El documento resume los cambios realizados por el Real Decreto-Ley 6/2010 para flexibilizar los requisitos y acortar los plazos para recuperar el IVA de créditos incobrables. Ahora es posible recuperar el IVA mediante un requerimiento notarial o una certificación de deuda pública en lugar de una reclamación judicial. Las empresas pequeñas tienen 6 meses en lugar de 12 para instar el cobro antes de poder recuperar el IVA.