El documento habla sobre los ajustes razonables como una garantía del derecho a la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Explica que los ajustes razonables surgen cuando la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas no son suficientes para asegurar la participación e inclusión de una persona con discapacidad en una situación particular. También define los ajustes razonables como modificaciones al entorno, físico o social, que se realizan para satisfacer las necesidades específicas de una persona con discapacidad,