Resolucion nº 017 del 21 de noviembre de 2016 personeria municip20161124 06231475
1. Personería
Municipal de Liborina
Liborina, 21 de noviembre del 2016
100.12.1-017
RESOLUCIÓN No. 017
(21 de Noviembre del 2016)
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA TRANSITORIAMENTE EL HORARIO
DE ATENCIÓN EN LA PERSONERÍA MUNICIPAL
EL PERSONERO MUNICIPAL DE LIBORINA,en uso de las facultades constitucionales y
legales, conferidas por la Ley 136 de 1994 y el Decreto 111 de 1996, y
CONSIDERANDO:
1).Que las Personerías Municipales cuentan con autonomía presupuestal y administrativa,
como tales, ejercerán las funciones del Ministerio Público que les confiere la Constitución
Política y la ley, así como las que les delegue la Procuraduría General de la Nación.
2). Que el horario de atención a la comunidad, se viene prestando de lunes a viernes de
8:00 a.m a 12 m y de 2:00 p.m a 6:00 p.m, y los sábados de 8:00 a.m a 12 m.
2) Que la Personería Municipal de Liborina, Antioquia, no laborará los días 24, 26, 27, 28,
29, 30 y 31 de diciembre del 2016, por motivo de la época decembrina, para permitirle a
los empleados compartir con sus familias y participar en las fiestas de navidad.
3) Que con fundamento en los consideraciones expuestas y observando e! cumplimiento
de los requisitos que para el caso señala la Ley 136 de 1994 y el Decreto 111 de 1996. El
suscrito Personero del Municipal de Liborina, Antioquia,
RESUELVE:
PRIMERO: Fijar transitoriamente como horario de atención a la comunidad, por parte de
la Personería Municipal de Liborina, Antioquia, por motivo de las fiestas decembrinas, el
siguiente: A partir del 22 de noviembre del 2016, de lunes a viernes de 7:00 a.m a 12:30
m y de 1:30 p.m a 6:00 p.m; y los sábados 26 de noviembre, 3, 10 y 17 de diciembre de
8:00 a.m a 12:30 p.m.
" Cuida y protege tus derechos "
CalleS Nro10-47 Teléfonos: 856-13-31. Línea gratuita: 018000-40-00-31
personeria@liborina-antioquia.gov.co
2. Personerío
Municipal de Liborina
SEGUNDO: La Personería Municipal no laborará los días 24, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de
diciembre del 2016, como un incentivo laboral a sus empleados, con el fin de que
compartan las fiestas decembrinas con susfamilias.
TERCERO: Fíjese la presente resolución en la cartelera de la Personería Municipal y
publíquese en la página Web de la Alcaldía Municipal.
CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en la Personería Municipal de Liborina, Antíoquia, a los veintiún (21) días del mes
de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
CU M P L A S E
CUDEROARROYAVE
" Cuida y protege tus derechos "
CalleS Nro 10-47 Teléfonos: 856-13-31. Linea gratuita: 018000-40-00-31
personeria@liborina-antioquia.gov.co