1. EXW - Ex Works (en fábrica, lugar convenido)
Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega
cuando pone la mercancía, en su establecimiento (fábrica,
almacén, etc.), a disposición del comprador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de
transporte o con una combinación de ellos. El comprador
asume el grueso de los gastos con esta modalidad.
2. Las reglas Incoterms® 2010, cuyo nombre abrevia la frase “International
Commercial Terms” fueron creadas en 1936 por ICC con el fin de ayudar a los
comerciantes a evitar malentendidos, dejando en claro la información sobre
costos, riesgos y responsabilidades tanto de compradores como de
vendedores en la entrega de bienes
3. “Antes de que ICC desarrollara las reglas Incoterms®, los diferentes términos
eran interpretados de varias maneras dependiendo del país, frecuentemente
suscitando disputas y procesos de litigio”
4. Esto incluye los cambios en la seguridad de
las cargas, tema que se ha tornado
prioritario dentro de la agenda de
transportación de muchos países. También
se considera el creciente uso de las
comunicaciones electrónicas para realizar
transacciones de negocios.
5. El enfoque de los Incoterms se encuentra limitado a problemas
relacionados con derechos y obligaciones de las partes establecidas en el
contrato de compra-venta, respecto a la entrega de bienes vendidos,
excluyendo "intangibles" como software de computadoras.
6.
7. Se redujo el número de reglas de 13 a 11 y se crearon dos nuevas: Delivered at
Terminal (DAT) y Delivered at Place (DAP). La última publicación de las
reglas también incluye una breve guía referencial al principio de cada una que
busca orientar al usuario a elegir el término adecuado.
8. DAT Delivered at Terminal // DAP Delivered at Place
Estos dos nuevos Incoterms reemplazan a los términos DAF, DEQ y DDU. La
característica principal de ambos es que la entrega se da en un punto previamente
acordado. En DAT la mercancía es descargada del vehículo (función que
desempeñaba el Incoterm DEQ) mientras que en DAP hay cobertura hasta antes de
descargarla (función que desempeñaban los Incoterms DAF, DES, y DDU)
9. ¿Cuál es la nueva agrupación de los Incoterms?
Para facilitar su uso, los Incoterms® se dividieron en dos categorías:
Reglas para cualquier medio o medios de transporte
EXW EX WORKS
FCA FREE CARRIER
CPT CARRIAGE PAID TO
CIP CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO
DAT DELIVERED AT TERMINAL
DAP DELIVERED AT PLACE
DDP DELIVERED DUTY PLACE
Reglas para transporte marítimo y vías navegables interiores
FAS FREE ALONGSIDE SHIP
FOB FREE ON BOARD
CFR COST AND FREIGHT
CIF COST INSURANCE AND FREIGHT
10.
11.
12. Obligaciones Comprador
• Cargar la mercancía en vehículos proporcionados por el
mismo o de despacharla de aduana para la exportación,
salvo acuerdo en contrario, correrá con todos los gastos
(licencias, autorizaciones, formalidades, impuestos,....) y
riesgos de tomar la mercancía del domicilio del vendedor
hacia el destino deseado, e incluso los de pérdida o daño que
pueda sufrir la mercancía a partir del aviso del vendedor.
• Asumir los gastos aduaneros.
• Reembolsar los gastos que haya realizado el vendedor al
prestar su ayuda en la obtención de documentos, permisos,
etc. y efectuar el pago de la mercancía según lo estipulado.
13. Obligaciones Vendedor
• Suministrar la mercancía y la factura, o su equivalente
mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de
venta y ponerla a su disposición en el lugar designado a la
fecha estipulada, en caso contrario, en el lugar y fecha
acostumbrados, con aviso suficiente al comprador.
• Prestar la ayuda que precise el comprador para obtener
cualquier licencia, autorización, seguro, etc.
• Soportar todos los gastos (marcado, embalaje, peso,etc.),
incluidos los riesgos de pérdida y daño, hasta que la
mercancía no haya sido puesta disposición del comprador.
14. Documentación mínima a aportar por el vendedor
• Factura comercial.
• Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición
esté compuesta por más de un bulto).
• Otros documentos dependiendo de las características del
producto:
Certificado Sanitario.
Certificado de Metrología.
Certificado de Pesos.
Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en
el país de origen.
15. FCA - Free Carrier (libre transportista, lugar convenido)
El vendedor cumple su obligación de entregar la mercancía cuando la
pone despachada en aduana para la exportación, a cargo del transportista
nombrado por el comprador o persona designada por él en el lugar o
punto fijado, si no es así el vendedor podrá escoger dentro de la zona
estipulada el lugar o punto de entrega. El vendedor se compromete a
entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen
(generalmente relacionado con los espacios del transportista).
Si la mercancía se recoge en las instalaciones del vendedor este debe
asumir los costes y gastos de la carga en el medio de transporte, si es
recogida en cualquier otro lugar el vendedor no será responsable de la
descarga.
16. Obligaciones Comprador
Pagar según lo dispuesto en el contrato de venta.
Conseguir todas las licencias, autorizaciones y formalidades que necesite.
Soportar los gastos de transporte y flete, a partir de la recepción de la mercancía por
parte del transportista, en la forma y maneras que exija el transporte, dando aviso al
vendedor con suficiente antelación del modo de transporte, fecha de entrega y punto
de entrega. Si el transportista no se hace cargo de la mercancía, el comprador
soportará los gastos a partir de la fecha convenida o último plazo fijado para ello.
También estará obligado al pago, si no se conviene otra cosa, de los gastos de
inspección previa al embarque, excepto si la inspección ha sido ordenada por las
autoridades del país exportador.
Rembolsar al vendedor los gastos ocasionados por la ayuda prestada, así como pagar
todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales.
17. Obligaciones Comprador
Dar al vendedor aviso sobre el nombre del transportista y especificar el modo de
transporte, fecha y el punto dentro de la zona donde la mercancía debe ser
entregada al transportista. Además aceptará la prueba de la entrega.
Pagar todos lo gastos y gravámenes en que se haya incurrido para la obtención
de documentos.
Reembolsar los gastos efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al respecto
y para contratar el transporte.
Proporcionar las instrucciones al vendedor para contratar el transporte, si
previamente se lo ha requerido el vendedor.
18. Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía de conformidad con el contrato de venta.
Obtener licencia de exportación y los tramites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía.
Entregar la mercancía a la custodia del transportista designado por el
comprador o escogido por el vendedor en el lugar o punto fijado en la fecha o
dentro del plazo convenido para la entrega y de la forma convenida o
acostumbrada en tal sitio. A falta de instrucciones por parte del comprador,
el vendedor puede entregar la mercancía al transportista en la forma que
exijan el modo de transporte de aquel porteador y la calidad y/o naturaleza de
la carga.
Asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento
en que haya sido entregada al transportista.
19. Obligaciones Vendedor
En lo relativo a los gastos el vendedor deberá pagar los relativos a la mercancía
hasta el momento en que haya sido entregada al transportista, así como los gastos
aduaneros, derechos, impuestos y otras cargas exigibles a la exportación.
Avisar al comprador de que la mercancía ha sido entregada a la custodia del
transportista, así como proporcionarle el documento usual de prueba de la entrega
de la mercancía.
Los gastos de las operaciones de verificación necesarios para entregar la mercancía
al transportista al igual que los embalajes necesarios para el transporte deben ser
pagados por el vendedor.
Prestación de ayuda al comprador para la obtención de los documentos emitidos en
el país de entrega y/o de origen que puedan necesitar para la importación de la
mercancía y proporcionar al comprador, siempre que así lo pida, la información
necesaria para conseguir el seguro.
20. FAS - Free Alongside Ship (Libre al costado del buque, puerto de carga
convenido)
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha
sido colocada al costado del buque, sobre el muelle o en barcazas, en el
puerto de embarque convenido.
Recuerde que FAS es un término utilizado exclusivamente para transporte por
barco, ya sea por mar o vías fluviales
21. Obligaciones del Vendedor :
• Entregar la mercancía en el lugar designado por el comprador en
el puerto convenido. (Al costado del buque).
• Efectuar el despacho de exportación de la mercancía.
Obligaciones del Comprador :
• Elegir Empresa Naviera y dar nombre del Buque al Vendedor.
• Pagar flete y soportar el riesgo de la mercancía desde que el
vendedor la entrega al costado del Buque.
• Obtener licencias para importación.
• Efectuar el despacho de importación de la mercancía.
22. FOB - Free on Board (Libre a bordo, puerto de carga convenido)
Término utilizado exclusivamente cuando el transporte de la mercancía se
realiza por barco (mar o vías fluviales de navegación interior).
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha
sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El
vendedor tiene que despachar la mercancía de exportación.
23. Obligaciones del Vendedor :
• Entregar la mercancía a bordo del buque elegido por el Comprador en
el puerto de embarque convenido.
• Efectuar el despacho de exportación de la mercancía.
Obligaciones del Comprador :
• Designar y reservar el Buque.
• Correr con los gastos y riesgos inherentes a la mercancía desde que
traspasa la borda del buque.
24. CFR - Cost and Freight (coste y flete, puerto de destino convenido)
Término utilizado exclusivamente cuando el transporte de la mercancía se
realiza por barco (mar o vías fluviales de navegación interior).
El vendedor pagará los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la
mercancía al puerto de destino convenido, si bien el riesgo de pérdida o daño
de la mercancía se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía
traspasa la borda del buque en el puerto de embarque. Este término exige que
el vendedor despache la mercancía de exportación.
25. Obligaciones del Vendedor :
Contratar el buque, siendo por su cuenta el flete y la carga hasta el puerto
de destino.
Efectuar el despacho de exportación de la mercancía.
Obligaciones del Comprador :
Soportar cualquier gasto adicional y riesgo de pérdida o deterioro y su
reclamación y seguimiento desde que la mercancía traspasa la borda del
buque en el puerto de embarque.
26. CIF - Cost, Insurance and Freight (Coste seguro y flete, puerto de destino
convenido)
Término utilizado exclusivamente cuando el transporte de la mercancía se realiza
por barco (mar o vías fluviales de navegación interior).
El vendedor ha de pagar los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la
mercancía al puerto de destino convenido, si bien el riesgo de pérdida o daño de
la mercancía se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía
traspasa la borda del buque en el puerto de embarque. Este término exige que el
vendedor despache la mercancía de exportación.
27. Obligaciones del Vendedor :
• Contratar el buque y pagar el flete y la carga hasta el puerto de destino.
• Efectuar el despacho de exportación de la mercancía.
• Suscribir una póliza de seguro de protección de la mercancía en el
transporte por un importe mínimo del 110% de su valor.
Obligaciones del Comprador :
• Aunque el Vendedor contrata y paga el seguro, la mercancía viaja a riesgo
del Comprador, quien es el beneficiario de la póliza por designación
directa o por el carácter transferible de la misma.
28. Porte pagado hasta (CPT)
Definición : Porte pagado hasta ( indicando el lugar de destino convenido)
Tipo de Transporte : Todo tipo de transporte.
Obligaciones del Vendedor :
• Contratar y pagar el transporte hasta el lugar convenido.
• Efectuar el despacho de exportación de la mercancía.
Obligaciones del Comprador :
• Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde que el Vendedor la entrega
al primer transportista, así como cualquier gasto adicional en transito (carga,
descarga, daños en tránsito, etc.).
30. Entregado en Terminal (DAT)
Definición: Delivered At Terminal – Entregado en el Terminal – DAT (indicando el
lugar de destino convenido)
Tipo de Transporte: polivalente, utilizable en cualquier modo de transporte
Obligaciones del vendedor:
• Entregar la mercancía al comprador a la terminal convenida.
• Descargar la mercancía.
• Asumir los riesgos ocasionados al llevar la mercancía sobre la terminal de
transporte convenida y al descargar la mercancía sobre la terminal.
• Realizar los tramites relativos a la exportación de la mercancía.
Obligaciones del comprador:
• Asumir los riesgos de mercancía perdida o dañada partir del momento de la
entrega por el vendedor en la terminal convenida.
• Realizar el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el pago de
los tramites, derechos e impuestos exigibles a la importación.
31.
32. Entregado en un Punto (DAP)
Definición: Delivered At Place – Entregado en un lugar ( sin despacho aduanero de
importación, indicando el lugar de destino convenido)
Tipo de Transporte: polivalente, utilizable en cualquier modo de transporte
Obligaciones del vendedor:
• Poner la mercancía a disposición del comprador en un lugar convenido, en un
vehículo listo para la descarga.
• Asumir los riesgos ocasionados al llevar la mercancía sobre el lugar de entrega
convenido.
• Realizar los tramites relativos a la exportación de la mercancía.
Obligaciones del comprador:
• Realizar el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el pago de los
tramites, derechos e impuestos exigibles a la importación.
33.
34. Entrega en destino con derechos pagados (DDP) Delivered duty Paid
Definición : Entrega en destino con derechos pagados ( indicando el lugar de
destino convenido).
Tipo de Transporte : Todo tipo.
Obligaciones del Vendedor :
Entregar la mercancía, por su cuenta, a disposición del Comprador, en el lugar
de destino convenido en el país del Importador.
Efectuar el despacho de exportación e importación de la mercancía.
Representa la máxima obligación para el vendedor.
Obligaciones del Comprador :
Soportar los riesgos y gastos que ocurran después de recibida la mercancía en el
lugar convenido.
35. Nota: en caso de convenir la exclusion de algun impuesto como el
IVA, indicarlo con las palabras siguientes: Delivery duty paid, VAT
Unpaid ( Entregada, Derechos Pagados IVA no Pagado), y
mencionar el lugar de destino que se haya convenido).
36. 100 UNIDADES
CONCEPTO USD EXW FCA FAS FOB
EMPAQUE 350
GASTOS DE CARGA 600
GASTOS DE ENTREGA EN PUERTO DE
ORIGEN 150
GASTOS DE EXPORTACION E
IMPUESTOS 200
CARGOS EN TERMINAL DE ORIGEN 100
GASTOS DE CARGA AL BUQUE 80
GASTOS DE TRANSPORTE 2500
SEGURO 160
CARGOS EN TERMINAL DE DESTINO 240
MANIOBRAS EN TERMINAL DE
DESTINO 160
GASTOS DE IMPORTACION 350
COSTO DE IMPORTACION
COSTO DE IMPO/UNIDAD