El documento describe los términos de referencia para el servicio de elaboración de un estudio de perforación diamantina de 4 puntos para el proyecto de construcción de una red vial departamental en la región de Moquegua. Se especifican los objetivos, alcance, metodología, contenido mínimo requerido en el estudio, formato de presentación, plazos de ejecución, pago y penalidades por incumplimiento.
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Expedientes Técnicos y Perfiles de Proyectos de Ingeniería Civil Publicados.
-EXPEDIENTES TÉCNICOS DEL 2015
Construcción de Parque
Construcción de Pistas y veredas
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Construcción de losa deportiva
Vivienda multifamiliar
Mejoramiento de un Colegio
Agua y desagüe
Construcción de un Puente
Creación de Puesto de Salud
Carreteras mejoramiento y Trocha
Riego, Reservorio y Canal y también con aspersión
Defensa ribereña
-PERFILES TÉCNICOS de colegio y carreteras
- Manuales, cursos, Hojas de Calculo y Normas Legales.
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CONTENIDO
1. Resultados de Visita de Campo
2. Reunión de la Alianza
3. Condiciones de Ejecución del Mes
4. Documentos recibidos o emitidos
5. Aviso Preventivo
6. Propuesta de Adicionales mayores
7. Resumen Gráfico del Proyecto
ANEXOS
1. Certificados de visita
2. Control Maquinaria
3. Fotografías
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Criterios de la primera y segunda derivadaYoverOlivares
Criterios de la primera derivada.
Criterios de la segunda derivada.
Función creciente y decreciente.
Puntos máximos y mínimos.
Puntos de inflexión.
3 Ejemplos para graficar funciones utilizando los criterios de la primera y segunda derivada.
1. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
TÉRMINOS DE REFERENCIA
1.0 OBJETO.
Servicio de elaboración del estudio de perforación de diamantina de 04 puntos para el estudio
definitivo del proyecto: "CONSTRUCCION DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL DISTRITO
LLOQUE - (C.P. SAN CRISTOBAL DE TORATA - C.P. HUARINA), DISTRITO MATALAQUE,
PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ CERRO, REGIÓN MOQUEGUA", Con código SNIP N°
203840.
2.0 BASE LEGAL
• Constitución política del estado.
• Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
• Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
• Ley Nº 28802 – Ley que Modifica el Art. 3º de la Ley del Sistema Nacional de Inversión
Pública; dicta las Técnicas, Métodos y Procedimientos que Rigen los Proyectos de
Inversión Pública.
• Decreto Supremo Nº 184-2008-EF – Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado y
fe de erratas.
• Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
(CONCORDADO POR CONSUCODE) (Aprobado mediante D.S. N° 083-2004-PCM)
MODIFICADO POR LEY N° 28267.
• Resolución Ministerial Nº 372-2004-EF-15 delega facultades para declarar Viabilidad del
Proyecto de Inversión Pública.
• Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
• Código Civil.
3.0 SISTEMA DE CONTRATACIÓN
Servicios de terceros
4.0 MODALIDAD DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
Por Administración Directa
5.0 PLAZO DE EJECUCIÓN
Se realizará en un plazo de ejecución de cuarenta y cinco (45) días calendarios contados a
partir desde que se compromete la orden de servicio.
6.0 PRESENTACION DEL SERVICIO
2. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
6.1 CONTENIDO MINIMO
6.1 METODOLOGIA
Se realizara 04 perforaciones diamantinas, considerados en los dos puentes mas grandes,
como es en el puente del rio tambo y el puente del rio Huarinas en cada estribo de los
puentes de acuerdo a las recomendaciones del estudio geológico.
Se ha considerado la aplicación de los siguientes métodos:
La extracción de testigos tipo core o núcleo, con broca diamantina en línea HQ3 hasta una
profundidad de 25 metros obteniéndose una buena información vertical, los cuales darán
información de una secuencia de estratos litológicos, que permitan diferenciar contactos
entre estructuras menores y la calidad del macizo rocoso, la presencia de fallas o
desclasamientos existentes.
Parámetros a determinar
- Calcular el grado de fracturamiento (RQD) y a su vez obtener otros parámetros técnicos
(densidad, módulo de young, etc).
- Realizar pruebas de permeabilidad con la roca fracturada (Pruebas de lugeon).
- Determinar la profundidad piezométrica.
- Determinar el grosor de los materiales de cobertura o suelto, conocer estratos
permeables.
- Determinar las características estructurales de la roca perforada en profundidad.
6.2 ESTRUCTURA DEL ESTUDIO A PRESENTAR
I. INTRODUCCIÓN
1.1. Antecedentes
1.2. Objetivos
1.3. Alcance de los trabajos
1.4. Ubicación
1.5. Geología Regional
1.5.1. Geomorfología
1.5.2. Litoestratigrafia Regional
1.5.2.1 Rocas sedimentarias
1.6. Geología del Sitio
1.6.1. Geomorfología Local
1.6.2. Litoestratigrafia
1.6.2.1 Rocas sedimentarias
2. INVESTIGACIONES DE CAMPO Y LABORATORIO
2.1. Generalidades
2.2. Perforaciones Geotécnicas
2.2.1. Avance Diario de la Perforación
2.3. Equipo empleado
2.3.1. Accesorios de perforación
2.3.2. Sondajes Mecánicos A Rotación
3. TRABAJOS DE PERFORACIÓN.
4. TRABAJOS EN CAMPO.
3. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
4.1. Ensayos de Permeabilidades Lefranc
5. PROFUNDIDAD Y NÚMERO DE MUESTRAS
6. ENSAYOS DE LABORATORIO
7. NUMERO DE CAJAS PORTATESTIGOS
8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
8.1. Conclusiones
9. ANEXOS
Anexo_01 Panel fotográfico cajas de testigos.
Anexo_02 Partes de perforación.
Anexo_03 Registros de perforación y Clasificación geomecanica.
Anexo_04 Pruebas de permeabilidad.
Anexo_05 Panel fotográfico trabajos realizados.
Anexo_06 Resultados de ensayos de laboratorio.
Anexo_07 Plano geológico local.
6.3 FORMATO
Los productos deberán presentarse debidamente foliados, sellados y firmados por El
especialistas1
en todas sus páginas; estos serán organizados en pioner(s) color negro, para
facilitar su revisión por parte de Inspector de Proyecto. Asimismo, cada uno de los acápites
deberá estar numerado de acuerdo al contenido mínimo obligatorio del servicio.
Toda la documentación que se presente deberá tener un índice y su correspondiente
numeración de páginas. Se presentarán tres originales del producto además en versión
digital2
(CD o DVD). Siempre en cuando esta haya sido aprobada por la Dirección de
Supervisión, y la impresión de los documentos se hará en la primera cara y/o en la hoja de
adelante con final de tener una buena presentación.
Los documentos tendrán el siguiente formato:
Fuente : Arial
Tamaño : 11
Espaciado : Sencillo
Utilizar marcadores para identificar las partes del documento (título, subtítulo, tomos,
capítulos, etc.)
Presentar un Índice de por lo menos cuatro niveles (e.g.: 1; 1.1.; 1.1.1.; 1.1.1.1.)
Enumerar las páginas de la documentación a presentar
Los archivos en formato digital deberán utilizar las siguientes aplicaciones:
- Texto: rtf, txt, htlm, xml
- Tablas: dbf, html
- Imágenes: jpg, tiff, png
- Vectores: dxf, dwg, shp
1
El especialista que elabore el Estudio deberá de estar autorizado por el registro nacional de proveedores y su vigencia respectiva.
2
Esta versión debe contener la totalidad del estudio de perforación de diamantina, con todos los archivos correspondientes (textos,
mapas, planos, fotografías, etc.) en una forma ordenada y con una memoria explicativa indicando la manera de cómo desarrollar el
estudio en la ejecución de obra.
4. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
Enumerar las páginas de la documentación a presentar, precisando el total de páginas de
la sección (xx de yy).
Utilizar hojas bond tamaño A4
Los márgenes a utilizar en la redacción del documento, deberán ser los mismos,
independientemente de los capítulos, sub-capítulos o acápites del mismo.
Los planos serán presentados en tamaños A-0, 1, 2 y 3 según requiriera dicho dibujo, y
además debera de estar debidamente encuadernado de modo que permite su fácil
desglosamiento para su revisión correspondiente.
Características de los testigos de perforación
• Los testigos de perforación serán entregados en caja de madera debidamente rotulada
con las correlaciones de cada corrida.
7.0 VALOR REFERENCIAL
El valor referencial según el estudio de mercado para la elaboración del estudio de geología,
asciende a la suma de S/N 100,000.00 cien mil con 00/100 nuevos soles, a todo costo, incluido
IGV y de acuerdo al detalle siguiente:
Descripción Cantidad Unidad Costo(S/.)
Servicio del estudio perforación de
diamantina de 04 puntos para el estudio
definitivo del proyecto: "CONSTRUCCION
DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL
DISTRITO LLOQUE - (C.P. SAN
CRISTOBAL DE TORATA - C.P.
HUARINA), DISTRITO MATALAQUE,
PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ
CERRO, REGIÓN MOQUEGUA", Con
código SNIP N° 203840
1 servicio 100,000.00
8.0 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
La entidad le brindara la información en digital de los estudios de perforación de diamantina
SIGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN
Durante la elaboración del servicio el responsable Proyecto realizara seguimiento y monitoreo,
y en la cual debera de informar al Inspector del Proyecto y a Sub Gerencia de Estudios.
5. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
9.0 OTRAS CONSIDERACIONES
9.1 De la Presentación, Revisión y Aprobación del Servicio
El Consultor presentará el estudio de un ejemplar en original del producto además en versión
digital3
(CD o DVD), ante la unidad de mesa de parte del trámite documentario de la entidad,
con atención al Responsable del Estudio Definitivo nombrado por la Sub Gerencia de
Estudios, el cual derivara el estudio al Inspector del Proyecto, para su revisión y/o
aprobación. Para que el estudio sea aceptado y considerado como presentado, como mínimo,
debera incluir todos los contenidos que se indican en los presentes Términos de Referencia.
Plazos en la Revisión y Aprobación por Parte del Inspector del Proyecto
Los plazos que demore en la revisión y/o aprobación de la Dirección de Supervisión (Inspector
de Proyecto) no serán computables al plazo contractual.
9.2 Levantamiento de Observaciones
De existir observaciones al Estudio presentado, se le dará al consultor un plazo en función a su
complejidad para realizar el levantamiento y subsanaciones requeridas. Dicho plazo no podrá
ser mayor a Diez (10) días calendarios, y se contará a partir de la recepción de las
observaciones por parte del formulador (Art. 176º del Reglamento). Si pese al plazo otorgado,
el consultor no cumple a cabalidad con el levantamiento de observaciones , El Gobierno
Regional de Moquegua lo emplazará notarialmente para que satisfaga a cabalidad tal
requerimiento en un plazo de (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio
de la aplicación de las penalidades correspondiente por incumplimiento (Art. 169º del
Reglamento).
El Consultor deberá adjuntar los pliegos de observaciones al Estudio Definitivo correctamente
absueltas y a detalle, punto por punto, salvo mejor parecer, y con la debida responsabilidad y
seriedad, caso contrario se le considerará como no presentado.
10.0 FORMA DE PAGO
• Cabe mencionar, que la conformidad del servicio se efectuara por parte del Responsable e
Inspector de Proyecto y de Sub Gerencia de Estudios, previa aprobación de la Dirección de
Supervisión.
• El comprobante de Pago deberá ser emitido a nombre del Gobierno Regional Moquegua
con RUC Nº 2051972604
• El costo del servicio deberá ser expresado en Nuevos Soles
• El pago se efectuara obligatoriamente a través del abono directo en sus respectivas cuentas
Bancarias abiertas en las entidades del Sistema Financiero Nacional, para lo cual deberán
comunicar oportunamente su Código de Cuenta Interbancaria (CCI).
3
Esta versión debe contener la totalidad del estudio de perforación de diamantina, con todos los archivos correspondientes (textos,
mapas, planos, fotografías, etc.) en una forma ordenada y con una memoria explicativa indicando la manera de como desarrollar el
estudio en la ejecución de obra.
6. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
11.0 PENALIDADES
Si el consultor incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones en las
presentaciones objeto de contrato, la entidad le aplicara una penalidad por cada día de retraso,
hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto de contrato vigente
o de ser el caso, del monto del ítem que debió de ejecutarse, en concordancia con el artículo
165° del reglamento de la ley de contrataciones del estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicara automáticamente y se calculara de acuerdo a la
siguiente formula:
Dónde:
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
La justificación por retraso se ejecuta a lo dispuesto por la ley de contrataciones del estado y su
reglamento, el código y demás aplicables, según corresponda.
7. GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
_______________________________________________________________
11.0 PENALIDADES
Si el consultor incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones en las
presentaciones objeto de contrato, la entidad le aplicara una penalidad por cada día de retraso,
hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto de contrato vigente
o de ser el caso, del monto del ítem que debió de ejecutarse, en concordancia con el artículo
165° del reglamento de la ley de contrataciones del estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicara automáticamente y se calculara de acuerdo a la
siguiente formula:
Dónde:
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días.
La justificación por retraso se ejecuta a lo dispuesto por la ley de contrataciones del estado y su
reglamento, el código y demás aplicables, según corresponda.