El documento explica que las personas naturales y jurídicas con establecimiento en Quito que realizan actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias o profesionales deben pagar y declarar la patente anualmente. Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las personas jurídicas deben declarar conjuntamente el impuesto a la patente y el 1.5% sobre los activos totales. El documento también indica los requisitos y plazos para la declaración y pago de la patente.