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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IVA
Elena Acevedo
Nataly Gaitán
Angie Mahecha
Ana Delmira Garzón
Doc. Contabilidad
San Mateo Educación Superior
I semestre
Bogotá
2015
INTRODUCCION
El IVA es el impuesto de valor agregado o también se conoce como el
impuesto a las ventas que se genera en el momento de hacer una compra de
determinados bienes y servicios, cuenta con diferentes sujetos como lo son el
responsable inscripto, los monotributistas, los sujetos exentos, los sujetos no
responsables, etc.
Se causa en las ventas, en las prestaciones de servicio y en las importaciones
por medio de una factura o una cuenta de cobro. El impuesto hace parte del
Estado y brinda múltiples beneficios a los comerciantes.
I.V.A (Impuesto de valor agregado)
Es un impuesto que se debe pagar al Estado cada vez que se realiza una compra
de los productos, bienes y/o servicios que la Ley no exime de pagar en alguna o
todas las etapas de comercialización. Los productos que se encuentran
eximidos son: La edición de libros, folletos, el diario, el pan común , la leche,
etc.
Todos los comerciantes y todos los trabajadores independientes tienen un
número asignado de C.U.I.T (Clave Única de Identificación Tributaria)
GENERALIDADES DEL IVA:
El IVA se caracteriza por:
1. Ser un impuesto indirecto: recae directamente al consumidor final
2. Es real: Porque es imponible y no hace referencia al elemento subjetivo o
personal, del impuesto.
3. Es instantáneo: Al momento de realizar una operación que esta gravada
debe hacerse la correspondiente descripción del IVA
4. Es Proporcional: No a todos los productos se les aplica la misma tarifa
5. Es objetiva: No tiene en cuenta la calidad de persona del sujeto pasivo
6. Es general: Recae sobre todos los hechos y constituye un hecho generador
7. Es un sujeto Pasivo: Recae sobre un sujeto jurídico responsable de realizar
el recaudo que hace el consumidor final.
SUJETOS DEL IVA:
De acuerdo a la Ley del IVA los sujetos que figuran son:
• Responsable Inscrito: Son aquellos sujetos que deben presentar
declaración jurada por las compras o ventas que hayan realizado.
• Monotributistas: son aquellos sujetos que no estas obligados a presentar
declaración jurada.
• Sujetos Exentos: la ley es la quien los exime de toda responsabilidad.
• Sujetos no Responsables: Son aquellos que no tienen obligación con el
Estado.
• Consumidor Final: la ley establece que son aquellas personas físicas (seres
humanos) que van a destinar los bienes y servicios que adquieren para el
consumo personal, no para revenderlos.
HECHO GENERADOR:
El impuesto se aplicara sobre:
• Las ventas de bienes muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
• La prestación de servicios en el territorio nacional
• Importación de bienes que no hayan sido excluidos expresamente.
• Los servicios ejecutados desde el exterior a favor de usuarios o destinatarios
ubicados en el territorio nacional.
• Los servicios de conexión o acceso satelital cualquiera que sea la ubicación del
satélite.
• La venta de importación del cigarrillo y tabaco elaborado, nacional y extranjero
los cuales estarán gravados a la tarifa general.
• Y todos los actos que impliquen la transferencia del dominio a titulo gratuito o
oneroso, de bienes muebles e inmuebles
• También estarán sujetos al IVA los tiquetes aéreos internacionales adquiridos en
el exterior para ser utilizados en el territorio Nacional.
ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL
HECHO GENERADOR:
 Elemento objetivo y material: Es el que genera la obligación tributaria es
decir el proceso de comercialización de un bien o servicio.
 Elemento Subjetivo: hace referencia a aquellos sujetos que intervienen en la
relación jurídica tributaria.
QUIENES SON ESAS PERSONAS:
 Elemento Corporal: El IVA es de causación instantánea por ello para una
eficiente administración esta debe ser preparada con el fin de presentar las
operaciones realizadas por la empresa.
 Elemento Espacial: Este elemento habla de donde se origino el hecho o la
causación.
CAUSACION:
El impuesto se causa:
1. En las ventas: En la fecha de emisión de la factura o documento equivalente
2. En las prestaciones de servicio: En la fecha de emisión de la factura o
documento equivalente
3. En las importaciones: Al tiempo de la nacionalización del bien en este caso,
el impuesto se liquidara y pagara conjuntamente con la liquidación y pago de
los derechos de ADUANA.
BASE GRAVABLE
Es el valor por el cual se aplicara la tarifa para obtener el impuesto.
La base para liquidar el IVA esta constituida por el valor total de la operación
antes de cualquier impuesto (Subtotal).
TARIFA:
La tarifa general del impuesto sobre el valor de las Ventas es del 16%, la cual se aplicara
también a los servicios, con excepción de los excluidos directamente por la Ley.
También se aplicara a los bienes y servicios estipulados en el Estatuto Tributario.
Hay otras tarifas como lo son:
 Tarifa del 0% son los bienes que están exentos
• Canasta Familiar
 Tarifa del 8% que se aplica en:
• Restaurantes
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• El almacenamiento de productos agrícolas
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CONCLUSIONES
1. El IVA se genera cuando se realiza una venta o una compra de un bien o
servicio.
2. Algunos productos excluidos del impuesto son estipulados por la Ley.
3. La cuenta que la representa en un comprobante de Diario, o un Estado
financiero es la 2408 llamada Impuesto de las Ventas por pagar.
4. Hay dos tipos de IVA que son: el IVA generado representado por la
subcuenta 240805 que se causa en una venta y el IVA descontable
representado por la subcuenta 240810 que se causa en la compra de un bien
o servicio.
5. La tarifa que se aplica general es del 16%
CIBERGRAFIA
• Estatuto Tributario, Art. 446, 469, 474, 461
• Gerencie.com:
• http://www.gerencie.com/impuesto-a-las-ventas.html
• http://www.gerencie.com/tarifa-general-en-el-impuesto-a-las-
ventas.html
• Actualicese.com: http://turevisorfiscal.com/2014/06/13/servicios-gravados-
con-la-tarifa-del-5/#!prettyPhoto
• El país: http://www.elpais.com.co/elpais/economia/noticias/reforma-
tributaria-impuesto-consumo-8-reemplazara-iva-restaurantes
• Monografias.com : http://www.monografias.com/trabajos23/impuesto-
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• Urna: http://www.urnadecristal.gov.co/video/qu-productos-quedan-
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  • 1. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
  • 2. IVA Elena Acevedo Nataly Gaitán Angie Mahecha Ana Delmira Garzón Doc. Contabilidad San Mateo Educación Superior I semestre Bogotá 2015
  • 3. INTRODUCCION El IVA es el impuesto de valor agregado o también se conoce como el impuesto a las ventas que se genera en el momento de hacer una compra de determinados bienes y servicios, cuenta con diferentes sujetos como lo son el responsable inscripto, los monotributistas, los sujetos exentos, los sujetos no responsables, etc. Se causa en las ventas, en las prestaciones de servicio y en las importaciones por medio de una factura o una cuenta de cobro. El impuesto hace parte del Estado y brinda múltiples beneficios a los comerciantes.
  • 4. I.V.A (Impuesto de valor agregado) Es un impuesto que se debe pagar al Estado cada vez que se realiza una compra de los productos, bienes y/o servicios que la Ley no exime de pagar en alguna o todas las etapas de comercialización. Los productos que se encuentran eximidos son: La edición de libros, folletos, el diario, el pan común , la leche, etc. Todos los comerciantes y todos los trabajadores independientes tienen un número asignado de C.U.I.T (Clave Única de Identificación Tributaria)
  • 5. GENERALIDADES DEL IVA: El IVA se caracteriza por: 1. Ser un impuesto indirecto: recae directamente al consumidor final 2. Es real: Porque es imponible y no hace referencia al elemento subjetivo o personal, del impuesto. 3. Es instantáneo: Al momento de realizar una operación que esta gravada debe hacerse la correspondiente descripción del IVA 4. Es Proporcional: No a todos los productos se les aplica la misma tarifa 5. Es objetiva: No tiene en cuenta la calidad de persona del sujeto pasivo 6. Es general: Recae sobre todos los hechos y constituye un hecho generador 7. Es un sujeto Pasivo: Recae sobre un sujeto jurídico responsable de realizar el recaudo que hace el consumidor final.
  • 6. SUJETOS DEL IVA: De acuerdo a la Ley del IVA los sujetos que figuran son: • Responsable Inscrito: Son aquellos sujetos que deben presentar declaración jurada por las compras o ventas que hayan realizado. • Monotributistas: son aquellos sujetos que no estas obligados a presentar declaración jurada. • Sujetos Exentos: la ley es la quien los exime de toda responsabilidad. • Sujetos no Responsables: Son aquellos que no tienen obligación con el Estado. • Consumidor Final: la ley establece que son aquellas personas físicas (seres humanos) que van a destinar los bienes y servicios que adquieren para el consumo personal, no para revenderlos.
  • 7. HECHO GENERADOR: El impuesto se aplicara sobre: • Las ventas de bienes muebles que no hayan sido excluidos expresamente. • La prestación de servicios en el territorio nacional • Importación de bienes que no hayan sido excluidos expresamente. • Los servicios ejecutados desde el exterior a favor de usuarios o destinatarios ubicados en el territorio nacional. • Los servicios de conexión o acceso satelital cualquiera que sea la ubicación del satélite. • La venta de importación del cigarrillo y tabaco elaborado, nacional y extranjero los cuales estarán gravados a la tarifa general. • Y todos los actos que impliquen la transferencia del dominio a titulo gratuito o oneroso, de bienes muebles e inmuebles • También estarán sujetos al IVA los tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior para ser utilizados en el territorio Nacional.
  • 8. ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL HECHO GENERADOR:  Elemento objetivo y material: Es el que genera la obligación tributaria es decir el proceso de comercialización de un bien o servicio.  Elemento Subjetivo: hace referencia a aquellos sujetos que intervienen en la relación jurídica tributaria. QUIENES SON ESAS PERSONAS:  Elemento Corporal: El IVA es de causación instantánea por ello para una eficiente administración esta debe ser preparada con el fin de presentar las operaciones realizadas por la empresa.  Elemento Espacial: Este elemento habla de donde se origino el hecho o la causación.
  • 9. CAUSACION: El impuesto se causa: 1. En las ventas: En la fecha de emisión de la factura o documento equivalente 2. En las prestaciones de servicio: En la fecha de emisión de la factura o documento equivalente 3. En las importaciones: Al tiempo de la nacionalización del bien en este caso, el impuesto se liquidara y pagara conjuntamente con la liquidación y pago de los derechos de ADUANA. BASE GRAVABLE Es el valor por el cual se aplicara la tarifa para obtener el impuesto. La base para liquidar el IVA esta constituida por el valor total de la operación antes de cualquier impuesto (Subtotal).
  • 10. TARIFA: La tarifa general del impuesto sobre el valor de las Ventas es del 16%, la cual se aplicara también a los servicios, con excepción de los excluidos directamente por la Ley. También se aplicara a los bienes y servicios estipulados en el Estatuto Tributario. Hay otras tarifas como lo son:  Tarifa del 0% son los bienes que están exentos • Canasta Familiar
  • 11.  Tarifa del 8% que se aplica en: • Restaurantes  Tarifa del 5% que se aplica en: • El almacenamiento de productos agrícolas • El seguro agropecuario • Los planes de medicina prepagada • Las pólizas de seguro de cirugía y hospitalización • Las pólizas de seguro de servicio, Etc.
  • 12. CONCLUSIONES 1. El IVA se genera cuando se realiza una venta o una compra de un bien o servicio. 2. Algunos productos excluidos del impuesto son estipulados por la Ley. 3. La cuenta que la representa en un comprobante de Diario, o un Estado financiero es la 2408 llamada Impuesto de las Ventas por pagar. 4. Hay dos tipos de IVA que son: el IVA generado representado por la subcuenta 240805 que se causa en una venta y el IVA descontable representado por la subcuenta 240810 que se causa en la compra de un bien o servicio. 5. La tarifa que se aplica general es del 16%
  • 13. CIBERGRAFIA • Estatuto Tributario, Art. 446, 469, 474, 461 • Gerencie.com: • http://www.gerencie.com/impuesto-a-las-ventas.html • http://www.gerencie.com/tarifa-general-en-el-impuesto-a-las- ventas.html • Actualicese.com: http://turevisorfiscal.com/2014/06/13/servicios-gravados- con-la-tarifa-del-5/#!prettyPhoto • El país: http://www.elpais.com.co/elpais/economia/noticias/reforma- tributaria-impuesto-consumo-8-reemplazara-iva-restaurantes • Monografias.com : http://www.monografias.com/trabajos23/impuesto- valor-agregado/impuesto-valor-agregado.shtml • Urna: http://www.urnadecristal.gov.co/video/qu-productos-quedan- exentos-iva-y-cu-les-van-a-gravar