SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
Descargar para leer sin conexión
NúM. 5889
aYuntamientO de CuenCa
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión ordinaria de fecha 27 de diciembre de 2012, acordó la aprobación del Con-
venio de Encomienda de Gestión a suscribir entre el Ayuntamiento de Cuenca y la Empresa Pública Servicio de Infraes-
tructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca, SA, cuyo texto se publica a continuación.
Cuenca, 28 de diciembre de 2012.- El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Ávila Francés.
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS INCLUIDOS EN EL CICLO INTEGRAL DEL AGUA
ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA Y LA EMPRESA PÚBLICA SERVICIO DE INFRAESTRUCTURAS MUNICI-
PALES AYUNTAMIENTO DE CUENCA, SA- SIMc
Cuenca, 27 de diciembre de 2012
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Manuel Ávila Francés, mayor de edad, con domicilio- a efectos de notificaciones- en Cuenca, plaza
Mayor, s/n y provisto de DNI nº 04.576.976 E.
De otra, D. Darío F. Dolz Fernández, mayor de edad, con domicilio- a efectos de notificaciones- en Cuenca, plaza de España,
s/n- Edificio del Mercado- y provisto de DNI nº 04.577.131-Q
INTERVIENEN
El primero, en calidad de ALCALDE-PRESIDENTE del Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca (“el Ayuntamiento” o “el Ayun-
tamiento de Cuenca”, en adelante), cargo que por su notoriedad consta a las partes intervinientes.
El segundo, en calidad de CONSEJERO DELEGADO de la mercantil Servicio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento
de Cuenca, SA (“SIMc”, en adelante), representación que acredita mediante copia de escritura pública de nombramiento,
de fecha 21 de julio de 2011, otorgada ante el Ilustre Notario de Castilla-La Mancha, D. Jesús Domínguez Rubira, al número
833 de su protocolo.
Todos los comparecientes se reconocen la capacidad legal suficiente para obligarse en Derecho, y la especial que para el
presente Convenio se requiere y con la cualidad vigente con la que comparecen, y
EXPONEN
Primero.- Que SIMc se constituyó mediante escritura pública, otorgada en Cuenca en fecha 5 de octubre de 2004, ante el
notario del Ilustre Colegio de Albacete Dña. María Elisa Basanta Rodríguez, bajo el núm. 1.464 de su protocolo.
Que sus Estatutos sociales fueron modificados mediante acuerdo de la Junta General de accionistas celebrada con fecha
27 de diciembre de 2012, en lo relativo a su artículo primero y tercero, que en lo particular que aquí se hace necesario mani-
fiesta:
Artículo 1 en cuanto a la denominación y naturaleza establece que la sociedad “tiene la consideración de medio propio y
servicio técnico del Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca de conformidad con el artículo 24, apartado 6 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público”
“Será en la Encomienda de Gestión donde se regulen los términos en que la gestión objeto de la sociedad deberá reali-
zarse”
Que el artículo 3 de los Estatutos Sociales, referidos a su objeto social, dispone:
“1. Constituye el objeto de la Sociedad la gestión directa de los servicios públicos del Ayuntamiento de Cuenca dentro del
ámbito del denominado “Ciclo Integral del Agua”, que incluye:
El abastecimiento, que incluye la captación, almacenamiento, potabilización y abastecimiento de agua potable.
El saneamiento, que comprende el alcantarillado y la depuración y reutilización de las aguas residuales, así como el trata-
miento de los lodos y los residuos producidos.
Todas la operaciones conexas con las antedichas y que se refieran al “Ciclo Integral del agua”, incluyendo la confección de
estudios previos así como la proyección, dirección y ejecución de obras relacionadas con cualquiera de los servicios y acti-
vidades que componen el ciclo.
En la gestión de dichos servicios públicos se comprende el cobro de las tasas y precios públicos o privados que sean apli-
cables.
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 87 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
2. La Sociedad podrá colaborar en otras tareas de gestión recaudatoria que sin implicar el ejercicio de autoridad, estén enca-
minadas al cobro de ingresos de derecho público, ya sean de carácter tributario o extratributario, en periodo voluntario o
ejecutivo, que a tal fin le sean encomendadas.”
Segundo.- Que el Ayuntamiento, conforme a los artículos 25.2 y 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases
del Régimen Local, es la Administración que tiene atribuida la competencia para la prestación en el término municipal de
Cuenca de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad vecinal y, muy especial-
mente, de los relativos al suministro de agua, y alcantarillado; servicios estos que puede prestar o gestionar en cualquiera
de las formas previstas en el artículo 85 de la Ley 7/1985.
Tercero.- El Ayuntamiento, después de analizar el actual servicio de abastecimiento de agua y de alcantarillado, que de forma
directa viene prestando, y sopesar las necesidades futuras que demandarán los usuarios del citado servicio público, ha lle-
gado a la conclusión de lo beneficioso que sería para el interés público que la prestación del Ciclo Integral del Agua se lleve
a cabo de forma conjunta, es decir: que tanto la captación y alumbramiento, así como el abastecimiento en alta, que garan-
ticen el suministro y consumo a los ciudadanos, así como la recogida de las aguas pluviales y fecales y el tratamiento de
las mismas para su reutilización donde proceda, sean gestionadas por una misma entidad, entendiendo que dichos requi-
sitos confluyen en SIMc la cual, además, tiene el carácter de medio propio e instrumental del Ayuntamiento de Cuenca por
lo que la prestación del servicio continuará bajo la fórmula de gestión directa.
Con esta gestión integral se espera conseguir una optimización de los recursos humanos, técnicos, naturales y económi-
cos que redundará en una mejora del servicio con un claro beneficio para el interés público y, por ende para los usuarios
del servicio en particular y de los ciudadanos en general.
Cuarto.- Que por todo lo anterior el Ayuntamiento, en virtud de su potestad autoorganizativa, ha decidido que la prestación
del servicio público de abastecimiento, alcantarillado y depuración se preste bajo la fórmula de gestión directa, a través de
la sociedad mercantil SIMc, empresa pública perteneciente íntegramente al Ayuntamiento de Cuenca, reconocida como medio
propio e instrumental de dicho Ayuntamiento en los términos del artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Por ello, el Ayuntamiento encomienda la gestión de los servicios citados a SIMc, empresa que desde su constitución ha venido
acreditando su capacidad en todas aquellas encomiendas que, durante más de siete años, ha venido desarrollado para este
municipio; por ello, en la actualidad cuenta con los medios suficientes para que, junto con los adscritos al servicio de abas-
tecimiento de aguas y alcantarillado pueda garantizarse los objetivos de mejora y eficacia en la gestión antes enunciados.
Quinto.- Previamente a la presente encomienda, el Ayuntamiento ha tramitado expediente sobre modificación del modelo
de gestión directa del servicio en el término municipal, el cual fue tomado en consideración por el Pleno de la Corporación
celebrado el 30 de octubre de 2012, y, previa la información pública correspondiente, fue aprobado por el Pleno del Ayun-
tamiento, en la sesión celebrada el 27 de diciembre de 2012.
Por otro lado, en el siguiente punto del orden del día del Pleno referido, se han adoptado los siguientes acuerdos:
“3º J)º.- Aprobación del Cambio de Gestión Ciclo Integral del Agua, gestión directa a través de la Empresa Pública Servi-
cio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca, SA.
3º K)º.- Aprobación del Convenio de Encomienda de Gestión a suscribir entre el Ayuntamiento de Cuenca y la Empresa Pública
Servicio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca,SA, y facultar al Alcalde para su firma.
Que, por todo lo anterior, las partes intervinientes acuerdan formalizar la presente ENCOMIENDA DE GESTIÓN (“la enco-
mienda”, “la encomienda de gestión” o “el Convenio”, en adelante) conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO DE LA ENCOMIENDA
Es objeto del presente Convenio la encomienda que hace el Ayuntamiento de Cuenca a SIMc para que gestione el servi-
cio público del Ciclo Integral del Agua de uso urbano en el término municipal de Cuenca, manteniendo el Ayuntamiento la
titularidad de dicho servicio y las potestades a ello inherentes.
Los requisitos, derechos y obligaciones de las partes derivados de la encomienda se reflejan en las estipulaciones siguien-
tes.
SEGUNDA.- ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS QUE COMPRENDE EL CICLO INTEGRAL DEL AGUA.
1º. El Ayuntamiento, en su condición de Administración titular del servicio, encomienda a SIMc, en su calidad de medio pro-
pio, la gestión del servicio municipal del Ciclo Integral del Agua, que comprende:
El abastecimiento, que incluye la captación, almacenamiento, potabilización y abastecimiento de agua potable.
El saneamiento, que comprende el alcantarillado y la depuración y reutilización de las aguas residuales, así como el trata-
miento de los lodos y los residuos producidos.
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 88 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
Todas la operaciones conexas con las antedichas y que se refieran al “Ciclo Integral del Agua”.
Quedan fuera del objeto de la encomienda las inversiones vinculadas al Ciclo Integral del Agua que excedan de las labo-
res propias del mantenimiento ordinario. La ejecución de dichas inversiones extraordinarias será responsabilidad del Ayun-
tamiento, sin perjuicio de la posibilidad de su encomienda expresa a SIMc en los términos definidos en la Estipulación Sép-
tima.
En cualquier caso, la gestión del servicio por parte de SIMc se ajustará a las Ordenanzas y Reglamento Municipal de cada
uno de los servicios, que al efecto se aprueben.
2º. La encomienda de gestión a que se refiere el primer párrafo se otorga con una duración de 25 años, en la forma que se
detallará posteriormente.
3º. Por la prestación de los servicios encomendados, SIMc adquiere el derecho a percibir el importe de las tarifas deriva-
das de la gestión del servicio que percibirá directamente de los usuarios, así como los derechos de conexión vigentes en
cada momento y correspondientes a las nuevas altas.
4º. Se faculta expresamente a SIMc para la realización de cuantas actuaciones resulten precisas para el cumplimiento de
las obligaciones que para la misma se deriven de la presente encomienda.
TERCERA.- TARIFAS DEL SERVICIO
Las tarifas que se aplicarán por SIMc en la prestación de los servicios objeto de encomiendan de gestión serán las siguien-
tes:
En cuanto a suministro de agua potable en baja, el importe de la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio
2013, por acuerdo de Pleno de 27 de diciembre de 2012, en la correspondiente ordenanza, que como más adelante se verá
pasará a tener la condición de tarifa.
En cuanto al servicio público de alcantarillado, el importe de la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio 2013,
por acuerdo de Pleno de 27 de diciembre de 2012, que como más adelante se verá pasará a tener la condición de tarifa.
En cuanto al servicio de depuración, la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio 2013, por acuerdo de Pleno
de 27 de diciembre de 2012, que como más adelante se verá pasará a tener la condición de tarifa.
El procedimiento de facturación y recaudación de las tarifas será el determinado en los reglamentos reguladores del servi-
cio.
Las tarifas de los servicios objeto de encomienda se revisarán anualmente, coincidiendo con el proceso de revisión de las
Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento, para la entrada en vigor automática de las nuevas tarifas con efectos del día 1 de
enero del año en que hayan de aplicarse.
En este sentido, para la actualización ordinaria de las tarifas se tomará como índice de referencia el siguiente:
Hasta el año 2015 (inclusive), como máximo el incremento anual del Índice General de Precios al Consumo que se publi-
que por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a 30 de noviembre de cada año (“IPC”, en adelante);
A partir de dicho año, como mínimo el incremento anual del IPC.
Dicha revisión ordinaria de las tarifas se practicará anualmente por el Ayuntamiento a instancia de SIMc que, a tales fines,
deberá acompañar a su solicitud de revisión el correspondiente estudio económico-financiero justificativo de la propuesta
de modificación. De dicho estudio se dará traslado al Ayuntamiento, que deberá resolver acerca de la solicitud de revisión
en el plazo de un mes.
Adicionalmente, se producirá una revisión extraordinaria de las tarifas, a instancia de SIMc, por cualquiera de los motivos
siguientes (que se indican a título meramente enunciativo y no exhaustivo), siempre a partir del año 2015:
Por aumento de los costes efectivos del servicio, más allá del generado por el incremento ordinario de los precios. Los cos-
tes del servicio se contempla que podrán variar si se alteran los elementos que integra el servicio, o si aumenta el importe
de las partidas que los forman.
Por aumento de las obligaciones financieras, asumidas por SIMc, a consecuencia de la realización de eventuales encomien-
das por el Ayuntamiento para acometer nuevas inversiones, o de la necesidad de realizar aportaciones de fondos propios
para ampliación o mejora del servicio.
Por aumento de los costes con motivo de la puesta en servicio de nuevas instalaciones y equipos.
Por disminución de los volúmenes de agua a facturar con motivo del cumplimiento inadecuado de las obligaciones de man-
tenimiento extraordinario competencia del Ayuntamiento.
Por promulgación de nuevas normas que supongan aumento de costes o disminución de ingresos.
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 89 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
En todos estos casos, SIMc redactará el correspondiente estudio de modificación de tarifas que estará basado en un aná-
lisis de los costes incurridos, y en lo que se establezca en la normativa vigente al respecto. De dicho estudio se dará tras-
lado al Ayuntamiento, que deberá resolver acerca de la solicitud de revisión en el plazo de un mes.
CUARTA.- MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN
Las tarifas aplicables de conformidad con la estipulación anterior también podrán ser modificadas fuera de los casos de revi-
sión anual previstos cuando:
El Ayuntamiento modifique, por razones de interés público, las características del servicio encomendado.
Cuando actuaciones del Ayuntamiento determinen de forma directa la ruptura sustancial de la economía de la encomienda.
Cuando causas de fuerza mayor determinen de forma directa la ruptura sustancial de la economía de la encomienda. A estos
efectos, se entenderá por causas de fuerza mayor:
Los incendios ocasionados por la electricidad atmosférica.
Los fenómenos naturales de efectos catastróficos, como seísmos, terremotos, movimientos de tierra, inundaciones y simi-
lares
Los destrozos ocasionados violentamente en tiempos de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público.
El Ayuntamiento, con esta finalidad, podrá habilitar, si cabe, la correspondiente partida de gastos en el presupuesto ordina-
rio del ejercicio siguiente.
En este sentido, el mantenimiento del equilibrio financiero de la encomienda de gestión queda configurado como una fór-
mula excepcional que debe conjugarse con el principio de riesgo y ventura en la prestación de los servicios, al objeto de
impedir que esa excepcionalidad se convierta en una garantía ordinaria de los riesgos inherentes a la explotación del ser-
vicio, que siempre deberá asumir SIMc.
La ruptura del equilibrio financiero por las causas antes enumeradas se compensará bien mediante pertinentes modifica-
ciones de las tarifas del servicio, o por la asignación a SIMc de los medios económicos que sean necesarios, una vez cum-
plidos los trámites legales que en cada momento correspondan y según determine el Ayuntamiento.
QUINTA.- USO DE BIENES Y DERECHOS.
Para posibilitar lo convenido en la estipulación primera del presente Convenio, SIMc podrá hacer uso de los bienes e ins-
talaciones afectos a los servicios encomendados, que a título enunciativo se recogen en el ANEXO I.
Dicho uso no comportará en ningún caso transmisión de la titularidad demanial de dichos activos, atribuyéndose a SIMc
sólo las necesarias facultades de gestión, y las correlativas obligaciones de conservación y mantenimiento ordinario.
Los bienes e instalaciones cedidos en uso revertirán en correcto uso al Ayuntamiento a la finalización de la presente enco-
mienda.
Asimismo, los bienes e instalaciones que se vayan adquiriendo por SIMc y transformando durante el tiempo de prestación
de los servicios, considerándose en todo momento de titularidad del Ayuntamiento, revertirán al mismo a la finalización del
plazo de la encomienda.
SEXTA.- CANONES A PERCIBIR POR EL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento tendrá derecho a la percepción de un canon por la cesión, en régimen de encomienda de gestión por un
periodo determinado, de la explotación de los servicios del Ciclo Integral del Agua en la ciudad de Cuenca, que le permitirá
hacer frente a aquellas inversiones vinculadas al Ciclo Integral del Agua que quedan fuera del objeto de la presente enco-
mienda, conforme a lo previsto en la Estipulación Segunda.
Dicho canon quedaría definido como un pago anticipado equivalente al importe total (expresado en precios de 2013) de las
inversiones en infraestructuras que deberá acometer el Ayuntamiento durante el periodo de vigencia de la presente enco-
mienda, de conformidad con las Hipótesis de Inversiones asociadas al Ciclo Integral del Agua inicialmente definidas en la
Memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por SIMc, que se acompaña como ANEXO II.
Asimismo, se establece que el Ayuntamiento tendrá derecho a percibir un canon anual, en concepto de participación en los
resultados de la explotación del servicio, que se calculará sobre la base de los flujos de caja libres efectivamente genera-
dos por la actividad de SIMc una vez haya hecho frente al pago de todos sus costes (tanto los operativos, tributarios, como
los asociados a las obligaciones financieras comprometidas). En base a las Hipótesis de Ingresos y Gastos recogidos en
la memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por SIMc, se ha contemplado que el importe a
percibir en concepto de canon anual ascendería al 25% del flujo de caja libre de cada ejercicio, porcentaje que permane-
cerá constante durante todo el periodo de vigencia de la encomienda.
Señalar que la percepción efectiva del canon anticipado quedará en cualquier caso supeditada a que SIMc alcance un com-
promiso formal con entidades financieras para su financiación. En caso de que dicha financiación no se materialice antes
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 90 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
del mes de diciembre del año 2013, o la misma quede comprometida por un montante inferior al importe de inversiones para
el Ciclo Integral del Agua previsto en la memoria justificativa, se deberá proceder a la modificación del porcentaje anual sobre
resultados a percibir por el Ayuntamiento a partir del año 2014, de manera que el importe total que reciba el Ayuntamiento
sea equivalente –en valor presente y a lo largo de todo el periodo de vigencia de la encomienda– al inicialmente estimado
en el caso de que se hubiera podido hacer frente al pago del total del canon anticipado. En este sentido, y en base a las
Hipótesis de Ingresos y Gastos recogidos en la memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por
SIMc, se ha contemplado que este nuevo importe a percibir en concepto de canon anual, en el caso de que no se llegara
a producir ningún tipo de pago en concepto de canon anticipado, sería del 80% del flujo de caja libre de cada ejercicio, y a
partir de entonces este nuevo porcentaje permanecería constante durante el resto de ejercicios del periodo de vigencia de
la encomienda. En caso de que se produjera un pago parcial del canon anticipado, el porcentaje sobre el flujo de caja anual
en concepto de canon anual deberá ser ajustado de manera proporcional.
Forma de pago de los cánones:
Canon anticipado: sujeto en cualquier caso a la financiación total o parcial del mismo, SIMc deberá realizar las operacio-
nes precisas para proceder al abono al Ayuntamiento del canon antes del 30 de junio de 2013. En caso de que únicamente
se obtenga un compromiso de financiación parcial (o no se obtenga ningún compromiso), a partir del año 2014 se deberá
incrementar el porcentaje correspondiente al canon anual.
Canon anual: durante el periodo de vigencia de la encomienda, SIMc deberá realizar las operaciones precisas para proce-
der al abono al Ayuntamiento del canon anual correspondiente a cada ejercicio, conforme al porcentaje definido en la pre-
sente encomienda, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente.
SEPTIMA.- PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS. OBLIGACIONES DE SIMc COMO ENTE INSTRUMEN-
TAL PRESTATARIO DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS
Como principio general, SIMc deberá prestar el Servicio Público del Ciclo Integral del Agua sin discriminación alguna, cum-
pliendo y haciendo cumplir las Ordenanzas y Reglamentos reguladores del servicio, la legislación del Estado y las normas
promulgadas por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
En particular, SIMc, además de las obligaciones generales que establecen los Reglamento del servicio y demás normativa
de aplicación, y de aquellas que se deriven de lo establecido en otras cláusulas del presente Convenio, tendrá las siguien-
tes obligaciones:
Prestar los servicios a toda persona o entidad que cumpla los requisitos establecidos, previa formalización del correspon-
diente contrato. SIMc deberá mantener al día y a disposición municipal un listado de abonados en el que se hará constar
las características esenciales del contrato.
Organizar y prestar los servicios objeto de la encomienda en las condiciones y con la continuidad convenidas, garantizando
a los usuarios el derecho a utilizar tales servicios, incluyendo el abono de la contraprestación económica contenida en las
tarifas aprobadas y gestionar el cobro a los abonados y realizar cualquier actividad complementaria que se derive de las
anteriores.
Subrogarse en los contratos y convenios suscritos por el Ayuntamiento con proveedores y contratistas de prestación de ser-
vicios que estén vigentes en el inicio de su actividad, y que tengan que ver con la prestación directa de los servicios enco-
mendados.
Cuidar del buen orden del servicio, sin perjuicio de las instrucciones que al respecto reciba del Ayuntamiento.
Ejercer las actividades objeto de la encomienda y de prestar los servicios en las condiciones técnicas y de calidad previs-
tas en el presente Convenio.
Adquirir todos los materiales y elementos necesarios para el funcionamiento de los servicios en las condiciones señaladas
en el epígrafe anterior y desarrollar todas las actividades y servicio poniendo especial cuidado en el respeto al medio ambiente.
Ejecutar las reparaciones ordinarias necesarias para las labores de mantenimiento de las infraestructuras utilizadas para la
prestación de los servicios. Asimismo, el Ayuntamiento podrá encargar a SIMc, mediante la pertinente encomienda suscrita
al efecto y dentro de un marco económico-financiero específico que no suponga una ruptura de la economía de la enco-
mienda, la elaboración del proyecto y ejecución de cualesquiera obras que tengan relación con el Ciclo Integral del Agua,
estén o no incluidas en el Plan de Inversiones inicialmente predefinido por el Ayuntamiento para el periodo de vigencia de
la presente encomienda, así como llevar a cabo la eventual explotación del servicio inherente a dichas obras. En este último
sentido, SIMc deberá permitir que, en cualquier momento, los técnicos y responsables del Ayuntamiento puedan inspeccio-
nar la construcción de dichas obras e instalaciones, y facilitar el acceso y toda aquella información que se considere opor-
tuna para evaluar la adecuada prestación del servicio.
Mantener en buen estado las edificaciones e instalaciones hidráulicas, equipamientos y demás material y elementos auxi-
liares afectos a la prestación del servicio. Entregar al Ayuntamiento en el momento que se extinga la encomienda de ges-
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 91 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
tión, toda la documentación y soportes informáticos utilizados en la prestación del servicio, tales como contratos de clien-
tes, padrón del último trimestre, lecturas de contadores, cartografía de redes, bases de datos, etc., así como cualesquiera
otros que estuviesen afectos al normal desenvolvimiento de su actividad.
Facilitar al Ayuntamiento cuanta información y documentación sea precisa para realizar el ejercicio de las facultades de segui-
miento y control de la encomienda de gestión, y acatar las instrucciones emanadas del Ayuntamiento, titular del servicio, en
relación a la prestación del mismo.
Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguri-
dad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto de la encomienda,
respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
Reparar con celeridad las averías que se produzcan en los diferentes elementos del sistema de abastecimiento y en la red
de distribución de Cuenca. El tiempo de apertura de zanjas en la vía pública será el mínimo imprescindible para efectuar la
reparación, y el pavimento y los elementos afectados deberán quedar en perfecto estado una vez acabada la misma. En el
caso de que las averías provengan de circunstancias ajenas a la utilización ordinaria de las infraestructuras e instalaciones
cuya gestión se haya encomendado a SIMc, deberá plantearse en tiempo y forma la retribución asociada a su reparación,
de manera que no suponga un menoscabo de la economía de la encomienda ni de los compromisos financieros adquiridos
por SIMc, pero conjugado todo ello con el principio de riesgo y ventura en la prestación de los servicios que debe informar
en todo caso la presente encomienda.
De esta manera, en el supuesto de que la causa de las averías no sea imputable a SIMc, el Ayuntamiento le resarcirá del
coste de la reparación, repercutiendo en su caso posteriormente el mismo a quien se determine responsable de las mis-
mas.
Cumplir las obligaciones dimanantes de las disposiciones legales que sean de aplicación.
Con respecto a los usuarios de los servicios encomendados, SIMc cuidará, de acuerdo con la normativa legal vigente:
De que todos los usuarios tengan debidamente formalizada la contratación del suministro de agua y alcantarillado.
De la actualización y puesta al día de un fichero de abonados, en el cual se hará constar las características de cada uno
en particular, debiendo estar el mismo, en todo momento, a disposición del Ayuntamiento.
De la ejecución de las conexiones a los usuarios.
De la lectura de contadores con la periodicidad que fije la normativa legal aplicable.
De la actualización de padrones y recibos sobre la base de las tarifas vigentes en cada momento.
De las reclamaciones y avisos de averías.
De resolver cuantas quejas y reclamaciones formulen los abonados de los servicios encomendados, a consecuencia de la
prestación de los mismos.
Del cobro de recibos y correspondencia con los abonados.
De la instalación, renovación y conservación de contadores, así como de las acometidas de agua potable.
De disponer que los organismos oficiales municipales (Ayuntamiento, Policía Local, otras dependencias municipales, cen-
tros escolares, etc.) dispongan de un contador de suministro para su medida, pero sin considerar que su consumo sea sus-
ceptible de cobro al Ayuntamiento, salvo en aquellas instalaciones municipales cuyo servicio sea explotado a través de un
concesionario privado, en los términos establecidos en el Reglamento regulador del servicio.
OCTAVA.- DERECHOS DE SIMc
SIMc, además de que se deriven de otras cláusulas de este Convenio, tendrá los siguientes derechos:
Ser respetado por terceros en su condición de ente instrumental prestatario del servicio, pudiendo colaborar con la autori-
dad municipal para acabar con toda perturbación al desarrollo normal del servicio encomendado, siempre que tal colabo-
ración no implique ejercicio de autoridad.
Percibir el importe de las tarifas derivadas de la gestión de los servicios encomendados durante todo el periodo de vigen-
cia de la encomienda, que percibirá directamente de los usuarios, así como los derechos de conexión vigentes en cada momento
correspondientes a las nuevas altas.
Proponer al Ayuntamiento aquellas modificaciones que se consideren indispensables para mejorar la prestación del servi-
cio.
Obtener una compensación económica que permita mantener el equilibrio económico y financiero de la encomienda de ges-
tión, en los casos en que la legislación lo establezca y en los términos previstos en el presente Convenio.
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 92 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
Solicitar al Ayuntamiento que ejerza su potestad de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio admi-
nistrativo para la adquisición del dominio, los derechos reales o el uso de los bienes necesarios para el funcionamiento del
servicio.
Utilizar los bienes de dominio público que sean necesarios para la gestión del servicio.
No asumir la gestión de cobro, ni reconocer como crédito propio las deudas por impago que, a la fecha de inicio de la enco-
mienda, mantengan los abonados que figuren en el padrón de los servicios ahora encomendados con el Ayuntamiento.
Cualesquiera otros que se deriven del presente Convenio o de la normativa de aplicación.
NOVENA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA.
El Ayuntamiento, con independencia de las obligaciones consignadas en el presente Convenio, conservará en todo momento
la titularidad de los servicios encomendados y de los bienes afectos a los mismos.
Sin perjuicio de las potestades que le sean inherentes como Administración titular, y además de las que se deriven de lo
que se establece en otras cláusulas del presente Convenio y normas legales aplicables, el Ayuntamiento ostentará los siguien-
tes derechos:
A percibir los importes en concepto de cesión de los derechos de explotación del servicio del Ciclo Integral del Agua de la
ciudad de Cuenca, conforme a la estipulación sexta del presente Convenio.
A obtener la reversión de los derechos y obligaciones inherentes a la encomienda en el plazo fijado en el presente Conve-
nio.
A intervenir y fiscalizar en todo momento la gestión de los servicios mediante el personal designado al efecto, que podrá
inspeccionar el servicio, las obras, las instalaciones y los locales, así como la documentación relacionada con la encomienda,
y dictar las órdenes necesarias para mantener o restablecer la debida prestación.
A establecer, previa audiencia de SIMc, las modificaciones que aconsejase el interés público en orden a la prestación de
los servicios, previos los trámites legales establecidos en cada momento, compensando en cualquier caso a SIMc por aque-
llas actuaciones que ordene llevar a cabo y que supongan una ruptura del equilibrio económico y financiero de la encomienda.
Asimismo, el Ayuntamiento asumirá las siguientes obligaciones:
Garantizar el mantenimiento de las condiciones que permitan a SIMc la gestión del servicio en los términos encomenda-
dos, incluyendo la ejecución de las inversiones extraordinarias del Ciclo Integral del Agua.
Garantizar el cumplimiento íntegro del plazo de la encomienda, asumiendo en caso contrario todas las responsabilidades
que pudieran derivarse para SIMc por el incumplimiento de cualquier compromiso contractual o financiero adquirido con ter-
ceros. Lo anterior salvo el caso de que dicho plazo no pudiera cumplirse por causa imputable a una inadecuada prestación
del servicio por parte de SIMc.
Garantizar la estabilidad y aprobación del marco tarifario definido, de conformidad con lo establecido en el presente Con-
venio.
DECIMA.- TRASPASO DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA
El Ayuntamiento tramitará el oportuno expediente para la transferencia del personal municipal a SIMc, en su calidad de empresa
pública, dentro de los términos que fije la legislación vigente.
En este sentido, está previsto que el personal que actualmente está adscrito al Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento
de Cuenca sea traspasado a SIMc, no implicando dicho traspaso el cambio en la condición en que actualmente prestan sus
servicios en el Ayuntamiento y en consecuencia:
El personal que, en virtud de acuerdo del Ayuntamiento, sea trasladado a SIMc, mantendrá en su totalidad su condición,
con los mismos derechos y obligaciones vigentes en el momento del traslado del acuerdo.
A dicho personal se le reconocerán las retribuciones y condiciones que tienen vigentes en el momento del traslado del acuerdo.
En el supuesto de que se produjese cualquier modificación en la gestión del servicio (cambio o supresión de empresa o
modificación del modelo de gestión) y, dado que en ningún momento habrían perdido su condición de personal del Ayun-
tamiento, habría que asignarles un nuevo puesto en el mismo.
En el caso de que, con el objeto de cubrir las necesidades de esta encomienda, se adscribiera a SIMc personal pertene-
ciente a otros servicios municipales diferentes, dicho personal se adscribirá en las mismas condiciones que las expresadas
para el personal del Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Cuenca.
DECIMO PRIMERA.- CESIÓN DE USO DE LOCALES Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.
El Ayuntamiento, con objeto de facilitar una correcta prestación de servicios a los abonados y usuarios cederá para su uti-
lización por el personal de SIMc todos aquellos locales y dependencia municipales, así como el mobiliario allí existente, que
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 93 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
hasta la fecha estaban siendo utilizados por los Servicios Municipales de Aguas, de atención al público, de actividad admi-
nistrativa y taller.
Asimismo, se cederá a SIMc una parte de las dependencias municipales sitas en la tercera planta del Edificio del Mercado
para la ubicación de su sede administrativa.
Esta cesión no surtirá efecto en tanto no sea tramitado el oportuno expediente en los términos previstos en el Reglamento
de bienes de las Entidades Locales.
SIMc devolverá al Ayuntamiento la disponibilidad material de los citados locales y dependencias municipales, así como el
mobiliario entregado, a la finalización de la presente encomienda, que no deberá haber sufrido mayor menoscabo que el
inherente a su uso adecuado a lo largo del tiempo.
DECIMO SEGUNDA.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA
El Ayuntamiento, en calidad de titular de las competencias cuya gestión encomienda, obligará a suministrar a SIMc, con la
periodicidad que sea pertinente, el Padrón de abonados debidamente actualizado y en soporte magnético e informático.
DECIMO TERCERA.- USO DE LA VÍA PúBLICA
El Ayuntamiento concede a SIMc el derecho a utilizar la vía pública, para situar conducciones y realizar las intervenciones
y reparaciones oportunas destinadas a la distribución de agua potable y evacuación de aguas residuales, teniendo en cuenta
lo que disponen las ordenanzas municipales y, de manera especial, en lo referente a la reposición de pavimento, excep-
tuando los tributos y tasas que pudieran corresponder, de los cuales SIMc estará en cualquier caso exento de pago, al ser
las instalaciones bienes afectos a un servicio público de propiedad municipal, y actuar en ejecución de una encomienda de
gestión.
En cualquier caso, SIMc deberá dejar en perfecto estado la vía pública tras la actuación realizada.
DECIMO CUARTA.- REVERSIÓN
Cuando finalice el plazo de vigencia del presente Convenio, la prestación de los servicios encomendados revertirá al Ayun-
tamiento, y SIMc deberá entregar las obras, instalaciones y bienes materiales integrantes de los servicios a los que esté
obligada, conforme a lo establecido en el presente Convenio, y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
DECIMO QUINTA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN.
El presente Convenio entrará en vigor a partir del 1 de enero del año 2013, y su duración y, por tanto, el plazo de vigencia
de la encomienda de la gestión del servicio público del Ciclo Integral del Agua de la ciudad de Cuenca, será de 25 años a
contar desde su entrada en vigor.
DECIMO SEXTA.- CLÁUSULA DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO.
Será causa de resolución del presente Convenio el incumplimiento por alguna de las partes firmantes de las obligaciones
que se le imponen, consideradas todas ellas fundamentales.
Ello no obstante, y al tratarse de servicios públicos esenciales, así como de un Convenio de encomienda de gestión, se
establece que, previamente a la resolución, la parte que estime que existe incumplimiento de obligaciones esenciales deberá
requerir por escrito a la parte incumplidora para que subsane el incumplimiento, disponiendo esta de 15 días hábiles para
subsanar aquel.
No cabe ningún acuerdo interpretativo dictado unilateralmente por cualquiera de las partes. Cualquier acuerdo interpreta-
tivo o modificación del presente Convenio requerirá los mismos trámites tanto de aprobación como de formalización expresa,
siendo causa de resolución expresa cualquier acuerdo de las partes que vulnere lo establecido en el presente apartado.
DECIMO SÉPTIMA.- SUMISIÓN EXPRESA.
Para cualquier conflicto o controversia que pudiera surgir entre las partes con relación al presente Convenio, las mismas
se someten y dirimirán de forma expresa ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dada la intervención de una admi-
nistración pública local y la condición de SIMc como entidad instrumental prestadora de un servicio público en régimen de
gestión directa.
Leído el presente convenio por todas las partes intervinientes, y conocidas y comprendidas todas sus estipulaciones, lo fir-
man por duplicado en todas sus hojas, como prueba de su aceptación y conformidad, en la ciudad y fecha ut supra.
Fdo: Juan Manuel Ávila Francés Fdo: Darío F. Dolz Fernández
Alcalde-Presidente Consejero Delegado SIMc
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 94 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
ANEXO I
INFRAESTRUTURAS
Infraestructura Descripción Detalles
Captación Royo Frío Bóveda de 3 x 50 metros y una caseta 8
m
2
Dos conducciones de agua Una tubería de 26 Kms hasta las
Grajas. Y otra tubería hasta el Ventano
del diablo de 16 Kms. ambas de 800
mm
2,8 Kms de tubería de 1.100 de
diámetro. 2 Kms de 1000 mm de
hormigón y de ahí a las Grajas de 800
mm.
Dos captaciones en el Ventano
del Diablo (en caso de
emergencia)
Dos captaciones en el Ventano del
Diablo con casetas de 20 m
2
Manantial Agua Cueva del
Fraile
Con una superficie de 120 m
2
Casetas Cloración Cueva del
Fraile
Caseta de cloración de 8 m
2
a 300
metros de captación
Canal de 7 Kms hasta los Depósitos
de San Pedro, discurre por gravedad
Acueducto Cueva del Fraile Con una longitud de 5.200 ml
Caseta llegada Captación
Palomera
Caseta con una superficie de 20 m
2
Captación Agua en Crta.
Palomera Km 5,5
Caseta con una superficie de 79.5 m
2
Bombeo a conducción Cueva del
Fraile.
Captación Albadalejito Depósito intermedio de 2.200 m
3
Cloración automática
Estación de bombeo y
distribución de Albadalejito
Distribuye el agua a Cólliga, Colliguilla,
Villanueva de los Escuderos, Pinar de
Jábaga y Chillarón.
Jábaga y Chillarón no pertenecen al
municipio
Estación de las Grajas Bombeo a depósitos y captación de
emergencia del río. Superficie 892 m
2
Tubería de 500 mm. hasta los
depósitos del Cerro Molina
Depósitos de La Dehesa de
Santiago
Dos depósitos elevados de 3.600 m
3
Cloración automática
Depósitos en Cerro Molina Dos depósitos de 7.500 m
3
Cloración automática
Depósitos del Castillo Uno de 1500 y otro de 200 m
3
. y
superficie 680 m
2
Cloración
Depósitos de San Pedro Uno de 800 y otro de 400 m
3
Bombeo hasta los depósitos del
Castillo
Villa Román Dos depósitos de 3.550 m
3
Cloración automática
Depósito en San Antón 2.000 litros.
Deposito en Polígono SEPES Uno de 2.200 m
3
Red de distribución de Cuenca
ciudad.
Mallada casi en su totalidad. La longitud
es de 93 Kms.
De fundición gris, fibrocemento y PVC
con diámetros entre 80 mm. y 300 mm.
Depósito de La Melgosa De menos de 100 m
3
El agua procede del Cerro Molina
Depósito de Mohorte De menos de 100 m
3
El agua procede del Cerro Molina
Depósito intermedio en Cólliga De menos de 100 m
3
El agua procede de Albadalejito
Depósito en Colliguilla De menos de 100 m
3
Al agua procede de Albadalejito
Depósito intermedio en
Villanueva de los Escuderos
De menos de 100 m
3
El agua procede de Albadalejito. Se
bombea desde Cólliga
Manantial en Tondos
Depósito intermedio De menos de 100 m
3
Cloración por pulsación
Depósito en Tondos De menos de 100 m
3
Cloración por pulsación
Manantial en Valdecabras Depósito intermedio de menos de 100
m
3
Cloración por pulsación
Red de Nohales Agua procedente de los depósitos de La
Dehesa de Santiago
Redes de las 8 pedanías Se desconoce su longitud
Colectores Alcantarillado Tiene una longitud aproximada de 114
Kms.
Hay 3 colectores principales. El nº 1
tiene una longitud de 3167 metros, es
de fibrocemento con dimensiones de
500mm y 700 mm.
El nº II tiene longitud de 2699 metros
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 95 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
ANEXO II
HIPÓTESIS DE INVERSIONES
(En euros constantes de 2012) Importe Inicio Final
1. Alcantarillado de fecales
Desdoblamiento de colectores. 1.186.441 2017 2022
Nuevos colectores 1.059.322 2017 2022
2. Alcantarillado de pluviales
Tanques de tormentas 1.779.661 2019 2021
Cámaras de retención de sólidos 508.475 2019 2021
Tuberías y aliviaderos 847.458 2021 2023
3. Abastecimiento
Finalización desdoblamiento red aducción desde Royofrio (10 Km) 4.237.288 2023 2026
EDAR CUENCA Obra de llegada
Estación de bombeo
Desengrasador y desarenador.
Tanque biológico para P
Tanques de aireación.
Distribuidor.
3 decantadores
Estación de bombeo de fangos.
Deshidratación de fangos.
Pozo de bombeo.
Edificio Administrativo
Caseta Transformadores.
Actualmente ya Gestionada por SIMc
EDAR LA MELGOSA Depuradora de Aguas de La Melgosa
con una superficie de 84,80 m
2
Local en C/ Martinez Kleiser. Superficie 76,97 m
2
Oficinas Actuales del Servicio de
Aguas
Local en C/ Martinez Kleiser Superficie Aprox. 50 m
2
Taller y almacén actual del Servicio de
Aguas.
Fuente Ornamental en Plaza
de España
Con un Volumen de agua de 105 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental en Parque
del Huecar
Con un Volumen de 23 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental en
Rotonda de Bomberos
Con una Volumen de 35 m m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Dos Fuentes Ornamentales en
Parque Santa Ana Con un Volumen cada una de 5 m m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental en Parque
de Fuente del Oro
Con un Volumen de 20 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental en Plaza
Segundo Pastor
Con un Volumen de 40 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental en
Rotonda Avda. Juan Carlos I
Con un Volumen de 200 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental Parque
Dos Ríos
Con un Volumen de 500 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuente Ornamental Parque de
Los Príncipes
Con un Volumen de 100 m
3
Actualmente ya Gestionada por SIMc
Fuentes de Obra de suministro
de Agua Potable en Cuenca y
Pedanías
En un numero de 49 repartidas por el
Casco Urbano
Actualmente ya gestionadas por SIMc
Fuentes en Fundición de
suministro de Agua Potable en
Cuenca y Pedanias
En un número Aproximado de 92
repartidas por el Casco Urbano
Actualmente ya Gestionadas por SIMc
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 96 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
Renovación 1000 bocas Riego 423.729 2016 2022
Renovación 20 Valvulas corte 5.763 2013 2022
Cambio de Acometidas (500) 84.746 2016 2022
Mantenimiento de depósitos 16.949 2013 2022
Cierre del anillo de abastecimiento en la Ronda Oeste mediante tubería de 400 mm 847.458 2022 2026
Importe de la renovación de los contadores 2.567.797 2013 2020
Coste de la automatización abastecimiento 169.492 2016 2022
4. Pedanías
Actuaciones en captaciones, bombeos depósitos, cambios de red, acometidas,
bocas de riego, válvulas, etc 554.102 2025 2030
5. Depuradora
Inversiones a Corto-medio Plazo Pedanias 1.186.441 2019 2023
Inversión a largo plazo Mantenimiento Pedanías 59.322 2015 2018
Modificación de Estación de Bombeo Crta Madrid. Montaje de 2ª bomba de servicio y
comunicación de señales con Autómata de la EDAR. 16.949 2017 2020
Adquisición de Tomamuestras –Automático Laboratorio 4.237 2017 2020
Sustitución de filtros automáticos de agua de enjuague Filtrobandas 5.932 2017 2020
Instalación de separador de arenas para recepción de camiones cisternas 50.847 2017 2020
Adquisición nueva maquinaria Jardinería 5.085 2017 2020
Instalación de rejas automáticas gruesas en la entrada de la EDAR 127.119 2015 2017
Instalación de grupo electrógeno para suministro básico de electricidad 127.119 2017 2019
Construcción de Nave para almacén 169.492 2029 2036
Ejecución del Cuarto Decantador para aumento del caudal a tratar con todas sus
necesidades Obra Civil, mecánica y modificaciones del Autómata. 1.016.949 2029 2036
Ampliación en dos rotores por aumento de la carga orgánica 169.492 2019 2022
Sustitución de los filtrobandas por centrifugas 338.983 2022 2025
TOTAL 17.566.648 €
B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a
Pág. 97 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_
Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_
Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_Jesus Parra
 
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angostura
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angosturaInforme de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angostura
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angosturaalcaldiaangostura
 
Decreto hidrantes mayo-2009
Decreto hidrantes mayo-2009Decreto hidrantes mayo-2009
Decreto hidrantes mayo-2009Jesus Parra
 
Tarifas servicios publicos
Tarifas servicios publicosTarifas servicios publicos
Tarifas servicios publicosJuan Tarazona
 
Ojo otro contrato concesión agua_6822091
Ojo otro contrato concesión agua_6822091Ojo otro contrato concesión agua_6822091
Ojo otro contrato concesión agua_6822091Jesús Navarro
 
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de Ríos
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de RíosDictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de Ríos
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de RíosNelson Leiva®
 
neActa pleno num 18
neActa pleno num 18neActa pleno num 18
neActa pleno num 18UPyDNovelda
 
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011Diplomado Esan
 
26 09-13. acta pleno nº 12
26 09-13. acta pleno nº 1226 09-13. acta pleno nº 12
26 09-13. acta pleno nº 12UPyDNovelda
 
Acta pleno ordinario de febrero
Acta pleno ordinario de febreroActa pleno ordinario de febrero
Acta pleno ordinario de febreroUPyDMajadahonda
 

La actualidad más candente (20)

Acta 2013 07-31
Acta 2013 07-31Acta 2013 07-31
Acta 2013 07-31
 
Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_
Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_
Reglamento de asadas_-la_gaceta_150-__5-8-2005_
 
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angostura
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angosturaInforme de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angostura
Informe de rendicion de cuentas por medios electronicos municipio de angostura
 
LA CRÓNICA 624
LA CRÓNICA 624LA CRÓNICA 624
LA CRÓNICA 624
 
Decreto hidrantes mayo-2009
Decreto hidrantes mayo-2009Decreto hidrantes mayo-2009
Decreto hidrantes mayo-2009
 
ACTA SESIÓN PLENARIA DE 26 DE SEPTIEMBRE
ACTA SESIÓN PLENARIA DE 26 DE SEPTIEMBRE ACTA SESIÓN PLENARIA DE 26 DE SEPTIEMBRE
ACTA SESIÓN PLENARIA DE 26 DE SEPTIEMBRE
 
Ord 11728 - Pliego Urbana
Ord 11728 - Pliego UrbanaOrd 11728 - Pliego Urbana
Ord 11728 - Pliego Urbana
 
Tarifas servicios publicos
Tarifas servicios publicosTarifas servicios publicos
Tarifas servicios publicos
 
Boletin
BoletinBoletin
Boletin
 
Servicios publicos domiciliarios
Servicios publicos domiciliariosServicios publicos domiciliarios
Servicios publicos domiciliarios
 
Ojo otro contrato concesión agua_6822091
Ojo otro contrato concesión agua_6822091Ojo otro contrato concesión agua_6822091
Ojo otro contrato concesión agua_6822091
 
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de Ríos
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de RíosDictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de Ríos
Dictámenes de Responsabilidad Municipal en Canales, Cauces de Ríos
 
neActa pleno num 18
neActa pleno num 18neActa pleno num 18
neActa pleno num 18
 
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011
Acta xxii sesión ordinaria de concejo, de fecha 17.11.2011
 
960
960960
960
 
Actual calidad del agua
Actual calidad del aguaActual calidad del agua
Actual calidad del agua
 
26 09-13. acta pleno nº 12
26 09-13. acta pleno nº 1226 09-13. acta pleno nº 12
26 09-13. acta pleno nº 12
 
Los1sfrwf
Los1sfrwfLos1sfrwf
Los1sfrwf
 
Acta Pleno enero 2015
Acta Pleno enero 2015Acta Pleno enero 2015
Acta Pleno enero 2015
 
Acta pleno ordinario de febrero
Acta pleno ordinario de febreroActa pleno ordinario de febrero
Acta pleno ordinario de febrero
 

Destacado

Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Cultural
Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo CulturalRisoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Cultural
Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Culturalguest15d949
 
Esquema ley de contratos del sector público
Esquema ley de contratos del sector públicoEsquema ley de contratos del sector público
Esquema ley de contratos del sector públicoJose Dobarro Bujan
 
Jura de la contitucion bruno ribero
Jura de la contitucion bruno riberoJura de la contitucion bruno ribero
Jura de la contitucion bruno riberoBrunoRibero2013
 
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015Gustavo DelaBarra Riquelme
 
Sociedad de la información
Sociedad de la informaciónSociedad de la información
Sociedad de la informaciónDoris Suquilanda
 
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen"
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen""Las emociones nos conectan, las redes nos unen"
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen"Outliers Collective
 
1. marco conceptual reese jun 2013
1. marco conceptual   reese jun 20131. marco conceptual   reese jun 2013
1. marco conceptual reese jun 2013unsamdigital
 
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicación
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicaciónUte descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicación
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicaciónUTE ROSA CHÁVEZ
 
vídeos motivadores
vídeos motivadores vídeos motivadores
vídeos motivadores Jannett Hoo
 
La educación en Valores y valores en las aulas
La educación en Valores y valores en las aulas La educación en Valores y valores en las aulas
La educación en Valores y valores en las aulas Home
 
Comercio electronico
Comercio electronicoComercio electronico
Comercio electronicoBrayan Diaz
 
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplos
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplosFunciones con retorno en lengaje c utp ejemplos
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplosHome
 

Destacado (20)

Contratos sujetos a regulación armonizada
Contratos sujetos a regulación armonizadaContratos sujetos a regulación armonizada
Contratos sujetos a regulación armonizada
 
Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Cultural
Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo CulturalRisoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Cultural
Risoris Silvestre: Presentacion Proyecto Estrategias Turismo Cultural
 
Esquema ley de contratos del sector público
Esquema ley de contratos del sector públicoEsquema ley de contratos del sector público
Esquema ley de contratos del sector público
 
Cccb cartografia social
Cccb cartografia socialCccb cartografia social
Cccb cartografia social
 
Jura de la contitucion bruno ribero
Jura de la contitucion bruno riberoJura de la contitucion bruno ribero
Jura de la contitucion bruno ribero
 
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015
PROGRAMA LISTA B CEE GEOGRAFÍA PUCV 2014-2015
 
Hardware y software
Hardware y softwareHardware y software
Hardware y software
 
Sociedad de la información
Sociedad de la informaciónSociedad de la información
Sociedad de la información
 
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen"
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen""Las emociones nos conectan, las redes nos unen"
"Las emociones nos conectan, las redes nos unen"
 
1. marco conceptual reese jun 2013
1. marco conceptual   reese jun 20131. marco conceptual   reese jun 2013
1. marco conceptual reese jun 2013
 
Issuu 2014
Issuu 2014Issuu 2014
Issuu 2014
 
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicación
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicaciónUte descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicación
Ute descripción de los trastornos del lenguaje y la comunicación
 
buses
busesbuses
buses
 
vídeos motivadores
vídeos motivadores vídeos motivadores
vídeos motivadores
 
La educación en Valores y valores en las aulas
La educación en Valores y valores en las aulas La educación en Valores y valores en las aulas
La educación en Valores y valores en las aulas
 
Comercio electronico
Comercio electronicoComercio electronico
Comercio electronico
 
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplos
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplosFunciones con retorno en lengaje c utp ejemplos
Funciones con retorno en lengaje c utp ejemplos
 
Adiosdegabrielmarquez
AdiosdegabrielmarquezAdiosdegabrielmarquez
Adiosdegabrielmarquez
 
Trabajo sheii
Trabajo sheiiTrabajo sheii
Trabajo sheii
 
Trabajo practic
Trabajo practicTrabajo practic
Trabajo practic
 

Similar a Convenio encomienda gestión ciclo integral agua Ayuntamiento Cuenca SIMc

3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)Daniel Romero- Abreu
 
Propuesta de PSOE alcázar para evitar la venta de Aguas
Propuesta de PSOE alcázar  para evitar la venta de AguasPropuesta de PSOE alcázar  para evitar la venta de Aguas
Propuesta de PSOE alcázar para evitar la venta de Aguaspsoealcazar
 
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...Ayuntamiento de Málaga
 
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...Daniel Romero- Abreu
 
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaAlegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaCGT Correos-Granada
 
Justificación voto psoe
Justificación voto psoeJustificación voto psoe
Justificación voto psoeherc1212
 
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...Ayuntamiento de Málaga
 
Reglamento ptar 2017
Reglamento ptar 2017Reglamento ptar 2017
Reglamento ptar 2017Erika Cordero
 
Municipalidad provincial de san roman
Municipalidad provincial de san romanMunicipalidad provincial de san roman
Municipalidad provincial de san romanElias Cazasola
 
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...Carlos Pérez
 
Becas formación restauración 22 10-2010
Becas formación restauración 22 10-2010Becas formación restauración 22 10-2010
Becas formación restauración 22 10-2010Trinidad Pasies
 
BO-L-2029.pdf
BO-L-2029.pdfBO-L-2029.pdf
BO-L-2029.pdfedyNovoa
 
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012 Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012 upydalcorcon
 
Rectificación tratamiento RESIDUOS
Rectificación tratamiento RESIDUOSRectificación tratamiento RESIDUOS
Rectificación tratamiento RESIDUOSLidia Milena
 
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...Ayuntamiento de Málaga
 

Similar a Convenio encomienda gestión ciclo integral agua Ayuntamiento Cuenca SIMc (20)

3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
 
Propuesta de PSOE alcázar para evitar la venta de Aguas
Propuesta de PSOE alcázar  para evitar la venta de AguasPropuesta de PSOE alcázar  para evitar la venta de Aguas
Propuesta de PSOE alcázar para evitar la venta de Aguas
 
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...
EL AYUNTAMIENTO SACA A LICITACIÓN EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIEN...
 
Proyecto final 102058 399
Proyecto final 102058 399Proyecto final 102058 399
Proyecto final 102058 399
 
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...
1.-Escrito Ayuntamiento: Recepción de la urbanización y demanda de servicios ...
 
Pleno benalup
Pleno benalupPleno benalup
Pleno benalup
 
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaAlegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
 
Justificación voto psoe
Justificación voto psoeJustificación voto psoe
Justificación voto psoe
 
Mocion peri de orozco julio 2016
Mocion peri de orozco julio 2016Mocion peri de orozco julio 2016
Mocion peri de orozco julio 2016
 
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...
EL AYUNTAMIENTO AMPLÍA SUS PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS EN RIESGO D...
 
Reglamento ptar 2017
Reglamento ptar 2017Reglamento ptar 2017
Reglamento ptar 2017
 
Municipalidad provincial de san roman
Municipalidad provincial de san romanMunicipalidad provincial de san roman
Municipalidad provincial de san roman
 
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...
Reglamento para la prestacion del servicio de agua potable de la organizacion...
 
Becas formación restauración 22 10-2010
Becas formación restauración 22 10-2010Becas formación restauración 22 10-2010
Becas formación restauración 22 10-2010
 
Pleno ordinario 29-09-2011
Pleno ordinario 29-09-2011Pleno ordinario 29-09-2011
Pleno ordinario 29-09-2011
 
BO-L-2029.pdf
BO-L-2029.pdfBO-L-2029.pdf
BO-L-2029.pdf
 
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012 Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012
Convocatoria pleno ordinario 25 abril 2012
 
Proyecto de acuerdo 017
Proyecto de acuerdo 017Proyecto de acuerdo 017
Proyecto de acuerdo 017
 
Rectificación tratamiento RESIDUOS
Rectificación tratamiento RESIDUOSRectificación tratamiento RESIDUOS
Rectificación tratamiento RESIDUOS
 
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...
EL AYUNTAMIENTO DA LA APROBACIÓN INICIAL AL ESTUDIO DE DETALLE QUE ORDENA LA ...
 

Convenio encomienda gestión ciclo integral agua Ayuntamiento Cuenca SIMc

  • 1. NúM. 5889 aYuntamientO de CuenCa ANUNCIO El Pleno del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión ordinaria de fecha 27 de diciembre de 2012, acordó la aprobación del Con- venio de Encomienda de Gestión a suscribir entre el Ayuntamiento de Cuenca y la Empresa Pública Servicio de Infraes- tructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca, SA, cuyo texto se publica a continuación. Cuenca, 28 de diciembre de 2012.- El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Ávila Francés. CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS INCLUIDOS EN EL CICLO INTEGRAL DEL AGUA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA Y LA EMPRESA PÚBLICA SERVICIO DE INFRAESTRUCTURAS MUNICI- PALES AYUNTAMIENTO DE CUENCA, SA- SIMc Cuenca, 27 de diciembre de 2012 REUNIDOS De una parte, D. Juan Manuel Ávila Francés, mayor de edad, con domicilio- a efectos de notificaciones- en Cuenca, plaza Mayor, s/n y provisto de DNI nº 04.576.976 E. De otra, D. Darío F. Dolz Fernández, mayor de edad, con domicilio- a efectos de notificaciones- en Cuenca, plaza de España, s/n- Edificio del Mercado- y provisto de DNI nº 04.577.131-Q INTERVIENEN El primero, en calidad de ALCALDE-PRESIDENTE del Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca (“el Ayuntamiento” o “el Ayun- tamiento de Cuenca”, en adelante), cargo que por su notoriedad consta a las partes intervinientes. El segundo, en calidad de CONSEJERO DELEGADO de la mercantil Servicio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca, SA (“SIMc”, en adelante), representación que acredita mediante copia de escritura pública de nombramiento, de fecha 21 de julio de 2011, otorgada ante el Ilustre Notario de Castilla-La Mancha, D. Jesús Domínguez Rubira, al número 833 de su protocolo. Todos los comparecientes se reconocen la capacidad legal suficiente para obligarse en Derecho, y la especial que para el presente Convenio se requiere y con la cualidad vigente con la que comparecen, y EXPONEN Primero.- Que SIMc se constituyó mediante escritura pública, otorgada en Cuenca en fecha 5 de octubre de 2004, ante el notario del Ilustre Colegio de Albacete Dña. María Elisa Basanta Rodríguez, bajo el núm. 1.464 de su protocolo. Que sus Estatutos sociales fueron modificados mediante acuerdo de la Junta General de accionistas celebrada con fecha 27 de diciembre de 2012, en lo relativo a su artículo primero y tercero, que en lo particular que aquí se hace necesario mani- fiesta: Artículo 1 en cuanto a la denominación y naturaleza establece que la sociedad “tiene la consideración de medio propio y servicio técnico del Excelentísimo Ayuntamiento de Cuenca de conformidad con el artículo 24, apartado 6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público” “Será en la Encomienda de Gestión donde se regulen los términos en que la gestión objeto de la sociedad deberá reali- zarse” Que el artículo 3 de los Estatutos Sociales, referidos a su objeto social, dispone: “1. Constituye el objeto de la Sociedad la gestión directa de los servicios públicos del Ayuntamiento de Cuenca dentro del ámbito del denominado “Ciclo Integral del Agua”, que incluye: El abastecimiento, que incluye la captación, almacenamiento, potabilización y abastecimiento de agua potable. El saneamiento, que comprende el alcantarillado y la depuración y reutilización de las aguas residuales, así como el trata- miento de los lodos y los residuos producidos. Todas la operaciones conexas con las antedichas y que se refieran al “Ciclo Integral del agua”, incluyendo la confección de estudios previos así como la proyección, dirección y ejecución de obras relacionadas con cualquiera de los servicios y acti- vidades que componen el ciclo. En la gestión de dichos servicios públicos se comprende el cobro de las tasas y precios públicos o privados que sean apli- cables. B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 87 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 2. 2. La Sociedad podrá colaborar en otras tareas de gestión recaudatoria que sin implicar el ejercicio de autoridad, estén enca- minadas al cobro de ingresos de derecho público, ya sean de carácter tributario o extratributario, en periodo voluntario o ejecutivo, que a tal fin le sean encomendadas.” Segundo.- Que el Ayuntamiento, conforme a los artículos 25.2 y 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, es la Administración que tiene atribuida la competencia para la prestación en el término municipal de Cuenca de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad vecinal y, muy especial- mente, de los relativos al suministro de agua, y alcantarillado; servicios estos que puede prestar o gestionar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 85 de la Ley 7/1985. Tercero.- El Ayuntamiento, después de analizar el actual servicio de abastecimiento de agua y de alcantarillado, que de forma directa viene prestando, y sopesar las necesidades futuras que demandarán los usuarios del citado servicio público, ha lle- gado a la conclusión de lo beneficioso que sería para el interés público que la prestación del Ciclo Integral del Agua se lleve a cabo de forma conjunta, es decir: que tanto la captación y alumbramiento, así como el abastecimiento en alta, que garan- ticen el suministro y consumo a los ciudadanos, así como la recogida de las aguas pluviales y fecales y el tratamiento de las mismas para su reutilización donde proceda, sean gestionadas por una misma entidad, entendiendo que dichos requi- sitos confluyen en SIMc la cual, además, tiene el carácter de medio propio e instrumental del Ayuntamiento de Cuenca por lo que la prestación del servicio continuará bajo la fórmula de gestión directa. Con esta gestión integral se espera conseguir una optimización de los recursos humanos, técnicos, naturales y económi- cos que redundará en una mejora del servicio con un claro beneficio para el interés público y, por ende para los usuarios del servicio en particular y de los ciudadanos en general. Cuarto.- Que por todo lo anterior el Ayuntamiento, en virtud de su potestad autoorganizativa, ha decidido que la prestación del servicio público de abastecimiento, alcantarillado y depuración se preste bajo la fórmula de gestión directa, a través de la sociedad mercantil SIMc, empresa pública perteneciente íntegramente al Ayuntamiento de Cuenca, reconocida como medio propio e instrumental de dicho Ayuntamiento en los términos del artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Por ello, el Ayuntamiento encomienda la gestión de los servicios citados a SIMc, empresa que desde su constitución ha venido acreditando su capacidad en todas aquellas encomiendas que, durante más de siete años, ha venido desarrollado para este municipio; por ello, en la actualidad cuenta con los medios suficientes para que, junto con los adscritos al servicio de abas- tecimiento de aguas y alcantarillado pueda garantizarse los objetivos de mejora y eficacia en la gestión antes enunciados. Quinto.- Previamente a la presente encomienda, el Ayuntamiento ha tramitado expediente sobre modificación del modelo de gestión directa del servicio en el término municipal, el cual fue tomado en consideración por el Pleno de la Corporación celebrado el 30 de octubre de 2012, y, previa la información pública correspondiente, fue aprobado por el Pleno del Ayun- tamiento, en la sesión celebrada el 27 de diciembre de 2012. Por otro lado, en el siguiente punto del orden del día del Pleno referido, se han adoptado los siguientes acuerdos: “3º J)º.- Aprobación del Cambio de Gestión Ciclo Integral del Agua, gestión directa a través de la Empresa Pública Servi- cio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca, SA. 3º K)º.- Aprobación del Convenio de Encomienda de Gestión a suscribir entre el Ayuntamiento de Cuenca y la Empresa Pública Servicio de Infraestructuras Municipales Ayuntamiento de Cuenca,SA, y facultar al Alcalde para su firma. Que, por todo lo anterior, las partes intervinientes acuerdan formalizar la presente ENCOMIENDA DE GESTIÓN (“la enco- mienda”, “la encomienda de gestión” o “el Convenio”, en adelante) conforme a las siguientes ESTIPULACIONES PRIMERA.- OBJETO DE LA ENCOMIENDA Es objeto del presente Convenio la encomienda que hace el Ayuntamiento de Cuenca a SIMc para que gestione el servi- cio público del Ciclo Integral del Agua de uso urbano en el término municipal de Cuenca, manteniendo el Ayuntamiento la titularidad de dicho servicio y las potestades a ello inherentes. Los requisitos, derechos y obligaciones de las partes derivados de la encomienda se reflejan en las estipulaciones siguien- tes. SEGUNDA.- ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS QUE COMPRENDE EL CICLO INTEGRAL DEL AGUA. 1º. El Ayuntamiento, en su condición de Administración titular del servicio, encomienda a SIMc, en su calidad de medio pro- pio, la gestión del servicio municipal del Ciclo Integral del Agua, que comprende: El abastecimiento, que incluye la captación, almacenamiento, potabilización y abastecimiento de agua potable. El saneamiento, que comprende el alcantarillado y la depuración y reutilización de las aguas residuales, así como el trata- miento de los lodos y los residuos producidos. B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 88 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 3. Todas la operaciones conexas con las antedichas y que se refieran al “Ciclo Integral del Agua”. Quedan fuera del objeto de la encomienda las inversiones vinculadas al Ciclo Integral del Agua que excedan de las labo- res propias del mantenimiento ordinario. La ejecución de dichas inversiones extraordinarias será responsabilidad del Ayun- tamiento, sin perjuicio de la posibilidad de su encomienda expresa a SIMc en los términos definidos en la Estipulación Sép- tima. En cualquier caso, la gestión del servicio por parte de SIMc se ajustará a las Ordenanzas y Reglamento Municipal de cada uno de los servicios, que al efecto se aprueben. 2º. La encomienda de gestión a que se refiere el primer párrafo se otorga con una duración de 25 años, en la forma que se detallará posteriormente. 3º. Por la prestación de los servicios encomendados, SIMc adquiere el derecho a percibir el importe de las tarifas deriva- das de la gestión del servicio que percibirá directamente de los usuarios, así como los derechos de conexión vigentes en cada momento y correspondientes a las nuevas altas. 4º. Se faculta expresamente a SIMc para la realización de cuantas actuaciones resulten precisas para el cumplimiento de las obligaciones que para la misma se deriven de la presente encomienda. TERCERA.- TARIFAS DEL SERVICIO Las tarifas que se aplicarán por SIMc en la prestación de los servicios objeto de encomiendan de gestión serán las siguien- tes: En cuanto a suministro de agua potable en baja, el importe de la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio 2013, por acuerdo de Pleno de 27 de diciembre de 2012, en la correspondiente ordenanza, que como más adelante se verá pasará a tener la condición de tarifa. En cuanto al servicio público de alcantarillado, el importe de la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio 2013, por acuerdo de Pleno de 27 de diciembre de 2012, que como más adelante se verá pasará a tener la condición de tarifa. En cuanto al servicio de depuración, la tasa que ha aprobado el Ayuntamiento para el ejercicio 2013, por acuerdo de Pleno de 27 de diciembre de 2012, que como más adelante se verá pasará a tener la condición de tarifa. El procedimiento de facturación y recaudación de las tarifas será el determinado en los reglamentos reguladores del servi- cio. Las tarifas de los servicios objeto de encomienda se revisarán anualmente, coincidiendo con el proceso de revisión de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento, para la entrada en vigor automática de las nuevas tarifas con efectos del día 1 de enero del año en que hayan de aplicarse. En este sentido, para la actualización ordinaria de las tarifas se tomará como índice de referencia el siguiente: Hasta el año 2015 (inclusive), como máximo el incremento anual del Índice General de Precios al Consumo que se publi- que por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a 30 de noviembre de cada año (“IPC”, en adelante); A partir de dicho año, como mínimo el incremento anual del IPC. Dicha revisión ordinaria de las tarifas se practicará anualmente por el Ayuntamiento a instancia de SIMc que, a tales fines, deberá acompañar a su solicitud de revisión el correspondiente estudio económico-financiero justificativo de la propuesta de modificación. De dicho estudio se dará traslado al Ayuntamiento, que deberá resolver acerca de la solicitud de revisión en el plazo de un mes. Adicionalmente, se producirá una revisión extraordinaria de las tarifas, a instancia de SIMc, por cualquiera de los motivos siguientes (que se indican a título meramente enunciativo y no exhaustivo), siempre a partir del año 2015: Por aumento de los costes efectivos del servicio, más allá del generado por el incremento ordinario de los precios. Los cos- tes del servicio se contempla que podrán variar si se alteran los elementos que integra el servicio, o si aumenta el importe de las partidas que los forman. Por aumento de las obligaciones financieras, asumidas por SIMc, a consecuencia de la realización de eventuales encomien- das por el Ayuntamiento para acometer nuevas inversiones, o de la necesidad de realizar aportaciones de fondos propios para ampliación o mejora del servicio. Por aumento de los costes con motivo de la puesta en servicio de nuevas instalaciones y equipos. Por disminución de los volúmenes de agua a facturar con motivo del cumplimiento inadecuado de las obligaciones de man- tenimiento extraordinario competencia del Ayuntamiento. Por promulgación de nuevas normas que supongan aumento de costes o disminución de ingresos. B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 89 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 4. En todos estos casos, SIMc redactará el correspondiente estudio de modificación de tarifas que estará basado en un aná- lisis de los costes incurridos, y en lo que se establezca en la normativa vigente al respecto. De dicho estudio se dará tras- lado al Ayuntamiento, que deberá resolver acerca de la solicitud de revisión en el plazo de un mes. CUARTA.- MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN Las tarifas aplicables de conformidad con la estipulación anterior también podrán ser modificadas fuera de los casos de revi- sión anual previstos cuando: El Ayuntamiento modifique, por razones de interés público, las características del servicio encomendado. Cuando actuaciones del Ayuntamiento determinen de forma directa la ruptura sustancial de la economía de la encomienda. Cuando causas de fuerza mayor determinen de forma directa la ruptura sustancial de la economía de la encomienda. A estos efectos, se entenderá por causas de fuerza mayor: Los incendios ocasionados por la electricidad atmosférica. Los fenómenos naturales de efectos catastróficos, como seísmos, terremotos, movimientos de tierra, inundaciones y simi- lares Los destrozos ocasionados violentamente en tiempos de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público. El Ayuntamiento, con esta finalidad, podrá habilitar, si cabe, la correspondiente partida de gastos en el presupuesto ordina- rio del ejercicio siguiente. En este sentido, el mantenimiento del equilibrio financiero de la encomienda de gestión queda configurado como una fór- mula excepcional que debe conjugarse con el principio de riesgo y ventura en la prestación de los servicios, al objeto de impedir que esa excepcionalidad se convierta en una garantía ordinaria de los riesgos inherentes a la explotación del ser- vicio, que siempre deberá asumir SIMc. La ruptura del equilibrio financiero por las causas antes enumeradas se compensará bien mediante pertinentes modifica- ciones de las tarifas del servicio, o por la asignación a SIMc de los medios económicos que sean necesarios, una vez cum- plidos los trámites legales que en cada momento correspondan y según determine el Ayuntamiento. QUINTA.- USO DE BIENES Y DERECHOS. Para posibilitar lo convenido en la estipulación primera del presente Convenio, SIMc podrá hacer uso de los bienes e ins- talaciones afectos a los servicios encomendados, que a título enunciativo se recogen en el ANEXO I. Dicho uso no comportará en ningún caso transmisión de la titularidad demanial de dichos activos, atribuyéndose a SIMc sólo las necesarias facultades de gestión, y las correlativas obligaciones de conservación y mantenimiento ordinario. Los bienes e instalaciones cedidos en uso revertirán en correcto uso al Ayuntamiento a la finalización de la presente enco- mienda. Asimismo, los bienes e instalaciones que se vayan adquiriendo por SIMc y transformando durante el tiempo de prestación de los servicios, considerándose en todo momento de titularidad del Ayuntamiento, revertirán al mismo a la finalización del plazo de la encomienda. SEXTA.- CANONES A PERCIBIR POR EL AYUNTAMIENTO El Ayuntamiento tendrá derecho a la percepción de un canon por la cesión, en régimen de encomienda de gestión por un periodo determinado, de la explotación de los servicios del Ciclo Integral del Agua en la ciudad de Cuenca, que le permitirá hacer frente a aquellas inversiones vinculadas al Ciclo Integral del Agua que quedan fuera del objeto de la presente enco- mienda, conforme a lo previsto en la Estipulación Segunda. Dicho canon quedaría definido como un pago anticipado equivalente al importe total (expresado en precios de 2013) de las inversiones en infraestructuras que deberá acometer el Ayuntamiento durante el periodo de vigencia de la presente enco- mienda, de conformidad con las Hipótesis de Inversiones asociadas al Ciclo Integral del Agua inicialmente definidas en la Memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por SIMc, que se acompaña como ANEXO II. Asimismo, se establece que el Ayuntamiento tendrá derecho a percibir un canon anual, en concepto de participación en los resultados de la explotación del servicio, que se calculará sobre la base de los flujos de caja libres efectivamente genera- dos por la actividad de SIMc una vez haya hecho frente al pago de todos sus costes (tanto los operativos, tributarios, como los asociados a las obligaciones financieras comprometidas). En base a las Hipótesis de Ingresos y Gastos recogidos en la memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por SIMc, se ha contemplado que el importe a percibir en concepto de canon anual ascendería al 25% del flujo de caja libre de cada ejercicio, porcentaje que permane- cerá constante durante todo el periodo de vigencia de la encomienda. Señalar que la percepción efectiva del canon anticipado quedará en cualquier caso supeditada a que SIMc alcance un com- promiso formal con entidades financieras para su financiación. En caso de que dicha financiación no se materialice antes B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 90 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 5. del mes de diciembre del año 2013, o la misma quede comprometida por un montante inferior al importe de inversiones para el Ciclo Integral del Agua previsto en la memoria justificativa, se deberá proceder a la modificación del porcentaje anual sobre resultados a percibir por el Ayuntamiento a partir del año 2014, de manera que el importe total que reciba el Ayuntamiento sea equivalente –en valor presente y a lo largo de todo el periodo de vigencia de la encomienda– al inicialmente estimado en el caso de que se hubiera podido hacer frente al pago del total del canon anticipado. En este sentido, y en base a las Hipótesis de Ingresos y Gastos recogidos en la memoria justificativa de la gestión del servicio público del ciclo del agua por SIMc, se ha contemplado que este nuevo importe a percibir en concepto de canon anual, en el caso de que no se llegara a producir ningún tipo de pago en concepto de canon anticipado, sería del 80% del flujo de caja libre de cada ejercicio, y a partir de entonces este nuevo porcentaje permanecería constante durante el resto de ejercicios del periodo de vigencia de la encomienda. En caso de que se produjera un pago parcial del canon anticipado, el porcentaje sobre el flujo de caja anual en concepto de canon anual deberá ser ajustado de manera proporcional. Forma de pago de los cánones: Canon anticipado: sujeto en cualquier caso a la financiación total o parcial del mismo, SIMc deberá realizar las operacio- nes precisas para proceder al abono al Ayuntamiento del canon antes del 30 de junio de 2013. En caso de que únicamente se obtenga un compromiso de financiación parcial (o no se obtenga ningún compromiso), a partir del año 2014 se deberá incrementar el porcentaje correspondiente al canon anual. Canon anual: durante el periodo de vigencia de la encomienda, SIMc deberá realizar las operaciones precisas para proce- der al abono al Ayuntamiento del canon anual correspondiente a cada ejercicio, conforme al porcentaje definido en la pre- sente encomienda, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente. SEPTIMA.- PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS. OBLIGACIONES DE SIMc COMO ENTE INSTRUMEN- TAL PRESTATARIO DE LOS SERVICIOS ENCOMENDADOS Como principio general, SIMc deberá prestar el Servicio Público del Ciclo Integral del Agua sin discriminación alguna, cum- pliendo y haciendo cumplir las Ordenanzas y Reglamentos reguladores del servicio, la legislación del Estado y las normas promulgadas por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. En particular, SIMc, además de las obligaciones generales que establecen los Reglamento del servicio y demás normativa de aplicación, y de aquellas que se deriven de lo establecido en otras cláusulas del presente Convenio, tendrá las siguien- tes obligaciones: Prestar los servicios a toda persona o entidad que cumpla los requisitos establecidos, previa formalización del correspon- diente contrato. SIMc deberá mantener al día y a disposición municipal un listado de abonados en el que se hará constar las características esenciales del contrato. Organizar y prestar los servicios objeto de la encomienda en las condiciones y con la continuidad convenidas, garantizando a los usuarios el derecho a utilizar tales servicios, incluyendo el abono de la contraprestación económica contenida en las tarifas aprobadas y gestionar el cobro a los abonados y realizar cualquier actividad complementaria que se derive de las anteriores. Subrogarse en los contratos y convenios suscritos por el Ayuntamiento con proveedores y contratistas de prestación de ser- vicios que estén vigentes en el inicio de su actividad, y que tengan que ver con la prestación directa de los servicios enco- mendados. Cuidar del buen orden del servicio, sin perjuicio de las instrucciones que al respecto reciba del Ayuntamiento. Ejercer las actividades objeto de la encomienda y de prestar los servicios en las condiciones técnicas y de calidad previs- tas en el presente Convenio. Adquirir todos los materiales y elementos necesarios para el funcionamiento de los servicios en las condiciones señaladas en el epígrafe anterior y desarrollar todas las actividades y servicio poniendo especial cuidado en el respeto al medio ambiente. Ejecutar las reparaciones ordinarias necesarias para las labores de mantenimiento de las infraestructuras utilizadas para la prestación de los servicios. Asimismo, el Ayuntamiento podrá encargar a SIMc, mediante la pertinente encomienda suscrita al efecto y dentro de un marco económico-financiero específico que no suponga una ruptura de la economía de la enco- mienda, la elaboración del proyecto y ejecución de cualesquiera obras que tengan relación con el Ciclo Integral del Agua, estén o no incluidas en el Plan de Inversiones inicialmente predefinido por el Ayuntamiento para el periodo de vigencia de la presente encomienda, así como llevar a cabo la eventual explotación del servicio inherente a dichas obras. En este último sentido, SIMc deberá permitir que, en cualquier momento, los técnicos y responsables del Ayuntamiento puedan inspeccio- nar la construcción de dichas obras e instalaciones, y facilitar el acceso y toda aquella información que se considere opor- tuna para evaluar la adecuada prestación del servicio. Mantener en buen estado las edificaciones e instalaciones hidráulicas, equipamientos y demás material y elementos auxi- liares afectos a la prestación del servicio. Entregar al Ayuntamiento en el momento que se extinga la encomienda de ges- B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 91 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 6. tión, toda la documentación y soportes informáticos utilizados en la prestación del servicio, tales como contratos de clien- tes, padrón del último trimestre, lecturas de contadores, cartografía de redes, bases de datos, etc., así como cualesquiera otros que estuviesen afectos al normal desenvolvimiento de su actividad. Facilitar al Ayuntamiento cuanta información y documentación sea precisa para realizar el ejercicio de las facultades de segui- miento y control de la encomienda de gestión, y acatar las instrucciones emanadas del Ayuntamiento, titular del servicio, en relación a la prestación del mismo. Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguri- dad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto de la encomienda, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. Reparar con celeridad las averías que se produzcan en los diferentes elementos del sistema de abastecimiento y en la red de distribución de Cuenca. El tiempo de apertura de zanjas en la vía pública será el mínimo imprescindible para efectuar la reparación, y el pavimento y los elementos afectados deberán quedar en perfecto estado una vez acabada la misma. En el caso de que las averías provengan de circunstancias ajenas a la utilización ordinaria de las infraestructuras e instalaciones cuya gestión se haya encomendado a SIMc, deberá plantearse en tiempo y forma la retribución asociada a su reparación, de manera que no suponga un menoscabo de la economía de la encomienda ni de los compromisos financieros adquiridos por SIMc, pero conjugado todo ello con el principio de riesgo y ventura en la prestación de los servicios que debe informar en todo caso la presente encomienda. De esta manera, en el supuesto de que la causa de las averías no sea imputable a SIMc, el Ayuntamiento le resarcirá del coste de la reparación, repercutiendo en su caso posteriormente el mismo a quien se determine responsable de las mis- mas. Cumplir las obligaciones dimanantes de las disposiciones legales que sean de aplicación. Con respecto a los usuarios de los servicios encomendados, SIMc cuidará, de acuerdo con la normativa legal vigente: De que todos los usuarios tengan debidamente formalizada la contratación del suministro de agua y alcantarillado. De la actualización y puesta al día de un fichero de abonados, en el cual se hará constar las características de cada uno en particular, debiendo estar el mismo, en todo momento, a disposición del Ayuntamiento. De la ejecución de las conexiones a los usuarios. De la lectura de contadores con la periodicidad que fije la normativa legal aplicable. De la actualización de padrones y recibos sobre la base de las tarifas vigentes en cada momento. De las reclamaciones y avisos de averías. De resolver cuantas quejas y reclamaciones formulen los abonados de los servicios encomendados, a consecuencia de la prestación de los mismos. Del cobro de recibos y correspondencia con los abonados. De la instalación, renovación y conservación de contadores, así como de las acometidas de agua potable. De disponer que los organismos oficiales municipales (Ayuntamiento, Policía Local, otras dependencias municipales, cen- tros escolares, etc.) dispongan de un contador de suministro para su medida, pero sin considerar que su consumo sea sus- ceptible de cobro al Ayuntamiento, salvo en aquellas instalaciones municipales cuyo servicio sea explotado a través de un concesionario privado, en los términos establecidos en el Reglamento regulador del servicio. OCTAVA.- DERECHOS DE SIMc SIMc, además de que se deriven de otras cláusulas de este Convenio, tendrá los siguientes derechos: Ser respetado por terceros en su condición de ente instrumental prestatario del servicio, pudiendo colaborar con la autori- dad municipal para acabar con toda perturbación al desarrollo normal del servicio encomendado, siempre que tal colabo- ración no implique ejercicio de autoridad. Percibir el importe de las tarifas derivadas de la gestión de los servicios encomendados durante todo el periodo de vigen- cia de la encomienda, que percibirá directamente de los usuarios, así como los derechos de conexión vigentes en cada momento correspondientes a las nuevas altas. Proponer al Ayuntamiento aquellas modificaciones que se consideren indispensables para mejorar la prestación del servi- cio. Obtener una compensación económica que permita mantener el equilibrio económico y financiero de la encomienda de ges- tión, en los casos en que la legislación lo establezca y en los términos previstos en el presente Convenio. B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 92 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 7. Solicitar al Ayuntamiento que ejerza su potestad de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio admi- nistrativo para la adquisición del dominio, los derechos reales o el uso de los bienes necesarios para el funcionamiento del servicio. Utilizar los bienes de dominio público que sean necesarios para la gestión del servicio. No asumir la gestión de cobro, ni reconocer como crédito propio las deudas por impago que, a la fecha de inicio de la enco- mienda, mantengan los abonados que figuren en el padrón de los servicios ahora encomendados con el Ayuntamiento. Cualesquiera otros que se deriven del presente Convenio o de la normativa de aplicación. NOVENA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA. El Ayuntamiento, con independencia de las obligaciones consignadas en el presente Convenio, conservará en todo momento la titularidad de los servicios encomendados y de los bienes afectos a los mismos. Sin perjuicio de las potestades que le sean inherentes como Administración titular, y además de las que se deriven de lo que se establece en otras cláusulas del presente Convenio y normas legales aplicables, el Ayuntamiento ostentará los siguien- tes derechos: A percibir los importes en concepto de cesión de los derechos de explotación del servicio del Ciclo Integral del Agua de la ciudad de Cuenca, conforme a la estipulación sexta del presente Convenio. A obtener la reversión de los derechos y obligaciones inherentes a la encomienda en el plazo fijado en el presente Conve- nio. A intervenir y fiscalizar en todo momento la gestión de los servicios mediante el personal designado al efecto, que podrá inspeccionar el servicio, las obras, las instalaciones y los locales, así como la documentación relacionada con la encomienda, y dictar las órdenes necesarias para mantener o restablecer la debida prestación. A establecer, previa audiencia de SIMc, las modificaciones que aconsejase el interés público en orden a la prestación de los servicios, previos los trámites legales establecidos en cada momento, compensando en cualquier caso a SIMc por aque- llas actuaciones que ordene llevar a cabo y que supongan una ruptura del equilibrio económico y financiero de la encomienda. Asimismo, el Ayuntamiento asumirá las siguientes obligaciones: Garantizar el mantenimiento de las condiciones que permitan a SIMc la gestión del servicio en los términos encomenda- dos, incluyendo la ejecución de las inversiones extraordinarias del Ciclo Integral del Agua. Garantizar el cumplimiento íntegro del plazo de la encomienda, asumiendo en caso contrario todas las responsabilidades que pudieran derivarse para SIMc por el incumplimiento de cualquier compromiso contractual o financiero adquirido con ter- ceros. Lo anterior salvo el caso de que dicho plazo no pudiera cumplirse por causa imputable a una inadecuada prestación del servicio por parte de SIMc. Garantizar la estabilidad y aprobación del marco tarifario definido, de conformidad con lo establecido en el presente Con- venio. DECIMA.- TRASPASO DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA El Ayuntamiento tramitará el oportuno expediente para la transferencia del personal municipal a SIMc, en su calidad de empresa pública, dentro de los términos que fije la legislación vigente. En este sentido, está previsto que el personal que actualmente está adscrito al Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Cuenca sea traspasado a SIMc, no implicando dicho traspaso el cambio en la condición en que actualmente prestan sus servicios en el Ayuntamiento y en consecuencia: El personal que, en virtud de acuerdo del Ayuntamiento, sea trasladado a SIMc, mantendrá en su totalidad su condición, con los mismos derechos y obligaciones vigentes en el momento del traslado del acuerdo. A dicho personal se le reconocerán las retribuciones y condiciones que tienen vigentes en el momento del traslado del acuerdo. En el supuesto de que se produjese cualquier modificación en la gestión del servicio (cambio o supresión de empresa o modificación del modelo de gestión) y, dado que en ningún momento habrían perdido su condición de personal del Ayun- tamiento, habría que asignarles un nuevo puesto en el mismo. En el caso de que, con el objeto de cubrir las necesidades de esta encomienda, se adscribiera a SIMc personal pertene- ciente a otros servicios municipales diferentes, dicho personal se adscribirá en las mismas condiciones que las expresadas para el personal del Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Cuenca. DECIMO PRIMERA.- CESIÓN DE USO DE LOCALES Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES. El Ayuntamiento, con objeto de facilitar una correcta prestación de servicios a los abonados y usuarios cederá para su uti- lización por el personal de SIMc todos aquellos locales y dependencia municipales, así como el mobiliario allí existente, que B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 93 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 8. hasta la fecha estaban siendo utilizados por los Servicios Municipales de Aguas, de atención al público, de actividad admi- nistrativa y taller. Asimismo, se cederá a SIMc una parte de las dependencias municipales sitas en la tercera planta del Edificio del Mercado para la ubicación de su sede administrativa. Esta cesión no surtirá efecto en tanto no sea tramitado el oportuno expediente en los términos previstos en el Reglamento de bienes de las Entidades Locales. SIMc devolverá al Ayuntamiento la disponibilidad material de los citados locales y dependencias municipales, así como el mobiliario entregado, a la finalización de la presente encomienda, que no deberá haber sufrido mayor menoscabo que el inherente a su uso adecuado a lo largo del tiempo. DECIMO SEGUNDA.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA El Ayuntamiento, en calidad de titular de las competencias cuya gestión encomienda, obligará a suministrar a SIMc, con la periodicidad que sea pertinente, el Padrón de abonados debidamente actualizado y en soporte magnético e informático. DECIMO TERCERA.- USO DE LA VÍA PúBLICA El Ayuntamiento concede a SIMc el derecho a utilizar la vía pública, para situar conducciones y realizar las intervenciones y reparaciones oportunas destinadas a la distribución de agua potable y evacuación de aguas residuales, teniendo en cuenta lo que disponen las ordenanzas municipales y, de manera especial, en lo referente a la reposición de pavimento, excep- tuando los tributos y tasas que pudieran corresponder, de los cuales SIMc estará en cualquier caso exento de pago, al ser las instalaciones bienes afectos a un servicio público de propiedad municipal, y actuar en ejecución de una encomienda de gestión. En cualquier caso, SIMc deberá dejar en perfecto estado la vía pública tras la actuación realizada. DECIMO CUARTA.- REVERSIÓN Cuando finalice el plazo de vigencia del presente Convenio, la prestación de los servicios encomendados revertirá al Ayun- tamiento, y SIMc deberá entregar las obras, instalaciones y bienes materiales integrantes de los servicios a los que esté obligada, conforme a lo establecido en el presente Convenio, y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. DECIMO QUINTA.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN. El presente Convenio entrará en vigor a partir del 1 de enero del año 2013, y su duración y, por tanto, el plazo de vigencia de la encomienda de la gestión del servicio público del Ciclo Integral del Agua de la ciudad de Cuenca, será de 25 años a contar desde su entrada en vigor. DECIMO SEXTA.- CLÁUSULA DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. Será causa de resolución del presente Convenio el incumplimiento por alguna de las partes firmantes de las obligaciones que se le imponen, consideradas todas ellas fundamentales. Ello no obstante, y al tratarse de servicios públicos esenciales, así como de un Convenio de encomienda de gestión, se establece que, previamente a la resolución, la parte que estime que existe incumplimiento de obligaciones esenciales deberá requerir por escrito a la parte incumplidora para que subsane el incumplimiento, disponiendo esta de 15 días hábiles para subsanar aquel. No cabe ningún acuerdo interpretativo dictado unilateralmente por cualquiera de las partes. Cualquier acuerdo interpreta- tivo o modificación del presente Convenio requerirá los mismos trámites tanto de aprobación como de formalización expresa, siendo causa de resolución expresa cualquier acuerdo de las partes que vulnere lo establecido en el presente apartado. DECIMO SÉPTIMA.- SUMISIÓN EXPRESA. Para cualquier conflicto o controversia que pudiera surgir entre las partes con relación al presente Convenio, las mismas se someten y dirimirán de forma expresa ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dada la intervención de una admi- nistración pública local y la condición de SIMc como entidad instrumental prestadora de un servicio público en régimen de gestión directa. Leído el presente convenio por todas las partes intervinientes, y conocidas y comprendidas todas sus estipulaciones, lo fir- man por duplicado en todas sus hojas, como prueba de su aceptación y conformidad, en la ciudad y fecha ut supra. Fdo: Juan Manuel Ávila Francés Fdo: Darío F. Dolz Fernández Alcalde-Presidente Consejero Delegado SIMc B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 94 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 9. ANEXO I INFRAESTRUTURAS Infraestructura Descripción Detalles Captación Royo Frío Bóveda de 3 x 50 metros y una caseta 8 m 2 Dos conducciones de agua Una tubería de 26 Kms hasta las Grajas. Y otra tubería hasta el Ventano del diablo de 16 Kms. ambas de 800 mm 2,8 Kms de tubería de 1.100 de diámetro. 2 Kms de 1000 mm de hormigón y de ahí a las Grajas de 800 mm. Dos captaciones en el Ventano del Diablo (en caso de emergencia) Dos captaciones en el Ventano del Diablo con casetas de 20 m 2 Manantial Agua Cueva del Fraile Con una superficie de 120 m 2 Casetas Cloración Cueva del Fraile Caseta de cloración de 8 m 2 a 300 metros de captación Canal de 7 Kms hasta los Depósitos de San Pedro, discurre por gravedad Acueducto Cueva del Fraile Con una longitud de 5.200 ml Caseta llegada Captación Palomera Caseta con una superficie de 20 m 2 Captación Agua en Crta. Palomera Km 5,5 Caseta con una superficie de 79.5 m 2 Bombeo a conducción Cueva del Fraile. Captación Albadalejito Depósito intermedio de 2.200 m 3 Cloración automática Estación de bombeo y distribución de Albadalejito Distribuye el agua a Cólliga, Colliguilla, Villanueva de los Escuderos, Pinar de Jábaga y Chillarón. Jábaga y Chillarón no pertenecen al municipio Estación de las Grajas Bombeo a depósitos y captación de emergencia del río. Superficie 892 m 2 Tubería de 500 mm. hasta los depósitos del Cerro Molina Depósitos de La Dehesa de Santiago Dos depósitos elevados de 3.600 m 3 Cloración automática Depósitos en Cerro Molina Dos depósitos de 7.500 m 3 Cloración automática Depósitos del Castillo Uno de 1500 y otro de 200 m 3 . y superficie 680 m 2 Cloración Depósitos de San Pedro Uno de 800 y otro de 400 m 3 Bombeo hasta los depósitos del Castillo Villa Román Dos depósitos de 3.550 m 3 Cloración automática Depósito en San Antón 2.000 litros. Deposito en Polígono SEPES Uno de 2.200 m 3 Red de distribución de Cuenca ciudad. Mallada casi en su totalidad. La longitud es de 93 Kms. De fundición gris, fibrocemento y PVC con diámetros entre 80 mm. y 300 mm. Depósito de La Melgosa De menos de 100 m 3 El agua procede del Cerro Molina Depósito de Mohorte De menos de 100 m 3 El agua procede del Cerro Molina Depósito intermedio en Cólliga De menos de 100 m 3 El agua procede de Albadalejito Depósito en Colliguilla De menos de 100 m 3 Al agua procede de Albadalejito Depósito intermedio en Villanueva de los Escuderos De menos de 100 m 3 El agua procede de Albadalejito. Se bombea desde Cólliga Manantial en Tondos Depósito intermedio De menos de 100 m 3 Cloración por pulsación Depósito en Tondos De menos de 100 m 3 Cloración por pulsación Manantial en Valdecabras Depósito intermedio de menos de 100 m 3 Cloración por pulsación Red de Nohales Agua procedente de los depósitos de La Dehesa de Santiago Redes de las 8 pedanías Se desconoce su longitud Colectores Alcantarillado Tiene una longitud aproximada de 114 Kms. Hay 3 colectores principales. El nº 1 tiene una longitud de 3167 metros, es de fibrocemento con dimensiones de 500mm y 700 mm. El nº II tiene longitud de 2699 metros B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 95 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 10. ANEXO II HIPÓTESIS DE INVERSIONES (En euros constantes de 2012) Importe Inicio Final 1. Alcantarillado de fecales Desdoblamiento de colectores. 1.186.441 2017 2022 Nuevos colectores 1.059.322 2017 2022 2. Alcantarillado de pluviales Tanques de tormentas 1.779.661 2019 2021 Cámaras de retención de sólidos 508.475 2019 2021 Tuberías y aliviaderos 847.458 2021 2023 3. Abastecimiento Finalización desdoblamiento red aducción desde Royofrio (10 Km) 4.237.288 2023 2026 EDAR CUENCA Obra de llegada Estación de bombeo Desengrasador y desarenador. Tanque biológico para P Tanques de aireación. Distribuidor. 3 decantadores Estación de bombeo de fangos. Deshidratación de fangos. Pozo de bombeo. Edificio Administrativo Caseta Transformadores. Actualmente ya Gestionada por SIMc EDAR LA MELGOSA Depuradora de Aguas de La Melgosa con una superficie de 84,80 m 2 Local en C/ Martinez Kleiser. Superficie 76,97 m 2 Oficinas Actuales del Servicio de Aguas Local en C/ Martinez Kleiser Superficie Aprox. 50 m 2 Taller y almacén actual del Servicio de Aguas. Fuente Ornamental en Plaza de España Con un Volumen de agua de 105 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental en Parque del Huecar Con un Volumen de 23 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental en Rotonda de Bomberos Con una Volumen de 35 m m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Dos Fuentes Ornamentales en Parque Santa Ana Con un Volumen cada una de 5 m m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental en Parque de Fuente del Oro Con un Volumen de 20 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental en Plaza Segundo Pastor Con un Volumen de 40 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental en Rotonda Avda. Juan Carlos I Con un Volumen de 200 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental Parque Dos Ríos Con un Volumen de 500 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuente Ornamental Parque de Los Príncipes Con un Volumen de 100 m 3 Actualmente ya Gestionada por SIMc Fuentes de Obra de suministro de Agua Potable en Cuenca y Pedanías En un numero de 49 repartidas por el Casco Urbano Actualmente ya gestionadas por SIMc Fuentes en Fundición de suministro de Agua Potable en Cuenca y Pedanias En un número Aproximado de 92 repartidas por el Casco Urbano Actualmente ya Gestionadas por SIMc B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 96 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152
  • 11. Renovación 1000 bocas Riego 423.729 2016 2022 Renovación 20 Valvulas corte 5.763 2013 2022 Cambio de Acometidas (500) 84.746 2016 2022 Mantenimiento de depósitos 16.949 2013 2022 Cierre del anillo de abastecimiento en la Ronda Oeste mediante tubería de 400 mm 847.458 2022 2026 Importe de la renovación de los contadores 2.567.797 2013 2020 Coste de la automatización abastecimiento 169.492 2016 2022 4. Pedanías Actuaciones en captaciones, bombeos depósitos, cambios de red, acometidas, bocas de riego, válvulas, etc 554.102 2025 2030 5. Depuradora Inversiones a Corto-medio Plazo Pedanias 1.186.441 2019 2023 Inversión a largo plazo Mantenimiento Pedanías 59.322 2015 2018 Modificación de Estación de Bombeo Crta Madrid. Montaje de 2ª bomba de servicio y comunicación de señales con Autómata de la EDAR. 16.949 2017 2020 Adquisición de Tomamuestras –Automático Laboratorio 4.237 2017 2020 Sustitución de filtros automáticos de agua de enjuague Filtrobandas 5.932 2017 2020 Instalación de separador de arenas para recepción de camiones cisternas 50.847 2017 2020 Adquisición nueva maquinaria Jardinería 5.085 2017 2020 Instalación de rejas automáticas gruesas en la entrada de la EDAR 127.119 2015 2017 Instalación de grupo electrógeno para suministro básico de electricidad 127.119 2017 2019 Construcción de Nave para almacén 169.492 2029 2036 Ejecución del Cuarto Decantador para aumento del caudal a tratar con todas sus necesidades Obra Civil, mecánica y modificaciones del Autómata. 1.016.949 2029 2036 Ampliación en dos rotores por aumento de la carga orgánica 169.492 2019 2022 Sustitución de los filtrobandas por centrifugas 338.983 2022 2025 TOTAL 17.566.648 € B O l e t í n O f i C i a l d e l a P r O v i n C i a d e C u e n C a Pág. 97 Lunes 31 de diciembre de 2012 Núm. 152