2. La aduana es una oficina pública, aparte de ser una
constitución fiscal, situada en puntos estratégicos, por lo
general en costas y fronteras. Encargada del control de
operaciones de comercio exterior, con el objetivo de
registrar el tráfico internacional de mercancías que
se importan y exportan desde un país concreto, y cobrar
los impuestos que establezcan las aduanas, se podría
afirmar que las aduanas fueron creadas para recaudar dicha
tributación, y por otro lado regular mercancías cuya
naturaleza pudiera afectar la producción, la salud o la paz
de la nación.1
Asimismo, en determinados países la aduana no solo se
limita al control de las mercancías, sino que en ella
también se regula el tráfico de personas o bien al control de
capitales.
3. Podemos englobar las misiones que desarrollan los
organismos de control aduaneros en las siguientes:
Fiscal: Mediante la aplicación de determinados derechos de
importación/exportación (aranceles) a la introducción o
salida de las mercancías.
Seguridad: Íntimamente ligada con la anterior evita el
fraude aduanero y lucha contra el contrabando (ya sea de
drogas, armas, patrimonio histórica, etc.)
Salud pública: Controla la entrada de
animales, alimentos, residuos tóxicos, etc. que podrían
suponer un peligro para la salud pública de los civiles.
Estadística: Elaboran estadísticas de comercio exterior.
4. Toda importación o exportación de mercancías está sometida a un despacho aduanero en
el que puede ser exigido el pago de un derecho aduanero. El derecho de aduana recibe el
nombre de aranceladuanero. A nivel mundial la inmensa mayoría de los países utilizan
el Sistema Armonizado para la Designación y Codificación de Mercancías de
la Organización Mundial de Aduanas para clasificar las mercancías y determinar los
derechos aplicables a cada una de ellas. Estos derechos son de uso exclusivo de los
gobiernos, y suponen una provechosa fuente de ingresos para la hacienda pública.
Los derechos de aduana se ejercen sobre los productos extranjeros que entran al
país, sobre los que salen del país, o sobre los que proceden del exterior y pasan
interinamente los puertos nacionales a modo de reexportación. Con la finalidad de
proteger la producción nacional mediante el encarecimiento a través de estos impuestos
de las mercancías extranjeras. Con ello se favorece al producto nacional ponga freno al
extranjero, dado que parte en condiciones más ventajosas a la hora de ofrecer un precio
más competitivo en el mercado interno. Esta protección, llevada al extremo, es conocida
comoproteccionismo.
Actualmente en la aduana no sólo se devenga y exige el pago de los aranceles, sino
también las restricciones y regulaciones no arancelarias, las cuales se aplican en casos de
práctica desleal de Comercio Exterior (discriminación de precios, subvenciones, entre
otros), así como también el impuestos indirectos sobre el consumo (valor
añadido) o sobre consumos específicos (accisas).
5. El agente de aduana es la persona natural o jurídica, debidamente
autorizada por las respectivas autoridades aduaneras, que actúa ante
los organismos competentes (aduanas, ministerios, y demás entes
privados o públicos) en nombre y por cuenta de un tercero que contrata
sus servicios y le otorga un poder autentificado y permanente, en los
trámites de una operación de importación, exportación o tránsito.
Según diversas legislaciones se constituye como un auxiliar de la
administración aduanera.
Dicho término de agente de aduana es aplicable
en Perú, Venezuela, España, Centroamérica y otros países de la región
latinoamericana. En México se llaman agentes aduanales, y cumplen el
mismo propósito de representar al importador o exportador ante la
administración pública. Es la persona física autorizada por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, mediante una patente, para promover
por cuenta ajena del despacho de las mercancías, en los diferentes
regímenes aduaneros previstos en esta Ley Aduanera Mexicana.