Maldonado Bojorquez Rodolfo
Peralta Arizpe Yarlen
Samano Camarena Christyan
Conjunto de criterios o fórmulas, con las que se rige la conducta humana.
  Pueden ser éstas de carácter voluntario, (del orden moral) o pueden ser
  obligatorias (del orden jurídico).
Toda normatividad para ser válida debe cumplir con los siguientes requisitos :

   Ser proclamada por autoridad reconocida y empleando la difusión necesaria.
   Tener esa autoridad, suficiente ascendiente moral.
   Debe comprender reglas claras y de aplicación general.
   Especificar la penalidad por las infracciones.
   Tener métodos de coerción o convencimiento.
   Estar fincada en una tesis de carácter ético o moral.



   Para que haya una correcta realización
    en la creación de obras.
   ARTÍCULO 59.
        VOLADIZOS Y SALIENTES.
                                         ARTÍCULO 60.
                                          ELEMENTOS ARQUITECTÓNICOS
                                          EN FACHADA.




   ARTÍCULO 61.
    BAJADAS PLUVIALES.              ARTÍCULO 74.-
                                     PIEZAS HABITABLES,
                                     COMPLEMENTARIAS Y NO HABITABLES.
    ARTÍCULO 75. VIVIENDA MINIMA.
    ARTÍCULO 76. DIMENSIONES Y CARACTERÍSTICAS MINIMAS.

      TIPO DE        LOCAL         ÁREA MÍNIMA LADO MENOR   ALTURA     OBS.
    EDIFICACIÓN                    ENTRE MUROS   LIBRE EN   MÍNIMA
                                       (m²)      METROS     LIBRE EN
                                                            METROS
                                        HABITACIONAL
  VIVIENDA        Recámaras           7.29         2.70       2.30     (j) (k)
 UNIFAMILIAR, Sala o estancia         7.29         2.70       2.30       (k)
MULTIFAMILIAR Y    Comedor            7.29         2.70       2.30       (k)
    MIXTA           Alcoba            4.59         1.70       2.30       (k)
                    Cocina            3.75         1.50       2.30       (k)
                    Baños y           3.00         1.20       2.30     (a)(k)
                   sanitarios
                    ½ baño            1.54         0.80       2.10      (a)
                Cuarto de lavado      2.88         1.60       2.10
                   Estancia-          17.01        2.70       2.40
   ARTÍCULO 79.
    MÍNIMOS DE ILUMINACIÓN Y
    VENTILACIÓN NATURAL Y ARTIFICIAL. ARTÍCULO 88.
                                    
                                      INSTALACIONES SANITARIAS.




            ARTÍCULO 103.
             INSTALACIONES ELÉCTRICAS.
   ARTÍCULO 117.
                 ESTACIONAMIENTO.




   ARTÍCULO 146.
    DIMENSIONES MINIMAS DE ESPACIOS

MUEBLE O ACCESORIO      ANCHO EN METROS   FONDO EN METROS
     Excusado                  .70              1.05
      Lavabo                   .70               .70
     Regadera                 .80               .80
   ARTÍCULO 155.
    ESCALERAS.
                                                         ARTÍCULO 156.
                                                          BARANDALES

       ARTÍCULO 157.
        ESCALERAS RADIALES.



                             ARTÍCULO 158.
                              ESCALERAS EN ESPIRAL.
   ARTÍCULO 159.
    RAMPAS.                            ARTÍCULO 160.
                                        PUERTAS.




                 ARTÍCULO 168.
                  CHIMENEAS.



                       ARTÍCULO 250.
                        USO DE EXPLOSIVOS.
2 Normatividad

2 Normatividad

  • 1.
    Maldonado Bojorquez Rodolfo PeraltaArizpe Yarlen Samano Camarena Christyan
  • 2.
    Conjunto de criterioso fórmulas, con las que se rige la conducta humana. Pueden ser éstas de carácter voluntario, (del orden moral) o pueden ser obligatorias (del orden jurídico). Toda normatividad para ser válida debe cumplir con los siguientes requisitos :  Ser proclamada por autoridad reconocida y empleando la difusión necesaria.  Tener esa autoridad, suficiente ascendiente moral.  Debe comprender reglas claras y de aplicación general.  Especificar la penalidad por las infracciones.  Tener métodos de coerción o convencimiento.  Estar fincada en una tesis de carácter ético o moral.  Para que haya una correcta realización en la creación de obras.
  • 3.
    ARTÍCULO 59. VOLADIZOS Y SALIENTES.  ARTÍCULO 60. ELEMENTOS ARQUITECTÓNICOS EN FACHADA.  ARTÍCULO 61. BAJADAS PLUVIALES.  ARTÍCULO 74.- PIEZAS HABITABLES, COMPLEMENTARIAS Y NO HABITABLES.
  • 4.
    ARTÍCULO 75. VIVIENDA MINIMA.  ARTÍCULO 76. DIMENSIONES Y CARACTERÍSTICAS MINIMAS. TIPO DE LOCAL ÁREA MÍNIMA LADO MENOR ALTURA OBS. EDIFICACIÓN ENTRE MUROS LIBRE EN MÍNIMA (m²) METROS LIBRE EN METROS HABITACIONAL VIVIENDA Recámaras 7.29 2.70 2.30 (j) (k) UNIFAMILIAR, Sala o estancia 7.29 2.70 2.30 (k) MULTIFAMILIAR Y Comedor 7.29 2.70 2.30 (k) MIXTA Alcoba 4.59 1.70 2.30 (k) Cocina 3.75 1.50 2.30 (k) Baños y 3.00 1.20 2.30 (a)(k) sanitarios ½ baño 1.54 0.80 2.10 (a) Cuarto de lavado 2.88 1.60 2.10 Estancia- 17.01 2.70 2.40
  • 5.
    ARTÍCULO 79. MÍNIMOS DE ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN NATURAL Y ARTIFICIAL. ARTÍCULO 88.  INSTALACIONES SANITARIAS.  ARTÍCULO 103. INSTALACIONES ELÉCTRICAS.
  • 6.
    ARTÍCULO 117. ESTACIONAMIENTO.  ARTÍCULO 146. DIMENSIONES MINIMAS DE ESPACIOS MUEBLE O ACCESORIO ANCHO EN METROS FONDO EN METROS Excusado .70 1.05 Lavabo .70 .70 Regadera .80 .80
  • 7.
    ARTÍCULO 155. ESCALERAS.  ARTÍCULO 156. BARANDALES  ARTÍCULO 157. ESCALERAS RADIALES.  ARTÍCULO 158. ESCALERAS EN ESPIRAL.
  • 8.
    ARTÍCULO 159. RAMPAS.  ARTÍCULO 160. PUERTAS.  ARTÍCULO 168. CHIMENEAS.  ARTÍCULO 250. USO DE EXPLOSIVOS.