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HACIENDO NEGOCIOS EN CHILE
Marco Legal
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INDICE
I. ORGANIZACIONES COMERCIALES EN CHILE ........................4
II. INVERSION EXTRANJERA EN CHILE ....................................22
III. SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO .........................................25
IV. SISTEMA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL...........................39
V. VISAS PARA EXTRANJEROS.................................................58
3 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
hile ofrece un entorno económico y político estable, con excelentes
perspectivas de crecimiento. También cuenta con un marco legal
respetable, diseñado para garantizar la protección de las inversiones
y la capacidad de operar de acuerdo con la práctica comercial normal. Los
mercados financieros chilenos están bien desarrollados, con una alta tasa de
ahorro interno principalmente debido a su sistema de fondos de pensiones
privados.
Este documento discute brevemente los marcos legales aplicables a
cualquier persona o empresa interesada en realizar actividades comerciales
en Chile. Los reglamentos de inversión extranjera, las alternativas de
estructura societaria, así como las disposiciones tributarias relevantes se
resumen para explicar el medio legal disponible para hacer negocios en
Chile. Naturalmente, la estructura más conveniente para un negocio
particular, debe determinarse caso a caso, porque este documento sólo
tiene por objeto proporcionar una visión general de la legislación más
relevante.
En general, no existen restricciones basadas en la nacionalidad de socios,
accionistas o propietarios de empresas chilenas. La única restricción
impuesta por la ley a este respecto se aplica a ciertos campos de actividad
altamente específicos, tales como la navegación costera.
C
4 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
I. ORGANIZACIONES COMERCIALES EN CHILE
Existen varias estructuras en las que las empresas pueden ser organizadas para realizar
actividades en Chile. De las organizaciones sin fines de lucro a las sociedades anónimas, la
ley chilena establece diferentes regímenes aplicables de acuerdo a las diferentes
necesidades.
Generalmente, una empresa extranjera puede seleccionar libremente cualquiera de las
siguientes formas de organización:
A. Sucursal de una Entidad Legal Extranjera
B. Corporación
C. Sociedad por Acciones (Corporación Simplificada)
D. Sociedad de Responsabilidad Limitada
En el caso de los bancos, las compañías de seguros y las sociedades gestoras de fondos de
pensiones, entre otros, la ley establece ciertos requisitos reglamentarios que deben
cumplirse, es decir, la autorización previa de la autoridad local competente.
Como regla general, ninguna estructura en particular es obligatoria para realizar negocios
en Chile, con la excepción de ciertos negocios específicos, como por ejemplo: Los servicios
bancarios, las compañías de seguros, la gestión de los fondos de pensiones, etc. Por lo
tanto, las diferentes consideraciones que se exponen a continuación deben ponderarse
cuidadosamente para determinar la estructura más adecuada.
5 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
A. SUCURSAL DE UNA ENTIDAD JURÍDICA EXTERIOR (Agencia)
Una sucursal de una persona jurídica extranjera no es una entidad legal autónoma
en sí misma sino una agencia de la matriz en Chile.
1. Establecimiento
Para establecer una sucursal de una persona jurídica extranjera en Chile, es
necesario que ciertos documentos sean legalizados por el cónsul respectivo
y protocolizados ante un Notario Público local. Posteriormente, el agente
deberá ejecutar una escritura pública que contenga una declaración de
establecimiento para la sucursal. Un resumen de dicha declaración debe
cumplir con ciertos requisitos de publicidad.
No se requiere ninguna autorización oficial previa.
Específicamente, las copias de los siguientes documentos en su idioma
original de ejecución deben ser certificadas y legalizadas por cónsul
respectivo:
- Acta de constitución de la entidad extranjera.
- Estatutos de la entidad extranjera.
- Certificado de buena reputación (o similar) de la entidad extranjera.
- Poder otorgado al agente que gestionará la sucursal.
Si los documentos originales se emiten en un idioma distinto del español,
deben ser previamente traducidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Chile.
Tanto los documentos originales como sus traducciones deben ser
protocolizados ante un Notario en Chile para su registro.
6 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
En la misma fecha de registro de dichos documentos, el agente designado
deberá ejecutar una escritura pública que trate de lo siguiente:
(a) Nombre, capital (monto y condiciones de aportación de capital),
domicilio y objeto social de la sucursal en Chile.
(b) Una declaración y representación de que la entidad extranjera es
consciente de la legislación chilena que regirá sus asuntos en Chile,
su sucursal, contratos y obligaciones; Que la entidad extranjera y sus
activos estarán sujetos a las leyes chilenas, particularmente en
cuanto al cumplimiento de las obligaciones asumidas en Chile; Y que
la entidad extranjera acuerda mantener en Chile activos que puedan
ser fácilmente vendidos o liquidados para cumplir con sus
obligaciones en Chile.
Un resumen de la escritura pública deberá ser publicado en el Boletín Oficial
y registrado en el Registro de Comercio dentro de los 60 días desde la fecha
de su ejecución.
De acuerdo con el artículo 447 del Código de Comercio y el artículo 121 de la
Ley de Sociedades Anónimas (Ley N ° 18.046), el poder otorgado al agente
debe ser general, con autorización de carta blanca, incluyendo una cláusula
que declare que el agente actuará en Chile bajo la responsabilidad directa de
la entidad extranjera, y con amplias facultades para llevar a cabo
operaciones en su nombre. También deben incluirse las autoridades para
representar a la entidad extranjera ante los Tribunales de Chile, en los
términos establecidos por el Código de Procedimiento Civil de Chile. Por lo
tanto, y pese a que la mayoría de las empresas generalmente no otorgan
poderes generales a sus funcionarios o empleados como una cuestión de
política, deben hacerlo si desean operar una sucursal en Chile.
7 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
2. Responsabilidad de la entidad extranjera
La entidad extranjera es responsable de todas las actividades y negocios
realizados por la sucursal chilena, y esta responsabilidad no se limita a los
activos ubicados en Chile.
3. Capital
No se requiere capital mínimo para el establecimiento de una sucursal de
una entidad extranjera en Chile. Cualquier monto de capital podrá ser
determinado en el momento de constitución de la sucursal, sin que sea
obligatorio que dicho capital se encuentre pagado a la fecha de constitución.
Además, el capital de la sucursal podrá ser modificado en cualquier
momento, ya sea aumentándolo o reduciéndolo, en cuyo caso dicha
enmienda deberá ser ejecutada por el agente mediante escritura pública. La
publicación en el Boletín Oficial y la inscripción en el Registro de Comercio
de un resumen del mismo, deberá realizarse en un plazo de 60 días. Las
reducciones de capital deben ser autorizadas previamente por el Servicio de
Impuestos Internos.
4. Gestión
La sucursal será administrada por el agente, quien será investido con amplia
autoridad para representar a la entidad extranjera como se explica en el
punto (1) de este documento.
5. Remisión de beneficios
No existen limitaciones con respecto a la remisión de beneficios de la
sucursal, siempre que se hayan pagado todos los impuestos pertinentes y se
8 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
hayan cumplido las condiciones de remisión de inversión extranjera
aplicables y las regulaciones cambiarias.
6. Publicación de Estados Financieros
El agente debe publicar los estados financieros de la sucursal cada año en un
periódico local del domicilio social de la sucursal indicada en la escritura
notarial de establecimiento.
B. SOCIEDAD ANÓNIMA
En términos generales, las regulaciones chilenas sobre las sociedades anónimas no
difieren mucho de las de otras jurisdicciones.
9 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Bajo la ley chilena (básicamente, la Ley de Sociedades Anónimas - Ley N º 18.046 - y
su Reglamento), las sociedades anónimas pueden ser de propiedad pública o de
empresas privadas.
Las sociedades anónimas abiertas son aquellas en las que las acciones (u otros
valores emitidos por la respectiva sociedad) se cotizan públicamente o las que
tienen 500 o más accionistas o en las que al menos el 10% de las acciones
pertenecen a 100 accionistas.
Las sociedades anónimas cerradas son aquellas que no están dentro de la definición
anterior.
Las sociedades anónimas abiertas están sujetas a la supervisión de la
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), mientras que las sociedades anónimas
cerradas no lo están. Sin embargo, los accionistas de una sociedad anónima cerrada
pueden acordar que se rija por los reglamentos aplicables a las sociedades
anónimas abiertas, convirtiéndose así en una sociedad sujeto al control de la SVS.
Asimismo, si una sociedad anónima cerrada, debido a regulaciones particulares,
está obligada por ley a registrar sus acciones en la SVS, dicha sociedad anónima
cerrada sería considerada como una sociedad anónima abierta, sujetándose así
también a la supervisión de la SVS.
Por último, otras sociedades anónimas, como compañías de seguros, sociedades
administradoras de fondos mutuos, etc., son calificadas como "sociedades
anónimas especiales" y también están sujetas a la supervisión de la SVS.
1. Incorporación
A las sociedades anónimas, tanto abiertas como cerradas, se incorporan
mediante escritura pública por cada dos incorporaciones, al menos. Deberán
incluirse ciertas leyendas requeridas por la ley, tales como el nombre de los
10 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
accionistas, su profesión y domicilio; La razón social de la sociedad, su
domicilio; El capital social y el número de acciones en que se divide, la
descripción de las series preferentes, en su caso; y otros.
Un resumen de la escritura pública deberá ser publicado en el Boletín Oficial
e inscrito en el Registro de Comercio en un plazo de 60 días a partir de la
fecha de su ejecución. La escritura pública también debe contener los
estatutos de la corporación.
2. Responsabilidad de los accionistas.-
Los accionistas sólo son responsables por el importe que han acordado
pagar por las acciones suscritas.
3. Capital
El capital debe ser pagado en un plazo de tres años a partir de la fecha de
ejecución de la escritura de constitución, o dentro del plazo más corto
previsto en los estatutos, en su caso, indexado según las tasas de inflación
chilenas o ajustado bajo otros mecanismos acordados específicamente (por
ejemplo, tipos de cambio).
El capital social establecido en los estatutos se incrementará
automáticamente, anualmente, de acuerdo con la tasa de inflación chilena,
una vez que el balance de la compañía haya sido debidamente aprobado por
los accionistas.
Cualquier otro aumento de capital de las sociedades requerirá la
modificación de los estatutos que, a su vez, requerirá una asamblea
extraordinaria de accionistas que deberá constar en escritura pública. Un
11 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
resumen de dicha escritura debe ser publicado en el Boletín Oficial e inscrito
en el Registro de Comercio en el plazo de 60 días a partir de la fecha de su
ejecución.
Entre otros medios, los aumentos en el capital de la corporación pueden ser
obtenidos a través de la capitalización de utilidades o ganancias retenidas;
Mediante capitalización de deudas; O mediante contribuciones adicionales
en efectivo o en especie. Todo capital adicional deberá ser desembolsado en
el plazo de tres años a partir de la fecha de la asamblea de accionistas
pertinente, o dentro del plazo más corto acordado en su caso, con excepción
de los planes de opción de compra de acciones, respecto de los cuales el
plazo de pago podría prorrogarse hasta cinco años.
En cualquier caso, antes de aumentar el capital de las sociedades anónimas
cerradas mediante la emisión de nuevas acciones, las reservas existentes
deben ser capitalizadas en primer lugar.
En caso de que los accionistas acuerden un aumento de capital mediante la
emisión de nuevas acciones, los accionistas existentes tienen el derecho de
preferencia para suscribir proporcionalmente cualquier nueva acción
(excepto cuando se emiten acciones para planes de opción de compra, pero
hasta el 10%), derecho que puede renunciar o transferirse libremente.
Las reducciones en el capital de la sociedad también deben ser acordadas en
una junta extraordinaria de accionistas y certificadas en escritura pública. Un
resumen de dicha acta deberá ser publicado en el Boletín Oficial e inscrito en
el Registro de Comercio dentro de los 60 días desde la fecha de su ejecución.
La autorización previa del Servicio de Impuestos Internos, es obligatoria. El
reembolso de los fondos, si procede, sólo podrá realizarse después de un
período de espera de 30 días después de la publicación en el Boletín Oficial.
12 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Las empresas, con algunas excepciones calificadas, no pueden adquirir sus
propias acciones.
4. Gestión
La dirección de una sociedad anónima se confiere a un Directorio nombrado
por los accionistas. La Junta no tendrá menos de tres miembros en
sociedades anónimas cerradas, y no menos de cinco en sociedades
anónimas abiertas, como lo requiere la ley. Los directores no necesitan ser
accionistas de la compañía.
Una junta de accionistas podrá, en cualquier momento, remover de su cargo
a todo el Directorio. Éste, a su vez podrá delegar parte de su autoridad en un
Gerente General que tendrá la representación judicial de la sociedad y
tendrá la obligación de aplicar los acuerdos del Directorio. En las sociedades
anónimas abiertas, los Directores no pueden desempeñar simultáneamente
la función de Gerente General, en sociedades anónimas cerradas, sólo el
Presidente de la Junta está sujeto a dicha restricción.
5. Distribución de beneficios
La ley exigía que las corporaciones de capital público distribuyeran al menos
el 30% de sus utilidades netas cada año, a menos que se acuerde lo
contrario por la asamblea de accionistas con el voto unánime para todas las
acciones emitidas.
En las sociedades anónimas cerradas, los accionistas pueden incluir en los
estatutos cualquier política para la distribución de beneficios que deseen,
siempre que se establezca un porcentaje mínimo de distribución.
13 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Los dividendos intermedios podrán ser aprobados por el Directorio, siempre
que no existan pérdidas acumuladas. En caso de haber pérdidas acumuladas,
o en el caso de que la corporación termine perdiendo un beneficio por un
monto inferior a los beneficios distribuidos, cada Director será
personalmente responsable del reembolso de dichos dividendos.
6. Estados Financieros
Los estados financieros de las sociedades anónimas pueden ser auditados
por examinadores de cuentas o auditores externos nombrados por la
asamblea de accionistas o por cualquier otro mecanismo establecido en los
estatutos, incluyendo una opción para eximir a la compañía de cualquier
auditoría o revisión.
Los estados financieros de las sociedades anónimas deben ser auditados por
una firma de auditoría externa, debidamente inscrita ante la SVS ("Empresa
14 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
de Auditoria Externa"), que será nombrada anualmente por la Junta de
accionistas.
Las sociedades anónimas deben publicar sus estados financieros en un
periódico local de su domicilio social, así como cierta información relevante
requerida por la SVS.
7. Transferencia de acciones
Los accionistas podrán transferir libremente sus acciones, excepto si los
estatutos o un acuerdo de accionistas contienen una limitación.
En las sociedades anónimas, los estatutos no podrán limitar la libre
transferencia de acciones, y cualquier acuerdo privado entre accionistas que
establezca restricciones deberá ser depositado en la sociedad y anotado en
el registro de accionistas de la compañía para ser exigible contra terceros
(Pero en ningún caso contra la empresa).
Las transferencias de acciones deberán ser realizadas ante un Notario
Público, dos testigos o un funcionario de autenticación autorizado, y
deberán ser anotadas en el registro de accionistas para ser válidas ante la
sociedad y terceros.
8. Disolución
Una sociedad anónima se disuelve y termina cuando su período de duración
expira, a menos que se haya incorporado a perpetuidad.
Además, las sociedades se disuelven si así lo acuerdan las 2/3 partes del
total de acciones, en una asamblea extraordinaria de accionistas convocada
para tal efecto, o si todas las acciones son mantenidas por una persona por
un período superior a 10 días consecutivos o si se ha fusionado con otra
15 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
compañía. Los estatutos de la compañía pueden incluir otros eventos
adicionales que resulten de la disolución de la sociedad anónima.
En caso de disolución de la sociedad, su liquidación será realizada por un
comité de liquidación elegido libremente por el accionista, salvo que no sea
necesaria la liquidación (adquisición de todas las acciones por una persona
física o jurídica, o fusión).
9. Accionistas minoritarios
Cualquier accionista minoritario tiene derecho a retirarse de una sociedad
en caso de que determinados acuerdos sean acordados por la junta de
accionistas. Entre tales resoluciones se encuentran: la transformación de la
sociedad anónima en otra forma legal: fusión; Disposición del 50% de los
activos de la empresa; La emisión de acciones preferentes o el aumento o
reducción de las preferencias asociadas a dichas acciones.
Algunos otros motivos de retiro pueden ser incluidos en los estatutos por los
accionistas. El derecho de retiro implica la obligación de la sociedad anónima
de comprar todas las acciones del accionista disidente, ya sea a su valor
contable, en el caso de las sociedades anónimas cerras, el valor de mercado,
en el caso de las sociedades anónimas abiertas.
C. SOCIEDAD POR ACCIONES
En virtud de la legislación promulgada en 2007 para fomentar -entre otras cosas- el
emprendimiento privado y la inversión en empresas de capital riesgo, se introdujo
en Chile un nuevo rey de la estructura de la empresa (a saber, "Sociedad por
16 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Acciones" o "SpA") que básicamente prevé una estructura corporativa similar a la de
una sociedad anónima cerrada, pero con algunas diferencias materiales para
reducir formalidades y costos administrativos generalmente asociados a las
sociedades. En consecuencia, la SpA no es un vehículo apropiado para recaudar
capital del público, de hecho, está en manos de 500 o más accionistas, o al menos el
10% de las acciones pertenecen a un mínimo de 100 accionistas (excluyéndose
aquellos accionistas que individualmente excedan dicho porcentaje), durante un
período superior a 90 días, se rigen, por el solo ministerio de la ley, por las
disposiciones aplicables a las sociedades ordinarias.
Las SpA se rigen por el Código de Comercio, pero a falta de disposición expresa
contenida en el Código de Comercio (y en los estatutos pertinentes), se rigen por
las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas cerradas.
Algunas peculiaridades dignas de mención de los SpAs (en contraposición
generalmente a las sociedades anónimas) son las siguientes:
1. Accionista único
A pesar de que un requisito legal esencial para cada compañía bajo las leyes
chilenas es tener al menos dos socios o accionistas, una SpA puede tener un
solo accionista, incluso desde el momento de la incorporación, como un
único accionista.
Además, a menos que se establezca lo contrario en los estatutos, una SpA no
se disuelve si todas las acciones emitidas son adquiridas por un acreedor. Lo
anterior constituye una alternativa corporativa útil para las empresas
extranjeras que tienen que formar una filial en Chile, evitando así la
necesidad de incluir un socio nominal o accionista para cumplir formalmente
la regla de dos socios / accionistas.
17 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
2. Incorporación
Las formalidades de incorporación son sustancialmente similares a las de las
sociedades de capital cerrado, pero la ejecución de una escritura pública
puede ser sustituida alternativamente por un documento privado, siempre y
cuando las firmas estén autorizadas por Notario y que dicho documento se
registre ante mismo Notario. Asimismo, el plazo aplicable para el registro y
publicación de esta escritura pública o documento privado es de 60 días a un
mes.
Los estatutos sociales contenidos en la escritura pública o documento
privado, que hagan mención a la forma de incorporación, podrán ser
enmendados por una resolución de accionista adoptada no sólo de manera
formal, sino también directamente en una escritura pública o un documento
privado, siempre que todos los accionistas ejecuten tal escritura o
documento.
3. Capital
El capital debe ser pagado dentro del plazo establecido en los estatutos. En
ausencia de cláusula que rija esta emisión, el plazo aplicable es de cinco años
a partir de la fecha de incorporación o de la fecha de aumento de capital,
según sea el caso.
Los estatutos podrán autorizar a la administración a incrementar el capital,
junto con proporcionarle las condiciones para ejercer dicha autoridad, sin
perjuicio de la autoridad habitual de los accionistas para decidir sobre los
aumentos de capital.
18 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
No es necesario incluir el derecho de preferencia para suscribir acciones de
nueva emisión por parte de los accionistas existentes, a menos que se
disponga lo contrario en los estatutos.
Las reducciones de capital requieren el consentimiento unánime de los
accionistas, a menos que los estatutos prevean una mayoría especificada en
su lugar.
4. Derecho a voto
Los estatutos podrán contemplar una serie de acciones con poder de voto
especial, es decir, tener más de "un voto por acción".
5. Gestión
La gestión de una sociedad anónima puede organizarse libremente en los
estatutos. Por consiguiente, una SpA puede ser administrada por cualquier
órgano (un Directorio, un Comité, un Consejo etc.) por uno o más accionistas
o por terceros, o a través de cualquier otro mecanismo que los accionistas
consideren apropiado.
6. Distribución de beneficios
Los estatutos podrán establecer una serie preferida de acciones con derecho
a recibir un dividendo por un importe determinado y, en cualquier caso,
convirtiéndose en un dividendo que no está supeditado a las ganancias
reales obtenidas por el SpA.
Asimismo, los estatutos podrán disponer que los beneficios resultantes o
asociados a una línea específica de negocios o activos específicos se
distribuyan como dividendos, independientemente de los beneficios o
19 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
pérdidas generales de la SpA resultantes de todos los demás negocios,
activos y resultados financieros en general.
D. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Con arreglo a la legislación chilena, las partes interesadas pueden constituir una
sociedad de responsabilidad ilimitada. Dado que las sociedades de responsabilidad
limitada se basan en las mismas normas que las establecidas para las sociedades de
responsabilidad ilimitada, con excepción de esta característica específica, nos
referiremos ahora a las normas que se aplican comúnmente a ambas (con
excepción del punto (3), el que solo aplica para las sociedades de responsabilidad
limitada).
1. Organización
Las sociedades de responsabilidad limitada se organizan mediante la
ejecución de una escritura pública por al menos dos partes, ya sean
personas físicas o jurídicas. En dicha escritura deberá constar asimismo el
nombre de la sociedad, su objeto social, las aportaciones de capital, etc., así
como los estatutos de la sociedad. Un extracto de dicha escritura debe ser
publicado en el Boletín Oficial, e inscrito en el Registro de Comercio dentro
de los 60 días siguientes a los de su ejecución.
Las sociedades de responsabilidad limitada no pueden tener más de 50
socios, ya sean personas físicas o jurídicas.
20 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
2. Supervisión
Las sociedades de responsabilidad limitada no están sujetas per se a ningún
control de supervisión en particular, como el que ejerce la SVS sobre las
sociedades anónimas abiertas.
3. Responsabilidad
La responsabilidad de los socios se limita a su obligación de aportar una
cantidad determinada a la empresa, o de contribuir a los pasivos de la
empresa hasta cierto monto, en su caso, según lo indicado en los estatutos.
4. Capital
No existe un capital mínimo requerido para constituir una sociedad de
responsabilidad limitada en Chile. Los socios pueden determinar libremente
los términos y condiciones para el pago que pretenden aportar a la empresa.
El capital social puede ser modificado en el tiempo, ya sea aumentándolo o
reduciéndolo. Las reducciones de capital requieren la aprobación previa del
Servicio de Impuestos Internos.
La capitalización y los aumentos del capital social pueden obtenerse a través
de contribuciones en efectivo o en especie y / o capitalización de utilidades,
utilidades retenidas o préstamos.
5. Gestión
La dirección de una sociedad de responsabilidad limitada puede ser
delegada en uno o más socios, en un tercero o en un Directorio
especialmente designado para tal fin. El quórum y estructura de este
Directorio, en caso de que los socios decidieran su incorporación, podrán ser
libremente establecidos en los estatutos.
21 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
6. Distribución de beneficios
Los términos y condiciones para las distribuciones de beneficios pueden ser
establecidos libremente en los estatutos por los socios.
7. Transferencia de intereses
La transferencia de participaciones en una sociedad de responsabilidad
limitada requiere el consentimiento unánime de todos sus socios. De lo
contrario, la transferencia será nula y quedará sin efecto.
En el caso de que los socios acuerden transferir sus intereses, debe firmarse
una escritura pública y un extracto de la misma publicada en la Gaceta
Oficial e inscrita en el Registro Mercantil dentro de los 60 días siguientes a
los de su ejecución.
8. Estados Financieros
En general, las sociedades de responsabilidad limitada no están obligadas a
publicar sus estados financieros.
22 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
II. INVERSIÓN EXTRANJERA EN CHILE
Los regímenes de inversión extranjera en Chile están regulados principalmente por el
Capítulo XIV del Compendio de Regulaciones Cambiarias del Banco Central de Chile.
Además, Chile ha firmado tratados bilaterales de inversión ("TBI") y acuerdos comerciales
liberados ("ACL") con varios países, lo que protege aún más las inversiones extranjeras.
CAPÍTULO XIV DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIO EXTRANJERO DEL BANCO
CENTRAL DE CHILE
El Capítulo XIV del Compendio de Regulación de Cambios del Banco Central de Chile
reglamenta todos los préstamos, depósitos, inversiones y aportaciones de capital al
exterior por un monto total, igual o superior a US $ 10.000, transferido al país desde el
exterior.
De acuerdo con la normativa cambiaria vigente, todas las transferencias de fondos al país
procedentes del exterior, tales como préstamos, depósitos, inversiones o aportes de
capital, deben realizarse a través del Fondo de Inversiones de Capital Extranjero y ser
informadas al Banco Central de Chile. Sin embargo, no se garantiza el acceso al Fondo de
Inversiones de Capital Extranjero al inversionista extranjero o contribuyente de capital y al
prestatario chileno, según sea aplicable para la repatriación de la inversión de capital y / o
beneficios, o el pago del monto principal y / o intereses sobre el préstamo extranjero,
respectivamente.
23 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
1. Préstamos extranjeros
a) Los préstamos podrán desembolsarse en Chile o en el
extranjero; En ambos casos, estos préstamos deben ser informados
al Banco Central de Chile.
b) Las condiciones de reembolso del monto principal e intereses
podrán ser libremente acordadas entre el acreedor y el deudor,
incluido el tipo de interés convenido por las partes.
c) En caso de incumplimiento del deudor en el pago de lo
principal y / o del interés, la ley da derecho al fiador a pagar y realizar
la transferencia de los fondos. Dicha garantía deberá ser informada
al Banco Central de Chile de acuerdo con el Capítulo XIV del
Compendio de Regulación de Cambios del Banco Central de Chile.
d) La remisión de lo principal no está sujeta a impuestos. La
remisión de intereses está sujeta a una retención del 35%, a menos
que el prestamista sea una institución financiera extranjera o
internacional, en cuyo caso el pago de intereses está sujeto a una
retención del 4%.
2. Contribuciones de Capital, Inversiones y Depósitos
El Capítulo XIV del Compendio de Regulación de Cambios también establece
ciertas reglas aplicables a las aportaciones de capital, inversiones y
depósitos efectuados en el exterior del país en moneda extranjera. Estos
reglamentos no se aplican a las contribuciones en especie y sólo son
aplicables a actos que impliquen obligaciones de pago o el derecho a
transferir divisas al exterior por personas naturales o jurídicas con residencia
o domicilio en Chile.
De acuerdo con las mencionadas disposiciones, el contribuyente de capital o
el inversionista no firma formalmente un Contrato de Inversión Extranjera
con el Estado de Chile, como en el caso de D.L. 600 de 1974, pero debe
informar dichos actos al Banco Central de Chile de acuerdo con los
24 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
reglamentos del Capítulo XIV. Además, como se mencionó anteriormente,
los pagos y las transferencias desde y hacia Chile, que se deriven de los actos
antes mencionados, deben realizar se a través del Fondo de Inversiones de
Capital Extranjero.
El Capítulo XIV habilita a los inversores a repatriar libremente el capital
aportado o invertido en Chile y remitir en cualquier momento los beneficios
obtenidos de dichas aportaciones o inversiones de capital.
3. Importe mínimo
El Capítulo XIV del Compendio de Regulaciones Cambiarias sólo se aplica a
las transferencias desde y hacia otros países con préstamos externos,
aportes de capital, inversiones y depósitos por un monto total de US $ 10,00
o más.
25 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
III. SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO
A. DESCRIPCIÓN GENERAL
En virtud de la Constitución Política de la República de Chile, los impuestos, los
derechos de aduana y todo tipo de cargos públicos deben ser implementados
mediante la promulgación de una ley aprobada por el Congreso Nacional.
La iniciativa de legislar en materia tributaria recae sólo en el Presidente de la
República. En consecuencia, los impuestos no pueden ser modificados a menos que
el Poder Ejecutivo tome acción y el Congreso apruebe dicha iniciativa.
Los asuntos relacionados con la política fiscal están bajo la autoridad del Ministro de
Hacienda.
En materia tributaria, la acción gubernamental es llevada a cabo por tres diferentes
organismos públicos:
a) El Servicio de Impuestos Internos (SII), que se encarga de la administración
de las leyes tributarias y tiene el poder de emitir reglamentos y realizar
auditorías fiscales;
b) La Tesorería General de la República, que se encarga de la recaudación
tributaria; y,
c) La Agencia de Aduanas, que se ocupa de todos los asuntos relacionados
con los derechos aduaneros aplicables a las importaciones.
Si, como consecuencia de una auditoría fiscal, se presenta una demanda contra un
contribuyente, las audiencias se llevan a cabo ante el director regional
correspondiente del SII. Su decisión puede ser apelada ante la Corte de Apelaciones
26 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
correspondiente y, a través de ciertos procedimientos, el caso puede ir hasta la
Corte Suprema.
Los principales impuestos establecidos por la legislación chilena son los siguientes:
 Impuestos sobre la Renta
 Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA)
 Impuesto de Timbres y Estampillas; e
 Impuesto de Bienes Raíces.
B. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
1. Aspectos Generales
Bajo la ley chilena, el concepto de renta imponible es muy amplio e incluye
todo tipo de ganancias o beneficios y, en general, cualquier aumento en la
riqueza generada durante un año fiscal.
Como regla general, los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile
están sujetos al impuesto sobre la renta de cualquier fuente. Los
contribuyentes no domiciliados y no residentes son gravados únicamente en
los ingresos procedentes de fuentes chilenas. Como excepción a lo anterior,
los extranjeros que establezcan su domicilio o residencia en Chile solo
estarán sujetos a impuestos sobre los ingresos de fuentes chilenas durante
los tres primeros años (este plazo puede ser prorrogado por el Director
Nacional del Servicio de Impuestos Internos.)
27 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
2. Los impuestos establecidos en la ley del impuesto sobre la renta
son los siguientes:
a) Impuesto de primera categoría:
La reforma tributaria legal crea dos sistemas:
(1) Imputación de rentas: Este impuesto es pagado por la
empresa que genera el ingreso, el que debe estar devengado,
a una tasa del 25% por año fiscal (2017); Y la empresa debe
imputar las ganancias a los propietarios en el mismo año
fiscal, y el propietario pagará impuestos progresivos
personales o impuestos adicionales.
El monto de este impuesto se considera como un crédito
contra el impuesto de primera categoría, en su caso,
pagaderos por los propietarios o accionistas de la compañía
después de las distribuciones de ganancias.
(2) Sistema Semi Integrado: Este impuesto es pagado por
el negocio que genera el ingreso, él que debe estar
devengado, a una tasa del 25% por año fiscal (2017); 27% por
año fiscal (2018) en adelante.
El monto de este impuesto es considerado como un crédito
(65%) contra el impuesto de primera categoría, si los hay,
pagaderos por los dueños o accionistas de la compañía
después de las distribuciones de ganancias.
Los pagos provisionales mensuales -agregando el 1% de los
ingresos brutos durante el primer año- deben ser efectuados
por la empresa como adelanto frente al impuesto definitivo
devengado al final del ejercicio fiscal respectivo. Después del
primer año, dichos pagos provisionales se calculan de
acuerdo con la relación entre el importe pagado por el
impuesto de primera categoría y los pagos intermedios.
28 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
b) Derechos Mineros:
Este impuesto se aplica a los ingresos de las empresas mineras
obtenidos en el ejercicio de sus actividades. En cuanto a las
empresas mineras con ventas anuales de cualquier clase de
minerales equivalentes al valor de 50.000 toneladas métricas de
cobre fino o menos, están sujetas a una tasa impositiva
progresiva.
c) Impuesto de Segunda Categoría:
Este impuesto es un impuesto progresivo aplicado sobre la suma
total recibida por un empleado a cuenta de salarios, participación en
los beneficios u otros.
La tasa del impuesto oscila entre el 0% y el 40% (el 35% se aplica por
cada año fiscal de 2017 en adelante) del ingreso relevante por
ejercicio. Los contribuyentes de segunda categoría no están sujetos a
ningún otro impuesto sobre la renta, a menos que tengan ingresos
de fuentes distintas de salarios.
d) Impuesto personal progresivo:
Este impuesto se aplica a las personas domiciliadas o residentes en
Chile con ingresos de cualquier fuente, incluyendo ingresos
provenientes de fuera de Chile y deben ser declarados anualmente
por el contribuyente. La tasa del impuesto oscila entre el 0% y el 40%
(el 35% se aplica por cada año fiscal de 2017 en adelante) del ingreso
relevante por ejercicio.
e) Impuesto Adicional:
El Impuesto Adicional se determina, por regla general, sobre los
ingresos provenientes de fuentes chilenas obtenidos por personas
naturales o jurídicas que no tengan domicilio o residencia en Chile.
Este impuesto también se aplica a ciertos pagos efectuados por
contribuyentes chilenos en el extranjero, según se analizará en el
presente documento.
29 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
La tasa general del impuesto es del 35%, aunque en algunos casos podría
bajar al 2%, como se explica a continuación.
Como se mencionó anteriormente, el Impuesto de Primera Categoría
pagado puede ser imputado como crédito contra el Impuesto Adicional,
pero también debe ser considerado como ingreso adicional gravable para el
Impuesto Adicional.
En algunos casos el Impuesto Adicional debe ser declarado anualmente por
el contribuyente, mientras que en otros debe ser retenido por la persona o
entidad que hace el pago.
30 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
3. Impuestos sobre las empresas y sus propietarios o accionistas
Las empresas comerciales de cualquier tipo, ya mencionadas, están sujetas
al Impuesto de Primera Categoría sobre los ingresos devengados.
A partir de entonces, cuando los beneficios se distribuyen a los accionistas,
socios o propietarios, y en el caso de una sucursal, cuando se retiran o
remiten al exterior, dichas ganancias están sujetas al Impuesto Adicional.
Puesto que el impuesto de primera categoría puede ser imputado como
crédito contra el impuesto personal progresivo o el impuesto adicional,
según el caso, representa solamente una proyección de la carga impositiva
final. En otras palabras, el impuesto de primera categoría afecta sólo al flujo
de caja de la empresa.
En el caso de una empresa extranjera, los ingresos retirados por sus
propietarios o accionistas están sujetos a un Impuesto Adicional del 35%.
En consecuencia, la carga impositiva global sobre el ingreso que afecta a los
ingresos de una empresa propiedad de una entidad extranjera no residente
asciende al 25% o 27% más el 35% a cargo del propietario extranjero, menos
el 25% o el 27% de los montos distribuidos, que se acepta como crédito
frente al 35%. Así, la tasa efectiva que afecta en última instancia al ingreso
chileno será del 35%.
4. Transferencia de Acciones
Las transferencias de acciones suelen estar sujetas a Impuesto de Primera
Categoría E Impuesto Progresivo Adicional o Personal, según sea el caso. Sin
31 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
embargo, bajo ciertas condiciones, las transferencias de acciones podrían
estar exentas de toda tributación.
5. Depreciación
La depreciación de los activos fijos, excepto los terrenos, es deducible de
impuestos siguiendo el método de línea recta basado en su vida útil, de
acuerdo con las directrices del Servicio de Impuestos Internos (SII), calculado
sobre el valor actualizado de los activos.
Sin embargo, el contribuyente puede optar por la depreciación acelerada de
los nuevos activos si se adquiere localmente, o para los activos nuevos o
usados si se importan, con vidas útiles de más de tres años. Para este fin, se
asignarán a los activos vidas útiles equivalentes a un tercio de la duración
normal, eliminando fracciones de meses. Los contribuyentes pueden
suspender el uso del método acelerado en cualquier momento, pero no
pueden optar de nuevo por el método acelerado.
El SII ha emitido directrices generales sobre la vida útil de los activos fijos
para diferentes actividades, como la industria, la minería o la pesca. Sin
embargo, el Director Tributario Regional competente podrá, a petición del
contribuyente o del Comité de Inversiones Extranjeras, modificar la
depreciación aplicable si se considera conveniente.
En general, no se tiene en cuenta la amortización de activos intangibles,
tales como fondos de comercio, patentes, marcas, etc. El agotamiento no es
deducible de impuestos.
Tenga en cuenta que el gasto fiscal adicional para la compañía operadora
(causado por el uso de la depreciación acelerada), no será considerado en el
32 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
cálculo de los impuestos aplicables sobre la distribución de beneficios a sus
accionistas o socios.
6. Sucursal de corporación extranjera
Las sucursales de entidades extranjeras se gravan sólo en los ingresos
provenientes de fuentes chilenas. La Ley del Impuesto sobre la Renta otorga
al SII la autoridad para evaluar la renta imponible de una sucursal si los
registros contables no resultan adecuados para evaluarla. En tal caso, el SII
puede gravar los ingresos imponibles sobre la base de ingresos brutos,
activos, capital invertido, ventas o porcentaje de exportaciones e
importaciones.
7. Impuesto sobre la renta de las importaciones
El Impuesto Adicional del 35% que grava ciertos pagos a personas o
entidades no domiciliadas en Chile no es aplicable a las importaciones,
siempre y cuando los precios de importación sean razonables en términos
de valores de mercado. Las cantidades pagadas en exceso de los precios
razonables son imponibles.
8. Pagos de Intereses
Generalmente, los intereses pagados por una sociedad de responsabilidad
limitada a sus socios o por una sucursal a su oficina central no son
deducibles de impuestos. Esta limitación no es aplicable a los intereses
pagados por una sociedad anónima a sus accionistas.
33 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Los intereses sobre préstamos obtenidos en el extranjero están
normalmente sujetos a un impuesto adicional de retención del 35%; Sin
embargo, los intereses pagados a bancos o instituciones financieras no
chilenas son gravados a una tasa reducida del 4% bajo ciertas condiciones.
9. Regalías, patentes y asistencia técnica
En general, el pago de regalías, patentes y tasas a entidades no domiciliadas
en Chile está sujeto a un Impuesto Adicional del 30% que debe ser retenido
por aquel que paga. Sin embargo, la tasa de este impuesto se reduce al 15%
para las regalías relacionadas con patentes de invención, modelos de
utilidad, diseños industriales, diseños de circuitos integrados o trabajo de
máscara, nuevas variedades vegetales y software, siempre que el licenciante
no esté relacionado con el licenciatario ni un residente o incorporado en un
paraíso fiscal.
En el caso de asistencia técnica o servicios de ingeniería, la tasa es del 15%.
Sin embargo, la tasa impositiva sube hasta el 20% si estos servicios son
prestados por una parte relacionada o por una persona o entidad residente
o constituida en un paraíso fiscal.
Todos estos pagos son normalmente deducibles como gastos para efectos
fiscales.
10. Operaciones con partes relacionadas
En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el SII puede objetar
los precios cobrados o pagados por la entidad local si dichos precios o
valores difieren de los precios cobrados o pagados en transacciones en
condiciones de plena competencia.
34 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
11. Impuesto sobre la Renta de los Pagos efectuados a personas
naturales o jurídicas no domiciliadas en Chile
De acuerdo con las reglas generales que se indican a continuación, los pagos
hechos a una persona natural o jurídica no domiciliada en Chile, están
sujetos a impuestos adicionales que el deudor debe retener, generalmente
el 35%. La tasa es menor en los siguientes casos:
 Los pagos efectuados a compañías de seguros no establecidas en Chile
para el aseguramiento de equipos u otros bienes ubicados en Chile y
para seguros de vida o médicos de personas naturales residentes o
domiciliadas en Chile están sujetos al impuesto del 22%. En estos
casos, el reaseguro se grava con el 2%.
 Pagos por servicios de ingeniería o asistencia técnica, 15%.
 Remuneraciones pagadas a personas naturales o jurídicas no
domiciliadas en Chile por transporte marítimo desde y hacia los
puertos y comisiones chilenas, así como remuneraciones originadas
por servicios a buques y fletes en puertos chilenos o extranjeros, 5%.
Este impuesto no se aplica, sobre la base de la reciprocidad, cuando en
el país donde el buque está matriculado o en el país del explotador no
exista o no se aplique un cargo similar a los buques chilenos.
 Pagos por alquiler, arrendamiento, fletamento o cualquier otro
contrato que prevé el uso de embarcaciones extranjeras para el
comercio costero, 20%. Lo mismo se aplica cuando el contrato
pertinente permite o no prohíbe el comercio costero.
 Pagos por el alquiler de bienes de capital importados con derecho al
aplazamiento de derechos de aduana, 1,75%.
35 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
C. IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO
1. Tasa de Impuestos y Transacciones Sujeto al IVA
La tasa de impuesto es del 19% sobre el precio de la transacción. Cuando el
precio está manifiestamente por debajo del nivel normal, el SII está
facultado para evaluarlo.
En términos generales, las siguientes operaciones están sujetas al IVA:
 Contratos de venta y otros contratos por los que se transfiere el
título de bienes muebles, siempre que se ejecuten de manera
recurrente;
 Servicios correspondientes a actividades comerciales, industriales,
financieras, de minería, construcción, seguros, publicidad,
procesamiento de datos y otras actividades comerciales;
 Alquiler de bienes muebles, así como el alquiler de bienes
inmuebles amueblados o equipados para llevar a cabo actividades
industriales o comerciales;
 Arrendamiento de dichos bienes;
 Primas de seguros, con algunas excepciones; y,
 En ciertos casos, las actividades de construcción (analizadas más
adelante en mayor detalle)
2. Responsabilidad Fiscal
Como regla general, el vendedor de bienes o servicios es responsable del
pago del impuesto. Sin embargo, el importe del IVA se añade al precio de los
36 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
bienes o servicios. En consecuencia, es en realidad el comprador que tiene el
impacto económico del impuesto.
Excepcionalmente, cuando el vendedor no está domiciliado en Chile o por
otra razón es difícil de controlar por el SII, el comprador tiene que retener y
pagar el IVA.
El impuesto se paga mensualmente, excepto en situaciones especiales como
las importaciones.
3. Sistema de Crédito y Débito
El IVA imputado por una empresa sobre ventas de bienes o servicios se
denomina "débito de IVA". El IVA soportado por una empresa por las
compras de bienes o servicios se denomina "crédito IVA". El impuesto
soportado en la adquisición de activos físicos relacionados, incluyendo
edificios y construcciones, también puede ser imputado como crédito.
Los créditos de IVA se deducen de los débitos de IVA y la diferencia debe ser
pagada a la Tesorería General de la República de Chile.
Si en un determinado mes los créditos exceden los débitos, la diferencia
puede ser retrasada y agregada a los créditos del mes siguiente.
Los créditos de IVA incurridos en la compra de activos fijos que permanezcan
pendientes durante más de seis meses serán reembolsados en efectivo por
la Tesorería General de la República.
4. Exenciones
Hay pocas exenciones en la legislación chilena respecto al IVA. Las
principales son los siguientes:
37 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
(a) Exportaciones;
(b) Intereses sobre préstamos y otras operaciones financieras. En caso de
pago diferido de un precio de venta, el interés correspondiente está
sujeto al IVA;
(c) Carga internacional, tanto por vía aérea como marítima;
(d) Servicios personales; y
(e) Servicios sujetos al Impuesto Adicional.
5. Construcción
Las nuevas viviendas, edificios y construcciones de cualquier tipo vendidos
por las empresas de construcción deberán pagar IVA.
Las provisiones han sido establecidas en la ley, la que permite la deducción
del costo del terreno de la base imponible. Los ingresos provenientes de
38 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
contratos de construcción también están sujetos al Impuesto sobre la
Renta.
6. Exportaciones
Como se indicó anteriormente, las exportaciones están exentas del IVA. Sin
embargo, los exportadores pueden recuperar el IVA imputado a las compras
o servicios necesarios para sus actividades como un crédito contra el débito
originado en sus ventas locales. Además, pueden recuperar este crédito en
efectivo como reembolso.
D. IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS
Las letras de cambio, pagarés, cartas de crédito y, en general, cualquier tipo de
documentación referente a un préstamo o una transacción de crédito por dinero,
están sujetos al impuesto de timbres y estampillas.
La tasa es del 0,033% mensual sobre el valor nominal del documento, con un
máximo de 0,4%. Si el documento es pagadero a primera vista, la tasa es del 0,25%.
A partir del 1 de enero de 2016, la tasa impositiva mensual sube al 0,66%.
Asimismo, el tope fiscal aumenta un 04% a un 0,8%.
E. IMPUESTOS INMOBILIARIOS
Los bienes inmuebles se gravan a una tasa entre el 1% y el 1,4% anual. El impuesto
se calcula sobre la valoración fiscal de la propiedad.
39 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
IV. SISTEMA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
A. CONTRATOS DE TRABAJO
Nuestra legislación reconoce tres categorías de contratos de trabajo: contratos
individuales de trabajo, contratos colectivos de trabajo y contratos especiales.
1. Contratos individuales de trabajo
Se trata de un contrato escrito entre un empleador y un empleado por el
cual están obligados, el empleado a prestar servicios personales en virtud de
vínculos de dependencia y subordinación al primero, mientras que el
empleador a pagar una compensación por los servicios prestados. El artículo
10 del Código del Trabajo establece las disposiciones mínimas que deben
incluirse en el contrato de trabajo individual, a saber, la fecha y el lugar del
contrato, la identidad de las partes, la posición del empleado y la descripción
del puesto de trabajo, el lugar de trabajo, la remuneración a pagar por el
empleador, las condiciones de pago (a intervalos máximos de un mes), los de
trabajo y la semana de trabajo, la duración del empleo y las prestaciones en
efectivo o en especie que debe proporcionar el empleador.
2. Convenios Colectivos de Trabajo
Nuestra Ley reconoce dos contratos de trabajo colectivo diferentes, a saber,
el Contrato Colectivo y el Convenio Colectivo.
40 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
a) Contrato Colectivo
Según el Código de Trabajo, este contrato es acordado por uno o
más empleadores con uno o más sindicatos o con empleados no
sindicalizados que se reúnen para negociar colectivamente o con
ambos grupos para establecer condiciones de trabajo y
remuneraciones comunes durante un período de tiempo fijo. El
contrato colectivo debe ser acordado por escrito y no puede tener
un plazo de menor a dos años o mayor a cuatro años. Asimismo, la
ley estipula las cláusulas mínimas a incluir en estos contratos.
Las disposiciones acordadas en los contratos colectivos de trabajo
son el resultado de un proceso de negociación colectiva, una
operación regulada en el Código del Trabajo en materia de Unión y
Negociación Colectiva.
b) Convenio Colectivo
Además de los contratos colectivos de trabajo, la ley permite que el
empleador y los empleados (ya sea con un sindicato o con un grupo
de al menos ocho empleados) celebren un convenio colectivo de
trabajo. Estos acuerdos establecen también condiciones de trabajo y
remuneraciones comunes durante un período de tiempo fijo.
Cuando se negocian convenios colectivos de trabajo con un grupo de
empleados, se deben seguir algunos procedimientos menores.
La única diferencia entre el Contrato Colectivo y el Convenio Colectivo es
que este último, a diferencia del primero, no requiere un proceso de
negociación colectiva regulado, si se negocia con un sindicato y no está
sujeto a procedimientos reglamentados ni a privilegios otorgados por
negociaciones colectivas formales.
Por lo tanto, cuando se remite a sindicatos, el Convenio Colectivo es un
acuerdo que puede ser ejecutado en cualquier momento ya que depende
únicamente de la discreción y voluntad de las partes.
41 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Una vez debidamente ejecutados, ambos acuerdos tienen los mismos
efectos y son vinculantes para ambas partes.
3. Contratos Especiales
Nuestra ley también considera la existencia de contratos laborales
especiales. Cada uno de estos contratos tiene sus propias características y
especificaciones, por ejemplo: El contrato de aprendizaje que se restringe a
los individuos menores de 21 años de edad; Contratos de trabajadores
agrícolas; Contratos para los trabajadores en los buques o en el mar y
trabajadores portuarios temporales y contratos de ayuda doméstica.
4. Duración del Contrato de Trabajo
Las partes pueden acordar un contrato perpetuo o limitar la duración del
contrato a la realización de un trabajo particular que debe realizar el
empleado, o bien acordar un período de tiempo fijo. En este último caso, la
duración del contrato no puede ser acordada por períodos superiores a un
año, o dos años en el caso de los gerentes, profesionales y técnicos. Al
expirar el plazo fijo original o de su prórroga, el contrato termina ipso facto
pero, si el trabajador continúa prestando servicios para el mismo empleador,
en virtud de la ley el término del contrato se hace perpetuo.
5. Edad del trabajador
Para los efectos de la legislación laboral y de seguridad social, el trabajo
puede comenzar, como regla general, a la edad de 18 años y la jubilación
puede ocurrir a la edad de 65 años para los hombres ya la edad de 60 años
42 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
para las mujeres. No obstante, la Seguridad Social contiene disposiciones
que permiten la jubilación anticipada en determinados casos. En Chile, la
jubilación no es una causa legal de desvinculación.
6. Nacionalidad del Trabajador
La ley establece que al menos el 85% de los empleados que trabajan para un
empleador que emplea a más de 25 trabajadores deben ser ciudadanos
chilenos. Para determinar esta relación, la ley excluye, entre otros, a los
técnicos que no pueden ser reemplazados por nacionales chilenos.
7. Horas de trabajo
El trabajo semanal está limitado a un máximo de 45 horas. Este máximo
debe ser trabajado en no menos de cinco y no más de seis días consecutivos.
El día normal de trabajo no excederá de 10 horas.
43 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Las horas extraordinarias - que se define como el tiempo trabajado por el
empleado en exceso de la jornada legal o acordada, si ésta es más corta - se
acordarán únicamente para atender necesidades o situaciones temporales
de la empresa, que son todas aquellas circunstancias que, en la actividad
productiva de la empresa y derivada de eventos ocasionales o de factores
inevitables, implican una mayor demanda de trabajo en un cierto tiempo
(pero no más de 2 horas extras por día).
Los convenios de trabajo por horas extraordinarias se acreditarán por escrito
y serán temporalmente efectivos durante un período no superior a tres
meses, renovables por acuerdo entre las partes. Sin embargo, la
permanencia de las circunstancias que los originaron, que de ninguna
manera afectará al carácter ocasional del trabajo de horas extraordinarias,
determinará el límite de sus renovaciones. Las horas extraordinarias deben
pagarse al 50% sobre la tarifa horaria acordada.
44 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Los límites de horas de trabajo no se aplican a los empleados que trabajan
para diferentes empleadores; A los gerentes o administradores, o a los
empleados que trabajan sin supervisión superior inmediata o fuera de los
locales de trabajo, fábrica, etc. Dichos límites no se aplican ni a empleados
tales como supervisores; A los empleados contratados para trabajar fuera de
la oficina utilizando medios de telecomunicación o informáticos; O a los
empleados cuyas actividades no sean de carácter estable o sólo requieran su
presencia.
También hay una excepción con respecto a las tiendas o establecimientos
comerciales que, en días inmediatamente anteriores a Navidad o días
festivos nacionales, pueden extender la jornada de trabajo por dos horas. En
estos casos, las horas, que excedan del máximo de 45 horas, se pagarán
como horas extras.
8. Empleos a tiempo parcial
El Código del Trabajo regula un contrato especial denominado "contrato de
media jornada". Su duración semanal no puede exceder 2/3 de la semana
normal de trabajo, es decir, 30 horas. Según la legislación chilena, los
empleos a tiempo parcial están sujetos a las mismas disposiciones aplicables
a los empleos regulares, con las siguientes excepciones:
i) el pago máximo de la participación en las utilidades puede
reducirse proporcionalmente en función del número de horas
trabajadas y
ii) las partes son capaces de acordar diferentes alternativas para
la distribución de la semana de trabajo, permitiendo así que
el empleador elija entre dichas alternativas y seleccione la
que se utilizará durante la semana o período siguiente.
45 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
9. Descanso diario y semanal y vacaciones anuales
a) Período de descanso diario
La jornada de trabajo debe dividirse en dos períodos, dejando entre
ellos al menos media hora de descanso para el almuerzo, que no
debe ser considerado para determinar la jornada de trabajo. La ley
también indica algunos casos en los que el período de descanso es
más largo, es decir, hoteles de restaurantes y empleados del club.
b) Periodo de descanso semanal
Los domingos y días legalmente establecidos como días festivos
serán días no laborales, con excepción de las actividades autorizadas
por la ley para ser realizadas en esos días.
Las empresas exentas de la prohibición anterior deben compensar a
sus empleados con un día de descanso pagado a cambio de los
domingos o días feriados. Sin embargo, en ciertas actividades, por lo
menos dos días de descanso en el mes deben ser concedidos los
domingos. Cuando se acumula más de un día de descanso pagado en
una semana, las partes pueden acordar una distribución especial o
un mecanismo especial de remuneración. En este último caso, la
remuneración del día de descanso compensado no podrá ser inferior
al 50% por encima de la tarifa horaria convenida.
c) Vacaciones
Los empleados que han trabajado por más de un año tienen derecho
a vacaciones anuales pagadas de 15 días hábiles. Después de trabajar
diez años, continuamente o no, para el mismo o diferentes
empleadores, vacaciones se ampliaran en un día de trabajo por cada
tres años de servicio.
En el caso de los empleados que trabajan en las Regiones 11 y 12 del
país, el período de vacaciones básico es de 20 días.
10. Licencia de maternidad y prestaciones
46 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Las trabajadoras tienen derecho a seis semanas de permiso antes (licencia
prenatal) y doce semanas después (parto postnatal) al nacimiento de un
hijo, con el pago completo de su remuneración. Este pago se efectúa por
parte y cuenta del sistema de la Seguridad Social y no por el empleador.
Además, las mujeres no pueden ser despedidas en el período de un año a
partir de la finalización de la licencia postnatal, salvo autorización previa de
los tribunales laborales.
Los establecimientos con más de 20
empleadas, independientemente
de su edad o estado civil, deben
proporcionar un servicio de
guardería para niños menores de 2
años. Los empleadores pueden
contribuir a una guardería infantil
externa para prestar dicho servicio.
Mientras las mujeres están
alimentando a sus bebés, se les
debe conceder una hora al día para
este propósito.
11. Remuneraciones
La ley considera como remuneración los pagos en efectivo y las prestaciones
en especie equivalentes al efectivo que el trabajador recibe del empleador
por razón del contrato de trabajo.
La remuneración incluye el sueldo, pago de horas extras, comisiones,
participación en beneficios y bonificaciones. La ley indica además que ciertos
47 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
pagos o subsidios no constituyen una remuneración, como el almuerzo, la
asignación familiar por cada cargo del empleado, el subsidio de transporte…
La retribución que consiste en el salario debe ser pagada en el plazo fijo
acordado, que no puede exceder de un mes. En el caso de retribuciones
variables, esta retribución variable o comisión se suele pagar mensualmente,
bimestralmente o trimestralmente. Otros pagos que dependen de los
resultados trimestrales o anuales de la empresa, es decir, bonificaciones y
participación en los beneficios, se pagan al final del trimestre o ejercicio,
respectivamente. El monto de la indemnización puede ser acordado
libremente entre el empleador y el empleado. Sin embargo, la ley establece
un nivel mínimo, que en el caso del salario base mensual para los empleados
que trabajan 45 horas semanales no puede ser inferior a un salario mínimo
legal mensual (CL$ 170,000; US$ 430 aprox.).
a) Participación en las ganancias
De acuerdo con las disposiciones del Código de Trabajo de Chile, si
una empresa obtiene beneficios, debe compartir parte de ellos con
su personal. La ley estipula que las empresas deben distribuir el 30%
del beneficio neto a los empleados calculado en proporción al salario
del empleado. La base utilizada para determinar los beneficios es la
renta imponible corporativa (sujeto a ciertos ajustes) menos el 10%
del patrimonio neto. Sin embargo y en lugar de la obligación anterior
el empleador puede pagar una bonificación del 25% del salario
anual, pero la prima en este caso, independientemente del nivel de
salario del empleado, no puede exceder de 4,75 salarios mínimos
mensuales.
La empresa y los empleados podrán acordar un sistema de
participación en los beneficios distinto al descrito anteriormente,
siempre que el pago al empleado no sea inferior a las dos
alternativas mencionadas anteriormente.
48 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
b) Beneficios Adicionales
Los empleadores no tienen obligación legal de proporcionar
beneficios adicionales, que no sean los beneficios que pueden ser
acordados voluntariamente en contratos o contratos individuales o
colectivos. Las prestaciones de pensión y enfermedad están
cubiertas por el sistema de Seguridad Social descrito más adelante
en este informe. No hay obligación legal de proveer servicios de
alimentación.
12. Salud y Seguridad
Chile prevé un sistema médico público y privado para los empleados,
incluido el cuidado de salud preventivo y curativo. El servicio médico
preventivo prevé controles médicos periódicos. Cuando se descubre que los
empleados sufren una enfermedad específica, se les concede baja por
enfermedad. Durante los períodos de baja por enfermedad, el empleador no
puede rescindir el contrato de trabajo sin causa, pero el sistema médico
paga el salario a partir del cuarto día de enfermedad o el primer día en caso
de exceder las vacaciones de 10 días. Se aplica un límite mensual de 64,7 UF.
Este sistema se financia mediante contribuciones de los empleados.
El seguro de indemnización al trabajador proporciona atención médica y
dental, hospitalización y medicina, así como indemnizaciones (dependiendo
del tipo de discapacidad sufrida) y gastos relacionados.
Las indemnizaciones se conceden en forma de pensión al trabajador
lesionado o a su cónyuge e hijos a cargo en caso de fallecimiento del
empleado. El Fondo de Indemnización al Trabajador se financia a través de
una cotización base (del empleador) del 0,9% del salario del empleado (con
un tope de 64,7 UF por sueldo base (con un tope de 64,7 UF por base
49 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Salario), más un pago adicional, que debe ser asumido por el empleador
exclusivamente en función de la actividad y nivel de riesgo de la empresa
(tasa adicional del 0% al 3,4%)
La Ley de Seguro de Indemnización al Trabajador establecida por la Ley Núm.
16.744 establece la obligación de las empresas o establecimientos con más
de 25 empleados para crear una Seguridad Permanente. Comité de
Prevención y Prevención de Riesgos (Comité Paritario), integrado por
representantes tanto de empleadores como de empleados. Este comité es
responsable de la adopción de todas las medidas necesarias para evitar
accidentes laborales y recomendar el uso adecuado de los equipos de
seguridad existentes en la empresa. Ninguno de los representantes de los
empleados en este comité puede ser despedido mientras se encuentre en el
comité, sin autorización previa de los tribunales laborales.
50 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
13. Terminación del contrato de trabajo
El Código del Trabajo establece disposiciones relativas a la rescisión del
contrato de trabajo y a la estabilidad del empleo. En virtud de este estatuto,
el contrato de trabajo sólo podrá ser resuelto por acuerdo del empleador y
del empleado, por la renuncia del empleado, por el fallecimiento del
empleado, por la expiración del plazo fijo acordado en el contrato, por la
realización del trabajo para que el empleado fue contratado, por un acto de
Dios o circunstancias fuera del control de las partes (fuerza mayor) y al
despido por parte del empleador.
Si el empleador despide al empleado en base a los motivos generales
conocidos como "necesidades de la empresa", tales como cambios en las
condiciones económicas, reducción de personal de la empresa, o en caso de
terminación por la sola voluntad (cuando esté permitido), las siguientes
indemnizaciones serán otorgadas al empleado;
i) Indemnización por años de servicios; equivalente a una
remuneración de un mes por cada año o fracción de la misma por un
período superior a seis meses en servicio del mismo empleador, con
un límite de 330 días de indemnización. Sin embargo, para el cálculo
de esta indemnización por despido, la ley estipula que la
remuneración mensual básica no podrá exceder de 90 "Unidades de
Fomento" (aproximadamente US $ 3.555), que puede ser renunciada
por las partes;
ii) Si el aviso de despido no se da con 30 días de antelación, el
empleado tendrá derecho a recibir una indemnización por despido
equivalente a un mes de remuneración (el mismo límite anterior se
aplica).
51 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Si el empleador no paga la indemnización mencionada al empleado, algunos
aumentos pueden aplicarse hasta el 150%.
Sin embargo, si el empleado es despedido por justa causa, es decir, grave
incumplimiento del contrato por parte del empleado, mala conducta
material, etc. no surge ningún derecho a indemnización por parte del
empleador. Sin embargo, el empleado puede impugnar el despido ante los
Tribunales de Trabajo y si los Tribunales dictaminaren a favor del empleado,
la empresa estará obligada a pagar la indemnización indicada más una multa
adicional de hasta el 100%, Dependiendo de la causa de terminación
invocada.
De conformidad con el artículo 162, párrafo 5, del Código del Trabajo, si en
el momento del despido no se pagan las cotizaciones de seguridad social, el
despido no dará lugar a la rescisión del contrato de trabajo. En
consecuencia, el empleador podría verse obligado a pagar al trabajador la
retribución y otros pagos establecidos en el contrato de trabajo hasta que
estas cotizaciones de seguridad social sean finalmente y debidamente
pagadas.
14. Trabajadores Contratistas Independientes
En Chile es común que las grandes empresas subcontraten contratistas
independientes para realizar tareas específicas o prestar servicios especiales
como servicios de seguridad y limpieza, catering, etc.
La ley chilena establece que si el contratista incumple obligaciones legales o
contractuales con sus empleados, él puede ser solidariamente responsable o
asumir responsabilidad subsidiaria. Esta responsabilidad se extiende a las
obligaciones laborales y de seguridad social, por lo que durante la vigencia
52 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
de estos contratos el principal debe verificar permanentemente que los
contratistas independientes cumplen con sus obligaciones para con sus
empleados.
Los servicios subcontratados se permiten solamente para algunos servicios
limitados y durante períodos de tiempo limitados.
B. SINDICATOS
Los sindicatos están regulados por el Código del Trabajo que reconoce la autonomía
de estas organizaciones. En virtud de la ley, sus principales propósitos son
representar a los empleados en el ejercicio de sus derechos, fomentar la integración
entre empleadores y empleados, verificar el cumplimiento de la seguridad social y
legislación laboral, ayudar a sus miembros, promover la educación y la mejora de la
53 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
seguridad en el lugar - los servicios en beneficio de los empleados pueden unirse a
un solo sindicato en una sola empresa.
Bajo la ley, puede haber más de un sindicato en cada empresa.
C. SEGURIDAD SOCIAL.
1. Información general
En 1980 el Gobierno introdujo un cambio importante en el sistema de
seguridad social chileno, haciendo una transición de los sistemas
administradores de pensiones y los que eran administrados por el gobierno
a las contribuciones a los fondos administrados por entidades privadas
sujetas al control general del gobierno.
De acuerdo con el Decreto Ley N ° 3.500 de 1981, las pensiones de vejez son
financiadas por los empleados mediante aportaciones acumuladas en
cuentas individuales en entidades denominadas Administradoras de Fondos
de Pensiones (AFP). Para estos efectos, los trabajadores deberán aportar el
10% de su remuneración hasta un máximo de 64,7 Unidades de Fomento
(actualmente de US $ 2.555). Cualquier retribución superior a 64,7 Unidades
de Fomento, no está sujeta a la contribución del 10%. La Unidad de Fomento
es una unidad monetaria creada por ley en 1975, que se ajusta diariamente
de acuerdo con la variación experimentada por el IPC y se utiliza para los
casos tributarios, laborales y otros en que los ajustes inflacionarios son
requeridos por ley o por acuerdo de las partes, por ejemplo Financiamiento
a mediano y largo plazo, contratos de arrendamiento, etc.
54 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Además, los trabajadores, deben aportar el 7% de su remuneración mensual
por atención médica, también hasta un límite de 64,7 UF.
Los empleadores no contribuyen a ninguno de estos fondos, sino que deben
aportar el 0,95% de la remuneración de los empleados más un pago
adicional que oscile entre 0% y 3,4% para el seguro de compensación al
trabajador. A partir del 1 de julio de 2009, los empleadores deberán aportar
entre el 1% y el 1,5% de la remuneración del empleado por concepto de
seguro de invalidez y supervivencia (SIS), que previamente se cobraba al
empleado.
2. Cobertura
El sistema de Seguro Social cubre a todos los trabajadores, incluidos los
trabajadores independientes. En el caso de los empleados, la afiliación al
sistema es obligatoria.
En el caso de los trabajadores extranjeros, por regla general, también deben
pagar las cotizaciones a la seguridad social indicadas anteriormente. Sin
embargo, la Ley N ° 18.156 otorga exención de las cotizaciones a la
seguridad social a los empleados técnicos extranjeros ya la empresa que los
contrata, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
1) El expatriado se suscribe a un sistema de seguridad social fuera
de Chile que cubre por lo menos enfermedad, pensión, invalidez
y muerte.
2) El empleado declara expresamente en su contrato de trabajo
que seguirá siendo abonado al sistema de seguridad social
extranjero.
55 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Esta exención incluye la contribución del empleado al fondo de
pensiones y asistencia médica, pero no exime al empleador de pagar
contribuciones al Seguro de Compensación al Trabajador mencionado
anteriormente.
D. SEGURO DE DESEMPLEO
Este seguro se financia de forma tripartita, ya que las cotizaciones son pagadas por
el empleador, el empleado (2,4% y 0,6% de la remuneración tributaria de los
empleados hasta un máximo de 97,1 UF, respectivamente) y el gobierno.
Este seguro es obligatorio para todos los empleados contratados después del 1 de
octubre de 2002, mientras que es discrecional para los empleados contratados
antes de dicha fecha.
En el caso de los contratos a plazo fijo, la totalidad de la contribución (3%) está
financiada exclusivamente por el empresario.
E. IMPUESTOS
1. Empleados nacionales
Las retribuciones de los empleados están sujetas a un impuesto de la renta
de la segunda categoría mensual, bajo una escala de impuestos progresiva
que el empleador debe deducir en la fuente. Este impuesto es pagadero por
56 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
la empresa a la Tesorería dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al
de la deducción.
En la actualidad, las escalas de impuestos van desde la exención a una tasa
impositiva del 40%.
Si el empleado sólo gana ingresos bajo su contrato de trabajo, este impuesto
es deducido por el empleador, y el empleado no está obligado a presentar
declaraciones de impuestos mensuales o anuales. Por otro lado, si el
empleado gana otro ingreso chileno -o extranjero- además de sus ingresos
laborales, por ejemplo: Alquileres o ingresos de cartera, el empleado debe
presentar una declaración de impuestos anual a pesar de la deducción del
impuesto de segunda categoría por el empleador.
2. Empleados extranjeros
Los extranjeros domiciliados o que residen en Chile y que trabajan como
empleados en Chile también están sujetos al impuesto de Segunda Categoría
como se explicó anteriormente. Los extranjeros que no tengan domicilio ni
residencia en Chile y que trabajen como consultores en Chile estarán sujetos
a un impuesto a la renta adicional de 15% adicional a ser deducido por la
empresa que los emplea en Chile mediante el pago del sueldo o tasa y el
impuesto es pagadero a la Tesorería dentro de los primeros 12 días del mes
siguiente al de la deducción del impuesto.
La legislación fiscal no contiene una definición de domicilio y, a falta de dicha
definición, se aplican las disposiciones generales del Código Civil. En virtud
de estas disposiciones, el domicilio se adquiere cuando existe suficiente
evidencia de que el extranjero viene a vivir a Chile por un período de tiempo
57 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
razonable, es decir, si es contratado bajo un contrato de trabajo por un año
o más, asume un cargo ejecutivo en la empresa, trae a su familia, etc.
En el caso de residencia, el Código Tributario establece una definición que
indica que la residencia se adquiere cuando el extranjero permanece en
Chile por más de seis meses continuos en un solo año o más de seis meses,
de forma ininterrumpida o no, en dos períodos consecutivos. Años fiscales.
En el caso de los extranjeros, durante sus primeros tres años de residencia
en Chile, deberán pagar los impuestos indicados anteriormente únicamente
en su fuente de ingresos chilenos y este plazo de tres años podrá ser
prorrogado por las autoridades fiscales. Después de transcurrido el plazo de
tres años o su extensión, el extranjero debe pagar impuestos sobre los
ingresos mundiales.
58 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
V. VISAS PARA EXTRANJEROS
La ley chilena prevé tres tipos de visas para extranjeros que desean trabajar en Chile, de la
siguiente manera:
A. VISA TURISTICA
Los extranjeros que llegan a Chile por negocios pero no tienen la intención de
inmigrar, residir o realizar actividades remuneradas son considerados turistas.
El visado de turista se concede por un período máximo de 90 días. Sin embargo, la
autoridad está facultada en circunstancias excepcionales para limitar la estancia del
visitante a períodos más cortos. En ciertos casos especiales, el visado de turista
puede prorrogarse una vez, por un período máximo de 90 días contados a partir de
la expiración del primer período. Para obtener una visa de turista, el extranjero
debe tener un pasaporte.
A pesar de que no se permite a los turistas desarrollar actividades remuneradas en
Chile, en ciertos casos el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior
puede conceder un permiso de trabajo especial a un turista, lo que le permite
realizar servicios remunerados en Chile por períodos que no excedan 30 días. Este
Permiso de Trabajo puede extenderse por períodos adicionales de 30 días hasta la
expiración del período original o extendido de la visa de turista.
59 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
B. VISA SUJETA A UN CONTRATO DE TRABAJO (VISA DE TRABAJO)
Esta visa es otorgada a extranjeros que viven en Chile bajo contrato de trabajo. Esta
visa también se hace extensiva al cónyuge, padres e hijos que viven con el
empleado extranjero en Chile. Sin embargo, estos beneficiarios no están
autorizados a participar en actividades comerciales en el país a menos que
obtengan su propia visa. El visado de trabajo se otorga sujeto a los siguientes
requisitos:
a) El empleador debe tener domicilio legal en Chile;
b) El contrato de trabajo debe ser firmado en Chile ante un Notario Público o
fuera de Chile ante un Cónsul de Chile;
c) En el caso de los profesionales o técnicos, deberán probar que poseen la
titulación profesional correspondiente mediante documentos debidamente
acreditados;
d) La profesión, la actividad o el trabajo a realizar por el empleado es necesario
para el país;
e) Las actividades que el empleado realice en Chile no se consideren peligrosas
para la seguridad nacional;
f) El contrato de trabajo debe contener disposiciones especiales sobre la
obligación del empleador de retener y pagar el impuesto sobre la renta que
afecta al sueldo del empleado y la obligación del empleador de pagar los
gastos de viaje del empleado y su familia para regresar a su País de origen o
a cualquier otro país que pueda ser acordado con la rescisión del contrato
de trabajo; y
g) El extranjero sólo podrá participar en las actividades acordadas en el
contrato de trabajo y no podrá aceptar otras posiciones remuneradas sin
previa autorización de las autoridades.
60 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
El visado es concedido por hasta dos años y puede ser extendido por períodos
iguales. El empleado puede solicitar una residencia permanente en Chile después de
dos años de residencia aquí. Esta visa caduca a la terminación del contrato de
trabajo.
C. VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL
Este visado se otorga, entre otros, a profesionales, técnicos y expertos que no llegan
a Chile bajo contrato de trabajo con una empresa o sucursal en Chile, sino como
consultores independientes y cuyos servicios en Chile se consideran útiles o
convenientes para el país. Esta visa también cubre al cónyuge, padres e hijos y, de
nuevo, estos beneficiarios no están autorizados a realizar actividades comerciales
en Chile a menos que obtengan sus propios visados.
Para obtener esta visa, se deben presentar documentos que demuestren el grado
profesional del solicitante, así como otros documentos que puedan ser solicitados
por la autoridad.
Este visado se concede hasta por un año y puede extenderse una vez por igual
período. El empleado puede solicitar una residencia permanente en Chile después
de completar un año de residencia.
61 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
Kreston MCA
Román Díaz 205, Of 701,
Providencia
Santiago, Chile
T: +56 (2)29.639.100
www.krestonmca.cl
recepcion@krestonmca.cl
II.
“Haga Negocios con quien conoce,
le agrade y confíe”
Kreston Macro Consultores Auditores SpA es una empresa miembro de Kreston International. Kreston International Limited es una empresa registrada en Inglaterra
(No: 3453194) y limitada por garantía. Kreston International Limited no proporciona servicios a los clientes y no tiene ninguna responsabilidad por los actos u omisiones
de cualquier empresa miembro. Domicilio social: Springfield Lyons Business Center, Springfield Lyons Approach, Chelmsford, Essex, CM2 5LB.

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  • 1. Kreston Macro Consultores Auditores SpA. HACIENDO NEGOCIOS EN CHILE Marco Legal Our network | Our vision | Our people Kreston MCA, Knowing you… A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms
  • 2. 2 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms INDICE I. ORGANIZACIONES COMERCIALES EN CHILE ........................4 II. INVERSION EXTRANJERA EN CHILE ....................................22 III. SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO .........................................25 IV. SISTEMA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL...........................39 V. VISAS PARA EXTRANJEROS.................................................58
  • 3. 3 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms hile ofrece un entorno económico y político estable, con excelentes perspectivas de crecimiento. También cuenta con un marco legal respetable, diseñado para garantizar la protección de las inversiones y la capacidad de operar de acuerdo con la práctica comercial normal. Los mercados financieros chilenos están bien desarrollados, con una alta tasa de ahorro interno principalmente debido a su sistema de fondos de pensiones privados. Este documento discute brevemente los marcos legales aplicables a cualquier persona o empresa interesada en realizar actividades comerciales en Chile. Los reglamentos de inversión extranjera, las alternativas de estructura societaria, así como las disposiciones tributarias relevantes se resumen para explicar el medio legal disponible para hacer negocios en Chile. Naturalmente, la estructura más conveniente para un negocio particular, debe determinarse caso a caso, porque este documento sólo tiene por objeto proporcionar una visión general de la legislación más relevante. En general, no existen restricciones basadas en la nacionalidad de socios, accionistas o propietarios de empresas chilenas. La única restricción impuesta por la ley a este respecto se aplica a ciertos campos de actividad altamente específicos, tales como la navegación costera. C
  • 4. 4 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms I. ORGANIZACIONES COMERCIALES EN CHILE Existen varias estructuras en las que las empresas pueden ser organizadas para realizar actividades en Chile. De las organizaciones sin fines de lucro a las sociedades anónimas, la ley chilena establece diferentes regímenes aplicables de acuerdo a las diferentes necesidades. Generalmente, una empresa extranjera puede seleccionar libremente cualquiera de las siguientes formas de organización: A. Sucursal de una Entidad Legal Extranjera B. Corporación C. Sociedad por Acciones (Corporación Simplificada) D. Sociedad de Responsabilidad Limitada En el caso de los bancos, las compañías de seguros y las sociedades gestoras de fondos de pensiones, entre otros, la ley establece ciertos requisitos reglamentarios que deben cumplirse, es decir, la autorización previa de la autoridad local competente. Como regla general, ninguna estructura en particular es obligatoria para realizar negocios en Chile, con la excepción de ciertos negocios específicos, como por ejemplo: Los servicios bancarios, las compañías de seguros, la gestión de los fondos de pensiones, etc. Por lo tanto, las diferentes consideraciones que se exponen a continuación deben ponderarse cuidadosamente para determinar la estructura más adecuada.
  • 5. 5 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms A. SUCURSAL DE UNA ENTIDAD JURÍDICA EXTERIOR (Agencia) Una sucursal de una persona jurídica extranjera no es una entidad legal autónoma en sí misma sino una agencia de la matriz en Chile. 1. Establecimiento Para establecer una sucursal de una persona jurídica extranjera en Chile, es necesario que ciertos documentos sean legalizados por el cónsul respectivo y protocolizados ante un Notario Público local. Posteriormente, el agente deberá ejecutar una escritura pública que contenga una declaración de establecimiento para la sucursal. Un resumen de dicha declaración debe cumplir con ciertos requisitos de publicidad. No se requiere ninguna autorización oficial previa. Específicamente, las copias de los siguientes documentos en su idioma original de ejecución deben ser certificadas y legalizadas por cónsul respectivo: - Acta de constitución de la entidad extranjera. - Estatutos de la entidad extranjera. - Certificado de buena reputación (o similar) de la entidad extranjera. - Poder otorgado al agente que gestionará la sucursal. Si los documentos originales se emiten en un idioma distinto del español, deben ser previamente traducidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Tanto los documentos originales como sus traducciones deben ser protocolizados ante un Notario en Chile para su registro.
  • 6. 6 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms En la misma fecha de registro de dichos documentos, el agente designado deberá ejecutar una escritura pública que trate de lo siguiente: (a) Nombre, capital (monto y condiciones de aportación de capital), domicilio y objeto social de la sucursal en Chile. (b) Una declaración y representación de que la entidad extranjera es consciente de la legislación chilena que regirá sus asuntos en Chile, su sucursal, contratos y obligaciones; Que la entidad extranjera y sus activos estarán sujetos a las leyes chilenas, particularmente en cuanto al cumplimiento de las obligaciones asumidas en Chile; Y que la entidad extranjera acuerda mantener en Chile activos que puedan ser fácilmente vendidos o liquidados para cumplir con sus obligaciones en Chile. Un resumen de la escritura pública deberá ser publicado en el Boletín Oficial y registrado en el Registro de Comercio dentro de los 60 días desde la fecha de su ejecución. De acuerdo con el artículo 447 del Código de Comercio y el artículo 121 de la Ley de Sociedades Anónimas (Ley N ° 18.046), el poder otorgado al agente debe ser general, con autorización de carta blanca, incluyendo una cláusula que declare que el agente actuará en Chile bajo la responsabilidad directa de la entidad extranjera, y con amplias facultades para llevar a cabo operaciones en su nombre. También deben incluirse las autoridades para representar a la entidad extranjera ante los Tribunales de Chile, en los términos establecidos por el Código de Procedimiento Civil de Chile. Por lo tanto, y pese a que la mayoría de las empresas generalmente no otorgan poderes generales a sus funcionarios o empleados como una cuestión de política, deben hacerlo si desean operar una sucursal en Chile.
  • 7. 7 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 2. Responsabilidad de la entidad extranjera La entidad extranjera es responsable de todas las actividades y negocios realizados por la sucursal chilena, y esta responsabilidad no se limita a los activos ubicados en Chile. 3. Capital No se requiere capital mínimo para el establecimiento de una sucursal de una entidad extranjera en Chile. Cualquier monto de capital podrá ser determinado en el momento de constitución de la sucursal, sin que sea obligatorio que dicho capital se encuentre pagado a la fecha de constitución. Además, el capital de la sucursal podrá ser modificado en cualquier momento, ya sea aumentándolo o reduciéndolo, en cuyo caso dicha enmienda deberá ser ejecutada por el agente mediante escritura pública. La publicación en el Boletín Oficial y la inscripción en el Registro de Comercio de un resumen del mismo, deberá realizarse en un plazo de 60 días. Las reducciones de capital deben ser autorizadas previamente por el Servicio de Impuestos Internos. 4. Gestión La sucursal será administrada por el agente, quien será investido con amplia autoridad para representar a la entidad extranjera como se explica en el punto (1) de este documento. 5. Remisión de beneficios No existen limitaciones con respecto a la remisión de beneficios de la sucursal, siempre que se hayan pagado todos los impuestos pertinentes y se
  • 8. 8 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms hayan cumplido las condiciones de remisión de inversión extranjera aplicables y las regulaciones cambiarias. 6. Publicación de Estados Financieros El agente debe publicar los estados financieros de la sucursal cada año en un periódico local del domicilio social de la sucursal indicada en la escritura notarial de establecimiento. B. SOCIEDAD ANÓNIMA En términos generales, las regulaciones chilenas sobre las sociedades anónimas no difieren mucho de las de otras jurisdicciones.
  • 9. 9 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Bajo la ley chilena (básicamente, la Ley de Sociedades Anónimas - Ley N º 18.046 - y su Reglamento), las sociedades anónimas pueden ser de propiedad pública o de empresas privadas. Las sociedades anónimas abiertas son aquellas en las que las acciones (u otros valores emitidos por la respectiva sociedad) se cotizan públicamente o las que tienen 500 o más accionistas o en las que al menos el 10% de las acciones pertenecen a 100 accionistas. Las sociedades anónimas cerradas son aquellas que no están dentro de la definición anterior. Las sociedades anónimas abiertas están sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), mientras que las sociedades anónimas cerradas no lo están. Sin embargo, los accionistas de una sociedad anónima cerrada pueden acordar que se rija por los reglamentos aplicables a las sociedades anónimas abiertas, convirtiéndose así en una sociedad sujeto al control de la SVS. Asimismo, si una sociedad anónima cerrada, debido a regulaciones particulares, está obligada por ley a registrar sus acciones en la SVS, dicha sociedad anónima cerrada sería considerada como una sociedad anónima abierta, sujetándose así también a la supervisión de la SVS. Por último, otras sociedades anónimas, como compañías de seguros, sociedades administradoras de fondos mutuos, etc., son calificadas como "sociedades anónimas especiales" y también están sujetas a la supervisión de la SVS. 1. Incorporación A las sociedades anónimas, tanto abiertas como cerradas, se incorporan mediante escritura pública por cada dos incorporaciones, al menos. Deberán incluirse ciertas leyendas requeridas por la ley, tales como el nombre de los
  • 10. 10 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms accionistas, su profesión y domicilio; La razón social de la sociedad, su domicilio; El capital social y el número de acciones en que se divide, la descripción de las series preferentes, en su caso; y otros. Un resumen de la escritura pública deberá ser publicado en el Boletín Oficial e inscrito en el Registro de Comercio en un plazo de 60 días a partir de la fecha de su ejecución. La escritura pública también debe contener los estatutos de la corporación. 2. Responsabilidad de los accionistas.- Los accionistas sólo son responsables por el importe que han acordado pagar por las acciones suscritas. 3. Capital El capital debe ser pagado en un plazo de tres años a partir de la fecha de ejecución de la escritura de constitución, o dentro del plazo más corto previsto en los estatutos, en su caso, indexado según las tasas de inflación chilenas o ajustado bajo otros mecanismos acordados específicamente (por ejemplo, tipos de cambio). El capital social establecido en los estatutos se incrementará automáticamente, anualmente, de acuerdo con la tasa de inflación chilena, una vez que el balance de la compañía haya sido debidamente aprobado por los accionistas. Cualquier otro aumento de capital de las sociedades requerirá la modificación de los estatutos que, a su vez, requerirá una asamblea extraordinaria de accionistas que deberá constar en escritura pública. Un
  • 11. 11 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms resumen de dicha escritura debe ser publicado en el Boletín Oficial e inscrito en el Registro de Comercio en el plazo de 60 días a partir de la fecha de su ejecución. Entre otros medios, los aumentos en el capital de la corporación pueden ser obtenidos a través de la capitalización de utilidades o ganancias retenidas; Mediante capitalización de deudas; O mediante contribuciones adicionales en efectivo o en especie. Todo capital adicional deberá ser desembolsado en el plazo de tres años a partir de la fecha de la asamblea de accionistas pertinente, o dentro del plazo más corto acordado en su caso, con excepción de los planes de opción de compra de acciones, respecto de los cuales el plazo de pago podría prorrogarse hasta cinco años. En cualquier caso, antes de aumentar el capital de las sociedades anónimas cerradas mediante la emisión de nuevas acciones, las reservas existentes deben ser capitalizadas en primer lugar. En caso de que los accionistas acuerden un aumento de capital mediante la emisión de nuevas acciones, los accionistas existentes tienen el derecho de preferencia para suscribir proporcionalmente cualquier nueva acción (excepto cuando se emiten acciones para planes de opción de compra, pero hasta el 10%), derecho que puede renunciar o transferirse libremente. Las reducciones en el capital de la sociedad también deben ser acordadas en una junta extraordinaria de accionistas y certificadas en escritura pública. Un resumen de dicha acta deberá ser publicado en el Boletín Oficial e inscrito en el Registro de Comercio dentro de los 60 días desde la fecha de su ejecución. La autorización previa del Servicio de Impuestos Internos, es obligatoria. El reembolso de los fondos, si procede, sólo podrá realizarse después de un período de espera de 30 días después de la publicación en el Boletín Oficial.
  • 12. 12 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Las empresas, con algunas excepciones calificadas, no pueden adquirir sus propias acciones. 4. Gestión La dirección de una sociedad anónima se confiere a un Directorio nombrado por los accionistas. La Junta no tendrá menos de tres miembros en sociedades anónimas cerradas, y no menos de cinco en sociedades anónimas abiertas, como lo requiere la ley. Los directores no necesitan ser accionistas de la compañía. Una junta de accionistas podrá, en cualquier momento, remover de su cargo a todo el Directorio. Éste, a su vez podrá delegar parte de su autoridad en un Gerente General que tendrá la representación judicial de la sociedad y tendrá la obligación de aplicar los acuerdos del Directorio. En las sociedades anónimas abiertas, los Directores no pueden desempeñar simultáneamente la función de Gerente General, en sociedades anónimas cerradas, sólo el Presidente de la Junta está sujeto a dicha restricción. 5. Distribución de beneficios La ley exigía que las corporaciones de capital público distribuyeran al menos el 30% de sus utilidades netas cada año, a menos que se acuerde lo contrario por la asamblea de accionistas con el voto unánime para todas las acciones emitidas. En las sociedades anónimas cerradas, los accionistas pueden incluir en los estatutos cualquier política para la distribución de beneficios que deseen, siempre que se establezca un porcentaje mínimo de distribución.
  • 13. 13 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Los dividendos intermedios podrán ser aprobados por el Directorio, siempre que no existan pérdidas acumuladas. En caso de haber pérdidas acumuladas, o en el caso de que la corporación termine perdiendo un beneficio por un monto inferior a los beneficios distribuidos, cada Director será personalmente responsable del reembolso de dichos dividendos. 6. Estados Financieros Los estados financieros de las sociedades anónimas pueden ser auditados por examinadores de cuentas o auditores externos nombrados por la asamblea de accionistas o por cualquier otro mecanismo establecido en los estatutos, incluyendo una opción para eximir a la compañía de cualquier auditoría o revisión. Los estados financieros de las sociedades anónimas deben ser auditados por una firma de auditoría externa, debidamente inscrita ante la SVS ("Empresa
  • 14. 14 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms de Auditoria Externa"), que será nombrada anualmente por la Junta de accionistas. Las sociedades anónimas deben publicar sus estados financieros en un periódico local de su domicilio social, así como cierta información relevante requerida por la SVS. 7. Transferencia de acciones Los accionistas podrán transferir libremente sus acciones, excepto si los estatutos o un acuerdo de accionistas contienen una limitación. En las sociedades anónimas, los estatutos no podrán limitar la libre transferencia de acciones, y cualquier acuerdo privado entre accionistas que establezca restricciones deberá ser depositado en la sociedad y anotado en el registro de accionistas de la compañía para ser exigible contra terceros (Pero en ningún caso contra la empresa). Las transferencias de acciones deberán ser realizadas ante un Notario Público, dos testigos o un funcionario de autenticación autorizado, y deberán ser anotadas en el registro de accionistas para ser válidas ante la sociedad y terceros. 8. Disolución Una sociedad anónima se disuelve y termina cuando su período de duración expira, a menos que se haya incorporado a perpetuidad. Además, las sociedades se disuelven si así lo acuerdan las 2/3 partes del total de acciones, en una asamblea extraordinaria de accionistas convocada para tal efecto, o si todas las acciones son mantenidas por una persona por un período superior a 10 días consecutivos o si se ha fusionado con otra
  • 15. 15 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms compañía. Los estatutos de la compañía pueden incluir otros eventos adicionales que resulten de la disolución de la sociedad anónima. En caso de disolución de la sociedad, su liquidación será realizada por un comité de liquidación elegido libremente por el accionista, salvo que no sea necesaria la liquidación (adquisición de todas las acciones por una persona física o jurídica, o fusión). 9. Accionistas minoritarios Cualquier accionista minoritario tiene derecho a retirarse de una sociedad en caso de que determinados acuerdos sean acordados por la junta de accionistas. Entre tales resoluciones se encuentran: la transformación de la sociedad anónima en otra forma legal: fusión; Disposición del 50% de los activos de la empresa; La emisión de acciones preferentes o el aumento o reducción de las preferencias asociadas a dichas acciones. Algunos otros motivos de retiro pueden ser incluidos en los estatutos por los accionistas. El derecho de retiro implica la obligación de la sociedad anónima de comprar todas las acciones del accionista disidente, ya sea a su valor contable, en el caso de las sociedades anónimas cerras, el valor de mercado, en el caso de las sociedades anónimas abiertas. C. SOCIEDAD POR ACCIONES En virtud de la legislación promulgada en 2007 para fomentar -entre otras cosas- el emprendimiento privado y la inversión en empresas de capital riesgo, se introdujo en Chile un nuevo rey de la estructura de la empresa (a saber, "Sociedad por
  • 16. 16 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Acciones" o "SpA") que básicamente prevé una estructura corporativa similar a la de una sociedad anónima cerrada, pero con algunas diferencias materiales para reducir formalidades y costos administrativos generalmente asociados a las sociedades. En consecuencia, la SpA no es un vehículo apropiado para recaudar capital del público, de hecho, está en manos de 500 o más accionistas, o al menos el 10% de las acciones pertenecen a un mínimo de 100 accionistas (excluyéndose aquellos accionistas que individualmente excedan dicho porcentaje), durante un período superior a 90 días, se rigen, por el solo ministerio de la ley, por las disposiciones aplicables a las sociedades ordinarias. Las SpA se rigen por el Código de Comercio, pero a falta de disposición expresa contenida en el Código de Comercio (y en los estatutos pertinentes), se rigen por las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Algunas peculiaridades dignas de mención de los SpAs (en contraposición generalmente a las sociedades anónimas) son las siguientes: 1. Accionista único A pesar de que un requisito legal esencial para cada compañía bajo las leyes chilenas es tener al menos dos socios o accionistas, una SpA puede tener un solo accionista, incluso desde el momento de la incorporación, como un único accionista. Además, a menos que se establezca lo contrario en los estatutos, una SpA no se disuelve si todas las acciones emitidas son adquiridas por un acreedor. Lo anterior constituye una alternativa corporativa útil para las empresas extranjeras que tienen que formar una filial en Chile, evitando así la necesidad de incluir un socio nominal o accionista para cumplir formalmente la regla de dos socios / accionistas.
  • 17. 17 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 2. Incorporación Las formalidades de incorporación son sustancialmente similares a las de las sociedades de capital cerrado, pero la ejecución de una escritura pública puede ser sustituida alternativamente por un documento privado, siempre y cuando las firmas estén autorizadas por Notario y que dicho documento se registre ante mismo Notario. Asimismo, el plazo aplicable para el registro y publicación de esta escritura pública o documento privado es de 60 días a un mes. Los estatutos sociales contenidos en la escritura pública o documento privado, que hagan mención a la forma de incorporación, podrán ser enmendados por una resolución de accionista adoptada no sólo de manera formal, sino también directamente en una escritura pública o un documento privado, siempre que todos los accionistas ejecuten tal escritura o documento. 3. Capital El capital debe ser pagado dentro del plazo establecido en los estatutos. En ausencia de cláusula que rija esta emisión, el plazo aplicable es de cinco años a partir de la fecha de incorporación o de la fecha de aumento de capital, según sea el caso. Los estatutos podrán autorizar a la administración a incrementar el capital, junto con proporcionarle las condiciones para ejercer dicha autoridad, sin perjuicio de la autoridad habitual de los accionistas para decidir sobre los aumentos de capital.
  • 18. 18 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms No es necesario incluir el derecho de preferencia para suscribir acciones de nueva emisión por parte de los accionistas existentes, a menos que se disponga lo contrario en los estatutos. Las reducciones de capital requieren el consentimiento unánime de los accionistas, a menos que los estatutos prevean una mayoría especificada en su lugar. 4. Derecho a voto Los estatutos podrán contemplar una serie de acciones con poder de voto especial, es decir, tener más de "un voto por acción". 5. Gestión La gestión de una sociedad anónima puede organizarse libremente en los estatutos. Por consiguiente, una SpA puede ser administrada por cualquier órgano (un Directorio, un Comité, un Consejo etc.) por uno o más accionistas o por terceros, o a través de cualquier otro mecanismo que los accionistas consideren apropiado. 6. Distribución de beneficios Los estatutos podrán establecer una serie preferida de acciones con derecho a recibir un dividendo por un importe determinado y, en cualquier caso, convirtiéndose en un dividendo que no está supeditado a las ganancias reales obtenidas por el SpA. Asimismo, los estatutos podrán disponer que los beneficios resultantes o asociados a una línea específica de negocios o activos específicos se distribuyan como dividendos, independientemente de los beneficios o
  • 19. 19 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms pérdidas generales de la SpA resultantes de todos los demás negocios, activos y resultados financieros en general. D. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Con arreglo a la legislación chilena, las partes interesadas pueden constituir una sociedad de responsabilidad ilimitada. Dado que las sociedades de responsabilidad limitada se basan en las mismas normas que las establecidas para las sociedades de responsabilidad ilimitada, con excepción de esta característica específica, nos referiremos ahora a las normas que se aplican comúnmente a ambas (con excepción del punto (3), el que solo aplica para las sociedades de responsabilidad limitada). 1. Organización Las sociedades de responsabilidad limitada se organizan mediante la ejecución de una escritura pública por al menos dos partes, ya sean personas físicas o jurídicas. En dicha escritura deberá constar asimismo el nombre de la sociedad, su objeto social, las aportaciones de capital, etc., así como los estatutos de la sociedad. Un extracto de dicha escritura debe ser publicado en el Boletín Oficial, e inscrito en el Registro de Comercio dentro de los 60 días siguientes a los de su ejecución. Las sociedades de responsabilidad limitada no pueden tener más de 50 socios, ya sean personas físicas o jurídicas.
  • 20. 20 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 2. Supervisión Las sociedades de responsabilidad limitada no están sujetas per se a ningún control de supervisión en particular, como el que ejerce la SVS sobre las sociedades anónimas abiertas. 3. Responsabilidad La responsabilidad de los socios se limita a su obligación de aportar una cantidad determinada a la empresa, o de contribuir a los pasivos de la empresa hasta cierto monto, en su caso, según lo indicado en los estatutos. 4. Capital No existe un capital mínimo requerido para constituir una sociedad de responsabilidad limitada en Chile. Los socios pueden determinar libremente los términos y condiciones para el pago que pretenden aportar a la empresa. El capital social puede ser modificado en el tiempo, ya sea aumentándolo o reduciéndolo. Las reducciones de capital requieren la aprobación previa del Servicio de Impuestos Internos. La capitalización y los aumentos del capital social pueden obtenerse a través de contribuciones en efectivo o en especie y / o capitalización de utilidades, utilidades retenidas o préstamos. 5. Gestión La dirección de una sociedad de responsabilidad limitada puede ser delegada en uno o más socios, en un tercero o en un Directorio especialmente designado para tal fin. El quórum y estructura de este Directorio, en caso de que los socios decidieran su incorporación, podrán ser libremente establecidos en los estatutos.
  • 21. 21 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 6. Distribución de beneficios Los términos y condiciones para las distribuciones de beneficios pueden ser establecidos libremente en los estatutos por los socios. 7. Transferencia de intereses La transferencia de participaciones en una sociedad de responsabilidad limitada requiere el consentimiento unánime de todos sus socios. De lo contrario, la transferencia será nula y quedará sin efecto. En el caso de que los socios acuerden transferir sus intereses, debe firmarse una escritura pública y un extracto de la misma publicada en la Gaceta Oficial e inscrita en el Registro Mercantil dentro de los 60 días siguientes a los de su ejecución. 8. Estados Financieros En general, las sociedades de responsabilidad limitada no están obligadas a publicar sus estados financieros.
  • 22. 22 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms II. INVERSIÓN EXTRANJERA EN CHILE Los regímenes de inversión extranjera en Chile están regulados principalmente por el Capítulo XIV del Compendio de Regulaciones Cambiarias del Banco Central de Chile. Además, Chile ha firmado tratados bilaterales de inversión ("TBI") y acuerdos comerciales liberados ("ACL") con varios países, lo que protege aún más las inversiones extranjeras. CAPÍTULO XIV DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIO EXTRANJERO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE El Capítulo XIV del Compendio de Regulación de Cambios del Banco Central de Chile reglamenta todos los préstamos, depósitos, inversiones y aportaciones de capital al exterior por un monto total, igual o superior a US $ 10.000, transferido al país desde el exterior. De acuerdo con la normativa cambiaria vigente, todas las transferencias de fondos al país procedentes del exterior, tales como préstamos, depósitos, inversiones o aportes de capital, deben realizarse a través del Fondo de Inversiones de Capital Extranjero y ser informadas al Banco Central de Chile. Sin embargo, no se garantiza el acceso al Fondo de Inversiones de Capital Extranjero al inversionista extranjero o contribuyente de capital y al prestatario chileno, según sea aplicable para la repatriación de la inversión de capital y / o beneficios, o el pago del monto principal y / o intereses sobre el préstamo extranjero, respectivamente.
  • 23. 23 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 1. Préstamos extranjeros a) Los préstamos podrán desembolsarse en Chile o en el extranjero; En ambos casos, estos préstamos deben ser informados al Banco Central de Chile. b) Las condiciones de reembolso del monto principal e intereses podrán ser libremente acordadas entre el acreedor y el deudor, incluido el tipo de interés convenido por las partes. c) En caso de incumplimiento del deudor en el pago de lo principal y / o del interés, la ley da derecho al fiador a pagar y realizar la transferencia de los fondos. Dicha garantía deberá ser informada al Banco Central de Chile de acuerdo con el Capítulo XIV del Compendio de Regulación de Cambios del Banco Central de Chile. d) La remisión de lo principal no está sujeta a impuestos. La remisión de intereses está sujeta a una retención del 35%, a menos que el prestamista sea una institución financiera extranjera o internacional, en cuyo caso el pago de intereses está sujeto a una retención del 4%. 2. Contribuciones de Capital, Inversiones y Depósitos El Capítulo XIV del Compendio de Regulación de Cambios también establece ciertas reglas aplicables a las aportaciones de capital, inversiones y depósitos efectuados en el exterior del país en moneda extranjera. Estos reglamentos no se aplican a las contribuciones en especie y sólo son aplicables a actos que impliquen obligaciones de pago o el derecho a transferir divisas al exterior por personas naturales o jurídicas con residencia o domicilio en Chile. De acuerdo con las mencionadas disposiciones, el contribuyente de capital o el inversionista no firma formalmente un Contrato de Inversión Extranjera con el Estado de Chile, como en el caso de D.L. 600 de 1974, pero debe informar dichos actos al Banco Central de Chile de acuerdo con los
  • 24. 24 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms reglamentos del Capítulo XIV. Además, como se mencionó anteriormente, los pagos y las transferencias desde y hacia Chile, que se deriven de los actos antes mencionados, deben realizar se a través del Fondo de Inversiones de Capital Extranjero. El Capítulo XIV habilita a los inversores a repatriar libremente el capital aportado o invertido en Chile y remitir en cualquier momento los beneficios obtenidos de dichas aportaciones o inversiones de capital. 3. Importe mínimo El Capítulo XIV del Compendio de Regulaciones Cambiarias sólo se aplica a las transferencias desde y hacia otros países con préstamos externos, aportes de capital, inversiones y depósitos por un monto total de US $ 10,00 o más.
  • 25. 25 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms III. SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO A. DESCRIPCIÓN GENERAL En virtud de la Constitución Política de la República de Chile, los impuestos, los derechos de aduana y todo tipo de cargos públicos deben ser implementados mediante la promulgación de una ley aprobada por el Congreso Nacional. La iniciativa de legislar en materia tributaria recae sólo en el Presidente de la República. En consecuencia, los impuestos no pueden ser modificados a menos que el Poder Ejecutivo tome acción y el Congreso apruebe dicha iniciativa. Los asuntos relacionados con la política fiscal están bajo la autoridad del Ministro de Hacienda. En materia tributaria, la acción gubernamental es llevada a cabo por tres diferentes organismos públicos: a) El Servicio de Impuestos Internos (SII), que se encarga de la administración de las leyes tributarias y tiene el poder de emitir reglamentos y realizar auditorías fiscales; b) La Tesorería General de la República, que se encarga de la recaudación tributaria; y, c) La Agencia de Aduanas, que se ocupa de todos los asuntos relacionados con los derechos aduaneros aplicables a las importaciones. Si, como consecuencia de una auditoría fiscal, se presenta una demanda contra un contribuyente, las audiencias se llevan a cabo ante el director regional correspondiente del SII. Su decisión puede ser apelada ante la Corte de Apelaciones
  • 26. 26 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms correspondiente y, a través de ciertos procedimientos, el caso puede ir hasta la Corte Suprema. Los principales impuestos establecidos por la legislación chilena son los siguientes:  Impuestos sobre la Renta  Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA)  Impuesto de Timbres y Estampillas; e  Impuesto de Bienes Raíces. B. IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1. Aspectos Generales Bajo la ley chilena, el concepto de renta imponible es muy amplio e incluye todo tipo de ganancias o beneficios y, en general, cualquier aumento en la riqueza generada durante un año fiscal. Como regla general, los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile están sujetos al impuesto sobre la renta de cualquier fuente. Los contribuyentes no domiciliados y no residentes son gravados únicamente en los ingresos procedentes de fuentes chilenas. Como excepción a lo anterior, los extranjeros que establezcan su domicilio o residencia en Chile solo estarán sujetos a impuestos sobre los ingresos de fuentes chilenas durante los tres primeros años (este plazo puede ser prorrogado por el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos.)
  • 27. 27 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 2. Los impuestos establecidos en la ley del impuesto sobre la renta son los siguientes: a) Impuesto de primera categoría: La reforma tributaria legal crea dos sistemas: (1) Imputación de rentas: Este impuesto es pagado por la empresa que genera el ingreso, el que debe estar devengado, a una tasa del 25% por año fiscal (2017); Y la empresa debe imputar las ganancias a los propietarios en el mismo año fiscal, y el propietario pagará impuestos progresivos personales o impuestos adicionales. El monto de este impuesto se considera como un crédito contra el impuesto de primera categoría, en su caso, pagaderos por los propietarios o accionistas de la compañía después de las distribuciones de ganancias. (2) Sistema Semi Integrado: Este impuesto es pagado por el negocio que genera el ingreso, él que debe estar devengado, a una tasa del 25% por año fiscal (2017); 27% por año fiscal (2018) en adelante. El monto de este impuesto es considerado como un crédito (65%) contra el impuesto de primera categoría, si los hay, pagaderos por los dueños o accionistas de la compañía después de las distribuciones de ganancias. Los pagos provisionales mensuales -agregando el 1% de los ingresos brutos durante el primer año- deben ser efectuados por la empresa como adelanto frente al impuesto definitivo devengado al final del ejercicio fiscal respectivo. Después del primer año, dichos pagos provisionales se calculan de acuerdo con la relación entre el importe pagado por el impuesto de primera categoría y los pagos intermedios.
  • 28. 28 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms b) Derechos Mineros: Este impuesto se aplica a los ingresos de las empresas mineras obtenidos en el ejercicio de sus actividades. En cuanto a las empresas mineras con ventas anuales de cualquier clase de minerales equivalentes al valor de 50.000 toneladas métricas de cobre fino o menos, están sujetas a una tasa impositiva progresiva. c) Impuesto de Segunda Categoría: Este impuesto es un impuesto progresivo aplicado sobre la suma total recibida por un empleado a cuenta de salarios, participación en los beneficios u otros. La tasa del impuesto oscila entre el 0% y el 40% (el 35% se aplica por cada año fiscal de 2017 en adelante) del ingreso relevante por ejercicio. Los contribuyentes de segunda categoría no están sujetos a ningún otro impuesto sobre la renta, a menos que tengan ingresos de fuentes distintas de salarios. d) Impuesto personal progresivo: Este impuesto se aplica a las personas domiciliadas o residentes en Chile con ingresos de cualquier fuente, incluyendo ingresos provenientes de fuera de Chile y deben ser declarados anualmente por el contribuyente. La tasa del impuesto oscila entre el 0% y el 40% (el 35% se aplica por cada año fiscal de 2017 en adelante) del ingreso relevante por ejercicio. e) Impuesto Adicional: El Impuesto Adicional se determina, por regla general, sobre los ingresos provenientes de fuentes chilenas obtenidos por personas naturales o jurídicas que no tengan domicilio o residencia en Chile. Este impuesto también se aplica a ciertos pagos efectuados por contribuyentes chilenos en el extranjero, según se analizará en el presente documento.
  • 29. 29 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms La tasa general del impuesto es del 35%, aunque en algunos casos podría bajar al 2%, como se explica a continuación. Como se mencionó anteriormente, el Impuesto de Primera Categoría pagado puede ser imputado como crédito contra el Impuesto Adicional, pero también debe ser considerado como ingreso adicional gravable para el Impuesto Adicional. En algunos casos el Impuesto Adicional debe ser declarado anualmente por el contribuyente, mientras que en otros debe ser retenido por la persona o entidad que hace el pago.
  • 30. 30 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 3. Impuestos sobre las empresas y sus propietarios o accionistas Las empresas comerciales de cualquier tipo, ya mencionadas, están sujetas al Impuesto de Primera Categoría sobre los ingresos devengados. A partir de entonces, cuando los beneficios se distribuyen a los accionistas, socios o propietarios, y en el caso de una sucursal, cuando se retiran o remiten al exterior, dichas ganancias están sujetas al Impuesto Adicional. Puesto que el impuesto de primera categoría puede ser imputado como crédito contra el impuesto personal progresivo o el impuesto adicional, según el caso, representa solamente una proyección de la carga impositiva final. En otras palabras, el impuesto de primera categoría afecta sólo al flujo de caja de la empresa. En el caso de una empresa extranjera, los ingresos retirados por sus propietarios o accionistas están sujetos a un Impuesto Adicional del 35%. En consecuencia, la carga impositiva global sobre el ingreso que afecta a los ingresos de una empresa propiedad de una entidad extranjera no residente asciende al 25% o 27% más el 35% a cargo del propietario extranjero, menos el 25% o el 27% de los montos distribuidos, que se acepta como crédito frente al 35%. Así, la tasa efectiva que afecta en última instancia al ingreso chileno será del 35%. 4. Transferencia de Acciones Las transferencias de acciones suelen estar sujetas a Impuesto de Primera Categoría E Impuesto Progresivo Adicional o Personal, según sea el caso. Sin
  • 31. 31 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms embargo, bajo ciertas condiciones, las transferencias de acciones podrían estar exentas de toda tributación. 5. Depreciación La depreciación de los activos fijos, excepto los terrenos, es deducible de impuestos siguiendo el método de línea recta basado en su vida útil, de acuerdo con las directrices del Servicio de Impuestos Internos (SII), calculado sobre el valor actualizado de los activos. Sin embargo, el contribuyente puede optar por la depreciación acelerada de los nuevos activos si se adquiere localmente, o para los activos nuevos o usados si se importan, con vidas útiles de más de tres años. Para este fin, se asignarán a los activos vidas útiles equivalentes a un tercio de la duración normal, eliminando fracciones de meses. Los contribuyentes pueden suspender el uso del método acelerado en cualquier momento, pero no pueden optar de nuevo por el método acelerado. El SII ha emitido directrices generales sobre la vida útil de los activos fijos para diferentes actividades, como la industria, la minería o la pesca. Sin embargo, el Director Tributario Regional competente podrá, a petición del contribuyente o del Comité de Inversiones Extranjeras, modificar la depreciación aplicable si se considera conveniente. En general, no se tiene en cuenta la amortización de activos intangibles, tales como fondos de comercio, patentes, marcas, etc. El agotamiento no es deducible de impuestos. Tenga en cuenta que el gasto fiscal adicional para la compañía operadora (causado por el uso de la depreciación acelerada), no será considerado en el
  • 32. 32 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms cálculo de los impuestos aplicables sobre la distribución de beneficios a sus accionistas o socios. 6. Sucursal de corporación extranjera Las sucursales de entidades extranjeras se gravan sólo en los ingresos provenientes de fuentes chilenas. La Ley del Impuesto sobre la Renta otorga al SII la autoridad para evaluar la renta imponible de una sucursal si los registros contables no resultan adecuados para evaluarla. En tal caso, el SII puede gravar los ingresos imponibles sobre la base de ingresos brutos, activos, capital invertido, ventas o porcentaje de exportaciones e importaciones. 7. Impuesto sobre la renta de las importaciones El Impuesto Adicional del 35% que grava ciertos pagos a personas o entidades no domiciliadas en Chile no es aplicable a las importaciones, siempre y cuando los precios de importación sean razonables en términos de valores de mercado. Las cantidades pagadas en exceso de los precios razonables son imponibles. 8. Pagos de Intereses Generalmente, los intereses pagados por una sociedad de responsabilidad limitada a sus socios o por una sucursal a su oficina central no son deducibles de impuestos. Esta limitación no es aplicable a los intereses pagados por una sociedad anónima a sus accionistas.
  • 33. 33 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Los intereses sobre préstamos obtenidos en el extranjero están normalmente sujetos a un impuesto adicional de retención del 35%; Sin embargo, los intereses pagados a bancos o instituciones financieras no chilenas son gravados a una tasa reducida del 4% bajo ciertas condiciones. 9. Regalías, patentes y asistencia técnica En general, el pago de regalías, patentes y tasas a entidades no domiciliadas en Chile está sujeto a un Impuesto Adicional del 30% que debe ser retenido por aquel que paga. Sin embargo, la tasa de este impuesto se reduce al 15% para las regalías relacionadas con patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales, diseños de circuitos integrados o trabajo de máscara, nuevas variedades vegetales y software, siempre que el licenciante no esté relacionado con el licenciatario ni un residente o incorporado en un paraíso fiscal. En el caso de asistencia técnica o servicios de ingeniería, la tasa es del 15%. Sin embargo, la tasa impositiva sube hasta el 20% si estos servicios son prestados por una parte relacionada o por una persona o entidad residente o constituida en un paraíso fiscal. Todos estos pagos son normalmente deducibles como gastos para efectos fiscales. 10. Operaciones con partes relacionadas En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el SII puede objetar los precios cobrados o pagados por la entidad local si dichos precios o valores difieren de los precios cobrados o pagados en transacciones en condiciones de plena competencia.
  • 34. 34 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 11. Impuesto sobre la Renta de los Pagos efectuados a personas naturales o jurídicas no domiciliadas en Chile De acuerdo con las reglas generales que se indican a continuación, los pagos hechos a una persona natural o jurídica no domiciliada en Chile, están sujetos a impuestos adicionales que el deudor debe retener, generalmente el 35%. La tasa es menor en los siguientes casos:  Los pagos efectuados a compañías de seguros no establecidas en Chile para el aseguramiento de equipos u otros bienes ubicados en Chile y para seguros de vida o médicos de personas naturales residentes o domiciliadas en Chile están sujetos al impuesto del 22%. En estos casos, el reaseguro se grava con el 2%.  Pagos por servicios de ingeniería o asistencia técnica, 15%.  Remuneraciones pagadas a personas naturales o jurídicas no domiciliadas en Chile por transporte marítimo desde y hacia los puertos y comisiones chilenas, así como remuneraciones originadas por servicios a buques y fletes en puertos chilenos o extranjeros, 5%. Este impuesto no se aplica, sobre la base de la reciprocidad, cuando en el país donde el buque está matriculado o en el país del explotador no exista o no se aplique un cargo similar a los buques chilenos.  Pagos por alquiler, arrendamiento, fletamento o cualquier otro contrato que prevé el uso de embarcaciones extranjeras para el comercio costero, 20%. Lo mismo se aplica cuando el contrato pertinente permite o no prohíbe el comercio costero.  Pagos por el alquiler de bienes de capital importados con derecho al aplazamiento de derechos de aduana, 1,75%.
  • 35. 35 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms C. IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO 1. Tasa de Impuestos y Transacciones Sujeto al IVA La tasa de impuesto es del 19% sobre el precio de la transacción. Cuando el precio está manifiestamente por debajo del nivel normal, el SII está facultado para evaluarlo. En términos generales, las siguientes operaciones están sujetas al IVA:  Contratos de venta y otros contratos por los que se transfiere el título de bienes muebles, siempre que se ejecuten de manera recurrente;  Servicios correspondientes a actividades comerciales, industriales, financieras, de minería, construcción, seguros, publicidad, procesamiento de datos y otras actividades comerciales;  Alquiler de bienes muebles, así como el alquiler de bienes inmuebles amueblados o equipados para llevar a cabo actividades industriales o comerciales;  Arrendamiento de dichos bienes;  Primas de seguros, con algunas excepciones; y,  En ciertos casos, las actividades de construcción (analizadas más adelante en mayor detalle) 2. Responsabilidad Fiscal Como regla general, el vendedor de bienes o servicios es responsable del pago del impuesto. Sin embargo, el importe del IVA se añade al precio de los
  • 36. 36 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms bienes o servicios. En consecuencia, es en realidad el comprador que tiene el impacto económico del impuesto. Excepcionalmente, cuando el vendedor no está domiciliado en Chile o por otra razón es difícil de controlar por el SII, el comprador tiene que retener y pagar el IVA. El impuesto se paga mensualmente, excepto en situaciones especiales como las importaciones. 3. Sistema de Crédito y Débito El IVA imputado por una empresa sobre ventas de bienes o servicios se denomina "débito de IVA". El IVA soportado por una empresa por las compras de bienes o servicios se denomina "crédito IVA". El impuesto soportado en la adquisición de activos físicos relacionados, incluyendo edificios y construcciones, también puede ser imputado como crédito. Los créditos de IVA se deducen de los débitos de IVA y la diferencia debe ser pagada a la Tesorería General de la República de Chile. Si en un determinado mes los créditos exceden los débitos, la diferencia puede ser retrasada y agregada a los créditos del mes siguiente. Los créditos de IVA incurridos en la compra de activos fijos que permanezcan pendientes durante más de seis meses serán reembolsados en efectivo por la Tesorería General de la República. 4. Exenciones Hay pocas exenciones en la legislación chilena respecto al IVA. Las principales son los siguientes:
  • 37. 37 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms (a) Exportaciones; (b) Intereses sobre préstamos y otras operaciones financieras. En caso de pago diferido de un precio de venta, el interés correspondiente está sujeto al IVA; (c) Carga internacional, tanto por vía aérea como marítima; (d) Servicios personales; y (e) Servicios sujetos al Impuesto Adicional. 5. Construcción Las nuevas viviendas, edificios y construcciones de cualquier tipo vendidos por las empresas de construcción deberán pagar IVA. Las provisiones han sido establecidas en la ley, la que permite la deducción del costo del terreno de la base imponible. Los ingresos provenientes de
  • 38. 38 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms contratos de construcción también están sujetos al Impuesto sobre la Renta. 6. Exportaciones Como se indicó anteriormente, las exportaciones están exentas del IVA. Sin embargo, los exportadores pueden recuperar el IVA imputado a las compras o servicios necesarios para sus actividades como un crédito contra el débito originado en sus ventas locales. Además, pueden recuperar este crédito en efectivo como reembolso. D. IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS Las letras de cambio, pagarés, cartas de crédito y, en general, cualquier tipo de documentación referente a un préstamo o una transacción de crédito por dinero, están sujetos al impuesto de timbres y estampillas. La tasa es del 0,033% mensual sobre el valor nominal del documento, con un máximo de 0,4%. Si el documento es pagadero a primera vista, la tasa es del 0,25%. A partir del 1 de enero de 2016, la tasa impositiva mensual sube al 0,66%. Asimismo, el tope fiscal aumenta un 04% a un 0,8%. E. IMPUESTOS INMOBILIARIOS Los bienes inmuebles se gravan a una tasa entre el 1% y el 1,4% anual. El impuesto se calcula sobre la valoración fiscal de la propiedad.
  • 39. 39 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms IV. SISTEMA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL A. CONTRATOS DE TRABAJO Nuestra legislación reconoce tres categorías de contratos de trabajo: contratos individuales de trabajo, contratos colectivos de trabajo y contratos especiales. 1. Contratos individuales de trabajo Se trata de un contrato escrito entre un empleador y un empleado por el cual están obligados, el empleado a prestar servicios personales en virtud de vínculos de dependencia y subordinación al primero, mientras que el empleador a pagar una compensación por los servicios prestados. El artículo 10 del Código del Trabajo establece las disposiciones mínimas que deben incluirse en el contrato de trabajo individual, a saber, la fecha y el lugar del contrato, la identidad de las partes, la posición del empleado y la descripción del puesto de trabajo, el lugar de trabajo, la remuneración a pagar por el empleador, las condiciones de pago (a intervalos máximos de un mes), los de trabajo y la semana de trabajo, la duración del empleo y las prestaciones en efectivo o en especie que debe proporcionar el empleador. 2. Convenios Colectivos de Trabajo Nuestra Ley reconoce dos contratos de trabajo colectivo diferentes, a saber, el Contrato Colectivo y el Convenio Colectivo.
  • 40. 40 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms a) Contrato Colectivo Según el Código de Trabajo, este contrato es acordado por uno o más empleadores con uno o más sindicatos o con empleados no sindicalizados que se reúnen para negociar colectivamente o con ambos grupos para establecer condiciones de trabajo y remuneraciones comunes durante un período de tiempo fijo. El contrato colectivo debe ser acordado por escrito y no puede tener un plazo de menor a dos años o mayor a cuatro años. Asimismo, la ley estipula las cláusulas mínimas a incluir en estos contratos. Las disposiciones acordadas en los contratos colectivos de trabajo son el resultado de un proceso de negociación colectiva, una operación regulada en el Código del Trabajo en materia de Unión y Negociación Colectiva. b) Convenio Colectivo Además de los contratos colectivos de trabajo, la ley permite que el empleador y los empleados (ya sea con un sindicato o con un grupo de al menos ocho empleados) celebren un convenio colectivo de trabajo. Estos acuerdos establecen también condiciones de trabajo y remuneraciones comunes durante un período de tiempo fijo. Cuando se negocian convenios colectivos de trabajo con un grupo de empleados, se deben seguir algunos procedimientos menores. La única diferencia entre el Contrato Colectivo y el Convenio Colectivo es que este último, a diferencia del primero, no requiere un proceso de negociación colectiva regulado, si se negocia con un sindicato y no está sujeto a procedimientos reglamentados ni a privilegios otorgados por negociaciones colectivas formales. Por lo tanto, cuando se remite a sindicatos, el Convenio Colectivo es un acuerdo que puede ser ejecutado en cualquier momento ya que depende únicamente de la discreción y voluntad de las partes.
  • 41. 41 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Una vez debidamente ejecutados, ambos acuerdos tienen los mismos efectos y son vinculantes para ambas partes. 3. Contratos Especiales Nuestra ley también considera la existencia de contratos laborales especiales. Cada uno de estos contratos tiene sus propias características y especificaciones, por ejemplo: El contrato de aprendizaje que se restringe a los individuos menores de 21 años de edad; Contratos de trabajadores agrícolas; Contratos para los trabajadores en los buques o en el mar y trabajadores portuarios temporales y contratos de ayuda doméstica. 4. Duración del Contrato de Trabajo Las partes pueden acordar un contrato perpetuo o limitar la duración del contrato a la realización de un trabajo particular que debe realizar el empleado, o bien acordar un período de tiempo fijo. En este último caso, la duración del contrato no puede ser acordada por períodos superiores a un año, o dos años en el caso de los gerentes, profesionales y técnicos. Al expirar el plazo fijo original o de su prórroga, el contrato termina ipso facto pero, si el trabajador continúa prestando servicios para el mismo empleador, en virtud de la ley el término del contrato se hace perpetuo. 5. Edad del trabajador Para los efectos de la legislación laboral y de seguridad social, el trabajo puede comenzar, como regla general, a la edad de 18 años y la jubilación puede ocurrir a la edad de 65 años para los hombres ya la edad de 60 años
  • 42. 42 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms para las mujeres. No obstante, la Seguridad Social contiene disposiciones que permiten la jubilación anticipada en determinados casos. En Chile, la jubilación no es una causa legal de desvinculación. 6. Nacionalidad del Trabajador La ley establece que al menos el 85% de los empleados que trabajan para un empleador que emplea a más de 25 trabajadores deben ser ciudadanos chilenos. Para determinar esta relación, la ley excluye, entre otros, a los técnicos que no pueden ser reemplazados por nacionales chilenos. 7. Horas de trabajo El trabajo semanal está limitado a un máximo de 45 horas. Este máximo debe ser trabajado en no menos de cinco y no más de seis días consecutivos. El día normal de trabajo no excederá de 10 horas.
  • 43. 43 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Las horas extraordinarias - que se define como el tiempo trabajado por el empleado en exceso de la jornada legal o acordada, si ésta es más corta - se acordarán únicamente para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa, que son todas aquellas circunstancias que, en la actividad productiva de la empresa y derivada de eventos ocasionales o de factores inevitables, implican una mayor demanda de trabajo en un cierto tiempo (pero no más de 2 horas extras por día). Los convenios de trabajo por horas extraordinarias se acreditarán por escrito y serán temporalmente efectivos durante un período no superior a tres meses, renovables por acuerdo entre las partes. Sin embargo, la permanencia de las circunstancias que los originaron, que de ninguna manera afectará al carácter ocasional del trabajo de horas extraordinarias, determinará el límite de sus renovaciones. Las horas extraordinarias deben pagarse al 50% sobre la tarifa horaria acordada.
  • 44. 44 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Los límites de horas de trabajo no se aplican a los empleados que trabajan para diferentes empleadores; A los gerentes o administradores, o a los empleados que trabajan sin supervisión superior inmediata o fuera de los locales de trabajo, fábrica, etc. Dichos límites no se aplican ni a empleados tales como supervisores; A los empleados contratados para trabajar fuera de la oficina utilizando medios de telecomunicación o informáticos; O a los empleados cuyas actividades no sean de carácter estable o sólo requieran su presencia. También hay una excepción con respecto a las tiendas o establecimientos comerciales que, en días inmediatamente anteriores a Navidad o días festivos nacionales, pueden extender la jornada de trabajo por dos horas. En estos casos, las horas, que excedan del máximo de 45 horas, se pagarán como horas extras. 8. Empleos a tiempo parcial El Código del Trabajo regula un contrato especial denominado "contrato de media jornada". Su duración semanal no puede exceder 2/3 de la semana normal de trabajo, es decir, 30 horas. Según la legislación chilena, los empleos a tiempo parcial están sujetos a las mismas disposiciones aplicables a los empleos regulares, con las siguientes excepciones: i) el pago máximo de la participación en las utilidades puede reducirse proporcionalmente en función del número de horas trabajadas y ii) las partes son capaces de acordar diferentes alternativas para la distribución de la semana de trabajo, permitiendo así que el empleador elija entre dichas alternativas y seleccione la que se utilizará durante la semana o período siguiente.
  • 45. 45 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 9. Descanso diario y semanal y vacaciones anuales a) Período de descanso diario La jornada de trabajo debe dividirse en dos períodos, dejando entre ellos al menos media hora de descanso para el almuerzo, que no debe ser considerado para determinar la jornada de trabajo. La ley también indica algunos casos en los que el período de descanso es más largo, es decir, hoteles de restaurantes y empleados del club. b) Periodo de descanso semanal Los domingos y días legalmente establecidos como días festivos serán días no laborales, con excepción de las actividades autorizadas por la ley para ser realizadas en esos días. Las empresas exentas de la prohibición anterior deben compensar a sus empleados con un día de descanso pagado a cambio de los domingos o días feriados. Sin embargo, en ciertas actividades, por lo menos dos días de descanso en el mes deben ser concedidos los domingos. Cuando se acumula más de un día de descanso pagado en una semana, las partes pueden acordar una distribución especial o un mecanismo especial de remuneración. En este último caso, la remuneración del día de descanso compensado no podrá ser inferior al 50% por encima de la tarifa horaria convenida. c) Vacaciones Los empleados que han trabajado por más de un año tienen derecho a vacaciones anuales pagadas de 15 días hábiles. Después de trabajar diez años, continuamente o no, para el mismo o diferentes empleadores, vacaciones se ampliaran en un día de trabajo por cada tres años de servicio. En el caso de los empleados que trabajan en las Regiones 11 y 12 del país, el período de vacaciones básico es de 20 días. 10. Licencia de maternidad y prestaciones
  • 46. 46 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Las trabajadoras tienen derecho a seis semanas de permiso antes (licencia prenatal) y doce semanas después (parto postnatal) al nacimiento de un hijo, con el pago completo de su remuneración. Este pago se efectúa por parte y cuenta del sistema de la Seguridad Social y no por el empleador. Además, las mujeres no pueden ser despedidas en el período de un año a partir de la finalización de la licencia postnatal, salvo autorización previa de los tribunales laborales. Los establecimientos con más de 20 empleadas, independientemente de su edad o estado civil, deben proporcionar un servicio de guardería para niños menores de 2 años. Los empleadores pueden contribuir a una guardería infantil externa para prestar dicho servicio. Mientras las mujeres están alimentando a sus bebés, se les debe conceder una hora al día para este propósito. 11. Remuneraciones La ley considera como remuneración los pagos en efectivo y las prestaciones en especie equivalentes al efectivo que el trabajador recibe del empleador por razón del contrato de trabajo. La remuneración incluye el sueldo, pago de horas extras, comisiones, participación en beneficios y bonificaciones. La ley indica además que ciertos
  • 47. 47 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms pagos o subsidios no constituyen una remuneración, como el almuerzo, la asignación familiar por cada cargo del empleado, el subsidio de transporte… La retribución que consiste en el salario debe ser pagada en el plazo fijo acordado, que no puede exceder de un mes. En el caso de retribuciones variables, esta retribución variable o comisión se suele pagar mensualmente, bimestralmente o trimestralmente. Otros pagos que dependen de los resultados trimestrales o anuales de la empresa, es decir, bonificaciones y participación en los beneficios, se pagan al final del trimestre o ejercicio, respectivamente. El monto de la indemnización puede ser acordado libremente entre el empleador y el empleado. Sin embargo, la ley establece un nivel mínimo, que en el caso del salario base mensual para los empleados que trabajan 45 horas semanales no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual (CL$ 170,000; US$ 430 aprox.). a) Participación en las ganancias De acuerdo con las disposiciones del Código de Trabajo de Chile, si una empresa obtiene beneficios, debe compartir parte de ellos con su personal. La ley estipula que las empresas deben distribuir el 30% del beneficio neto a los empleados calculado en proporción al salario del empleado. La base utilizada para determinar los beneficios es la renta imponible corporativa (sujeto a ciertos ajustes) menos el 10% del patrimonio neto. Sin embargo y en lugar de la obligación anterior el empleador puede pagar una bonificación del 25% del salario anual, pero la prima en este caso, independientemente del nivel de salario del empleado, no puede exceder de 4,75 salarios mínimos mensuales. La empresa y los empleados podrán acordar un sistema de participación en los beneficios distinto al descrito anteriormente, siempre que el pago al empleado no sea inferior a las dos alternativas mencionadas anteriormente.
  • 48. 48 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms b) Beneficios Adicionales Los empleadores no tienen obligación legal de proporcionar beneficios adicionales, que no sean los beneficios que pueden ser acordados voluntariamente en contratos o contratos individuales o colectivos. Las prestaciones de pensión y enfermedad están cubiertas por el sistema de Seguridad Social descrito más adelante en este informe. No hay obligación legal de proveer servicios de alimentación. 12. Salud y Seguridad Chile prevé un sistema médico público y privado para los empleados, incluido el cuidado de salud preventivo y curativo. El servicio médico preventivo prevé controles médicos periódicos. Cuando se descubre que los empleados sufren una enfermedad específica, se les concede baja por enfermedad. Durante los períodos de baja por enfermedad, el empleador no puede rescindir el contrato de trabajo sin causa, pero el sistema médico paga el salario a partir del cuarto día de enfermedad o el primer día en caso de exceder las vacaciones de 10 días. Se aplica un límite mensual de 64,7 UF. Este sistema se financia mediante contribuciones de los empleados. El seguro de indemnización al trabajador proporciona atención médica y dental, hospitalización y medicina, así como indemnizaciones (dependiendo del tipo de discapacidad sufrida) y gastos relacionados. Las indemnizaciones se conceden en forma de pensión al trabajador lesionado o a su cónyuge e hijos a cargo en caso de fallecimiento del empleado. El Fondo de Indemnización al Trabajador se financia a través de una cotización base (del empleador) del 0,9% del salario del empleado (con un tope de 64,7 UF por sueldo base (con un tope de 64,7 UF por base
  • 49. 49 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Salario), más un pago adicional, que debe ser asumido por el empleador exclusivamente en función de la actividad y nivel de riesgo de la empresa (tasa adicional del 0% al 3,4%) La Ley de Seguro de Indemnización al Trabajador establecida por la Ley Núm. 16.744 establece la obligación de las empresas o establecimientos con más de 25 empleados para crear una Seguridad Permanente. Comité de Prevención y Prevención de Riesgos (Comité Paritario), integrado por representantes tanto de empleadores como de empleados. Este comité es responsable de la adopción de todas las medidas necesarias para evitar accidentes laborales y recomendar el uso adecuado de los equipos de seguridad existentes en la empresa. Ninguno de los representantes de los empleados en este comité puede ser despedido mientras se encuentre en el comité, sin autorización previa de los tribunales laborales.
  • 50. 50 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms 13. Terminación del contrato de trabajo El Código del Trabajo establece disposiciones relativas a la rescisión del contrato de trabajo y a la estabilidad del empleo. En virtud de este estatuto, el contrato de trabajo sólo podrá ser resuelto por acuerdo del empleador y del empleado, por la renuncia del empleado, por el fallecimiento del empleado, por la expiración del plazo fijo acordado en el contrato, por la realización del trabajo para que el empleado fue contratado, por un acto de Dios o circunstancias fuera del control de las partes (fuerza mayor) y al despido por parte del empleador. Si el empleador despide al empleado en base a los motivos generales conocidos como "necesidades de la empresa", tales como cambios en las condiciones económicas, reducción de personal de la empresa, o en caso de terminación por la sola voluntad (cuando esté permitido), las siguientes indemnizaciones serán otorgadas al empleado; i) Indemnización por años de servicios; equivalente a una remuneración de un mes por cada año o fracción de la misma por un período superior a seis meses en servicio del mismo empleador, con un límite de 330 días de indemnización. Sin embargo, para el cálculo de esta indemnización por despido, la ley estipula que la remuneración mensual básica no podrá exceder de 90 "Unidades de Fomento" (aproximadamente US $ 3.555), que puede ser renunciada por las partes; ii) Si el aviso de despido no se da con 30 días de antelación, el empleado tendrá derecho a recibir una indemnización por despido equivalente a un mes de remuneración (el mismo límite anterior se aplica).
  • 51. 51 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Si el empleador no paga la indemnización mencionada al empleado, algunos aumentos pueden aplicarse hasta el 150%. Sin embargo, si el empleado es despedido por justa causa, es decir, grave incumplimiento del contrato por parte del empleado, mala conducta material, etc. no surge ningún derecho a indemnización por parte del empleador. Sin embargo, el empleado puede impugnar el despido ante los Tribunales de Trabajo y si los Tribunales dictaminaren a favor del empleado, la empresa estará obligada a pagar la indemnización indicada más una multa adicional de hasta el 100%, Dependiendo de la causa de terminación invocada. De conformidad con el artículo 162, párrafo 5, del Código del Trabajo, si en el momento del despido no se pagan las cotizaciones de seguridad social, el despido no dará lugar a la rescisión del contrato de trabajo. En consecuencia, el empleador podría verse obligado a pagar al trabajador la retribución y otros pagos establecidos en el contrato de trabajo hasta que estas cotizaciones de seguridad social sean finalmente y debidamente pagadas. 14. Trabajadores Contratistas Independientes En Chile es común que las grandes empresas subcontraten contratistas independientes para realizar tareas específicas o prestar servicios especiales como servicios de seguridad y limpieza, catering, etc. La ley chilena establece que si el contratista incumple obligaciones legales o contractuales con sus empleados, él puede ser solidariamente responsable o asumir responsabilidad subsidiaria. Esta responsabilidad se extiende a las obligaciones laborales y de seguridad social, por lo que durante la vigencia
  • 52. 52 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms de estos contratos el principal debe verificar permanentemente que los contratistas independientes cumplen con sus obligaciones para con sus empleados. Los servicios subcontratados se permiten solamente para algunos servicios limitados y durante períodos de tiempo limitados. B. SINDICATOS Los sindicatos están regulados por el Código del Trabajo que reconoce la autonomía de estas organizaciones. En virtud de la ley, sus principales propósitos son representar a los empleados en el ejercicio de sus derechos, fomentar la integración entre empleadores y empleados, verificar el cumplimiento de la seguridad social y legislación laboral, ayudar a sus miembros, promover la educación y la mejora de la
  • 53. 53 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms seguridad en el lugar - los servicios en beneficio de los empleados pueden unirse a un solo sindicato en una sola empresa. Bajo la ley, puede haber más de un sindicato en cada empresa. C. SEGURIDAD SOCIAL. 1. Información general En 1980 el Gobierno introdujo un cambio importante en el sistema de seguridad social chileno, haciendo una transición de los sistemas administradores de pensiones y los que eran administrados por el gobierno a las contribuciones a los fondos administrados por entidades privadas sujetas al control general del gobierno. De acuerdo con el Decreto Ley N ° 3.500 de 1981, las pensiones de vejez son financiadas por los empleados mediante aportaciones acumuladas en cuentas individuales en entidades denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Para estos efectos, los trabajadores deberán aportar el 10% de su remuneración hasta un máximo de 64,7 Unidades de Fomento (actualmente de US $ 2.555). Cualquier retribución superior a 64,7 Unidades de Fomento, no está sujeta a la contribución del 10%. La Unidad de Fomento es una unidad monetaria creada por ley en 1975, que se ajusta diariamente de acuerdo con la variación experimentada por el IPC y se utiliza para los casos tributarios, laborales y otros en que los ajustes inflacionarios son requeridos por ley o por acuerdo de las partes, por ejemplo Financiamiento a mediano y largo plazo, contratos de arrendamiento, etc.
  • 54. 54 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Además, los trabajadores, deben aportar el 7% de su remuneración mensual por atención médica, también hasta un límite de 64,7 UF. Los empleadores no contribuyen a ninguno de estos fondos, sino que deben aportar el 0,95% de la remuneración de los empleados más un pago adicional que oscile entre 0% y 3,4% para el seguro de compensación al trabajador. A partir del 1 de julio de 2009, los empleadores deberán aportar entre el 1% y el 1,5% de la remuneración del empleado por concepto de seguro de invalidez y supervivencia (SIS), que previamente se cobraba al empleado. 2. Cobertura El sistema de Seguro Social cubre a todos los trabajadores, incluidos los trabajadores independientes. En el caso de los empleados, la afiliación al sistema es obligatoria. En el caso de los trabajadores extranjeros, por regla general, también deben pagar las cotizaciones a la seguridad social indicadas anteriormente. Sin embargo, la Ley N ° 18.156 otorga exención de las cotizaciones a la seguridad social a los empleados técnicos extranjeros ya la empresa que los contrata, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 1) El expatriado se suscribe a un sistema de seguridad social fuera de Chile que cubre por lo menos enfermedad, pensión, invalidez y muerte. 2) El empleado declara expresamente en su contrato de trabajo que seguirá siendo abonado al sistema de seguridad social extranjero.
  • 55. 55 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Esta exención incluye la contribución del empleado al fondo de pensiones y asistencia médica, pero no exime al empleador de pagar contribuciones al Seguro de Compensación al Trabajador mencionado anteriormente. D. SEGURO DE DESEMPLEO Este seguro se financia de forma tripartita, ya que las cotizaciones son pagadas por el empleador, el empleado (2,4% y 0,6% de la remuneración tributaria de los empleados hasta un máximo de 97,1 UF, respectivamente) y el gobierno. Este seguro es obligatorio para todos los empleados contratados después del 1 de octubre de 2002, mientras que es discrecional para los empleados contratados antes de dicha fecha. En el caso de los contratos a plazo fijo, la totalidad de la contribución (3%) está financiada exclusivamente por el empresario. E. IMPUESTOS 1. Empleados nacionales Las retribuciones de los empleados están sujetas a un impuesto de la renta de la segunda categoría mensual, bajo una escala de impuestos progresiva que el empleador debe deducir en la fuente. Este impuesto es pagadero por
  • 56. 56 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms la empresa a la Tesorería dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al de la deducción. En la actualidad, las escalas de impuestos van desde la exención a una tasa impositiva del 40%. Si el empleado sólo gana ingresos bajo su contrato de trabajo, este impuesto es deducido por el empleador, y el empleado no está obligado a presentar declaraciones de impuestos mensuales o anuales. Por otro lado, si el empleado gana otro ingreso chileno -o extranjero- además de sus ingresos laborales, por ejemplo: Alquileres o ingresos de cartera, el empleado debe presentar una declaración de impuestos anual a pesar de la deducción del impuesto de segunda categoría por el empleador. 2. Empleados extranjeros Los extranjeros domiciliados o que residen en Chile y que trabajan como empleados en Chile también están sujetos al impuesto de Segunda Categoría como se explicó anteriormente. Los extranjeros que no tengan domicilio ni residencia en Chile y que trabajen como consultores en Chile estarán sujetos a un impuesto a la renta adicional de 15% adicional a ser deducido por la empresa que los emplea en Chile mediante el pago del sueldo o tasa y el impuesto es pagadero a la Tesorería dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al de la deducción del impuesto. La legislación fiscal no contiene una definición de domicilio y, a falta de dicha definición, se aplican las disposiciones generales del Código Civil. En virtud de estas disposiciones, el domicilio se adquiere cuando existe suficiente evidencia de que el extranjero viene a vivir a Chile por un período de tiempo
  • 57. 57 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms razonable, es decir, si es contratado bajo un contrato de trabajo por un año o más, asume un cargo ejecutivo en la empresa, trae a su familia, etc. En el caso de residencia, el Código Tributario establece una definición que indica que la residencia se adquiere cuando el extranjero permanece en Chile por más de seis meses continuos en un solo año o más de seis meses, de forma ininterrumpida o no, en dos períodos consecutivos. Años fiscales. En el caso de los extranjeros, durante sus primeros tres años de residencia en Chile, deberán pagar los impuestos indicados anteriormente únicamente en su fuente de ingresos chilenos y este plazo de tres años podrá ser prorrogado por las autoridades fiscales. Después de transcurrido el plazo de tres años o su extensión, el extranjero debe pagar impuestos sobre los ingresos mundiales.
  • 58. 58 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms V. VISAS PARA EXTRANJEROS La ley chilena prevé tres tipos de visas para extranjeros que desean trabajar en Chile, de la siguiente manera: A. VISA TURISTICA Los extranjeros que llegan a Chile por negocios pero no tienen la intención de inmigrar, residir o realizar actividades remuneradas son considerados turistas. El visado de turista se concede por un período máximo de 90 días. Sin embargo, la autoridad está facultada en circunstancias excepcionales para limitar la estancia del visitante a períodos más cortos. En ciertos casos especiales, el visado de turista puede prorrogarse una vez, por un período máximo de 90 días contados a partir de la expiración del primer período. Para obtener una visa de turista, el extranjero debe tener un pasaporte. A pesar de que no se permite a los turistas desarrollar actividades remuneradas en Chile, en ciertos casos el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior puede conceder un permiso de trabajo especial a un turista, lo que le permite realizar servicios remunerados en Chile por períodos que no excedan 30 días. Este Permiso de Trabajo puede extenderse por períodos adicionales de 30 días hasta la expiración del período original o extendido de la visa de turista.
  • 59. 59 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms B. VISA SUJETA A UN CONTRATO DE TRABAJO (VISA DE TRABAJO) Esta visa es otorgada a extranjeros que viven en Chile bajo contrato de trabajo. Esta visa también se hace extensiva al cónyuge, padres e hijos que viven con el empleado extranjero en Chile. Sin embargo, estos beneficiarios no están autorizados a participar en actividades comerciales en el país a menos que obtengan su propia visa. El visado de trabajo se otorga sujeto a los siguientes requisitos: a) El empleador debe tener domicilio legal en Chile; b) El contrato de trabajo debe ser firmado en Chile ante un Notario Público o fuera de Chile ante un Cónsul de Chile; c) En el caso de los profesionales o técnicos, deberán probar que poseen la titulación profesional correspondiente mediante documentos debidamente acreditados; d) La profesión, la actividad o el trabajo a realizar por el empleado es necesario para el país; e) Las actividades que el empleado realice en Chile no se consideren peligrosas para la seguridad nacional; f) El contrato de trabajo debe contener disposiciones especiales sobre la obligación del empleador de retener y pagar el impuesto sobre la renta que afecta al sueldo del empleado y la obligación del empleador de pagar los gastos de viaje del empleado y su familia para regresar a su País de origen o a cualquier otro país que pueda ser acordado con la rescisión del contrato de trabajo; y g) El extranjero sólo podrá participar en las actividades acordadas en el contrato de trabajo y no podrá aceptar otras posiciones remuneradas sin previa autorización de las autoridades.
  • 60. 60 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms El visado es concedido por hasta dos años y puede ser extendido por períodos iguales. El empleado puede solicitar una residencia permanente en Chile después de dos años de residencia aquí. Esta visa caduca a la terminación del contrato de trabajo. C. VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL Este visado se otorga, entre otros, a profesionales, técnicos y expertos que no llegan a Chile bajo contrato de trabajo con una empresa o sucursal en Chile, sino como consultores independientes y cuyos servicios en Chile se consideran útiles o convenientes para el país. Esta visa también cubre al cónyuge, padres e hijos y, de nuevo, estos beneficiarios no están autorizados a realizar actividades comerciales en Chile a menos que obtengan sus propios visados. Para obtener esta visa, se deben presentar documentos que demuestren el grado profesional del solicitante, así como otros documentos que puedan ser solicitados por la autoridad. Este visado se concede hasta por un año y puede extenderse una vez por igual período. El empleado puede solicitar una residencia permanente en Chile después de completar un año de residencia.
  • 61. 61 A Member of Kreston International ǀ A Global Network of Independent Accounting Firms Kreston MCA Román Díaz 205, Of 701, Providencia Santiago, Chile T: +56 (2)29.639.100 www.krestonmca.cl recepcion@krestonmca.cl II. “Haga Negocios con quien conoce, le agrade y confíe” Kreston Macro Consultores Auditores SpA es una empresa miembro de Kreston International. Kreston International Limited es una empresa registrada en Inglaterra (No: 3453194) y limitada por garantía. Kreston International Limited no proporciona servicios a los clientes y no tiene ninguna responsabilidad por los actos u omisiones de cualquier empresa miembro. Domicilio social: Springfield Lyons Business Center, Springfield Lyons Approach, Chelmsford, Essex, CM2 5LB.