1. EL ABORTO
INTRODUCCION
El aborto es un tema de discusión en varios países pues abarca temas de salud
jurídicos y legales.
La decisión de abortar es difícil. Existen muchas razones para abortar, por ejemplo, las
circunstancias personales, un riesgo para la salud o, tal vez, un riesgo de que el bebé
tenga una enfermedad.En la práctica, esto proporciona a los médicos un amplio grado
de flexibilidad para remitir a las mujeres a que aborten. Tomar la decisión de abortar
es una elección personal y difícil. Por lo tanto, existe un gran conjunto de servicios de
orientación, información y consejos para ayudar a las mujeres a tomar la decisión
correcta.
DEFINICION
La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el
período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad
de sobrevivir. El aborto en el sentido médico se corresponde con los dos trimestres iniciales,
no obstante para efectos legales y en casos de malformaciones graves el tiempo puede
sobrepasar dichas fechas. La interrupción del embarazo, ya sea natural o inducida, va
seguida de la expulsión del producto gestacional por el canal vaginal, y puede estar
precedida por pérdidas de sangre por la vagina.
Tipos de Aborto
Consideramos que el aborto puede ser clasificado en Espontáneo o Inducido y de tipo Legal o
Ilegal
Aborto Espontáneo
Se considera aborto espontáneo a la pérdida de la gestación antes de las 26 semanas,
cuando el feto no está aún en condiciones de sobrevivir con garantías fuera del útero
materno. Un aborto espontáneo ocurre cuando un embarazo termina de manera abrupta. Un
8 y 15 por ciento de los embarazos, según las fuentes, que se detectan terminan de esta
manera, aunque un número importante y dificilmente valorable pasan desapercibidos.
Existen muchas doctas opiniones que dicen que incliso el 50 por ciento de los embarazos
pueden considerarse fracasados y terminar de forma espontánea.
La mayoría de los abortos espontáneos, tanto conocidos como desconocidos, tiene lugar
durante las primeras 12 semanas de embarazo y en muchos casos no requieren de ningún
tipo de intervención médica ni quirúrgica. De igual forma también la inmensa mayoría de los
abortos inducidos se dan antes de las 12 semanas.
Causas del Aborto Expontáneo:
2. Las alteraciones cromosómicas constituyen la causa más común de esta alteración. El aborto
espontáneo recurrente (AER) ha sido definido como la verificación de 3 o más AE reconocidos
clínicamente. Datos epidemiológicos indican que el riesgo de un nuevo aborto después de un
AE(aborto espontaneo) es del 24%, pero asciende a un 40% después de 4 AE(abortos
espontaneos) consecutivos. También se han propuesto como causa de AER(aborto
espontaneo recurrente) las alteraciones de la arteria uterina.
Entre los factores anatómicos adquiridos están las adherencias intrauterinas, los miomas, la
adenomiosis, las cirugías tubarias y la endometriosis que es una enfermedad que ocurre
cuando el tejido endometrial, es decir, el tejido que reviste internamente el útero y que se
expulsa durante la menstruación, crece fuera de él. En el caso de los miomas, se dice que su
asociación con los AER(aborto espontaneo recurrente) puede obedecer a factores mecánicos,
tales como reducción de la cantidad de sandgre que se irriga, alteraciones de la placenta y
contracciones uterinas que determinan la expulsión fetal. Se cree que el AER(aborto
espontaneo recurrente) en mujeres con endometriosis puede deberse a la secreción de
toxinas o a una mayor producción de prostaglandinas, que generan contracciones uterinas y
alteraciones hormonales. Sin embargo, no se sabe si el aborto es ocasionado por la
endometriosis o por mecanismos inmunológicos indirectos. Los problemas de salud de la
madre pueden ser las causas de un aborto.
Fumar, consumir alcohol, los traumas y el abuso en el consumo de drogas, aumentan las
posibilidades de un aborto.
Aborto Inducido
El aborto inducido, según la definición de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) es el
como el resultante de maniobras practicadas deliberadamente con ánimo de interrumpir el
embarazo. Las maniobras pueden ser realizadas por la propia embarazada o por otra
persona por encargo de esta.
Desde las primeras leyes a principios del siglo pasado, el aborto provocado ha ido siendo
despenalizado en muchos paises, tanto del primer, segundo o tercer mundo y su
despenalización ha supuesto en estos paises una disminución drástica de la morbilidad y
mortalidad materna.
Aborto Legal
Se considera aborto inducido legal cuando es realizado bajo las leyes despenalizadoras del
país donde se practica. En España se considera aborto legal cuando es realizado con
consentimiento de la mujer, en un Centro Acreditado para ello y bajo uno de los tres
supuestos despenalizadores de la ley, es decir cuando hay peligro para la salud o la vida de
la embarazada , por causa de violación o por malformaciones fetales.
En otros paises existen leyes que permiten la realización del aborto bajo la ley de plazos de
tal forma que una mujer puede interrunpir su embarazo solamente con la libre decisión
Aborto Ilegal
Se considera aborto ilegal o clandestino cuando es realizado en contra de alguna de las leyes
del país donde se practica.
Cuando el aborto está prohibido por la ley, las circunstancias hacen que muchas mujeres
busquen a comadronas o a médicos que se prestan a colaborar. Pero el aborto practicado en
estas circunstancias es peligroso y mantiene unas estadísticas de mortalidad y morbilidad
materna infinítamente superiores a las del aborto legal.
El aborto ilegal se practica generalmente en las peores condiciones higiénicas y con las
posibilidades escasas de recurrir con urgencia a un hospital. Es importante que antes de
3. continuar con la decisión que tomes valores las circunstancias a las que te puedes enfrentar.
Sobre todo en países donde se considerael aborto legal recuerda que has tomar las cosas
con calma y pensar inteligentemente para evitar las complicaciones de un aborto hecho en
malas condiciones higiénoco sanitarias. Conoce los riesgos ya que la decisión es tuya.
Legislación del aborto en el mundo
La legislación sobre el aborto en el mundo es muy diversa, desde el libre acceso al
aborto en servicios sanitarios públicos gratuitos hasta la penalización con años de
prisión para las mujeres y quienes practiquen el aborto inducido. Por tanto, la práctica
del aborto, entendido como aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo,
está sujeta al ordenamiento jurídicovigente en cada país, en el que puede recogerse
comoderecho o como delito penalizado (punible). Cuando el aborto se considera un
delito, la práctica del mismo se suele realizar clandestinamente y con escasas o nulas
garantías sanitarias para la mujer.1
La mayoría de los países del hemisferio norte permiten el aborto en cualquier
circunstancia antes de plazos establecidos y que varían ligeramente de un país a
otro.1
Por otro lado, restan seis países alrededor del mundo que prohíben la
interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia y tipifican penas de cárcel para
toda mujer y persona que realice, intente realizar o facilite la realización de un
aborto: Chile (se permite sólo como
consecuencia indeseada de
procedimientos médicos para salvar
la vida de la madre),2
Ciudad del
Vaticano, El
Salvador, Malta, Nicaragua y Repúbli
ca Dominicana.1
Aún así, en algunos
de ellos, la efectiva aplicación de
penas de cárcel puede variar,
atendiendo a las circunstancias del
caso particular. En tres países
comunistas asiáticos el aborto es obligatorio en ciertos casos: China(política del hijo
único), Vietnam y Corea del Norte.
El número de abortos inducidos en todo el mundo anualmente es de unos 46 millones,
26 millones se llevan a cabo en países donde el aborto es legal y los restantes 20
millones se practican en condiciones de ilegalidad.
4. Situación jurídica del aborto en distintos países del mundo.
Legal bajo cualquier circunstancia dentro de plazos establecidos. Legal en casos de riesgo para la
vida de la madre y/o de salud física o mental, violación, inviabilidad fetal y factores
socioeconómicos. Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental,
violación e inviabilidad fetal. Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o
mental y violación. Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o
mental. Ilegal sin excepciones. Varía por región. No hay información.
Nota: En la mayoría de los países y supuestos citados, la intervención ha de efectuarse antes
de plazos establecidos.
Aborto en Perú
Actualmente el aborto en Perú es ilegal salvo en caso de amenaza a la vida o salud
de la mujer. La pena para una mujer que consiente un aborto puede ser de hasta dos
años de prisión pero esto no sucede en la práctica, ya que no existe ni ha existido
ningún caso de mujer alguna que haya sido encarcelada por abortar.La pena para una
persona que realiza un aborto inducido ilegal puede ser de uno a seis años de prisión.
El aborto terapéutico en el Perú es legal desde 1924.
En el 2014 se promulga la Guía Técnica Nacional para la estandarización del
procedimiento de la atención integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por
indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas con consentimiento.
El 26 de setiembre del 2014, ingresa al Congreso peruano, con 64 261 firmas válidas,
la Iniciativa Ciudadana para despenalizar el aborto en casos de violación sexual,
inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentida . El 7 de octubre, el
proyecto de ley es designado a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y
Constitución y Reglamento del Congreso.
El 4 de noviembre de 2014, la comisión de constitución del Congreso debate la
despenalización del aborto por violación.
El aborto en el ordenamiento jurídico peruano se encuentra prohibido por cinco
disposiciones del código penal.
Código PenalPeruano- artículos 114 a 120
Capitulo II: Aborto
Autoaborto
5. Artículo 114.- La mujer que causa su aborto, o consiente que otro le practique, será reprimida
con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario
de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas.
Aborto consentido
Artículo 115.- El que causa el aborto con el consentimiento de la gestante, será reprimido con
pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no
menor de dos ni mayor de cinco años.
Aborto sin consentimiento
Artículo 116.- El que hace abortar a una mujer sin su consentimiento, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.
Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no
menor de cinco ni mayor de diez años.
Agravación de la pena por la calidad del sujeto
Artículo 117.- El médico, obstetra, farmacéutico, o cualquier profesional sanitario, que abusa
de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los artículos 115 y 116
e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.
Aborto preterintencional
Artículo 118.- El que, con violencia, ocasiona un aborto, sin haber tenido el propósito de
causarlo, siendo notorio o constándole el embarazo, será reprimido con pena privativa de
libertad no mayor de dos años, o con prestación de servicio comunitario de cincuentidós a
ciento cuatro jornadas.
Aborto terapeútico
Artículo 119.- No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la
mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para
salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.
Aborto sentimental y eugenésico
Artículo 120.- El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres meses:
1.Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio o
inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos
hubieren sido denunciados o investigados, cuando menos policialmente; o
2. Cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o
psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico.
http://es.wikipedia.org/wiki/Legislaci%C3%B3n_sobre_la_pr%C3%A1ctica_del_aborto_
en_el_mundo
Secuelas físicas del Aborto
• CÁNCER DE OVARIOS, HÍGADO Y CERVICAL (cuello uterino):
Las mujeres con un aborto se enfrentan a un riesgo relativo de 2.3 de cáncer cervical,
en comparación con las mujeres que no han abortado, y las mujeres con dos o más
abortos encaran un riesgo relativo de 4.92. Riesgos igualmente elevados de cáncer de
ovario e hígado se ligan con el aborto único o múltiple. Estos porcentajes
incrementados de cáncer para el caso de mujeres que han abortado se vinculan
aparentemente a la interrupción no natural de los cambios hormonales que
acompañan al embarazo, así como a la lesión cervical no tratada. (4)
6. • PERFORACIÓN DE ÚTERO:
Entre un 2 y un 3 % de las pacientes de aborto pueden sufrir perforación del útero; es
más, la mayoría de estas lesiones quedarán sin ser diagnosticadas ni tratadas a no ser
que realice una visualización mediante laparoscopia. (5) Esta clase de examen puede
resultar útil cuando se inicia un proceso judicial por negligencia en la práctica del
aborto. El riesgo de perforación uterina se incrementa para las mujeres que ya han
tenido hijos y para las que reciben anestesia general durante la realización del
aborto.(6) El daño en el útero puede complicarse en ulteriores embarazos y
eventualmente puede acarrear problemas que requieran una histerectomía, lo que de
por sí puede conllevar diversas complicaciones adicionales y lesiones que incluyen la
osteoporosis.
• DESGARROS CERVICALES (cuello del útero):
En al menos un uno por ciento de abortos realizados en el primer trimestre se
producen importantes desgarros cervicales que requieren sutura. Las laceraciones de
menor envergadura o las micro-fracturas, que normalmente no son tratadas, pueden
también a la larga perjudicar la función reproductiva. La lesión latente post-aborto
puede abocar a una posterior incompetencia cervical [ subsequent cervical
incompetence ], parto prematuro y complicaciones durante el parto. El riesgo de lesión
cervical es mayor en adolescentes, para abortos realizados en el segundo trimestre, y
cuando los facultativos no usanlaminaria (sic) para dilatar el cuello uterino.(7)
• PLACENTA PREVIA (sic):
El aborto incrementa el riesgo de placenta previa en ulteriores embarazos (una
circunstancia que pone en peligro tanto la vida de la madre como su embarazo
deseado), en una escala de entre siete y quince. El desarrollo anormal de la placenta
debido a lesión uterina aumenta el riesgo de malformación fetal, muerte perinatal y
efusión excesiva de sangre durante el parto. (8)
• RECIÉN NACIDOS DISCAPACITADOS EN POSTERIORES EMBARAZOS:
El aborto se asocia con lesiones cervicales y uterinas que pueden incrementar el
riesgo de parto prematuro, complicaciones en el parto y desarrollo anormal de la
placenta en posteriores embarazos. Estas complicaciones reproductivas constituyen
las causas principales de las minusvalías en recién nacidos. (9)
• EMBARAZO ECTÓPICO:
El aborto está relacionado de forma importante con un riesgo añadido de embarazos
ectópicos posteriores. Los embarazos ectópicos, a su vez, amenazan la vida y pueden
llevar a un descenso en la fertilidad. (10)
• AFECCIÓN INFLAMATORIA PÉLVICA [ pelvic inflammatory disease (PID) ]:
Se trata de una enfermedad que puede poner en peligro la vida y conllevar un riesgo
añadido de embarazo ectópico y reducción de fertilidad. De entre las pacientes que
tienen una infección por clamidia [ a chlamydia infection ] en el momento del aborto, un
23 % desarrollará PID en cuatro semanas. Algunos estudios han arrojado que entre un
20 y un 27 % de pacientes que abortan sufren una infección por clamidia.
7. Aproximadamente un 5 % de pacientes que no han sido infectados por clamidia
desarollan PID dentro de las 4 semanas posteriores a un aborto realizado durante el
primer trimestre. Es por tanto razonable suponer que cuantos practican abortos
previenen y tratan tales infecciones antes del aborto. (11)
• ENDOMETRITIS:
La endometritis representa un riesgo post-aborto para todas las mujeres, pero en
especial para las adolescentes, las cuales tienen una probabilidad 2.5 veces mayor de
contraer endometritis después de un aborto que las mujeres con edades entre 20 y 29
años.
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Secuelas psíquicas del Aborto
• NECESIDAD DE TRATAMIENTO PSICOLÓGICO:
En un estudio realizado sobre pacientes post-aborto a sólo 8 semanas de haber
abortado, los investigadores hallaron que el 44 % se quejaba de trastornos nerviosos,
el 36 % había sufrido alteraciones del sueño, el 31 % tenía arrepentimientos por la
decisión tomada y al 11 % le habían sido prescritos fármacos psicotrópicos por su
médico de cabecera.
TRASTORNOS POR ESTRÉSPOST-TRAUMÁTICO (en inglés PTSD o PAS):
Un importante muestreo concluyó que al menos un 19 % de mujeres que han abortado
padecen trastornos por estrés post-traumático (PTSD). Aproximadamente la mitad
presentaba muchos de los síntomas de PTSD, aunque no todos, y entre un 20 y un 40
por ciento mostraban niveles de estrés que fluctuaban entre moderados y altos, así
como conducta evasiva respecto a sus experiencias abortivas.
Tabla de contenido
AbortoenPerú
CódigoPenal Peruano - artículos114 a 120
Secuelasfísicasdel Aborto