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INCOTERMS 
2010 
Profesor: 
Jose Hidalgo 
Participante: 
Kerstin Amorós 
Caracas, Septiembre del 2014
 La CCI (Cámara de Comercio 
Internacional) con sede en París, se 
encarga desde 1936 de la elaboración y 
actualización de los incoterms 
 Delimitan qué parte de la compraventa 
asume el riesgo de la mercancía. 
 Evitan o reducen complicaciones 
jurídicas y de incertidumbre derivadas 
de las distintas interpretaciones de los 
términos del contrato 
 Son de aceptación voluntaria por las 
partes es decir, no son un esquema 
jurídico obligatorio
 Entrega de las mercancías: es la primera de las obligaciones del vendedor. La 
entrega puede ser directa, cuando el incoterm define que la mercancía se 
entregue al comprador 
 Transmisión de los riesgos: se basa en que los riesgos, y en la mayoría de los 
casos, también los gastos, se transmiten en el punto geográfico y en el 
momento cronológico que definen el contrato y el incoterm establecido. 
 Distribución de los gastos: lo habitual es que el vendedor corra con los gastos 
estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y 
que el comprador corra con los demás gastos 
 Trámites de documentos aduaneros: en general, la exportación es 
responsabilidad del vendedor; sólo existe un incoterm sin despacho aduanero 
de exportación: EXW donde el comprador es responsable de la exportación y 
se encarga de contratar los servicios de un agente de aduanas en el país de 
expedición de la mercancía, que gestione la exportación.
Los 
incoterms se 
agrupan en 
cuatro 
categorías 
E 
EXW: En fabrica, el 
vendedor pone la 
mercancía a 
disposición del 
comprador en las 
instalaciones de la 
fabrica o almacenes 
del vendedor 
F C D 
FCA, FAS y FOB: Al 
vendedor se le encarga 
que entregue la 
mercancía a un medio 
de transporte elegido 
por el comprador; esto 
es, una entrega indirecta 
sin pago del transporte 
principal. 
CFR, CIF, CPT y CIP: 
El vendedor contrata el 
transporte, pero sin 
asumir el riesgo de 
pérdida o daño de la 
mercancía o de otros 
costos por accidentes 
ocurridos, esto es, una 
entrega indirecta con 
pago del transporte 
principal. 
DAT, DAP y DDP: El 
vendedor soporta todos 
los gastos y riesgos 
necesarios para llevar la 
mercancía al país de 
destino; esto es una 
entrega directa a la 
llegada. Los costes y los 
riesgos se transmiten en 
el mismo punto, como los 
términos en E y los 
términos en F.
EXW 
FCA 
CPT 
CIP 
DAT 
DAP 
DDP 
FAS 
FOB 
CFR 
CIF 
Para cualquier modo 
de transporte 
Para transporte 
marítimo
 El vendedor pone la mercancía a 
disposición del comprador en sus 
propias instalaciones: fábrica, almacén, 
etc. 
 Todos los gastos a partir de ese 
momento son por cuenta del 
comprador. 
El vendedor debe notificar al comprador: 
 Horarios de trabajo en el almacén de carga 
 Fecha en que la mercancía estará disponible
 El vendedor pone a disposición del 
comprador la mercancía en el lugar que 
pacten entre ambos, pudiendo ser este 
las propias instalaciones del vendedor, si 
se acuerda que se entregará en las 
instalaciones del vendedor este debe de 
encargarse de cargarla en el transporte 
designado por el comprador. 
El vendedor deberá: 
 Tener la mercancía dispuesta en el punto acordado con el comprador en 
tiempo y forma. 
 Asumir las operaciones de carga en caso de ser necesarias según el punto 
de entrega. 
 La mercancía deberá estar correctamente embalada, a objeto de que no 
sufra daños durante el transporte. 
 Hacer el despacho de exportación, así como conseguir cualquier licencia de 
exportación que se requiera, y entregará al comprador la documentación 
relativa a la carga.
 El vendedor entrega la mercancía al 
costado del buque o al alcance de los 
medios de manipulación de la carga 
(grúas, cintas transportadoras, etc.), en el 
muelle del puerto de embarque que ha 
sido designado por el comprador, es un 
Incoterm de uso limitado para productos 
básicos y productos a granel, tales como 
cereales, madera, minerales, productos 
siderúrgicos, etc 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen
 El vendedor entrega la mercancía 
poniéndola a bordo del buque, en el 
puerto designado por el comprador. Los 
gastos de terminal en el puerto de 
embarque y el despacho de exportación 
son por cuenta del vendedor, debe 
utilizarse, preferentemente, cuando el 
transporte marítimo se realiza en régimen 
de carga general. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen y gastos de salida
 El vendedor entrega la mercancía a 
bordo del buque en el puerto de salida, 
si bien el vendedor asume también la 
contratación y el coste del flete hasta el 
puerto de llegada. Por tanto, es 
diferente el punto en el que se transmite 
el riesgo del transporte (puerto de 
embarque) del punto hasta que el 
vendedor asume los costes del 
transporte (puerto de destino). 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida y flete 
internacional
 El vendedor entrega la mercancía a bordo 
del buque en el puerto de embarque, si bien 
el comprador asume también la contratación 
y el coste del transporte marítimo hasta el 
puerto de destino. Por tanto, es diferente el 
punto en el que se transmite el riesgo del 
transporte (puerto de embarque) del punto 
hasta el cual el vendedor asume los costes 
del transporte (puerto de destino). 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida y seguro
 El vendedor entrega la mercancía al 
porteador o a otra persona designada por 
el vendedor en un lugar acordado y que el 
vendedor debe contratar y pagar los 
costos del transporte necesario para llevar 
la mercancía hasta el lugar de destino 
designado. 
 Esta regla tiene dos puntos críticos, 
porque el riesgo se transmite y los costos 
se transfieren en lugares diferentes. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente para el transporte hasta 
el almacén del comprador 
 Contratar y pagar los gastos de traslado (Flete interno) de la mercancía al 
puerto de salida y el flete principal (Flete Internacional) 
 Contratar el seguro para el tránsito interno. 
 Cubrir los gastos de la aduana de salida 
(Permisos, Agente Aduanal, otros)
 El vendedor se hace cargo de todos los 
costes, incluidos el transporte principal y el 
seguro, hasta que la mercancía llegue al 
punto convenido en el país de destino. El 
riesgo se transfiere al comprador en el 
momento de la entrega de la mercancía al 
transportista dentro del país de origen. 
Aunque el seguro lo ha contratado el 
vendedor, el beneficiario del seguro es el 
comprador. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Contratar y pagar los gastos de traslado (Flete interno) de la mercancía al 
puerto de salida y el flete principal (Flete Internacional) hasta el lugar 
convenido. 
 Contratar el seguro para el tránsito interno y para el tránsito internacional. 
 Cubrir los gastos de la aduana de salida (Permisos, Agente Aduanal, otros) 
Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
 indica que el vendedor debe poner la 
mercancía a disposición del 
comprador en la terminal de destino 
(es decir, incluyendo todos los gastos 
asociados a la descarga de la 
mercancía del medio de transporte). 
Bajo el incoterm DAT, el vendedor se 
hace cargo del coste y el riesgo hasta 
que la mercancía ha sido puesta en la 
terminal de destino. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje 
correspondiente 
 Entregar de la mercancía y documentos necesarios 
 Costear el transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, 
flete internacional y seguro 
 Costear los gastos de llegada
 El vendedor entrega la mercancía, 
sin descargar, en el lugar de destino 
acordado en el país del comprador. 
La transmisión de riesgos en el 
transporte se produce en el mismo 
lugar en el que se entrega la 
mercancía. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, flete 
internacional y seguro. 
 Costear gastos de llegada 
 Pagar gastos de aduana en destino (en función del lugar acordado) 
 Transporte interior en el país de destino (en función del lugar 
acordado)
 El vendedor entrega la mercancía, 
sin descargar del medio de 
transporte utilizado, en las 
instalaciones del comprador o en 
algún punto interior del país del 
comprador. La transmisión de riesgos 
en el transporte se produce en el 
mismo lugar en el que se entrega la 
mercancía. 
El vendedor deberá: 
 Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente 
 Entregar la mercancía y documentos necesarios 
 Costear transporte interior en el país de origen 
 Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, flete 
internacional y seguro. 
 Costear gastos de llegada 
 Pagar gastos de aduana en destino 
 Transporte interior en el país de destino

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Incoterms 2010

  • 1. INCOTERMS 2010 Profesor: Jose Hidalgo Participante: Kerstin Amorós Caracas, Septiembre del 2014
  • 2.  La CCI (Cámara de Comercio Internacional) con sede en París, se encarga desde 1936 de la elaboración y actualización de los incoterms  Delimitan qué parte de la compraventa asume el riesgo de la mercancía.  Evitan o reducen complicaciones jurídicas y de incertidumbre derivadas de las distintas interpretaciones de los términos del contrato  Son de aceptación voluntaria por las partes es decir, no son un esquema jurídico obligatorio
  • 3.  Entrega de las mercancías: es la primera de las obligaciones del vendedor. La entrega puede ser directa, cuando el incoterm define que la mercancía se entregue al comprador  Transmisión de los riesgos: se basa en que los riesgos, y en la mayoría de los casos, también los gastos, se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que definen el contrato y el incoterm establecido.  Distribución de los gastos: lo habitual es que el vendedor corra con los gastos estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y que el comprador corra con los demás gastos  Trámites de documentos aduaneros: en general, la exportación es responsabilidad del vendedor; sólo existe un incoterm sin despacho aduanero de exportación: EXW donde el comprador es responsable de la exportación y se encarga de contratar los servicios de un agente de aduanas en el país de expedición de la mercancía, que gestione la exportación.
  • 4. Los incoterms se agrupan en cuatro categorías E EXW: En fabrica, el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones de la fabrica o almacenes del vendedor F C D FCA, FAS y FOB: Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal. CFR, CIF, CPT y CIP: El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de otros costos por accidentes ocurridos, esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal. DAT, DAP y DDP: El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F.
  • 5. EXW FCA CPT CIP DAT DAP DDP FAS FOB CFR CIF Para cualquier modo de transporte Para transporte marítimo
  • 6.  El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones: fábrica, almacén, etc.  Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador. El vendedor debe notificar al comprador:  Horarios de trabajo en el almacén de carga  Fecha en que la mercancía estará disponible
  • 7.  El vendedor pone a disposición del comprador la mercancía en el lugar que pacten entre ambos, pudiendo ser este las propias instalaciones del vendedor, si se acuerda que se entregará en las instalaciones del vendedor este debe de encargarse de cargarla en el transporte designado por el comprador. El vendedor deberá:  Tener la mercancía dispuesta en el punto acordado con el comprador en tiempo y forma.  Asumir las operaciones de carga en caso de ser necesarias según el punto de entrega.  La mercancía deberá estar correctamente embalada, a objeto de que no sufra daños durante el transporte.  Hacer el despacho de exportación, así como conseguir cualquier licencia de exportación que se requiera, y entregará al comprador la documentación relativa a la carga.
  • 8.  El vendedor entrega la mercancía al costado del buque o al alcance de los medios de manipulación de la carga (grúas, cintas transportadoras, etc.), en el muelle del puerto de embarque que ha sido designado por el comprador, es un Incoterm de uso limitado para productos básicos y productos a granel, tales como cereales, madera, minerales, productos siderúrgicos, etc El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen
  • 9.  El vendedor entrega la mercancía poniéndola a bordo del buque, en el puerto designado por el comprador. Los gastos de terminal en el puerto de embarque y el despacho de exportación son por cuenta del vendedor, debe utilizarse, preferentemente, cuando el transporte marítimo se realiza en régimen de carga general. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen y gastos de salida
  • 10.  El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de salida, si bien el vendedor asume también la contratación y el coste del flete hasta el puerto de llegada. Por tanto, es diferente el punto en el que se transmite el riesgo del transporte (puerto de embarque) del punto hasta que el vendedor asume los costes del transporte (puerto de destino). El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida y flete internacional
  • 11.  El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, si bien el comprador asume también la contratación y el coste del transporte marítimo hasta el puerto de destino. Por tanto, es diferente el punto en el que se transmite el riesgo del transporte (puerto de embarque) del punto hasta el cual el vendedor asume los costes del transporte (puerto de destino). El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida y seguro
  • 12.  El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en un lugar acordado y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado.  Esta regla tiene dos puntos críticos, porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente para el transporte hasta el almacén del comprador  Contratar y pagar los gastos de traslado (Flete interno) de la mercancía al puerto de salida y el flete principal (Flete Internacional)  Contratar el seguro para el tránsito interno.  Cubrir los gastos de la aduana de salida (Permisos, Agente Aduanal, otros)
  • 13.  El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Contratar y pagar los gastos de traslado (Flete interno) de la mercancía al puerto de salida y el flete principal (Flete Internacional) hasta el lugar convenido.  Contratar el seguro para el tránsito interno y para el tránsito internacional.  Cubrir los gastos de la aduana de salida (Permisos, Agente Aduanal, otros) Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
  • 14.  indica que el vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en la terminal de destino (es decir, incluyendo todos los gastos asociados a la descarga de la mercancía del medio de transporte). Bajo el incoterm DAT, el vendedor se hace cargo del coste y el riesgo hasta que la mercancía ha sido puesta en la terminal de destino. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar de la mercancía y documentos necesarios  Costear el transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, flete internacional y seguro  Costear los gastos de llegada
  • 15.  El vendedor entrega la mercancía, sin descargar, en el lugar de destino acordado en el país del comprador. La transmisión de riesgos en el transporte se produce en el mismo lugar en el que se entrega la mercancía. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, flete internacional y seguro.  Costear gastos de llegada  Pagar gastos de aduana en destino (en función del lugar acordado)  Transporte interior en el país de destino (en función del lugar acordado)
  • 16.  El vendedor entrega la mercancía, sin descargar del medio de transporte utilizado, en las instalaciones del comprador o en algún punto interior del país del comprador. La transmisión de riesgos en el transporte se produce en el mismo lugar en el que se entrega la mercancía. El vendedor deberá:  Preparar la mercancía con el embalaje correspondiente  Entregar la mercancía y documentos necesarios  Costear transporte interior en el país de origen  Pagar gastos de aduana en origen, gastos de salida, flete internacional y seguro.  Costear gastos de llegada  Pagar gastos de aduana en destino  Transporte interior en el país de destino