1. La administración pública se organiza principalmente en numerosos entes, dentro de los
cuales se ubican los diferentes órganos o cargos públicos.
Existe un gran ente principal en la órbita del Poder Ejecutivo, llamado administración central
―que aglutina la mayor cantidad de competencia administrativa―, y a su alrededor gravitan
los diferentes entes descentralizados, con competencias específicas de acuerdo a las
funciones para las que fueron creados.
Es de destacar que los entes, o entidades, se vinculan entre sí principalmente por una
relación de coordinación y colaboración; en cambio los órganos dentro de cada ente se
encuentran fuertemente ceñidos por la relación jerárquica.
Clases de organización
Referencias
Administración central
2. Desde formas simples hacia evoluciones más complejas, la administración pública se fue organizando de
modo progresivo, poniendo principal atención en el modo en que se distribuyen las funciones y
competencias.
Veamos a continuación, las principales clases de organización administrativa:
Esta forma de organización es la menos compleja, y por ende constituye el estadio más primitivo en la
evolución de la distribución de competencias administrativas.
La centralización implica que todo el conjunto de competencias administrativas se encuentra reunido en el
órgano superior del ente.
Podemos decir que la organización centralizada otorga al órgano superior un amplio margen de maniobra,
que le permitiría resolver con rapidez y eficacia los asuntos públicos, pero al mismo tiempo la excesiva
aglutinación de competencia de decisión en un solo funcionario, lo que produce en gran medida el desgaste
funcional y atenta contra los principios democráticos que proveen a la toma coordinada de decisiones.
Figura 1. Esquema de centralización
Fuente: Elaboración propia.
LECCIÓN 1 de 2
Clases de organización
LA C E NTRALIZAC IÓN LA D E SC ONC E NTRAC IÓN LA D E SC E NTRALIZAC IÓN
3. Para mitigar los efectos perniciosos del sistema centralizado y proveer a una adecuada división de las
diferentes funciones administrativas, se avanzó hacia el sistema de organización desconcentrado.
La desconcentración supone que el órgano superior ya no aglutina todo el poder de decisión, sino que se
transfiere parte de su competencia hacia un órgano inferior del mismo ente administrativo.
Esta forma de organización es mucho más compleja, y representa un estadio más evolucionado en la
distribución de competencias administrativas.
La organización desconcentrada distribuye las competencias dentro de un mismo ente administrativo,
generalmente de acuerdo a un criterio funcional. Esto es, distribuyendo el poder de decisión por áreas, a
cargo de órganos especializados en la materia que se trata.
Por tal motivo, este sistema de organización posibilita la toma coordinada de decisiones, lo que implica que
todos los cargos intervinientes comparten la responsabilidad funcional.
En la desconcentración, al darse la transferencia dentro del mismo ente, persiste la vinculación jerárquica
entre el órgano superior y el desconcentrado, de modo que el primero conserva una amplia potestad de
control sobre todos los aspectos de los actos del otro.
Figura 2. Esquema de desconcentración
Fuente: elaboración propia.
LA C E NTRALIZAC IÓN LA D E SC ONC E NTRAC IÓN LA D E SC E NTRALIZAC IÓN
4. Como estadio ulterior en la evolución de las formas de organización administrativa, la descentralización
realiza una separación de parte de la competencia funcional puertas afuera de la administración
central.
Específicamente, la descentralización supone un desprendimiento de la competencia administrativa por
parte del ente primario, y su transferencia hacia otro ente dotado de personería jurídica propia y diferenciada.
Este sistema de organización responde a modernas necesidades de administración, según las
cuales, determinadas actividades públicas deben ser realizadas por entidades separadas de la
administración central, y con cierta autonomía en su funcionamiento.
En la descentralización, la transferencia de competencias se realiza hacia otro ente dotado de
personería jurídica propia, de modo que al no persistir vinculación jerárquica entre el ente central y el
descentralizado, aquél solo puede controlar el aspecto reglado de los actos de éste.
Figura 4. Esquema de descentralización de la Administración Central
Fuente: elaboración propia.
LA C E NTRALIZAC IÓN LA D E SC ONC E NTRAC IÓN LA D E SC E NTRALIZAC IÓN
5. Los entes descentralizados
En la misma podrás apreciar de qué manera una necesidad pública puede generar la creación de un ente
descentralizado.
Pero, ¿qué son los entes descentralizados? ¿Cuáles son sus características específicas?
Lee la siguiente nota: https://www.pagina12.com.ar/239832-obsoleto-e-insuficiente
6. Los referidos entes descentralizados, a veces llamadas entidades autárquicas, son parte de la
administración pública, esto es, una porción del Estado que ejerce función administrativa.
Ellos poseen características diferenciadas, que nos permiten identificarlos como tales:
Son personas jurídicas, significa que pueden actuar por sí mismos, adquirir derechos y
contraer obligaciones.
1
Son creados por el Estado, su nacimiento se debe a un acto estatal.
2
Tienen patrimonio estatal, de modo que al momento de su creación, o periódicamente
durante su funcionamiento, reciben asignaciones patrimoniales del Estado.
3
Se administran por sí solos, con diferente extensión, pudiendo dictarse su propia
reglamentación interna ―autonomía―, o administrarse con base en las normas impuestas por
la administración central ―autarquía―, o bien solo administrarse económicamente
―autarcía―.
4
Persiguen una finalidad pública, por lo tanto desarrollan una actividad que tiende al bien común
o bienestar general.
5
7. Almeida, F. (03 de enero, 2020). Obsoleto e insuficiente. Página 12. Recuperado de:
https://www.pagina12.com.ar/239832-obsoleto-e-insuficiente
Mapa del Estado (S.f.). Organigrama de la Administración Pública. Recuperado de
https://mapadelestado.jefatura.gob.ar/organigramas/autoridadesapn.pdf
LECCIÓN 2 de 2
Referencias