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TÉRMINOS
          INTERNACIONALES




Material Didáctico:     Para uso exclusivo en la instrucción del curso de
“Gerencia de Logística y Distribución Internacional” del Instituto de
Negocios Internacionales de la Universidad ESAN (PERÚ), con auspicio de
de la Universidad de MIAMI (USA), dirigido por Prof. Carlos Figueredo R.


                                 - 2007 -
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REGLAS PARA LA
INTERPRETACIÓN DE
LOS TÉRMINOS
INTERNACIONALES
REVISIÓN 2000
PUBLICACIÓN 560
DE LA CCI




 OBSERVACIONES:

 LA ADECUACIÓN DE LA TRADUCCIÓN OFICIAL DE LA PRESENTE
 PUBLICACIÓN ESTUVO BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESOR MAG.
 CARLOS FIGUEREDO ROBLES.

 ASIMISMO, LA ASIGNACIÓN DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS PARA EL
 MERCADO PERUANO, ES DE EXCLUSIVA ELECCIÓN DEL PROFESOR.

 EL PRESENTE TRABAJO NO ES OFICIAL CON RESPECTO A LA CCI Y SE
 REALIZA SÓLO CON FINES ACADÉMICOS.




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A MERCANCÍA

 EXW
 Ex-Works
 En Fábrica…... (lugar convenido)




"En Almacén" significa que el vendedor realiza la entrega
de la mercancía cuando la pone a disposición del
comprador en el local del vendedor o en otro lugar
convenido, sin desaduanarla para su exportación, ni
cargado en un vehículo receptor.
Este término representa las obligaciones mínimas para el
vendedor y el comprador debe cubrir todos los gastos y
riesgos inherentes a la recepción de la mercancía, en el
local del vendedor.
Sin embargo si las partes desean que el vendedor sea el
responsable por la carga de la mercancía al momento de la
salida y hacerse cargo de los riesgos y costos de dicha
carga, ésto debe aclararse en el contrato de Compraventa.
Este término no debe ser usado cuando el comprador no
puede llevar a cabo las formalidades de la exportación de
forma directa o indirecta. En estas circunstancias el término
FCA podrá ser usado.




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
   conformidad con el contrato de Compraventa y
   cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
   contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener,
   cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización
   oficial necesarias para exportar la mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   costo, las licencias de exportación e importación o
   cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea
   pertinente, los trámites aduaneros para la exportación
   de las mercancías.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe colocar a disposición del comprador
   en el lugar convenido, sin cargar en el vehículo
   receptor, en la fecha o plazo convenido, o en caso de

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   que la fecha no haya sido convenida, en los tiempos
   usuales de entrega. En caso de no haber acordado
   lugar específico de entrega, el vendedor debe
   seleccionar un punto específico de entrega, que más se
   adecue a sus necesidades.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/ B7.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
   momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía:
   - Desde el momento en que son entregados de acuerdo
     a A4; y
   - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira
     ción de cualquier plazo acordado para que la entrega
     se llevara a cabo, debido a que falló en dar aviso de
     acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido
     debidamente determinada por el contrato, es decir,
     claramente puesta aparte o identificada de otro modo
     como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, de acuerdo a lo previsto en B6,
   pagar todos los gastos relacionados con la mercancía
   hasta su entrega, de acuerdo a A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
     A4; y


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   - Cualquier gasto adicional en que se incurra, ya sea por
     fallar en recoger la mercancía cuando han sido
     puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado
     de conformidad con B7. siempre que, la mercancía
     hayan sido debidamente asignada por el contrato.
   - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
     demás cargos, así como los gastos relacionados con
     las formalidades aduaneras, pagaderos al momento
     de la exportación.
   El comprador debe reembolsar todos los gastos y
   cargos en que incurra el vendedor cuando se
   proporcione asistencia, de acuerdo a A2.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente
   acerca de cuándo y dónde la mercancía será puesta a
   su disposición.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, siempre que tenga derecho a
   determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el
   lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al
   vendedor.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   Ninguna obligación.
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe proporcionar al vendedor prueba
   adecuada de haber recibido la entrega de la mercancía.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias para poner la mercancía a disposición del
   comprador.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   siempre que conozca las condiciones de transporte con

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   antelación a la terminación del           contrato de
   compraventa. El embalaje ha de           ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, incluida la inspección
   solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el
   comprador pueda requerir para la exportación y/o la
   importación de la mercancía, y en caso de ser
   necesario, para el tránsito a través de cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 FCA
 Free Carrier
 Entregado al transportista……... (lugar convenido)




“Libre Transportista" significa que el vendedor entrega la
mercancía, liberada para su exportación, al transporte
(porteador) nominado por el comprador en el lugar
convenido. Debe hacerse notar que el lugar convenido para
la entrega tiene un impacto directo sobre la obligaciones de
carga y descarga de la mercancía en dicho lugar.
Si la entrega se desarrolla en el local del vendedor, éste es
el responsable de la carga. Si la entrega se lleva a cabo en
otro lugar, el vendedor no es responsable por la carga.
Este término puede ser utilizado sin importar el medio de
transporte utilizado, incluyendo transporte multimodal.
"Transportista" puede ser utilizado como transporte o
porteador y significa cualquier persona que en el contrato
de transporte lleve a cabo el transporte por vía ferroviaria,
terrestre, aérea, marítima, fluvial o una combinación de
éstas.
Si el vendedor nomina a una persona diferente a un
transportista para recibir la mercancía, el vendedor deberá
cumplir su obligación de entregar la mercancía al momento
de entregárselas a esa persona específica.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
   conformidad con el contrato de Compraventa y
   cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
   contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener,
   cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización
   oficial necesaria para exportar la mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la importación de las
   mercancías y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.
       Sin embargo, si se requiere por parte del comprador
       o si es la práctica comercial y el comprador no da la
       instrucción para lo contrario, el vendedor puede
       contratar el transporte en las condiciones usuales,
       bajo riesgo y costo del comprador. En cualquiera de
       los casos el vendedor podrá optar por no contratar el
       transporte, y en caso de hacerlo, notificará al
       comprador.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.




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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      El comprador debe contratar, a su gasto el
      transporte de la mercancía desde el lugar convenido,
      excepto cuando el contrato de transporte sea
      realizado por el vendedor como se especifica en A3.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía al transporte o
   a otra persona denominada por el comprador, o
   escogida por el vendedor, de conformidad con A3 en el
   lugar acordado, en la fecha o plazo de tiempo acordado.
   La entrega estará completa:
   a) Si el lugar de entrega es el local del vendedor,
      cuando la mercancía han sido cargada en el medio
      de transporte proveído por el transportista nominado
      por el comprador u otra persona actuando en su
      representación.
   b) Si el lugar convenido es otro diferente a lo
      establecido en el inciso anterior, cuando la
      mercancía se pongan a disposición del transportista
      u otra persona nominada por el comprador, o
      escogida por el vendedor, de acuerdo a A3 en el
      medio de transporte del vendedor sin descargar.
       Si no se acordó un punto específico dentro del lugar,
       y existen varias posibilidades, el vendedor podrá
       escoger el punto en el lugar de entrega que mejor se
       adapte a sus necesidades. En caso de que se falle
       en seguir instrucciones precisas del comprador, el
       debe entregar la mercancía al transportista de
       acuerdo a las necesidades de éste o de la
       naturaleza de la mercancía en sí.




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B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 .
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
   momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía:
   - Desde el momento en que son entregadas de acuerdo
     a A4; y
   - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira
     ción de cualquier plazo acordado para que la entrega,
     debido a que falló en nominar al transportista u otra
     persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o
     persona nominada por el comprador falla en hacerse
     cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o
     porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre
     que, la mercancía haya sido debidamente
     determinada por el contrato, es decir, claramente
     puesta aparte o identificada de otro modo como la
     mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta
     su entrega, de acuerdo a A4; y
   - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
     aduaneras, así como los derechos, impuestos y
     demás cargas exigibles a la exportación.




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B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
     A4; y
   - Cualquier gasto adicional que se incurra, ya sea por
     fallar en recoger la mercancía cuando han sido
     puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado
     de conformidad con B7. siempre que, la mercancía
     hayan sido debidamente asignados por el contrato.
   - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
     demás cargos, así como los gastos relacionados con
     las formalidades aduaneras exigibles a la importación
     de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía fueron entregadas de acuerdo a A4. En
   caso el transporte falle en la entrega de acuerdo con A4
   en el momento acordado, el vendedor debe notificar al
   comprador de forma adecuada.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe dar aviso suficiente al vendedor
   sobre el nombre de la parte designada según A4 y
   cuando sea necesario, especificar el modo de
   transporte, así como la fecha o plazo dentro del que
   debe entregarsele la mercancía y llegado el caso, el
   punto dentro del lugar en que la mercancía debería ser
   entregada a aquella parte.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe, a su propio costo, proporcionar al
   comprador, la prueba usual de la entrega de la
   mercancía, de conformidad con A4.
   Salvo que el documento mencionado en el párrafo
   anterior sea el documento de transporte, el vendedor


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   debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y
   expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el
   documento de transporte solicitado.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
   acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias para poner la mercancía a disposición del
   comprador.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   siempre que conozca las condiciones de transporte con
   antelación a la terminación del contrato de
   compraventa. El embalaje ha de ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, incluida la inspección
   solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el
   comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
   a través de cualquier país.



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   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto y al contratar el transporte de
   conformidad A3.
   El comprador debe proporcionar al vendedor las
   instrucciones necesarias cuando le solicite ayuda para
   la contratación del transportista, de acuerdo a A3.




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  FAS
  Free Alongside Ship
  Entregado al costado del Buque…... (Puerto de Embarque)




"Libre al costado del buque" significa que el vendedor
entrega cuando la mercancía es colocada junto al buque en
el puerto de embarque acordado. Esto significa que el
comprador debe hacerse cargo de todos los costos y
riesgos de pérdida o daño que sufran la mercancía desde
ese momento.
El término FAS requiere que el vendedor libere la
mercancía para su exportación.
“ESTO ES DIFERENTE A LA VERSIÓN ANTERIOR DE
INCOTERMS, EN QUE SE REQUERÍA QUE EL
COMPRADOR REALIZARA LA LIBERACIÓN PARA
EFECTOS DE LA EXPORTACIÓN”.
Sin embargo, si las partes desean que el comprador libere
la mercancía para su exportación, esto debe aclararse
mediante una cláusula explícita en el contrato de
Compraventa. Este término puede ser utilizado únicamente
para el transporte marítima o fluvial.
  A. Ig
  B.
  C.
  D.
  E.
  F.
  G.
  H.



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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
   conformidad con el contrato de Compraventa y
   cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
   contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
   trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
   mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   costo, cualquier licencia de importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la importación de las
   mercancías y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      El comprador debe contratar a su costo el transporte
      de la mercancía desde el puerto de embarque
      convenido.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.



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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe colocar la mercancía al costado del
   buque especificado por el comprador, en el lugar de
   carga especificado por el mismo, en el puerto de
   embarque, en la fecha o durante el plazo establecido,
   así como en la forma acostumbrada por el puerto.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
   momento de la entrega, de acuerdo a A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía:
   - Desde el momento en que son entregadas de acuerdo
     a A4; y
   - Desde la fecha acordada o desde la fecha de
     expiración de cualquier plazo acordado para que la
     entrega, debido a que falló en nominar al transportista
     u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el
     transportista o persona nominada por el comprador
     falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo
     convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a
     B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente
     determinada por el contrato, es decir, claramente
     puesta aparte o identificada de otro modo como la
     mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe de acuerdo a las provisiones del
   punto B6, pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta
     su entrega, de acuerdo a A4; y


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   - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
     aduaneras, así como los derechos, impuestos y
     demás cargas exigibles a la exportación.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a
     A4; y
   - Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por
     que el buque designado por él no ha llegado a tiempo,
     o no puede hacerse cargo de la mercancía o no
     admite carga antes del tiempo convenido con arreglo
     a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso
     adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la
     mercancía haya sido debidamente determinada por el
     contrato, es decir, claramente puesta aparte o
     identificada de otro modo como la mercancía objeto
     del contrato.
   - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
     demás cargos, así como los gastos relacionados con
     las formalidades aduaneras exigibles a la importación
     de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada al costado del buque
   designado.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente
   sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha
   de entrega a respetar.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a
   expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de
   la mercancía, de conformidad con A4.


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   Salvo que el documento mencionado en el párrafo
   anterior sea el documento de transporte, el vendedor
   debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costos
   de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento
   de transporte solicitado.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
   acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   siempre que conozca las condiciones de transporte con
   antelación a la terminación del contrato de
   compraventa. El embalaje ha de ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, incluida la inspección
   solicitada por las autoridades del país de exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener
   los documentos o mensaje electrónico equivalente
   emitido o transmitido en el país de expedición y/o de
   origen que el comprador pueda requerir para la
   importación de la mercancía, y en caso de ser
   necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

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   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 FOB
 Free on Board
 Libre a Bordo…... (Puerto de Carga )




"Libre a Bordo" significa que el vendedor entrega la
mercancía una vez que ésta a pasado la borda del buque
en el puerto establecido. Esto significa que el comprador
tendrá que cubrir los gastos y riesgos de pérdida o daño
desde ese punto. Este término necesita que el vendedor
libere las mercancías para su exportación.
Podrá ser utilizado únicamente para transporte marítimo o
fluvial. Si las partes no pretenden entregar la mercancía
una vez pasada la borda del buque, debe utilizarse el
término FCA.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
   conformidad con el contrato de Compraventa y
   cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
   contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
   trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
   mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la importación de la
   mercancía y si es necesario para su tránsito por
   cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      El comprador debe contratar a su costo, el
      transporte de las mercancías desde el puerto de
      embarque convenido.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.


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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
   buque especificado por el comprador, en la fecha o
   durante el plazo establecido, así como en la forma
   acostumbrada por el puerto.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
   momento en que sobrepasado la borda del buque en el
   puerto de embarque convenido.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía:
   - Desde el momento en que haya sobrepasado la borda
     del buque en el puerto de embarque convenido; y
   - Desde la fecha acordada o desde la fecha de
     expiración de cualquier plazo acordado para que la
     entrega, debido a que falló en nominar al
     transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o
     porque el transportista o persona nominada por el
     comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en
     el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de
     acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido
     debidamente determinada por el contrato, es decir,
     claramente puesta aparte o identificada de otro modo
     como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Soportar todos los gastos relacionados a la mercancía
     hasta el momento en que sobrepasado la borda del
     buque en el puerto de embarque convenido.

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   - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades
     aduaneras necesarias para la exportación, así como
     todos los derechos, impuestos y demás cargas
     exigibles a la exportación.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados a la mercancía hasta el
     momento en que haya sobrepasado la borda del
     buque en el puerto de embarque convenido; y
   - Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por
     que el buque designado por él no ha llegado a tiempo,
     o no puede hacerse cargo de la mercancía o no
     admite carga antes del tiempo convenido con arreglo
     a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso
     adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la
     mercancía haya sido debidamente determinada por el
     contrato, es decir, claramente puesta aparte o
     identificada de otro modo como la mercancía objeto
     del contrato.
   - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y
     demás cargos, así como los gastos relacionados con
     las formalidades aduaneras exigibles a la importación
     de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente
   sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha
   de entrega a respetar.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a
   expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de
   la mercancía, de conformidad con A4.


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   Salvo que el documento mencionado en el párrafo
   anterior sea el documento de transporte, el vendedor
   debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y
   expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el
   documento de transporte solicitado.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de
   acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   siempre que conozca las condiciones de transporte con
   antelación a la terminación del contrato de
   compraventa. El embalaje ha de ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la


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   mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
   a través de cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 CFR
 Cost and Freight
 Costo y Flete…………………(Puerto de Descarga)




"Costo y Flete" implica que el vendedor entrega la
mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque.
El vendedor debe hacerse cargo de los costos del flete,
hasta que la mercancía hayan llegado al puerto de destino
designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la
mercancía, así como gastos adicionales debido a sucesos
ocurridos después del momento de la entrega, son
transferidos del vendedor al comprador.
El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de
la mercancía para la exportación.
Este término puede ser usado solamente para tráfico
marítimo y transporte fluvial. Si las partes no desean que la
entrega se efectué cuando se sobrepasa la borda del
buque, el término CPT debe ser usado.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente mensaje electrónico, de
   conformidad con el contrato de Compraventa y
   cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el
   contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
   trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
   mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   costo, cualquier licencia de importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la importación de la
   mercancía y para su tránsito por cualquier país.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      El vendedor debe contratar en las condiciones
      usuales y a su propio costo, el transporte de la
      mercancía al puerto de destino convenido, por la
      ruta usual del buque, del tipo normalmente usado
      para el transporte de la mercancía descrita en el
      contrato.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.


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   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
   buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro
   del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
   del transportista en el puerto de destino convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el
   momento en que haya sobrepasado la borda del buque
   en el puerto de embarque.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía desde el momento en
   que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto
   de embarque.
   El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo
   indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a
   la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de
   expiración del plazo fijado para el embarque, sin
   embargo, siempre que la mercancía haya sido
   debidamente determinada por el contrato, es decir,
   claramente puesta aparte o identificada de otro modo
   como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
     hayan sido entregados como lo establece A4; y



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   - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
     gasto de embarque de las mercancías a bordo y
     cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
     que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
     de transporte; y
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
     ras necesarias para la exportación, así como todos los
     derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
     exportación, y por el tránsito a través de cualquier otro
     país si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo
     con el contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
   pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4.
   - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
     cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
     puerto de destino, a menos que dichos gastos y
     cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
     con el contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el
     contrato de transporte; y
   - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo
     cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
     dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por
     el vendedor conforme al contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
      de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
      acordada o de expiración del plazo de embarque,
      proporcionado, sin embargo, siempre que la
      mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es



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       decir, claramente establecidos o de otra forma
       identificados como bienes del contrato; y
   -    Cuando fuese aplicable, todos los impuestos,
       aranceles y otros cargos así como gastos de
       transporte por formalidades aduanales pagables
       sobre la mercancía importados y, cuando fuese
       necesario, por el tránsito a través de cualquier otro
       país a menos que se haya incluido el gasto del
       contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
   como cualquier otro aviso que precise el comprador
   para adoptar las medidas normalmente necesarias para
   recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe cuando esté autorizado para
   determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el
   puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al
   respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y
   sin retraso, al comprador el documento usual de
   transporte para el puerto de destino convenido.
   Este documento debe cubrir la mercancía objeto del
   contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para
   el embarque. habilitar al comprador para reclamar la
   mercancía al transportista en el puerto de destino y
   salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al
   comprador para vender la mercancía en tránsito, por
   medio de la transferencia del documento a un
   comprador posterior (conocimiento de embarque
   negociable ) o por notificación al transportista.




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   Cuando el documento de transporte se emita en varios
   originales, el juego completo de originales debe ser
   entregado al comprador.
   Cuando el vendedor y comprador han acordado en
   comunicarse electrónicamente, el documento referido
   puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de
   intercambio de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar el documento de transporte
   de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   siempre que conozca las condiciones de transporte con
   antelación a la terminación del contrato de
   compraventa. El embalaje ha de ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de embarque y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
   a través de cualquier país.


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   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 CIF
 Cost,Insurance and Freight
 Costo, Seguro y Flete…………………………….……………(Puerto de Descarga)




"Costo, Seguro y Flete" implica que el vendedor entrega la
mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque.
El vendedor debe pagar los costos y fletes necesarios para
traer la mercancía al puerto de destino designado, SIN
EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía así
como otros gastos adicionales por la entrega, transferidos
del vendedor al comprador. Pero en el término CIF el
vendedor también debe proveer de un seguro marítimo por
el riesgo de pérdida o daño de la mercancía del comprador
durante el transporte.
Consecuentemente, el vendedor debe contratar el seguro
de las mercancía. El comprador debe anotar que bajo el
término CIF, se requiere que el vendedor obtenga el seguro
por una mínima cobertura.
Si el comprador desease una cobertura más amplia, debe
acordarse con el vendedor o bien, que el mismo comprador
se haga cargo del seguro extra.
EL TÉRMINO CIF REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LAS MERCANCÍAS EN LA ADUANA DE
EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado en tráfico marítimo, o
transporte fluvial. Si las partes no pretenden entregar las
mercancías a través de la borda, el término CIP debe ser
usado.
  A.
  B. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del co



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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
   acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
   otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
   sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
   trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
   mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de Importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la Importación de la
   mercancía y para su tránsito por cualquier País.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      El vendedor debe contratar sobre los términos
      usuales a su propio gasto, el transporte de la
      mercancía al puerto de destino designado, por la
      ruta usual en un buque de navegación marítima, del
      tipo normalmente usado para el transporte de la
      mercancía descrita en el contrato.
   b) Contrato de seguro.
      El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un
      seguro de carga según lo acordado en el contrato,
      que faculte al comprador o cualquier otra persona
      para que pueda reclamar directamente a la
      aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza


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       de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de
       seguro.
   El seguro debe ser contratado en una compañía
   aseguradora de buena reputación, de lo contrario, estar
   en acuerdo con la cobertura mínima expresada por el
   Institute Cargo Clauses (Institute of London
   Underwriters)    u    otros   lineamientos  para     el
   establecimiento de cláusulas.
   La duración de la cobertura debe ser según lo
   establecido en B5 y B4.
   Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor
   debe proporcionar al comprador de un seguro contra
   guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que
   puedan ser aseguradas.
   La suma asegurada mínima debe cubrir el precio
   establecido en el contrato mas un diez por ciento
   (110%) y se concertará en la moneda del contrato.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del
   buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro
   del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
   del transportista en el puerto de destino convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los
   riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el


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   momento en que sobrepasado la borda del buque en el
   puerto de embarque.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe, soportar todos los riesgos de
   pérdida o daño de la mercancía desde el momento en
   que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto
   de embarque.
   El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo
   indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a
   la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de
   expiración del plazo fijado para el embarque, sin
   embargo, siempre que la mercancía haya sido
   debidamente determinada por el contrato, es decir,
   claramente puesta aparte o identificada de otro modo
   como la mercancía objeto del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
     hayan sido entregados como lo establece A4; y
   - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
     gasto de embarque de las mercancías a bordo y
     cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
     que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
     de transporte; y
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades
     aduaneras necesarias para la exportación, así como
     todos   los    derechos,    impuestos,     y   otros
     cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito
     por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del
     vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
   pagar:


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   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4.
   - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
     cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
     puerto de destino, a menos que dichos gastos y
     cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
     con el contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra
     to de transporte; y
   - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car
     gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
     dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
     vendedor conforme al contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
     de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
     acordada o de expiración del plazo de embarque,
     proporcionado, sin embargo, siempre que la
     mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
     decir, claramente establecidos o de otra forma
     identificados como bienes del contrato; y
   - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance
     les y otros cargos así como gastos de transporte por
     formalidades aduanales pagables sobre la mercancía
     importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito
     a través de cualquier otro país a menos que se haya
     incluido el gasto del contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
   como cualquier otro aviso que precise el comprador
   para adoptar las medidas normalmente necesarias para
   recoger su mercancía.



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B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, cuando esté autorizado para
   determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el
   puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al
   respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y
   sin retraso, al comprador el documento usual de
   transporte para el puerto de destino convenido.
   Este documento debe cubrir la mercancía objeto del
   contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para
   el embarque. habilitar al comprador para reclamar la
   mercancía al transportista en el puerto de destino y
   salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al
   comprador para vender la mercancía en tránsito, por
   medio de la transferencia del documento a un
   comprador posterior (conocimiento de embarque
   negociable ) o por notificación al transportista.
   Cuando el documento de transporte se emita en varios
   originales, el juego completo de originales debe ser
   entregado al comprador.
   Cuando el vendedor y comprador han acordado en
   comunicarse electrónicamente, el documento referido
   puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de
   intercambio de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar el documento de transporte
   de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.



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   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito
   a través de cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro complementario.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.
   El comprador debe proporcionar al vendedor, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.




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 CPT
 Carriage Paid To…
 Transporte pagado hasta…………………(Lugar Determinado)




"Transporte pagado hasta…", significa que el vendedor
entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero
el vendedor debe, adicionalmente, pagar el gasto del
transporte necesario para llevar la mercancía hasta el
punto de destino. Esto significa que el comprador asume
todos los riesgos y gastos adicionales posteriores a la
entrega.
"Carrier" (transportista o porteador) significa cualquier
persona que, de acuerdo al contrato de transporte, realiza o
procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo,
marítimo fluvial, o una combinación de varios.
Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al
destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son
entregados al primer transportista.
EL TÉRMINO CPT REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a
utilizar, incluyendo el multimodal.




es del Vendedor B. Obligaciones del comprador




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
   acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
   otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
   sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
   trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
   mercancía.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de Importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros para la Importación de las
   mercancías y para su tránsito por cualquier País.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      El vendedor debe contratar en las condiciones
      usuales a su propio gasto, el transporte de la
      mercancía al punto acordado en el destino
      designado, por una ruta usual y en la forma
      acostumbrada.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.

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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
   contratado de comformidad con A3 o si hay porteadores
   sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta
   el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o
   dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
   del transportista en el lugar convenido.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
   hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
   de la mercancía hasta el momento en que haya sido
   entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
   de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
   en que haya sido entregada según A4.
   El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
   correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
   fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
   establecido para el embarque, sin embargo, si la
   mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
   decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
   identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
     hayan sido entregados como lo establece A4; y
   -    El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo
       el gasto de embarque de las mercancías a bordo y
       cualquier gasto de descarga en el puerto de destino


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       que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
       de transporte; y
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
     ras necesarias para la exportación, así como todos
     los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
     exportación, y para su tránsito por cualquier país, si
     fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el
     contrato de transporte.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
   pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4.
   - Todos los gastos y cargos relacionados con la
     mercancía mientras se está en tránsito hasta su
     llegada al puerto de destino, a menos que dichos
     gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de
     acuerdo con el contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el
     contrato de transporte; y
   - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo
     cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
     dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
     vendedor conforme al contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
     de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
     acordada o de expiración del plazo de embarque,
     proporcionado, sin embargo, siempre que la
     mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
     decir, claramente establecidos o de otra forma
     identificados como bienes del contrato; y
   -   Cuando fuese aplicable, todos los impuestos,
       aranceles y otros cargos así como gastos de

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      transporte por formalidades aduanales pagables
      sobre la mercancía importados y, cuando fuese
      necesario, por el tránsito a través de cualquier otro
      país a menos que se haya incluido el gasto del
      contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
   como cualquier otro aviso que precise el comprador
   para adoptar las medidas normalmente necesarias para
   recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, cuando esté autorizado para
   determinar el momento de eexpedir la mercancía y/o el
   destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar
   al comprador, si es costumbre, el documento de
   transporte usual para el transporte contratado de
   conformidad con A3.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar el documento de transporte
   de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,


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   ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 CIP
 Carriage and Insurance Paid to…
 Transporte y Seguro pagado hasta………………(Lugar de Destino)



"Transporte y seguro pagados hasta...” significa que el
vendedor entrega la mercancía al transportista nominado
por él, pero adicionalmente debe pagar los gastos de
transporte necesarios para poner la mercancía en el lugar
de destino acordado. Esto significa que el comprador se
hará cargo de los riesgos y gastos adicionales posteriores a
la entrega de la mercancía. Sin embargo, en el término
CIP el vendedor debe, adicionalmente, procurar el seguro
contra los riesgos que puede correr el comprador de
pérdida o daño de los bienes durante el transporte.
Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga
la prima. El comprador debe tomar nota que bajo el término
CIP se le requiere al vendedor obtener el seguro de cuota
mínima. Si el comprador requiere un seguro cuya cobertura
sea más amplia, debe acordarlo expresamente con el
vendedor o realizar acuerdos sobre seguro adicionales.
"Carrier" (transporte) significa cualquier persona que, de
acuerdo al contrato de transportación, realiza o procura el
transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo
fluvial, o una combinación de varios. Si se utilizan
diferentes transportistas para el traslado al destino final, el
riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al
primer transportista.
EL TÉRMINO CIP REQUIERE QUE EL VENDEDOR
LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.
Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a
utilizar, incluyendo el multimodal.
   O



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A.   A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
        El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
        comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
        acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
        otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
        sido requerido en el contrato.
     B1. PAGO DEL PRECIO.
        El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
        contrato de Compraventa.
     A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
        El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
        cualquier licencia de exportación u otra autorización
        oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los
        trámites aduaneros necesarios para la exportación de la
        mercancía.
     B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
        El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
        gasto, cualquier licencia de Importación u otra
        autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
        todos los trámites aduaneros para la Importación de la
        mercancía y para su tránsito por cualquier País.
     A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
        a) Contrato de transporte
           El vendedor debe contratar en las condiciones
           usuales a su propio gasto, el transporte de la
           mercancía al punto acordado en el destino
           designado, por una ruta usual y en la forma
           acostumbrada.
        b) Contrato de seguro.
           El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un
           seguro de carga según lo acordado en el contrato,
           que faculte al comprador o cualquier otra persona
           para que pueda reclamar directamente a la
           aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza



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       de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de
       seguro.
       El seguro debe ser contratado en una compañía
       aseguradora de buena reputación y a falta de
       acuerdo en contrario será conforme a los cobertura
       mínima expresada por el Institute Cargo Clauses
       (Institute of London Underwriters) u otros
       lineamientos para el establecimiento de cláusulas.
       La duración de la cobertura debe ser según lo
       establecido en B5 y B4.
       Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor
       debe proporcionar al comprador de un seguro contra
       guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles
       que puedan ser aseguradas.
       La suma asegurada mínima debe cubrir el precio
       establecido en el contrato mas un diez por ciento
       (110%) y se concertará en la moneda del contrato.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
   contratado de conformidad con A3 o si hay porteadores
   sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta
   el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o
   dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla
   del transportista en el lugar convenido.



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A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
   hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
   de la mercancía hasta el momento en que haya sido
   entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
   de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
   en que haya sido entregada según A4.
   El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
   correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
   fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
   establecido para el embarque, sin embargo, si la
   mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
   decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
   identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que
     hayan sido entregados como lo establece el punto
     A4; y
   - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el
     gasto de embarque de las mercancías a bordo y
     cualquier gasto de descarga en el puerto de destino
     que fueran por cuenta del vendedor según el contrato
     de transporte; y
   - Los gastos del seguro resultantes de A3.
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
     ras necesarias para la exportación, así como todos los
     derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la
     exportación, y para su tránsito por cualquier país, si
     fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el
     contrato de transporte.


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B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3,
   pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4.
   - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan
     cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al
     puerto de destino, a menos que dichos gastos y
     cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo
     con el contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra
     to de transporte; y
   - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car
     gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que
     dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el
     vendedor conforme al contrato de transporte; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica
     de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha
     acordada o de expiración del plazo de embarque,
     proporcionado, sin embargo, siempre que la
     mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es
     decir, claramente establecidos o de otra forma
     identificados como bienes del contrato; y
   - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance
     les y otros cargos así como gastos de transporte por
     formalidades aduanales pagables sobre la mercancía
     importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito
     a través de cualquier otro país a menos que se haya
     incluido el gasto del contrato de transporte.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que
   la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así
   como cualquier otro aviso que precise el comprador


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   para adoptar las medidas normalmente necesarias para
   recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, cuando esté autorizado para
   determinar el momento de expedir la mercancía y/o el
   destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar
   al comprador, si es costumbre, el documento de
   transporte usual para el transporte contratado de
   conformidad con A3.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar el documento de transporte
   de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para el transporte de la mercancía,
   ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado
   adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.




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A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro complementario.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.
   El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición
   de éste, la información necesaria para obtener cualquier
   seguro complementario.




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 DAF
 Delivered at Frontier
 Entregado en frontera………………(Lugar convenido)




"Entrega en Frontera”, significa que el vendedor entrega
cuando la mercancía son puestos a disposición del
comprador al momento del arribo de los medios de
transporte   SIN     DESCARGA,        liberados   para    la
EXPORTACION pero no liberados para la importación, en
un lugar establecido en la frontera, pero antes de cruzar la
frontera aduanal del país vecino.
El término "frontera" puede ser usado para cualquier
frontera, incluyendo aquella del país de exportación. Por lo
tanto, es de vital importancia que la frontera en cuestión
sea definida de forma precisa, nombrando el punto y lugar
en el término.
Sin embargo, si las partes desean que el vendedor sea
responsable de la descarga de la mercancía del medio de
transporte y estar a cargo de todos los riesgos y gastos de
dicha descarga, esto debe aclararse agregando una
cláusula escrita en el contrato de venta respectivo.
Este término puede ser utilizado sin importar el medio de
transporte a utilizar cuando la mercancía serán entregados
en una frontera terrestre. Cuando la entrega se lleve a cabo
en el puerto de destino, sobrepasando la borda de un
buque o en el muelle, los términos DES o DEQ deben ser
utilizados.



Vendedor B. Obligaciones del comprador


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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial o su equivalente en mensaje electrónico, de
   acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
   otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
   sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial, así como cualquier otro documento necesario
   para poner la mercancía a disposición del comprador.
   El vendedor debe llevar a cabo, cuando sea pertinente,
   todos los trámites     aduaneros necesarios para la
   exportación de la mercancía hasta el lugar de entrega
   convenido en la frontera y para su tránsito a través de
   cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de Importación u otra
   autorización oficial, así como cualquier documento, y
   llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites
   aduaneros necesarios para la Importación de la
   mercancía y para su transporte posterior.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      El vendedor debe contratar sobre términos usuales y
      bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al
      punto de destino designado, o en su caso, al lugar
      de entrega en la frontera. Si un lugar de entrega en
      frontera no fue acordado o no es determinado por la
      práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto



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       específico en el destino que mejor se acomode a su
       conveniencia.
       Sin embargo, si es requerido por el comprador, el
       vendedor puede acordar el contratar bajo los
       términos usuales, y bajo el riesgo y gasto del
       comprador, un transporte continuo de la mercancía
       una vez pasado el punto de entrega en frontera
       hasta el destino final en el país de importación
       establecido por el comprador. El vendedor puede
       declinar la realización del contrato, y en caso de
       hacerlo, notificar al comprador adecuadamente.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.
B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe poner la mercancía a disposición del
   comprador en los mediosde transportes utilizados y no
   descargados, en el lugar de entrega convenido en la
   frontera , en la fecha o dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
   hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
   de la mercancía hasta el momento en que haya sido
   entregada de conformidad con A4.




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B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
   de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
   en que haya sido entregada según A4.
   El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
   correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
   fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
   establecido para el embarque, sin embargo, si la
   mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
   decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
   identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Además de los gastos resultantes de A3, todos los
     gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
     sido entregados como lo establece A4; y
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane
     ras necesarias para la exportación, así como todos los
     derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la
     exportación, y para su tránsito por cualquier país,
     antes de la entrega de acuerdo con A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios
     para recibir la entrega de la mercancía, a la llegada de
     los medios de transporte utilizados, en el lugar de
     entrega convenido en la frontera; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir
     la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada
     de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7,
     siempre que, no obstante, la mercancía haya sido


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     debidamente determinada según al contrato, es decir,
     claramente puesta aparte o identificada de otro modo
     como la mercancía objeto del contrato; y
   - Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades
     aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y
     otros cargos exigibles a la importación de la
     mercancía y por su transporte posterior.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del
   envio de la mercancía al lugar convenido en la frontera.
   así como cualquier otro aviso que precise el comprador
   para adoptar las medidas normalmente necesarias para
   recoger su mercancía.
B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, cuando esté autorizado para
   determinar el momento,dentro del plazo acordado, y/o el
   punto de recepción de la entrega en el lugar convenido,
   dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   - El vendedor debe, a sus propias expensas, propor
     cionar al comprador, si es costumbre, el documento
     de transporte usual u otra prueba de la entrega de la
     mercancía en el lugar convenido en la frontera de
     conformidad con A3.
   - El vendedor debe, en caso de que las partes acuerden
     un transporte sucesivo más allá de la frontera de
     acuerdo con A3, proporcionar al comprador a petición,
     riesgo y gasto de éste, el documento de transporte de
     puerta a puerta normalmente obtenido en el país del
     despacho, cubriendo en los términos usuales el
     transporte de la mercancía, desde el punto del
     despacho hasta el punto de destino final en el país de
     importación designado por el comprador.




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     Si el vendedor y el comprador han acordado en
     comunicarse     electrónicamente,     el documento
     mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
     intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar el documento de transporte
   u otra prueba de entrega de acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para la entrega de la mercancía en
   la frontera y para el transporte posterior, en la medida
   en que las circunstancias lo permitan. El embalaje ha de
   ser marcado adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los
   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía, y para su tránsito por cualquier país.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.




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B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.
   Si fuera necesario y de acuerdo con A3, el comprador
   debe proporcionar al vendedor, bajo solicitud de éste, y
   bajo riesgo y gasto del comprador, la autorización del
   control de cambios, permisos y otros documentos o
   copias certificadas, o la dirección del destino final de la
   mercancía en el país de importación con el propósito de
   obtener los documentos de transporte de puerta a
   puerta o cualquier otro documento contemplado en A8.




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 DES
 Delivered Ex - Ship
 Entregado en el Buque……………(Puerto de Destino)




"Entregado sobre el Buque”, significa que el vendedor
entrega cuando la mercancía es colocada a disposición del
comprador a bordo del buque, pero no está liberada para la
importación en el puerto de destino.
El vendedor debe hacerse cargo de los riesgos y gastos
relacionados con el transporte de la mercancía hasta el
puerto de destino y antes de la descarga. Si las partes
desean que el vendedor se haga cargo de los riesgos y
gastos de la descarga, debe utilizarse el término DEQ.
Este término puede ser utilizado solamente cuando la
mercancía serán entregados vía marítima, fluvial o
multimodal, en un buque en el puerto de destino.
A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador




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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
   acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
   otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
   sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando
   sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios
   para la exportación de la mercancía y para su tránsito
   por cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de Importación u otra
   autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
   todos los trámites aduaneros necesarios para la
   Importación de la mercancía.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      El vendedor debe contratar bajo su propio gasto, el
      transporte de la mercancía al punto de destino
      designado, o en su caso, puerto de destino
      especificado. Si un punto no fue acordado o no es
      determinado por la práctica, el vendedor podrá
      seleccionar un punto específico en el destino que
      mejor se acomode a su conveniencia.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.




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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe poner las mercancías a disposición
   del comprador a bordo del buque, en el punto de
   descarga especificado en A3, en el puerto de destino
   convenido, de manera que puedan ser levantadas del
   buque por medios de descarga apropiados a la
   naturaleza de la mercancía.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
   hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
   de la mercancía hasta el momento en que haya sido
   entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
   de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
   en que haya sido entregada según A4.
   El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
   correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
   fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
   establecido para el embarque, sin embargo, si la
   mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
   decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
   identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:


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   - Además de los gastos resultantes de A3, todos los
     gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
     sido entregados como lo establece A4; y
   - De ser aplicable, los gastos de formalidades
    aduaneras necesarias para la exportación, así como
    todos los derechos, impuestos, y otros cargos
    exigibles a la exportación, y para su tránsito por
    cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con
    A4.
B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El comprador debe pagar:
   - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde
     el momento que han sido entregados de conformidad
     con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios
     para recibir la entrega de la mercancía, desde el
     buque; y
   - Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir
     la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada
     de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7,
     siempre que, no obstante, la mercancía haya sido
     debidamente determinada según al contrato, es decir,
     claramente puesta aparte o identificada de otro modo
     como la mercancía objeto del contrato; y
   - Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades
     aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y
     otros cargos exigibles a la importación de la
     mercancía.
A7. AVISO AL COMPRADOR.
   El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del
   momento estimado de llegada del buque designado
   conforme a A4. así como cualquier otro aviso que
   precise el comprador para adoptar las medidas
   normalmente necesarias para recoger su mercancía.



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B7. AVISO AL VENDEDOR.
   El comprador debe, cuando esté autorizado para
   determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o
   el punto de recepción de la entrega en el puerto de
   destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al
   respecto.
A8. PRUEBA DE LA ENTREGA.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, por
   cuenta del primero, la orden de entrega y/o el
   documento de transporte usual que autorice al
   comprador a reclamar la mercancía al transportista en el
   puerto de destino.
   Si el vendedor y el comprador han acordado en
   comunicarse      electrónicamente,      el documento
   mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de
   intercambio electrónico de datos (EDI).
B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.
   El comprador debe aceptar la orden de entrega o el
   documento de transporte de acuerdo con A8.
A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO.
   El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones
   de verificación (calidad, medidas, peso, conteo)
   necesarias al objeto de entregar la mercancía de
   conformidad con A4.
   El vendedor debe proporcionar a su propio costo el
   embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El
   embalaje ha de ser marcado adecuadamente.
B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe cubrir los gastos de cualquier
   inspección previa al embarque, excepto cuando tal
   inspección sea solicitada por las autoridades del país de
   exportación.
A10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud,
   riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los

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   documentos o mensaje electrónico equivalente emitido
   o transmitido en el país de expedición y/o de origen que
   el comprador pueda requerir para la importación de la
   mercancía.
   El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud
   de éste, la información necesaria para obtener un
   seguro.
B10. OTRAS OBLIGACIONES.
   El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos
   para obtener los documentos o mensajes electrónicos
   equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
   aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su
   ayuda al respecto.




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 DEQ
 Delivered Ex - Quay
 Entregado sobre el Muelle……………(Puerto de Destino)



"Entregado sobre el Muelle”, significa que el vendedor
entrega la mercancía cuando es puesta a disposición del
comprador sin ser liberada para la importación en el muelle
del puerto de destino.
El vendedor debe hacerse cargo de los costos y riesgos en
que se incurre al llevar la mercancía al puerto de destino y
descargarlos en el muelle. El término DEQ requiere que el
comprador libere la mercancía para la importación y pague
las formalidades, aranceles e impuestos, así como otros
cargos para efectos de la importación.
ESTO ES DIFERENTE A LOS INCOTERMS 1990, EN
QUE SE REQUERIA QUE EL VENDEDOR SE HICIERA
CARGO DE LA LIBERACION A LA IMPORTACION.
Si las partes desean incluir en las obligaciones del
vendedor, una parte o el total de los gastos pagables a la
importación de la mercancía, esto debe aclararse
explícitamente en el contrato de compraventa.
Este término puede ser utilizado solamente cuando la
mercancía vayan a ser entregados vía marítima o fluvial o
por transporte multimodal al momento de descargar el
buque en el muelle del puerto de destino. Sin embargo, si
las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor,
los riesgos y gastos del manejo de la mercancía del muelle
hacia otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte,
etc.), en o fuera del puerto, deben utilizarse los términos
DDP o DDU.
   A. Obligacion



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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
   comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de
   acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier
   otra evidencia de conformidad con lo que podría haber
   sido requerido en el contrato.
B1. PAGO DEL PRECIO.
   El comprador debe pagar el precio de acuerdo al
   contrato de Compraventa.
A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto,
   cualquier licencia de exportación u otra autorización
   oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando
   sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la
   exportación de la mercancía y para su tránsito por
   cualquier País.
B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES.
   El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y
   gasto, cualquier licencia de Importación u otra
   autorización oficial, así como cualquier documento y
   realizar cuando sea pertinente, todos los trámites
   aduaneros para la Importación de la mercancía.
A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte
      El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el
      transporte de la mercancía hasta el muelle en el
      puerto de destino designado. Si un muelle específico
      no fue acordado o no es determinado por la práctica,
      el vendedor podrá seleccionar el muelle específico
      en el destino que mejor se acomode a su
      conveniencia.
   b) Contrato de seguro
      Ninguna obligación.




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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
   a) Contrato de transporte.
      Ninguna obligación.
   b) Contrato de seguro.
      Ninguna obligación.
A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA.
   El vendedor debe poner la mercancía a disposición del
   comprador en el muelle referido en A3, en la fecha o
   dentro del plazo acordado.
B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA.
   El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta
   haya sido entregada de conformidad con A4.
A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5,
   hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño
   de la mercancía hasta el momento en que haya sido
   entregada de conformidad con A4.
B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO.
   El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos
   de pérdida y daño de la mercancía desde el momento
   en que haya sido entregada según A4.
   El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7,
   correr con todos los riesgos de la mercancía desde la
   fecha acordada o la fecha de expiración del plazo
   establecido para el embarque, sin embargo, si la
   mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es
   decir, claramente colocados a un lado o de otra forma
   identificados como mercancías del contrato.
A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
   El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6,
   pagar:
   - Además de los gastos resultantes de A3, todos los
     gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan
     sido entregados como lo establece A4; y

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Incoterms 2000 Figueredo[1]

  • 1. TÉRMINOS INTERNACIONALES Material Didáctico: Para uso exclusivo en la instrucción del curso de “Gerencia de Logística y Distribución Internacional” del Instituto de Negocios Internacionales de la Universidad ESAN (PERÚ), con auspicio de de la Universidad de MIAMI (USA), dirigido por Prof. Carlos Figueredo R. - 2007 -
  • 2. UNIVERSIDAD - ESAN REGLAS PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS INTERNACIONALES REVISIÓN 2000 PUBLICACIÓN 560 DE LA CCI OBSERVACIONES: LA ADECUACIÓN DE LA TRADUCCIÓN OFICIAL DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN ESTUVO BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESOR MAG. CARLOS FIGUEREDO ROBLES. ASIMISMO, LA ASIGNACIÓN DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS PARA EL MERCADO PERUANO, ES DE EXCLUSIVA ELECCIÓN DEL PROFESOR. EL PRESENTE TRABAJO NO ES OFICIAL CON RESPECTO A LA CCI Y SE REALIZA SÓLO CON FINES ACADÉMICOS. cfigueredo@esan.edu.pe 1
  • 3. UNIVERSIDAD - ESAN A MERCANCÍA EXW Ex-Works En Fábrica…... (lugar convenido) "En Almacén" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el local del vendedor o en otro lugar convenido, sin desaduanarla para su exportación, ni cargado en un vehículo receptor. Este término representa las obligaciones mínimas para el vendedor y el comprador debe cubrir todos los gastos y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía, en el local del vendedor. Sin embargo si las partes desean que el vendedor sea el responsable por la carga de la mercancía al momento de la salida y hacerse cargo de los riesgos y costos de dicha carga, ésto debe aclararse en el contrato de Compraventa. Este término no debe ser usado cuando el comprador no puede llevar a cabo las formalidades de la exportación de forma directa o indirecta. En estas circunstancias el término FCA podrá ser usado. cfigueredo@esan.edu.pe 2
  • 4. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización oficial necesarias para exportar la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, las licencias de exportación e importación o cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe colocar a disposición del comprador en el lugar convenido, sin cargar en el vehículo receptor, en la fecha o plazo convenido, o en caso de cfigueredo@esan.edu.pe 3
  • 5. UNIVERSIDAD - ESAN que la fecha no haya sido convenida, en los tiempos usuales de entrega. En caso de no haber acordado lugar específico de entrega, el vendedor debe seleccionar un punto específico de entrega, que más se adecue a sus necesidades. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/ B7. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía: - Desde el momento en que son entregados de acuerdo a A4; y - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira ción de cualquier plazo acordado para que la entrega se llevara a cabo, debido a que falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a lo previsto en B6, pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y cfigueredo@esan.edu.pe 4
  • 6. UNIVERSIDAD - ESAN - Cualquier gasto adicional en que se incurra, ya sea por fallar en recoger la mercancía cuando han sido puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado de conformidad con B7. siempre que, la mercancía hayan sido debidamente asignada por el contrato. - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras, pagaderos al momento de la exportación. El comprador debe reembolsar todos los gastos y cargos en que incurra el vendedor cuando se proporcione asistencia, de acuerdo a A2. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente acerca de cuándo y dónde la mercancía será puesta a su disposición. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al vendedor. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. Ninguna obligación. B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe proporcionar al vendedor prueba adecuada de haber recibido la entrega de la mercancía. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias para poner la mercancía a disposición del comprador. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con cfigueredo@esan.edu.pe 5
  • 7. UNIVERSIDAD - ESAN antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la exportación y/o la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 6
  • 8. UNIVERSIDAD - ESAN FCA Free Carrier Entregado al transportista……... (lugar convenido) “Libre Transportista" significa que el vendedor entrega la mercancía, liberada para su exportación, al transporte (porteador) nominado por el comprador en el lugar convenido. Debe hacerse notar que el lugar convenido para la entrega tiene un impacto directo sobre la obligaciones de carga y descarga de la mercancía en dicho lugar. Si la entrega se desarrolla en el local del vendedor, éste es el responsable de la carga. Si la entrega se lleva a cabo en otro lugar, el vendedor no es responsable por la carga. Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte utilizado, incluyendo transporte multimodal. "Transportista" puede ser utilizado como transporte o porteador y significa cualquier persona que en el contrato de transporte lleve a cabo el transporte por vía ferroviaria, terrestre, aérea, marítima, fluvial o una combinación de éstas. Si el vendedor nomina a una persona diferente a un transportista para recibir la mercancía, el vendedor deberá cumplir su obligación de entregar la mercancía al momento de entregárselas a esa persona específica. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 7
  • 9. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización oficial necesaria para exportar la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. Sin embargo, si se requiere por parte del comprador o si es la práctica comercial y el comprador no da la instrucción para lo contrario, el vendedor puede contratar el transporte en las condiciones usuales, bajo riesgo y costo del comprador. En cualquiera de los casos el vendedor podrá optar por no contratar el transporte, y en caso de hacerlo, notificará al comprador. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 8
  • 10. UNIVERSIDAD - ESAN B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El comprador debe contratar, a su gasto el transporte de la mercancía desde el lugar convenido, excepto cuando el contrato de transporte sea realizado por el vendedor como se especifica en A3. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transporte o a otra persona denominada por el comprador, o escogida por el vendedor, de conformidad con A3 en el lugar acordado, en la fecha o plazo de tiempo acordado. La entrega estará completa: a) Si el lugar de entrega es el local del vendedor, cuando la mercancía han sido cargada en el medio de transporte proveído por el transportista nominado por el comprador u otra persona actuando en su representación. b) Si el lugar convenido es otro diferente a lo establecido en el inciso anterior, cuando la mercancía se pongan a disposición del transportista u otra persona nominada por el comprador, o escogida por el vendedor, de acuerdo a A3 en el medio de transporte del vendedor sin descargar. Si no se acordó un punto específico dentro del lugar, y existen varias posibilidades, el vendedor podrá escoger el punto en el lugar de entrega que mejor se adapte a sus necesidades. En caso de que se falle en seguir instrucciones precisas del comprador, el debe entregar la mercancía al transportista de acuerdo a las necesidades de éste o de la naturaleza de la mercancía en sí. cfigueredo@esan.edu.pe 9
  • 11. UNIVERSIDAD - ESAN B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 . A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía: - Desde el momento en que son entregadas de acuerdo a A4; y - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira ción de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6, pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4; y - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras, así como los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación. cfigueredo@esan.edu.pe 10
  • 12. UNIVERSIDAD - ESAN B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y - Cualquier gasto adicional que se incurra, ya sea por fallar en recoger la mercancía cuando han sido puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado de conformidad con B7. siempre que, la mercancía hayan sido debidamente asignados por el contrato. - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía fueron entregadas de acuerdo a A4. En caso el transporte falle en la entrega de acuerdo con A4 en el momento acordado, el vendedor debe notificar al comprador de forma adecuada. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar aviso suficiente al vendedor sobre el nombre de la parte designada según A4 y cuando sea necesario, especificar el modo de transporte, así como la fecha o plazo dentro del que debe entregarsele la mercancía y llegado el caso, el punto dentro del lugar en que la mercancía debería ser entregada a aquella parte. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a su propio costo, proporcionar al comprador, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4. Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor cfigueredo@esan.edu.pe 11
  • 13. UNIVERSIDAD - ESAN debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias para poner la mercancía a disposición del comprador. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. cfigueredo@esan.edu.pe 12
  • 14. UNIVERSIDAD - ESAN El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto y al contratar el transporte de conformidad A3. El comprador debe proporcionar al vendedor las instrucciones necesarias cuando le solicite ayuda para la contratación del transportista, de acuerdo a A3. cfigueredo@esan.edu.pe 13
  • 15. UNIVERSIDAD - ESAN FAS Free Alongside Ship Entregado al costado del Buque…... (Puerto de Embarque) "Libre al costado del buque" significa que el vendedor entrega cuando la mercancía es colocada junto al buque en el puerto de embarque acordado. Esto significa que el comprador debe hacerse cargo de todos los costos y riesgos de pérdida o daño que sufran la mercancía desde ese momento. El término FAS requiere que el vendedor libere la mercancía para su exportación. “ESTO ES DIFERENTE A LA VERSIÓN ANTERIOR DE INCOTERMS, EN QUE SE REQUERÍA QUE EL COMPRADOR REALIZARA LA LIBERACIÓN PARA EFECTOS DE LA EXPORTACIÓN”. Sin embargo, si las partes desean que el comprador libere la mercancía para su exportación, esto debe aclararse mediante una cláusula explícita en el contrato de Compraventa. Este término puede ser utilizado únicamente para el transporte marítima o fluvial. A. Ig B. C. D. E. F. G. H. cfigueredo@esan.edu.pe 14
  • 16. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. El comprador debe contratar a su costo el transporte de la mercancía desde el puerto de embarque convenido. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 15
  • 17. UNIVERSIDAD - ESAN A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe colocar la mercancía al costado del buque especificado por el comprador, en el lugar de carga especificado por el mismo, en el puerto de embarque, en la fecha o durante el plazo establecido, así como en la forma acostumbrada por el puerto. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía: - Desde el momento en que son entregadas de acuerdo a A4; y - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe de acuerdo a las provisiones del punto B6, pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4; y cfigueredo@esan.edu.pe 16
  • 18. UNIVERSIDAD - ESAN - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras, así como los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y - Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por que el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada al costado del buque designado. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4. cfigueredo@esan.edu.pe 17
  • 19. UNIVERSIDAD - ESAN Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costos de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. cfigueredo@esan.edu.pe 18
  • 20. UNIVERSIDAD - ESAN El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 19
  • 21. UNIVERSIDAD - ESAN FOB Free on Board Libre a Bordo…... (Puerto de Carga ) "Libre a Bordo" significa que el vendedor entrega la mercancía una vez que ésta a pasado la borda del buque en el puerto establecido. Esto significa que el comprador tendrá que cubrir los gastos y riesgos de pérdida o daño desde ese punto. Este término necesita que el vendedor libere las mercancías para su exportación. Podrá ser utilizado únicamente para transporte marítimo o fluvial. Si las partes no pretenden entregar la mercancía una vez pasada la borda del buque, debe utilizarse el término FCA. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 20
  • 22. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y si es necesario para su tránsito por cualquier país. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El comprador debe contratar a su costo, el transporte de las mercancías desde el puerto de embarque convenido. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 21
  • 23. UNIVERSIDAD - ESAN A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque especificado por el comprador, en la fecha o durante el plazo establecido, así como en la forma acostumbrada por el puerto. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía: - Desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y - Desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6, pagar: - Soportar todos los gastos relacionados a la mercancía hasta el momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. cfigueredo@esan.edu.pe 22
  • 24. UNIVERSIDAD - ESAN - Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados a la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y - Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por que el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. - Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4. cfigueredo@esan.edu.pe 23
  • 25. UNIVERSIDAD - ESAN Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la cfigueredo@esan.edu.pe 24
  • 26. UNIVERSIDAD - ESAN mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 25
  • 27. UNIVERSIDAD - ESAN CFR Cost and Freight Costo y Flete…………………(Puerto de Descarga) "Costo y Flete" implica que el vendedor entrega la mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe hacerse cargo de los costos del flete, hasta que la mercancía hayan llegado al puerto de destino designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía, así como gastos adicionales debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, son transferidos del vendedor al comprador. El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de la mercancía para la exportación. Este término puede ser usado solamente para tráfico marítimo y transporte fluvial. Si las partes no desean que la entrega se efectué cuando se sobrepasa la borda del buque, el término CPT debe ser usado. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 26
  • 28. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. El vendedor debe contratar en las condiciones usuales y a su propio costo, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual del buque, del tipo normalmente usado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 27
  • 29. UNIVERSIDAD - ESAN b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo fijado para el embarque, sin embargo, siempre que la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y cfigueredo@esan.edu.pe 28
  • 30. UNIVERSIDAD - ESAN - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y por el tránsito a través de cualquier otro país si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4. - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contrato de transporte; y - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es cfigueredo@esan.edu.pe 29
  • 31. UNIVERSIDAD - ESAN decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, aranceles y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y sin retraso, al comprador el documento usual de transporte para el puerto de destino convenido. Este documento debe cubrir la mercancía objeto del contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para el embarque. habilitar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al comprador para vender la mercancía en tránsito, por medio de la transferencia del documento a un comprador posterior (conocimiento de embarque negociable ) o por notificación al transportista. cfigueredo@esan.edu.pe 30
  • 32. UNIVERSIDAD - ESAN Cuando el documento de transporte se emita en varios originales, el juego completo de originales debe ser entregado al comprador. Cuando el vendedor y comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento referido puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de intercambio de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de embarque y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. cfigueredo@esan.edu.pe 31
  • 33. UNIVERSIDAD - ESAN El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 32
  • 34. UNIVERSIDAD - ESAN CIF Cost,Insurance and Freight Costo, Seguro y Flete…………………………….……………(Puerto de Descarga) "Costo, Seguro y Flete" implica que el vendedor entrega la mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costos y fletes necesarios para traer la mercancía al puerto de destino designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía así como otros gastos adicionales por la entrega, transferidos del vendedor al comprador. Pero en el término CIF el vendedor también debe proveer de un seguro marítimo por el riesgo de pérdida o daño de la mercancía del comprador durante el transporte. Consecuentemente, el vendedor debe contratar el seguro de las mercancía. El comprador debe anotar que bajo el término CIF, se requiere que el vendedor obtenga el seguro por una mínima cobertura. Si el comprador desease una cobertura más amplia, debe acordarse con el vendedor o bien, que el mismo comprador se haga cargo del seguro extra. EL TÉRMINO CIF REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LAS MERCANCÍAS EN LA ADUANA DE EXPORTACIÓN. Este término puede ser utilizado en tráfico marítimo, o transporte fluvial. Si las partes no pretenden entregar las mercancías a través de la borda, el término CIP debe ser usado. A. B. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del co cfigueredo@esan.edu.pe 33
  • 35. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. El vendedor debe contratar sobre los términos usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al puerto de destino designado, por la ruta usual en un buque de navegación marítima, del tipo normalmente usado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato. b) Contrato de seguro. El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un seguro de carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador o cualquier otra persona para que pueda reclamar directamente a la aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza cfigueredo@esan.edu.pe 34
  • 36. UNIVERSIDAD - ESAN de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de seguro. El seguro debe ser contratado en una compañía aseguradora de buena reputación, de lo contrario, estar en acuerdo con la cobertura mínima expresada por el Institute Cargo Clauses (Institute of London Underwriters) u otros lineamientos para el establecimiento de cláusulas. La duración de la cobertura debe ser según lo establecido en B5 y B4. Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor debe proporcionar al comprador de un seguro contra guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que puedan ser aseguradas. La suma asegurada mínima debe cubrir el precio establecido en el contrato mas un diez por ciento (110%) y se concertará en la moneda del contrato. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el cfigueredo@esan.edu.pe 35
  • 37. UNIVERSIDAD - ESAN momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque. El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo fijado para el embarque, sin embargo, siempre que la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar: cfigueredo@esan.edu.pe 36
  • 38. UNIVERSIDAD - ESAN - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4. - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra to de transporte; y - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance les y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. cfigueredo@esan.edu.pe 37
  • 39. UNIVERSIDAD - ESAN B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y sin retraso, al comprador el documento usual de transporte para el puerto de destino convenido. Este documento debe cubrir la mercancía objeto del contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para el embarque. habilitar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al comprador para vender la mercancía en tránsito, por medio de la transferencia del documento a un comprador posterior (conocimiento de embarque negociable ) o por notificación al transportista. Cuando el documento de transporte se emita en varios originales, el juego completo de originales debe ser entregado al comprador. Cuando el vendedor y comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento referido puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de intercambio de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. cfigueredo@esan.edu.pe 38
  • 40. UNIVERSIDAD - ESAN El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro complementario. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. El comprador debe proporcionar al vendedor, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. cfigueredo@esan.edu.pe 39
  • 41. UNIVERSIDAD - ESAN CPT Carriage Paid To… Transporte pagado hasta…………………(Lugar Determinado) "Transporte pagado hasta…", significa que el vendedor entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero el vendedor debe, adicionalmente, pagar el gasto del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el punto de destino. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y gastos adicionales posteriores a la entrega. "Carrier" (transportista o porteador) significa cualquier persona que, de acuerdo al contrato de transporte, realiza o procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo fluvial, o una combinación de varios. Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al primer transportista. EL TÉRMINO CPT REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN. Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a utilizar, incluyendo el multimodal. es del Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 40
  • 42. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier País. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto acordado en el destino designado, por una ruta usual y en la forma acostumbrada. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 41
  • 43. UNIVERSIDAD - ESAN A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de comformidad con A3 o si hay porteadores sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino cfigueredo@esan.edu.pe 42
  • 44. UNIVERSIDAD - ESAN que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4. - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercancía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contrato de transporte; y - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, aranceles y otros cargos así como gastos de cfigueredo@esan.edu.pe 43
  • 45. UNIVERSIDAD - ESAN transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de eexpedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual para el transporte contratado de conformidad con A3. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, cfigueredo@esan.edu.pe 44
  • 46. UNIVERSIDAD - ESAN ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 45
  • 47. UNIVERSIDAD - ESAN CIP Carriage and Insurance Paid to… Transporte y Seguro pagado hasta………………(Lugar de Destino) "Transporte y seguro pagados hasta...” significa que el vendedor entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero adicionalmente debe pagar los gastos de transporte necesarios para poner la mercancía en el lugar de destino acordado. Esto significa que el comprador se hará cargo de los riesgos y gastos adicionales posteriores a la entrega de la mercancía. Sin embargo, en el término CIP el vendedor debe, adicionalmente, procurar el seguro contra los riesgos que puede correr el comprador de pérdida o daño de los bienes durante el transporte. Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima. El comprador debe tomar nota que bajo el término CIP se le requiere al vendedor obtener el seguro de cuota mínima. Si el comprador requiere un seguro cuya cobertura sea más amplia, debe acordarlo expresamente con el vendedor o realizar acuerdos sobre seguro adicionales. "Carrier" (transporte) significa cualquier persona que, de acuerdo al contrato de transportación, realiza o procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo fluvial, o una combinación de varios. Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al primer transportista. EL TÉRMINO CIP REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN. Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a utilizar, incluyendo el multimodal. O cfigueredo@esan.edu.pe 46
  • 48. UNIVERSIDAD - ESAN A. A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto acordado en el destino designado, por una ruta usual y en la forma acostumbrada. b) Contrato de seguro. El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un seguro de carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador o cualquier otra persona para que pueda reclamar directamente a la aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza cfigueredo@esan.edu.pe 47
  • 49. UNIVERSIDAD - ESAN de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de seguro. El seguro debe ser contratado en una compañía aseguradora de buena reputación y a falta de acuerdo en contrario será conforme a los cobertura mínima expresada por el Institute Cargo Clauses (Institute of London Underwriters) u otros lineamientos para el establecimiento de cláusulas. La duración de la cobertura debe ser según lo establecido en B5 y B4. Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor debe proporcionar al comprador de un seguro contra guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que puedan ser aseguradas. La suma asegurada mínima debe cubrir el precio establecido en el contrato mas un diez por ciento (110%) y se concertará en la moneda del contrato. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de conformidad con A3 o si hay porteadores sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido. cfigueredo@esan.edu.pe 48
  • 50. UNIVERSIDAD - ESAN A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece el punto A4; y - El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - Los gastos del seguro resultantes de A3. - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte. cfigueredo@esan.edu.pe 49
  • 51. UNIVERSIDAD - ESAN B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4. - Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra to de transporte; y - Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y - Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y - Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance les y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador cfigueredo@esan.edu.pe 50
  • 52. UNIVERSIDAD - ESAN para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual para el transporte contratado de conformidad con A3. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. cfigueredo@esan.edu.pe 51
  • 53. UNIVERSIDAD - ESAN A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro complementario. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de éste, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario. cfigueredo@esan.edu.pe 52
  • 54. UNIVERSIDAD - ESAN DAF Delivered at Frontier Entregado en frontera………………(Lugar convenido) "Entrega en Frontera”, significa que el vendedor entrega cuando la mercancía son puestos a disposición del comprador al momento del arribo de los medios de transporte SIN DESCARGA, liberados para la EXPORTACION pero no liberados para la importación, en un lugar establecido en la frontera, pero antes de cruzar la frontera aduanal del país vecino. El término "frontera" puede ser usado para cualquier frontera, incluyendo aquella del país de exportación. Por lo tanto, es de vital importancia que la frontera en cuestión sea definida de forma precisa, nombrando el punto y lugar en el término. Sin embargo, si las partes desean que el vendedor sea responsable de la descarga de la mercancía del medio de transporte y estar a cargo de todos los riesgos y gastos de dicha descarga, esto debe aclararse agregando una cláusula escrita en el contrato de venta respectivo. Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte a utilizar cuando la mercancía serán entregados en una frontera terrestre. Cuando la entrega se lleve a cabo en el puerto de destino, sobrepasando la borda de un buque o en el muelle, los términos DES o DEQ deben ser utilizados. Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 53
  • 55. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier otro documento necesario para poner la mercancía a disposición del comprador. El vendedor debe llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía hasta el lugar de entrega convenido en la frontera y para su tránsito a través de cualquier País. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial, así como cualquier documento, y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la Importación de la mercancía y para su transporte posterior. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar sobre términos usuales y bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto de destino designado, o en su caso, al lugar de entrega en la frontera. Si un lugar de entrega en frontera no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto cfigueredo@esan.edu.pe 54
  • 56. UNIVERSIDAD - ESAN específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia. Sin embargo, si es requerido por el comprador, el vendedor puede acordar el contratar bajo los términos usuales, y bajo el riesgo y gasto del comprador, un transporte continuo de la mercancía una vez pasado el punto de entrega en frontera hasta el destino final en el país de importación establecido por el comprador. El vendedor puede declinar la realización del contrato, y en caso de hacerlo, notificar al comprador adecuadamente. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en los mediosde transportes utilizados y no descargados, en el lugar de entrega convenido en la frontera , en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. cfigueredo@esan.edu.pe 55
  • 57. UNIVERSIDAD - ESAN B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios para recibir la entrega de la mercancía, a la llegada de los medios de transporte utilizados, en el lugar de entrega convenido en la frontera; y - Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido cfigueredo@esan.edu.pe 56
  • 58. UNIVERSIDAD - ESAN debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y - Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía y por su transporte posterior. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del envio de la mercancía al lugar convenido en la frontera. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento,dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. - El vendedor debe, a sus propias expensas, propor cionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual u otra prueba de la entrega de la mercancía en el lugar convenido en la frontera de conformidad con A3. - El vendedor debe, en caso de que las partes acuerden un transporte sucesivo más allá de la frontera de acuerdo con A3, proporcionar al comprador a petición, riesgo y gasto de éste, el documento de transporte de puerta a puerta normalmente obtenido en el país del despacho, cubriendo en los términos usuales el transporte de la mercancía, desde el punto del despacho hasta el punto de destino final en el país de importación designado por el comprador. cfigueredo@esan.edu.pe 57
  • 59. UNIVERSIDAD - ESAN Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte u otra prueba de entrega de acuerdo con A8. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía en la frontera y para el transporte posterior, en la medida en que las circunstancias lo permitan. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. cfigueredo@esan.edu.pe 58
  • 60. UNIVERSIDAD - ESAN B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. Si fuera necesario y de acuerdo con A3, el comprador debe proporcionar al vendedor, bajo solicitud de éste, y bajo riesgo y gasto del comprador, la autorización del control de cambios, permisos y otros documentos o copias certificadas, o la dirección del destino final de la mercancía en el país de importación con el propósito de obtener los documentos de transporte de puerta a puerta o cualquier otro documento contemplado en A8. cfigueredo@esan.edu.pe 59
  • 61. UNIVERSIDAD - ESAN DES Delivered Ex - Ship Entregado en el Buque……………(Puerto de Destino) "Entregado sobre el Buque”, significa que el vendedor entrega cuando la mercancía es colocada a disposición del comprador a bordo del buque, pero no está liberada para la importación en el puerto de destino. El vendedor debe hacerse cargo de los riesgos y gastos relacionados con el transporte de la mercancía hasta el puerto de destino y antes de la descarga. Si las partes desean que el vendedor se haga cargo de los riesgos y gastos de la descarga, debe utilizarse el término DEQ. Este término puede ser utilizado solamente cuando la mercancía serán entregados vía marítima, fluvial o multimodal, en un buque en el puerto de destino. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador cfigueredo@esan.edu.pe 60
  • 62. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la Importación de la mercancía. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto de destino designado, o en su caso, puerto de destino especificado. Si un punto no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 61
  • 63. UNIVERSIDAD - ESAN B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner las mercancías a disposición del comprador a bordo del buque, en el punto de descarga especificado en A3, en el puerto de destino convenido, de manera que puedan ser levantadas del buque por medios de descarga apropiados a la naturaleza de la mercancía. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: cfigueredo@esan.edu.pe 62
  • 64. UNIVERSIDAD - ESAN - Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y - De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4. B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar: - Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios para recibir la entrega de la mercancía, desde el buque; y - Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y - Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía. A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada del buque designado conforme a A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía. cfigueredo@esan.edu.pe 63
  • 65. UNIVERSIDAD - ESAN B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto. A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual que autorice al comprador a reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino. Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI). B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte de acuerdo con A8. A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación. A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los cfigueredo@esan.edu.pe 64
  • 66. UNIVERSIDAD - ESAN documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía. El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro. B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. cfigueredo@esan.edu.pe 65
  • 67. UNIVERSIDAD - ESAN DEQ Delivered Ex - Quay Entregado sobre el Muelle……………(Puerto de Destino) "Entregado sobre el Muelle”, significa que el vendedor entrega la mercancía cuando es puesta a disposición del comprador sin ser liberada para la importación en el muelle del puerto de destino. El vendedor debe hacerse cargo de los costos y riesgos en que se incurre al llevar la mercancía al puerto de destino y descargarlos en el muelle. El término DEQ requiere que el comprador libere la mercancía para la importación y pague las formalidades, aranceles e impuestos, así como otros cargos para efectos de la importación. ESTO ES DIFERENTE A LOS INCOTERMS 1990, EN QUE SE REQUERIA QUE EL VENDEDOR SE HICIERA CARGO DE LA LIBERACION A LA IMPORTACION. Si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor, una parte o el total de los gastos pagables a la importación de la mercancía, esto debe aclararse explícitamente en el contrato de compraventa. Este término puede ser utilizado solamente cuando la mercancía vayan a ser entregados vía marítima o fluvial o por transporte multimodal al momento de descargar el buque en el muelle del puerto de destino. Sin embargo, si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor, los riesgos y gastos del manejo de la mercancía del muelle hacia otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte, etc.), en o fuera del puerto, deben utilizarse los términos DDP o DDU. A. Obligacion cfigueredo@esan.edu.pe 66
  • 68. UNIVERSIDAD - ESAN A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato. B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa. A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País. B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía. A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el transporte de la mercancía hasta el muelle en el puerto de destino designado. Si un muelle específico no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar el muelle específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia. b) Contrato de seguro Ninguna obligación. cfigueredo@esan.edu.pe 67
  • 69. UNIVERSIDAD - ESAN B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. b) Contrato de seguro. Ninguna obligación. A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el muelle referido en A3, en la fecha o dentro del plazo acordado. B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4. A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato. A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar: - Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y cfigueredo@esan.edu.pe 68