1. MEDIDAS DE CONTROL DE RIESGOS DE ACCIDENTES Y CONTROL DE
ENFERMEDADES OCUPACIONALES
1. Introducción
El sustento para el efectivo desarrollo de un Programa de Medidas de Control de
Riesgos de Accidentes y Control de Enfermedades Ocupacionales, está dado por
los siguientes principios:
a. Las causas de los accidentes que lesionan a los trabajadores y dañan los
recursos de una empresa, son las mismas que afectan la producción, la calidad y
los costos de operación. Por lo tanto, la excelencia operacional es cimentada y
soportada por la efectiva aplicación de este programa.
b. La aplicación efectiva del programa es responsabilidad de todos los niveles de la
organización.
c. El desarrollo de las actividades debe realizarse basado en el concepto de
mejoramiento continuo.
d. Los cuasi-accidentes o incidentes son hechos que pudieron resultar en lesión
personal o daño a la propiedad. Es por esto que el análisis de dichos incidentes
no debe ser ignorado ya que proporcionan información importante para tomar
medidas preventivas antes que el mismo incidente se repita y resulte en
pérdidas.
2. Contenido del Programa
El programa de Medidas de Control de Riesgos de Accidentes y Control de
Enfermedades Ocupacionales de la empresa Emprendimientos Marinos Bahía
Salado Ltda., referido a las labores de lavado de sistemas de cultivo ubicada en las
instalaciones de Pesquera Playa Blanca S.A. será elaborado por el supervisor de
ésta actividad, con la asesoría y asistencia del Experto en Prevención de Riesgos de
la mutualidad correspondiente y será implementado por la línea ejecutiva de la
empresa.
Las directrices que contempla el Programa son los siguientes:
a. Actividades del Comité de Control de Riesgo
A través de esta componente, se logrará que la línea ejecutiva de la organización se
comprometa e involucre en las actividades del programa, incorporándolo a su
gestión administrativa y permitiendo con su interés, la motivación de todo el
personal.
2. b. Actividades del Supervisor
Lograr el compromiso por parte de la línea de Supervisión, con la prevención de
riesgos, considerándola como parte integral del desarrollo de su gestión y liderazgo.
Entre sus actividades se encuentra:
Reconocer de riesgos potenciales e inherentes a la actividad: Preparar listado
con áreas de trabajo, riesgos laborales potenciales e inherentes y generar
medidas de control y prevención definidas para los riesgos detectados.
Inventario de ítems críticos: Preparar listado de las áreas o tareas consideradas
críticas para la continuidad e integridad de las operaciones productivas.
Definir criticidad del área o tarea: Priorizar para establecer un programa para la
elaboración de procedimientos de trabajo.
Inspecciones área de trabajo: Programar visitas a terreno, con el objeto de
detectar condiciones sub-estándar, considerando el D.S 594/99.
Generar medidas correctivas: Registrarla y realizarles seguimiento para controlar
su ejecución.
Charlas de 5 minutos: Programar charlas operacionales que impartirá al personal
a su cargo, en donde debe incluir los aspectos de Prevención de Riesgo.
Investigación de incidentes: Definir las causas del hecho y las medidas
correctivas, para evitar su reiteración.
Observación del trabajo. Verificar la aplicación de los procedimientos de trabajo.
c. Capacitación
Una de las causas más relevantes en la ocurrencia de los accidentes es por NO
SABER, lo cual hace que la capacitación sea primordial en el mejoramiento del
desempeño de los trabajadores.
Al respecto la Organización, a través del supervisor deberá informar oportuna y
convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus
labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos aplicados
a todas las tareas realizadas en el galpón de lavado.
Por otra parte, esta actividad permite a la Organización dar cumplimiento a las
siguientes disposiciones legales, Titulo VI “De la Obligación de Informar de los
Riesgos Laborales” del D.S. 40/69 MINTRAB; Titulo VII “Prevención de Riesgos
Profesionales” de la ley 16.744; Párrafo IV “De los Equipos de Protección Personal”,
correspondiente al Titulo III “De las Condiciones Ambientales“, consignado en el
D.S. 594/99 Minsal.
3. d. Aseo y Ornato
Los lugares de trabajo deberán mantenerse en buenas condiciones de orden y
limpieza. Al respecto, se debe cumplir con las disposiciones establecidas en el D.S.
594/99 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los
lugares de trabajo”.
Entre las medidas de control referidas a éste punto, se deberá evitar la entrada o
eliminar la presencia de insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario.
e. Elementos de Protección Personal
La empresa debe proporcionar a sus trabajadores, libre de costo, los elementos de
protección personal adecuados al riesgo a cubrir, debiendo mantenerlos en perfecto
estado de funcionamiento y certificados por un organismo autorizado y competente.
A su vez, el trabajador deberá usarlo en forma permanente mientras se encuentre
expuesto al riesgo. El alcance de esta pauta incluye personal administrativo y
visitas.
f. Cumplimiento de las Disposiciones Legales
Este punto constituye la base para el efectivo cumplimiento del programa. Es por
eso que en todo momento se debe cumplir con las obligaciones que señalan la Ley
Nº 16.744 y sus reglamentos complementarios para las entidades empleadoras.
Al respecto, las medidas correctivas que indique el Organismo Administrador de la
Ley 16744 (Mutualidad) y Fiscalizadores (Servicio de Salud, Inspección del Trabajo),
deberán programarse para su ejecución en los plazos que se estipulen y efectuar los
seguimientos correspondientes, lo cual deberá informarse, por escrito, al
Organismo que corresponda.
g. Plan de Emergencia
Se debe elaborar y mantener actualizado un plan de emergencias ante accidentes,
que a lo menos contenga, contingencias del personal, procedimientos de actuación,
comunicaciones internas- externas, simulacros y entrenamiento, y equipamiento
básico para la emergencia. Sobre este último, mantener en faena equipos como
tablas espinales, collares cervicales y botiquín de primeros auxilios.
h. Participación de los trabajadores (Auto – Control)
Este punto consiste en realizar una encuesta a 10 trabajadores de la empresa
elegidos al azar, con el fin de detectar si los trabajadores tienen una participación
activa en prevención de riesgos, que los induzca al auto – cuidado.
4. La encuesta contempla las siguientes materias:
• Participación en capacitación y entrenamiento
• Participación en denunciar los cuasi accidentes
• Uso permanente de los elementos de protección personal
• Conocimiento de los riesgos potenciales que existen en las labores desarrolladas
en el galpón.
i. Higiene Industrial y Salud Ocupacional
El Programa de control de riesgos ocupacionales deberá contemplar la
identificación, evaluación y control de los distintos agentes ambientales presentes en
el lugar de trabajo que pueden causar enfermedades profesionales o molestias a la
salud de los trabajadores y mantener bajo control al personal expuesto, a través de
programas ocupacionales y establecer exámenes pre-ocupacionales para la
contratación de personal nuevo, de acuerdo al riesgo a que estará expuesto.
3. Evaluación
La efectividad de la aplicación de las acciones correctivas que permitan alcanzar el
objetivo propuesto por el programa, será medida mediante auditorias trimestrales a
cargo de un Experto Profesional en Prevención de Riesgos del Organismo
Administrador de la Ley 16744 (Mutualidad).
Como indicador de la evaluación de Prevención de Riesgos se debe considerar
índice de accidentabilidad y tasa de siniestralidad, que la empresa presente en el
período.