SlideShare una empresa de Scribd logo
Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México., C.P. 03810
Tels. 5080-5200 Ext. 1229 y 1165 y 01 800 033 50 50, www.gob.mx/cofepris
1
Ciudad de México a 12 de abril de 2017
LA COFEPRIS INFORMA SOBRE LA PUBLICIDAD DEL PRODUCTO
REDU SHAPER DE LA EMPRESA INOVA
 El producto tiene publicidad engañosa en TV e internet así como en la página de su distribuidor.
 La publicidad tiene como objetivo hacer creer a los consumidores que el simple uso del producto
mejora la salud, reduce peso y tallas, quemas calorías y eliminas toxinas.
 Al tratarse de un producto que en su publicidad ofrece beneficios a la salud, la empresa debió
someter la evidencia correspondiente ante esta Autoridad Sanitaria para evaluación.
Como consecuencia de las acciones de vigilancia y monitoreo en medios de comunicación, la Comisión de
Operación Sanitaria de la COFEPRIS, detectó publicidad engañosa en diversos canales de televisión así como
en la página electrónica https://www.inova.com.mx/producto/redu-shaper, en donde se publicita el producto
“Redu Shaper”, cuya publicidad atribuye cualidades como: “…es la camiseta de compresión térmica con la que
podrás reducir tallas al instante. Además su efecto reductor funciona concentrando el calor natural de tu cuerpo
en las áreas abdominales. De esta manera quemas más calorías y expulsas una mayor cantidad de toxinas a
través de la sudoración…”, sin haber acreditado tales cualidades ante esta Autoridad Sanitaria.
Con la finalidad de proporcionar mayor información al consumidor, se reproduce la siguiente imagen de la página
anteriormente referida.
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México., C.P. 03810
Tels. 5080-5200 Ext. 1229 y 1165 y 01 800 033 50 50, www.gob.mx/cofepris
2
Toda vez que la publicidad de dicho producto comunica mejoras a la salud sin sustento alguno, infringe lo
establecido en el artículo 306 fracción VI de la Ley General de Salud y el artículo 9, fracción I y III del
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, por lo que la población puede crearse un
juicio erróneo en la utilización del producto al suponer que es posible obtener los beneficios prometidos por su
simple uso, ya que en caso de tener problemas de sobrepeso u obesidad o simplemente tener intención de
reducir talla y bajar de peso, lo adecuado es acudir con un especialista de la salud y seguir el tratamiento que el
mismo prescriba.
Al señalar que “…es la camiseta de compresión térmica con la que podrás reducir tallas al instante.
Además su efecto reductor funciona concentrando el calor natural de tu cuerpo en las áreas
abdominales. De esta manera quemas más calorías y expulsas una mayor cantidad de toxinas a través de
la sudoración...”, la publicidad insinúa que con el simple uso del producto se modificarán las características del
cuerpo y se eliminará peso, dando como resultado la obtención de una figura esbelta, mejorando la apariencia
de las personas, cualidades éstas que no han sido comprobadas ante esta Autoridad Sanitaria.
Esta publicidad contraviene lo ordenado en los artículos 63 y 64 del Reglamento de la Ley General de Salud en
Materia de Publicidad, ya que al hacer mención de modificaciones en las características del cuerpo humano
como reducción de tallas al instante, quema de calorías y expulsión de toxinas, los responsables de dicha
publicidad del debieron haber comprobado los beneficios relacionados con el producto ante esta la COFEPRIS
previamente a la difusión de la publicidad y sin embargo, no lo realizaron y por tanto, es que esta Autoridad
Sanitaria identifica a la publicidad engañosa como parte de una estrategia para comercializar un producto
coloquialmente identificado como “milagro” por los beneficios prometidos y ni comprobados.
Al respecto, la publicidad debe cumplir con lo ordenado por el artículo 7 de la Ley General de Salud en Materia
de Publicidad; que a la letra establece:
“ARTÍCULO 7. La publicidad será orientadora y educativa respecto del producto o servicio de que se
trate, para lo cual deberá:
(…)
”.
La Comisión de Operación Sanitaria continuará las acciones de vigilancia para evitar la fabricación, distribución y
comercialización de productos que infrinjan la regulación sanitaria incluyendo la publicidad engañosa relacionada
con los mismos, por lo que en caso de detectar tales productos se podrá imponer medidas de aseguramiento,
suspensión de actividades, retiro de productos de puntos de comercialización y clausura de establecimientos, así
como multas administrativas superiores al millón de pesos en términos de lo dispuesto en los artículos 16, 107 y
108 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad. Para cualquier duda o denuncia,
comunicarse al 01 800 033 5050 de la COFEPRIS.
----oo----

Más contenido relacionado

Similar a 1 alerta sanitaria_publicidad_enga_osa_redu_shaper_inova_12042017

Legales
LegalesLegales
Legales
Akal Gallardo
 
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidadCobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
Cinelandia
 
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidadEvento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Cinelandia
 
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidadEvento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Cinelandia
 
Cofepris
CofeprisCofepris
Resolución actimel auc vs danone estudios científicos
Resolución actimel  auc vs danone estudios científicosResolución actimel  auc vs danone estudios científicos
Resolución actimel auc vs danone estudios científicos
Blanca Saluda
 
Publicacion3codigopaos (1)
Publicacion3codigopaos (1)Publicacion3codigopaos (1)
Publicacion3codigopaos (1)
uasd
 
Guía 5 etica en las organizaciones
Guía 5 etica en las organizacionesGuía 5 etica en las organizaciones
Guía 5 etica en las organizaciones
Julios_julios
 
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
jglaguado
 
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdfABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
VivianaCruz65
 
Ley 20606 06-jul-2012
Ley 20606 06-jul-2012Ley 20606 06-jul-2012
Ley 20606 06-jul-2012
gladysdiazrubio
 
Publicidad engañosa
Publicidad engañosaPublicidad engañosa
Publicidad engañosa
Laura Nathalie Ramirez Guaman
 
Publicidad engañosa
Publicidad engañosaPublicidad engañosa
Publicidad engañosa
Jesús De Alba Altamar
 
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
Germán Tenorio Vasconcelos
 
Normas de la Publicidad en Venezuela
Normas de la Publicidad en VenezuelaNormas de la Publicidad en Venezuela
Normas de la Publicidad en Venezuela
Glorialberth Ramos
 
LegislacióN En Materia De Publicidad
LegislacióN En Materia De PublicidadLegislacióN En Materia De Publicidad
LegislacióN En Materia De Publicidad
hornelas
 
Resolución actimel provital
Resolución actimel provital Resolución actimel provital
Resolución actimel provital
Blanca Saluda
 
Leyes y reglamentos de la publicidad
Leyes y reglamentos de la publicidadLeyes y reglamentos de la publicidad
Leyes y reglamentos de la publicidad
gabrielapink
 
Legislación en materia de publicidad
Legislación en materia de publicidadLegislación en materia de publicidad
Legislación en materia de publicidad
hornelas
 
Publicidad
PublicidadPublicidad
Publicidad
hornelas
 

Similar a 1 alerta sanitaria_publicidad_enga_osa_redu_shaper_inova_12042017 (20)

Legales
LegalesLegales
Legales
 
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidadCobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
Cobertura y Contenidos Foro retos de la industria de la publicidad
 
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidadEvento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidad
 
Evento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidadEvento foro retos de la industria de la publicidad
Evento foro retos de la industria de la publicidad
 
Cofepris
CofeprisCofepris
Cofepris
 
Resolución actimel auc vs danone estudios científicos
Resolución actimel  auc vs danone estudios científicosResolución actimel  auc vs danone estudios científicos
Resolución actimel auc vs danone estudios científicos
 
Publicacion3codigopaos (1)
Publicacion3codigopaos (1)Publicacion3codigopaos (1)
Publicacion3codigopaos (1)
 
Guía 5 etica en las organizaciones
Guía 5 etica en las organizacionesGuía 5 etica en las organizaciones
Guía 5 etica en las organizaciones
 
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
Oportunidad escaner biofotonico con biokultura oct 2013
 
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdfABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
 
Ley 20606 06-jul-2012
Ley 20606 06-jul-2012Ley 20606 06-jul-2012
Ley 20606 06-jul-2012
 
Publicidad engañosa
Publicidad engañosaPublicidad engañosa
Publicidad engañosa
 
Publicidad engañosa
Publicidad engañosaPublicidad engañosa
Publicidad engañosa
 
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
14/09/11 Germán Tenorio Vasconcelos retira Sso 58 Productos Milagro en El Estado
 
Normas de la Publicidad en Venezuela
Normas de la Publicidad en VenezuelaNormas de la Publicidad en Venezuela
Normas de la Publicidad en Venezuela
 
LegislacióN En Materia De Publicidad
LegislacióN En Materia De PublicidadLegislacióN En Materia De Publicidad
LegislacióN En Materia De Publicidad
 
Resolución actimel provital
Resolución actimel provital Resolución actimel provital
Resolución actimel provital
 
Leyes y reglamentos de la publicidad
Leyes y reglamentos de la publicidadLeyes y reglamentos de la publicidad
Leyes y reglamentos de la publicidad
 
Legislación en materia de publicidad
Legislación en materia de publicidadLegislación en materia de publicidad
Legislación en materia de publicidad
 
Publicidad
PublicidadPublicidad
Publicidad
 

Último

proceso y técnicas de panificación de pan
proceso  y técnicas de panificación de panproceso  y técnicas de panificación de pan
proceso y técnicas de panificación de pan
JuanCarlosCaceresFer
 
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optimaDescubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
The Movement
 
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdfTodo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
patopatico18
 
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
ALEXANDERPAULLIQUINC
 
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocxFICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
XulianaChumareroJime
 
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdfproyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
berralourdes
 
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docxRECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
ssuserc1e7cc
 

Último (7)

proceso y técnicas de panificación de pan
proceso  y técnicas de panificación de panproceso  y técnicas de panificación de pan
proceso y técnicas de panificación de pan
 
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optimaDescubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
Descubre Source, Minerales esenciales para una salud optima
 
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdfTodo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
Todo lo que necesitas para una Dieta cetogenica.pdf
 
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
3_modelado_de_sistemas_mecanicos (1).pdf
 
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocxFICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
FICHA ESCRIBIMOS UNA RECETA. PARA SEGUNDO GRADO DE PRIMARIAdocx
 
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdfproyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
proyecto mision ribas siembra de hortalizas.pdf
 
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docxRECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
RECOMENDACIONES PARA TARDES MISIONERAS.docx
 

1 alerta sanitaria_publicidad_enga_osa_redu_shaper_inova_12042017

  • 1. Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México., C.P. 03810 Tels. 5080-5200 Ext. 1229 y 1165 y 01 800 033 50 50, www.gob.mx/cofepris 1 Ciudad de México a 12 de abril de 2017 LA COFEPRIS INFORMA SOBRE LA PUBLICIDAD DEL PRODUCTO REDU SHAPER DE LA EMPRESA INOVA  El producto tiene publicidad engañosa en TV e internet así como en la página de su distribuidor.  La publicidad tiene como objetivo hacer creer a los consumidores que el simple uso del producto mejora la salud, reduce peso y tallas, quemas calorías y eliminas toxinas.  Al tratarse de un producto que en su publicidad ofrece beneficios a la salud, la empresa debió someter la evidencia correspondiente ante esta Autoridad Sanitaria para evaluación. Como consecuencia de las acciones de vigilancia y monitoreo en medios de comunicación, la Comisión de Operación Sanitaria de la COFEPRIS, detectó publicidad engañosa en diversos canales de televisión así como en la página electrónica https://www.inova.com.mx/producto/redu-shaper, en donde se publicita el producto “Redu Shaper”, cuya publicidad atribuye cualidades como: “…es la camiseta de compresión térmica con la que podrás reducir tallas al instante. Además su efecto reductor funciona concentrando el calor natural de tu cuerpo en las áreas abdominales. De esta manera quemas más calorías y expulsas una mayor cantidad de toxinas a través de la sudoración…”, sin haber acreditado tales cualidades ante esta Autoridad Sanitaria. Con la finalidad de proporcionar mayor información al consumidor, se reproduce la siguiente imagen de la página anteriormente referida. PUBLICIDAD ENGAÑOSA
  • 2. Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México., C.P. 03810 Tels. 5080-5200 Ext. 1229 y 1165 y 01 800 033 50 50, www.gob.mx/cofepris 2 Toda vez que la publicidad de dicho producto comunica mejoras a la salud sin sustento alguno, infringe lo establecido en el artículo 306 fracción VI de la Ley General de Salud y el artículo 9, fracción I y III del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, por lo que la población puede crearse un juicio erróneo en la utilización del producto al suponer que es posible obtener los beneficios prometidos por su simple uso, ya que en caso de tener problemas de sobrepeso u obesidad o simplemente tener intención de reducir talla y bajar de peso, lo adecuado es acudir con un especialista de la salud y seguir el tratamiento que el mismo prescriba. Al señalar que “…es la camiseta de compresión térmica con la que podrás reducir tallas al instante. Además su efecto reductor funciona concentrando el calor natural de tu cuerpo en las áreas abdominales. De esta manera quemas más calorías y expulsas una mayor cantidad de toxinas a través de la sudoración...”, la publicidad insinúa que con el simple uso del producto se modificarán las características del cuerpo y se eliminará peso, dando como resultado la obtención de una figura esbelta, mejorando la apariencia de las personas, cualidades éstas que no han sido comprobadas ante esta Autoridad Sanitaria. Esta publicidad contraviene lo ordenado en los artículos 63 y 64 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, ya que al hacer mención de modificaciones en las características del cuerpo humano como reducción de tallas al instante, quema de calorías y expulsión de toxinas, los responsables de dicha publicidad del debieron haber comprobado los beneficios relacionados con el producto ante esta la COFEPRIS previamente a la difusión de la publicidad y sin embargo, no lo realizaron y por tanto, es que esta Autoridad Sanitaria identifica a la publicidad engañosa como parte de una estrategia para comercializar un producto coloquialmente identificado como “milagro” por los beneficios prometidos y ni comprobados. Al respecto, la publicidad debe cumplir con lo ordenado por el artículo 7 de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad; que a la letra establece: “ARTÍCULO 7. La publicidad será orientadora y educativa respecto del producto o servicio de que se trate, para lo cual deberá: (…) ”. La Comisión de Operación Sanitaria continuará las acciones de vigilancia para evitar la fabricación, distribución y comercialización de productos que infrinjan la regulación sanitaria incluyendo la publicidad engañosa relacionada con los mismos, por lo que en caso de detectar tales productos se podrá imponer medidas de aseguramiento, suspensión de actividades, retiro de productos de puntos de comercialización y clausura de establecimientos, así como multas administrativas superiores al millón de pesos en términos de lo dispuesto en los artículos 16, 107 y 108 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad. Para cualquier duda o denuncia, comunicarse al 01 800 033 5050 de la COFEPRIS. ----oo----