3. TITULO I - NORMA G.010
Objeto del RNE: norma los criterios y requisitos mínimos para el diseño y
ejecución de las H.U. y edificaciones según los planes urbanos.
Ámbito de Aplicación :obligatoria a nivel nacional, para los que desarrollen
procesos de H.U. y edificaciones cuyo resultado sea de carácter permanente
público o privado.
Las municipalidades provinciales, podrán formular normas
complementarias en función a las características climáticas y geográficas
particulares y la realidad cultural de su jurisdicción.
Art. 5° Las H.U. y Edificaciones deberán proyectarse y construirse
satisfaciendo las siguientes condiciones:
a) Seguridad : b) Funcionalidad
- seguridad estructural, - Uso
- seguridad en caso de siniestros - Accesibilidad personas con
- seguridad de uso discapacidad
c) Habitabilidad : d) Adecuación al entorno y
- Salubridad e higiene protección del medio ambiente:
- Protección Térmica y sonora - Adecuación al entorno
- Protección del medio ambiente.
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4. TITULO I
NORMA G.020 - PRINCIPIOS GENERALES
Para cumplir con su objetivo el RNE se basa en los siguientes Principios Generales:
a) De la Seguridad de las Personas
Crear espacios adecuados, garantizando la salud, la integridad y vida de las personas.
b) De la Calidad de Vida
Lograr hábitat urbano sostenible, creando espacios que reúnan condiciones que les
permitan desarrollarse integralmente tanto en el plano físico como espiritual, el suelo
debe habilitarse con vías y servicios básicos.
c) De la Seguridad Jurídica
Promueve y respeta el principio de legalidad y jerarquía de normas con arreglo a la
Constitución y el Derecho.
d) De la subordinación del interés personal al interés general
La ejecución de las H.U. y edificaciones deben considerar el interés general sobre el
personal, respetando el derecho de las personas.
e) Del diseño universal
Los diseños deben ser aptos para el mayor número de personas, sin necesidad de
adaptaciones, generando ambientes utilizables equitativamente en forma segura y
autónoma.
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5. TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
Capitulo III- De los profesionales responsables del Proyecto
Arquitectos, Ingenieros Civiles, Ingenieros Sanitarios, Ingenieros Mecánicos Eléctricos.
Deben cumplir con estar habilitado en el colegio profesional, con las normas y
reglamentos vigentes en la ejecución de sus servicios profesionales.
Capitulo IV- De las personas responsables de la Construcción :
-Del Constructor: persona natural o jurídica, su responsabilidad en la obra es la
siguiente:
-Ejecutar la obra con sujeción al proyecto y normas vigentes, disponer de la
organización e infraestructura que garantice el logro de las metas de la obra, designar
al profesional responsable de la construcción, asignar a la obra los medios humanos y
materiales para culminar la obra dentro de los plazos y presupuesto aprobado,
formalizar las subcontrataciones de partes e instalaciones de la obra y entregar al
cliente la información documentada sobre los trabajos ejecutados.
-El constructor es responsable por fallas, errores o defectos de la construcción
incluyendo las obras ejecutadas por subcontratistas y por el uso de materiales o
insumos defectuosos sin perjuicio de las acciones legales que puedan interponer a
proveedores, fabricantes o subcontratistas.
-Las personas jurídicas que presten el servicio de construcción son solidariamente
responsables con los profesionales designados por ellos para representarlos.
6. 6
-Del Profesional Responsable de Obra : las obras de edificación y H.U. requieren la
designación de un profesional responsable de obra, Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado y hábil,
y en los casos de obras de carácter especializado el profesional encargado debe ser especialista
acreditado en dichas obras, cuya ejecución realizará directamente. Es responsable de dirigir la
obra asegurándose que la ejecución de la misma se realice de conformidad con el proyecto
aprobado y la licencia respectiva y cumpla con lo normado según ley.
-No se requiere profesional responsable en obras que no requieren licencias (refacciones y
acondicionamiento) el responsable es el propietario.
-Art. 30° : Obligaciones del Profesional Responsable de Obra:
-Administrar los procesos constructivos, cumpliendo con las pruebas, controles, ensayos e
inspecciones necesarios para ejecutar las obras aprobadas; Formalizar subcontrataciones de
partes e instalaciones de la obra; firmar actas de inicio y entrega e obra; resolver contingencias;
solicitar al cliente aclaración de aspectos ambiguos o incompatibles entre planos y
especificaciones técnicas; cumplir con requisitos de calidad pactados en el contrato y en el
proyecto; cumplir con códigos, normas y reglamentos; verificar recepción de productos que serán
incorporados en la construcción ordenando realización de ensayos y pruebas; dirigir la obra
comprobando la participación de personal calificado; organizar información sobre los procesos
empleados durante la construcción; planear y supervisar las medidas de seguridad del personal,
terceras personas en la obra, vecinos y usuarios de la vía publica; Elaborar y entregar al
propietario al termino de la obra los manuales de operación y mantenimiento y equipos
incorporados a la obra.
-Art. 31° y 32° : El responsable de obra debe ser designado antes del inicio de la misma y puede
ser sustituido lo cual debe ser comunicado a la Municipalidad mediante documento.
TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
7. 7
TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
-Art. 33° : Cuaderno de Obra, este cuaderno es obligatorio durante la ejecución de obras de
edificación, es un documento con paginas numeradas que se mantiene en obra durante la
construcción en el cual se consignan las instrucciones y observaciones a la obra formuladas por
los profesionales responsables de las diversas especialidades del proyecto, R.O., S.T. y los
Inspectores de los organismos que autorizan las instalaciones, es Obligación del R.O. llevar,
mantener actualizado y firmar el Cuaderno de Obra. Al inicio de la Obra deberá consignarse en
el cuaderno lo siguiente: Nombre de obra, N° y fecha de la Licencia de obra, nombre del
propietario, del Arquitecto, de los Ingenieros Estructural, Sanitario y Eléctrico, del Supervisor,
Constructor y del R.O., Cuando alguna de las personas citadas, efectué anotación en el C.O. estas
deben quedar firmadas, fechadas e identificadas con el nombre de las personas que las realiza.
Deberá anotarse los incidentes mas importantes relativos a la construcción, indicaciones de
los proyectistas, propietario, supervisor y el Inspector municipal , deberá mantenerse en la
obra el original del C.O. y entregar una copia al I.M.O para su archivo en la Municipalidad.
-Del Supervisor de Obra : en obras publicas o cuando propietario lo estime conveniente, su
función es la de verificar que la obra se ejecute conforme los proyectos aprobados, procesos
constructivos según naturaleza de la obra y se cumplan plazos y costos previstos en el contrato.
-Art. 40° : Responsabilidades : Revisar proyecto con finalidad de planificar y asistir al propietario,
revisar calificación personal del contratista, proveedor, subcontratista para la ejecución de la obra,
asegurar ejecución de pruebas, controles y ensayos previstos en las especificaciones técnicas del
proyecto, emitir reportes de grado cumplimiento y participar en proceso de recepción de las etapas
del proyecto a nombre del propietario.
8. 8
TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
-Capitulo IV - De las Municipalidades
Art. 41° Son responsables de lo siguiente:
-Contar con instrumentos de planificación PDU definan P.U.y E., de no tenerlos priorizar su
elaboración y poner a disposición del publico en general y proyectistas los mismos y requisitos de los
tramites administrativos que correspondan a las H.U. y Edificaciones.
-Dar celeridad y simplificar los tramites administrativos de consultas, autorizaciones y licencias
municipales para tal fin deben contar con personal capacitado para atender los mismos pudiendo
delegar o tercerizar estas funciones.
-Emitir los P.U. y E., otorgar autorizaciones para ejecución de obras de H.U. y Edificación según
dictamen de C.T.M.
-Suspender las autorizaciones para la ejecución de obras de H.U. y Edificación, únicamente en
los casos que se constate plenamente que fue expedida contraviniendo disposiciones
vigentes.
-Fijar los requisitos que deben sujetarse las obras en el uso de las vías publicas, horario de trabajo,
instalaciones provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para protección del medio
ambiente.
-Ordenar Paralización de obras que se ejecuten contraviniendo los proyectos aprobados y
licencias otorgadas y exigir las correcciones respectivas, o en su defecto proceder con la
demolición según corresponda.
-Designar Inspectores Técnicos Municipales quienes realizan el control urbano, inspeccionar las
obras que se ejecuten en su jurisdicción por medio de los I.M.O. comprobando que se ejecuten
según planos aprobados hasta emitir la resolución de recepción de obra de la H.U. y conformidad de
obra de la Edificación.
9. TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
Capitulo VI.- Del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Art. 46° : En su condición de rector nacional, le corresponde diseñar, normar y ejecutar la política
nacional en materia de vivienda, urbanismo , construcción y saneamiento. Ejerce las siguientes
funciones :
a) Fiscaliza y supervisa el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de
competencia e interpreta las normas técnicas contenidas en este reglamento.
Capitulo VII.- De las Infracciones y Sanciones
Art. 47° : Los actores del proceso de Edificación, personas naturales o jurídicas o entidades publicas
que intervienen en el mismo sin sujeción a las disposiciones previstas en el presente Reglamento,
incurran en VIOLACIÓN DEL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL, deberán ser sancionados por sus
respectivos Colegios Profesionales sin perjuicio de las sanciones penales y civiles normadas en
nuestra legislación.
Art. 48° : Las Sanciones serán establecidas por cada municipalidad según su jurisdicción donde se
encuentre la H.U. y/o edificación, mediante una ordenanza que aprueba un reglamento y en el TUPA.
Art. 49° : Se consideran infracciones las siguientes : la ejecución de obra contraviniendo el RNE, sin
la licencia respetiva, adulteración de planos, especificaciones técnicas aprobadas por la
Municipalidad, incumplimiento por parte del propietario o R.O. de las Resoluciones emitidas por la
Municipalidad en cuya jurisdicción se encuentre la H.U. o E., ; negar acceso al I.M.O., Cambiar el uso
de una edificación sin autorización, Inexistencia de R.O:, Inexistencia de C.O., empleo de
materiales defectuosos, Autorizar y ejecutar edificaciones en áreas urbanas que no cuenten con H.U.
autorizada, toda acción que contravenga las normas sobre accesibilidad para personas con
discapacidad ley 27920.
10. 10
TITULO I-NORMA G.030- DERECHOS Y
RESPONSABILIDADES
Capitulo VIII.- De las Responsabilidades Administrativa, Civil y Penal
Art. 50° : Las responsabilidades de los Actores participantes en cada una de las etapas de un
Proyecto, pueden ser de carácter Administrativo, Penal y/o Civil y pueden ser aplicadas en forma
concurrente.
Art. 51°,52°,53° : La Responsabilidad administrativa, civil o penal, de los actores participantes en un
Proyecto u Obra pueden darse por acción u omisión que generen perjuicio, daño a cualquiera de los
actores, administrados o partes contratantes por incumplimiento de lo pactado en contrato, lo
normado en RNE y legislación civil vigente y mediante un hecho o conducta tipificada como delito y
normado en la legislación vigente.
Art. 54° Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, el constructor y el R.O. responderán
frente al cliente, en el caso de que sean objeto de controversia o desacuerdo por daños materiales
ocasionados en la edificación, dentro de los 5 años, plazo contado desde la fecha de recepción o
finalización de obra por la Municipalidad y comprende los defectos o daños materiales que a
continuación se indican:
-Destrucción total o parcial por evidente peligro de ruina o graves defectos por vicio de construcción,
daños materiales en el producto de construcción, vicios o defectos que afecten la cimentación,
estructuras, que comprometan la resistencia mecánica, estabilidad y tiempo de vida útil de la obra;
daños materiales causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o instalaciones por
calidad de materiales, afecten elementos no estructurales o por defecto de suelo. El constructor
responde directamente por los daños materiales causados en el producto de la construcción,
por las deficiencias de lo suministros adquiridos o aceptado por el hasta el plazo establecido
por el fabricante como garantía del producto.
12. 12
Objeto :
• Establecer los lineamientos técnicos necesarios para garantizar que las actividades de
construcción se desarrollen sin accidentes de trabajo ni causen enfermedades ocupacionales.
Cumplimiento de la Norma : La verificación del cumplimiento de la presente norma queda
sujeto a lo dispuesto por la ley 28806 Ley General de Inspecciones del Trabajo y su
reglamento así como sus modificatorias.
Requisitos del Lugar de Trabajo :
El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad y salud
de los trabajadores y de terceras personas, para tal efecto se debe considerar:
- Organización de la áreas de trabajo; Instalación de suministro de energía; Instalación
eléctricas provisionales; Accesos y vías de circulación; Transito peatonal dentro del lugar de
trabajo y zonas colindantes; Vías de evacuación; salidas de emergencia y zonas seguras;
Señalización Iluminación; Ventilación; Servicios de bienestar : Comedores, Vestuarios;
Prevención y extinción de incendios; Atención de emergencias en caso de accidentes.
Comité Técnico de Seguridad y Salud : Obra menor de 25 trabajadores y Obra con 25 o mas
trabajadores, Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, Investigación y Reporte de
accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION
13. 13
EQUIPO DE PROTECCION INDIVIDUAL
(EPI)
El Equipo de Protección Individual (EPI) debe
utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad
o salud de los trabajadores que no hayan podido
eliminarse o controlarse convenientemente por
medios técnicos de protección colectiva o mediante
medidas, métodos o procedimientos de
organización de trabajo. Por lo tanto todo el
personal que labora en una obra de construcción
debe contar con su EPI acorde al peligro a los que
estará expuesto.
PROTECCIONES COLECTIVAS
Todo proyecto debe considerar el diseño, instalación
y mantenimiento de protecciones colectivas que
garanticen la seguridad física y salud de
trabajadores y de terceros, durante el proceso de
ejecución de obra, debe estar refrendado por
ingeniero civil colegiado.
Las protecciones son : señalización, redes de
seguridad, barandas perimetrales, tapas y sistemas
de línea de vida horizontal y vertical y mallas.
14. 14
ORDEN Y LIMPIEZA
• Las áreas de trabajo, vías de circulación, vías de evacuación y
zonas seguras deben estar limpias y libres de obstáculos.
• Los pisos de las áreas de trabajo, vías de circulación vías de
evacuación y zonas seguras deberán estar libres de sustancias
tales como grasas, aceites u otros que puedan causar accidentes
por deslizamiento.
• Los comedores deben mantenerse limpios y en condiciones
higiénicas.
• Los servicios higiénicos deben mantenerse limpios en todo
momento. Si se tienen pozos sépticos o de percolación se les
dará mantenimiento periódico.
GESTION DE RESIDUOS
Los residuos derivados de las actividades de construcción deben ser
manejados convenientemente hasta su disposición final por una
Empresa Prestadora de Servicios.
Residuos No peligrosos:
- REUTILIZAR no requieren tratamiento previo, como residuos de
demolición para concreto ciclópeo e baja resistencia
- RECUPERAR componente de algún residuo que sin requerir
tratamiento sirvan para producir nuevos elementos, como madera
de embalaje, madera de encofrado.
- RECICLAR algunos residuos que pueden ser empleados como
materia prima de un nuevo producto, luego de un tratamiento
adecuado.
Residuos peligrosos: se almacenaran en temporalmente en áreas
aisladas, debidamente señalizadas.
15. 15
HERRAMIENTAS MANUALES Y EQUIPOS
PORTATILES
Solo se permitirá el uso de herramientas manuales o equipos
portátiles de marcas certificadas de acuerdo a las Normas Técnicas
Peruanas (NTP) de INDECOPI.
• Los mangos de martillo, combas, palas, picos y demás
herramientas que tengan mangos de madera incorporados,
deben estar aseguradas a la herramienta a través de cuñas o
chavetas metálicas adecuadamente colocadas y que brinden la
seguridad que no ocasionara accidentes durante su uso.
• Los punzones y cinceles deben estar correctamente templados
• Los destornilladores no deben tener la punta doblada o
retorcida ni los mangos rajaduras.
• Las herramientas de ajuste: llave de boca, llave de corona o
llave mixta, llaves de tipo allen, tipo francesa e inglesa, deben
ser de una sola pieza y no presentar rajaduras.
TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
Se considerara espacio confinado, a tanques, cisternas,
recipientes, excavaciones profundas y en general a cualquier
recinto cerrado que tiene entrada y salida limitada.
Todo trabajo que debe realizarse dentro de un espacio confinado,
requerirá de un permiso de entrada a espacio Confinado.
Si el trabajo se suspende por mas de dos horas. Deberá evaluarse
nuevamente la atmosfera del espacio confinado antes de reanudar
las labores. No se emitirá un permiso de entrada a espacio
confinado si no se ha confirmado la existencia de atmosfera
segura.
16. 16
ALMACENAMIENTO Y MANIPULEO DE MATERIALES
De la zona de almacenaje:
- La altura total de ruma, no debe exceder tres veces la dimensión mas
pequeña de la base. En ningún caso tendrá altura superior a 2.40 mt.
-Las pilas de ladrillos deberán estibarse en forma cruzada uno con otro y su
altura no podrá exceder de 2.40 mt.
-El almacenamiento debe ser limpio y ordenado, debe permitir fácil acceso
al personal y los equipos.
-Se debe dejarse espacio suficiente entre filas para que pase una persona y
debe mantenerse libre de obstrucciones.
De los materiales:
- Los materiales apilados y almacenados deben estar claramente
identificados y etiquetados en forma adecuada. Las etiquetas incluirán
precauciones contra el peligro.
- Deberán mantenerse almacenes independientes de acuerdo a su
naturaleza de los materiales (comunes, peligrosos, hidrocarburos y sus
derivados).
-No se apila material de manera que obstruya el equipo contra incendios,
las duchas, lavaojos, la iluminación , los paneles eléctricos o ventilación.
De la capacitación:
-El personal de almacenes y todo el personal de obra en general, deberá
recibir capacitación especifica sobre las hojas de seguridad del producto
que manipula, lo cual estará debidamente registrado.
-El personal involucrado es capacitado en las acciones preventivas a tomar
con respecto a la seguridad en la actividad de almacenamiento.
-El prevencionista tendrá un calificación sobre la base de su experiencia de
ejecución de la actividad de almacenamiento.
17. 17
PROTECCION EN TRABAJOS CON RIESGOS
DE CAIDA TRABAJOS EN ALTURA
En general se debe evitar la permanencia y circulación de personas y/o
vehículos debajo del área sobre la cual se efectúan trabajos en altura,
debiendo acordonarse con cintas de peligro color rojo y señalizarse con
letreros de prohibición de ingreso ¨CAÍDA DE OBJETOS – NO PASAR¨.
Sistema de detención de caídas:
Todo trabajador que realice trabajos en altura, debe contar con un
sistema de detención de caídas compuesto por un arnés de cuerpo
entero y de una línea de enganche con amortiguador del impacto con dos
mosquetones de doble seguro como mínimo, en los sgts. casos:
- Siempre que la altura de caída libre, sea mayor a 1.80 mt
- A menos de 1,80 del borde de techos, losas ,aberturas y
excavaciones.
- En lugares donde exista riesgo de caída sobre elementos punzo
cortantes, contenedores de líquidos, instalaciones eléctricas
activadas y similares.
- Sobre planos inclinados o en posiciones precarias (tejados, taludes de
terreno) a cualquier altura.
El equipo personal de detención de caídas compuesto de arnés y línea de
enganche y los sistemas de línea de vida horizontales y verticales
instalados en obra, deben ser verificados periódicamente por una
persona competente quien mantendrá un registro.
Todo arnés y línea de vida que haya soportado la caída de un trabajador
debe descartarse de inmediato.
Los demás componentes del sistema de “arresto” (frenos de soga,
bloques retractiles, etc.) deben ser revisados y certificados por el
distribuidor autorizado, antes de ponerse nuevamente en operación.
Los componentes del sistema de arresto se almacenarán en lugares
aireados y secos, alejados de objetos punzo-cortantes, aceites y grasas.
Los arneses y líneas de enganche se guardarán colgados en ganchos
adecuados.
18. 18
Trabajos sobre andamios : garantizarse la
estabilidad del andamio con anclajes laterales de
resistencia comprobada. La línea de enganche debe
conectarse al andamio, nunca debe conectarse
directamente la línea de enganche a ningún
elemento del andamio.
Consideraciones antes de actividades de trabajo:
-El andamio se organizará en forma adecuada para
que quede asegurada su estabilidad y al mismo
tiempo para que los trabajadores puedan estar en él
con las debidas condiciones de seguridad.
-Los caballetes deben estar firmemente asentados y
la separación entre ellos no sobrepasará los 3.50 m.
Los pisos del andamio debe estar constituido por
tablones de 7.5 cm de espesor.
-Todo andamio o plataforma de trabajo que se
encuentre en la obra deberá contar con la tarjeta de
identificación : Rojo (prohíbe su uso), Amarillo (no
cumplen con todos los requisitos para su uso) y
Verde (andamios estructurales que cuentan con
plataforma completa y barandas perimetrales,
acceso seguro y se encuentran arriostrados.
USO DE ANDAMIOS
19. 19
EXCAVACIONES
-Se ejercerá una supervisión frecuente que
garantice que se ha tomado las medidas de
seguridad indicadas.
-Antes de empezar una excavación el perímetro de
la superficie se limpiara de materiales sueltos,
eliminándose todos los objetos que puedan
desplomarse y que constituyan peligro para los
trabajadores (árboles, rocas, rellenos etc.).
-Se prohíbe la excavación mecánica cerca de líneas
eléctricas, tuberías y otros sistemas a menos que se
haya desconectado la energía y cerrado el acceso a
las mismas.
-Se deberá prever los peligros de caída de
materiales u objetos.
-No se permitirá, la presencia de personal en una
excavación durante la realización de operaciones
con equipo mecánico, durante la operación de
relleno de zanja ni bajo la vertical del equipo o
tubería a instalarse.
Instalación de barreras:
-Se deben instalar los entibamientos,
apuntalamientos o tablaestacadados para evitar
riesgos en a zona de trabajo y en zonas colindantes
(edificaciones vecinas) de acuerdo al análisis del
trabajo (estudio de suelos), la excavaciones deben
ser identificadas con señales de advertencias.
20. 20
PROTECCION CONTRA INCENDIOS
-Se revisará en forma periódica las instalaciones
dirigidas a prever y controlar posibles incendios en la
construcción.
-El personal de seguridad tomará las medidas indicadas
en la Norma NTP 350.043 Extintores Portátiles,
selección , distribución, inspección, mantenimiento,
recarga y prueba hidrostática. Extintores de prueba
halogenada.
-El personal debe ser capacitado para el manejo y uso
del extintor, los equipos recibirán servicio de
mantenimiento y recarga.
-El acceso a los equipos de extinción será directo y libre
de obstáculos.
TRABAJOS DE DEMOLICION
-Los trabajos son ejecutados y planeados con personal
competente y dirigido por profesional responsable de la
obra quien supervisara en forma permanente la
ejecución de la demolición.
-Antes de su ejecución deberá revisarse la estructura a
demoler y los planos de construcción.
-Realizar el estudio de las instalaciones de la edificación
a demoler para poder determinar el método a efectuarse
la demolición y que no perjudique a las edificaciones
vecinas.
-Antes de demoler deberá interrumpirse el suministro
eléctrico, agua, gas y vapor.