Martes 12 de enero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ANEXOS 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 14, 17, 23, 25 y 25 Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada el 23 de
diciembre de 2015. (Continúa en la Tercera Sección)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Modificación al Anexo 4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014
Contenido
A. Derogado.
B. Derogado.
C. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos de derechos, productos y
aprovechamientos por Internet y ventanilla bancaria.
D. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados mediante línea
de captura.
A. Derogado.
B. Derogado.
C. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de declaraciones por Internet y
ventanilla bancaria a que se refieren los Capítulos 2.9., 2.11. y Sección 2.8.7 de esta
Resolución.
Las denominaciones de las instituciones de crédito autorizadas para la recepción de declaraciones por
Internet y ventanilla bancaria a que se refieren los de esta Resolución, son las publicadas en la página de
Internet del Capítulos 2.9., 2.11. y Sección 2.8.7 de esta Resolución SAT www.sat.gob.mx.
(Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de enero de 2016
D. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados mediante línea
de captura a que se refieren el Capítulo 2.9 y Secciones 2.8.5., y 2.8.8. de esta Resolución.
Las denominaciones de las instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados
mediante línea de captura vía Internet y ventanilla bancaria a que se refieren el Capítulo 2.9 y Secciones
2.8.5., y 2.8.8. de esta Resolución. son las publicadas en la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx.
Atentamente.
Ciudad de México a 14 de diciembre de 2015.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria,
Aristóteles Núñez Sánchez.- Rúbrica.

2016 01 12_mat_shcp2a anexo 4

  • 1.
    Martes 12 deenero de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXOS 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 14, 17, 23, 25 y 25 Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada el 23 de diciembre de 2015. (Continúa en la Tercera Sección) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria. Modificación al Anexo 4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 Contenido A. Derogado. B. Derogado. C. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos de derechos, productos y aprovechamientos por Internet y ventanilla bancaria. D. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados mediante línea de captura. A. Derogado. B. Derogado. C. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de declaraciones por Internet y ventanilla bancaria a que se refieren los Capítulos 2.9., 2.11. y Sección 2.8.7 de esta Resolución. Las denominaciones de las instituciones de crédito autorizadas para la recepción de declaraciones por Internet y ventanilla bancaria a que se refieren los de esta Resolución, son las publicadas en la página de Internet del Capítulos 2.9., 2.11. y Sección 2.8.7 de esta Resolución SAT www.sat.gob.mx.
  • 2.
    (Segunda Sección) DIARIOOFICIAL Martes 12 de enero de 2016 D. Instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados mediante línea de captura a que se refieren el Capítulo 2.9 y Secciones 2.8.5., y 2.8.8. de esta Resolución. Las denominaciones de las instituciones de crédito autorizadas para la recepción de pagos referenciados mediante línea de captura vía Internet y ventanilla bancaria a que se refieren el Capítulo 2.9 y Secciones 2.8.5., y 2.8.8. de esta Resolución. son las publicadas en la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx. Atentamente. Ciudad de México a 14 de diciembre de 2015.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez.- Rúbrica.