12-058-2006 de 6SET2006,dondesedejasinefectolarequisitoriadeubicación ycapturaanivelInternacionalcontraRaquelEulisaCASTILLO SANTA CRUZ, al haberse variado su situación jurídica a la Comparecencia Restringida, emitida por la Sala Mixta DescentralizadadelaCorteSuperiordeJusticiadeSanMartín - Tarapoto, a la vez que la INTERPOL - Colombia comunica a su similar de Perú, que la referida ciudadana fue dejada en Libertad el 13SET2006, dispuesto por la Fiscalía General de la Nación, habiendo realizado los tramites para realizar su Expulsión, la misma que por motivos de vuelo se realizó el 18SET2006 a las 21:40 horas en la Aerolínea Avianca, quedando pendiente de resolverla expulsión del ciudadano Elar ALTAMIRANO CARDOZO; Que, con Oficio Nº 1833-2006-MP-FN/UCJLE de 25SET2006, la señora Cecilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema, Titular, Presidenta de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, comunica que la expulsión del ciudadano Elar ALTAMIRANO CARDOZO, contará con un tiempo perentorio de TREINTAY SEIS (36) horas, en caso contraria quedaría en Libertad; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial PNP serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002- Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal PNP y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 publicado el 7MAY2006, concordante con lo establecido en la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año FiscaI 2006, artículos 1º y 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5JUN2002, aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, artículos 12º numeral 12.1 y 36º Numeral 3 de la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y artículos 14º numeral 14.1.2 y 50º numeral 50.1.3 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-IN del 40CT2000; Estando a lo propuesto por el General PNP Director de Recursos de la Policía Nacional del Perú; Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Extranjero en Comisión del Servicio del Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA QUEVEDO y SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, del 1OCT al 5OCT2006, a efectos de dar cumplimiento a la Expulsión del ciudadano peruano Elar ALTAMIRANO CARDOZO, a solicitud del 1er. JuzgadoEspecializadoenloPenaldelaCorteSuperiorJusticia de San Martín-Tarapoto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por viáticos para los funcionarios policiales que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Inferior, de acuerdo al siguiente detalle: Capitán PNP Ulises EGOCHEAGA QUEVEDO Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 3x200 US$ 600.00 TOTAL US$ 600.00 SOS PNP Jorge Luís PEÑA CRUZ Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 3x200 US$ 600.00 TOTAL US$ 600.00