CSJ 711/2019/RH1
Altuve, Carlos Arturo s/ recurso
extraordinario de inaplicabilidad de ley en
causa n° 29.151 del Tribunal de Casación Penal
-Sala I- seguida a Carrascosa, Carlos Alberto.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
- 1 -
Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Fiscal
ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos
Aires en la causa Altuve, Carlos Arturo s/ recurso
extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 29.151 del
Tribunal de Casación Penal -Sala I- seguida a Carrascosa, Carlos
Alberto”, para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación
originó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código
Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, y oído el señor Procurador General de la Nación
interino, se desestima la queja. Notifíquese y, previa de la
devolución de los autos principales, archívese.
Buenos Aires, 10 de Diciembre de 2020
Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos
Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
- 2 -
Recurso de queja interpuesto por Carlos Arturo Altuve, Fiscal ante el Tribunal
de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires.
Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Tribunal que intervino con anterioridad: Sala I del Tribunal de Casación
Penal.

Absolucion de Carlos Carrascosa

  • 1.
    CSJ 711/2019/RH1 Altuve, CarlosArturo s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 29.151 del Tribunal de Casación Penal -Sala I- seguida a Carrascosa, Carlos Alberto. Corte Suprema de Justicia de la Nación - 1 - Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires en la causa Altuve, Carlos Arturo s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 29.151 del Tribunal de Casación Penal -Sala I- seguida a Carrascosa, Carlos Alberto”, para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, y oído el señor Procurador General de la Nación interino, se desestima la queja. Notifíquese y, previa de la devolución de los autos principales, archívese. Buenos Aires, 10 de Diciembre de 2020 Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel
  • 2.
    - 2 - Recursode queja interpuesto por Carlos Arturo Altuve, Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Tribunal que intervino con anterioridad: Sala I del Tribunal de Casación Penal.