Este documento explica las normas APA para la presentación de documentos escritos. Describe los requisitos de formato como el tipo de papel, fuente, espaciado, márgenes y encabezados. También resume brevemente la historia de los derechos de autor y la diferencia entre derechos de autor y copyright.
2. EXPLICACION NORMAS APA
GUÍA PRÁCTICA PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ESCRITOS
Siendo que la Corporación Universitaria Adventista UNAC decidió adoptar las normas
internacionales de la American PsychologicalAssociation (APA) para la realización de
documentos escritos, proyectos de investigación y trabajos de grado, se percibe la gran
necesidad de que tanto docentes como estudiantes y otros usuarios cuenten con una guía
práctica para la elaboración y presentación de manuscritos.
A continuación se presenta un resumen y unas pocas adaptaciones para la UNAC del Manual de
Estilo de Publicaciones de la American PsychologicalAssociation (APA) adaptado para el
español, segunda edición, por Editorial el Manual Moderno
Al utilizar los criterios del sistema de presentación de trabajos con normas APA, se pretende
ubicar las publicaciones institucionales en el marco de una cultura internacional en lo referente
al modelo de presentación.
Siendo que las normas APA no son fijas sino dinámicas, el sitio Web de la APA proporciona
actualizaciones, así como la información más reciente sobre los cambios en el estilo y en las
políticas y procedimientos de la APA que influirán en los autores al momento de preparar sus
originales. Por consiguiente, para ver qué hay de nuevo en el estilo de la APA, visite el sitio Web
del Manual de Estilo de Publicaciones de la APA: www.apastyle.org
3. PAPEL
Utilice hojas de papel bond blanco de alto gramaje y de tamaño estándar (21.5 x 28 cm).
TIPOGRAFÍA
Utilice tipo de letra Arial de 12 puntos.
ESPACIADO
Efectúe el doble espaciado entre todas las líneas del manuscrito. Hágalo después de cada
título, encabezado, las citas, las referencias, notas al pie de la página, los pies de figuras y
todas las partes de las tablas.
Sólo van dos dobles espacios antes de un subtítulo.
LOS TÍTULOS Y LOS SUBTÍTULOS
A continuación se dan las características que tienen los artículos que requieren cinco niveles
de encabezados, y la forma como deben aparecer en el texto:
LOS TÍTULOS DE QUINTO NIVEL VAN EN MAYÚSCULAS (CAJA ALTA) Y CENTRADOS
Los subtítulos de primer nivel van centrados y en minúsculas (caja baja) excepto la primera letra
Los subtítulos de segundo nivel van centrados, en minúsculas excepto
la primera letra, y en cursivas
Los subtítulos de tercer nivel van alineados a la izquierda, en minúsculas excepto la primera
letra, y en cursivas
4. CAPÍTULO TRES – METODOLOGÍA
Experimento
Método
Procedimiento
Etapa inicial.
Orientaciones generales sobre los títulos o subtítulos
Ni los títulos ni los subtítulos van en negrilla.
Un título o subtítulo no debe exceder de 48 espacios o caracteres.
Todos los subtítulos van en minúscula excepto la letra inicial del subtítulo o de un nombre propio.
Antes de un subtítulo van dos espacios dobles.
Después de un subtítulo sigue un doble espacio normal.
Un subtítulo no debe colocarse en la última línea de una página. Después de un subtítulo debe haber por lo menos dos líneas de
contenido.
Para artículos con dos niveles de encabezados, utilice los niveles 1 y 3.
Para artículos con tres niveles de encabezados, utilice los niveles 1, 3 y 4
Para artículos con cuatro niveles de encabezados, utilice los niveles 1, 2, 3 y 4.
MÁRGENES
Deje un margen al lado izquierdo de 3 cm. Los márgenes de la parte superior, inferior y derecha de cada página deben llevar un
margen de 2.5 cm, excepto el margen superior de la página inicial de un capítulo que debe ser de 5 cm.
Utilice el estilo de alineación al lado izquierdo y deje el margen derecho desigual o dentado.
PÁRRAFOS Y SANGRÍA
Sangre con cinco espacios desde el margen izquierdo la primera línea de cada párrafo y las notas de pie de página. Las únicas
excepciones a este requerimiento son: el resumen, las citas en bloque, los títulos y encabezados, los títulos de las tablas y pies
de figuras.
La última línea de un párrafo no debe ser la primera de una página.
5. El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman
los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los
derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria,
artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. La
legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el
Estatuto de la Reina Ana.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos.[1]
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido
literalmente como ‘derecho de copia’) que —por lo general— comprende la
parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han
expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte
del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50
años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han
extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son
70 años desde la muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra
entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos
morales.
6. Historia de los derechos de autor[editar]
Artículo principal: Historia de los derechos de autor
Desde los orígenes de la humanidad, las obras no tuvieron prohibiciones de
copia, reproducción o edición de las obras, entre las cuales podemos
mencionar obras tan antiguas como el arte rupestre creado hace 40 milenios
en la Cueva de El Castillo en España o el Poema de Gilgamesh, desarrollado
desde hace 4 milenios por los sumerios, escrito y preservado hace 2 mil 650
años gracias al rey asirio Asurbanipal.
Luego de la aparición de la imprenta, se facilitó la distribución y copia masiva de
las obras, posteriormente surge la necesidad de proteger las obras no como
objetos materiales, sino como fuentes de propiedad intelectual.
Aunque formalmente se tiende a situar el nacimiento del derecho de autor y del
copyright durante el siglo XVIII, en realidad se puede considerar que el
primer autor en reclamar derechos de autor en el mundo occidental, mucho
antes que el Estatuto de la Reina Ana de 1710 del Reino Unido o las disputas
de 1662 en las que interfirió la Unión de las Coronas, fue Antonio de Nebrija,
creador de la célebre Gramática castellana e impulsor de la imprenta en la
Universidad de Salamanca a fines del siglo XV.
7. Más tarde, en la Inglaterra del siglo XVIII los editores de obras (los libreros)
argumentaban la existencia de un derecho a perpetuidad a controlar la copia de
los libros que habían adquirido de los autores. Dicho derecho implicaba que nadie
más podía imprimir copias de las obras sobre las cuales tuvieran el copyright
Derecho de autor y copyright[editar]
El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre la propiedad
literaria y artística. El primero proviene de la familia del derecho continental,
particularmente del derecho francés, mientras que el segundo procede del
derecho anglosajón (o common law).
El derecho de autor se basa en la idea de un derecho personal del autor, fundado en
una forma de identidad entre el autor y su creación. El derecho moral está
constituido como emanación de la persona del autor: reconoce que la obra es
expresión de la persona del autor y así se le protege.
La protección del copyright se limita estrictamente a la obra, sin considerar atributos
morales del autor en relación con su obra, excepto la paternidad; no lo considera
como un autor propiamente tal, pero tiene derechos que determinan las
modalidades de utilización de una obra.