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“La actualización del
estudio de combustibles
líquidos obedece a los
importantes cambios
que han operado en ese
mercado, cuya
importancia para la
economía nacional es
obvia”, resaltó Francisco
Díaz Rodriguez,
Superintendente de
Competencia.
COMUNICADO DE PRENSA C. 21-15
Antiguo Cuscatlán, jueves 17 de septiembre de 2015.
SC actualiza estudio
de sector de combustibles líquidos
Tras concluir en junio de 2015 la “Actualización del estudio sectorial de competencia en el mercado de
combustibles líquidos”, elaborado por la Intendencia Económica de la Superintendencia de
Competencia, el Consejo Directivo de esta autoridad emitió recomendaciones orientadas a promover
la eficiencia económica y el bienestar del consumidor en este mercado.
En 2006 la Superintendencia de Competencia realizó el “Estudio sectorial de
competencia en el mercado de combustibles líquidos”. De entonces a la fecha han
aparecido importantes factores que modificaron las condiciones de competencia
identificadas en ese estudio. Entre esos factores destacan: el cambio en la
propiedad accionaria y cese de operaciones de la refinería RASA, la adquisición
de las compañías petroleras Shell por Uno y Esso por Puma, el ingreso de Alba
Petróleos y la introducción de la fórmula de precios de referencia de los
combustibles líquidos. En razón de lo anterior y de la importancia de ese mercado,
la Superintedencia de Competencia decidió proceder a la Actualización del
estudio, específicamente en cuanto a los mercados de gasolinas regular y
especial, y de diésel.
Hallazgos y conclusiones del estudio
El estudio concluyó que los mercados relevantes mayoristas de gasolinas y de diesel presentan niveles de
concentración moderados, gracias al ingreso de Alba y a la participación de los mayoristas independientes. A
nivel minorista se identificó mayor rivalidad en las ventas al consumidor final, producto de la expansión de las
estaciones de bandera blanca, que aumentaron de 89 a 108, y las de Alba Petróleos, que inició en 2009 con 9
puntos de venta y finalizó 2014 con 45.
Se identificaron elementos regulatorios que podrían disuadir el ingreso de competidores o afectar las
posibilidades de expansión de los actuales oferentes. El primero es la excesiva dilación en el otorgamiento del
Permiso de Medio Ambiente y en el otorgamiento de los permisos relacionados a la construcción de estaciones
de servicio, infraestructura de descarga y de almacenamiento.
Adicionalmente, la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo prevé
multas para las estaciones de servicio que podrían resultar desproporcionadas al daño causado por el infractor,
llegando a constituirse en un desincentivo al ingreso de competidores o incluso a provocar la salida de algún
agente económico.
La transparencia en la información generada por la fórmula de precios de referencia al consumidor ha tenido una
influencia positiva en el mercado. Sin embargo, se considera necesario efectuar una revisión periódica de los
costos incorporados en la misma.
Contrario a la situación que se evidenció en 2007, cuando los agentes económicos Esso y Shell fueron
sancionados por prácticas anticompetitivas, determinándose que ambos tenían posición dominante en ambos
mercados, la Actualización no identifica elementos para sostener que algún agente económico posea ahora
posición dominante en los mercados mayoristas. En aquella ocasión, la posesión compartida de estos agentes
sobre la ex refinería RASA los ubicaba en una posición privilegiada y les proporcionaba la independencia de
comportamiento necesaria.
Con base a los hallazgos y conclusiones de la Actualización, el Consejo Directivo de la Superintendencia de
Competencia emitió las siguientes recomendaciones:
Al Ministerio de Economía:
- Evaluar la necesidad de actualizar los costos pertinentes que se incorporan en la fórmula de precios de
referencia de los combustibles líquidos, tales como los fletes, así como la inclusión del costo de energía
eléctrica.
- Reformar los artículos 60 y 61 del Reglamento de Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de
Productos de Petróleo, con el objetivo de brindar mayor certeza jurídica mediante el establecimiento de un
plazo perentorio en el otorgamiento de autorizaciones para operar como distribuidor mayorista y para el
funcionamiento de Depósitos de Aprovisionamiento, Estaciones de Servicio y Tanques para consumo privado
de combustibles líquidos.
Al Ministerio de Economía y al Consejo Nacional de Energía
- Evaluar la modificación de los artículos 18 y 19 de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución
de Productos de Petróleo, con la finalidad de reducir el monto de los rangos de las multas por infracciones
para sujetos que suministran combustibles líquidos. Esta revisión tendrá por objetivo verificar la
proporcionalidad de las multas, su potencialidad de disuasión y la capacidad financiera de los sujetos a
quienes se les impongan.
A los Ministerios de Economía, de Obras Públicas, Vivienda y Desarrollo Urbano y Transporte,
y de Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Evaluar la creación de un procedimiento armonizado que agilice los procesos de trámites y autorizaciones de
construcción de instalaciones de almacenamiento y suministro de combustibles (tanques de almacenamiento,
estaciones de servicio) y del Permiso de Medio Ambiente, a fin de agilizar el otorgamiento de permisos para
sujetos regulados que desarrollen actividades en la cadena de producción de combustibles líquidos.
La versión pública del estudio puede descargarse desde el enlace: http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1636. Y
la resolución del Consejo Directivo desde: http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1635.

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C.21-15 SC actualiza estudio de sector de combustibles líquidos

  • 1. “La actualización del estudio de combustibles líquidos obedece a los importantes cambios que han operado en ese mercado, cuya importancia para la economía nacional es obvia”, resaltó Francisco Díaz Rodriguez, Superintendente de Competencia. COMUNICADO DE PRENSA C. 21-15 Antiguo Cuscatlán, jueves 17 de septiembre de 2015. SC actualiza estudio de sector de combustibles líquidos Tras concluir en junio de 2015 la “Actualización del estudio sectorial de competencia en el mercado de combustibles líquidos”, elaborado por la Intendencia Económica de la Superintendencia de Competencia, el Consejo Directivo de esta autoridad emitió recomendaciones orientadas a promover la eficiencia económica y el bienestar del consumidor en este mercado. En 2006 la Superintendencia de Competencia realizó el “Estudio sectorial de competencia en el mercado de combustibles líquidos”. De entonces a la fecha han aparecido importantes factores que modificaron las condiciones de competencia identificadas en ese estudio. Entre esos factores destacan: el cambio en la propiedad accionaria y cese de operaciones de la refinería RASA, la adquisición de las compañías petroleras Shell por Uno y Esso por Puma, el ingreso de Alba Petróleos y la introducción de la fórmula de precios de referencia de los combustibles líquidos. En razón de lo anterior y de la importancia de ese mercado, la Superintedencia de Competencia decidió proceder a la Actualización del estudio, específicamente en cuanto a los mercados de gasolinas regular y especial, y de diésel. Hallazgos y conclusiones del estudio El estudio concluyó que los mercados relevantes mayoristas de gasolinas y de diesel presentan niveles de concentración moderados, gracias al ingreso de Alba y a la participación de los mayoristas independientes. A nivel minorista se identificó mayor rivalidad en las ventas al consumidor final, producto de la expansión de las estaciones de bandera blanca, que aumentaron de 89 a 108, y las de Alba Petróleos, que inició en 2009 con 9 puntos de venta y finalizó 2014 con 45. Se identificaron elementos regulatorios que podrían disuadir el ingreso de competidores o afectar las posibilidades de expansión de los actuales oferentes. El primero es la excesiva dilación en el otorgamiento del Permiso de Medio Ambiente y en el otorgamiento de los permisos relacionados a la construcción de estaciones de servicio, infraestructura de descarga y de almacenamiento. Adicionalmente, la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo prevé multas para las estaciones de servicio que podrían resultar desproporcionadas al daño causado por el infractor, llegando a constituirse en un desincentivo al ingreso de competidores o incluso a provocar la salida de algún agente económico.
  • 2. La transparencia en la información generada por la fórmula de precios de referencia al consumidor ha tenido una influencia positiva en el mercado. Sin embargo, se considera necesario efectuar una revisión periódica de los costos incorporados en la misma. Contrario a la situación que se evidenció en 2007, cuando los agentes económicos Esso y Shell fueron sancionados por prácticas anticompetitivas, determinándose que ambos tenían posición dominante en ambos mercados, la Actualización no identifica elementos para sostener que algún agente económico posea ahora posición dominante en los mercados mayoristas. En aquella ocasión, la posesión compartida de estos agentes sobre la ex refinería RASA los ubicaba en una posición privilegiada y les proporcionaba la independencia de comportamiento necesaria. Con base a los hallazgos y conclusiones de la Actualización, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia emitió las siguientes recomendaciones: Al Ministerio de Economía: - Evaluar la necesidad de actualizar los costos pertinentes que se incorporan en la fórmula de precios de referencia de los combustibles líquidos, tales como los fletes, así como la inclusión del costo de energía eléctrica. - Reformar los artículos 60 y 61 del Reglamento de Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, con el objetivo de brindar mayor certeza jurídica mediante el establecimiento de un plazo perentorio en el otorgamiento de autorizaciones para operar como distribuidor mayorista y para el funcionamiento de Depósitos de Aprovisionamiento, Estaciones de Servicio y Tanques para consumo privado de combustibles líquidos. Al Ministerio de Economía y al Consejo Nacional de Energía - Evaluar la modificación de los artículos 18 y 19 de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, con la finalidad de reducir el monto de los rangos de las multas por infracciones para sujetos que suministran combustibles líquidos. Esta revisión tendrá por objetivo verificar la proporcionalidad de las multas, su potencialidad de disuasión y la capacidad financiera de los sujetos a quienes se les impongan. A los Ministerios de Economía, de Obras Públicas, Vivienda y Desarrollo Urbano y Transporte, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales - Evaluar la creación de un procedimiento armonizado que agilice los procesos de trámites y autorizaciones de construcción de instalaciones de almacenamiento y suministro de combustibles (tanques de almacenamiento, estaciones de servicio) y del Permiso de Medio Ambiente, a fin de agilizar el otorgamiento de permisos para sujetos regulados que desarrollen actividades en la cadena de producción de combustibles líquidos. La versión pública del estudio puede descargarse desde el enlace: http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1636. Y la resolución del Consejo Directivo desde: http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1635.