1. TÉRMINOS
INTERNACIONALES
Material Didáctico: Para uso exclusivo en la instrucción del curso de
“Gerencia de Logística y Distribución Internacional” del Instituto de
Negocios Internacionales de la Universidad ESAN (PERÚ), con auspicio de
de la Universidad de MIAMI (USA), dirigido por Prof. Carlos Figueredo R.
- 2007 -
2. UNIVERSIDAD - ESAN
REGLAS PARA LA
INTERPRETACIÓN DE
LOS TÉRMINOS
INTERNACIONALES
REVISIÓN 2000
PUBLICACIÓN 560
DE LA CCI
OBSERVACIONES:
LA ADECUACIÓN DE LA TRADUCCIÓN OFICIAL DE LA PRESENTE
PUBLICACIÓN ESTUVO BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESOR MAG.
CARLOS FIGUEREDO ROBLES.
ASIMISMO, LA ASIGNACIÓN DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS PARA EL
MERCADO PERUANO, ES DE EXCLUSIVA ELECCIÓN DEL PROFESOR.
EL PRESENTE TRABAJO NO ES OFICIAL CON RESPECTO A LA CCI Y SE
REALIZA SÓLO CON FINES ACADÉMICOS.
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3. UNIVERSIDAD - ESAN
A MERCANCÍA
EXW
Ex-Works
En Fábrica…... (lugar convenido)
"En Almacén" significa que el vendedor realiza la entrega
de la mercancía cuando la pone a disposición del
comprador en el local del vendedor o en otro lugar
convenido, sin desaduanarla para su exportación, ni
cargado en un vehículo receptor.
Este término representa las obligaciones mínimas para el
vendedor y el comprador debe cubrir todos los gastos y
riesgos inherentes a la recepción de la mercancía, en el
local del vendedor.
Sin embargo si las partes desean que el vendedor sea el
responsable por la carga de la mercancía al momento de la
salida y hacerse cargo de los riesgos y costos de dicha
carga, ésto debe aclararse en el contrato de Compraventa.
Este término no debe ser usado cuando el comprador no
puede llevar a cabo las formalidades de la exportación de
forma directa o indirecta. En estas circunstancias el término
FCA podrá ser usado.
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4. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
conformidad con el contrato de Compraventa y
cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener,
cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización
oficial necesarias para exportar la mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
costo, las licencias de exportación e importación o
cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación
de las mercancías.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe colocar a disposición del comprador
en el lugar convenido, sin cargar en el vehículo
receptor, en la fecha o plazo convenido, o en caso de
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5. UNIVERSIDAD - ESAN
que la fecha no haya sido convenida, en los tiempos
usuales de entrega. En caso de no haber acordado
lugar específico de entrega, el vendedor debe
seleccionar un punto específico de entrega, que más se
adecue a sus necesidades.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/ B7.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía:
- Desde el momento en que son entregados de acuerdo
a A4; y
- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira
ción de cualquier plazo acordado para que la entrega
se llevara a cabo, debido a que falló en dar aviso de
acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido
debidamente determinada por el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, de acuerdo a lo previsto en B6,
pagar todos los gastos relacionados con la mercancía
hasta su entrega, de acuerdo a A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
A4; y
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6. UNIVERSIDAD - ESAN
- Cualquier gasto adicional en que se incurra, ya sea por
fallar en recoger la mercancía cuando han sido
puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado
de conformidad con B7. siempre que, la mercancía
hayan sido debidamente asignada por el contrato.
- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
demás cargos, así como los gastos relacionados con
las formalidades aduaneras, pagaderos al momento
de la exportación.
El comprador debe reembolsar todos los gastos y
cargos en que incurra el vendedor cuando se
proporcione asistencia, de acuerdo a A2.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente
acerca de cuándo y dónde la mercancía será puesta a
su disposición.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, siempre que tenga derecho a
determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el
lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al
vendedor.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
Ninguna obligación.
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe proporcionar al vendedor prueba
adecuada de haber recibido la entrega de la mercancía.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias para poner la mercancía a disposición del
comprador.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
siempre que conozca las condiciones de transporte con
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7. UNIVERSIDAD - ESAN
antelación a la terminación del contrato de
compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, incluida la inspección
solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la exportación y/o la
importación de la mercancía, y en caso de ser
necesario, para el tránsito a través de cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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8. UNIVERSIDAD - ESAN
FCA
Free Carrier
Entregado al transportista……... (lugar convenido)
“Libre Transportista" significa que el vendedor entrega la
mercancía, liberada para su exportación, al transporte
(porteador) nominado por el comprador en el lugar
convenido. Debe hacerse notar que el lugar convenido para
la entrega tiene un impacto directo sobre la obligaciones de
carga y descarga de la mercancía en dicho lugar.
Si la entrega se desarrolla en el local del vendedor, éste es
el responsable de la carga. Si la entrega se lleva a cabo en
otro lugar, el vendedor no es responsable por la carga.
Este término puede ser utilizado sin importar el medio de
transporte utilizado, incluyendo transporte multimodal.
"Transportista" puede ser utilizado como transporte o
porteador y significa cualquier persona que en el contrato
de transporte lleve a cabo el transporte por vía ferroviaria,
terrestre, aérea, marítima, fluvial o una combinación de
éstas.
Si el vendedor nomina a una persona diferente a un
transportista para recibir la mercancía, el vendedor deberá
cumplir su obligación de entregar la mercancía al momento
de entregárselas a esa persona específica.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador
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9. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
conformidad con el contrato de Compraventa y
cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener,
cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización
oficial necesaria para exportar la mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
Sin embargo, si se requiere por parte del comprador
o si es la práctica comercial y el comprador no da la
instrucción para lo contrario, el vendedor puede
contratar el transporte en las condiciones usuales,
bajo riesgo y costo del comprador. En cualquiera de
los casos el vendedor podrá optar por no contratar el
transporte, y en caso de hacerlo, notificará al
comprador.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
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10. UNIVERSIDAD - ESAN
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El comprador debe contratar, a su gasto el
transporte de la mercancía desde el lugar convenido,
excepto cuando el contrato de transporte sea
realizado por el vendedor como se especifica en A3.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía al transporte o
a otra persona denominada por el comprador, o
escogida por el vendedor, de conformidad con A3 en el
lugar acordado, en la fecha o plazo de tiempo acordado.
La entrega estará completa:
a) Si el lugar de entrega es el local del vendedor,
cuando la mercancía han sido cargada en el medio
de transporte proveído por el transportista nominado
por el comprador u otra persona actuando en su
representación.
b) Si el lugar convenido es otro diferente a lo
establecido en el inciso anterior, cuando la
mercancía se pongan a disposición del transportista
u otra persona nominada por el comprador, o
escogida por el vendedor, de acuerdo a A3 en el
medio de transporte del vendedor sin descargar.
Si no se acordó un punto específico dentro del lugar,
y existen varias posibilidades, el vendedor podrá
escoger el punto en el lugar de entrega que mejor se
adapte a sus necesidades. En caso de que se falle
en seguir instrucciones precisas del comprador, el
debe entregar la mercancía al transportista de
acuerdo a las necesidades de éste o de la
naturaleza de la mercancía en sí.
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11. UNIVERSIDAD - ESAN
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 .
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía:
- Desde el momento en que son entregadas de acuerdo
a A4; y
- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira
ción de cualquier plazo acordado para que la entrega,
debido a que falló en nominar al transportista u otra
persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o
persona nominada por el comprador falla en hacerse
cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o
porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre
que, la mercancía haya sido debidamente
determinada por el contrato, es decir, claramente
puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6,
pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta
su entrega, de acuerdo a A4; y
- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
aduaneras, así como los derechos, impuestos y
demás cargas exigibles a la exportación.
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12. UNIVERSIDAD - ESAN
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
A4; y
- Cualquier gasto adicional que se incurra, ya sea por
fallar en recoger la mercancía cuando han sido
puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado
de conformidad con B7. siempre que, la mercancía
hayan sido debidamente asignados por el contrato.
- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
demás cargos, así como los gastos relacionados con
las formalidades aduaneras exigibles a la importación
de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía fueron entregadas de acuerdo a A4. En
caso el transporte falle en la entrega de acuerdo con A4
en el momento acordado, el vendedor debe notificar al
comprador de forma adecuada.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe dar aviso suficiente al vendedor
sobre el nombre de la parte designada según A4 y
cuando sea necesario, especificar el modo de
transporte, así como la fecha o plazo dentro del que
debe entregarsele la mercancía y llegado el caso, el
punto dentro del lugar en que la mercancía debería ser
entregada a aquella parte.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe, a su propio costo, proporcionar al
comprador, la prueba usual de la entrega de la
mercancía, de conformidad con A4.
Salvo que el documento mencionado en el párrafo
anterior sea el documento de transporte, el vendedor
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13. UNIVERSIDAD - ESAN
debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y
expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el
documento de transporte solicitado.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias para poner la mercancía a disposición del
comprador.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
siempre que conozca las condiciones de transporte con
antelación a la terminación del contrato de
compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, incluida la inspección
solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el
comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
a través de cualquier país.
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14. UNIVERSIDAD - ESAN
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto y al contratar el transporte de
conformidad A3.
El comprador debe proporcionar al vendedor las
instrucciones necesarias cuando le solicite ayuda para
la contratación del transportista, de acuerdo a A3.
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15. UNIVERSIDAD - ESAN
FAS
Free Alongside Ship
Entregado al costado del Buque…... (Puerto de Embarque)
"Libre al costado del buque" significa que el vendedor
entrega cuando la mercancía es colocada junto al buque en
el puerto de embarque acordado. Esto significa que el
comprador debe hacerse cargo de todos los costos y
riesgos de pérdida o daño que sufran la mercancía desde
ese momento.
El término FAS requiere que el vendedor libere la
mercancía para su exportación.
“ESTO ES DIFERENTE A LA VERSIÓN ANTERIOR DE
INCOTERMS, EN QUE SE REQUERÍA QUE EL
COMPRADOR REALIZARA LA LIBERACIÓN PARA
EFECTOS DE LA EXPORTACIÓN”.
Sin embargo, si las partes desean que el comprador libere
la mercancía para su exportación, esto debe aclararse
mediante una cláusula explícita en el contrato de
Compraventa. Este término puede ser utilizado únicamente
para el transporte marítima o fluvial.
A. Ig
B.
C.
D.
E.
F.
G.
H.
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16. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
conformidad con el contrato de Compraventa y
cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
costo, cualquier licencia de importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
El comprador debe contratar a su costo el transporte
de la mercancía desde el puerto de embarque
convenido.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
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17. UNIVERSIDAD - ESAN
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe colocar la mercancía al costado del
buque especificado por el comprador, en el lugar de
carga especificado por el mismo, en el puerto de
embarque, en la fecha o durante el plazo establecido,
así como en la forma acostumbrada por el puerto.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía:
- Desde el momento en que son entregadas de acuerdo
a A4; y
- Desde la fecha acordada o desde la fecha de
expiración de cualquier plazo acordado para que la
entrega, debido a que falló en nominar al transportista
u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el
transportista o persona nominada por el comprador
falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo
convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a
B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente
determinada por el contrato, es decir, claramente
puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe de acuerdo a las provisiones del
punto B6, pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta
su entrega, de acuerdo a A4; y
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18. UNIVERSIDAD - ESAN
- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
aduaneras, así como los derechos, impuestos y
demás cargas exigibles a la exportación.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
A4; y
- Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por
que el buque designado por él no ha llegado a tiempo,
o no puede hacerse cargo de la mercancía o no
admite carga antes del tiempo convenido con arreglo
a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso
adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada por el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o
identificada de otro modo como la mercancía objeto
del contrato.
- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
demás cargos, así como los gastos relacionados con
las formalidades aduaneras exigibles a la importación
de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada al costado del buque
designado.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente
sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha
de entrega a respetar.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a
expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de
la mercancía, de conformidad con A4.
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19. UNIVERSIDAD - ESAN
Salvo que el documento mencionado en el párrafo
anterior sea el documento de transporte, el vendedor
debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costos
de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento
de transporte solicitado.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
siempre que conozca las condiciones de transporte con
antelación a la terminación del contrato de
compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, incluida la inspección
solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener
los documentos o mensaje electrónico equivalente
emitido o transmitido en el país de expedición y/o de
origen que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía, y en caso de ser
necesario, para el tránsito a través de cualquier país.
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20. UNIVERSIDAD - ESAN
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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21. UNIVERSIDAD - ESAN
FOB
Free on Board
Libre a Bordo…... (Puerto de Carga )
"Libre a Bordo" significa que el vendedor entrega la
mercancía una vez que ésta a pasado la borda del buque
en el puerto establecido. Esto significa que el comprador
tendrá que cubrir los gastos y riesgos de pérdida o daño
desde ese punto. Este término necesita que el vendedor
libere las mercancías para su exportación.
Podrá ser utilizado únicamente para transporte marítimo o
fluvial. Si las partes no pretenden entregar la mercancía
una vez pasada la borda del buque, debe utilizarse el
término FCA.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador
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22. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
conformidad con el contrato de Compraventa y
cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la importación de la
mercancía y si es necesario para su tránsito por
cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El comprador debe contratar a su costo, el
transporte de las mercancías desde el puerto de
embarque convenido.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
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23. UNIVERSIDAD - ESAN
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
buque especificado por el comprador, en la fecha o
durante el plazo establecido, así como en la forma
acostumbrada por el puerto.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento en que sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque convenido.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía:
- Desde el momento en que haya sobrepasado la borda
del buque en el puerto de embarque convenido; y
- Desde la fecha acordada o desde la fecha de
expiración de cualquier plazo acordado para que la
entrega, debido a que falló en nominar al
transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o
porque el transportista o persona nominada por el
comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en
el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de
acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido
debidamente determinada por el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6,
pagar:
- Soportar todos los gastos relacionados a la mercancía
hasta el momento en que sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque convenido.
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24. UNIVERSIDAD - ESAN
- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
aduaneras necesarias para la exportación, así como
todos los derechos, impuestos y demás cargas
exigibles a la exportación.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados a la mercancía hasta el
momento en que haya sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque convenido; y
- Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por
que el buque designado por él no ha llegado a tiempo,
o no puede hacerse cargo de la mercancía o no
admite carga antes del tiempo convenido con arreglo
a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso
adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la
mercancía haya sido debidamente determinada por el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o
identificada de otro modo como la mercancía objeto
del contrato.
- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
demás cargos, así como los gastos relacionados con
las formalidades aduaneras exigibles a la importación
de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente
sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha
de entrega a respetar.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a
expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de
la mercancía, de conformidad con A4.
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25. UNIVERSIDAD - ESAN
Salvo que el documento mencionado en el párrafo
anterior sea el documento de transporte, el vendedor
debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y
expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el
documento de transporte solicitado.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
siempre que conozca las condiciones de transporte con
antelación a la terminación del contrato de
compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
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26. UNIVERSIDAD - ESAN
mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
a través de cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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27. UNIVERSIDAD - ESAN
CFR
Cost and Freight
Costo y Flete…………………(Puerto de Descarga)
"Costo y Flete" implica que el vendedor entrega la
mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque.
El vendedor debe hacerse cargo de los costos del flete,
hasta que la mercancía hayan llegado al puerto de destino
designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la
mercancía, así como gastos adicionales debido a sucesos
ocurridos después del momento de la entrega, son
transferidos del vendedor al comprador.
El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de
la mercancía para la exportación.
Este término puede ser usado solamente para tráfico
marítimo y transporte fluvial. Si las partes no desean que la
entrega se efectué cuando se sobrepasa la borda del
buque, el término CPT debe ser usado.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador
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28. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
conformidad con el contrato de Compraventa y
cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
costo, cualquier licencia de importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la importación de la
mercancía y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
El vendedor debe contratar en las condiciones
usuales y a su propio costo, el transporte de la
mercancía al puerto de destino convenido, por la
ruta usual del buque, del tipo normalmente usado
para el transporte de la mercancía descrita en el
contrato.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
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29. UNIVERSIDAD - ESAN
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro
del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
del transportista en el puerto de destino convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento en que haya sobrepasado la borda del buque
en el puerto de embarque.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde el momento en
que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto
de embarque.
El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo
indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a
la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de
expiración del plazo fijado para el embarque, sin
embargo, siempre que la mercancía haya sido
debidamente determinada por el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
hayan sido entregados como lo establece A4; y
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30. UNIVERSIDAD - ESAN
- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
gasto de embarque de las mercancías a bordo y
cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
de transporte; y
- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
ras necesarias para la exportación, así como todos los
derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
exportación, y por el tránsito a través de cualquier otro
país si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo
con el contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4.
- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
puerto de destino, a menos que dichos gastos y
cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
con el contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el
contrato de transporte; y
- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo
cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por
el vendedor conforme al contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
acordada o de expiración del plazo de embarque,
proporcionado, sin embargo, siempre que la
mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
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31. UNIVERSIDAD - ESAN
decir, claramente establecidos o de otra forma
identificados como bienes del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos,
aranceles y otros cargos así como gastos de
transporte por formalidades aduanales pagables
sobre la mercancía importados y, cuando fuese
necesario, por el tránsito a través de cualquier otro
país a menos que se haya incluido el gasto del
contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
como cualquier otro aviso que precise el comprador
para adoptar las medidas normalmente necesarias para
recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe cuando esté autorizado para
determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el
puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al
respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y
sin retraso, al comprador el documento usual de
transporte para el puerto de destino convenido.
Este documento debe cubrir la mercancía objeto del
contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para
el embarque. habilitar al comprador para reclamar la
mercancía al transportista en el puerto de destino y
salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al
comprador para vender la mercancía en tránsito, por
medio de la transferencia del documento a un
comprador posterior (conocimiento de embarque
negociable ) o por notificación al transportista.
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32. UNIVERSIDAD - ESAN
Cuando el documento de transporte se emita en varios
originales, el juego completo de originales debe ser
entregado al comprador.
Cuando el vendedor y comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento referido
puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de
intercambio de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar el documento de transporte
de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
siempre que conozca las condiciones de transporte con
antelación a la terminación del contrato de
compraventa. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de embarque y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
a través de cualquier país.
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33. UNIVERSIDAD - ESAN
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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34. UNIVERSIDAD - ESAN
CIF
Cost,Insurance and Freight
Costo, Seguro y Flete…………………………….……………(Puerto de Descarga)
"Costo, Seguro y Flete" implica que el vendedor entrega la
mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque.
El vendedor debe pagar los costos y fletes necesarios para
traer la mercancía al puerto de destino designado, SIN
EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía así
como otros gastos adicionales por la entrega, transferidos
del vendedor al comprador. Pero en el término CIF el
vendedor también debe proveer de un seguro marítimo por
el riesgo de pérdida o daño de la mercancía del comprador
durante el transporte.
Consecuentemente, el vendedor debe contratar el seguro
de las mercancía. El comprador debe anotar que bajo el
término CIF, se requiere que el vendedor obtenga el seguro
por una mínima cobertura.
Si el comprador desease una cobertura más amplia, debe
acordarse con el vendedor o bien, que el mismo comprador
se haga cargo del seguro extra.
EL TÉRMINO CIF REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LAS MERCANCÍAS EN LA ADUANA DE
EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado en tráfico marítimo, o
transporte fluvial. Si las partes no pretenden entregar las
mercancías a través de la borda, el término CIP debe ser
usado.
A.
B. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del co
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35. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la Importación de la
mercancía y para su tránsito por cualquier País.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
El vendedor debe contratar sobre los términos
usuales a su propio gasto, el transporte de la
mercancía al puerto de destino designado, por la
ruta usual en un buque de navegación marítima, del
tipo normalmente usado para el transporte de la
mercancía descrita en el contrato.
b) Contrato de seguro.
El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un
seguro de carga según lo acordado en el contrato,
que faculte al comprador o cualquier otra persona
para que pueda reclamar directamente a la
aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza
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36. UNIVERSIDAD - ESAN
de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de
seguro.
El seguro debe ser contratado en una compañía
aseguradora de buena reputación, de lo contrario, estar
en acuerdo con la cobertura mínima expresada por el
Institute Cargo Clauses (Institute of London
Underwriters) u otros lineamientos para el
establecimiento de cláusulas.
La duración de la cobertura debe ser según lo
establecido en B5 y B4.
Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor
debe proporcionar al comprador de un seguro contra
guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que
puedan ser aseguradas.
La suma asegurada mínima debe cubrir el precio
establecido en el contrato mas un diez por ciento
(110%) y se concertará en la moneda del contrato.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro
del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
del transportista en el puerto de destino convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
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37. UNIVERSIDAD - ESAN
momento en que sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe, soportar todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde el momento en
que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto
de embarque.
El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo
indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a
la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de
expiración del plazo fijado para el embarque, sin
embargo, siempre que la mercancía haya sido
debidamente determinada por el contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
hayan sido entregados como lo establece A4; y
- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
gasto de embarque de las mercancías a bordo y
cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
de transporte; y
- De ser aplicable, los gastos de formalidades
aduaneras necesarias para la exportación, así como
todos los derechos, impuestos, y otros
cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito
por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del
vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
pagar:
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38. UNIVERSIDAD - ESAN
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4.
- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
puerto de destino, a menos que dichos gastos y
cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
con el contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra
to de transporte; y
- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car
gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
vendedor conforme al contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
acordada o de expiración del plazo de embarque,
proporcionado, sin embargo, siempre que la
mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
decir, claramente establecidos o de otra forma
identificados como bienes del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance
les y otros cargos así como gastos de transporte por
formalidades aduanales pagables sobre la mercancía
importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito
a través de cualquier otro país a menos que se haya
incluido el gasto del contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
como cualquier otro aviso que precise el comprador
para adoptar las medidas normalmente necesarias para
recoger su mercancía.
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39. UNIVERSIDAD - ESAN
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, cuando esté autorizado para
determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el
puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al
respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y
sin retraso, al comprador el documento usual de
transporte para el puerto de destino convenido.
Este documento debe cubrir la mercancía objeto del
contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para
el embarque. habilitar al comprador para reclamar la
mercancía al transportista en el puerto de destino y
salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al
comprador para vender la mercancía en tránsito, por
medio de la transferencia del documento a un
comprador posterior (conocimiento de embarque
negociable ) o por notificación al transportista.
Cuando el documento de transporte se emita en varios
originales, el juego completo de originales debe ser
entregado al comprador.
Cuando el vendedor y comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento referido
puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de
intercambio de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar el documento de transporte
de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
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40. UNIVERSIDAD - ESAN
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
a través de cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro complementario.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
El comprador debe proporcionar al vendedor, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
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41. UNIVERSIDAD - ESAN
CPT
Carriage Paid To…
Transporte pagado hasta…………………(Lugar Determinado)
"Transporte pagado hasta…", significa que el vendedor
entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero
el vendedor debe, adicionalmente, pagar el gasto del
transporte necesario para llevar la mercancía hasta el
punto de destino. Esto significa que el comprador asume
todos los riesgos y gastos adicionales posteriores a la
entrega.
"Carrier" (transportista o porteador) significa cualquier
persona que, de acuerdo al contrato de transporte, realiza o
procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo,
marítimo fluvial, o una combinación de varios.
Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al
destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son
entregados al primer transportista.
EL TÉRMINO CPT REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a
utilizar, incluyendo el multimodal.
es del Vendedor B. Obligaciones del comprador
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42. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la Importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier País.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
El vendedor debe contratar en las condiciones
usuales a su propio gasto, el transporte de la
mercancía al punto acordado en el destino
designado, por una ruta usual y en la forma
acostumbrada.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
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43. UNIVERSIDAD - ESAN
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
contratado de comformidad con A3 o si hay porteadores
sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta
el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o
dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
del transportista en el lugar convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
en que haya sido entregada según A4.
El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
establecido para el embarque, sin embargo, si la
mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
hayan sido entregados como lo establece A4; y
- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo
el gasto de embarque de las mercancías a bordo y
cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
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44. UNIVERSIDAD - ESAN
que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
de transporte; y
- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
ras necesarias para la exportación, así como todos
los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
exportación, y para su tránsito por cualquier país, si
fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el
contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4.
- Todos los gastos y cargos relacionados con la
mercancía mientras se está en tránsito hasta su
llegada al puerto de destino, a menos que dichos
gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de
acuerdo con el contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el
contrato de transporte; y
- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo
cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
vendedor conforme al contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
acordada o de expiración del plazo de embarque,
proporcionado, sin embargo, siempre que la
mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
decir, claramente establecidos o de otra forma
identificados como bienes del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos,
aranceles y otros cargos así como gastos de
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45. UNIVERSIDAD - ESAN
transporte por formalidades aduanales pagables
sobre la mercancía importados y, cuando fuese
necesario, por el tránsito a través de cualquier otro
país a menos que se haya incluido el gasto del
contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
como cualquier otro aviso que precise el comprador
para adoptar las medidas normalmente necesarias para
recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, cuando esté autorizado para
determinar el momento de eexpedir la mercancía y/o el
destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar
al comprador, si es costumbre, el documento de
transporte usual para el transporte contratado de
conformidad con A3.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar el documento de transporte
de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
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46. UNIVERSIDAD - ESAN
ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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47. UNIVERSIDAD - ESAN
CIP
Carriage and Insurance Paid to…
Transporte y Seguro pagado hasta………………(Lugar de Destino)
"Transporte y seguro pagados hasta...” significa que el
vendedor entrega la mercancía al transportista nominado
por él, pero adicionalmente debe pagar los gastos de
transporte necesarios para poner la mercancía en el lugar
de destino acordado. Esto significa que el comprador se
hará cargo de los riesgos y gastos adicionales posteriores a
la entrega de la mercancía. Sin embargo, en el término
CIP el vendedor debe, adicionalmente, procurar el seguro
contra los riesgos que puede correr el comprador de
pérdida o daño de los bienes durante el transporte.
Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga
la prima. El comprador debe tomar nota que bajo el término
CIP se le requiere al vendedor obtener el seguro de cuota
mínima. Si el comprador requiere un seguro cuya cobertura
sea más amplia, debe acordarlo expresamente con el
vendedor o realizar acuerdos sobre seguro adicionales.
"Carrier" (transporte) significa cualquier persona que, de
acuerdo al contrato de transportación, realiza o procura el
transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo
fluvial, o una combinación de varios. Si se utilizan
diferentes transportistas para el traslado al destino final, el
riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al
primer transportista.
EL TÉRMINO CIP REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a
utilizar, incluyendo el multimodal.
O
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48. UNIVERSIDAD - ESAN
A. A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la Importación de la
mercancía y para su tránsito por cualquier País.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar en las condiciones
usuales a su propio gasto, el transporte de la
mercancía al punto acordado en el destino
designado, por una ruta usual y en la forma
acostumbrada.
b) Contrato de seguro.
El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un
seguro de carga según lo acordado en el contrato,
que faculte al comprador o cualquier otra persona
para que pueda reclamar directamente a la
aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza
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49. UNIVERSIDAD - ESAN
de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de
seguro.
El seguro debe ser contratado en una compañía
aseguradora de buena reputación y a falta de
acuerdo en contrario será conforme a los cobertura
mínima expresada por el Institute Cargo Clauses
(Institute of London Underwriters) u otros
lineamientos para el establecimiento de cláusulas.
La duración de la cobertura debe ser según lo
establecido en B5 y B4.
Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor
debe proporcionar al comprador de un seguro contra
guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles
que puedan ser aseguradas.
La suma asegurada mínima debe cubrir el precio
establecido en el contrato mas un diez por ciento
(110%) y se concertará en la moneda del contrato.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
contratado de conformidad con A3 o si hay porteadores
sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta
el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o
dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
del transportista en el lugar convenido.
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50. UNIVERSIDAD - ESAN
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
en que haya sido entregada según A4.
El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
establecido para el embarque, sin embargo, si la
mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
hayan sido entregados como lo establece el punto
A4; y
- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
gasto de embarque de las mercancías a bordo y
cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
de transporte; y
- Los gastos del seguro resultantes de A3.
- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
ras necesarias para la exportación, así como todos los
derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la
exportación, y para su tránsito por cualquier país, si
fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el
contrato de transporte.
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51. UNIVERSIDAD - ESAN
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4.
- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
puerto de destino, a menos que dichos gastos y
cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
con el contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra
to de transporte; y
- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car
gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
vendedor conforme al contrato de transporte; y
- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
acordada o de expiración del plazo de embarque,
proporcionado, sin embargo, siempre que la
mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
decir, claramente establecidos o de otra forma
identificados como bienes del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance
les y otros cargos así como gastos de transporte por
formalidades aduanales pagables sobre la mercancía
importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito
a través de cualquier otro país a menos que se haya
incluido el gasto del contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
como cualquier otro aviso que precise el comprador
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52. UNIVERSIDAD - ESAN
para adoptar las medidas normalmente necesarias para
recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, cuando esté autorizado para
determinar el momento de expedir la mercancía y/o el
destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar
al comprador, si es costumbre, el documento de
transporte usual para el transporte contratado de
conformidad con A3.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar el documento de transporte
de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
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53. UNIVERSIDAD - ESAN
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro complementario.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición
de éste, la información necesaria para obtener cualquier
seguro complementario.
cfigueredo@esan.edu.pe 52
54. UNIVERSIDAD - ESAN
DAF
Delivered at Frontier
Entregado en frontera………………(Lugar convenido)
"Entrega en Frontera”, significa que el vendedor entrega
cuando la mercancía son puestos a disposición del
comprador al momento del arribo de los medios de
transporte SIN DESCARGA, liberados para la
EXPORTACION pero no liberados para la importación, en
un lugar establecido en la frontera, pero antes de cruzar la
frontera aduanal del país vecino.
El término "frontera" puede ser usado para cualquier
frontera, incluyendo aquella del país de exportación. Por lo
tanto, es de vital importancia que la frontera en cuestión
sea definida de forma precisa, nombrando el punto y lugar
en el término.
Sin embargo, si las partes desean que el vendedor sea
responsable de la descarga de la mercancía del medio de
transporte y estar a cargo de todos los riesgos y gastos de
dicha descarga, esto debe aclararse agregando una
cláusula escrita en el contrato de venta respectivo.
Este término puede ser utilizado sin importar el medio de
transporte a utilizar cuando la mercancía serán entregados
en una frontera terrestre. Cuando la entrega se lleve a cabo
en el puerto de destino, sobrepasando la borda de un
buque o en el muelle, los términos DES o DEQ deben ser
utilizados.
Vendedor B. Obligaciones del comprador
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55. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial, así como cualquier otro documento necesario
para poner la mercancía a disposición del comprador.
El vendedor debe llevar a cabo, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía hasta el lugar de entrega
convenido en la frontera y para su tránsito a través de
cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial, así como cualquier documento, y
llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites
aduaneros necesarios para la Importación de la
mercancía y para su transporte posterior.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar sobre términos usuales y
bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al
punto de destino designado, o en su caso, al lugar
de entrega en la frontera. Si un lugar de entrega en
frontera no fue acordado o no es determinado por la
práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto
cfigueredo@esan.edu.pe 54
56. UNIVERSIDAD - ESAN
específico en el destino que mejor se acomode a su
conveniencia.
Sin embargo, si es requerido por el comprador, el
vendedor puede acordar el contratar bajo los
términos usuales, y bajo el riesgo y gasto del
comprador, un transporte continuo de la mercancía
una vez pasado el punto de entrega en frontera
hasta el destino final en el país de importación
establecido por el comprador. El vendedor puede
declinar la realización del contrato, y en caso de
hacerlo, notificar al comprador adecuadamente.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe poner la mercancía a disposición del
comprador en los mediosde transportes utilizados y no
descargados, en el lugar de entrega convenido en la
frontera , en la fecha o dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
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57. UNIVERSIDAD - ESAN
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
en que haya sido entregada según A4.
El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
establecido para el embarque, sin embargo, si la
mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Además de los gastos resultantes de A3, todos los
gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
sido entregados como lo establece A4; y
- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
ras necesarias para la exportación, así como todos los
derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
exportación, y para su tránsito por cualquier país,
antes de la entrega de acuerdo con A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios
para recibir la entrega de la mercancía, a la llegada de
los medios de transporte utilizados, en el lugar de
entrega convenido en la frontera; y
- Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir
la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada
de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7,
siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
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58. UNIVERSIDAD - ESAN
debidamente determinada según al contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades
aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y
otros cargos exigibles a la importación de la
mercancía y por su transporte posterior.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del
envio de la mercancía al lugar convenido en la frontera.
así como cualquier otro aviso que precise el comprador
para adoptar las medidas normalmente necesarias para
recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, cuando esté autorizado para
determinar el momento,dentro del plazo acordado, y/o el
punto de recepción de la entrega en el lugar convenido,
dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
- El vendedor debe, a sus propias expensas, propor
cionar al comprador, si es costumbre, el documento
de transporte usual u otra prueba de la entrega de la
mercancía en el lugar convenido en la frontera de
conformidad con A3.
- El vendedor debe, en caso de que las partes acuerden
un transporte sucesivo más allá de la frontera de
acuerdo con A3, proporcionar al comprador a petición,
riesgo y gasto de éste, el documento de transporte de
puerta a puerta normalmente obtenido en el país del
despacho, cubriendo en los términos usuales el
transporte de la mercancía, desde el punto del
despacho hasta el punto de destino final en el país de
importación designado por el comprador.
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59. UNIVERSIDAD - ESAN
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar el documento de transporte
u otra prueba de entrega de acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para la entrega de la mercancía en
la frontera y para el transporte posterior, en la medida
en que las circunstancias lo permitan. El embalaje ha de
ser marcado adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
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60. UNIVERSIDAD - ESAN
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
Si fuera necesario y de acuerdo con A3, el comprador
debe proporcionar al vendedor, bajo solicitud de éste, y
bajo riesgo y gasto del comprador, la autorización del
control de cambios, permisos y otros documentos o
copias certificadas, o la dirección del destino final de la
mercancía en el país de importación con el propósito de
obtener los documentos de transporte de puerta a
puerta o cualquier otro documento contemplado en A8.
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61. UNIVERSIDAD - ESAN
DES
Delivered Ex - Ship
Entregado en el Buque……………(Puerto de Destino)
"Entregado sobre el Buque”, significa que el vendedor
entrega cuando la mercancía es colocada a disposición del
comprador a bordo del buque, pero no está liberada para la
importación en el puerto de destino.
El vendedor debe hacerse cargo de los riesgos y gastos
relacionados con el transporte de la mercancía hasta el
puerto de destino y antes de la descarga. Si las partes
desean que el vendedor se haga cargo de los riesgos y
gastos de la descarga, debe utilizarse el término DEQ.
Este término puede ser utilizado solamente cuando la
mercancía serán entregados vía marítima, fluvial o
multimodal, en un buque en el puerto de destino.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador
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62. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando
sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios
para la exportación de la mercancía y para su tránsito
por cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros necesarios para la
Importación de la mercancía.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar bajo su propio gasto, el
transporte de la mercancía al punto de destino
designado, o en su caso, puerto de destino
especificado. Si un punto no fue acordado o no es
determinado por la práctica, el vendedor podrá
seleccionar un punto específico en el destino que
mejor se acomode a su conveniencia.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
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63. UNIVERSIDAD - ESAN
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe poner las mercancías a disposición
del comprador a bordo del buque, en el punto de
descarga especificado en A3, en el puerto de destino
convenido, de manera que puedan ser levantadas del
buque por medios de descarga apropiados a la
naturaleza de la mercancía.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
en que haya sido entregada según A4.
El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
establecido para el embarque, sin embargo, si la
mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
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64. UNIVERSIDAD - ESAN
- Además de los gastos resultantes de A3, todos los
gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
sido entregados como lo establece A4; y
- De ser aplicable, los gastos de formalidades
aduaneras necesarias para la exportación, así como
todos los derechos, impuestos, y otros cargos
exigibles a la exportación, y para su tránsito por
cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con
A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El comprador debe pagar:
- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
el momento que han sido entregados de conformidad
con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios
para recibir la entrega de la mercancía, desde el
buque; y
- Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir
la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada
de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7,
siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
debidamente determinada según al contrato, es decir,
claramente puesta aparte o identificada de otro modo
como la mercancía objeto del contrato; y
- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades
aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y
otros cargos exigibles a la importación de la
mercancía.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del
momento estimado de llegada del buque designado
conforme a A4. así como cualquier otro aviso que
precise el comprador para adoptar las medidas
normalmente necesarias para recoger su mercancía.
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65. UNIVERSIDAD - ESAN
B7. AVISO AL VENDEDOR.
El comprador debe, cuando esté autorizado para
determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o
el punto de recepción de la entrega en el puerto de
destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
El vendedor debe proporcionar al comprador, por
cuenta del primero, la orden de entrega y/o el
documento de transporte usual que autorice al
comprador a reclamar la mercancía al transportista en el
puerto de destino.
Si el vendedor y el comprador han acordado en
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
El comprador debe aceptar la orden de entrega o el
documento de transporte de acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
necesarias al objeto de entregar la mercancía de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El
embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
inspección previa al embarque, excepto cuando tal
inspección sea solicitada por las autoridades del país de
exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
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66. UNIVERSIDAD - ESAN
documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
de éste, la información necesaria para obtener un
seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
para obtener los documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
ayuda al respecto.
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67. UNIVERSIDAD - ESAN
DEQ
Delivered Ex - Quay
Entregado sobre el Muelle……………(Puerto de Destino)
"Entregado sobre el Muelle”, significa que el vendedor
entrega la mercancía cuando es puesta a disposición del
comprador sin ser liberada para la importación en el muelle
del puerto de destino.
El vendedor debe hacerse cargo de los costos y riesgos en
que se incurre al llevar la mercancía al puerto de destino y
descargarlos en el muelle. El término DEQ requiere que el
comprador libere la mercancía para la importación y pague
las formalidades, aranceles e impuestos, así como otros
cargos para efectos de la importación.
ESTO ES DIFERENTE A LOS INCOTERMS 1990, EN
QUE SE REQUERIA QUE EL VENDEDOR SE HICIERA
CARGO DE LA LIBERACION A LA IMPORTACION.
Si las partes desean incluir en las obligaciones del
vendedor, una parte o el total de los gastos pagables a la
importación de la mercancía, esto debe aclararse
explícitamente en el contrato de compraventa.
Este término puede ser utilizado solamente cuando la
mercancía vayan a ser entregados vía marítima o fluvial o
por transporte multimodal al momento de descargar el
buque en el muelle del puerto de destino. Sin embargo, si
las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor,
los riesgos y gastos del manejo de la mercancía del muelle
hacia otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte,
etc.), en o fuera del puerto, deben utilizarse los términos
DDP o DDU.
A. Obligacion
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68. UNIVERSIDAD - ESAN
A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
cualquier licencia de exportación u otra autorización
oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando
sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la
exportación de la mercancía y para su tránsito por
cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
gasto, cualquier licencia de Importación u otra
autorización oficial, así como cualquier documento y
realizar cuando sea pertinente, todos los trámites
aduaneros para la Importación de la mercancía.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el
transporte de la mercancía hasta el muelle en el
puerto de destino designado. Si un muelle específico
no fue acordado o no es determinado por la práctica,
el vendedor podrá seleccionar el muelle específico
en el destino que mejor se acomode a su
conveniencia.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.
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69. UNIVERSIDAD - ESAN
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
a) Contrato de transporte.
Ninguna obligación.
b) Contrato de seguro.
Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
El vendedor debe poner la mercancía a disposición del
comprador en el muelle referido en A3, en la fecha o
dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
en que haya sido entregada según A4.
El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
establecido para el embarque, sin embargo, si la
mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
pagar:
- Además de los gastos resultantes de A3, todos los
gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
sido entregados como lo establece A4; y
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