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Constitución del Ecuador del 2008
Titulo I: ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL
ESTADO
Titulo IV: PARTICIPACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL
PODER
Titulo III: GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
Titulo VI: RÉGIMEN DE DESARROLLO
Titulo V: ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL
ESTADO
Titulo II: DERECHOS
Principios fundamentales
Ciudadanos y Ciudadanos
Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio
inalienable
El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas
oficiales de relación intercultural.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce
a través de los órganos del poder público
Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la
Constitución y en los instrumentos internacionales
La nacionalidad ecuatoriana es el vínculo jurídico político de las personas con
el Estado, sin perjuicio de su pertenencia a alguna de las nacionalidades
indígenas
Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y
gozarán de los derechos establecidos en la Constitución.
Principio de aplicación de los derechos
La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la
Constitución
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real
en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de
desigualdad.
Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma
jurídica para justificar su violación o desconocimiento.
Derechos del buen vivir
Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en
todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma
Comunicación e información:
Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y
sostenido de las actividades culturales y artísticas
Cultura y ciencia:
Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación,
transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares
Ambiente sano:
La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la
construcción de un país soberano
Educación:
El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía
alimentaria
Agua y alimentación:
Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda
adecuada y digna
Hábitat y vivienda:
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales,
educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y
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El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho
a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los
hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a
quienes se encuentran en situación de desempleo.
Trabajo y seguridad social:
DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE
ATENCIÓN PRIORITARIA
El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las siguientes
acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su
condición migratoria
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No serán discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral, gratuidad de
los servicios de salud materna y facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo y durante el periodo
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El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les
garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación.
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Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su
identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad
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Niñas, niños y adolescentes:
Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los
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violencia.
Adultas y adultos mayores:
El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta
con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con
discapacidad y su integración social.
Personas con discapacidad:
El Estado garantizará a toda persona que sufra de enfermedades
catastróficas o de alta complejidad el derecho a la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera
oportuna y preferente.
Personas con enfermedades catastróficas:
Contarán con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud
integral en los centros de privación de libertad, atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales,
alimenticias y recreativas.
Personas privadas de libertad:
El Estado responderá civilmente por los daños y perjuicios causados a las
personas por negligencia y descuido en la atención de los servicios públicos que estén a su cargo, y por la carencia de
servicios que hayan sido pagados.
Personas usuarias y consumidoras:
DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS
Y NACIONALIDADES Se reconoce a las comunas que tienen propiedad colectiva de la tierra, como una forma ancestral de organización
territorial.
Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesión ancestral irreductible e intangible, y en
ellos estará vedada todo tipo de actividad extractiva.
El Estado garantizará la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de
igualdad y equidad entre mujeres y hombres.
Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las
comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
Las ecuatorianas y ecuatorianos podrán:
Participar en los asuntos de interés público.
Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.
Elegir y ser elegidos.
Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un
sistema de selección y designación transparente
Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse libremente de ellos y participar en
todas las decisiones que éstos adopten.
DERECHOS DE LIBERTAD
El Estado adoptará medidas de prevención y erradicación de la trata de personas, y de protección y reinserción social de las
víctimas de la trata y de otras formas de violación de la libertad.
El Estado protegerá la práctica religiosa voluntaria, así como la expresión de quienes no profesan religión alguna, y favorecerá un
ambiente de pluralidad y tolerancia.
El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida
contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en
situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra
la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.
DERECHOS DE LA NATURALEZA
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la
naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que
proceda.
Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán
regulados por el Estado.
POLÍTICAS PÚBLICAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
GARANTÍAS JURISDICCIONALES
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DISPOSICIONES COMUNES
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PARTICIPACIÓN EN DEMOCRACIAORGANIZACIÓN COLECTIVA
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DEMOCRACIA DIRECTA
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SOCIAL
GOBIERNOS AUTÓNOMOS
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ESPECIALES
RÉGIMEN DE COMPETENCIAS
ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO
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SOBERANÍA ECONÓMICA
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Constitucion del ecuador_del_2008

  • 1. Constitución del Ecuador del 2008 Titulo I: ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO Titulo IV: PARTICIPACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL PODER Titulo III: GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Titulo VI: RÉGIMEN DE DESARROLLO Titulo V: ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO Titulo II: DERECHOS Principios fundamentales Ciudadanos y Ciudadanos Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales La nacionalidad ecuatoriana es el vínculo jurídico político de las personas con el Estado, sin perjuicio de su pertenencia a alguna de las nacionalidades indígenas Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución. Principio de aplicación de los derechos La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad. Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento. Derechos del buen vivir Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma Comunicación e información: Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas Cultura y ciencia: Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares Ambiente sano: La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano Educación: El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria Agua y alimentación: Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna Hábitat y vivienda: El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud. Salud: El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo. Trabajo y seguridad social: DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria Movilidad humana: No serán discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral, gratuidad de los servicios de salud materna y facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo y durante el periodo de lactancia. 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El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual. DERECHOS DE LA NATURALEZA Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. POLÍTICAS PÚBLICAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA GARANTÍAS JURISDICCIONALES GARANTÍAS NORMATIVAS DISPOSICIONES COMUNES ACCIÓN DE PROTECCIÓN ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS ACCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN ACCIÓN DE HÁBEAS DATA ACCIÓN POR INCUMPLIMIENTO PARTICIPACIÓN EN DEMOCRACIAORGANIZACIÓN COLECTIVA PARTICIPACIÓN EN LOS DIFERENTES NIVELES DE GOBIERNO PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRACIA DIRECTA ORGANIZACIONES POLÍTICAS FUNCIÓN LEGISLATIVA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS Y REGÍMENES ESPECIALES RÉGIMEN DE COMPETENCIAS ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO RECURSOS ECONÓMICOS PRINCIPIOS GENERALES SOBERANÍA ECONÓMICA SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS SOBERANÍA ALIMENTARIA TRABAJO Y PRODUCCIÓN PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA PARA EL DESARROLLO RONNY TABANGO